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del contrato |
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Publicado el decreto de adjudicación de la licitación, el Adjudicatario
deberá dentro de los 05 días hábiles siguientes suscribir el contrato respectivo.
El Contrato será extendido por escritura privada suscrita en la
Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad, ubicada en el segundo piso del Edificio Consistorial ubicado en Javiera Carrera 736.
También podrá suscribirse con Firma Electrónica Avanzada (FEA).
De no suscribirse el contrato en este plazo se tendrá por desistida la
oferta y el Municipio podrá adjudicar la propuesta a otro oferente seleccionado, o dejar sin efecto la licitación.
Se considerará como parte integrante del contrato, las Bases
Administrativas, Bases y/o Especificaciones Técnicas y anexos, las aclaraciones y modificaciones a las Bases, las preguntas y respuestas del
período de consultas que hayan sido decretadas; la oferta técnica y económica y demás antecedentes que rigieron la Licitación.
El Contrato se regirá por las leyes chilenas y en el caso de existir
desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las partes, serán sometidos al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
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procedimiento de apertura de ofertas |
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Las ofertas se abrirán electrónicamente el día, hora y lugar indicado en
la publicación del llamado a propuesta (ver Cronograma de la Licitación publicado en www.mercadopublico.cl), según lo establecido en la Ley
N° 19.886 y su Reglamento
La apertura será responsabilidad del Departamento de Contratos y
Suministros de la Municipalidad. En primer lugar, se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la
presentación de ofertas.
Serán declaradas inadmisibles en el acto de apertura electrónica,
aquellas ofertas que incurran en las siguientes situaciones:
a. Omisión de Anexo Económico
b. Oferta económica superior al 30% del presupuesto aproximado
c. No haber acompañado el documento en que conste la intención de ofertar como UTP.
d. Oferente UTP que incumpla con los requisitos legales de integración solo por empresas de menor tamaño
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PROCEDIMIENTO DE EVALUACION TECNICA DE OFERTAS |
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Serán declaradas inadmisibles, durante el proceso de evaluación,
aquellas ofertas que incurran en las siguientes situaciones:
a. Omisión de Resolución Sanitaria del recinto
b. Oferta incompleta o que incumpla los requerimientos estipulados en las Especificaciones Técnicas
c. El recinto se encuentra emplazado fuera de la Región Metropolitana, Región de Valparaíso o Región del Libertador General Bernardo
O’Higgins
d. Oferta no presenta ubicación del recinto verificable mediante dirección y coordenadas de Google Maps.
La declaración de inadmisibilidad de una oferta o la declaración de
desierta de la licitación, conforme al artículo 9 de la Ley 19.886, no dará derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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facultad de readjudicar |
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La Municipalidad podrá readjudicar la Licitación al oferente que siga en
orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:
a. No aceptar la orden de compra, dentro de las 24 horas desde su emisión.
b. Si el Adjudicatario se desiste de su oferta.
c. Si el adjudicado no firma el contrato en la fecha indicada.
d. Si el Adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado.
e. Si cualquiera de las personas naturales o jurídicas, en caso de las UTP, es inhábil para contratar con el Estado.
f. Si tratándose de una UTP, ésta no acompaña escritura pública en que conste su acuerdo de constitución.
g. En caso de UTP, si se disuelve.
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EFECTOS DERIVADOS DE INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR |
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MULTAS: El proveedor adjudicado deberá pagar multas por los
incumplimientos en que incurra en el transcurso del servicio prestado, de acuerdo con lo siguiente:
Incumplimiento Multa
Hospedaje no cumple con oferta técnica
1 UTM, por cada producto
Alimentos o bebestibles no cumplen con las especificaciones técnicas
Incumplimiento de alguno de los requerimientos ofertados en el Anexo N°5.
5 UTM
El recinto no cumple los requerimientos en relación a la salubridad e higiene
No cuenta con estacionamientos.
El monto de las multas no será rebajado del pago. Dicha multa debe
ser cancelada en Tesorería Municipal con su respectiva resolución fundada. . En ningún caso el contratista podrá descontar las multas del
monto facturado, ni emitir nota de crédito por ese concepto.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante
de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
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del pago |
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La municipalidad tendrá el plazo de 3 días hábiles para aceptar o
rechazar el estado de pago ingresado (en formato papel en la oficina de contratos y suministros o en formato electrónico al mail
gestionpagooportuno@municipalidadelbosque.cl en caso de rechazo, el proveedor deberá subsanar lo observado a la mayor brevedad. Una
vez subsanado, o aceptado conforme, el estado de pago por la U.T., el proveedor emitirá la factura.
La solicitud de pago deberá acompañar los siguientes documentos:
a. Factura a nombre de la I. Municipalidad de El Bosque, RUT: 69.255.300-4, domiciliada en Javiera Carrera 736, El Bosque. La factura
debe indicar el número de orden de compra.
b. Recepción conforme de la Unidad Técnica.
Desde la recepción, por parte de la Municipalidad de la factura emitida
conforme al procedimiento descrito precedentemente, (en formato papel en la oficina de contratos y suministros o en formato electrónico a la
casilla recepciondte-69255300-4@municipios.moit.cl
La Municipalidad tendrá el plazo de 8 días corridos para reclamar del
contenido de la factura según Artículo 3 número 2 de la Ley Nº 19.983.
La Municipalidad dispondrá de un plazo de hasta 30 días para realizar
el pago correspondiente al proveedor, plazo que podrá ampliarse hasta 60 días en el caso de procedimiento de multas pendientes.
El pago lo hará el Municipio mediante cheque nominativo o
transferencia bancaria a nombre del proveedor.
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