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Resolución de Empates |
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En el caso que se presenten empates entre dos o más oferentes, para efectos de adjudicar al oferente con el mejor respaldo para la Institución, el Centro de Formación Técnica de la Región del Maule establece los siguientes criterios de desempate a los mayores puntajes de cumplimiento:
- Para el caso de empate el primer criterio a utilizar será el mejor puntaje en “Oferta Técnica” presentado por los oferentes.
- Si se produce un segundo empate no definiéndose mediante “Oferta Técnica” se utilizará el criterio que será el mejor puntaje en “Calidad Técnica”.
- No existiendo definición mediante la utilización de los criterios anteriores se utilizará el mejor puntaje en “Experiencia y personal calificado”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Asimismo, la entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones y antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones y antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo fatal de 24 horas, establecido en el foro de Aclaración de ofertas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran cumplidas.
La entidad licitante exigirá que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicada, dará derecho a terminar la relación contractual.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Las ofertas se recibirán a través del Portal Mercado Publico, por lo tanto, no se recibirán ofertas en formato, lugar, fecha y hora distintos a los señalados en las presentes bases.
Todos los antecedentes solicitados, deberán subirse al portal Mercado Publico en archivos individuales (en cualquier formato no modificable como, por ejemplo: pdf, gif, jpg, etc.) los cuales estarán identificados con el nombre de lo que contienen, de tal forma que se pueda saber fácilmente a qué corresponde.
El no cumplimiento de los requerimientos señalados en cuanto a los anexos requeridos, dejará al oferente fuera de bases y por lo tanto impedido de adjudicarse la licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13° de la ley N° 19.880, la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia de la propuesta de un oferente solo en la medida en que se constate que realmente la omisión tipificada cause desmedro a los derechos del Centro de Formación Técnica, reste transparencia al proceso o rompa el principio de igualdad de los licitantes de manera tal que la conducta infractora privilegie a uno de ellos en perjuicio de los demás, esto es, signifique una ventaja indebida a su favor.
En consecuencia, no operarán como causal para no evaluar una oferta presentada en esta licitación pública aquellos errores que revisten un carácter formal y no constituyen un error esencial que afecte la validez de la oferta, especialmente si no guardan relación con aspectos objeto de evaluación.
Asimismo, el Centro de Formación Técnica de la Región del Maule, se reserva el derecho de solicitar, en el periodo de evaluación, si a su juicio exclusivo es necesario, antecedentes que permitan aclarar determinadas propuestas, para lo cual el oferente dispondrá de un plazo fatal de 24 horas, para dar respuesta al respectivo requerimiento desde que se le haga la solicitud. Lo anterior conforme a lo dispuesto en el artículo 40 del reglamento de la ley Nº 19.886.
En el caso que el total de las ofertas fueran declaradas inadmisibles por no cumplimiento de Bases, se procederá a realizar un nuevo proceso de licitación. De lo señalado anteriormente, se dejará constancia en un Acta. El Centro de Formación Técnica emitirá la Resolución respectiva, la que será publicada en el portal Mercado Publico.
En el caso que no se presenten ofertas o estas no fueran convenientes para los intereses de la Institución, el Centro de Formación Técnica de la Región del Maule tendrá la facultad de realizar un nuevo proceso de licitación. El Centro de Formación Técnica emitirá la Resolución respectiva, la que será publicada en el portal Mercado Publico.
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Pacto de integridad |
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El Oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si los hubiere.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.
5. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.
6. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Inscripción en ChileProveedores |
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Al momento de presentar la propuesta NO es requisito que el oferente esté inscrito en el portal ChileProveedores.
En caso que el adjudicado no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, ChileProveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 3 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada, lo anterior como requisito para poder contratar.
Esta contratación se formalizará mediante la firma del contrato respectivo, por parte del proveedor, de la Orden de Compra respectivamente a través de Mercado Público, los siguientes antecedentes serán requeridos al respectivo adjudicatario, como requisito previo a la firma del contrato.
- Si el adjudicatario es Persona Natural:
1. Debe encontrarse inscrito en estado “hábil” en el Registro de Proveedores.
2. Certificado de Iniciación de Actividades emitido por Servicio de Impuestos Internos. Si no cuenta con el anterior certificado, podrá presentar la Cartola Tributaria emitida por el Servicio de Impuestos Internos, donde indica la fecha de Inicio de Actividades.
3. Certificado de antecedentes laborales y previsionales emitidos por la Dirección del Trabajo.
- Si el Adjudicatario es Persona Jurídica:
1. Debe encontrarse inscrito en estado “hábil” en el Registro de Proveedores.
2. Presentar certificado de vigencia de la sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite existencia jurídica del oferente.
3. Certificado de antecedentes laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo.
Tratándose de personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. Lo anterior se verificará a través del registro dispuesto por la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
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Documentos Integrantes |
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La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
- Bases de Licitación.
- Aclaraciones, respuestas y modificaciones a la Bases, si las hubiere.
- Oferta.
- Orden de Compra.
- Contrato, en caso de que corresponda.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
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Vigencia y Renovación |
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La relación contractual tendrá una vigencia según el tiempo ofertado en la propuesta técnica del adjudicatario.
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Pago |
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El pago se realizará una vez entregado el 100 % de los productos correspondiente y previa recepción conforme del servicio por la contraparte técnica del CFT Maule. Y se debe adjuntar toda la documentación de respaldo.
