Licitación ID: 3888-71-LE22
3 llamado BIBLIOMOVILCOMUNA SAN JUAN DE LA COSTA
Responsable de esta licitación: Ilustre Municipalidad de San Juan de la Costa
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 144
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Productos o servicios
1
Mini-furgonetas o furgonetas 1 Unidad
Cod: 25101505
ADQUISICION BIBLIOMOVILCOMUNA SAN JUAN DE LA COSTA”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
3 llamado BIBLIOMOVILCOMUNA SAN JUAN DE LA COSTA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
ADQUISICION BIBLIOMOVILCOMUNA SAN JUAN DE LA COSTA”
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Administración y Finanzas
R.U.T.:
69.251.800-4
Dirección:
Av. Nueva Norte Sur S/N
Comuna:
San Juan de La Costa
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-01-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 16-12-2022 16:08:45
Fecha inicio de preguntas: 17-12-2022 10:00:00
Fecha final de preguntas: 19-12-2022 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-12-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-01-2023 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-01-2023 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 16-01-2023 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Ingreso Garantía Seriedad de la Oferta, hasta las 13:00 en Oficina de Partes 03-01-2023 13:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Bases
2.- Administrativo
Documentos Técnicos
1.- Técnico
 
Documentos Económicos
1.- Económico
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento Especificaciones Técnicas En primer término, se evaluará el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos establecidos en la licitación. Se considerará el puntaje de acuerdo a lo siguiente: Cumple 100% las Especificaciones Técnicas = 100 puntos No Cumple 100% las Especificaciones Técnicas = Fuera de Bases. Para realizar la evaluación se considerará los requerimientos mínimos establecidos en las Bases Técnicas de la Licitación y en lo señalado en el Formulario Nº4. 30%
2 Plazo de Entrega El plazo de entrega se evaluará según la siguiente formula: Plazo Oferta Mínimo X 100/ Plazo Oferta Evaluada 10%
3 Garantía Técnica GARANTÍAS TECNICAS 20% ∑( Plazo Garantía Oferta evaluada X 100 )/ Plazo Garantía Oferta Máxima Para el caso de las garantías técnicas, se considerará como elemento de evaluación el Plazo o extensión en meses de la garantía del PROVEEDOR. 20%
4 Oferta Económica Se evaluará la Oferta según formula: Precio Oferta Mínimo X 100/ Precio Oferta Evaluada 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE LAS CULTURAS, L
Monto Total Estimado: 18752100
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Municipalidad
e-mail de responsable de pago: daf@sanjuandelacosta.cl
Nombre de responsable de contrato: Eduardo Godoy
e-mail de responsable de contrato: eduardo934@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-58168062-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Solo permite UTP según B.A.G.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de San Juan de la Costa
Fecha de vencimiento: 28-02-2023
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá presentar una garantía (boleta bancaria, vale vista, Póliza y/o certificado de fianza), irrevocable, pagadero a la vista y sin ningún condicionamiento, a la orden de la Ilustre Municipalidad de San Juan de la Costa, RUT: 69.251.800-4, por un monto de $200.000 (doscientos mil pesos). En el caso de Vale a la Vista y demás instrumentos bancarios que no admitan la inclusión de glosa, ésta y el nombre del tomador, deberán consignarse por el oferente en documento anexo. La garantía citada deberá tener una vigencia de a lo menos 45 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas y podrá ser tomada exclusivamente por el oferente. No se aceptarán garantías tomadas por terceros. En el caso de las ofertas presentadas por consorcios o unión temporal de proveedores, deberán presentar una garantía única; ante el evento que cada oferente entregue garantías parciales, se entenderá que no han dado cumplimiento con este requisito y la oferta quedará fuera de bases. La garantía de seriedad de la oferta, deberá ser entregada hasta las 13:00 del