Licitación ID: 1063538-39-LP26
CONV. SUMIN. CIRUGIA TRAUMATOLOGICA MAXILOFACIAL
Responsable de esta licitación: HOSPITAL BASE OSORNO
Fecha de Cierre: 23-04-2026 17:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 155
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 9 días para que cierre esta licitación.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Cajas o bolsas de trauma de servicios médicos de urgencia 17 Unidad
Cod: 42171914
Reconstrucción piso de orbita 1 malla orbitaria preformada para piso de orbita Sistema 1.5 mm 3 tornillos de 5 mm de largo  

2
Cajas o bolsas de trauma de servicios médicos de urgencia 17 Unidad
Cod: 42171914
Reconstrucción reborde alveolar 2 tornillos de 15 mm de largo  

3
Cajas o bolsas de trauma de servicios médicos de urgencia 17 Unidad
Cod: 42171914
Trauma tercio medio sistema 1.5 mm 4 placas en forma de L 2 placas en forma de Y 24 tornillos de 5 mm de largo  

4
Cajas o bolsas de trauma de servicios médicos de urgencia 17 Unidad
Cod: 42171914
Trauma mandibular Sistema 2.0 3 placas rectas de 4 agujeros de mallete mediano perfil alto 12 tornillos de 6 mm de largo 6 tornillos IMF de 9 m de largo para bloqueo intermaxilar 3 tornillos de rescate o emergencia de 6 mm de l  

5
Cajas o bolsas de trauma de servicios médicos de urgencia 17 Unidad
Cod: 42171914
Cirugía Ortognática Sistema 1.5 y 2.0 Sistema 1.5 mm 4 placas el L largas 2 placas rectas de 4 agujeros con mallete mediano 12 tornillos de 5 mm 12 tornillos de 6 mm 2 tornillos de emergencia de 5 mm de largo Sistema 2.0 mm 2 placas recta  

6
Cajas o bolsas de trauma de servicios médicos de urgencia 17 Unidad
Cod: 42171914
Trauma Panfacial Sistema 1.5 y 2.0 SISTEMA 1.5 mm 4 placas en forma de L 2 placas en forma de Y 24 tornillos de 5 mm de largo 1 malla de reconstrucción de piso orbitario 1 malla rectangular para recorte 4 tornillos de rescate o emergencia  

7
Cajas o bolsas de trauma de servicios médicos de urgencia 6 Unidad
Cod: 42171914
Reconstrucción mandibular sistema desde 2.3 a 2.7 locking 1 placa recta de 10 agujeros de sistema desde 2.3 a 2.7 locking 8 tornillos desde 2.3 a 2.7 mm de 9 mm de largo locking Placa de reemplazo de cóndilo mandibular standard derecha e izquierda (o  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONV. SUMIN. CIRUGIA TRAUMATOLOGICA MAXILOFACIAL
Estado:
Publicada
Descripción:
El Hospital Base San José Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la adquisición de una serie de bienes e insumos necesarios para abastecer distintas unidades hospitalarias, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor o igual a 1.000 e inferior a 5.000 UTM.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.260-1
Dirección:
GUILLERMO BUHLER 1765, OSORNO
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-04-2026 17:00:00
Fecha de Publicación: 13-04-2026 15:54:52
Fecha inicio de preguntas: 13-04-2026 17:05:00
Fecha final de preguntas: 18-04-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-04-2026 17:05:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-04-2026 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-04-2026 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 24-06-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- De los Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Formulario Nº1: Identificación del proponente • Formulario Nº2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública. • Formulario Nº9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595. • Formulario Nº 10: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. • Anexo N°1 Declaración Jurada de Inhabilidad para Contratar con el Estado Condena del Articulo 33 de la Ley N°21.595. • Anexo N°2 Declaración Jurada de Independencia de la Oferta. • Anexo N°3 Programa de Integridad y Ética Empresarial. Al momento de presentar sus propuestas los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para acreditar, los oferentes deben adjuntar en su oferta el Certificado de antecedentes laborales y previsionales. El certificado no debe señalar anotaciones u observaciones vigentes.
Documentos Técnicos
1.- De La Propuesta Técnica Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de bienes e insumos requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación. La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación, REQUISITO EXCLUYENTE. Los oferentes deberán detallar los productos que componen cada ítem ofertado, indicando el código y descripción del producto para cada cirugía. Formulario N°5: El oferente debe indicar el Tiempo de Reposición de componentes, el cual se cuenta desde la fecha de envío del correo electrónico del jefe de traumatología, o de quien le subrogue o reemplace, o de aquél a quien designe el Subdirector Médico, REQUISITO EXCLUYENTE. En Formulario N°5, igualmente, el oferente deberá declarar su Oferta de Set para realizar cirugías simultaneas. Este documento debe ser anexado en antecedentes Técnicos, REQUISITO EXCLUYENTE. Formulario N°6: Cada oferente deberá indicar a los profesionales que estarán a cargo de las cirugías en pabellón, quienes deberán acreditar su experiencia mediante la presentación de certificados que respalden su participación en procedimientos de características similares. Asimismo, el oferente deberá adjuntar los certificados emitidos por la Superintendencia de Salud que acrediten la profesión de los asistentes quirúrgicos propuestos, junto con los certificados de vacunación contra la hepatitis B. Este formulario y su documentación asociada deberán ser incorporados dentro de los Antecedentes Técnicos. Su presentación constituye un REQUISITO EXCLUYENTE. Formulario N°7: Para efectos de acreditar su experiencia, el oferente deberá presentar contrato (s) suscritos con aquellas entidades de salud en las que presta o prestó el mismo servicio. Se considerará un contrato por cada cliente. Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE. Asimismo, en este mismo Formulario N°7, el oferente deberá acreditar que cuenta con mejores condiciones laborales y previsionales para su personal, para lo cual deberá adjuntar el Formulario F‑30 correspondiente al último mes de remuneraciones de sus asistentes quirúrgicos contratados a la fecha. Este antecedente será evaluado según lo establecido en las bases y su presentación es igualmente obligatoria. Los formularios técnicos N° 4, 5, 6 y 7 tienen carácter de obligatorio, por lo que su omisión será causal de rechazo de la oferta en el proceso de Apertura. El oferente deberá indicar, bajo su exclusiva responsabilidad, los elementos, recursos y medios que pondrá a disposición para el desarrollo adecuado del servicio y para el cumplimiento íntegro de los objetivos establecidos en las presentes bases de licitación. Para el presente proceso licitatorio no se requiere la presentación de muestras de bienes o insumos. Sin embargo, si la comisión evaluadora durante el proceso de revisión y evaluación técnica requiere de muestras para subsanar dudas y obtener mayores detalles, estas serán solicitadas a los oferentes a través del foro inverso del portal de compras, en un plazo máximo de 48 horas, de no cumplir la oferta será declarada inadmisible.
 
Documentos Económicos
1.- De la Propuesta Económica El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl. Deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario de cada insumo ofertado (sin I.V.A.), incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, según corresponda. Los oferentes deberán completar el formulario económico dispuesto para aquello Formulario Nº3 (EXCLUYENTE) de acuerdo a las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Diferencias en los valores de la propuesta: en caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la oferta económica del formulario N°3, y la oferta electrónica, prevalecerá el valor unitario ingresado a la ficha de Ingreso de Oferta de la licitación (portal).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Integridad y Ética Empresarial INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL PUNTAJE Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y adjunta la copia del Programa de Integridad. 100 Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia del Programa de Integridad. 0 No aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar. 0 3%
2 Evaluación Económica Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado) *45 45%
3 Certificados y experiencia del Asistente quirúrgic DETALLES PUNTAJE Certificados de la Superintendencia de Salud de la profesión de las asistencias quirúrgico propuesto para la presentación licitación (si presenta todos los certificados de los asistentes propuestos) 30 puntos Certificado de vacuna de hepatitis B (si presenta todos los certificados de los asistentes propuestos) 30 puntos Sera evaluado conforme a certificado emitido por el oferente, respecto de la experiencia en cirugías igual o similares de los asistentes quirúrgicos, propuestos para la siguiente licitación (emitido por el representante legal de la empresa) 40 puntos Total 100 puntos 10%
4 Cumplimiento de los requisitos formales de la pres Cumplimiento requisitos formales Puntaje Oferta presentada no contiene errores u omisiones 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo 0 punto 2%
5 Experiencia de los oferentes en hospitales público DETALLES PUNTAJE >= 10 contratos 100 puntos Entre 9 y 5 contratos 60 puntos Entre 1 y 4 Contratos 30 puntos No presenta contratos 0 punto 10%
6 Oferta de set para realizar cirugías simultaneas DETALLES PUNTAJE 3 y más set de manera simultánea puestos en Pabellón 100 puntos 2 set de manera simultánea puestos en Pabellón puestos en Pabellón 50 puntos 1 set de manera simultánea puestos en Pabellón cuando así sea requerido 10 puntos 5%
7 Tiempo de reposición de los componentes DETALLES PUNTAJE Entre 1 y 12 horas para la reposición de componentes 100 puntos Entre 13 y 24 horas para la reposición de componentes 50 puntos Mas de 25 horas o no presenta información 0 puntos 5%
8 Evaluación Técnica Nº REQUISITOS TÉCNICOS CUMPLE (SI: 100 – NO: Inadmisible) 1 Especificaciones Técnicas indicadas en el Formulario N°4 Oferta Técnica y evaluación del insumo si aplica (muestras). Excluyente. 100 / inadmisible 2 Identifica rótulos en idioma español, impresos o adheridos en la parte externa de los envases, y sin contacto con su contenido. Si el bien o insumo no cuenta con rótulo original en idioma local, el oferente deberá proveer de detalles en formato digital y adjuntar a la propuesta entregada. (No podrán incluir oraciones, frases, expresiones, dibujos, figuras, símbolos, gráficos, ni cualquier otra expresión que induzca al uso equivocado). Excluyente. 100 / inadmisible 3 Identifica nombre del bien o insumo. Excluyente. 100 / inadmisible 4 Identifica nombre y dirección del fabricante/importador autorizado (según corresponda) y del establecimiento responsable de la distribución del producto. (Si se hiciese uso de licencia o poder, deberá figurar además el nombre del licenciante). Excluy 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE CORDOVA
e-mail de responsable de pago: gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Base San José de Osorno Rut: 61.602.260-1
Fecha de vencimiento: 24-07-2028
Monto: 5 %
Descripción: El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos: • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo con el numeral 17.6 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral. • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886 • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas. Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial. En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Glosa: “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL “CONVENIO POR SUMINISTRO DE INSUMOS PARA CIRUGÍA TRAUMATOLÓGICA MAXILOFACIAL” ID: 1063538-39-LP26
Forma y oportunidad de restitución: Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posteriores al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería. Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contratos del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS
BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN PÚBLICA “CONVENIO POR SUMINISTRO DE INSUMOS PARA CIRUGÍA TRAUMATOLÓGICA MAXILOFACIAL” ID: 1063538-39-LP26 HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO 1° OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA 1.1 Objetivo El Hospital Base San José Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la adquisición de una serie de bienes e insumos necesarios para abastecer distintas unidades hospitalarias, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor o igual a 1.000 e inferior a 5.000 UTM. 1.2 Ámbito Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para estipular el CONVENIO POR SUMINISTRO DE INSUMOS PARA CIRUGÍA TRAUMATOLÓGICA MAXILOFACIAL para el Hospital Base San José Osorno. Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl. El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $94.500.000.- (noventa y cuatro millones y medio de pesos chilenos) I.V.A. incluido. Vigencia 24 meses. Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra. 2° BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos: 2.1 Bases de licitación • Bases Administrativas • Bases Técnicas • Formularios anexos 2.2 Definición de términos • Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual los Organismos del Estado realizan un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente. ● Ley de Compras: Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. • Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas. ● Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras. ● Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar. ● Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas. ● Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización. ● Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”. ● Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación. ● Comisión evaluadora: Delegación encargada de evaluar las ofertas en aquellas licitaciones en las que la evaluación revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, conformada por a lo menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del Hospital Base Osorno o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las reglas estatutaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a las entidades que forman parte de la Administración del Estado, pero limitada siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran. ● Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto. ● Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”. ● Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo. ● Presupuesto estimado: Es la previsión financiera que indica el gasto que, en virtud de la contratación, puede asumir el HBSJO, incluido el Impuesto al Valor Agregado y demás tributos que graven la adquisición del bien o servicio. Este cálculo se realiza antes de iniciar un proceso de licitación, y sirve como referencia para constatar que la Entidad cuenta con los fondos suficientes, lo cual se valida posteriormente mediante un Certificado de Disponibilidad Presupuestaria. ● Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. ● Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva. ● Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección. • Unión Temporal de Proveedores: asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño (EMT). • Empresa de menor tamaño (EMT): Para los efectos del Reglamento de compras públicas, y según lo dispuesto en artículo 47 de la Ley de Compras, se estará a la definición de micro, pequeña y mediana empresa y empresa de menor tamaño del artículo segundo de la ley N° 20.416, que Fija Normas Especiales para las EMT. Dentro de esta clasificación serán consideradas aquellas cooperativas que, de conformidad con el decreto con fuerza de ley N°5 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, cumplan con los requisitos para ser EMT de acuerdo con la referida ley N° 20.416. No será considerada como una EMT aquella que pertenezca a un grupo empresarial, definido de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de compras públicas, en el que la sociedad controladora no sea una EMT. Lo anterior deberá ser acreditado de conformidad con la información disponible en el Registro de Proveedores, proporcionada mediante declaración jurada. Para efectos de lo establecido en el párrafo tercero del Capítulo IX de la Ley de Compras, los artículos 71 numeral 6, 86, 87, 89, 97 y 98 del Reglamento de compras públicas, especifican las reglas aplicables para asegurar la adecuada participación de las EMT y proveedores locales en los procedimientos de contratación. • Dispositivo Medico(DM): cualquier instrumento, aparato, aplicación, material o artículo, incluyendo software, usados solos o en combinación y definidos por el fabricante para ser usados directamente en seres humanos, siempre que su acción principal prevista en el cuerpo humano no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función; con el propósito de diagnóstico, prevención, seguimiento, tratamiento, o alivio de una enfermedad, daño o discapacidad; de investigación o de remplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico, o de regulación de la concepción. • HBSJO: Para efectos de esta licitación, hace referencia al Hospital Base San José Osorno. 3° NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación, se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica: • Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones, Contractuales y Resolución Aprobatoria. • Aclaraciones, respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere. • Oferta de él o los proponentes respectivos. • Resolución adjudicataria. • Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde. • Orden de compra. 4° LLAMADO A LICITACIÓN El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl. El llamado a presentar ofertas deberá publicarse en el Sistema de Información y deberá contener, a lo menos, la siguiente información: 1. Descripción del bien y/o servicio a licitar. 2. Nombre de la Entidad licitante. 3. Fechas para las consultas y aclaraciones a las Bases. 4. Fecha y hora de cierre y apertura de las ofertas. 5. En los casos fundados en que la apertura se efectúe respecto de sobres en soporte papel y se admita la presencia de los oferentes, se deberá indicar el lugar en que se llevará a cabo la apertura. 6. Monto y modalidad de las garantías exigidas cuando corresponda. 5° REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad. Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Empresas de Menor Tamaño), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente: • No estar afecta a alguna de las causales de los artículos 4º y 35 quáter de la Ley 19.886 de Compras Públicas, modificada por la Ley N°21.364, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595. • En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393. 5.1 Idoneidad Técnica y Financiera de los Proveedores La idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores. En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado. 5.2 Habilidad en el Registro de Proveedores Podrán contratar con los Organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en estado hábil en el Registro de Proveedores del Estado establecido en el artículo 16 de la Ley, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común. La referida inscripción será requisito, igualmente, para gestionar órdenes de compra recibidas. El servicio del Registro está a cargo de la Dirección ChileCompra y en él se inscribirán las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado, siendo las tarifas diferenciadas según el tamaño de empresa. 5.3 De las Inhabilidades Estarán inhabilitados para inscribirse o permanecer inscritos en el Registro de Proveedores, quienes se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, y que afectan tanto a las personas naturales como a las personas jurídicas: 1. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores dos años, según establece la ley. 2. Condenas por los delitos concursales y tributarios indicados en el artículo 35 septies de la Ley de Compras Públicas. 3. Condenas por delitos de cohecho, financiamiento al terrorismo y lavado de activos y aquellas incluidas en las listas negras de instituciones financieras multilaterales. 4. Condenas por incumplimiento contractual respecto de un contrato con organismos sujetos a la Ley de Compras Públicas. 5. Quienes hayan proporcionado antecedentes maliciosamente falsos, enmendados o tergiversados respecto de sus beneficiarios finales y no hayan subsanado aquello dentro del plazo de 10 días desde que se requiera la enmienda de la información por parte de ChileCompra. 5.4 Conflictos de Interés (Artículo 35 quáter de la Ley de Compras Públicas) Se establece que no podrán suscribirse contratos con personal del Hospital Base San José Osorno, ni con sus cónyuges, convivientes civiles o familiares hasta el 2° de consanguinidad o afinidad, ni con las sociedades en las que las personas señaladas participen o sean beneficiarios finales. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos se aplica respecto de los funcionarios directivos del Hospital Base San José de Osorno hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, así como también respecto de los funcionarios que participen en procedimientos de contratación. Es decir, la imposibilidad de vender bienes y servicios al Hospital Base San José de Osorno se amplía a todos los funcionarios y funcionarias que allí trabajen, cualquiera que sea su calidad jurídica, y no solo a los Directivos. Esta prohibición, tratándose de directivos y funcionarios que participen en los procesos de compra para suscribir contratos con la misma institución en la que se desempeñan, se extiende mientras ocupen sus cargos, y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo. 5.5 Deber de Abstención (Artículo 35 quinquies de la Ley de Compras Públicas) Se establece que las autoridades y funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno deberán restarse de los procedimientos de compra en los que puedan tener interés. Esto considera, además, si está involucrado en el proceso de contratación su conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguineidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común. 5.6 Unión temporal de proveedores La Unión temporal de proveedores (UTP) permite a personas y empresas asociarse temporalmente para ofertar en los procesos que se publican en www.mercadopublico.cl, de manera de sumar experiencia y presentar una oferta más completa y atractiva. Para este efecto los oferentes deberán cumplir con los requisitos exigidos de acuerdo a la “Modernización de la Ley de Compras Públicas”. a. Estará integrada por una o más EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO. b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad. c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. REQUISITO EXCLUYENTE e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. 5.7 Presentación de las ofertas El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Cada Entidad licitante establecerá para cada Proceso de Compra el formulario de oferta y los antecedentes solicitados a los Oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores. Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas, salvo el caso que las Bases dispongan la autorización de la presentación de más de una oferta por un mismo Proveedor. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico. 6° PLAZOS La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl) A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos. Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl Dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación. Fecha inicio preguntas A contar de la publicación en el portal de compras públicas. Fecha final de preguntas Hasta las 17:00 hrs. del quinto día (5) corrido a contar de la publicación. Fecha de publicación de respuestas A las 17:05 hrs. del sexto día (6) corrido a contar de la publicación. Fecha de cierre de recepción de ofertas Hasta las 17:00 hrs. del décimo día (10) corrido a contar de la publicación. Fecha de acto de apertura de ofertas La Apertura de ofertas se efectuará el día siguiente del cierre de la recepción de las ofertas a las 08:00 hrs. Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la comisión evaluadora. Dentro del plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl. al momento de cargar la consulta. Fecha estimada de adjudicación Hasta el sexagésimo (60) día corrido siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas. Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Hasta el sétimo día (7) día corrido siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico). Fecha para firma de contrato Hasta el décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Dpto. Jurídico). Fecha término de contrato. 24 meses contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria. Atendida la naturaleza de lo licitado, tratándose de bienes de simple y objetiva especificación y por motivos de buen funcionamiento del Hospital Base San José de Osorno, se rebajan los plazos de publicación de veinte a diez días desde la publicación al cierre de recepción de las ofertas. 7° DOMICILIO Y JURISDICCIÓN Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. 8° CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado. Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán razonar desconocimiento de las mismas. Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes. Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl). 9° VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS El plazo de validez de las ofertas será de sesenta (60) días corridos contados desde el cierre, salvo que las Bases establezcan algo distinto. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y su reglamento. 10° PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS La entrega de las propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas. Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases, y considerando las restricciones de UTP. Excepcionalmente, en los casos establecidos en el artículo 115 de la Ley 21.634, se podrán recibir en soporte papel, en el domicilio de la Entidad licitante y en los plazos que correspondan. En el caso que la Entidad licitante reciba físicamente documentación de parte de los proveedores, designará a una persona encargada de la custodia de las ofertas, archivos digitales y documentos acompañados, debiendo disponer las medidas que aseguren su inviolabilidad y correcta conservación. 10.1 De los Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Formulario Nº1: Identificación del proponente • Formulario Nº2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública. • Formulario Nº9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595. • Formulario Nº 10: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. • Anexo N°1 Declaración Jurada de Inhabilidad para Contratar con el Estado Condena del Articulo 33 de la Ley N°21.595. • Anexo N°2 Declaración Jurada de Independencia de la Oferta. • Anexo N°3 Programa de Integridad y Ética Empresarial. Al momento de presentar sus propuestas los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para acreditar, los oferentes deben adjuntar en su oferta el Certificado de antecedentes laborales y previsionales. El certificado no debe señalar anotaciones u observaciones vigentes. 10.2 De la Propuesta Económica El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl. Deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario de cada insumo ofertado (sin I.V.A.), incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, según corresponda. Los oferentes deberán completar el formulario económico dispuesto para aquello Formulario Nº3 (EXCLUYENTE) de acuerdo a las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Diferencias en los valores de la propuesta: en caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la oferta económica del formulario N°3, y la oferta electrónica, prevalecerá el valor unitario ingresado a la ficha de Ingreso de Oferta de la licitación (portal). 10.3 De La Propuesta Técnica Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de bienes e insumos requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación. La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación, REQUISITO EXCLUYENTE. Los oferentes deberán detallar los productos que componen cada ítem ofertado, indicando el código y descripción del producto para cada cirugía. Formulario N°5: El oferente debe indicar el Tiempo de Reposición de componentes, el cual se cuenta desde la fecha de envío del correo electrónico del jefe de traumatología, o de quien le subrogue o reemplace, o de aquél a quien designe el Subdirector Médico, REQUISITO EXCLUYENTE. En Formulario N°5, igualmente, el oferente deberá declarar su Oferta de Set para realizar cirugías simultaneas. Este documento debe ser anexado en antecedentes Técnicos, REQUISITO EXCLUYENTE. Formulario N°6: Cada oferente deberá indicar a los profesionales que estarán a cargo de las cirugías en pabellón, quienes deberán acreditar su experiencia mediante la presentación de certificados que respalden su participación en procedimientos de características similares. Asimismo, el oferente deberá adjuntar los certificados emitidos por la Superintendencia de Salud que acrediten la profesión de los asistentes quirúrgicos propuestos, junto con los certificados de vacunación contra la hepatitis B. Este formulario y su documentación asociada deberán ser incorporados dentro de los Antecedentes Técnicos. Su presentación constituye un REQUISITO EXCLUYENTE. Formulario N°7: Para efectos de acreditar su experiencia, el oferente deberá presentar contrato (s) suscritos con aquellas entidades de salud en las que presta o prestó el mismo servicio. Se considerará un contrato por cada cliente. Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE. Asimismo, en este mismo Formulario N°7, el oferente deberá acreditar que cuenta con mejores condiciones laborales y previsionales para su personal, para lo cual deberá adjuntar el Formulario F‑30 correspondiente al último mes de remuneraciones de sus asistentes quirúrgicos contratados a la fecha. Este antecedente será evaluado según lo establecido en las bases y su presentación es igualmente obligatoria. Los formularios técnicos N° 4, 5, 6 y 7 tienen carácter de obligatorio, por lo que su omisión será causal de rechazo de la oferta en el proceso de Apertura. El oferente deberá indicar, bajo su exclusiva responsabilidad, los elementos, recursos y medios que pondrá a disposición para el desarrollo adecuado del servicio y para el cumplimiento íntegro de los objetivos establecidos en las presentes bases de licitación. Para el presente proceso licitatorio no se requiere la presentación de muestras de bienes o insumos. Sin embargo, si la comisión evaluadora durante el proceso de revisión y evaluación técnica requiere de muestras para subsanar dudas y obtener mayores detalles, estas serán solicitadas a los oferentes a través del foro inverso del portal de compras, en un plazo máximo de 48 horas, de no cumplir la oferta será declarada inadmisible. 10.4 Presentación de Antecedentes omitidos El Hospital podrá permitir la presentación de Formularios o Antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta en el portal, siempre que estos no sean excluyentes y que dichas certificaciones o antecedentes omitidos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 56 Reglamento Ley Nº 19.886). En estos casos, el hospital a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo especial de 48 horas para que subsane dichas omisiones a través del Foro Inverso. Si los documentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con la nota correspondiente, según el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, señalado en el numeral 14.4.6 de la presente Bases. Lo anterior, con excepción de los formularios N° 3, 4 y 5 que son de carácter excluyente, al igual que los certificados y antecedentes que se solicitan en dichos formularios. El Hospital se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de las presentes bases y que no puedan afectar el principio de estricta sujeción a las bases, y se debe informar al resto de los oferentes publicándolo en el sistema de información. No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada. Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación. 11° PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase. f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. i) Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. Programas de integridad por parte de los proveedores: los oferentes que contraten con las Entidades deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal (Anexo N°3). 12° GARANTÍAS Para el presente llamado a Licitación y dadas las características del proceso, se requerirá de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. En el evento que la garantía de fiel cumplimiento de contrato se otorgue de forma electrónica, deberán ajustarse a la ley 19.799, sobre Documentos electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley Nº19.886 y su reglamento. 12.1 Garantía de fiel cumplimiento de contrato CARACTERÍSTICAS Tipo de Garantía Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Exigibilidad Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Si dicha garantía no es presentada en tiempo y forma, el Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de hacer uso efectivo de la Garantía de Seriedad de la Oferta, dejando sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos. Estipulaciones del documento Expresar su monto en pesos chilenos. Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable. No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.68 del Reglamento de Compras Públicas. Beneficiario Hospital Base San José de Osorno Rut: 61.602.260-1 Tomador El RUT del tomador del instrumento de garantía debe coincidir con el RUT del oferente. Monto 5% del monto total adjudicado y se expresará en pesos. Sin embargo, para el caso que el proveedor adjudicado sea una empresa de menor tamaño la garantía a entregar será del 5% del monto contratado, en conformidad a la clasificación contenida en el artículo segundo de la ley N°20.416. Plazo de vigencia La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato, aumentada en 90 días después de terminado el vínculo contractual. Glosa “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL “CONVENIO POR SUMINISTRO DE INSUMOS PARA CIRUGÍA TRAUMATOLÓGICA MAXILOFACIAL” ID: 1063538-39-LP26 Causales de cobro El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos: • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo con el numeral 17.6 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral. • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886 • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas. Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial. En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Forma y momento de entrega Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento jurídico). Si no se entrega dentro del plazo, el Hospital quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible. Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso, deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno. Si la garantía de cumplimiento no fuere entregada dentro del plazo indicado, la Entidad licitante podrá aplicar las sanciones que correspondan y adjudicar el contrato definitivo al Oferente siguiente mejor evaluado. Forma y momento de restitución. Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posteriores al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería. Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contratos del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución. En el caso de prórroga o aumento del contrato. En el caso de prórroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional. 12.2 Devolución de Garantía Esta garantía será custodiada por el Departamento de Finanzas del Hospital y será devuelta, si procediere, una vez transcurrido el plazo de vigencia después de 90 días posterior al contrato y certificado el cumplimiento del contrato por “el Hospital”, a solicitud escrita dirigida a la Dirección del Hospital, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos. 13° REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS La apertura electrónica de las propuestas se efectuará a través del Sistema de Información, liberándose automáticamente las ofertas en el día y hora establecido en el numeral 6 de las presentes Bases. La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la seriedad de la oferta (en caso de haberse solicitado en este proceso licitatorio). Todo, sin perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica. 13.1 Admisibilidad de las ofertas y Comprobación de lo Declarado Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases. El Hospital tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los Oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas. Conforme con lo anterior se verificará que la propuesta haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores. Se deja expresa constancia que la entidad licitante comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente. Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en el numeral 11 de estas bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación. Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas. 14° EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 14.1 Designación de la Comisión Evaluadora Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, cual se informa en este acto administrativo (Bases). Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios del Hospital Base San José Osorno: 1. Médico Cirujano Maxilofacial del Hospital Base San José Osorno o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue. 2. Médico Cirujano Maxilofacial del Hospital Base San José Osorno, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue. 3. Encargado de insumos bodega S. Dental y Maxilofacial del Hospital Base San José Osorno, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue. Cada miembro de la Comisión Evaluadora deberá entregar por escrito una Declaración Jurada por la cual manifieste no tener conflicto de Intereses con los proveedores del rubro de esta licitación, así como su compromiso a no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros (oferentes o no) mientras integre esta comisión. Esta declaración será publicada una vez adjudicada o desertada la licitación pública junto al Acta de evaluación, en la ficha de licitación de www.mercadopublico.cl en su apartado “Ver adjuntos”. 14.2 Funciones de la Comisión Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierta el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas. Corresponderá a la Comisión confeccionar un Acta de evaluación, la cual deberá contener la siguiente información: 1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o Reglamento de compras; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de compras. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante. 4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. Proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. 6. Identificación de los integrantes de la comisión evaluadora. 7. Firmas y cargos integrantes de la comisión evaluadora. 8. Fecha del Acta. De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado. 14.3 Errores u omisiones detectados durante la evaluación. Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes: 1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. 2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y, 3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes. 14.4 Matriz de evaluación El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados en la siguiente matriz: N° CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN 1 Evaluación económica 45% 2 Evaluación técnica 20% 3 Experiencia de los oferentes en instituciones publicas 10% 4 Certificados y experiencia del asistente quirúrgico 10% 5 Oferta de set para realizar cirugías simultaneas 5% 6 Tiempo de reposición de los componentes 5% 7 Integridad y ética empresarial 3% 8 Cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta. 2% TOTAL, PORCENTAJE 100% 14.4.1 Evaluación Económica Esta evaluación consta de una ponderación del 45% respecto a la evaluación final. El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación a la más económica. Los montos deben ser ingresados en el Formulario N°3 de las bases de licitación. Fórmula de Cálculo: Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado) *45 14.4.2 Evaluación Técnica Esta evaluación posee una ponderación del 20% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de la siguiente tabla la evaluación. Nº REQUISITOS TÉCNICOS CUMPLE (SI: 100 – NO: Inadmisible) 1 Especificaciones Técnicas indicadas en el Formulario N°4 Oferta Técnica y evaluación del insumo si aplica (muestras). Excluyente. 100 / inadmisible 2 Identifica rótulos en idioma español, impresos o adheridos en la parte externa de los envases, y sin contacto con su contenido. Si el bien o insumo no cuenta con rótulo original en idioma local, el oferente deberá proveer de detalles en formato digital y adjuntar a la propuesta entregada. (No podrán incluir oraciones, frases, expresiones, dibujos, figuras, símbolos, gráficos, ni cualquier otra expresión que induzca al uso equivocado). Excluyente. 100 / inadmisible 3 Identifica nombre del bien o insumo. Excluyente. 100 / inadmisible 4 Identifica nombre y dirección del fabricante/importador autorizado (según corresponda) y del establecimiento responsable de la distribución del producto. (Si se hiciese uso de licencia o poder, deberá figurar además el nombre del licenciante). Excluyente. 100 / inadmisible 5 Si el bien o insumo es importado (terminado), podrá respaldar productos a través de la certificación internacional que posea (FDA, TUV, CSA, CE, UL, IEC, ISO). Excluyente. 100 / inadmisible 6 Evaluación referente técnico. (Calidad de insumo, seguridad paciente/usuario, funcionalidad, etc.) Excluyente 100 / inadmisible Para el presente proceso licitatorio los requisitos técnicos se considerarán como obligatorios, por tanto, deben ser cumplidos a cabalidad por el oferente. Aquellas ofertas que no cumplan con el 100% del checklist obligatorio (excluyentes) serán consideradas inadmisibles. 14.4.3 Experiencia de los oferentes en hospitales públicos Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final. La experiencia de los oferentes será evaluada por el número de contratos con distintos hospitales públicos, periodo 2023-2026 (considerando 1 contrato por cada institución, similares o igual a los insumos de la presente licitación), lo cual se debe acreditar por medio de contratos y/o resoluciones de adjudicación según corresponda. Formulario N°6. DETALLES PUNTAJE >= 10 contratos 100 puntos Entre 9 y 5 contratos 60 puntos Entre 1 y 4 Contratos 30 puntos No presenta contratos 0 punto 14.4.4 Certificados y experiencia del Asistente quirúrgico Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final. Sera evaluado conforme a presentación de los siguientes certificados: DETALLES PUNTAJE Certificados de la Superintendencia de Salud de la profesión de las asistencias quirúrgico propuesto para la presentación licitación (si presenta todos los certificados de los asistentes propuestos) 30 puntos Certificado de vacuna de hepatitis B (si presenta todos los certificados de los asistentes propuestos) 30 puntos Sera evaluado conforme a certificado emitido por el oferente, respecto de la experiencia en cirugías igual o similares de los asistentes quirúrgicos, propuestos para la siguiente licitación (emitido por el representante legal de la empresa) 40 puntos Total 100 puntos 14.4.5 Oferta de set para realizar cirugías simultaneas Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final. Sera evaluado conforme a Proveedor que oferte: DETALLES PUNTAJE 3 y más set de manera simultánea puestos en Pabellón 100 puntos 2 set de manera simultánea puestos en Pabellón puestos en Pabellón 50 puntos 1 set de manera simultánea puestos en Pabellón cuando así sea requerido 10 puntos 14.4.6 Tiempo de reposición de los componentes Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final. Sera evaluado conforme a: DETALLES PUNTAJE Entre 1 y 12 horas para la reposición de componentes 100 puntos Entre 13 y 24 horas para la reposición de componentes 50 puntos Mas de 25 horas o no presenta información 0 puntos 14.4.7 Integridad y Ética Empresarial Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un Programa de integridad y ética empresarial que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°3, donde se señala expresamente como política de su empresa dicho Programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores (Directiva N°31 de ChileCompra). Se entenderá por Programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Una vez completado el documento, se debe adjuntar a la carpeta técnica con el nombre “Anexo N°3: Declaración jurada programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra)”. Asimismo, debe adjuntar documento respectivo donde acredite su programa de integridad. Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes. Si no se presenta el Anexo N°3, o se presenta sin firma, se entenderá que no conoce ni aplica Programas de integridad y/o políticas contenidas en Código de ética para proveedores. Asimismo, se entenderá que el oferente no cuenta con dicho Programa de integridad cuando no acompañe a su Declaración copia del Programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°3. Por tanto, su oferta será evaluada con 0 (cero) punto en este criterio de evaluación. De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 punto en este criterio. De acuerdo con lo señalado, esta evaluación tiene una ponderación del 3% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro: INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL PUNTAJE Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y adjunta la copia del Programa de Integridad. 100 Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia del Programa de Integridad. 0 No aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar. 0 Ponderación: Puntaje obtenido x 3% 14.4.8 Cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta Esta evaluación el oferente deberá adjuntar lo solicitado en numerando N°10 de Bases Administrativas y acompañando todos los antecedentes requeridos, dentro del plazo de la licitación, lo cual tiene una ponderación del 2% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro: Cumplimiento requisitos formales Puntaje Oferta presentada no contiene errores u omisiones 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo 0 punto Se entenderá como cumplimiento de los requisitos formales la presentación de la totalidad de los formularios solicitados en estas Bases. El no informar o no cumplir con la entrega de la documentación solicitada en el plazo especial otorgado de 48 horas, siempre y cuando los formularios no sean excluyentes (los que se solicitarán a través del Foro Inverso), será causal de declarar dicha oferta inadmisible. El criterio “14.3.8”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 56º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. Las certificaciones o antecedentes presentados para salvar errores u omisiones se aceptarán siempre que se hayan producido u obtenido: a) Con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, y b) Se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación, debiendo informarse de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas. Lo anterior solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas. De igual modo las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes. Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº 045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº 19.880, donde conforme al dictamen Nº 15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales. La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro: “La Comisión Evaluadora” recomendará o sugerirá al Director del hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del hospital, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo. 15° ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA Según los criterios de evaluación señalados en estas bases, la adjudicación será de carácter simple, y se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje, sin tener que ser necesariamente la oferta más económica, y siempre que cumpla técnicamente con lo mínimo establecido en estas bases. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio. Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 9 del reglamento de la ley N.º 19.886 15.1 Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado. El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley N° 19.886 sobre Compras Públicas. Así también, se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada. Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta. 15.2 Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí (Artículo 60 Reglamento de la Ley de Compras). Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente. 15.3 Ofertas riesgosas o temerarias (Artículo 61 del Reglamento de la Ley de Compras). La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Adicionalmente, las Entidades podrán establecer en las Bases criterios específicos para determinar que una oferta es riesgosa o temeraria. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia. En caso de ser adjudicada una oferta riesgosa o temeraria, la Entidad licitante solicitará al proveedor el aumento de la Garantía de Fiel Cumplimiento. El monto de esta caución corresponderá al 5% neto del valor resultante entre la diferencia del precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica. 15.4. Mecanismo de resolución de empate (Artículo 55 Decreto 661 de Ley de Compras) Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. En caso de que el puntaje final entregue un empate entre 2 o más ofertas, se aplicarán las siguientes cláusulas de desempate, en el mismo orden indicado, hasta obtener un solo ganador; entre los participantes que han empatado. • En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”. • En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Evaluación técnica”. • En caso de persistir el empate, el tercer mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “Experiencia asistente quirúrgico”. De persistir el empate se solicitará la opinión conjunta y consensuada de los integrantes de la comisión evaluadora (previo estudio de las ofertas); quienes dirimirán la igualdad. 15.5 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes (Artículo 56 del Reglamento de la Ley de Compras). No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación y fuera de los plazos señalados. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada. Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación. 15.6 Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación (Artículo 58 del Reglamento de la Ley de Compras) Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación. En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a funcionario de Abastecimiento del Hospital Base San José de Osorno; yasna.albarran@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta. 16° FACULTAD DE READJUDICAR El Hospital podrá readjudicar la licitación en un plazo de 60 días corridos (plazo referencial) contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa: a) Si el Contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario. b) Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. c) Producto/servicio licitado no cumple técnicamente o presenta serios inconvenientes técnicos durante la ejecución del convenio, lo cual genera pérdida de la confianza técnica en el desarrollo del servicio contratado. Esto se avala con informe de la contraparte técnica del Hospital. d) Si el adjudicatario desiste de su oferta. e) Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información. f) Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.393 indicadas a continuación; Art. N°8.- Penas. Serán aplicables a la persona jurídica una o más de las siguientes penas: 1. La extinción de la persona jurídica. 2. La inhabilitación para contratar con el Estado. 3. La pérdida de beneficios fiscales y la prohibición de recibirlos. 4. La supervisión de la persona jurídica. 5. La multa. 6. El comiso a que se refiere el inciso tercero del artículo 14. 7. La publicación de un extracto de la sentencia condenatoria. Art. N°10.- Inhabilitación para contratar con el Estado. El tribunal podrá imponer a la persona jurídica la inhabilitación para contratar con el Estado, conforme a las reglas del Párrafo 5 del Título II de la Ley de Delitos Económicos. La inhabilitación perpetua para contratar con el Estado sólo podrá ser impuesta respecto de crímenes, si concurre la circunstancia agravante prevista en el número 1 del artículo 7 o en caso de reiteración delictiva. La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo, y se deberá realizar dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. 17° CONTRATO (Artículos 65 y 71 del Reglamento de la Ley de Compras) Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios. Para la firma del contrato se solicitará la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, extendida de acuerdo al numeral 12.1 de estas bases. Tratándose de licitaciones superiores a 1.000 UTM, la suscripción del contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación de la resolución de Adjudicación. Para la subscripción del contrato, los proveedores deberán encontrarse habilitados en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras donde además deberán acreditar su situación financiera y técnica. El proveedor deberá presentar al departamento jurídico boleta de garantía de acuerdo a lo solicitado vía correo electrónico. El oferente deberá hacer llegar la boleta a oficina de partes después de ello, el contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual. Junto con lo anterior el proveedor deberá acompañar un documento en que se acredite la personería de quien actúe como representante legal en la suscripción del contrato. En dicho documento deberán constar las facultades o poderes de dicho representante legal para suscribir contratos o convenios como el de la especie. Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas, aclaraciones y respuestas si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. Las obligaciones referidas se extenderán a las empresas subcontratadas por el proveedor en caso de que las presentes bases permitan la subcontratación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. En razón de lo anterior, el HBSJO estará facultado para solicitar en todo momento durante la vigencia del convenio, cualquier tipo de información y documentos referente al cumplimiento del pago de remuneraciones y leyes sociales y previsionales por parte del adjudicatario a sus trabajadores. Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, no remite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento o desiste de la propuesta, “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital. 17.1 Vigencia (Artículo 118 del Decreto 661 de la Ley de Compras) El contrato comenzará a regir, a partir de la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato, y tendrá una vigencia de 24 meses, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria. 17.2 Aumento y disminución de contrato (Artículo 129 del Decreto 661 Ley de Compras) El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución, y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica. Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación en la que es parte una entidad de salud, y responde a la necesidad imperiosa que ésta tiene de cubrir sus requerimientos. El aumento y/o disminución de contrato debe ser solicitado por el Referente técnico del HBSJO. Para hacer efectivo dicho aumento, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento. El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances. Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa y Subdirección Médica del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico. El aumento o disminución deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de aumentos renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12.2 de las presentes bases. El acto administrativo que modifique el contrato, derivado de la licitación de que se trata, está sujeto al trámite de toma de razón. Asimismo, y una vez tomado de razón, deberá publicarse en el Sistema de Información. 17.3 Prórroga plazo del contrato (Artículo 129 del Decreto 661 de la Ley de Compras) De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, y fundadamente, y sólo se permitirá por una vez. La prórroga de contrato debe ser solicitada por el Referente técnico del HBSJO. Para hacer efectiva la prórroga, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a prorrogar o disminuir el plazo del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento. El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de prórroga o disminución de plazo del contrato, sus principales implicancias y alcances. Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa y Subdirección Médica del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico. La prórroga o disminución del plazo del contrato deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de prórroga renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12.2 de las presentes bases. Todo acto administrativo que modifique el contrato, derivado de la licitación de que se trata, está sujeto al trámite de toma de razón y deberá ser publicado en el Sistema de Información. En ningún caso, la o las modificaciones relativas al aumento o disminución del contrato, o a la prórroga o disminución del plazo del contrato, podrán alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial. Entendiéndose que se alteran éstos cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases o, cuando la modificación altera el equilibrio financiero del contrato o, si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual. 17.4 Resciliación del contrato (Artículo 130 Decreto 661 que aprueba la de Ley Compras) Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo en forma anticipada. 17.5 Cesión del contrato y subcontrataciones El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital. Además, el subcontratista deberá encontrarse hábil en el registro de proveedores. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital. El Hospital cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring en la medida que se notifique oportunamente de dicho contrato al correo jose.cordova@redsalud.gob.cl y gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl. y no existan obligaciones pendientes. 