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DEFINICIONES |
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Además de las definiciones contempladas en el artículo 2 del Reglamento de la Ley 19.886, las que forman parte integrante de las presentes Bases, se entenderá por:
a. Mandante: Corporación Nacional Forestal, que es la entidad que encomienda los trabajos materia de la presente Licitación Pública, poniendo a disposición del oferente los fondos necesarios para la realización de los trabajos.
b. Unidad Técnica de CONAF: Dependencia de la Corporación Nacional Forestal, a la que corresponde efectuar el control técnico y administrativo del desarrollo de la obra y de sus etapas de entrega.
c. Especificaciones Técnicas: El pliego de características que deberán cumplir los trabajos materia de la presente licitación, incluyendo las normas sobre procedimiento de elaboración, exigencia a que quedan sometidos los materiales y pruebas que deben superar las diferentes etapas de ejecución.
d. Inspector Técnico de Obra (I.T.O.): La persona que, en representación del director regional de la CONAF, actúa y se relaciona administrativa y técnicamente con el contratista en todas las materias relacionadas con el contrato de ejecución de la Obra, asumiendo la responsabilidad y la obligación de supervisar el cumplimiento correcto y oportuno en la ejecución del proyecto.
e. Presupuesto Oficial: El estudio detallado, efectuado por la Corporación, de las cubicaciones, precios unitarios y precio total previsto para una obra, y que representa su opinión oficial y justa sobre su verdadero valor.
f. Encargado técnico: El funcionario que, designado por el Director Regional de la Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama, se le asignen las funciones de coordinación y dirección de los distintos estamentos de la licitación, durante la ejecución del proyecto o vigencia del contrato.
g. Administrador de la obra: es el profesional competente solicitado por las presentes bases de licitación, quien representa al contratista y es el responsable de dirigir y controlar la obra.
h. Propuesta: La cotización ofrecida por el proponente para los objetos indicados en la letra anterior, la que deberá ajustarse a los antecedentes suministrados para la licitación.
i. Aumento o disminución de obras: La modificación de las cantidades de obras previstas en el proyecto materia de la presente licitación.
DE LAS PARTES
Las partes que concurrirán a la celebración del contrato serán:
a) El Oferente: que ejecutará las tareas materia de la presente licitación, hasta su total terminación, de acuerdo con los términos expresados en estas bases, en especial, las especificaciones técnicas, ofertas y demás documentos que fueren pertinentes.
b) El Mandante: Corporación Nacional Forestal, entidad que encomienda los trabajos materia de la presente Licitación Pública, poniendo a disposición del oferente los fondos necesarios para la realización de aquéllos.
COTIZACIÓN U OFERTA
La cotización u oferta deberá presentarse EXCLUSIVAMENTE a través del portal www.mercadopublico.cl, a más tardar el día de cierre que indique la publicación en el portal. El o los precios de la oferta deberán ser entregados en moneda nacional, sin reajustes de ninguna especie y se ajustará (n) a la modalidad de Suma Alzada. La oferta debe ser ingresada en valores netos.
La cotización presentada deberá tener validez por los siguientes 90 días corridos a contar desde la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO
El plazo máximo para la ejecución de las obras será el indicado por el Proveedor en su Oferta Técnica, el que no podrá ser superior a 30 días corridos a partir de la fecha de firma del contrato.
En caso que el proveedor invoque como causal de ampliación de plazo, aumentos de obras ordenados por la Unidad Técnica o situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, reconocidas como tales por el ITO de la Unidad Técnica, la Corporación podrá otorgar un aumento en el plazo de entrega de la obra, el que será autorizado por la DIRECCIÓN REGIONAL de CONAF.
PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales o jurídicas, que estén inscritas en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl.
Aquellos participantes que al momento de la presentación de sus ofertas no estén inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”, estarán obligados a inscribirse previo a la fecha de suscripción del contrato.
Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el inciso cuarto del artículo 4 de la Ley 19.886, norma que dispone que ningún órgano de la Administración del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios, con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley 18.575, antecedente del mismo regulado por el DFL. 1/19653 del año 2000, ni con sociedades de personas de las que aquellos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Asimismo, quedarán excluidos de esta licitación pública quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
Esta licitación pública y los servicios que de ésta se desprendan se realizarán y regirán por los siguientes documentos:
• Las Bases Administrativas y Técnicas, las especificaciones y los anexos que se incluyan en este proceso de licitación.
• Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivadas del procedimiento establecido en las presentes Bases de licitación.
• La oferta técnica y la oferta económica del oferente adjudicado.
• El contrato correspondiente a la adjudicación de los servicios licitados, sus anexos y los documentos que se entiendan incorporados al mismo.
• Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas de esta licitación pública, si las hubiere.
• Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación.
La Corporación podrá modificar y/o hacer aclaraciones a las Bases de esta licitación, hasta antes de la fecha de cierre de la misma, por propia iniciativa, a objeto de precisar o complementar elementos de su contenido que, a su juicio, no hayan quedado suficientemente claros, y/o a causa de las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras, otorgando un plazo prudente para que los oferentes incorporen las modificaciones en sus propuestas.
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APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de compras del Estado y se podrá invitar a los integrantes de la Comisión de Evaluación.
En la apertura del proceso, serán declaradas inadmisibles las ofertas que no hayan presentado el documento de garantía por seriedad de la oferta, indicado en las presentes bases.
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Las ofertas serán evaluadas por una Comisión de Evaluación compuesta por los siguientes funcionarios:
- Administradora P.N.Llanos de Challe o quien se designe en su representación
- Jefe Dpto. Áreas Silvestres Protegidas o quien se designe en su representación
- Jefe Provincial Oficina Provincial Huasco o quien se designe en su representación
- Abogada Jefa Unidad Jurídica CONAF Atacama o quien se designe en su representación como ministro de fé, quien no será parte de la comisión.
La secuencia de evaluación considerará, primero, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Participación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para concluir en la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases.
Se contará con la participación de un ITO, quien no será parte de la comisión.
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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “EXPERIENCIA”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “METODOLOGIA”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "PRECIO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “PARTICIPACIÓN VISITA A TERRENO VIRTUAL”.
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DE LA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y, podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en las presentes Bases.
Podrá además, declarar desierta la Licitación pública cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos últimos casos, dichas declaraciones deberán ser manifestadas por Resolución Fundada.
La adjudicación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación.
Esta licitación pública se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, salvo en los casos en que se produzca igualdad de puntaje; situación en la cual se aplicará la jerarquización de criterios indicados en el punto anterior.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl
Si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en las presentes bases de licitación públicas, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
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MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
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La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
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ANTECEDENTES DEL CONTRATO |
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Los antecedentes legales que debe cumplir y/o entregar el oferente adjudicado (persona natural o jurídica, según corresponda) al momento de la confección del contrato, son los siguientes:
Encontrarse inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”. De no estar inscrito, deberá cumplir la instrucción de la Circular N° 09, de fecha 6 de Marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda, que se transcribe a continuación: “En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva”.
Copia de la escritura con certificado de vigencia, en que conste la personería de su (s) representante (s) legal (es), en caso que el adjudicatario fuere una sociedad. No se hará efectiva esta exigencia en caso que este antecedente se encuentre publicado en el registro electrónico “Chileproveedores”.
Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta garantía se hará efectiva en caso que el oferente adjudicado no suscriba el contrato de prestación de servicios en el plazo señalado y/o no haga entrega de la garantía por el fiel cumplimiento del contrato. Dicho cobro se realizará sin mayor trámite, mediante simple acto administrativo.
Todos los gastos notariales e impuestos correspondientes a la protocolización del contrato, serán de cargo del contratista.
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SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
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CONAF y el adjudicatario suscribirán un Contrato, el cual será publicado en la respectiva licitación pública del portal de compras. Este contrato será confeccionado por la Unidad Jurídica Regional de CONAF y en él se establecerán las cláusulas que regirán el proceso de adquisición, incluyendo derechos y obligaciones, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las presentes Bases. Contrato que deberá ser firmado por el adjudicatario dentro de los 5 días hábiles siguientes de haber sido puesto a su disposición, para la firma, por parte de la Unidad Jurídica Regional de la Corporación Nacional Forestal.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto CONAF tendrá derecho a encomendar la realización de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la oferta.
Del mismo modo, en el caso que el oferente adjudicado no entregare la garantía de fiel cumplimiento del contrato, la CONAF tendrá derecho a encomendar la realización de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la oferta.
Cualquier diferencia en la interpretación de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, será resuelta administrativamente por CONAF.
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DE LOS PAGOS |
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La Corporación Nacional Forestal tramitará la factura a pago con los siguientes adjuntos:
- Informe técnico de recepción conforme firmado por el ITO del proyecto y Jefe Dpto Áreas Silvestres Protegidas.
