Licitación ID: 711-20-LQ25
SERVICIO DE CALL CENTER PARA LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD DE TRÁNSITO
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
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Productos o servicios
1
Mesa de ayuda de centros de llamadas 1 Unidad
Cod: 83111507
SERVICIO DE CALL CENTER PARA LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD DE TRÁNSITO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE CALL CENTER PARA LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD DE TRÁNSITO
Estado:
Cerrada
Descripción:
Se llama a los proveedores del rubro a presentar sus ofertas en el proceso de licitación convocado para la contratación del servicio de Call Center para dar atención a las llamadas que la ciudadanía realiza a los números de la Subsecretaría de Transportes y de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito, en adelante e indistintamente, CONASET.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES
R.U.T.:
61.212.000-5
Dirección:
Amunategui 139 Piso 9
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-11-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 14-10-2025 15:15:00
Fecha inicio de preguntas: 14-10-2025 15:21:00
Fecha final de preguntas: 17-10-2025 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-10-2025 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-11-2025 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-11-2025 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 18-03-2026 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Según punto 2.10 de las bases
Documentos Técnicos
1.- Según punto 2.9.1 de las bases
 
Documentos Económicos
1.- Según punto 2.9.2 de las bases
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Programas de integridad Según punto 2.17 letra f) de las bases 3%
2 Cumplimiento requisitos formales de presentación Según punto 2.17 letra e) de las bases 7%
3 Experiencia del oferente Según punto 2.17 letra b) de las bases 10%
4 Plazo ofertado de la etapa de configuración Según punto 2.17 letra d) de las bases 15%
5 Condiciones de empleo y remuneración Según punto 2.17 letra c) de las bases 20%
6 Precio Según punto 2.17 letra a) de las bases 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 4100
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Si existen motivos fundados, que serán calificados a través de un acto administrativo, se podrá renovar la contratación por una sola vez por un periodo de 24 meses, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Observaciones Este presupuesto considerará el valor de cada una de las llamadas recibidas, la configuración inicial del sistema, el valor del fee mensual, y todos los costos asociados a la contratación.
Tiempo del Contrato 30 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Hugo Berríos
e-mail de responsable de pago: hberrios@mtt.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Subsecretaría de Transportes, Rol Único Tributario N° 61.212.000-5
Fecha de vencimiento: 29-01-2029
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “SERVICIO DE CALL CENTER PARA LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD DE TRÁNSITO, y de las obligaciones que ordena el artículo 11 de la Ley N° 19.886”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía solo será devuelta al contratista o a aquella persona a quien este haya mandatado para hacer recepción conforme de dichos documentos. Para esto se levantará, en su oportunidad, un acta de recepción y devolución de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de la contratación. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencida su vigencia o, en su defecto, la vigencia mínima establecida en este punto.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

2.18 MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación final se produjera un empate entre 2 o más oferentes, éste se resolverá aplicando los criterios de evaluación en el siguiente orden de prelación:
a) Precio
b) Condiciones de empleo y remuneraciones
c) Plazo de configuración del call center
d) Experiencia del oferente
e) Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta
f) Programas de integridad
Si el empate persiste, será resuelto mediante el orden de ingreso de las ofertas en el portal www.mercadopublico.cl. En última instancia, el empate será resuelto mediante sorteo.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

2.20 ACLARACIONES Y/O CONSULTAS DE LA ADJUDICACIÓN

Se podrán enviar consultas referentes a la adjudicación hasta dentro del tercer día hábil de notificada. Las consultas se efectuarán a través de los correos electrónicos licitaciones01@mtt.gob.cl y/o ariffo@mtt.gob.cl, ambas casillas de la Subsecretaría de Transportes, o bien, mediante el Sistema de Información y serán respondidas por el mismo medio a través del cual hubieren sido ingresadas.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

2.14 PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES

De conformidad a lo establecido en el artículo 56 del Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, una vez realizada la apertura de las ofertas, la Subsecretaría podrá solicitar, a través de la funcionalidad disponible en el portal web www.mercadopublico.cl, que se salven errores u omisiones formales en que han incurrido, no considerándose dentro de esta categoría los errores en el precio de la oferta, siempre que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de las demás, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de las oferentes, y se informe de dicha solicitud a través del Sistema de Información.

 

Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que se hayan omitido entregar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. A través de estos documentos no podrá presentarse una oferta técnica o económica distinta a la presentada dentro del período establecido en estas bases para recibir ofertas.

 

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas, que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde que se realizó el requerimiento en el portal, conforme a lo señalado en el artículo 9° del Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, para responder a lo solicitado a través del Sistema de Información.

De dicha solicitud se deberá dejar constancia en el acta que, al efecto, elabore la comisión evaluadora.

Sin perjuicio de lo anterior, la presentación de los antecedentes que puedan ser solicitados del modo y dentro del plazo expresados en este punto será considerada al momento de la evaluación de la respectiva oferta, conforme al criterio “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta”, indicado en el punto 2.17 de estas bases.

Pacto de integridad

2.35 PACTO DE INTEGRIDAD

La presentación de una oferta implica, para quien la formule, la aceptación del presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas sus estipulaciones, que se indican a continuación, tanto durante el proceso licitatorio como durante la contratación:
i.
El oferente respetará los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República, en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, respetará los derechos humanos, evitando toda acción u omisión que dé lugar o contribuya a generar efectos adversos a ellos y subsanará tales efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
ii.
El oferente no ofrecerá, no concederá, ni intentará ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a funcionario público alguno relacionado con su oferta, con el proceso de licitación pública o con la ejecución del contrato que eventualmente derive de ella, tampoco las ofrecerá o concederá a terceros que pudiesen influir directa o indirectamente en tales procesos.
iii.
El oferente no llegará ni intentará llegar a acuerdos, tampoco realizará negociaciones, actos o conductas, que tengan por objeto influir o afectar, de cualquier forma, la libre competencia, especialmente, aquellos de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
iv.
El oferente revisará y verificará la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de toda la información y documentación que presente para efectos del presente proceso licitatorio.
v.
El oferente ajustará su actuar y cumplirá con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
vi.
El oferente adoptará las medidas que sean necesarias para que las estipulaciones señaladas sean cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes, subcontratistas, y, en general, por cualquier persona con quien se relacione, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, siendo responsable de las consecuencias de su infracción por parte de éstas. Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
La contravención de alguna de las estipulaciones señaladas en este punto se considerará como un incumplimiento grave de la contratación, para efectos de lo dispuesto en el punto 2.29 de estas bases.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.