día del vencimiento del plazo fijado para presentar ofertas en el portal electrónico, o cierre electrónico en el portal www.mercadopublico.cl, en la Oficina de Partes de la Municipalidad de San Juan de la Costa, en sobre cerrado caratulado El horario de funcionamiento de la Oficina de Partes de la Municipalidad, es el siguiente: De lunes a viernes 09:00AM-13:00, y de 14:00 a 16:00 hrs. La no entrega de la citada garantía de seriedad de la oferta en la Oficina de Partes, en las condiciones, forma y plazos fijados para ello, será considerada como causal suficiente para declarar a la oferta fuera de bases para todos los efectos legales. Las garantías de carácter electrónico tales como pólizas de seguro y/o fianzas a favor de organismos públicos, irrevocables, pagaderas a la vista y de ejecución inmediata, podrán ser dirigidas al correo electrónico Secplan@sanjuandelacosta.cl hasta las 13:00 hrs. del dí
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación ADQUISICION BIBLIOMOVIL, COMUNA SAN JUAN DE LA COSTA”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de esta garantía se efectuará conforme a lo siguiente: a) Los oferentes que hayan quedado fuera del proceso de evaluación de ofertas podrán retirar su garantía de seriedad de la oferta a contar del quinto día hábil siguiente a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl, del acto administrativo que resuelve el proceso licitatorio. b) En el caso de las ofertas admisibles y calificadas, sus garantías les serán devueltas una vez que el oferente adjudicado haga entrega, en tiempo y forma, de los antecedentes requeridos para la firma del contrato, de lo contrario se procederá de acuerdo a lo previsto en el punto 11 letra e) de estas bases administrativas, lo que será informado a través del portal. c) El adjudicatario podrá retirar su garantía de seriedad de la oferta una vez que suscriba el contrato correspondiente y efectúe la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato a que se refiere el numeral 16. de las bases administrativas. La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva por la Municipalidad, si: a) El oferente retira su oferta durante el periodo transcurrido entre la presentación de la oferta y la adjudicación. b) Una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no firma el contrato o se desiste. c) El oferente adjudicado no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al momento de su suscripción. d) La Municipalidad comprueba la falsedad de la información presentada, por cualquier medio fehaciente.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de San Juan de la Costa
Fecha de vencimiento: 31-07-2023
Monto: 7 %
Descripción: Dentro de los 10 días corridos, contados desde la fecha de publicación del decreto de adjudicación en el portal Mercado Público, o emisión de la Orden de Compa según corresponda, el adjudicatario deberá proceder a suscribir el Contrato de Adquisición respectivo y constituir “Garantía de Fiel cumplimiento del contrato; calidad, entrega oportuna y completa de los bienes ofertados”, para lo cual podrá entregar una Garantía, extendida a favor de la Municipalidad de San Juan de la Costa, la que deberá ser ingresada formalmente junto al respectivo Contrato a través de la Oficina de Partes de la SECPLAN y remitida por esta al Gobierno Regional para su visación y custodia. Dicha garantía será por un monto equivalente al 7% del monto del contrato. Si el proveedor no diera oportuno cumplimiento a la obligación antes mencionada, quedara sin efecto la adjudicación, pudiendo la Municipalidad Adjudicar al proponente que hubiera obtenido el segundo lugar en la evaluación general siempre que dicha Oferta sea conveniente a los intereses municipales o proceder a realizar un nuevo llamado a licitación pública. La garantía deberá tener una vigencia que contemple el plazo contractual aumentado en 150 días, contados desde la fecha del Contrato. Si existiesen aumentos de plazo, las garantías deberán ser reemplazadas por nuevas garantías que cumplan con el monto y plazo establecido en las presentes bases. Esta Garantía se devolverá al momento de la liquidación del contrato, conforme a lo establecido en el pto. 24 de las Bases Administrativas Generales.
