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PRESUPUESTO REFERENCIAL |
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El monto total estimado asciende a la suma de $36.000.000.- (Treinta y seis millones de pesos), con
I.V.A incluido.
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UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES |
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Si dos o más proveedores se unen con el fin de participar en un proceso de compra, conforman una
Unión Temporal de Proveedores (UTP).
La unión Temporal de proveedores deberá dar cumplimiento a lo siguiente:
a) Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño.
b) Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio
marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea
necesario constituir una sociedad.
c) Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá
ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prorroga.
d) El acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado
e) Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión, la solidaridad
entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la municipalidad,
y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para
representarlos en conjunto.
La unión temporal de proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar:
• Documento que da cuenta del acuerdo para participar.
• Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro
de Proveedores, lo que será verificado al momento de la apertura.
Las causales de inhabilidad del Registro de Proveedores establecidas en la ley y en el artículo
154 del reglamento, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En
el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá
decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes
integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra.
La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una
empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
En el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentre
en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los
integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en
las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio de la Entidad
compradora, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el
contrato, de todo ello la Entidad compradora deberá dejar constancia en un acta.
En el evento de que la Entidad compradora apruebe el reemplazo del integrante inhábil, la
Unión Temporal de Proveedores deberá suscribir, según corresponda, el respectivo
instrumento público o privado
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DECLARACION DE INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DESERCION DE LA LICITACION |
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La Municipalidad declarará inadmisible cualquier oferta por los siguientes motivos:
• Contener información errada o no fidedigna.
• No sujetarse total o parcialmente a lo exigido en las Bases Administrativas y Técnicas.
• Existir razones técnicas para ello, derivadas del proceso de evaluación de las ofertas.
• Las ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas
pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí. En este caso, la
municipalidad considerará solo la oferta más ventajosa según los criterios establecidos en las
presentes Bases, y declarará inadmisibles las demás.
• Si se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está
significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de
mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas como se cumplirán
los requisitos del contrato, según viabilidad de la oferta según la comisión evaluadora o la
persona evaluadora.
La Municipalidad declarará desierta la licitación por los siguientes motivos:
• Si no se presentaren ofertas.
• Si las ofertas presentadas no resulten convenientes a los intereses municipales.
• Por cualquier otra causa que sea evaluada como necesaria a fin de dar cumplimiento a los
principios de transparencia, competitividad, economía, eficiencia y alta calidad en los servicios
contratados.
• La Municipalidad se reserva la facultad de rechazar todas las propuestas o declarar desierta la
respectiva licitación, si las mismas no se ajustaren tanto a las presentes bases administrativas
o a las especificaciones técnicas, no estando obligado a indemnizar a los oferentes postulantes
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MODIFICACIONES A LAS BASES |
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La Municipalidad se reserva la facultad de introducir modificaciones, aclaraciones, eliminación,
complemento y/o agregados a las presentes bases administrativas, las que deberán ser aprobadas por
el correspondiente acto administrativo y cumplir con las formalidades respectivas. La Municipalidad
comunicará oportunamente el contenido de estas modificaciones a los oferentes postulantes por
medio del portal www.mercadopublico.cl. Las modificaciones podrán referirse a todo tipo de aspectos
técnicos y administrativos, de prórrogas o suspensiones de plazo o de cualquier otra índole, relevantes
para el desarrollo de la licitación y posterior suscripción del contrato.
En caso de realizarse una modificación que afecte la presentación de los proponentes, se deberá
consignar un plazo mínimo de 3 días corridos para que los oferentes puedan ajustar sus ofertas en el
portal ww.mercadopublico.cl, por lo que el cronograma con los plazos se ajustará según corresponda,
de acuerdo a lo señalado en el artículo 40 del Reglamento de la Ley 19.886. En caso de realizarse una
modificación que afecte la presentación de los proponentes, se deberá consignar un plazo mínimo de
3 días corridos para que los oferentes puedan ajustar sus ofertas en el portal ww.mercadopublico.cl,
por lo que el cronograma con los plazos se ajustará según corresponda, de acuerdo a lo señalado en el
artículo 40 del Reglamento de la Ley 19.886.
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APERTURA Y ADMISIBILIDAD DE LAS PROPUESTAS |
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De la Apertura de las ofertas
Un funcionario de la Unidad de Adquisiciones de la Ilustre Municipalidad de San Esteban será
responsable de realizar la apertura de las ofertas recibidas a través del portal www.mercadopublico.cl.
La apertura, aceptación o rechazo de las ofertas se efectuará de forma electrónica, en la fecha y horario
indicados en el calendario del proceso, utilizando el formulario electrónico correspondiente.
