Licitación ID: 918434-16-LR24
EJECUCIÓN DE LA PRIMERA ETAPA DE LAS OBRAS CIVILES
Responsable de esta licitación: MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO, MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
Fecha de Cierre: 22-05-2024 20:00:00
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
EJECUCIÓN DE LA PRIMERA ETAPA DE LAS OBRAS CIVILES, INSTALACIONES Y DEMÁS PARTIDAS QUE SE INDICAN EN LAS FUTURAS DEPENDENCIAS DEL NIVEL CENTRAL DEL MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
EJECUCIÓN DE LA PRIMERA ETAPA DE LAS OBRAS CIVILES
Estado:
Publicada
Descripción:
Para efectos de habilitar las futuras dependencias del Nivel Central del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género MMEG, en el inmueble ubicado en calle Agustinas N°1253, 1269 y 1275, primer piso y subterráneo, es necesario contratar el servicio de ejecución de la primera etapa de las obras civiles, lucernarios, tabiquerías e instalaciones sanitarias, eléctricas y demás partidas que se indican, en el inmueble fiscal ubicado en Agustinas N° 1253, 1269 y 1275 piso 1 y subterráneo, que constituyen las futuras dependencias del Nivel Central del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género. El edificio ha sido declarado por el Consejo de Monumentos Nacionales CMN como Inmueble de Conservación Histórica, ICH 670, por el Plan Regulador Comunal de Santiago PRC-S y se sitúa en Zona Típica ZT o Pintoresca denominada “Barrio Cívico – Eje Bulnes Parque Almagro”. La propiedad ubicada en calle Agustinas N°s 1253, 1269 y 1275, cuenta con Permiso de EdificaciónN° 5178, de 13 junio de 1983, y con RecepciónDefinitiva de fecha 21 de junio de 1983, con destino de oficinas
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
Unidad de compra:
MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
R.U.T.:
61.980.680-8
Dirección:
CATEDRAL N°1401 2DO PISO
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-05-2024 20:00:00
Fecha de Publicación: 19-04-2024 11:24:00
Fecha inicio de preguntas: 03-05-2024 8:00:00
Fecha final de preguntas: 06-05-2024 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-05-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-05-2024 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-05-2024 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 28-05-2024 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 07-06-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Visita a terreno de carácter obligatoria: Los oferentes deberán concurrir a Agustinas N° 1269, piso 1, comuna de Santiago. La no asistencia a la visita implicará que el/la interesado/a no podrá seguir participando en el proceso de est 29-04-2024 11:00:00
Suscripción del acta de entrega de inmueble: Si el día fijado para la entrega el/la adjudicatario/a o su representante no concurriese, se le indicará por escrito otra fecha, que no será mayor a 2 días hábiles. Expirado este plazo sin que concurriese el/la 03-06-2024 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1-A
2.- 1-B
3.- 1-C
4.- 2-A
5.- 2-B
6.- 2-C
Documentos Técnicos
1.- 3
 
2.- 4
 
3.- 5
 
4.- 6
 
Documentos Económicos
1.- 7
2.- 7 itemizado
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Trabajos/Servicios similares realizados por el/la a. Rubro (10 puntos) Este criterio se evaluará considerando la nómina de trabajos similares referidos a contratos que el proveedor tenga o haya tenido en el mismo rubro y envergadura de los servicios requeridos en la presente licitación. Para estos efectos, se considerarán del mismo rubro aquellas obras de rehabilitación, remodelaciones y/o restauración. (VER BASES) 20%
2 Enfoque de Género Se debe completar la información requerida por el Anexo N°4 y acreditar con sus respectivos antecedentes adjuntos que se cumple con este criterio, asignándose al efecto los siguientes puntajes: • 5 puntos si el/la oferente demuestra que cumple con alguna de las siguientes condiciones: i) La oferente es una persona natural de sexo femenino. ii) El/la oferente es una persona (VER BASES) 5%
3 Equipo Técnico Para el buen desarrollo de las obras, sus modificaciones y la necesaria actualización de los proyectos informativos (Planos AsBuilt), el Contratista debe contar con un equipo técnico profesional que reúna de las siguientes características: (VER BASES) 15%
4 Precio Todos los/as proponentes deberán hacer su oferta a suma alzada, y deberán incluir todos los costos asociados a mano de obra, equipos, materiales e insumos, gastos generales y utilidades. La oferta deberá considerar todos los impuestos, costos y gastos envueltos en el servicio, entre otros: seguros, permisos necesarios para ejecutar las obras, remuneraciones, materiales e insumos, leyes previsionales, aportes por ley de accidentes del trabajo, imprevistos, vehículos, herramientas, utilidades, entre otros. Para evaluar la oferta económica se utilizará el método de la oferta de menor precio, de acuerdo con la información que el/la oferente indique en el Anexo N°7. La evaluación de la oferta, por lo tanto, se efectuará aplicando la siguiente formula: Para efectos de evaluar este criterio, el oferente está obligado a completar el Anexo N°7, de las presentes bases de manera íntegra. Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales. En caso de que no se acompañe el Anexo N°7, o aquélse complete de manera parcial, toda la propuesta será declarada inadmisible. 55%