Glosa: Garantía de Fiel cumplimiento del contrato, calidad, entrega oportuna y completa de los bienes ofertados licitación “ADQUISICION BIBLIOMOVIL, COMUNA SAN JUAN DE LA COSTA”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía se devolverá al proveedor, al término del plazo establecido en las presentes bases, previa solicitud por escrito. Si correspondiere su devolución, la Unidad Técnica dictara el correspondiente Decreto Alcaldicio. En caso de aumentos de compra y/o plazos, esta garantía deberá ser renovada de acuerdo al nuevo monto del contrato. En caso de ampliación del plazo la boleta deberá ser reemplazada por otra de acuerdo al nuevo plazo contractual, más 120 días hábiles.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Multas
Multa diaria de 1 UTM por concepto de incumplimiento de instrucciones impartidas por el Inspector Técnico y/o incumplimiento de plazos de entrega. El total de la multas no podrá exceder el 15% del monto del contrato. Si el incumplimiento persiste sin causa justificada la Municipalidad quedará facultada para dar término al contrato, sin indemnización alguna para el adjudicatario. Estas multas serán apelables, en un plazo de 2 días hábiles (lunes a viernes), contados desde la notificación de incumplimiento que le efectué la Unidad Técnica, al superior jerárquico del servicio el que para mejor resolver tendrá a la vista el informe fundado de la Unidad Técnica. Cualquier incumplimiento respecto de las obligaciones contraídas por el Proponente adjudicado, facultará a la Municipalidad, para aplicar una o varias de las siguientes medidas: a) Hacer efectiva administrativamente, cuando corresponda, las diferentes garantías recibidas. b) Exigir su cumplimiento judicial, con indemnización de perjuicio.
De las Obligaciones del Proveedor
11.1. Control de Calidad Para aquellos materiales y/o partidas que así lo requieren, en conformidad con las Bases Técnicas, la Unidad Técnica, podrá solicitar que se efectúen informes y controles de calidad, los que serán solicitados directamente por la Inspección Técnica y serán de cargo del Proveedor. 11.2. Del Vehículo Todo vehículo deberá indicar: Empresa Proveedora ó Fabricante, Fecha de Elaboración y Tipo o Modelo de éste. 11.3. De la Imagen Corporativa Todo bien, vehículo o maquinaria deberá tener la Imagen Corporativa del Gobierno Regional de Los Lagos y de la Municipalidad de San Juan de la Costa, o del organismo, servicio o ministerio que financia la iniciativa cuyo diseño será entregado al adjudicatario. Previo a la impresión de las graficas en los bienes y/o vehículos, el proveedor se obliga a solicitar la aprobación de esta a la Unidad técnica, debiendo para ello remitir de manera previa render o similares con el diseño de la gráfica.
INSPECCIÓN TÉCNICA
La Inspección Técnica será ejercida por la Secplan o quien la municipalidad designe.
Plazo de Entrega
El plazo máximo para la entrega de los bienes será de 45 días corridos, contados desde la publicación del Decreto Alcaldicio que aprueba el respectivo Contrato. El oferente podrá considerar un plazo inferior. Este plazo considera los tiempos de entrega, capacitación y toda otra actividad necesaria para su entera operación. 4.1 Ampliación de plazo El mandante podrá aumentar el plazo de entrega en caso de fuerza mayor, modificación de contrato, problemas en los procesos de importación o problemas administrativos comprobadamente ajenos al proveedor. Se entenderá como fuerza mayor que justifique una solicitud de aumento de plazo de entrega de los bienes, una situación ajena al proveedor tales como problemas de importación de los bienes, situaciones asociadas a la pandemia y que no sean de responsabilidad del proveedor y que sea demostrada adecuada y oportunamente al mandante. Lo señalado no dará derecho al proveedor a ser indemnizado por el mandante, ni implicará variaciones en el monto total contratado. Las solicitudes de aumentos de plazo contractuales serán autorizadas exclusivamente por el mandante, al cual se deberá enviar los documentos de respaldo que así lo acrediten.