El proveedor deberá suscribir una Declaración Jurada con firma electrónica simple del Portal
www.mercadopublico.cl para dar cumplimiento a la ley n°19.886 de compras públicas que en sus
artículos 35 quáter y 35 septies aumenta los estándares asociados a conflictos de interés entre
compradores y proveedores del Estado y las inhabilidades de los proveedores para contratar con el
Estado se actualizó en la plataforma www.mercadopublico.cl la Declaración Jurada para ofertar que
suscriben electrónicamente los proveedores al participar en un proceso de compra pública, por lo que
el anexo Declaración jurada por infracción a los derechos fundamentales del trabajador y delitos
concursales, Declaración jurada simple del oferente, inhabilidades por parentesco, pueden ser
firmadas por este medio.
Se verificará que todos los oferentes cuenten con inscripción vigente y hábil en el Registro de
Proveedores del Estado.
Solo se aceptarán aquellas ofertas que cumplan con los requisitos de admisibilidad, los cuales serán
revisados durante el Examen de Admisibilidad en la apertura. Para ello, el oferente deberá haber
ingresado en el portal la siguiente documentación indispensable para su admisibilidad adjuntando y
respetando los formularios incluidos en el siguiente detalle:
• Anexo N°1 Individualización del Oferente (respetar formato)
• Declaración Jurada con firma electrónica (portal)
• Manual de Trabajos en Alturas, Escenario y Electricidad, elaborado por un Prevencionista en
Riegos.
• Certificado de Estructura del Escenario y Torres, por un Ingeniero o Constructor Civil
• Copia de Certificados de titulo de los ingenieros en sonido y Técnico en sonido
• Nómina de personal y cartas de compromisos
• Anexo N°2 Programa de Integridad
• Anexo N°3 Cumplimiento de requisitos
• Anexo N°4 Experiencia oferente (adjuntar órdenes de compras o facturas)
• Anexo N°5 Mano de Obra
• Anexo N°6 Oferta Económica
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CRITERIO DE DESEMPATE |
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En caso de empate de puntajes entre dos o más oferentes en el primer lugar, el que presente una
menor oferta económica será el adjudicado. Si luego de aplicar la regla anterior subsiste el empate, el
segundo criterio de desempate corresponderá a experiencia del oferente y en tercer criterio
cumplimiento de requisitos Si aún persiste definirá quien ingresó primero su oferta en el portal.
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COMISION EVALUADORA: |
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Las propuestas serán evaluadas por un/a funcionario/a designado mediante Decreto Alcaldicio, el que
propondrá la adjudicación o rechazo de ellas mediante un informe de adjudicación en que indicará las
razones técnicas, financieras y jurídicas del rechazo o de la aceptación de cada una de las ofertas
analizadas. En caso de que la Autoridad Administrativa y/o Jefe de Servicio respectivo rechazase la o
las ofertas propuestas para ser adjudicadas, su resolución deberá ser fundada en los antecedentes de
la propuesta y por lo prescrito en las presentes Bases Administrativas. Toda información que se
demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los
oferentes, entregada en los Documentos Anexos u otros, será estimada fraudulenta, siendo causal de
eliminación del oferente del proceso de licitación.
El informe de evaluación, elaborado conforme al art. 57 del Reglamento N°661 de la Ley 21.634, deberá
contener al menos: criterios y ponderaciones aplicadas, ofertas inadmisibles y su fundamento,
eventuales propuestas de declarar desierta la licitación, puntajes asignados y fórmulas utilizadas, así
como la propuesta de adjudicación
Prohibiciones y Deberes
• Los oferentes solo podrán comunicarse con la Ilustre Municipalidad a través del portal de
mercado público velando siempre por la transparencia y probidad de este.
• Desde la publicación hasta la adjudicación, los miembros son sujetos pasivos de lobby,
debiendo registrar en agenda pública reuniones, viajes o donativos vinculados al proceso.
• La Comisión será asesorada por el Departamento Jurídico durante todo el procedimiento
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DEL CONTRATO |
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No se suscribirá contrato formal; el servicio se entenderá perfeccionado mediante la emisión de la
respectiva Orden de Compra. En caso de que el oferente adjudicado desista, rechace la Orden de
Compra o no la acepte dentro del plazo establecido, la adjudicación quedará sin efecto, informándose
de inmediato dicha circunstancia en el portal www.mercadopublico.cl.
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DEL PRECIO DEL SERVICIO |
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Será el que se indique en el Decreto de Adjudicación, producto de la oferta seleccionada. Será en pesos
chilenos, sin reajuste ni intereses, e incluirá todos los gastos que genere el proyecto.
El proveedor solo podrá facturar los bienes/servicios efectivamente entregados y recibidos conforme
por Municipio, una vez que el Inspector Técnico de servicio de la Ilustre Municipalidad de San Esteban
autorice la facturación en virtud de la recepción conforme de los servicios. La Ilustre Municipalidad
rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los
servicios y la autorización expresa de facturar por parte de este.
