De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la Ley N° 19.886 (Decreto Supremo N° 661/2024), y en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley N° 21.131, que regula el pago a 30 días, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas se compromete a realizar el pago por los servicios prestados dentro del plazo de treinta (30) días corridos, contados desde la Recepción Conforme de la factura y la respectiva orden de compra, debidamente registrada en el Sistema de Información de Compras Públicas (www.mercadopublico.cl).
El pago se efectuará únicamente respecto de los servicios efectivamente ejecutados y que hayan sido debida y conformemente recepcionados. La Recepción Conforme deberá ser certificada por el Inspector Técnico del contrato, según corresponda.
2.1 Recepción Conforme y plazos
La Recepción Conforme será registrada en el portal Mercado Público y constituye el hito que habilita el cómputo del plazo para el pago, conforme a lo estipulado en el artículo 2° de la Ley N° 21.131. La recepción deberá emitirse en un plazo no superior a diez (10) días corridos desde la prestación del servicio, salvo que el municipio a través de su unidad requirente presente observaciones fundadas, dentro de dicho plazo.
En caso de existir observaciones o reparos, el adjudicatario tendrá un plazo de ocho (8) días hábiles para subsanarlas. Durante este período, el cómputo del plazo de 30 días para el pago quedará suspendido, y se reiniciará una vez que las observaciones hayan sido subsanadas y se haya registrado la Recepción Conforme.
La Factura podrá ser emitida sólo una vez que la Orden de Compra se encuentre recepcionada conforme en el portal de Mercado Público www.mercadopublico.cl
2.2 Procedimiento de facturación
La factura deberá ser emitida electrónicamente a nombre de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, y deben incluir los siguientes datos:
● Razón Social: Ilustre Municipalidad de Puerto Varas
● RUT: 69.220.200-7
● Domicilio: San Francisco N° 413, Puerto Varas
La factura debe ser ingresadas a través de uno de los siguientes medios:
1. De manera presencial, en la Oficina de Partes Municipal.
2. De manera digital, enviando la factura al correo electrónico oficial habilitado para la recepción de factura: rocio.alvarado@ptovaras.cl , con copia a adquisiciones@ptovaras.cl (o al correo que se indique expresamente en la orden de compra).
Cada factura debe referenciar el ID de la orden de compra correspondiente y detallar con precisión los servicios prestados.
2.3 Montos y respaldo de pago
El monto a pagar será el indicado en la orden de compra, según los detalles indicados. El pago estará limitado exclusivamente a los servicios efectivamente ejecutados. Cualquier diferencia entre el monto facturado y los servicios realmente prestados será objeto de una observación al proceso, la cual deberá ser resuelta antes de la Recepción Conforme.
Asimismo, el pago deberá ser respaldado por los siguientes documentos:
a) Documentos tributarios de los servicios subcontratados y productos adquiridos por la productora, ya sea factura o boleta de honorario, según la cotización entregada junto al anexo 5 "Económico".
Los pagos referentes a servicios subcontratados como artistas, animadores, dj, entre otros, deben ser cancelados en un plazo de no más de cinco (5) días hábiles posterior a la realización del evento. Por lo que la productora debe adjuntar cualquier documento válido que acredite el pago en la fecha correspondiente, junto a la factura.
b) Informe de la Productora, los trabajos realizado con fotografías
2.4 Cláusula de facturación transparente y cumplimiento tributario
El adjudicatario deberá emitir su factura considerando únicamente los servicios efectivamente prestados y los costos reales incurridos en la ejecución del contrato, desglosando claramente los valores netos y los impuestos asociados, conforme a la normativa tributaria vigente.
En caso de incluir servicios o productos adquiridos a terceros, estos deberán estar debidamente respaldados por los documentos tributarios respectivos (boletas de honorarios, facturas de proveedores, etc.), y no podrá adicionarse nuevamente IVA sobre montos que ya lo incluyen, bajo ninguna circunstancia. En tal sentido, queda expresamente prohibido facturar “impuestos sobre impuestos”.
2.5 Aplicación de multas y descuentos
Conforme a lo establecido en estas bases, la Municipalidad de Puerto Varas podrá aplicar multas por atrasos o incumplimientos en la ejecución de los servicios. Dichas multas serán descontadas directamente de los pagos correspondientes al proveedor, previa notificación escrita y aprobación mediante un Decreto Alcaldicio.
2.6 Obligaciones del adjudicatario
El adjudicatario tiene las siguientes responsabilidades:
- Emitir y presentar la factura de manera oportuna, incluyendo todos los servicios requeridos en la orden de compra.
El monto total de la factura, debe ser, el resultado de los servicios detallados en las cotizaciones, incluyendo comisiones e impuestos, rebajando el IVA Crédito Fiscal, de los servicios o productos comprados a terceros, por el oferente, para ejecutar el evento.
La factura debe venir acompañada de los correos electrónicos, emitido por la unidad solicitante y confirmación del oferente, cotización formal con valores unitarios de los servicios o productos. Además, cuando estos sean adquiridos a través de terceros, se debe adjuntar en forma obligatoria la cotización individual de estos y documento tributario, es decir, factura o boleta de honorario, según corresponda.
- Subsanar cualquier observación que se le realice respecto de la factura o los servicios prestados, dentro de los plazos establecidos.
- Mantener al día sus obligaciones laborales, tributarias y previsionales, cuya inobservancia podrá constituir causal de retención o no pago hasta que se regularicen, conforme al artículo 58 del Reglamento DS N° 661.