Unión Temporal de Proveedores (UTP)
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Si se trata de una contratación superior a 1.000 UTM, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, en el caso del proveedor adjudicado, sin que sea necesario constituir una sociedad. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. Si el Municipio exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, se deberá presentar: a. Copia simple del Acuerdo de Unión, suscrito por los integrantes o sus representantes legales, en el cual se especifique: • Las condiciones para efectos de la presentación de la oferta y la adjudicación. • Pacto expreso de la obligación solidaria respecto del cumplimiento de las exigencias que se señalan en las presentes bases, de los contenidos de su oferta y de las normas legales pertinentes. La designación de un representante común, que será el encargado de mantener las comunicaciones con la Municipalidad durante la realización de la licitación. b. Sin perjuicio de lo ya expresado, en caso de resultar adjudicado éste, el Acuerdo de Unión deberá ser acompañado en original. Se deja constancia que los oferentes que formen un consorcio o unión temporal de proveedores, deberán presentar una oferta técnica común. Por otra parte, para el caso de consorcios o unión temporal de proveedores, la capacidad económica total será la suma de las capacidades económicas de los participantes. En el caso de las ofertas presentadas por consorcios o unión temporal de proveedores, deberán presentar una garantía única de seriedad de la oferta. Ante el evento que cada oferente entregue garantías parciales, se entenderá que no han dado cumplimiento con este requisito y la oferta quedará fuera de bases. En el caso que resulte adjudicada la oferta presentada por una unión temporal de proveedores o consorcio, sus integrantes serán solidariamente responsables de las obligaciones consignadas en el contrato respectivo y la oferta que lo complemente. En el acuerdo de unión, las partes podrán darle representación a uno de los integrantes de la unión, para que a través del o los representantes legales de éste, suscriban el contrato con la Municipalidad, en caso de serle adjudicado. A falta de esa mención en el acuerdo de unión, se entenderá que el contrato deberá ser firmado por los representantes legales de todas las entidades en unión. La forma en que las entidades en unión distribuyan el costo de formular la oferta, la ejecución de la oferta (en caso de adjudicación), la distribución del pago por los servicios contratados y la carga de trabajo a asumir para prestar los servicios, en caso de serle adjudicado, no será oponible a la Municipalidad y constituirá una materia que compete regular exclusivamente a los integrantes de la unión entre sí. En consecuencia, no podrán excusarse en el incumplimiento de alguno de sus integrantes para justificar el incumplimiento de todo o parte de las obligaciones del contrato. No podrá participa de esta licitación, el oferente que no cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley N° 19.886 y/o incurra en las inhabilidades que dicha disposición indica. De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 38 del Reglamento de la Ley N° 19.886, se podrá someter a evaluación el comportamiento contractual anterior de los oferentes, junto a los demás criterios que la misma norma establece . Estarán inhabilitados de participar los funcionarios del respectivo municipio y las empresas en que éstos participen mediante contrato o sociedad. También serán causales de inhabilidad aquellas contempladas en el estatuto administrativo (Ley Nº18.834), y en el reglamento del registro de contratistas respectivo. Inscripción de proveedores Los organismos públicos afectos a la Ley de Compras Públicas, como el caso de los municipios deben exigir a los proveedores que no se encuentren inscritos en la plataforma Chileproveedores al momento de adjudicar, su inscripción para poder contratarlos. Para los casos en que los proveedores adjudicados no estén inscritos, se otorgará un plazo de 10 días corridos, contados desde la fecha de notificación del Decreto que adjudica la licitación a través del Sistema de Información (24 horas desde su publicación), para que cumpla con dicho requisito.
MODALIDAD DE PAGO