La Municipalidad de San Esteban pagará cada uno de los servicios contratados Dentro de los 30 días
siguientes de la fecha de emisión de la factura emitida.
Para que el pago se haga efectivo, el proveedor deberá previamente entregar la siguiente
documentación:
➢ Certificado de Recepción Conforme, del servicio/bien emitido por la Inspección Técnica
del Servicio: Acta de recepción conforme se consignará los servicios o bienes prestados.
➢ Comprobante del pago de multas, si las hubiere, o certificado del Inspector técnico de no
haberse cursado.
➢ Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales: conforme a lo
dispuesto por la Ley N°20.123, de Subcontratación, emitido por la Inspección del Trabajo
a la fecha de presentación de la factura (Formulario F30). El Presente certificado deberá
tener un plazo de vigencia de no más de 30 días a la fecha de presentación de la factura.
➢ Orden de compra aceptada.
➢ Factura extendida a nombre de la Ilustre Municipalidad de San Esteban.
➢ Dirección: Avda. 26 de Diciembre N°654, San Esteban.
➢ Rut: 69.051.400-1
La municipalidad realizara el pago respectivo mediante transferencia bancaria. El pago se efectuará
dentro de los 30 días corridos siguiente a la recepción de la factura.
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MULTAS |
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No presentar las MARCAS DE LOS EQUIPOS
OFERTADOS, en las consolas de sala y monitoreo, sub
bajos, monitores sistema de audio línea array.
15 U.T.M. por cada Producto
URL Verificación: https://sanesteban-intranet.tumunicipio.cl/verificarDocumento/mmvHnJRcCh3qQw4
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la Ley Nº 19.799.
LNR
HRCC
GFM
APRUÉBENSE, los contenidos de las Bases Administrativas y
Especificaciones Técnicas para la “PRODUCCION FIESTA
HUASA TRILLA YEGUA SUELTA 2026”
SAN ESTEBAN, viernes 13 de febrero de 2026
DECRETO ALCALDICIO Nº 571_/
viernes, 13 de febrero de 2026 Avda. 26 Diciembre Nº654 San Esteban 17
No respetar el Cronograma de las instalación y
funcionamiento 10 U.T.M.
No Iniciar las Pruebas de Sonido, con atrasos de 30
minutos, por problemas de la productora| 3 U.T.M. por cada 30 Minutos
No Presentar personal Calificado ofertado, como
Ingeniero, Técnicos en Sonidos.
3 U.T.M. por cada persona
calificada
No Presentar personal como, Iluminador, Visualita,
personal ayudante durante la actividad 2 U.T.M. por cada persona No Calificada
No tener Instalados y funcionando los Camarines de
Paso, con atraso de 30 minutos 3 U.T.M. por cada 30 minutos de atraso
No presentar las marcas y la cantidad de la Microfonia
inalámbricos, y micrófonos alámbricos
10 U.T.M. inalámbricos
5 U.T.M. alámbricos
Incumplimiento a las instrucciones de la Unidad Técnica 3 UTM
No presentar todos los productos y Servicios ofertados,
para la producción del Evento 15 U.T.M.
Presentar productos defectuosos o alternativos a los
ofertados 5 U.T.M.
No Iniciar los servicios de presentación de grupos
musicales, por problemas de la productora, con atrasos
de 25 minutos 5.U.T.M.
Demorarse más de 25 minutos en cambio de escena de
artistas, por problemas de la productora
5.U.T.M.
No presentar todos los productos ofertados, en la
atención de invitados, o presentar otros productos
alternativos no ofertados.
5 U.T.M.
Falta de Equipamiento ofertados, en Camarines de
paso, atención de artistas. 5 U.T.M.
Falta Grave: No presentar el equipamiento ofertado y
el artista principal de renombre Nacional, se negará a
realizar su presentación Artística.
Artista Principal Baile del día Sábado Multa 30 U.T.M.
Artista Principal Domingo Multa 80 U.T.M
Esta multa es adicional a las anteriores.
U.T.M. de acuerdo con el día de la
Actividad.
Prestar el Servicio en condiciones técnicas Deficientes a
lo ofertado. 15 U.T.M. por día
Hurtos, daños u otras faltas cometidas por el personal
del oferente en la institución. que puedan ser
constitutivas de delito.
5 UTM por cada incidente
No realizar los retirar la infraestructura, una vez
concluido el evento y de acuerdo a los plazos
entregados, de la programación.
20 U.T.M
No presentar la infraestructura adecuado, para
Encarpado, fierros y otros. 10 U.T.M.
No cumplir con las medidas del escenario ofertado 7 U.T.M.
No presentar la infraestructura adecuado, para
Encarpado, fierros y otros. 10 U.T.M. por producto
URL Verificación:
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