17.6 Término anticipado del contrato por parte del Hospital En caso de incumplimiento del contrato celebrado y previa calificación de las circunstancias, por resolución fundada, el Hospital podrá ponerle término administrativamente, en forma anticipada e inmediata, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnización por perjuicios causados. Se consideran como causales de dicho término, las indicadas en el artículo Nº13 bis de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº130 del Decreto Nº661 de 2024 que contiene el Reglamento de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas: a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor, tipificadas en el numeral 17.6.1 de las presentes bases administrativas. d) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de compras. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de compras. f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. g) Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Asimismo, el Hospital, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato toda vez que el valor total de las multas supere el 30% del valor neto del contrato. 17.6.1 Causales de término anticipado del contrato por incumplimiento grave: Para todos los efectos legales, se considerará como incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor, facultando al Hospital a poner término anticipado del contrato, las siguientes conductas debidamente acreditadas: a) Si los representantes o el personal del adjudicado no observan los más altos niveles éticos o cometen actos de fraude, corrupción, soborno, extorsión, coerción o colusión. b) Registrar condena por prácticas antisindicales dentro del periodo de vigencia del contrato. c) Si el adjudicatario se niega, sin causa justificada, a la entrega de los productos solicitados en el plazo ofertado o en la forma indicada en estas bases, o distribuye productos distintos a los adjudicados. d) Si el Hospital Base San José de Osorno comprobare, previo informe técnico, deficiencias en la calidad del producto solicitado y que no hayan sido subsanadas por el adjudicatario satisfactoriamente de acuerdo al contrato. e) Cambio o modificación unilateral del precio ofertado, del producto, de las condiciones de la oferta, de la calidad o marca del producto u otra condición(es) establecida y aceptada por el Hospital. f) En caso de las suspensiones y eliminación del Registro de Proveedores, de acuerdo a lo establecido en el artículo 135 y 163 del Reglamento. g) Si el adjudicatario fuere declarado en quiebra. h) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al Hospital, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo. i) Si el adjudicatario es una Sociedad de Responsabilidad Limitada y éste, o alguno de los socios de la empresa, fuere formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva. En los casos de una Sociedad Anónima, cuando algún miembro del Directorio o algún gerente se viere afectado por esta situación. j) Si el proveedor es condenado a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el estado, según la Ley 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas por los delitos en que en ella se indican. k) Si se disolviere la empresa (en caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica). En este caso, se procederá a efectuar la liquidación del Contrato, determinando las obligaciones que quedaren pendientes. Las obligaciones serán compensadas con la garantía que obra en poder del Hospital. l) La no renovación de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de prórroga. m) En caso de falta de entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato en los términos, condiciones y plazo indicados en el numeral 12.1 de las presentes bases, el Hospital estará facultado para dar término anticipado del contrato. Si no existiere dicha garantía y el proveedor no efectuare pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, según lo señalado en el referido numeral, se dará término anticipado de contrato. n) Si el adjudicatario infringe el deber de confidencialidad regulado en las presentes bases administrativas. o) Toda otra conducta u omisión imputable al adjudicatario que impida o perturbe el otorgamiento oportuno y eficaz del producto adquirido de modo que afecten el normal desarrollo de las funciones del Hospital. p) Que un producto sea declarado “no apto para su uso” por parte del Instituto de Salud Pública por considerarlo un riesgo sanitario o que, por cualquier otra razón o causa definida por el ISP, se haya instruido el retiro del mercado para destrucción total de uno o más lotes de dicho producto por acto administrativo de dicho organismo. En este caso, el término del contrato será parcial y sólo en relación al producto declarado “no apto para su uso”. En cualquiera de los casos señalados el Hospital Base San José de Osorno hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales que correspondan para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes. Producida cualquiera de las situaciones señaladas en este numeral, así como en el anterior, la resolución del Hospital de poner término anticipado al contrato, el adjudicatario se entenderá notificado anexando dicha resolución a la ficha de licitación. En caso de término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá reclamar de su decisión por medio de los recursos administrativos que establece la ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos. 17.7 De los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada. Los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo o su modificación deberán ser fundados y publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las veinticuatro horas de dictado; salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el artículo 97 del reglamento de compras. 17.8 Referente o coordinador técnico del convenio El Hospital Base San José de Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Coordinador del mismo al Medico Jefe Servicio Dental del Hospital Base San José de Osorno (mariela.parada@redsalud.gob.cl) o a quien le subrogue o reemplace, o a la persona que aquél designe, quien tendrá entre otras, las siguientes funciones: ● Definir las especificaciones técnicas de los bienes y servicios requeridos. ● Participar del Comité de evaluación de las ofertas de los proveedores. ● Supervisar el correcto desarrollo del servicio adjudicado, garantizando que el proveedor cumpla con los estándares clínicos y técnicos de calidad y seguridad exigidos en las bases y la normativa del hospital. ● Solicitar las multas que correspondan en caso de incumplimiento del proveedor, acompañando informe respectivo. ● Contactar al proveedor y emitir informes ante la notificación por parte del Coordinador del Adjudicatario o de la Validadora Técnica de complicaciones, eventos adversos u otros incumplimientos técnicos, así como responder a los descargos del proveedor. ● Participar de las instancias en que sea convocado para entregar su opinión clínica y técnica de los servicios licitados. ● Conocer íntegramente las bases y contratos del presente proceso licitatorio. 17.9 Administrador del Contrato El administrador de contratos (yasna.albarran@redsalud.gob.cl), o quien subrogue o reemplace, o en quien se delegue, es responsable de gestionar el contrato entre el hospital y el proveedor adjudicado, asegurando que los términos y condiciones establecidos en la licitación se cumplan de manera adecuada. Sus funciones incluyen: • Controlar el plazo de vigencia de el o los contratos asociados y los pagos respectivos, en relación al presupuesto de la licitación. • Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del convenio. • Gestionar el curse de sanciones o multas por incumplimiento de bases y contrato, adjuntando los antecedentes e informes del Referente técnico que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con asesor jurídico del Hospital. • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio. 17.10 Contraparte técnica de la adjudicataria para el convenio. El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor. En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá: • Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio por suministro. • Emisión y envío de Informes periódicos para mantener ordenados los estados de pagos de facturas. • Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda. • Coordinar las asesorías que el Hospital requiera. • Recepcionar los reclamos y su gestión. • Coordinar las urgencias. • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio. Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio. 18° CONFIDENCIALIDAD El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación. En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital. El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción. 19° PRECIO El precio de la adquisición corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl, más los impuestos correspondientes, y en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (Formulario N°3). Éste, no será reajustable. 20° EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA Una vez formalizada la total tramitación de la Resolución de adjudicación y/o Resolución que aprueba el Contrato según corresponda, el Hospital se podrá emitir la orden de compra. Luego, el adjudicatario deberá aceptar las órdenes de compra a través del portal en un plazo máximo de 48 horas de acuerdo a los precios ofrecidos por el oferente. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, el Hospital podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud. La aceptación de la orden de compra por parte del proveedor será requisito indispensable para la recepción conforme que realizará el Hospital del bien/insumo o producto a través del portal de compras públicas. Antes del envío de cada orden de compra, el comprador del Departamento de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en Registro de Proveedores. 20.1 Entrega de el o los productos y/o ejecución de prestaciones y servicios. Los insumos o productos, así como el equipamiento en comodato (bonificación) debe ser entregado previa solicitud formal y coordinación, en Bodega General del hospital; ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno. Los horarios de Bodega del HBSJO son de lunes a jueves de 8:00 a 14:00 hrs y el viernes de 8:00 a 13:00 hrs. Siendo ésta, la única vía de ingreso al HBSJO. Además, el proveedor de forma obligatoria debe considerar lo siguiente: el transporte de los productos desde las Bodegas del Proveedor hasta las dependencias del Hospital será de costo y cargo de este. Es decir, debe estar incorporado en el precio ofertado del producto. Para la gestión de despachos o el envío de los bienes/insumos o productos por parte del proveedor hacia la bodega general del Hospital, este deberá ser imperativamente acompañado por la guía de despacho correspondiente. En efecto, las prótesis e implantes deben ser entregados en Bodega General con guía de despacho e inventario para su recepción formal de Hospital. Las cajas para revisión deben ser entregadas de acuerdo a protocolo interno de HBSJO “Protocolo de recepción y manejo de instrumental quirúrgico externo” el cual debe ser revisado y ejecutado por proveedor: • Al entregar las cajas e instrumental al hospital, éstas deben venir con inventario actualizado, ordenado y de fácil revisión, indicando el tipo de caja. Deberán ser entregadas dos copias en la central de esterilización. • La caja deberá ser revisada por el personal del proveedor, en conjunto con la enfermera de esterilización o personal de turno, según sea el caso, revisando pieza por pieza para corroborar que el inventario coincida con el instrumental e implante entregado. • Para las cajas e instrumental que habitualmente se encuentran en el hospital (cajas estacionadas), deben contar con un inventario estándar según tipo de caja, el cual debe ser revisado por el asistente quirúrgico del adjudicado con un inventario actualizado, y solo así serán reprocesadas. No se aceptarán inventarios no actualizados, en este caso, la caja y/o instrumental será rechazada y no esterilizada. • Si la caja y/o instrumental va a empresa externa de esterilización, el inventario debe ser revisado por la asistente de la empresa adjudicada y asistente de empresa de esterilización. Los contenedores en los que se entreguen las prótesis, implantes e instrumental deben ser rígidos y con filtro, especialmente para las cajas estacionales. Una vez finalizado el acto quirúrgico, desde el servicio de pabellón se generará un informe de insumos utilizados, el cual deberá ser validado por el representante de la empresa en forma sincrónica. Posterior a la entrega de bienes/insumos o la prestación de un servicio (según corresponda); la institución deberá proceder con la validación o recepción conforme de estos. Este proceder resultará imprescindible para la posterior emisión de la factura comercial respectiva. Para ello, el referente técnico, referente administrativo, funcionario de abastecimiento u otro (según corresponda), deberán confirmar las prestaciones realizadas y emitir un informe respecto del debido cumplimiento del oferente adjudicado de los servicios contratados, particularmente desde un punto de vista sanitario y administrativo, teniendo presente lo establecido en las Bases. En virtud de lo dispuesto en Norma Técnica N° 226 del Ministerio de Salud, se señala la vigencia y obligación de los prestadores de salud de informar datos mínimos necesarios que permitan la trazabilidad de dispositivos médicos en sus correspondientes documentos de entrega (guía de despacho o factura comercial). Este, debe indicar al menos: 1. Señalar que el insumo despachado cumple la condición de “dispositivo médico”. 2. Los siguientes datos de trazabilidad: • Nombre del producto o dispositivo médico. • Identificación del proveedor. • N° de guía/factura, según documento de entrega. • Modelo (sólo cuando corresponda) • N° de lote/serie • Fecha de vencimiento Considerando que la normativa establece que el nombre del dispositivo médico puede obedecer a la denominación asignada al interior del establecimiento de salud, es importante señalar que este puede sufrir modificaciones las que serán informadas oportunamente. Se adjunta Norma Técnica N°226 y Oficio Circular IP N°8 del 02 de marzo del 2023 que instruye la aplicación de la normativa en los prestadores institucionales de salud. 21° DE LA FACTURACIÓN Y PAGO Los pagos a los proveedores por los bienes y/o servicios adquiridos por las Entidades deberán efectuarse por éstas dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto. Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la respectiva Entidad registre en el Sistema de Información: a) La entrega de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del Proveedor, en el momento en que esto ocurra. b) La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, por la jefatura de la unidad encargada de adquisiciones de la respectiva Entidad, por quien tenga delegada dicha función o por quien haya sido designado administrador del contrato. Si no hubiese conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan. La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes: NOMBRE Hospital Base San José De Osorno RUT 61.602.260-1 DOMICILIO Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia de Osorno, Región de Los Lagos. GIRO Salud Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada: 1. Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión. Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico (e-mail). 2. Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico. Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo. Este ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazara automáticamente. 3. Debe coincidir el monto facturado con el monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público. La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 30 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado. El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (Ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago. 21.1 Pago indebido y su restitución Se entenderá que existe un pago indebido cuando por error material, aritmético o de hecho se efectúe un desembolso de fondos públicos a favor de un Proveedor que no tiene derecho para recibir dicho pago, o en una cuantía que excede la obligación establecida en el contrato u Orden de Compra respecto de bienes y/o servicios afectos a la Ley de Compras. El Proveedor que reciba un pago indebido, total o parcial, queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso. El Hospital Base San José de Osorno deberá requerir, de oficio, al Proveedor la restitución de los montos correspondientes, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde que tomó conocimiento del pago indebido. Este requerimiento podrá efectuarse a través del Sistema de Información. Para estos efectos, los servicios deberán tener en cuenta las instrucciones dictadas por el Ministerio de Hacienda al respecto. En caso de que el Proveedor no proceda a la restitución en el plazo solicitado, el HBSJO deberá informar dicha situación a la Dirección de Compras, para que inicie un procedimiento de suspensión, de conformidad a los artículos 160, numeral 9, y 161 del Reglamento de Compras. 22° INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS Antecedentes Generales El Hospital podrá aplicar las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases por actuaciones imputables al proveedor y que impliquen una deficiencia o incumplimiento de las obligaciones señaladas en las bases, en el contrato y en todos los documentos que son parte de la presente licitación. Lo anterior, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor. En consecuencia, ejercerá los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se causaren. 22.1 Infracciones contractuales Serán sancionadas con una multa en UTM, por cada evento o día de incumplimiento, según corresponda, las siguientes conductas: ● Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del informe, documento o servicio contratado. Se cobrará una multa de 5 UTM por evento. ● No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes. Se cobrará una multa de 5 UTM por cada día de atraso. ● Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. Por cada día de atraso la multa será de 3 UTM. 22.2 Infracciones del servicio • Por incumplimiento en bienes despachados de acuerdo a lo requerido en las especificaciones técnicas. La multa será de 5 UTM por cada evento. • Retraso en la entrega de los insumos la multa será de 5 UTM por cada día de atraso. • Incumplimiento de las características técnicas del suministro vigente: Detección en servicios clínicos del Hospital de alguna deficiencia en la calidad del producto adjudicado originalmente (dañados, defectuosos, adulterados, mal rotulados o doble rotulación (salvo idioma extranjero), o suministro de bienes distintos al inicialmente adjudicado. Esto será constatado mediante informe enviado por servicio clínico que identificó el incumplimiento. La multa será de 5 UTM por cada evento. • Producto contratado y suministrado a través de esta licitación que afectara a la salud de las personas, constatándose negligencia de los procesos de fabricación, problemas de rotulación y otros directamente asociados a su manufactura y distribución, el proveedor asumirá los costos de recuperación de los afectados, sin perjuicio de los procesos judiciales a que se vea afectado. Se aplicará el 20% del precio neto de los productos detectados en incumplimiento, sin perjuicio de los procesos judiciales en que sea afectado. • Entrega de productos con vencimiento inferior al solicitado en las bases de licitación, lo cual obligará el hospital a aplicar una multa de 5 UTM por cada evento. • Despacho de productos en lugares no autorizados por el Hospital, lo cual obligará al hospital a aplicar una multa de 5 UTM por cada evento. • Entregar los productos en la Bodega General hospital, los cuales se encuentran con los envases alterados y/o dañados, lo cual obligará el hospital a aplicar una multa de 5 UTM por cada evento. • El producto/insumo que se entrega en las bodegas del Hospital, no cumple con los datos de trazabilidad establecidos en bases de licitación y/o en la Norma Técnica N°226. Multa de 15 UTM por evento. • El producto/insumo, que el proveedor entrega en las bodegas del Hospital, no adjunta la documentación que consigna claramente la condición de “dispositivo médico”. El producto no se recepciona. Multa de 15 UTM por evento. • Por no aceptar de la orden de compra en mercado público en un periodo de 48 horas corridas, lo cual obligará el hospital a aplicar una multa de 5 UTM por cada evento. • Por negarse a realizar el despacho de bienes o insumos debido a montos de despacho; entendiéndose que el hospital cumple con solicitar, como monto mínimo, el monto descrito por el oferente en el Formulario N°5.La multa será de 3 UTM por cada evento. • Entrega de los insumos en lugar que no corresponde a la Bodega General del HBSJO, y en horario de hospital. La multa será de 3 UTM por cada evento. • Despacho de bienes/insumos/fármacos/productos sin adjuntar Orden de Compra. Multa de 3 UTM por cada evento. • Por el rechazo de la orden de compra en el portal mercado público. La multa será de 5 UTM por cada evento. • Por negarse a realizar el despacho de bienes o insumos debido a desistimiento de la oferta propuesta en el presente llamado de licitación. La multa será de 15 UTM por cada evento registrado. • Envío y despacho de bienes/insumos con otro documento que no sea Guía de Despacho, de acuerdo al numeral 20.1. Multa de 3 UTM por cada evento. • Por negarse al despacho debido a quiebres de stock. La multa será de 5 UTM por cada evento. • No entrega información escrita a Referente Técnico o Jefe de Abastecimiento respecto de quiebre o falta de stock de alguno de los productos materia de encargo, con 15 días hábiles de anticipación y no entrega solución siendo responsabilidad de la empresa adjudicada buscar una alternativa, con previa autorización de Referente Técnico a fin de cumplir con el abastecimiento oportuno de dicho (s) insumo(s) en el Hospital. Multa de 15 UTM por evento. • Que las cajas de instrumental sean entregadas húmedas o con condensado en su interior en nuestra institución, lo cual obligara al hospital a aplicar una multa de 5 UTM. • Que las cajas de instrumental se entreguen sucias, con restos de materia orgánica/inorgánica, lo cual obligara al hospital a aplicar una multa de 5 UTM Por cada evento. • Que cajas de instrumental e implantes se presenten con paquetes rotos, instrumental o contenedores en el estado u oxidados al momento de la entrega en nuestras dependencias. Se aplicará una multa de 5 UTM Por cada evento. • Por incumplimiento en la entrega de cajas en esterilización sin representante la multa será de 5 UTM por cada evento, el cual será informado por Enfermero (a) jefe de esterilización, al administrador de contratos vía correo electrónico. • Por incumplimiento del protocolo de esterilización la multa será de 5 UTM por cada evento, el cual será informado por Enfermero (a) jefe de esterilización, al administrador de contratos vía correo electrónico. • Incumplimiento en la entrega del instrumental en esterilización sin inventario. La multa será de 5 UTM. Por cada evento. • Incumplimiento en el periodo de garantía del insumo, la multa será de 5 UTM por evento. • No realizar entrega de equipo en comodato requerido en bases de licitación y previamente programado, la multa será de 5 UTM. Por día de atraso. • No realizar instalación y puesta en marcha de equipo requerida en bases de licitación y previamente programadas, la multa será de 5 UTM por día de atraso. • Por incumplimiento en la entrega del equipo de back up se aplicará una multa de 5 UTM por cada día en que el proveedor no de cumplimiento a obligación de entregar equipo en back up de iguales características, cuando el equipo se encuentre inoperativo por 12 horas corridas. La multa será de 5 UTM por día de atraso. • No realizar las mantenciones de equipos requerida en bases de licitación y previamente programadas, la multa será de 5 UTM. Por día de atraso. • Si no cumple con la capacitación adecuada al personal requirente y/o instrucciones, la multa será de 5 UTM. Por día de atraso. • Incumplimiento del proveedor que derive en la suspensión de una cirugía programada, lo cual obligará el hospital a aplicar una multa de 10 UTM por cada evento. • No atender la demanda de asistencia requerida y en horario establecido en bases de licitación. La multa será de 5 UTM por cada evento. • Sin disponibilidad de servicio técnico para el diagnóstico de fallas dentro de la jornada laboral y reparación de equipo dentro de las 24 horas, además de reparación y mantención a cargo del adjudicado. La multa será de 5 UTM por cada evento. • Por la no entrega de las cajas estacionarias en un plazo de 10 días Corridos desde firmado el contrato. La multa será de 3 UTM por cada día de atraso. • En caso de que el insumo/producto se rechazado el proveedor tendrá un plazo de 10 días corridos para efectuar el cambio de lo contrario se aplicara una multa de 3 UTM por cada día de atraso con un plazo tope de 15 días hábiles. Nota: Para el cobro de las multas se tomará como vía de referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento. 22.3 PROCEDIMIENTOS PARA APLICACIÓN DE MULTA En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte de la entidad o funcionario responsable, será comunicada al adjudicatario por correo electrónico (aquel correo declarado en Formulario N°1 por el oferente) indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y que le será aplicada una multa según lo indicado en los numerales anteriores, y el monto de la misma. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario podrá presentar sus descargos y/o disconformidad con el contenido de dicha notificación, dentro de los cinco días hábiles siguientes (lunes a viernes) a la recepción de la comunicación de su incumplimiento, por escrito y dirigidos al Director del Hospital Base San José de Osorno. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para pronunciarse. De esta manera, y con los antecedentes que disponga, dictará la resolución o acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, rechazando o acogiendo los descargos, total o parcialmente, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose al adjudicatario o a su representante legal por correo electrónico. En efecto, todo tipo de sanción o multa será comunicada al representante indicado en el registro de proveedores o en el registro de la propuesta, mediante correo electrónico de la Dirección del Hospital, o desde el correo electrónico de quien ésta considere pertinente. Se establece que el acto administrativo que aplique dicha sanción debe revestir el carácter de fundado. El proveedor podrá interponer contra dicho acto administrativo el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal. Además, la medida aplicada será publicada en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Si el proveedor no formula descargos dentro del plazo conferido o los interpone fuera de, plazo, una vez verificada la no presentación de descargos por parte del proveedor, o habiéndose recibido éstos fuera de plazo, se procederá a dictar un acto administrativo que dejará firme la resolución de aplicación de multa, dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos, y se publicará el acto administrativo, a través de www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de 24 horas de su dictación. En el evento de que el proveedor no estuviere conforme con lo resuelto, se encontrará facultado para interponer los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, en la forma y plazos previstos en dicho cuerpo normativo. Sólo una vez transcurrido los plazos legales, y dictados los actos administrativos que resuelven los recursos interpuestos, rechazándolos, se podrá proceder a hacer efectiva la aplicación de la multa. La reiteración (tres) de estas faltas dará derecho a que el Hospital dé término al contrato y al cobro de las garantías comprometidas. En caso alguno, el monto total de las multas podrá exceder el 30% del monto total del contrato. 22.4 Cobro de multas En caso que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios:  Depósito o transferencia electrónica a nombre de HOSPITAL BASE OSORNO RUT 61.602.260-1 cuenta corriente N°81509097470 del Banco Estado, con copia del comprobante a los siguientes correos: jose.cordova@redsalud.gov.cl, gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl.  Pago directo en caja de Cobranza, ubicadas en edificio de Acceso Principal del Hospital. Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases. La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato. En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato, de acuerdo a lo establecido en el numeral 17.6 de las presentes bases. Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl 22.5 Indemnización por daños y perjuicios. (Artículo 139 Reglamento Ley de Compras) Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados a la Entidad por el incumplimiento del contrato, ésta estará facultada para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios. 22.6 Notificaciones electrónicas. (Artículo 140 del Reglamento de la Ley de Compras) Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales. Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras. 23° RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS En caso se generarse responsabilidad civil extracontractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley N°1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal. 24° SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del Director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.  