El pago se realizará contra la recepción conforme de los bienes adjudicados, los cuales deberán estar instalados en su lugar designados por la unidad técnica y funcionando de forma íntegra. Del mismo modo el proveedor deberá haber capacitado a las personas que designe el ITO para la operación de los mismos. El monto de pago será determinado de conformidad a la oferta que se haya adjudicado y con mérito de la orden de compra respectiva y el contrato respectivo. El adjudicatario solo podrá cobrar los productos efectivamente entregados y con plena satisfacción de la persona o comisión nombrada para la recepción de los bienes. De los Pagos Los pagos se regirán por las siguientes reglas: El Proveedor solicitará a la Unidad Técnica por escrito que se curse el pago, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la entrega total de los bienes. La solicitud de pago será revisado por la Unidad Técnica para su aprobación o rechazo dentro de los 5 días siguientes a contar de la fecha de presentación del mismo. En caso de rechazo el plazo indicado comenzará a regir desde la fecha de presentación del pago reformulado con las observaciones debidamente corregidas. Cuando sea emitida la factura, deberá ser enviada en su formato “.xml” a la casilla dipresrecepcion@custodium.com, visada por la Unidad Técnica y aceptada por el Gobierno Regional durante la recepción del vehículo, lo anterior en un plazo de 3 días corridos con posibilidad de ampliarse a 5 días. Si el vehiculó no cuenta con recepción y por tanto no cuenta con Visto Bueno de la Unidad Técnica, no podrá aceptarse la Factura por parte del Gobierno Regional de Los Lagos. La Unidad Técnica deberá enviar la solicitud de pago al Mandante, en un plazo no mayor a 5 días desde que se recibió sin observaciones. La solicitud de pago deberá acompañar los siguientes documentos, en original y dos copias adicionales: a) Oficio de la Unidad Técnica dirigido al Gobierno Regional, manifestando la solicitud de pago y el detalle de la documentación que se adjunta. En el mismo Oficio se deberá informar si corresponde la aplicación de multas, además, la factura es enviada con su cuarta copia (cobro ejecutivo o cedible), b) Carta de solicitud de pago del Proveedor a la Unidad Técnica. c) Factura deberá ser emitida según los siguientes datos: - Razón Social Gobierno Regional de Los Lagos - Rol Único Tributario 72.221.800-0 - Giro Administración Pública. - Av. Decima Región Nº 480, 4º piso, Edificio Intendencia Regional, Puerto Montt. La primera glosa de la factura deberá detallar el nombre del proyecto y código BIP. Una segunda glosa deberá indicar lo siguiente: "Compra para la I. municipalidad de San Juan de la Costa". d) Copia del Certificado de Inscripción del (los) vehículo(s), en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, a nombre de la Municipalidad de San Juan de la Costa. e) Copia del comprobante del seguro obligatorio, a favor del Municipio beneficiario. f) Copia del Permiso de Circulación g) Copia del Certificado de Revisión Técnica h) Acta de recepción conforme de los vehículos, suscrita por comisión nombrada por la Unidad Técnica. i) Fotografías de los vehículos mostrando claramente la Imagen Corporativa del Mandante y la Unidad Técnica. j) Siempre que no se hayan remitido con anterioridad al Mandante, la solicitud de pago deberá incorporar: Copia del Contrato, Decreto o Resolución que aprueba el Contrato y Decreto o Resolución de Adjudicación. Con todo, previamente deberá encontrarse en custodia del Mandante, la boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato k) Otros documentos solicitados por la Unidad Técnica, el Gobierno Regional o mencionados por el contrato y que sean necesarios para respaldar el pago. En caso que la factura sea objetada, esta será remitida al adjudicatario para que subsane las objeciones realizadas dentro de 10 días, suspendiéndose entre tanto el plazo para el pago. Solo una vez subsanadas las objeciones, comenzara a correr nuevamente el plazo de 30 días para el pago.
FACTORIZACIÓN
Sólo una vez que se cuente con la recepción definitiva conforme, el proveedor podrá emitir la factura correspondiente, la cual será recepcionada exclusivamente por el Inspector Técnico. Posteriormente, y ante la eventualidad, que el proveedor celebre un contrato de Factoring o una cesión de crédito, éste deberá comunicarlo por medio de correo electrónico dirigido al Inspector Técnico del Contrato y al Gobierno Regional, dentro de las 48 horas siguientes a su suscripción. En el caso que el proveedor no de aviso oportunamente, dentro del plazo antes establecido, se descontará automáticamente y sin previo aviso, del estado de pago, una multa de 5 UF por cada día de atraso en dicho aviso. A su vez el Gobierno Regional solamente cumplirá los contratos de Factoring o de cesión suscritos por el proveedor, cuando no existan obligaciones laborales ni previsionales o multas pendientes. Cuando el crédito no esté factorizado o cedido, la Unidad Técnica, deberá adjuntar al estado de pago la factura respectiva incluyendo la cuarta copia denominada cuadruplicado “cobro ejecutivo cedible”, de manera de tener la certeza que el proveedor no ha suscrito factoring o cesión de crédito. Se deja constancia que la aceptación por parte del Gobierno Regional, deberá efectuarse en la oportunidad correspondiente y de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura. Conforme a ello, será obligatorio considerar que el plazo para que el Gobierno Regional de La Araucanía, pueda reclamar en contra del contenido de una factura, conforme al artículo 3 de la referida ley, se establece en 30 días corridos siguientes a su recepción, lo cual deberá constar por escrito en el contrato, que suscriba la Unidad Técnica y el proveedor.