- Copia de los contratos.
NOTA: La devolución de la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato se hará previa entrega de la Copia del pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores que están en la obra. Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales (F30) si correspondiera.
Condiciones de CONAF para pago.
CONAF, se reserva el derecho de poder generar dos órdenes de compra por la misma licitación, esto es porque los presupuestos corresponden uno a fondos propios y otro a fondos de terceros. Por lo anterior el proveedor que se adjudique dicha licitación tendrá que entregar dos facturas que la sumatoria no debe superar el monto total de $9.700.000 Impuesto incluido.
FACTORING
El contratista en la eventualidad que envíe las facturas a una empresa de factoring debe informar oportunamente mediante una carta dirigida al Director regional de CONAF Atacama, indicando claramente todos los antecedentes de la empresa de factoring, incluido el contrato de la empresa, para que la Tesorería proceda a realizar los pagos correspondientes.
Que se procederá el pago cuando se dé cumplimiento al procedimiento de los pagos y no existan obligaciones o multas pendientes (art. 75 reglamento de compras)
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DE LOS SUBCONTRATOS |
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Se permite la subcontratación. Sin embargo, el adjudicatario será siempre responsable de todas las obligaciones para con los trabajadores, empleados, proveedores u otros que omita pagar el subcontratante. El adjudicatario deberá cumplir con todo lo establecido en la normativa de accidentes laborales Ley 16.744.-
Si el adjudicatario no se encuentra al día en los pagos de sus trabajadores y/o de las obligaciones con el subcontratante, no se cursará el Pago alguno, hasta que no regularice dicha situación. Para acreditar esta circunstancia se le exigirán los certificados correspondientes.
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DE LOS AUMENTOS, DISMINUCIONES, MODIFICACIONES O SERVICIOS NUEVOS |
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Si se produjeren variaciones en las necesidades institucionales durante la vigencia del contrato, será la Corporación Nacional Forestal quien autorice todas las modificaciones del contrato ya sea de monto o plazo como entidad Mandante previa solicitud de la Unidad Técnica CONAF. En caso de aumento de reparación que involucren aumentos de recursos, estos deben ser debidamente justificados y deberán corresponder a obras imprevistas que no fue posible de estimar con los antecedentes del proyecto. En este caso, deberá quedar consignado en el respectivo libro de obras y en un Anexo de Contrato.
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DEL TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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La Corporación podrá poner término anticipado al contrato, y a su voluntad podrá proceder al trato o contratación directa en los casos autorizados por la ley y el reglamento, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieren constituido, si concurre alguna de las causales que se señalan:
a. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
b. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
c. Declaración de quiebra o incapacidad sobreviniente.
d. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
e. Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
Casos en lo que no procederá el cobro de garantía
a. Mutuo acuerdo entre los contratantes, Resciliación.
b. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
c. Caso Fortuito o Fuerza Mayor.
d. Caso de muerte del adjudicatario, para personas naturales.
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DEL TERMINO DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO |
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La Corporación podrá poner término anticipado al contrato, y a su voluntad podrá proceder al trato o contratación directa en los casos autorizados por la ley y el reglamento, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieren constituido, si concurre alguna de las causales que se señalan:
La Corporación podrá además dar término al contrato en caso de que el adjudicatario incumpla gravemente cualquiera de sus obligaciones. Para todos estos casos se hará efectivo el cobro de la Boleta de Garantía. Se considerarán para estos efectos incumplimientos graves las siguientes:
a. Atrasos y demoras NO autorizadas por la Dirección Regional de CONAF, en la realización de las obras materias del presente contrato.
b. No pago íntegro y oportuno de las obligaciones legales a sus trabajadores.
c. Mala ejecución del servicio, situación calificada directamente por CONAF.
d. Incumplimiento reiterado y no justificado de las obligaciones que forman parte de las bases administrativas y especificaciones técnicas y de todos aquellos documentos que forman parte integrante de este contrato.
e. La no constitución oportuna ni la existencia, entrega y/o mantención continua de la vigencia de las garantías señaladas.
f. Incumplimiento de otras obligaciones esenciales, calificadas como tales al momento de suscribir el respectivo contrato, como asimismo en los demás documentos que las partes tienen como integrante del mismo.
g. En caso que las multas aplicadas, por cualquier concepto, superen un 4%.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta licitación. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la mencionada modalidad FORO.
