Licitación ID: 591-36-LE25
SERVICIO SALA CUNA PARA FUNCIONARIAS DEL FONASA.
Responsable de esta licitación: FONDO NACIONAL DE SALUD
Fecha de Cierre: 18-12-2025 16:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
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Productos o servicios
1
Jardines infantiles o salas cunas 1 Unidad
Cod: 91111901
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE SALA CUNA PARA FUNCIONARIAS DEL FONDO NACIONAL DE SALUD.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO SALA CUNA PARA FUNCIONARIAS DEL FONASA.
Estado:
Publicada
Descripción:
La presente licitación tiene por objeto la contratación del servicio de administración de sala cuna para funcionarias con hijos o hijas menores de dos años según normativas vigentes.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
FONASA, Nivel Central
R.U.T.:
61.603.000-0
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-12-2025 16:00:00
Fecha de Publicación: 21-11-2025 16:27:39
Fecha inicio de preguntas: 21-11-2025 17:00:00
Fecha final de preguntas: 28-11-2025 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-12-2025 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-12-2025 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-12-2025 16:05:00
Fecha de Adjudicación: 05-01-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 26-01-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- RESOLUCIÓN EXENTA 2B N° 16703/2025, "SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE SALA CUNAPARA FUNCIONARIAS DEL FONDO NACIONAL DESALUD".
2.- Res Respuestas
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Establecimientos Administrados De acuerdo al numeral 13.2 letra C de la resolución. 35%
2 Cumplimiento de Presentación de Requisitos Formale De acuerdo al numeral 13.2 letra D de la resolución. 2%
3 Programa de Integridad De acuerdo al numeral 13.2 letra E de la resolución. 3%
4 Oferta Económica De acuerdo al numeral 13.2 letra A de la resolución. 30%
5 Experiencia de los Oferentes De acuerdo al numeral 13.2 letra B de la resolución. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto disponible.
Monto Total Estimado: 60000000
Justificación del monto estimado Contratación de servicio de administración de sala cuna para funcionarias con hijos o hijas menores de dos años según normativas vigentes.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: FONASA podrá prorrogar por una sola vez el contrato hasta por 6 meses, lo que procederá cuando sea estrictamente necesario por razones de continuidad del servicio y, por el tiempo de preparación de un nuevo proceso de licitación, art. 129 del reglamento.
Observaciones No aplica.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Maria Eugenia Gana
e-mail de responsable de pago: mgana@fonasa.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: No aplica
Fecha de vencimiento: 21-11-2025
Monto: 1 %
Descripción: No aplica.
Glosa: No aplica.
Forma y oportunidad de restitución: No aplica.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Fondo Nacional de Salud
Fecha de vencimiento: 21-11-2028
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE SALA CUNA PARA FUNCIONARIAS DEL FONDO NACIONAL DE SALUD”.
Forma y oportunidad de restitución: En concordancia con lo manifestado en la jurisprudencia administrativa, en el cobro de la garantía de fiel, oportuno e íntegro cumplimiento del contrato, se resguardarán los principios de proporcionalidad, razonabilidad y buena fe que han de inspirar las actuaciones del FONASA, de manera que, atendido el carácter de caución y no de sanción del instrumento señalado, ese cobro no excederá del monto en que se cuantifique el incumplimiento de las obligaciones y las multas que se hayan impuesto y no se encuentren solucionadas. Lo dicho es sin perjuicio del derecho del FONASA de accionar posteriormente por otros perjuicios que no hayan podido cuantificarse al momento de hacer efectiva la garantía de fiel, oportuno e íntegro cumplimiento del contrato, sea a través del descuento de tales sumas respecto de pagos pendientes al proveedor.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Aspectos Generales.
Los servicios a contratar corresponden a la administración de sala cuna, es decir, actuar de intermediario entre los establecimientos prestadores del servicio de sala cuna y el Fonasa, considerando todos los requisitos que se señalan en los puntos que a continuación se detallan. a) Los establecimientos que ofrecen el servicio de nivel sala cuna con los que el oferente intermedie, deben cumplir con requisitos de autorización de funcionamiento y reconocimiento del MINEDUC (RBD), conforme a la normativa vigente y que puedan validarse como certificados en la página web https://parvularia.mineduc.cl/iniciativa/certificaciones/ o en la página web https://mi.mineduc.cl/mvc/mime/portada. b) Será obligación del oferente tener nómina actualizada e informar si algún establecimiento pierde la calidad de autorización y reconocimiento del MINEDUC (RBD), conforme a la normativa vigente y que puedan validarse como certificados en la página web https://parvularia.mineduc.cl/iniciativa/certificaciones/ o en la página web https://mi.mineduc.cl/mvc/mime/portada. Tanto la autorización de funcionamiento como reconocimiento del MINEDUC (RBD) de cada establecimiento, deben corresponder a la misma dirección particular en la cual se encuentra el dispositivo de cuidado infantil y no a sus casas centrales o matriz. c) Los costos de administración no pueden superar el 6% del presupuesto total. d) El servicio deberá considerar nuevos ingresos y retiros de niños y niñas durante el período del servicio y cambios de establecimientos. e) El proveedor pagará a los establecimientos las matrículas y las mensualidades aprobadas mensualmente por el Fonasa, mediante el Departamento de Calidad de Vida y Bienestar. f) El proveedor deberá dar respuesta y solución a las consultas y/o problemas que pudieran tener los establecimientos o las funcionarias con estos establecimientos, en un plazo máximo de 5 días hábiles. g) El proveedor es responsable de mantener al día la información de autorización de funcionamiento y reconocimiento del MINEDUC (RBD), conforme a la normativa vigente y que puedan validarse como certificados en la página web https://parvularia.mineduc.cl/iniciativa/certificaciones/ o en la página web https://mi.mineduc.cl/mvc/mime/portada y corroborar que éstas correspondan a la misma dirección particular en la cual se encuentra el dispositivo de cuidado infantil y no a sus casas centrales o matrices cuando corresponda. h) En caso de pérdida de la autorización y/o reconocimiento del MINEDUC (RBD) conforme a la normativa vigente, sin aviso de, al menos 30 días corridos de anticipación, al Departamento de Calidad de Vida y Bienestar por parte del oferente, éste último deberá presentar alternativas de establecimientos para darle continuidad al servicio de sala cuna y/o jardín infantil, teniendo que pagar la primera mensualidad de la nueva sala cuna o jardín que él o la funcionaria seleccionen. La nueva matrícula deberá pagarse con o sin aviso previo. Dicha información deberá ser remitida, a más tardar, dentro de los cinco (05) corridos días siguientes contados desde la pérdida de la autorización y/o reconocimiento.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.