Licitación ID: 711841-65-LE23
IMPRESIONES MATERIALES RLAC
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE SERVICIOS SOCIALES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Impresión de papelería o formularios comerciales 1 Unidad
Cod: 82121507
Servicio de impresión, embolsado, sellado y distribución de materiales Programa Red Local de Apoyos y Cuidados 2023.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
IMPRESIONES MATERIALES RLAC
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Los Formularios y el Cuadernillo, forman parte de los instrumentos metodológicos del Programa de Red Local de Apoyos y Cuidados, en adelante “PRLAC” y son utilizados por el equipo ejecutor durante el proceso de intervención a los hogares. Los Formularios, permiten el registro escrito del proceso de acompañamiento a los hogares de los usuarios en la entrega de especies, de las atenciones que realizan los Profesionales de especialidad, como también el registro de los servicios de cuidado entregados por las Asistentes de cuidado. Además, a través de la encuesta de satisfacción se registra la evaluación que realizan los usuarios. El Cuadernillo, permite contar con el registro de las reuniones que se efectúan con los distintos integrantes de la Red comunal y regional como también registrar los acuerdos en cuanto a complementariedad de la oferta a proveer a los usuarios del PRLAC.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS SOCIALES
R.U.T.:
60.103.000-4
Dirección:
Catedral 1575, primer piso
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11-12-2023 15:30:00
Fecha de Publicación: 05-12-2023 12:27:52
Fecha inicio de preguntas: 05-12-2023 17:00:00
Fecha final de preguntas: 07-12-2023 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-12-2023 9:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 11-12-2023 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 11-12-2023 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 19-12-2023 11:03:43
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán publicar en el portal www.mercadopublico.cl, en el Ítem 1 los Anexos Administrativos N° 1, 2, 3 o 4, según corresponda, debidamente firmados por el proponente o su representante legal. Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), aquél deberá presentar un anexo por cada integrante de la UTP, suscrito por el representante legal del integrante o por éste, según, sea el caso. Nota 1: La omisión de los Anexos Administrativos N° 2, 3 o 4 en la apertura, según corresponda, provocará que la oferta sea declarada inadmisible y, en consecuencia, dicha propuesta no será evaluada.
Documentos Técnicos
1.- Oferta técnica. Los oferentes deberán ingresar su propuesta técnica en el Sistema de Información, adjuntando el o los archivos correspondientes en el portal www.mercadopublico.cl., de acuerdo a los requisitos y detalle del Capítulo II “Bases Técnicas”. La oferta técnica deberá tener una vigencia mínima de 120 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal. Nota 4: La omisión de la oferta técnica, en la apertura provocará que la oferta sea declarada inadmisible y, por tanto, no será evaluada. Nota 5: Si durante la evaluación se advierte de la omisión de cualquiera de los documentos y/o antecedentes que componen la oferta técnica, esta será declarada inadmisible y, por tanto, no será evaluada.