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MODIFICACIONES A LAS BASES |
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La Corporación podrá modificar y/o hacer aclaraciones a las Bases de esta licitación, hasta antes de la fecha de cierre de la misma, por propia iniciativa, a objeto de precisar o complementar elementos de su contenido que, a su juicio, no hayan quedado suficientemente claros, y/o a causa de las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras, otorgando un plazo prudente para que los oferentes incorporen estas modificaciones en sus ofertas.
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INTERPRETACIÓN DE LAS BASES |
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Toda diferencia en la interpretación de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos pertenecientes a esta licitación pública, será resuelta administrativamente por CONAF.
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TRABAJADORES DEPENDIENTES DEL ADJUDICADO |
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Será de responsabilidad única exclusiva del adjudicatario velar por la salud, seguridad e integridad de sus trabajadores dando estricto cumplimiento a la ley 16.744.
Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio adquirido serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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OBSERVACIONES A LA APERTURA DE LAS OFERTAS |
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Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Solamente para el caso de Apertura de las propuestas, automáticamente serán rechazadas las ofertas que no cuenten con el documento de garantía por seriedad de la oferta.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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En caso de que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo fatal de 24 horas contados desde el requerimiento de CONAF, a través del FORO. Se exceptúa de esta opción la entrega de antecedentes técnicos y económicos, los cuales deberán ser entregados antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. (Artículo N° 40 del Reglamento).
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CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN |
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CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO Inverso del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten, deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrá constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del correo electrónico del funcionario encargado de la licitación, las que serán respondidas por el mismo medio. Sólo se responderán las consultas ingresadas hasta 48 horas (hábiles) a contar de la adjudicación.
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READJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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En los casos en que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta.
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CONTRAPARTES DE CONAF |
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Las contrapartes técnicas de CONAF ante el oferente adjudicado, la ejercerán el Encargado Técnico del Proyecto (o quien lo represente) y el I.T.O. de la obra. La contraparte administrativa de CONAF la ejercerá la encargada de Finanzas y Administración (o quien los represente).
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ALCANCE FINAL |
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Las Bases Administrativas y Técnicas de esta licitación pública, como también las aclaraciones a consultas realizadas a través de las modalidades FORO y FORO INVERSO del portal de compras, forman parte de las condiciones particulares del contrato que se suscriba en virtud de esta licitación pública.
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MULTAS Y SANCIONES |
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La aplicación de las multas se hará sobre el valor NETO del contrato, administrativamente, sin forma de juicio y se deducirán de los estados de pago, de las retenciones hechas al adjudicatario, o de la garantía del contrato si aquellas no fueren suficientes.
Por Atraso
El atraso en la entrega de los servicios contratados será la diferencia expresada en días corridos que exista entre el término del plazo establecido en el contrato, más las ampliaciones de plazo, si las hubiese, y la fecha en que verificada por la ITO la conclusión del servicio del contrato que el proveedor informa como término de obras.
El atraso no autorizado en la ejecución y entrega de las obras, facultará a CONAF para resolver administrativamente con Cargo al Contrato una multa por cada día de atraso en el cumplimiento del plazo contractual la que será equivalente a 0.1% del valor total del contrato.
En el caso que la CONAF ordene una paralización de Obra y el adjudicatario no acatare la orden, el periodo trabajado estará afecto a igual multa que los días de atraso.
Si durante la ejecución de la obra se produjeren atrasos parciales, ocasionados por fuerza mayor o por caso fortuito, el adjudicatario deberá presentar a la Inspección de la obra su justificación por escrito y consignado en el libro de obras, antes de que transcurran 7 días corridos desde que se hayan producido; pasado este período no se aceptará justificación alguna. La I.T.O de la Corporación Nacional Forestal estudiará el informe presentado y las razones invocadas por el adjudicatario para justificar el atraso y resolverá la aceptación o rechazo de la ampliación del plazo.
Las interrupciones que puedan experimentar las obras a consecuencia del rechazo por la Inspección de materiales que no cumplan las condiciones del contrato, no autorizan al adjudicatario para solicitar prórroga del plazo.
Por incumplimiento de instrucciones de la l.T.O.
Si el adjudicatario no cumpliere una instrucción de la I.T.O (Instrucción que se refiere a una observación asociada a un plazo para ser subsanada, con una fecha establecida de solución y esté estipulada en el libro de obra por la I.T.O.) se le aplicará una multa de 0.5% sobre el monto del contrato por cada día que no se haya subsanado la observación una vez cumplido el plazo establecido por la I.T.O. Ante esta medida el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar sus descargos al I.T.O.
