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Resolución de Empates |
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En caso de existir empate entre uno o más oferentes en la nota final, se tomarán criterios objetivos a la hora de dirimir el empate, de acuerdo al siguiente orden: Se optará y seleccionará la oferta que obtenga mayor puntaje en el criterio “Precio”; si se mantiene el empate, se privilegiará al oferente que tenga mayor puntaje en el ítem “Lugar de Acopio”. Si persiste el empate, se deberá optar por quien tenga el mayor puntaje en el criterio “Presencia Local”. de continuar el empate se resolverá favoreciendo al oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio “Programa Integridad”. Si aplicando todo lo anterior el empate se mantiene, se optará por quien obtuvo el mayor puntaje en el ítem “Cumplimiento de Requisitos”.
Si aún con ello persiste el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que primero ingresó su oferta al portal; dato que se obtendrá del Comprobante de Ingreso de Oferta, Datos de Oferta, Fecha y Hora de Ingreso.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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INSPECCION TECNICA DEL SUMINISTRO |
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El Inspector técnico en su cometido de fiscalización deberá ceñirse a lo indicado en las bases administrativas, Términos de Referencia y demás antecedentes que sirvieron de base para la evaluación y aprobación de la presente licitación.
La Municipalidad designará a un Inspector Técnico para la presente licitación quien será responsable de supervisar y controlar la correcta ejecución del contrato derivado de la presente licitación.
Funciones del Inspector Técnico:
1. Verificar el cumplimiento del servicio, de acuerdo a lo establecidos en los términos de referencia y bases de la presente licitación y/o contrato, conforme a los plazos pactados.
2. Controlar salida o entrega de Material de Aridos
3. Revisar y validar la recepción conforme (comprobante de aridos entregados por el oferente), cuando se solicite.
4. Informar incumplimientos contractuales y proponer la aplicación de multas u otras sanciones, de acuerdo con lo estipulado en las presentes Bases y Términos de Referencia.
5. Registrar observaciones técnicas en caso de detectar deficiencias o incumplimientos en la ejecución del contrato.
6. Ingresar el estado de pago en la Unidad de Contabilidad, para su tramitación y posterior envío a la Dirección de Administración y Finanzas.
7. Velar por el cumplimiento integral del contrato, manteniendo comunicación permanente con las unidades involucradas.
El Inspector Técnico actuará como contraparte técnica del proveedor durante toda la ejecución del contrato, sin perjuicio de las facultades de otras unidades municipales competentes.
Unidad Técnica: Para efectos de estas bases, la Unidad Técnica estará constituida por la Dirección de Servicios Generales, específicamente en su director o quien le subrogue, o quien sea designado como Inspector Técnico. No obstante, el municipio se reserva el derecho de designar un Inspector Técnico del Servicio perteneciente a otra unidad municipal.
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