BASES TECNICAS
BASES TÉCNICAS LICITACIÓN PÚBLICA “CONVENIO POR SUMINISTRO DE INSUMOS PARA CIRUGÍA TRAUMATOLÓGICA MAXILOFACIAL” ID: 1063538-39-LP26 HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO 1° OBJETIVO El Hospital Base San José de Osorno realiza el llamado a licitación pública para requerir insumos traumatológicos necesarios para abastecer distintas sub-unidades hospitalarias, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, técnicas y sus anexos. Las cuales fijan los procedimientos, técnicos, requisitos, condiciones y exigencias que regulan el suministro de dispositivos de Uso Médico de Traumatología Dental en consignación. En términos generales, se entenderá como dispositivos de uso médico para tórax, en adelante “LOS PRODUCTOS”, a todo aquel material que es entregado por un proveedor previa solicitud del Enfermero(a) Jefe de la Unidad de Pabellón, a “EL HOSPITAL” para su eventual empleo, sin que exista una orden de compra previa, y que solo una vez que ha sido utilizado en un paciente se procede al trámite formal de su adquisición, facturación y la reposición del stock en consignación. Las presentes bases técnicas, fijan los estándares mínimos para satisfacer los requerimientos de una serie de bienes e insumos necesarios para abastecer distintas unidades hospitalarias durante un período de 24 meses. 2° DISPOSICIONES GENERALES Todos los productos ofertados, según corresponda, deben estar registrados en el Instituto de Saldu Pública de Chile, para lo cual se debe indicar el código otorgado por el ISP, además de toda la información adicional que se solicita en las presentes bases de licitación. Los oferentes deberán presentar en sus ofertas solo los productos y especificaciones técnicas requeridas. Será de interés del hospital que los oferentes seleccionen como oferta principal, dentro de sus líneas de productos, aquel modelo que represente las especificaciones técnicas establecidas. Los oferentes adjudicados deberán mantener, durante el periodo de vigencia del contrato, disponibilidad de la totalidad de los productos adjudicados en consignación y el equipamiento en comodato. Los oferentes deberán mantener actualizados los productos por eventuales cambios en las técnicas quirúrgicas según requerimientos de cirujano y el tipo de patología. La fecha de vencimiento de los productos, requeridos en las bases técnicas, en ningún caso podrá ser inferior a 2 años, aceptándose solamente tiempos menores en aquellos que por su naturaleza y fabricación no tengan vigencia mayor. Se aceptarán ofertas solamente de los productos quirúrgicos nuevos (certificados) y no discontinuados, según las especificaciones entregadas, en ningún caso se aceptarán ofertas de productos usados. Además, se deberán presentar certificados de aleación de metales. Si, por razones de mercado, algunos de los productos se discontinúan, el consignante deberá presentar a la asesora técnica de pabellón de traumatología del Hospital, una alternativa de características similares a lo adjudicado y ésta podrá autorizar este nuevo producto, solo si se considera que cumple con lo estipulado en el contrato. Los oferentes deberán presentar certificados vigentes que acrediten que cuentan con las certificaciones que a continuación se detallan (según corresponda): Instrumental quirúrgico, contenedores, placas y torillos: • ISO 7153-1 • Certificado de Origen y manufactura • ISO 13485:2003 Insumos Implantables (prótesis): • ISO 9001 • FDA, CE Los oferentes deben contar con personal debidamente acreditado, el cual debe dar soporte técnico en la zona y/o brindar apoyo de pabellón cuando sea requerido por el Hospital. El personal debe presentarse como mínimo 30 minutos previos a la cirugía y tendrá como responsabilidad chequear y disponer de todo el material que se necesite en el procedimiento, además de resolver cualquier tipo de emergencia relacionada al requerimiento de material adicional o faltante. Conjuntamente, deberá estar presente en el acto quirúrgico y, una vez finalizado éste, deberá realizar un informe de consumo que deberá ser validado por el enfermero jefe de pabellón. También, deberá actualizar el inventario de la caja, previo a su entrega a la central de esterilización. El asistente técnico deberá disponer del tiempo y salud compatible. Además, deberá velar por la entrega oportuna del material a esterilización (según protocolo) y su disponibilidad para la cirugía programada. Las cantidades indicadas en las presentes bases técnicas son solo referenciales, dado que dependerá del tipo de intervenciones quirúrgicas que se requiera efectuar durante el año y la vigencia del contrato. Por lo tanto, en ningún caso se adquirirá la totalidad de los productos indicados, sino solo lo realmente utilizado en cada intervención quirúrgica efectuada, pudiendo incluso no llegar a utilizarse un producto durante toda la vigencia del contrato. Para aquellos productos licitados que requieran cajas de instrumentos para su funcionamiento, éstas deberán ser proporcionadas por el consignante sin costo alguno para el hospital. En caso de deterioro o fallas de los productos durante la vigencia del contrato, por causas atribuibles al fabricante, los oferentes deberán reponerlos por unos nuevos, sin costo para el Hospital. De la misma forma, en caso que algún producto pierda su vigencia. Los oferentes deberán efectuar mantención al instrumental en forma periódica (a lo menos trimestralmente) a fin de que éste se encuentre operativo al momento de su utilización, realizando el cambio o reparación de los productos o insumos dañados durante el periodo de vigencia del contrato, sin costo para el Hospital. Estas mantenciones se realizarán en coordinación con el jefe de la central de esterilización. Todos los productos que se adjudiquen en la propuesta deben ser previamente autorizados y validados por el Enfermero Jefe de Pabellón y por el Jefe del Servicio de Traumatología del Hospital, o por quienes les subroguen o reemplacen, por medio de un procedimiento de evaluación Técnica/operativa. En relación a los productos, Implantes (Prótesis), los oferentes deberán considerar que estos productos deben utilizar empaques de grado médico que garantice la indemnidad y esterilidad de su contenido, indicando claramente en su interior la fecha de fabricación, vencimiento y el proceso de esterilización al cual fue sometido, la fecha de vencimiento debe ser superior a 2 años. Todo producto en consignado (no instrumental) y cuya fecha de vencimiento sea inferior a seis (6) meses deberá ser renovado por el consignante, previa coordinación con la asesoría técnica de pabellón y Jefe de Traumatología. Las cajas con instrumental quirúrgico e implantes sometidas a pruebas de calidad en el servicio de esterilización (3 ciclos) que no superen las pruebas, serán rechazadas y todos los componentes que deberían someterse a esta prueba técnica.  El criterio de aprobación es de un 100% de éxito en las pruebas que se les realizará y que a continuación se indican: • Lavado manual • Irrigación si corresponde • Lavado Ultrasonido • Lavado termodesinfector a 129° C • Esterilización por Autoclave 134° • Lubricación Motivos de rechazo: • Deformidad de sus partes • Manchas • Perdida de continuidad de sus componentes • Aparición de fisuras • Quiebre • Fallas operativas post proceso de esterilización, si corresponde • Rugosidad de superficie • Desgaste prematuro • Corrosión • Otras causales que mermen la integridad de los productos o no permitan su reproceso, en este caso se emitirá informe detallado. 2.1 PRESENTACIÓN DEL INSTRUMENTAL EN ESTERILIZACIÓN Llegada del instrumental Las empresas externas, según solicitud previa, deben enviar material en contenedores, separando el instrumental de los insumos estériles (con rótulo, según corresponda), esto, con la finalidad de que a la Central de Esterilización sólo llegue instrumental que requiera reprocesamiento y, a la Unidad de Pabellón, los insumos estériles a usar en cirugía, según se requiera. La dirección para efectuar el envío es Guillermo Bühler N°1765 y el horario de recepción es: lunes a jueves de 8:00 a 16:00 horas y viernes de 8:00 a 15:00 horas. La empresa externa debe dar aviso mediante correo electrónico a Enfermera Jefe de la Central de Esterilización y Jefe de Bodega General, sobre el envío y fecha estimada de recepción, indicando qué y cuánto material se encuentra considerado, además, deberá anexar el inventario real del material contenido en cada caja quirúrgica, verificando que coincida: • Cantidad de piezas • Código: de no contar con códigos las piezas, crear folleto que indique nombre de las piezas incluidas. • Descripción del artículo. Traslado de Instrumental de Bodega General a Esterilización Desde la Bodega General se debe dar aviso inmediato a la Central de Esterilización sobre la recepción de instrumental quirúrgico externo, esto, mediante correo electrónico y vía telefónica. El Auxiliar de Servicio de la Central de Esterilización retirará contenedores que indiquen instrumental quirúrgico y lo trasladará sellado hasta el área de recepción de contenedores, donde se almacenará hasta la apertura por parte del representante externo. Entrega de material quirúrgico de Representante de empresa externa a Tens/Enfermera de esterilización El representante retirará las cajas quirúrgicas almacenadas del área delimitada para tal efecto y entregará, revisando junto al TENS de recepción de cajas, el material con su respectivo inventario. Se rotulará el contenedor con el nombre respectivo y la cantidad de piezas, en caso de no coincidir con el inventario. El Representante Externo debe firmar libro de entrega de cajas externas perteneciente a la Central de Esterilización. Este registro incluye: • Fecha con horario de entrega de cajas • Nombre / identificación de las cajas • Checklist con inventario • Nombre, apellido y empresa del Representante Externo. • Nombre y apellido del funcionario de la Central de Esterilización que recepciona. • Características del set (completo / Incompleto). El representante de empresa externa debe velar por el orden de contenedores vacíos del área de contenedores de la central de esterilización. Además, el representante debe considerar la entrega con tiempo de antelación de al menos 24 hrs entrega-uso (representante-funcionario área de lavado). Tiempos menores a este, no garantiza que el instrumental se encuentre listo para ser utilizado. En el caso excepcional de que la empresa externa no entregue sus cajas con representante, debe avisar previamente a la Central de Esterilización y se podrán recepcionar cajas en horarios establecidos (lunes a viernes de 8:00 a 15:00 hrs.). En caso de ausencia de Representante Externo que entregue el material, el Hospital Base San José de Osorno no se responsabiliza por pérdida de instrumental, cajas o contenedores. Traslado de Instrumental Quirúrgico Externo Reprocesado desde la Central de Esterilización hasta la Unidad de Pabellón. El Representante de la Empresa Externa que facilita las cajas o instrumental quirúrgico reprocesado, no debe realizar el traslado de éste. Su función termina con la entrega del material para reprocesar en la Central de Esterilización. Siendo responsabilidad de la Institución garantizar el proceso y el traslado interno (siempre y cuando se cumpla con los tiempos establecidos). Los insumos estériles asociados al procedimiento quirúrgico son responsabilidad de la Unidad de Pabellón (esto incluye: recepción y almacenamiento hasta el momento de su uso). Manejo del Instrumental Quirúrgico posterior a su Uso El Representante Externo solicitará al Auxiliar de Servicio de la Central de Esterilización que apoye en el traslado del material sucio desde Pabellón a la Central de Esterilización en carro de traslado de material sucio. En caso de que el instrumental sea retirado del Hospital, se procederá a realizar la descontaminación, lavado y secado del material para ser entregado a Representante Externo, quien recibirá conforme el material limpio y lo preparará para entregar a Bodega General del Hospital Base San José Osorno y sea retirado por Courier respectivo. En caso de que el material requiera reprocesamiento completa para permanecer en la Institución, el representante de empresa externa debe entregar el instrumental con inventario y se iniciará nuevamente el proceso desde el punto 6.4 del presente protocolo. La Central de Esterilización no asumirá la responsabilidad de realizar una reprocesamiento unilateral de alguna caja externa utilizada en Pabellón sin representante y dejada en área sucia sin revisión de arsenalero institucional. Entrega de Instrumental / Material de Reposición para Caja Externa El Representante entregará en la Central de Esterilización instrumental quirúrgico de reposición, el cual será añadido inmediatamente a la caja quirúrgica. En caso de que ésta se encuentre estéril, deberá ser abierta (en la Central de Esterilización) para añadirlo y esterilizar nuevamente. Requisitos específicos para la recepción de cajas externas: 1. Instrumental debe ser entregado en la central de esterilización por representante de empresa externa. 