 
Documentos Económicos
1.- Oferta económica. Los oferentes deberán ingresar su propuesta económica en el Sistema de Información, adjuntando el o los archivos correspondientes en el portal www.mercadopublico.cl. i).- El precio de la oferta económica se expresará en pesos (valor neto). ii).- El oferente indicará el régimen tributario al cual se encuentra afecto o bien si todo o parte de sus servicios están exentos de determinado impuesto. iii).- La oferta deberá tener una vigencia mínima de 120 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal. Nota 2: La omisión de la oferta Económica, en la apertura provocará que la oferta sea declarada inadmisible y, por tanto, no será evaluada. Nota 3: Si durante la evaluación se advierte de la omisión de cualquiera de los documentos y/o antecedentes que componen la oferta económica, esta será declarada inadmisible y, por tanto, no será evaluada.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- a. Inscripción al Registro Único Tributario y declaración de inicio de actividades (Formulario 4415 Servicio de Impuestos Internos) Documento debe estar disponible en El Registro de Proveedores de Mercado Público
- b. Copia de cédula de identidad Documento debe estar disponible en El Registro de Proveedores de Mercado Público
- C. Documento público o privada, según corresponda, para situación de Unión Temporal de Proveedores que da cuenta el artículo 67° bis del Reglamento de la Ley N° 19.886. Entregada al momento señalado en el 4.1.1., de las bases de licitación.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: a) Certificado de vigencia o de existencia de Ia persona jurídica con una antigüedad no superior a 90 días corridos, contados desde la fecha de total tramitación de la adjudicación (otorgado por el respectivo organismo competente; Subsecretaría de Justici
- I18n entry not found: b) Poderes. Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 90 días corridos, contados desde la fecha de la total tramitación de la adjudicación o bien, cualquier otro antecedente legal que acredite la vigen
- I18n entry not found: c) Copia del documento donde conste la personería del representante legal con una antigüedad no anterior a 90 días corridos, contados desde la fecha de la total tramitación de la adjudicación (Reg. Comercio, Archivo Judicial, otros del caso). Documento de
- I18n entry not found: d) Copia del RUT Documento debe estar disponible en el Registro de Proveedores de Mercado Público
- I18n entry not found: e) Documento público o privado según corresponda, para situación de Unión Temporal de Proveedores que da cuenta el artículo 67° bis del Reglamento de la Ley N°19.886. Entregada al momento señalado en el 4.1.1., de las bases de licitación.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Costo total Puntaje máximo: 100 puntos El criterio de evaluación de las ofertas económicas está orientado a determinar cuál resulta económicamente más ventajosa para el Ministerio, durante el período total del eventual contrato, conforme a la siguiente fórmula de evaluación objetiva. Puntaje OEO = (OM/OO) * 100 Dónde: Puntaje OEO = Puntaje Oferta Económica Oferente; OM = Oferta menor o más económica OO = Oferta del Oferente 55%
2 Experiencia Puntaje máximo: 100 puntos El oferente deberá informar su número de años de experiencia, en el servicio ofertado. El número de años declarado deberá corresponder a los trabajos realizados para instituciones u organizaciones del sector público y/o privado. En el caso de los oferentes UTP, para efecto de contabilizar la experiencia a evaluar, se considerarán el que tenga más años de experiencia de los miembros de la UTP Se deja expresa constancia que la entidad licitante podrá comprobar y exigir que se acredite la existencia, validez, veracidad y/o atingencia de lo declarado, en cualquier etapa de este proceso licitatorio y durante la vigencia del contrato. En caso de detectar alguna inconsistencia en lo declarado, durante la etapa de evaluación, el oferente será descartado de dicho proceso. Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia se reserva el derecho de contactar a los datos de contacto de los clientes informado para respaldar dicha información, s 25%
3 Compras Públicas Inclusivas -Trabajadores con discapacidad -Trabajadores pueblos indígenas -Trabajadores novenes desempleados -Trabajadores tercera edad -Igualdad de genero 5%
4 Programas de integridad Puntaje máximo: 100 puntos El proveedor deberá señalar si cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal. Para lo anterior, deberá enviarse respaldo de dicho de programa que demuestre esto. Se evaluará de la siguiente manera: Subcriterio N°3: Programas de Integridad Puntaje El proveedor presenta programas de integridad con respaldo respectivo 100 No tiene programas de integridad o no informa 1 El programa de integridad que debe tener una vigencia mínima, de 6 meses. 5%