El/los Pago/s al proveedor deberán efectuarse por dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que se certifique la recepción conforme del servicio adquirido.
La presente licitación no considera, anticipos y tampoco pagos parciales, en consecuencia, el proveedor adjudicado sólo podrá facturar cumplida la entrega de la totalidad de los bienes y previa certificación de conformidad por parte del C.F.T. de la Región del Maule.
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Efectos derivados del incumplimiento del proveedor |
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Aquellos casos en que exista incumplimiento del proveedor, procederán lo establecido en el acápite “término anticipado” de las presentes bases.
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Multas |
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La multa se hará efectiva con cargo a:
- Los estados de pago que estuvieran pendientes a la fecha.
- La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
- Retraso en el plazo de ejecución comprometido en la oferta en este caso se aplicará hasta un 0,2% por día de atraso del monto total del contrato.
El tope máximo de la multa que se aplique no podrá superar el equivalente al 30% del valor total del contrato, impuesto incluido.
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Procedimiento para la aplicación de medidas para el caso de incumplimiento. |
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Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas bases sean constitutivos de infracción, la Contraparte Técnica notificará esta circunstancia al adjudicatario, indicando en forma precisa los hechos que se imputan.
El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustentes sus alegaciones. Una vez realizados los descargos por parte del adjudicatario o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el adjudicatario haya formulado descargos, la Contraparte Técnica informará esta situación y se solicitará el término anticipado, en caso de que ello proceda.
La sanción será aplicada mediante resolución, la que será notificada al adjudicatario en forma personal o mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado por este. La notificación que se realice por carta certificada, se entenderá practicada a contar de tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos correspondiente. El adjudicatario podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que aplique la sanción, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación.
El Centro de Formación Técnica de la Región del Maule resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el adjudicatario, o bien la rechazará confirmando el término anticipado del contrato.
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Término Anticipado |
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El Centro de Formación Técnica de la Región del Maule podrá poner término en forma anticipada al contrato por las siguientes causales:
a) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario.
c) El estado de notoria insolvencia del adjudicatario.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por registrar el adjudicatario saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
La resolución que disponga el término anticipado del contrato definitivo, deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
Asimismo, el Centro de Formación Técnica de la Región del Maule podrá poner término administrativamente y en forma anticipada al contrato en los siguientes casos:
a.- Se el proveedor no entregare los productos en los plazos requeridos.
b.- Por infringir el deber de confidencialidad exigido en las presentes Bases de Licitación.
c.- Si el proveedor incumple la prohibición de ceder el contrato o de subcontratar.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que el Centro de Formación Técnica de la Región del Maule pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios
En caso de terminar anticipadamente el contrato, el Centro de Formación Técnica de la Región del Maule se reserva el derecho de aplicar lo dispuesto en el artículo 8° letra b) de la ley N° 19.886 en armonía con lo previsto en el artículo 74 del Reglamento de la Ley citada o llamar a una nueva licitación pública para continuar con la ejecución de los servicios.
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Confidencialidad |
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El Proveedor deberá guardar confidencialidad de todo antecedente que del Centro de Formación Técnica de la Región del Maule conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de estos para fines ajenos al mismo. Bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o parte esta información ya sea durante la vigencia del Contrato, como después de su finalización.
Esta prohibición afecta al adjudicado, su personal directo e indirecto, que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración del contrato.
En caso de incumplimiento de esta cláusula, el Centro de Formación Técnica de la Región del Maule, terminará anticipadamente el contrato.
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Domicilio y Jurisdicción |
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Para todos los efectos legales, las partes fijarán su domicilio en la ciudad de Linares y se someterán expresamente a la legislación chilena y a la jurisdicción de sus tribunales ordinarios de justicia.
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Normativa Supletoria |
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Sin perjuicio de lo señalado en las presentes Bases, el proceso licitatorio se regirá, además, por lo prescrito en la ley N.º 19.886 y su Reglamento.
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Cesión y Subcontratación |
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Cesión del Contrato: El prestador no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo del contrato. La infracción de esta prohibición dará derecho al Centro de Formación Técnica de la Región del Maule a poner término anticipado al contrato en forma inmediata.
Subcontratación: Durante la ejecución del contrato, el prestador no podrá subcontratar, ni en todo o en parte, las obligaciones que ha asumido. En general, el prestador se encontrará sujeto a todas aquellas prohibiciones e incompatibilidades relativas a la contratación de servicios en la Administración Pública, así como a otras relativas a conflictos de intereses.
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Situaciones no Previstas |
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Toda situación no prevista o que resultare dudosa en su alcance o efectos, vinculada a las presentes bases será resuelta por el Centro de Formación Técnica de la Región del Maule, quien está facultado para integrar los vacíos de las Bases, buscando el sentido que más se ajuste al espíritu de ellas. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones legales que procedan.
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Titularidad, Transferencia y Propiedad Intelectual |
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El Centro de Formación Técnica de la Región del Maule será titular y dueña exclusiva de todos los derechos, incluyendo sin limitación, todos los derechos de propiedad intelectual y cualquier otro derecho sobre el producto del trabajo de la adjudicataria o sus dependientes que se genere a consecuencia de la ejecución del contrato a que dará origen la presente licitación, cualquier producto realizado en cumplimiento del contrato, cualquiera sea su soporte o formato.
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