5 Programas de Integridad El oferente debe informar y demostrar que cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal. Dichos programas se refieren a observar un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajen para los oferentes actúen con la debida integridad. Para estos efectos, el oferente deberá, además de completar el respectivo anexo, (VER BASES) 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género
Monto Total Estimado: 760000000
Justificación del monto estimado El presupuesto máximo disponible para las obras a ejecutar en esta primera etapa es de 760.000.000.- setecientos sesenta millones de pesos, impuestos incluidos.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Los estados de pago se realizarán de acuerdo con el avance real de las obras, de acuerdo con siguiente programación referencial: REVISAR DOCUMENTO DE BASES DE LICITACIÓN
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JESSICA HERNANDEZ
e-mail de responsable de pago: jhernandez@mmeg.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, RUT 61.980.680-8.
Fecha de vencimiento: 22-08-2024
Monto: 5000000 Peso Chileno
Descripción: Esta garantía será entregada físicamente o bien enviada por correo certificado a Catedral Nº 1401, piso 2, Santiago, Región Metropolitana, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas. También podrá ser entregada electrónicamente, caso en el cual deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. El Ministerio cobrará el documento de garantía de seriedad de la oferta, en cualquiera de los siguientes casos: a) El oferente se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente durante el período de vigencia de la misma. b) Si se comprobare falsedad en la oferta del proponente. c) Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo estipulado en las bases. d) Si el adjudicatario no entrega en forma oportuna la garantía de fiel cumplimiento del contrato. e) Si el adjudicatario no se inscribe o regulariza su registro, en el plazo establecido en las bases, en el Registro de Chile Proveedores.
Glosa: “Para garantizar la Seriedad de la Oferta en la Licitación Pública ID Nº …………” (debe indicar el número ID que señala en portal de mercado público).
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, en la forma que se establece en las presentes bases de licitación. Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las bases se haya contemplado la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el respectivo contrato. Respecto del oferente adjudicado, se devolverá una vez recibida en conformidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En todo caso, las garantías serán devueltas a contar del día subsiguiente a la fecha de publicación de la resolución que aprueba el contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, RUT 61.980.680-8.
Fecha de vencimiento: 22-08-2024
Monto: 10 %
Descripción: El proveedor deberá entregar una garantía, es decir, un instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, como por ejemplo una boleta de garantía, vale vista, u otro análogo, pagadero a la vista e irrevocable, por un valor equivalente al 10% del monto total del contrato, valor que deberá estar fijado en pesos, a nombre del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, RUT: 61.980.680-8
Glosa: r “GARANTIZA EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRAS CIVILES, LUCERNARIOS, TABIQUERÍAS E INSTALACIONES SANITARIAS, ELÉCTRICAS Y DEMÁS PARTIDAS QUE SE INDICAN, EN LAS FUTURAS DEPENDENCIAS DEL NIVEL CENTRAL DEL MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO, ID Nº_________”
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía deberá estar vigente hasta los 90 días corridos siguientes a la terminación del contrato. La devolución de la garantía será realizada por la División de Administración y Finanzas previo informe y autorización de devolución por parte de la contraparte técnica designada. Sin perjuicio de aquellos casos que, por incumplimiento del contrato,la Subsecretaría deba hacer efectiva la referida caución. En caso de un aumento de plazo del contrato, el contratista deberá extender el tiempo de vigencia de la garantía con el objeto de asegurar el cumplimiento de la vigencia mínima establecida en el párrafo anterior. Esta garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado a Catedral Nº1401, piso 2, Santiago. También podrá ser otorgada electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, remitiéndose al siguiente correo electrónico: ofpartes@minmujeryeg.gob.cl. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá cobrarse cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en el punto 17 letras b), c) y e) de las bases administrativas. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato podrá ser tomada por el proponente o por un tercero a su nombre. Una vez terminado el servicio, esta garantía permanecerá por el tiempo establecido en las presentes bases y para ser retirada por el/la adjudicatario/a, éste deberá solicitarla por escrito a la entidad licitante. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá cobrarse en caso de multas que deban aplicarse al proveedor o también cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las presentes bases administrativas. Todos los gastos que irrogue la mantención de la garantía serán de cargo de él o la oferente y será éste/a responsable de mantenerla vigente por el período que cauciona. Las garantíassemantendrán en custodia porla Subsecretaría en calidad de entidad licitante. En caso de incumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, la Subsecretaría estará facultada para hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la entidad licitante puede ejercer, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento tardío o imperfecto de las obligaciones del proveedor o proveedora.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En el evento que el contrato no se firme en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatarioa; este se desista de su oferta o resultare inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley N° 19.886, la Subsecretaría podrá readjudicar la licitación a ella oferente que le siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, o declarar desierta la licitación. Si el adjudicatario no firma el contrato en el plazo estipulado en las presentes bases o no presenta la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo estipulado, la entidad licitante podrá declarar desierta la licitación o adjudicar a la oferta que ocupe el lugar siguiente en la evaluación, siempre que el proponente de la segunda oferta así lo acepte y prorrogue la vigencia de su oferta, de ser necesario. En caso de desistir el proponente de dicha oferta, podrá recurrirse a la oferta del tercer lugar y asísucesivamente. Podrá recurrirse hasta la oferta del último lugar,siempre que los proponentes de las primeras ofertas, en el orden del segundo al último lugar, se hubiesen desistido de la adjudicación. El adjudicatario deberá suscribir un acta de entrega de terreno dentro de 05 días corridos contadosdesde la notificación de adjudicación Si el día fijado para la entrega ella adjudicatarioa o su representante no concurriese, se le indicará por escrito otra fecha, que no será mayor a 2 días hábiles. Expirado este plazo sin que concurriese ella adjudicatarioa, se podrá dejar sin efecto la adjudicación, declarar administrativamente el término anticipado del contrato y hacer efectivas las garantías.
Multas
La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género, podrá, administrativamente, sin necesidad de requerimiento judicial ni acción judicial, cobrar multas al adjudicatario y/o proveedor cada vez que exista un incumplimiento de sus obligaciones contractuales. La multa será aplicada por cada incumplimiento debidamente acreditado según el procedimiento que se indica en el presente acápite. Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, la Subsecretaría, informada previamente por la contraparte técnica, podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados y debidamente acreditados por el/la contratista ante la contraparte técnica. Para estos efectos, a vía meramente ilustrativa, se entenderá que hay incumplimiento en las siguientes situaciones: a) Cuando no se cumpla con la obligación contratada dentro del plazo establecido, la multa será de 15 UF por día de atraso, hasta cumplir con lo programado. Ahora bien, transcurridos 10 días de atraso, se considerará incumplimiento grave de las obligaciones contractuales, facultando a la Subsecretaría a cobrar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato, demandar la indemnización de los perjuicios y las demás que correspondan de acuerdo a la normativa vigente. b) Infracción a las prohibiciones del personal del proveedor o adjudicatario, establecidas enel numeral 16.8 de las presentes bases. En este caso, la multa será de 10 UF por cada incumplimiento constatado. c) Cambios en el equipo de trabajo, sin aprobación previa y por escrito de la contraparte técnica 5 UF por cada cambio no autorizado. d) Cuando existan otros incumplimientos calificados como graves por esta entidad, en virtud de resolución fundada, cuya multa irá de 10 a 25 UF de acuerdo a la gravedad del mismo. El valor a considerar para efectos de la aplicación de multas será aquel que experimente la Unidad de Fomento (UF) el primer día del mes en que se verificó la falta o incumplimiento. Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo con lo establecido en estos términos sean constitutivos de multa, la Subsecretaría notificará esta circunstancia al/la proveedor/a, indicando en forma precisa el incumplimiento y/o hechos que se imputan. El/la proveedor/a dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones. No se aplicarán multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados y acreditados por el proveedor ante la contraparte técnica. Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de 5 días hábiles sin que el proveedor haya formulado descargos, la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género informará esta situación a la División de Administración y Finanzas solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente. La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al proveedor en forma personal o mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato. La notificación que se efectúe mediante carta certificada se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente. Respecto de esta decisión, procederán los recursos administrativos que al efecto dispone la Ley N°19.880, que establece las Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. Así, el proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación. La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada mediante resolución administrativa totalmente tramitada. Las multas se podrán aplicar cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. El acto administrativo que ordene la aplicación de una sanción y/o multa deberá estar totalmente tramitado para su aplicación. El/la proveedor/a deberá pagar las multas mediante depósito en la cuenta corriente bancaria que le indique la Subsecretaría, debiendo acreditar su pago a través del comprobante respectivo. Se deja expresa constancia que la aplicación de multas por un valor que exceda en un 20% el monto adjudicado, implicará para el/la proveedor/a el término anticipado de la relación contractual por incumplimiento grave del contrato. En caso que el/la adjudicatario/a y/o proveedor/a registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o aquellos contratados dentro de los últimos dos años, los primeros estados de pago serán destinados al pago de tales obligaciones, debiendo el/la adjudicatario/a y/o proveedor/a presentar los certificados necesarios para acreditar que ha liquidado la totalidad de tales obligaciones dentro de los primeros tres meses de prestación de los servicios, según lo prescrito en el artículo 4 de la Ley de Compras Públicas.
MODIFICACIÓN O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Compras y artículo 77 de su reglamento, por lassiguientes causas: a) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el/la contratante. c) El estado de notoria insolvencia del o la contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Por registrar el/la contratista saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante resolución que será sometida a la misma tramitación administrativa que la resolución mediante la cual se haya aprobado el contrato. El presupuesto podrá ampliarse hasta en un 30% si, a juicio de la entidad licitante, esto resulta necesario a fin de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato. A su turno, la entidad licitante estará facultada para declarar administrativamente, ipso facto, sin necesidad de acción o requerimiento judicial alguno, el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor y/o contratista contratado,si concurre alguna de las causales previstas en el artículo 13 de la Ley Nº19.886 y en el artículo 77 del Reglamento de Compras Públicas. Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en el literal b) precedente, se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del contratista, facultando a la Subsecretaría para poner término anticipado al contrato, lassiguientes acciones, que serán siempre evaluadas por la contraparte técnica: 1. Incumplimiento de los estándares técnicos de calidad ofrecidos por el adjudicatario en la oferta. 2. La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios o realizar las obras a las que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes. 3. Cuando las multas aplicadas al proveedor excedan el 20% del valor de adjudicación. 4. El cambio, sin causa justificada, de las condiciones de contratación ofertadas. La resolución que disponga el término anticipado del contrato o que apruebe su modificación, deberá ser fundada. Asimismo, la resolución fundada que ponga término anticipado al contrato se publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y se notificará al proveedor por carta certificada, dirigida al domicilio que el proveedor hubiere informado en el marco de esta licitación y/o designado en su primera presentación o con posterioridad, fijándose un plazo de 15 (quince) días hábiles, contados una vez transcurridos 3 (tres) días desde la recepción de la referida carta en la oficina de correos, para que la entidad licitante proceda a liquidar los saldos que se devenguen en favor de la Administración o a abonar los saldos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con la ejecución del contrato, lo que se acreditará mediante la presentación de las correspondientes facturas y demás antecedentes si procediere. Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que la Subsecretaría pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios
Resolución de Empates
En caso de producirse un empate entre ofertas que sean las mejor evaluadas al aplicar la pauta de evaluación, la Comisión Evaluadora deberá atenerse a los siguientes criterios para resolver el empate, de acuerdo con el siguiente orden de prelación: 1° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Técnica, 2° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Económica, 3° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio trabajos/servicios similares realizados por el/la oferente (Anexo N°3). 4 °Aquella oferta que haya obtenido el mejor puntaje en el criterio de evaluación sobre enfoque de género. De persistir el empate, la situación será resuelta por la Subsecretaría mediante resolución fundada. El Informe de la Comisión Evaluadora culminará con una propuesta y recomendación para la Subsecretaria de la Mujer y la Equidad de Género.