|
Resolución de Empates |
|
En caso de empate se adjudicará al oferente que obtenga la mayor ponderación en Precio, luego por Desarrollo Local y si persiste se adjudicará por Entrega.
|
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
|
Se recibirán y contestarán a través del correo electrónico miriam.torres@educangol.cl, hasta 5 días desde la adjudicación, las que posteriormente serán adjuntadas en el portal.
|
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
De la Apertura y Admisibilidad |
|
Se determinará la admisibilidad de las propuestas, debiendo comprobarse que se haya efectuado en la forma establecida en las presentes bases, de lo contrario su oferta será rechazada y no entrará en la evaluación, en el caso de no cumplir con lo siguiente:
- Que, cumpla con ofertar los productos solicitados en la licitación originales
- Que, no supere el monto disponible indicado.
|
|
|
|
Cumplimiento de los requisitos formales |
|
En el caso que el oferente omita algunos de los documentos solicitados en Cumplimiento de los requisitos formales, se podrán solicitar por medio de aclaración de oferta, pero la falta de ésta documentación indicará un 5% menos como se indica en los criterios de evaluación, y se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación y se verificará la siguiente documentación que debe estar vigente, legible y visualmente claros, de no cumplir con lo indicado no se tomarán en consideración para su evaluación:
- Que, anexe Anexo I Técnico - Económico (Se anexo formato para mayor facilidad de ofertar).
- Que, anexe Identificación del Oferente.
- Que, adjunte imágenes de los productos y características.
- Que, indique tiempo de garantía
|
|
|
|
Consultas y aclaraciones durante la Publicación |
|
Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación durante su publicación, deberán ser realizadas a través del portal Mercado Público. Las respuestas en el portal se pondrán a disposición de los proponentes de acuerdo a la calendarización del foro entregado por el portal Mercado Público. Se responderá cada consulta sin hacer mención al participante que la haya formulado.
No se recibirán consultas mediante otras vías (Teléfono, e-mail, de manera presencial, etc.) será responsabilidad del interesado consultar las aclaraciones a través del medio ya mencionado.
|
|
|
|
Presentación de ofertas |
|
El proceso de licitación que se regula por las presentes bases se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, de tal forma que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del mencionado portal. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al señalado y será de responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
La documentación anexada debe ser claramente visualizada, en el caso que sean fotografías que no se identifique de manera clara, no se considerará ya sea para la evaluación o admisibilidad.
Debe verificar los archivos que anexarán, ya que, si estos se encuentran dañados, no se considerarán para su evaluación o admisibilidad.
|
|
|
|
Consideraciones Generales |
|
El Municipio se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si así lo estimara conveniente, además de rechazar la oferta sin lugar a indemnización alguna, a aquellos proponentes que no acompañen los documentos o antecedentes indicados en las presentes Bases.
Una vez realizada la Apertura de las Ofertas, el Municipio podrá solicitar, a cada uno de los Proponentes, aclaraciones sobre cualquier aspecto de su Oferta. Estas aclaraciones serán respondidas por parte de los proponentes a más tardar en 2 días hábiles contados desde la recepción del requerimiento.
|
|
|
|
Forma de Pago |
|
La Municipalidad pagará, previa entrega de factura y recepción conforme del solicitante de la compra, la falta u omisión de algunos de los antecedentes solicitados, generará el no pago respectivo.
Se realizará transferencia o el cheque respectivo deberá ser retirado por el proveedor, en las oficinas de la tesorería municipal ubicadas en calle Pedro Aguirre Cerda N° 509 de la comuna de Angol.
|
|
|
|
Plazo de Pago |
|
El pago se realizará dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la Factura en la Dirección de Educación Municipal o área que corresponda la compra, pudiendo extenderse hasta 45 días corridos en el caso excepcional de alguna contingencia justificada.
|
|
|
|
Recepción Conforme |
|
La recepción conforme de los bienes y la certificación de la factura correspondiente será realizada por la o el director del establecimiento, o quien lo subrogue.
Una vez entregado la totalidad de los productos, la factura deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Angol, RUT. N° 69.180.100-4, la cual debe ser enviada al correo facturas@educangol.cl o hacerla llegar a la Dirección de Educación Municipal de Angol, Lautaro N° 89 Angol.
|
|
|
|
Vigencia de la Oferta |
|
La oferta económica presentada por cada uno de los oferentes, deberá mantener una vigencia mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de apertura de la propuesta, la cual será extendida en el caso de cualquier contingencia en común acuerdo con el oferente.
|
|
|
|
Adjudicación |
|
El plazo para adjudicar será de un máximo de 30 días corridos luego de la apertura electrónica y no requerirá de una Comisión Evaluadora por el monto de la misma y su poca complejidad. La evaluación de la presente licitación será realizada por el encargado de adquisiciones del Establecimiento o quien subrogue, de acuerdo con los documentos presentados por los oferentes y solicitados en las bases administrativas.
|
|
|
|
El contrato |
|
El contrato se formalizará con la orden de compra, considerando que es una adquisición superior a 100 UTM e inferior a 1000 UTM, art. 63 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas, además se trata de bienes estándar de simple y objetiva especificación, que razonablemente conlleva un esfuerzo menor.
|
|
|
|
Término anticipado del Contrato |
|
La Municipalidad de Angol podrá dar término administrativamente y en forma anticipada y sin derecho a indemnización, al contrato en los siguientes casos:
a) Por no entregar el o los productos por más de 5 días corridos posterior al tiempo ofertado y/o eventuales sin causa justificada, debidamente calificadas por el Inspector Técnico del contrato.