Si el contratista no apela o si la apelación fuera rechazada y se resistiese a acatar la orden impartida el mandante podrá, previa notificación, suspender la tramitación de los estados de pago según la gravedad del caso, y previa notificación hecha con 10 días hábiles de anticipación al contratista, poner término anticipado al contrato por causas imputables a éste.
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MODIFICACIÓN DE PROGRAMA DE TRABAJO DURANTE LA EJECUCIÓN. |
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El adjudicatario podrá realizar ajustes en el Programa de Trabajo durante la ejecución del servicio hasta en 3 ocasiones distintas, que en ningún caso estos ajustes podrán implicar un aumento del plazo ofertado.
En el caso de ocurrir atraso o suspensión ocasionado por fuerza mayor o caso fortuito la empresa deberá entregar la programación de trabajo actualizada la que debe estar autorizada por el Encargado Técnico.
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DENUNCIAS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO |
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Es obligación del adjudicatario efectuar la denuncia de los accidentes de trabajo, y su no cumplimiento será sancionado con una multa de una a tres UTM, con cargo a las garantías y su aplicación, cuando fuere necesario, se hará administrativamente.
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JURISDICCIÓN APLICABLE |
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Cualquier dificultad que surja entre las partes será resuelta, una vez agotadas las gestiones extrajudiciales, por la Justicia Ordinaria, a la cual desde ya se someten las partes, estableciendo como domicilio la ciudad y comuna de Copiapó. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades que la Contraloría General de la República pueda ejercer sobre la materia cuestionada.
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UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP) |
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De conformidad al artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas, dos o más proveedores podrán ofertar en el presente proceso licitatorio por medio de una Unión Temporal de Proveedores. Los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deberán acompañar respecto de cada uno de ellos los mismos antecedentes y cumplir con los mismos requisitos que los señalados precedentemente para las personas naturales y/o personas jurídicas, según corresponda.
Las UTP no podrán ocultar información relevante que afecte a alguno de sus miembros. En caso de hacerlo, se entenderá como un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato por parte del proveedor, dando lugar al cobro de la garantía de fiel cumplimiento y a la resolución del contrato anticipadamente.
Siendo la presente contratación de un monto superior a 1000 UTM, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública y deberá ser presentado una vez adjudicada la licitación. Sin perjuicio de lo anterior, los proveedores que formen parte de la UTP podrán presentar, al momento de ofertar, documento privado para la constitución de la UTP, que luego deberá ser formalizado a través de escritura pública una vez efectuada la adjudicación. La escritura pública de constitución deberá contener, al menos, las siguientes estipulaciones:
Establecer la solidaridad entre los proveedores que componen la UTP respecto de todas las obligaciones que se generen en virtud de la presente Licitación.
Establecer un apoderado, con facultades suficientes, para representar a los integrantes de la UTP ante la Corporación durante el proceso de licitación y hasta la total ejecución del servicio requerido y de todas las obligaciones que emanen de este.
Establecer el miembro de la UTP que facturará.
La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la vigencia de las obligaciones que emanen de las presentes bases y del contrato. Toda modificación que experimente la UTP deberá cumplir con las mismas formalidades necesarias para su constitución, debiendo informar a la Corporación de inmediato"
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OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO |
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*El adjudicatario deberá revisar y conocer completamente el proyecto, ejecutando todos los trabajos solicitados de manera completa y oportuna, en tiempo y forma, con estricto apego a las bases.
*El adjudicatario debe dirigir los trabajos personalmente o a través de un profesional o especialista competente, por él designado, y atenderlos de manera que el avance de la obra esté de acuerdo con el programa de trabajo aprobado.
*Cualquier modificación al proyecto original deberá ser autorizado por el mandante y deberá registrarse en el libro de obras.
*La Corporación Nacional Forestal podrá exigir en cualquier tiempo que el adjudicatario mantenga un Arquitecto, Ingeniero Constructor o Constructor Civil, especialmente mandatado a cargo de las obras que se contraten.
*El adjudicatario está obligado a cumplir con todas las normas que el proyecto considera, gestionando y pagando todos aquellos permisos o autorizaciones que el proyecto requiera.
*Será responsable de todo el personal contratado para la ejecución de obras cumpliendo con normas de seguridad y prevención de riesgos asociado a dicho trabajo.