2. Cada caja entregada debe encontrarse en contenedor rígido funcional, seguro. 3. Se rechazarán contenedores no rígidos y/o contenedores rígidos en malas condiciones. 4. El instrumental debe encontrarse en condiciones de uso. Es decir, no oxidado, no deteriorado y completamente funcional. 5. Si no es instrumental quirúrgico de acero y requiere de algún tipo de tratamiento especial, debe llegar con especificaciones técnicas. En caso contrario, la central de esterilización no se hará responsable ante cualquier eventualidad con el insumo. 3° REQUISITOS TECNICOS MINIMOS PARA LA ADQUISICIÓN Los oferentes deberán especificar en el sistema, en el campo destinado a la descripción de su oferta, por cada línea de producto (Ítem) como mínimo la siguiente información: • Especificación Técnica completa del producto ofertado, con todas sus características de acuerdo a lo solicitado en las presentes bases. • Cualquier elemento, dispositivo, accesorio, instrumental o equipo que sea indispensable para el correcto funcionamiento de los productos, aun cuando no se indique explícitamente en estas bases, deberá estar incluido en la oferta. Al respecto, aparte del instrumental necesario para el uso de los productos, los oferentes deberán considerar en su oferta el envío de detalles técnicos y ficha técnica de los productos ofertados, debiendo especificarse: • La marca, tipo o modelo y el país de procedencia de los productos. Asimismo, deberán ser presentados con máximo detalle de sus especificaciones técnicas, de tal manera que faciliten su evaluación. • Certificado de aleación de metales. • Certificado de material nuevo. • Instructivo o manual de tratamiento del material. (proceso de lavado, secado y agente esterilizante recomendado) • Formato tipo de inventario. El material de los productos, instrumental y contenedores deberán ser de la máxima calidad y de grado quirúrgico, lo que será respaldado y verificado a través de las certificaciones que deben presentar los oferentes y por las pruebas que efectuará el Hospital. 4° Del vencimiento de bienes o insumos suministrados Todos los bienes o insumos requeridos deberán indicar fecha de vencimiento o expiración, y ésta no podrá poseer, al día de su recepción en bodega general una vigencia inferior a 24 meses. BIENES E INSUMOS REQUERIDOS ITEM ITEM PRESUPUESTARIO INSUMO /PRODUCTO DESCRIPCION CONSUMO 24 MESES APROX. 1 22 04 004 004 Reconstrucción piso de orbita 1 malla orbitaria preformada para piso de orbita 17 Sistema 1.5 mm 3 tornillos de 5 mm de largo 2 22 04 004 004 Reconstrucción reborde alveolar 2 tornillos de 15 mm de largo 17 Sistema 1.5 mm 3 22 04 004 004 Trauma tercio medio sistema 1.5 mm 4 placas en forma de L 17 2 placas en forma de Y 24 tornillos de 5 mm de largo 4 22 04 004 004 Trauma mandibular Sistema 2.0 3 placas rectas de 4 agujeros de mallete mediano perfil alto 17 12 tornillos de 6 mm de largo 6 tornillos IMF de 9 m de largo para bloqueo intermaxilar 3 tornillos de rescate o emergencia de 6 mm de largo 5 22 04 004 004 Cirugía Ortognática Sistema 1.5 y 2.0 Sistema 1.5 mm 17 4 placas el L largas 2 placas rectas de 4 agujeros con mallete mediano 12 tornillos de 5 mm 12 tornillos de 6 mm 2 tornillos de emergencia de 5 mm de largo Sistema 2.0 mm 2 placas rectas de 4 agujeros y mallete mediano 12 tornillos de 6 mm 1 placa avance de mentón preformada de 6 mm de avance. 2 placas en L largas de perfil bajo 4 tornillos de emergencia o rescate de 5 mm de largo sistema 2.0 6 22 04 004 004 Trauma Panfacial Sistema 1.5 y 2.0 SISTEMA 1.5 mm 17 4 placas en forma de L 2 placas en forma de Y 24 tornillos de 5 mm de largo 1 malla de reconstrucción de piso orbitario 1 malla rectangular para recorte 4 tornillos de rescate o emergencia de 5 mm de largo. SISTEMA 2.0 mm 4 placas rectas de 4 agujeros de mallete mediano 16 tornillos de 6 mm DE LARGO 3 tornillos de rescate o emergencia de 6 mm de largo 6 tornillos IMF para bloqueo intermaxilar de 9 mm 7 22 04 004 004 Reconstrucción mandibular sistema desde 2.3 a 2.7 locking 1 placa recta de 10 agujeros de sistema desde 2.3 a 2.7 locking 6 8 tornillos desde 2.3 a 2.7 mm de 9 mm de largo locking Placa de reemplazo de cóndilo mandibular standard derecha e izquierda (opcional) Cada caja debe incluir los respectivos sistemas de doblado, fijación, porte y traslado (pinzas) y corte tanto de placas como de tornillos, como a su vez destornilladores de dos largos distintos para la instalación de estos y dos mangos de destornillador por cada sistema (2.0 y 1.5). además, deben incluir brocas de distinto largo de parte activa como de parte no activa para cada distinto sistema. estos instrumentos deben estar en perfectas condiciones y deben ser cambiados por el oferente cuando ocurra algún desgaste de material por uso o accidente del instrumento como caída, etc. Cada caja debe venir al menos con un 90 % del total de los tornillos de cada largo y tipo como también los tornillos de emergencia o rescate. (*) Las cantidades a utilizar son sólo una vía de referencia no comprometiéndose el Hospital a adquirir o requerir una determinada cantidad de insumos/productos, ya que esto se indica para efectos de estimar precios unitarios, cálculo global de la propuesta y despachos requeridos. Queda explícito que la cantidad de material de osteosíntesis usado en cada caso particular difiere por paciente difiere 5° MODO DE UTILIZACION DEL CONTRATO DE SUMINISTRO Desde la comunicación formal vía correo electrónico de la solicitud de productos, comenzará a correr el plazo de entrega para la recepción de los materiales. La empresa adjudicada, deberá entregar al Jefe de Pabellón un informe con los insumos/productos ocupados en las cirugías programadas, con esta recepción conforme el adjudicatario deberá enviar su informe para recepción conforme a bodega general. Al momento de la cirugía, deberá ingresar Asistente Quirúrgico, indicado con nombre y apellido en la oferta de la empresa adjudicada, con su credencial, a la visita o cirugía, de acuerdo a lo indicado en las bases. Cada adjudicatario deberá indicar a quien enviará en su representación en el mismo correo en que se confirme recepción del requerimiento, dicho representante tendrá que permanecer dentro del pabellón y contar con tarjeta de identificación (Empresa a la que pertenece, nombre y cargo), de acuerdo a lo establecido y, a su vez, actuará como ministro de fe, para verificar los elementos utilizados en la cirugía. Los oferentes deberán especificar o acompañar a su propuesta técnica el contenido mínimo de instrumental necesario para la realización de las cirugías que contemplen los ítems ofertados. PLAZO Y ENTREGA DE LOS PRODUCTOS Una vez firmado el contrato el oferente deber coordinar la entrega de los productos con la central de esterilización, coordinando la llegada en horario establecidos por bodega general del hospital, debiendo entregarlos junto a una guía de entrega, indicando en ella el máximo de datos de los productos, y de acuerdo a lo siguiente: Los productos que deban permanecer en el Hospital durante la vigencia del contrato deberán ser entregados por el oferente en un plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la fecha de suscripción del contrato. Esto incluye, de manera obligatoria, las cajas estacionarias, entendidas como aquellos sets de instrumental e implantes que permanecerán en forma fija dentro del Hospital durante todo el periodo contractual. Dichas cajas deberán entregarse completas, con su inventario estándar, y deberán mantenerse permanentemente operativas mediante la reposición oportuna de los componentes utilizados, de acuerdo con los procedimientos establecidos por el Hospital. De no cumplir el plazo indicado anteriormente, se hará acreedor de una multa por cada día de atraso, de acuerdo a lo establecido en bases administrativas del presente proceso licitatorio, con un tope de máximo de 10 días corridos. - Si alguno de los productos es utilizado por el hospital, el proveedor deberá reponerlos en un tiempo máximo de 48 hrs, corridas, contadas desde el envío del correo electrónico o llamado telefónico, por parte del Jefe Unidad de Pabellón o Jefe de Traumatología, al proveedor de su utilización. Luego, el hospital cursará la respectiva orden de compra al proveedor por los productos utilizados. Los productos que se solicitan al proveedor en procedimientos de urgencia o intervención determinada y que no se encuentran en stock en el Hospital, deben ser provistos según necesidades propias del procedimiento médico a efectuar y deben ser entregados en un tiempo máximo de 48 hrs corridas, contadas desde el envío del correo electrónico o llamado telefónico por parte del Hospital. RECEPCIÓN DE LOS PRODUCTOS El proveedor contrae la obligación de entregar los productos de acuerdo con los plazos y especificaciones técnicas ofertadas. En el caso que alguno de los productos entregados sea rechazado por el referente técnico del Hospital, por no cumplir con las especificaciones técnicas del producto adjudicado, o por presentar deterioro al momento de la entrega, el proveedor tendrá un plazo de 10 días corridos para efectuar el cambio, contados desde la fecha de la notificación, asumiendo los costos inherentes al retiro, traslado y entrega de los mismos. De no cumplir el plazo indicado anteriormente se hará acreedor de una multa por cada día de atraso, de acuerdo a lo establecido en bases administrativas del presente proceso licitatorio, con un tope máximo de 15 días hábiles. 6° DE LA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato. Los oferentes deben considerar que el instrumental asociado, equipamiento en comodato y set de ropa desechable artroscopia, que se requieren en los respectivos ítem de cirugías, constituyen un requisito esencial para ofertar el ítem correspondiente. 7° TRASLADO DE CAJAS, INSTRUMENTAL Y EQUIPOS. El Hospital Base San José de Osorno notificará al adjudicatario, con la suficiente antelación (al menos 48 horas), su intención de efectuar el traslado de las cajas, instrumental y equipos en comodato o parte de éste, cubiertos por el presente contrato. Así mismo, podrá presentar objeciones, si las tuviese, justificándolas adecuadamente. 8° CAPACITACIÓN El personal del Hospital deberá ser capacitado en el uso del equipo que se utilizará con las determinaciones o insumos. Las capacitaciones deberán ser realizadas en Pabellón, o donde el Hospital determine. Estas se deberán realizar en horario funcionario, previa calendarización (coordinación) con Referente técnico con el fin de no interrumpir las laborares propias del servicio. De haber incumplimiento se aplicará la multa respectiva. La capacitación deberá incluir a todo el personal que el referente técnico determine conveniente para los intereses del establecimiento. En caso de cambio del equipo o actualización de estos, la capacitación se hará en lo que corresponda actualizar. La capacitación deberá ser realizada por un profesional experto, cuyas competencias se encuentren certificadas por el fabricante del equipo. La capacitación debe considerar, entre otras cosas, mantenciones preventivas a realizar por el usuario. Dentro de su oferta, el proveedor deberá adjuntar una propuesta de capacitación, donde incluya la siguiente información: a) Listado de contenidos con todos los tópicos necesarios para que el equipo sea operado correctamente, en las mejores condiciones de seguridad y optimización, tanto de los insumos o determinaciones como de otras áreas de funcionamiento. b) La cantidad de horas de duración del entrenamiento que garanticen que se cumplan todos los objetivos requeridos, aun cuando se necesite más de una sesión. Finalizada la capacitación de los usuarios, el adjudicatario deberá entregar una certificación en la cual se indique el nombre del funcionario capacitado, duración de la capacitación, aprobación o reprobación de esta, firma del profesional que realizó la capacitación y del representante de la empresa adjudicada. El plazo máximo para entregar los certificados será de 10 días hábiles desde finalizada la capacitación, siempre en coordinación con referente del Hospital. De haber incumplimiento se aplicará la multa respectiva. El costo total de las capacitaciones (traslados, alimentación, material impreso, etc.) a entregar a los funcionarios del establecimiento), es de costo del adjudicatario.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.