5 Cumplimiento de requisitos formales Puntaje máximo: 100 puntos Se refiere al cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta. El oferente que presente su oferta cumplimiento todos los requisitos formales de presentación de esta y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886, obtendrá 1 pts. La asignación de puntajes en este criterio se materializará de acuerdo con lo siguiente: El oferente cumple con la presentación de todos los antecedentes requeridos en tiempo y forma 100 El oferente cumple tardíamente con la presentación de todos los antecedentes requeridos en tiempo y forma 1 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 63900000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: María Fernanda Herrera
e-mail de responsable de pago: mherrerav@desarrollosocial.cl
Nombre de responsable de contrato: María Fernanda Herrera Venegas
e-mail de responsable de contrato: mherrerav@desarrollosocial.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-27637028-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Regulación para Unión Temporal de Proveedores
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, se trata de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), la cual deberá formalizar mediante documento público o privado, y adjuntarse al momento de ofertar, sin que sea necesario constituir una sociedad. En dicho documento se deberá establecer la solidaridad entre los integrantes de esa Unión respecto de todas las obligaciones que se generen con el Ministerio a través de la Subsecretaría, indicar la modalidad de la facturación y nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. Asimismo, el documento que formalice el acuerdo de conformar una UTP deberá establecer un plazo para su duración que no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado y la de su eventual prórroga en el caso que las Bases así lo dispongan. La UTP que no acredite al momento de contratar los requisitos previamente señalados en cuanto a su formalización, solidaridad de las obligaciones o que no contemple un plazo de duración, no dará cumplimiento a las Bases. En el caso que la oferta presentada por una UTP le sea adjudicada por la Subsecretaría, cada integrante de la misma deberá cumplir con el requisito de inscripción en el Registro de Proveedores para efectos de suscribir el contrato respectivo, en el plazo establecido en el punto 5. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Los integrantes de una UTP deben ingresar una oferta común, la que no se le adjudicará parcialmente a cada uno de ellos, sino a la UTP en su conjunto. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato en caso de serles adjudicada la licitación, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. En caso de desistimiento, esto deberá ser comunicado por escrito a la Subsecretaría y podrá dar lugar a hacer efectivas las cauciones (de haberlas) y acciones correspondientes por retractación de la oferta, no suscripción del contrato o su término anticipado, según corresponda. Con todo, la Subsecretaría, en el caso que adjudique una licitación a una UTP y uno o más de sus integrantes quede inhabilitado con posterioridad a ello, en caso que la evaluación de las condiciones o atributos de la o las entidad/es inhabilitada/s haya sido determinante para la adjudicación (como podría ser por su experiencia en el rubro a licitar, integrantes de su equipo de trabajo, evaluaciones anteriores como proveedor, entre otras razones) se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación en mérito a esa inhabilitación y readjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. Se procederá de igual forma como la señalada en el párrafo anterior, en el caso que uno o más de los integrantes de una UTP desistan de su participación en ella con posterioridad a la adjudicación y antes de la suscripción del contrato y su participación haya sido determinante en conferirle a la UTP una mejor evaluación de su oferta. En el caso que las inhabilitaciones o desistimientos de los integrantes de una UTP se produzcan con posterioridad a la suscripción del contrato adjudicado y éstas impliquen una variación sustancial de las capacidades de la UTP adjudicada para cumplir en debida forma las obligaciones del contrato, la Subsecretaría se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, haciendo efectivas las cauciones (de haberlas) que se encuentren vigentes.