*El adjudicatario se obliga a cumplir las leyes laborales vigentes así como también toda normativa legal vigente aplicable al contrato.
*El adjudicatario deberá dar cumplimiento al Reglamento Especial para empresas contratistas y sub-contratistas de seguridad y salud en el trabajo, de CONAF.
*El adjudicatario deberá habilitar y mantener un libro de obras foliado y triplicado, en el que se anotarán las novedades de su ejecución y las instrucciones que imparta el Inspector, como las modificaciones que se autoricen en la obra, el que estará disponible y a la vista de CONAF en cualquier tiempo y cuando el mandante o sus delegados así lo requiera.
*Será obligación del adjudicatario mantener, en obra, copia de todos los contratos de trabajo, así como también todos los trabajadores deberán portar su cédula de identidad.
*Cuando el ITO y/o mandante encuentren trabajos en mal estado, podrá ordenar al adjudicatario rehacer la parte mal ejecutada. Los gastos que esto demande deberán ser pagados por parte del contratista considerando la inspección del ITO.
*Todas las herramientas, materiales e insumos necesarios para la óptima ejecución del servicio deberán ser proporcionados por el adjudicatario.
*Durante la ejecución del servicio, el adjudicatario contará con las medidas de seguridad y vigilancia necesarias para evitar pérdidas, hurtos, robos, daños o perjuicios producidos en el trascurso de la intervención.
*El adjudicatario deberá considerar todas las medidas necesarias para evitar daños a la obras, a su personal y a terceros. Si a pesar de las precauciones hubiese daños o perjuicios, el contratista queda obligado a reparar los daños causados e indemnizar los perjuicios.
*El adjudicatario asumirá todos los riesgos e imponderables de la reparación que signifiquen mayores costos, cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia. Así como de aquellos derivados de la mala construcción, por el empleo de materiales deficientes o de mala calidad. Por su parte será único y exclusivo responsable, de todos los daños provocados a las instalaciones, al medio ambiente, a funcionarios de CONAF o los ocasionados a terceros, por actos culpables o negligentes que se verifiquen en el desarrollo del servicio.
*Durante la ejecución del servicio se deberá mantener el orden y la limpieza en toda el área de intervención. Si el contratista no cumpliera con tal responsabilidad, el mandante podrá contratar a un agente externo, que realice tales funciones, descontando de la cantidad ofertada el costo de esta labor.
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RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO |
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Es responsabilidad del contratista la carga y descarga de materiales, traslado de materiales, retiro de escombros, etc.
Como toda Empresa que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, el adjudicatario respectivo deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que le imparta al inspector respectivo sobre la materia, durante el desarrollo de la ejecución del servicio. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y previsional vigente.
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DEL LIBRO DE OBRAS |
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El libro de Obras deberá ser en triplicado y quedará bajo la custodia del adjudicatario, quien será el responsable en caso de su extravío, enmendaduras, destrozos o adulteraciones que contengan. Asimismo, será obligación del adjudicatario mantener dicho Libro en un sitio adecuado para efectos de anotaciones oportunas de órdenes que sean impartidas o efectuadas por los profesionales del Proyecto. El Libro de la Obra quedará en poder de CONAF al término de la Obra, sin perjuicio que durante toda la vigencia del contrato CONAF tendrá libre acceso al mismo en cualquier tiempo.
Este libro comenzará una vez iniciada la obra, registrando proceso constructivo e hitos importantes del desarrollo del proyecto. Dejando constancia de los siguientes aspectos del proceso;
*Visitas relacionadas con el desarrollo del proyecto, órdenes, instrucciones, observaciones y comunicación que estimen oportunas la inspección técnica de Obra (ITO) y/o el mandante.
*En caso de paralización transitoria, o de fuerza mayor, se deberá explicitar las causas de dicha decisión.
*En caso de existir observaciones al momento de recepcionar el servicio.
*Las autorizaciones de posibles modificaciones del servicio.
*Cualquier otro aspecto que el jefe de obra considere relevante durante la ejecución.