Término Anticipado de contrato
La Municipalidad podrá dar término administrativamente y en forma anticipada a la relación contractual, en los siguientes casos: 22.1. Cuando el valor total acumulado de las multas exceda el 10% del valor adjudicado, incluidas sus modificaciones. 22.2. Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia. Se presumirá insolvencia del Proveedor cuando tenga documentos comerciales protestados o se encuentre en mora en el pago de las obligaciones previsionales o tributarias. 22.3. Si el Proveedor fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, siempre que tengan la calidad de miembros del Directorio, Apoderados o bien que tenga la Administración de la sociedad, sea por acto constitutivo o por delegación. 22.4. Si el Proveedor fuere una sociedad y se disolviera. 22.5. Por fallecimiento del Proveedor, cuando se trate de persona natural. En caso de producirse la terminación anticipada de la relación contractual, a excepción de lo señalado en el inciso 21.5, la Municipalidad podrá hacer efectivas de inmediato las garantías que obren en su poder.
RECEPCIÓN CONFORME DE LOS BIENES
Una vez realizada la entrega total de los bienes adjudicados, la Comisión de Recepción nombra para estos efectos, deberá emitir un informe de los bienes recibidos, una vez verificado el cabal cumplimiento de la entrega dentro de los plazos establecidos. En caso de encontrarse observaciones, estas deberán consignarse en un Acta, en la cual la comisión fijará un plazo para que el proveedor solucione a su costa lo observado. Si al término del plazo otorgado por la Comisión, el proveedor no ha solucionado las observaciones consignadas, la Municipalidad podrá a su arbitrio, poner término anticipado a la relación contractual, junto con hacer efectivas las garantías del fiel cumplimiento cuando corresponda. En este caso, se considerarán como días de atraso en la entrega de los bienes, todos aquellos días que sobrepasen el plazo contractual, incluyendo aquellos otorgados por la Comisión para solucionar las observaciones. Si al término del plazo otorgado por la Comisión, el Proveedor ha solucionado las observaciones consignadas en el Acta, no estará afecto a las multas establecidas en el Art. 20 de las presentes Bases. Una vez que la comisión haya verificado el cabal cumplimiento por parte del proveedor, se dará curso a la Recepción y se levantará un Acta que identifique el detalle y cantidad de cada uno de los bienes recepcionados, dicha Acta deberá ser aprobada mediante Decreto Alcaldicio. Realizada la Recepción única, sin observaciones, el proveedor solicitará la gestión del pago, presentando a la Unidad Técnica la factura correspondiente, la cual deberá contar con el VºBº del Inspector Técnico y el Director de la Unidad solicitante.
LIQUIDACION DEL CONTRATO
Una vez efectuada la Recepción referida presentemente, la Municipalidad procederá, dentro de los treinta días corridos siguientes, a realizar la liquidación del contrato, acto que se aprobará mediante Decreto Alcaldicio. En dicho decreto se resolverá la devolución de la boleta de garantía a que se hace mención en el Art. 16.2. de las presentes Bases. En el evento que el contrato haya terminado anticipadamente según lo establecido en estas BA, la liquidación del mismo se sujetará a las siguientes formalidades: 1) El decreto Alcaldicio que apruebe u ordene el término anticipado del contrato, designará a la vez a la Comisión liquidadora del mismo, la que actuará válidamente con la concurrencia de la mayoría de sus miembros. 2) Esta Comisión tendrá un plazo de quince días hábiles, contados del decreto antes mencionado, para emitir un informe fundado que permita la liquidación del contrato. 3) Con el informe mencionado en el punto anterior, se procederá a efectuar la liquidación del contrato que será remitida al proveedor para su conocimiento y concurrencia al municipio para su suscripción en el plazo que se indique en dicha carta. Una vez vencido el plazo señalado haya o no concurrido el proveedor a la suscripción de la liquidación mencionada, ésta será suscrita por el alcalde y los miembros de la comisión, siendo aprobada por decreto Alcaldicio.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.