Orden de desempate
En caso de existir algún empate en el puntaje obtenido por los oferentes de acuerdo a los criterios anteriores, se preferirá al que haya obtenido un mayor puntaje en el Criterio de " Costo Total ", de persistir el empate se optará por la oferta con mayor puntaje en ” y si aun así el empate continúa se resolverá considerando el criterio “Experiencia de la Empresa", de persistir se elegirá la oferta que haya ingresado primero
Del proceso de evaluación de las ofertas
a) Integración. La Comisión Evaluadora estará integrada a lo menos por 3 profesionales funcionarios de planta o contrata, propuestos por la Jefa de División Promoción y Protección Social de la Subsecretaria de Servicios Sociales y designados mediante el correspondiente acto administrativo del Jefe de División de Administración y Finanzas, el cual será publicado en el portal www.mercadopublico.cl antes de la fecha de cierre de presentación de las propuestas. Con todo, podrá integrarse la comisión evaluadora conforme señala el inciso 5° del artículo 37° del Reglamento de la Ley de Compras, siguiendo las limitaciones ahí indicadas. b) Plazo para evaluar. La comisión de evaluación dispondrá de un plazo de hasta xx días corridos para evaluar contado desde el día de la apertura electrónica. El proceso de evaluación será interno y no se entregará información durante su desarrollo a los oferentes. c) Consultas aclaratorias a oferentes. La comisión evaluadora -de estimarlo necesario- podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal. d) Errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación. La comisión podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados en sus propuestas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, afectando los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, ni se altere la esencia de la oferta o el precio de la misma. Se informará de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. e) Presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Las certificaciones o antecedentes antes señalados (letras c, d y e) deberán ser presentados a través de su ingreso al portal www.mercadopublico.cl en el plazo fatal de 3 días corridos, contado desde el día hábil siguiente al de su aviso a través del sistema de información, vía electrónica. Vencido el plazo sin que medie la respectiva entrega en el portal indicado, se proseguirá con la evaluación de la oferta sin dicha certificación o antecedente. f) Cierre del proceso de evaluación. Terminada la etapa evaluativa, la comisión levantará un Informe Final de Evaluación, en la que deberá tomar acta de las actuaciones efectuadas en el desempeño de sus funciones. Cómo mínimo, el Informe mencionado deberá contener la siguiente información: i).- El listado de las ofertas evaluadas por la Comisión. ii).- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. iii).- La ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. iv).- La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. v).- La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. vi).- La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. vii).- El nombre, cargo y firma de los funcionarios que participaron en la evaluación. Este Informe Final de Evaluación, será publicado en el portal www.mercadopublico.cl en conjunto con la resolución que adjudique la licitación.
Adjudicación
Publicación de la adjudicación. Cerrado el proceso de evaluación y de acuerdo a lo propuesto en el informe final de evaluación correspondiente, la Subsecretaría dictará el acto administrativo de adjudicación escogiendo la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación establecidos en las Bases con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, o bien declarará desierta la licitación, por no ser las ofertas convenientes para los intereses de la Subsecretaría. Dicho acto se publicará en el portal www.mercadopublico.cl de acuerdo a lo señalado en las Bases. En caso de que el proceso antes señalado experimente demoras a causa de hechos propios de la Subsecretaría o situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, la Subsecretaría informará esta situación en el portal por intermedio de la Jefatura de la División de Administración y Finanzas y señalará ahí el plazo para la dictación del respectivo acto administrativo. Si existieran dudas y/o consultas respecto de la adjudicación podrá efectuarse la consulta respectiva, de forma electrónica dirigida al correo electrónico mherrerav@desarrollosocial.cl 7.2 Causales para readjudicar. La adjudicación podrá ser dejada sin efecto y readjudicada en los siguientes casos: • Si el oferente adjudicado es inhábil para contratar con la Subsecretaría. • Si el oferente adjudicado no se inscribe en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde de la notificación de la resolución de adjudicación. • Si el proveedor adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4° inciso 6° de la Ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato. • En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a las inhabilidades del artículo 4°, inciso 6° de la Ley N° 19.886. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o se produce lo indicado en el Punto N° 4.1.1 de las Bases, en que la participación del o los integrantes inhabilitados/s fue determinante en la evaluación de la oferta, la Subsecretaría se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al siguiente proponente mejor evaluado. • Si el oferente adjudicado no cumple con la obligación de entregar los certificados que procedan conforme al Punto N°5 las presentes Bases Administrativas, en caso de que no lo tenga debidamente actualizado en el Registro de Proveedores de Mercado Público o no lo haya entregado junto con su propuesta. • Si el oferente adjudicado no cumple con la obligación de entregar los certificados que procedan conforme al Punto N° 9.6. las Bases Administrativas, en caso de que no lo tenga debidamente actualizado en el Registro de Proveedores de Mercado Público o no lo haya entregado junto con su propuesta. • Si el oferente adjudicado no firma el contrato dentro del plazo establecido en las bases. En el caso de que la adjudicación sea dejada sin efecto por las causales precedentes, la Subsecretaría podrá adjudicar la propuesta al siguiente oferente mejor evaluado y siempre que a su respecto no concurra tampoco alguna de las causales enunciadas y así sucesivamente, dentro del plazo de 120 días corridos contados desde la publicación del acto administrativo que adjudica el proceso de compra. La notificación de la adjudicación se entiende practicada a las 24 horas siguientes de la publicación del acto administrativo en el portal www.mercadopublico.cl
De las Multas
Multas por incumplimiento contractual El Ministerio estará facultado para aplicar y cobrar multas al contratista cada vez que se verifique un incumplimiento de sus obligaciones contractuales. Conducta /atraso Valor multa a) Atrasos justificados. En general, se refieren a hechos del Ministerio, a un caso fortuito o fuerza mayor y que de una u otra forma retrasen al contratista en la entrega del bien y/o prestación del servicio de acuerdo a las reglas del contrato. Deberán ser notificados (si se le presentan al contratista) a la contraparte técnica dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha de su ocurrencia. Estos serán analizados por la contraparte técnica a efectos de su justificación. No concurriendo causal eximente o informados fuera de plazo tendrán el carácter de atraso no justificado. No Aplica b) Atrasos no justificados. Corresponden a aquellos imputables al contratista y que de ello se produzca retraso en la entrega del bien y/o prestación del servicio de acuerdo a las reglas establecidas en el contrato o acuerdos operativos en caso de haberlos. El Ministerio descontará al contratista, un monto equivalente a 3% del monto total del contrato, por cada día de atraso, contado desde aquel en que debió entregarse el bien. El monto de las multas acumuladas no podrá exceder el límite del 10% de la cuantía el contrato. 9.4.2. Del procedimiento de comunicación de la aplicación de multas y su impugnación. Si la contraparte técnica del Ministerio considera que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa en los términos indicados, comunicará por escrito su decisión al contratista, mediante un Acta de Multas, indicando los fundamentos y monto de la misma. El contratista dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contado desde la recepción de la comunicación indicada, para efectuar sus descargos. La notificación al contratista podrá efectuarse, a elección del Ministerio: Personalmente, en dependencias del Ministerio o a través de un funcionario designado al efecto en el domicilio del contratista, en ambos casos habrá de dejarse constancia de ello, a) Mediante el envío de carta certificada. b) Mediante el envío de un solo correo electrónico con todos los antecedentes fundantes, y dirigido a la dirección indicada por la contratista en el Anexo Administrativo N° 1 “Formulario identificación del oferente” de las bases o bien la que expresamente señale el contratista al designar a la Contraparte Técnica. Una vez efectuados los descargos o transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, la contraparte técnica remitirá los antecedentes para su resolución, la que para estos efectos se materializará a través de la dictación de un acto administrativo de el/la Subsecretario/a de Servicios Sociales previa ponderación de los antecedentes. Las resoluciones que apliquen multas serán susceptibles de reclamarse acuerdo a la ley N° 19.880. 