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SEGUROS |
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El Contratista y/o sus Subcontratistas contratarán y mantendrán vigente hasta la recepción definitiva de las obras por parte de CONAF, los seguros que se mencionan a continuación. Los seguros deberán cubrir los riesgos de todo el personal y de sus acciones.
a. Seguro de compensación legal de accidentes del trabajo. Se exige de acuerdo a Ley N° 16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
b. Seguro contra todo riesgo de Construcción y Montaje. El Contratista deberá contratar a satisfacción del Mandante, un seguro contra todo riesgo de Construcción y Montaje, para cubrir las obras del Contrato, por el plazo que dure la ejecución de la obra y su aumento de plazo. El Contratista deberá incluir también en este seguro, las maquinarias y equipos móviles de su propiedad, que ocupará en la ejecución de las obras, como también los equipos y materiales del Proyecto, proporcionados por él y por el Mandante, que el Contratista o sus Subcontratistas deban montar. Además, deberá cubrir por medio de un adicional, el riesgo de transporte de los equipos y materiales de propiedad del Mandante y del Contratista, que deban ser trasladados desde sus propias bodegas, bodegas del Mandante, o bodegas de proveedores hasta el lugar de las obras. El seguro contra todo riesgo de construcción y montaje deberá cubrir en todo momento el costo total de las obras construidas, tanto directamente por El Contratista, como por sus Subcontratistas y todos los bienes y personas relacionadas con la obra de construcción. Se debe establecer claramente como asegurado adicional a la CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL.
c. Seguro de Responsabilidad Civil de Construcción. El Contratista deberá contratar a satisfacción del Mandante, un seguro contra daños a la propiedad pública y privada, y a las personas, para cubrir una responsabilidad civil, por el plazo que dure la ejecución de la obra y su aumento de plazo y por un monto equivalente al 10 por ciento del monto total del contrato. Esta póliza deberá ser de "Responsabilidad Civil Cruzada", considerando el personal, los bienes y las instalaciones del Mandante, como si fueran de terceros. Se debe establecer claramente como asegurado adicional a la CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL.
Las cláusulas de cobertura que deberá incluir, serán al menos las siguientes:
1.-Muerte de terceras personas y lesiones corporales causadas a las mismas.
2.-Daños causados a bienes de propiedad o arrendados directamente por el Mandante.
3.-Daños por incendio y explosión causados por El Contratista, su personal o terceros, como subcontratistas, instaladores, etc., o personal de éstos, que trabajen en la obra.
El hecho que el Mandante apruebe y acepte los seguros anteriores no limita la responsabilidad del Contratista, si los daños exceden el monto de la póliza o lo reglamentado por las autoridades o institutos de previsión. En tal caso el Contratista quedará personalmente responsable de cubrir cualquier diferencia. El Mandante está facultado para pagarse de los daños causados con ocasión del respectivo Contrato, de la garantía de fiel cumplimiento del Contrato. En caso que el Mandante ejerza esta facultad, el Contratista podrá recurrir al seguro para recuperar parte o el total del costo de los daños.
El Contratista se obliga expresamente a responder y pagar todo daño o perjuicio que se produzca o se ocasione en accidentes de tránsito u otros relacionados con el servicio contratado, cualquiera sea la causa, razón o motivo del accidente originado por responsabilidad total o parcial del Contratista. Dicha responsabilidad se extenderá incluso a aquellos casos en que encontrándose asegurado el riesgo respectivo, la Compañía de Seguro retardare el pago, o se negare a pagar los daños resultantes de acuerdo con cláusulas de la póliza u otras normas legales o reglamentarias o a disposiciones internas, comprometiéndose el Contratista a asumir la total responsabilidad en el accidente y a soportar el pago de tales daños o perjuicios, liberando al Mandante por los hechos que se produzcan y de todo cobro que se le formule.
El Contratista deberá mantener vigentes los Seguros mencionados, durante los periodos señalados para cada seguro. En caso de otorgarse extensión del plazo contractual o atraso en la Recepción Provisoria, el Contratista deberá prorrogar el período de vigencia de los Seguros, en igual número de días y el costo de éstos, será de cuenta del Contratista. El Mandante se reserva el derecho de verificar y exigir la vigencia de los Seguros anteriormente indicados. El contratista deberá acompañar una fotocopia de las pólizas de los seguros contratados al momento de la suscripción del contrato los cuales quedarán como antecedentes de dicho instrumento.
Todas las gestiones que sea necesario realizar ante las Compañías de Seguros, deberá hacerlas el Contratista a su cargo y costo. En todos los seguros deberán figurar como beneficiarios (asegurados) el propio Contratista y el Mandante.
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SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL |
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Obligaciones Específicas Para Empresas Contratistas, Subcontratistas y Servicios Transitorios.