b) Por reiterados incumplimientos de las órdenes e Instrucciones impartidas por la inspección, relacionadas con la ejecución del contrato.
c) Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia. Se presumirá insolvencia del Contratista cuando tenga documentos comerciales protestados o se encuentre en mora en el pago de las obligaciones previsionales o tributarias.
d) Si el Contratista fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, siempre que tengan la calidad de miembros del Directorios, Apoderados o bien que tenga la Administración de la sociedad, sea por acto constitutivo o por delegación.
e) Si el contratista fuere una sociedad y se disolviera.
f) Por fallecimiento del contratista, cuando se trate de persona natural.
g) En caso de suspensión de presencialidad de clases por parte de autoridades educacionales y/o municipales, debidamente justificado.
h) Las partes contratantes, de común acuerdo, podrán poner término anticipado al contrato cuando por razones de carácter técnico o financiero sea aconsejable.
i) La Municipalidad podrá poner término al Contrato de Suministro con un aviso previo por escrito de 30 días sin especificación de causa ni indemnización alguna.
j) La Municipalidad de Angol queda facultada para poner término anticipado del contrato cuando se emita un cuarto informe de incumplimiento emitido por el director del establecimiento, según punto 9.17, Multas.
|
|
|
|
Multas |
|
En caso de cualquier contingencia como: Terremoto, corte de luz, inundación, tomas del establecimiento, cortes de ruta, pandemias o cualquier otra circunstancia ajena a la responsabilidad del contratista, deberá respaldarse por certificado firmado por el director(a) del establecimiento, para él no cobro de la multa indicada.
Además, la Municipalidad de Angol, tendrá la facultad de anular administrativamente el contrato, en los casos de incumplimiento por parte del oferente, quien no podrá alegar por daños y costos incurridos, no dando derecho a indemnización posterior de ningún tipo.
La Municipalidad de Angol queda facultada para poner término anticipado del contrato cuando se emita un cuarto informe de incumplimiento emitido por el director del establecimiento, y según la siguiente tabla:
Situación Multa
Primer Informe de Incumplimiento emitido por el director del establecimiento 3 UTM
Segundo Informe de Incumplimiento emitido por director del establecimiento 6 UTM
Tercer Informe de Incumplimiento emitido por director del establecimiento 10 UTM
Cuarto Informe de Incumplimiento emitido por director del establecimiento Término Anticipado
Los informes de incumplimiento deberán ser emitidos por el director del establecimiento, y su materia corresponderá a incumplimientos de entrega, entrega de los productos en malas condiciones, productos que no corresponde al rubro solicitado.
Las multas serán notificadas al proveedor por el director del establecimiento a través de carta certificada, considerar que no se dará acuso de recibo del Servicio de Impuestos Internos a la factura, dejando pendiente el estado de pago hasta que sean pagadas las multas correspondientes.
Todos los valores señalados como multas, serán aplicados en su equivalente en moneda nacional.
Si el contratista multado no pagare la multa aplicada, el municipio no efectuará el pago de la factura emitida, hasta que ello se concrete.
El contratista tendrá 5 días hábiles para presentar los descargos de las multas en forma escrita mediante carta dirigida al Alcalde, quien tendrá 10 días hábiles para resolver los descargos.
|
|
|
|
Reclamo |
|
Se realizará reclamo en la ficha del proveedor del portal www.mercadopublico.cl en cualquiera de los siguientes casos:
- Se efectúe el término anticipado del contrato, exceptuando el caso que proveedor fallezca.
- Se haga cobro de multa.
- Se emitan informes de incumplimiento por el director del establecimiento.
|
|
|
|
Modificación de las Bases |
|
Se podrán modificar los documentos de la Licitación ya sea por iniciativa propia de la Dirección de Educación Municipal de Angol o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de la Licitación y hasta la entrega de las aclaraciones informando de ello, a través del portal Mercado Público. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases, debiendo ser aprobadas por autorización firmada por la Dirección de Educación Municipal de Angol.
|
|
|
|
De la Unión Temporal de Proveedores, UTP. |
|
Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respeto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Para contrataciones iguales o superior a 1.000 UTM, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
La UTP que no acredite al momento de contratar que no se ha formalizado de manera antedicha, que no contemple la solidaridad de las obligaciones o bien, que no contemple un plazo de duración al menos igual al de la vigencia del contrato, no dará cumplimiento a las presentes Bases y por ende la Municipalidad podrá readjudicar al oferente que sigue en puntaje o declararla desierta si fuese la UTP el único proveedor.
Para todos los efectos de la oferta como Unión Temporal de Proveedores, aplica el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886 y Directiva N°22 de Chile Compra.
|
|
|
|
Recepción Conforme |
|
El proveedor contratado podrá solicitar la recepción conforme de la orden de compra efectuada la recepción definitiva, a través de correo electrónico al Comprador Encargado de la Licitación o quién subrogue, quién verificará las siguientes condiciones para la recepción conforme total:
- Que, no tenga cobros de garantías, en el caso que se soliciten.
- Que, no tenga reclamos de esta licitación.
- Que, no exista término anticipado de contrato.
- Que, los productos se entreguen en los plazos establecidos en la oferta.
Considerar que las órdenes de compras en estado recepción conforme de nuestra entidad puedan ser referentes en criterios de evaluación de futuras licitaciones.
|
|
|
|
Especificaciones Técnicas |
|
Equipamiento tecnológico para Liceo Juanita Fernández Solar, las marcas mencionadas deben ser equivalentes o similares.
2 Fuentes de poder
1 Kit autogenerado
1 Entrenador PLC
1 Carro Abatible
1 Computador All in One, Incluir Licencia 1 año de office
|
|
|
|