9.4.3 De la forma de aplicar una multa Las multas, una vez perfeccionada su aplicación conforme a las reglas anteriores, deben ser enteradas por caja por el contratista a Subsecretaría de Servicios Sociales, en un plazo no superior a 10 días hábiles, contados desde la notificación del acto administrativo respectivo. Para lo anterior, el contratista debe realizar una transferencia bancaria a la Subsecretaría de Servicios Sociales, a la cuenta corriente N°9004629, RUT N° 60.103.000-4, del Banco Estado, y enviar el comprobante de la transacción vía correo electrónico a la Jefatura del Departamento de Contabilidad; pmartel@desarrollosocial.cl, o a una unidad o funcionario que este designe para tales efectos. En el caso que no hubiere producido el pago de la multa respectiva, se hará efectivo el cobro de la garantía que se hubiese otorgado (de haberla). De ser imposible, se ejecutará la deuda conforme a las normas de derecho común. Las resoluciones que apliquen multas serán susceptibles de reclamarse acuerdo a la Ley N°19.880. 9.4.4 Causales de justificación En la decisión de aplicación de multas, la Subsecretaría considerará los siguientes hechos, debidamente acreditados, como circunstancias que justifican el retardo o el incumplimiento de requerimientos solicitados y que, en consecuencia, pueden dar lugar a la rebaja o exención de multas, según corresponda: a. Cuando los plazos de cumplimiento de los productos o informes convenidos hayan sido extendidos por instrucción de la Contraparte Técnica del contrato. Lo anterior, sólo en cuanto se encuentre regulado en las Bases Técnicas y se produzca dentro de la vigencia del contrato o sus prórrogas, (de haberlas). b. Para atender la exigencia de requerimientos adicionales o especiales de la Subsecretaría. Lo anterior, de conformidad a las reglas modificatorias estipuladas en las bases. c. Si el Contratista no pudo dar cumplimiento a los plazos por falta de un antecedente, visación, informe o instrucción de la Contraparte Técnica o de una entidad externa de la cual dependa la definición de metodologías, productos, estándares o similares. Lo anterior es sin perjuicio de la responsabilidad administrativa de la Contraparte Técnica o la responsabilidad que pueda hacerse efectiva respecto de la entidad externa. d. Cuando el Contratista, mediante comunicación escrita dirigida al efecto a la contraparte técnica, antes del vencimiento del plazo correspondiente, solicite fundadamente un plazo superior para la entrega de los productos o informes convenidos y éste haya sido aceptado por escrito por dicha contraparte, conforme a lo indicado en el Capítulo II: Bases Técnicas. e. Por la concurrencia de caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser informado por el Contratista en un plazo no superior a 5 días hábiles desde su ocurrencia, mediante aviso escrito a la contraparte técnica. 9.5 Obligaciones laborales y previsionales Una vez totalmente tramitado el acto administrativo que aprueba la contratación, el contratista deberá acompañar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo o bien una entidad acreditada para el efecto y una declaración jurada a fin de que la Subsecretaría verifique si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con aquellos contratados en los últimos dos años. De existir, el Ministerio a través de la Subsecretaría dará curso al contrato debiendo el Contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 2°, del artículo 4° de la Ley N° 19.886. La Subsecretaría podrá ejercer esta facultad en cualquier momento durante la vigencia del contrato. Para este efecto se materializará como una cláusula en el mismo. En caso de no acompañar el certificado al inicio del contrato, asiste a la Subsecretaría la facultad de readjudicar el contrato conforme las reglas que da cuenta el Punto 7.2 de las Bases Administrativas. El Ministerio a través de la Subsecretaría podrá ejercer esta facultad en cualquier momento durante la vigencia del contrato. Para este efecto se materializará como una cláusula en el mismo.