Las Empresas Contratistas y/o Subcontratistas, deben dar cumplimiento íntegro a lo establecido en el Reglamento Especial Para Empresas Contratistas y Sub – Contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo, también deberán cumplir con las siguientes obligaciones en materia de higiene y seguridad laboral:
a).- Equipo de Protección Personal:
Todo el personal dependiente de los contratistas o de las empresas subcontratistas deberá contar y utilizar correctamente los elementos de seguridad que sean requeridos en función de la tarea que se esté ejecutando.
En los lugares o faenas que presenten riesgos de daños o lesiones a la vista, el personal deberá utilizar anteojos de seguridad con protección lateral.
En ambientes donde se produzcan emanaciones tóxicas y en trabajos de limpieza con solventes y/o en interior de equipos, el personal deberá utilizar respiradores, guantes, delantales y cualquier otro elemento de protección personal que exija la hoja de seguridad del producto y en cualquier otra situación de trabajo especial o que requiera la utilización de alguna máquina o herramienta deberá utilizarse los elementos de protección personal indicados en las etiquetas de seguridad o manuales del fabricante.
b)- Protección de Máquinas - Herramientas:
El contratista o la empresa contratista deberán mantener protegidas las partes móviles y transmisiones de los equipos y máquinas-herramientas que utilice en la ejecución del trabajo.
Todas las máquinas y herramientas deben estar en perfectas condiciones de uso y mantención.
c).- Servicios Higiénicos:
El contratista o las empresas sub-contratistas deberán proveer de los servicios higiénicos acordes a lo exigido en el D.S 594 reglamento de condiciones sanitarias básicas y ambientales en los lugares de trabajo, debiendo mantenerlas ordenadas, limpias y en condiciones higiénicas.
La disposición final de los residuos deberán ser dispuestos en lugares autorizados por la autoridad Sanitaria (entregar certificado de disposición final).
e).- Antecedentes de las Empresas Contratistas, Subcontratistas y Servicios Transitorios
Copia de los contratos que mantiene la Corporación con las respectivas empresas contratistas, y de éstas a su vez con las subcontratistas, así como los que mantenga con empresas de servicios transitorios.
Copia de la Razón Social de la(s) empresa(s), Rut y certificado de afiliación al Organismo Administrador de la Ley N° 16.744.
Cronograma de las actividades o trabajos a ejecutar, indicando el nombre o razón social de la(s) empresa(s) que participará(n) en su ejecución (Carta GANTT).
Listado de los trabajadores suministrados por la(s) empresa(s) contratista o/y sub-contratista.
Actas de entrega de los respectivos elementos de protección personal y ropa de trabajo a sus trabajadores.
Una vez iniciados los trabajos se deberá contar con los siguientes antecedentes, cuando correspondan:
1. Copia de todas las actas de coordinación, con su respectivo listado de asistencia firmado por todos los asistentes.
2. Copia de las observaciones registradas en el libro de faena perteneciente a la(s) empresa(s).
3. Copia de los permisos especiales de ingresos emitidos por el administrador del contrato.
4. Informe de siniestralidad y accidentalidad laboral de la(s) empresa(s) (Certificado Estadístico Organismo Administrador)
5. Copia de las actas de constitución y el funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad y los Departamentos de Prevención de Riesgos, cuando corresponda.
6. Copia de las visitas y medidas prescritas por los organismos administradores de la Ley N° 16.744; e Inspecciones de entidades fiscalizadoras, copias de informes o actas, cuando se hayan elaborado.
Correspondientes a las obras, faenas o servicios contratados por CONAF.
7. Copia de las actas de constitución y el funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad y los Departamentos de Prevención de Riesgos, cuando corresponda.
8. Copia de las visitas y medidas prescritas por los organismos administradores de la Ley N° 16.744; e Inspecciones de entidades fiscalizadoras, copias de informes o actas, cuando se hayan elaborado.
Correspondientes a las obras, faenas o servicios contratados por CONAF.
La información correspondiente será de uso exclusivo para fines atingentes al contrato, por lo que la información será manejada con la reserva correspondiente al caso.
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VISITA A TERRENO VIRTUAL |
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Se realizará una visita a terreno virtual con los interesados en la licitación el día 22 de junio a las 15:00 hrs. Quienes no participen en esta visita no tendrán el puntaje establecidos según criterio en la presente licitación.
La visita se realizará mediante una video llamada con los interesados por la plataforma google meet y cuyo enlace es meet.google.com/nzz-xkwg-suo
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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