Término anticipado del contrato
El Ministerio pondrá término anticipado al contrato en la forma y casos señalados en el artículo 13° de la ley 19.886 y Artículo 77° de su Reglamento. Asimismo, el contrato podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito, o bien en caso que se verifique la condición de no contemplar la respectiva ley de presupuestos del sector público recursos para financiar el contrato para el correspondiente ejercicio presupuestario. Para efectos de lo dispuesto en el Artículo 13° letra b) de la Ley N° 19.886 y Artículo 77 N° 2 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886, se considerará que existe incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista en los siguientes casos: 1. Que las multas acumuladas por retardo o incumplimiento en la entrega de los productos y/o servicios convenidos superen al 10% del precio total del contrato. 2. Por infracción del deber de confidencialidad durante la vigencia del contrato y/o resguardo de datos personales. 3. En caso de que se abandone la ejecución de los servicios o entrega de productos convenidos. Se estimará como abandono el retardo en la entrega de un producto o servicio por un plazo mayor de 15 días corridos contados desde el vencimiento del plazo estipulado para su entrega o la prórroga que se encontrase corriendo. 4. Si el contratista se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5. Si el contratista no emplea personal en la cantidad y con las competencias necesarias para la prestación del servicio, no cumple con lo señalado en su oferta técnica, requerimientos reglamentarios que le sean aplicables en razón de su giro, entre otros. 6. Si perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad. 7. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, a la mitad del período de ejecución del contrato, en cuanto exceda de 6 meses. 8. Conductas del proveedor que impliquen una infracción a las normas contenidas en el “pacto de integridad” señalado en las bases. 9. No haber sido condenado en virtud de lo establecido en el artículo 33 de la ley N° 21.595, de Delitos Económicos. 10. Ocurrencia de alguna Infracción a una obligación específica señalada en las bases administrativas y técnicas que expresamente señale que constituye incumplimiento grave. 11. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 12. Inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. 13. Si la UTP oculta información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. 14. Disolución de la UTP. 15. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo las que procedan por resciliación y/o mutuo acuerdo de las partes o por caso fortuito y/o fuerza mayor, se aplicará el procedimiento regulado en el 9.4.2. “Del procedimiento de comunicación de la aplicación de multas y su impugnación”. En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el adjudicatario. Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas y otras establecidas en las bases imputables al contratista, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia a través de la Subsecretaría, podrá ejercer las acciones legales que le pudieren corresponder al Ministerio en contra del contratante. Todo lo anterior se entenderá sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Ministerio en contra del contratante.
Reserva de Derechos
La Subsecretaría se reserva el derecho a: a. Revocar el presente llamado a licitación hasta antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas, como resultado de modificaciones presupuestarias sobrevinientes, y, en general, por fuerza mayor o caso fortuito, mediante acto administrativo fundado al efecto que se publicará en el portal www.mercadopublico.cl. b. La Subsecretaría podrá en cualquier momento, y hasta antes del vencimiento del plazo de presentación de las ofertas, modificar las Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta. La Subsecretaría evaluará las condiciones de aplicación de las modificaciones, considerando la naturaleza de las mismas, para ajustar los plazos de presentación de las ofertas si la situación lo amerita. Dichas modificaciones serán obligatorias para todos los participantes y serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl. c. Declarar desierta la licitación en caso de que todas las propuestas ofrecidas excedan la disponibilidad presupuestaria con que cuenta para financiar el gasto que irrogue la contratación de los servicios que se licitan. d. Adjudicar a la propuesta que sea la mejor combinación de factores técnicos y de precio, aunque no sea la del menor precio ofrecido. e. Realizar observaciones a la propuesta técnica que resulte adjudicada para la ejecución del trabajo, las que deberán ser incorporadas por el proponente adjudicado en la ejecución de los servicios de que se trata, siempre que ello no signifique un costo mayor para el adjudicatario, una modificación esencial a los servicios licitados o una alteración al principio de igualdad entre los proponentes.
Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos tanto para el proceso de licitación, y de ser adjudicado, durante la vigencia del contrato: a. Se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. b. Se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. c. Se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d. Se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e. Manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. f. Se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en las bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g. Reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. h. Se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Otras cláusulas
Subcontratación. El proponente podrá subcontratar servicios no asociados al servicio principal. Con todo la completa responsabilidad del proceso y la coordinación de todas las tareas permanecerán radicadas en el contratista que se adjudique la presente licitación. En caso de que la subcontratación implique el uso de información, las obligaciones referidas a ésta serán igualmente oponibles al subcontratista, debiendo el proponente adjudicado suscribir los documentos necesarios que resguarden el cumplimiento de los deberes de confidencialidad estipulados en las Bases. El hecho de subcontratar parte de los servicios no exime de responsabilidad al contratista en el cumplimiento de las obligaciones que emanen del contrato que al efecto se suscriba con el Ministerio, entendiéndose que queda igualmente obligado a la ejecución de los servicios de que se trata, en los plazos y condiciones que se estipulen en dicho instrumento, no siendo válido excusarse por retardos, incumplimientos, y otros por la actuación de los subcontratados. Los subcontratados por parte del contratista no tendrán relación alguna, ni directa ni indirecta con el Ministerio, no desarrollando en ningún caso labores al interior de las dependencias del Ministerio, por ende, este no contrae obligación alguna por concepto de remuneraciones o cotizaciones previsionales u otras obligaciones laborales o previsionales, respecto del personal que otorga servicios para el contratista, sea directamente o como subcontratista, las que serán de responsabilidad exclusiva de este último. 12.2. Propiedad Será de propiedad exclusiva de la Subsecretaría, la información residente en medios magnéticos, electrónicos y documentación que se entregue al contratista para la ejecución de los servicios objeto de esta licitación. El contratista, por tanto, renuncia expresamente a cualquier pretensión de derechos de propiedad sobre los productos obtenidos de dicha información. En consecuencia, al término del contrato no podrá conservar en su poder parte alguna de dichos productos ni utilizarlos en proyectos futuros. 12.3. Confidencialidad El contratista, durante el desarrollo del contrato y una vez expirado éste, está obligado a guardar reserva y quedará expresamente prohibido utilizar total o parcialmente datos, resultados o cualquier antecedente que haya mantenido en su poder, sin la previa y debida autorización por escrito de la Subsecretaría. Lo anterior, en concordancia con lo dispuesto en el número siguiente. 12.4. Reemplazo en el Equipo Técnico en la propuesta que resulte adjudicada. El proponente que resulte adjudicado, una vez que le sea notificada la adjudicación, deberá informar de todo cambio en la designación del equipo responsable de la propuesta, toda vez que su composición e integración es un elemento que fue evaluado y que determina de forma significativa la adjudicación. A este efecto, ante cambios en la composición del equipo, esto es, dedicación horaria o reemplazo de los integrantes, el proponente adjudicado deberá informarlo por escrito a la Contraparte Técnica en un plazo no mayor a tres días hábiles posteriores a su reemplazo, informando la forma en que será compensado respecto de la integración del equipo de trabajo señalado en su propuesta. En caso de que la modificación informada comprometa en forma sustancial la dedicación horaria, especialidad profesional, experiencia en las materias de que trate la contratación, entre otras circunstancias, de forma tal que de haberse presentado el equipo de trabajo con dicha modificación la evaluación técnica hubiese recibido un puntaje inferior al que obtuvo la propuesta al ser adjudicada, la Subsecretaría se reserva el derecho a poner término anticipado al contrato de manera de resguardar que se cumpla con el perfil evaluado. 12.5. Mantención de los servicios materia de la licitación Los costos asociados a las mantenciones, tales como ajustes, rectificación, regularización de los servicios y similares, para la continuidad operativa de los servicios, en las condiciones y niveles de servicio requeridos, serán de cargo del contratista. Asimismo, se consideran dentro de este ítem, los mayores costos que deba asumir el contratista por situaciones no previstas en el mercado, estructura de su empresa, personal e infraestructura tecnológica de éste al momento de formular la oferta, entre otras no constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor. 12.6. Interpretación del contrato. En la eventualidad que en el curso de los servicios se produjeran discrepancias o incompatibilidades en cuanto a lo indicado o previsto en los diversos documentos que rigen la prestación de los servicios, la controversia se resolverá a favor de lo contenido en aquel documento que, tratando del tema en controversia, aparezca mencionado primero en la lista indicada a continuación. a. Bases de Licitación. b. Aclaraciones. c. Contrato. d. Propuesta Técnica del oferente.
Legalidad de las bases
Con tofo lo aquí publicado, prima lo establecido en las bases de licitación aprobadas mediante Resolución Exenta N° 0301, adjunta.
Consulta sobre la adjudicación
Consultas sobre la adjudicación al correo mherrerav@desarrolosocial.cl
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.