Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Ilustre Municipalidad de Arica
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Fecha de vencimiento:
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15-02-2027
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Monto:
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5
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Descripción:
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Los proveedores adjudicados deberán garantizar el fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato y el fiel cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, de carácter irrevocable, endosable y pagadero a la vista, tales como, boleta de garantía bancaria, póliza de seguros de garantía, vale vista, certificado de fianza o cualquier otro instrumento financiero que cuente con las caracterizas antes señaladas.
La caución deberá tomarse a nombre de la Ilustre Municipalidad de Arica, R.U.T. 69.010.100-9, domicilio en calle Rafael Sotomayor Nº415, comuna de Arica por un monto equivalente al 5% del monto total neto del contrato, con una vigencia igual al plazo de vigencia del contrato más 4 meses después de terminado éste, de acuerdo a lo establecido en el punto 3.3 de las presentes bases. Sin perjuicio de la ampliación que sea requerida por la Municipalidad. En caso que se garantice a través de un certificado de fianza, en conformidad a lo dispuesto en la Ley N°19.886 y el artículo 12 de la Ley 20.179, y entre otros el dictamen N°6.274 del año 2020 de Contraloría General de la república, dicho documento deberá señalar expresamente que será pagadero a la vista o a primer requerimiento, cualquiera de esas dos menciones indistintamente, y que no sea endosable.
Que, en el caso de no cumplir dichas menciones el certificado de fianza, se deberá adjuntar el Contrato de Garantía Recíproca, suscrito con la entidad fiadora, y se tendrá por no presentada la indicada garantía si a ésta no se le adjunta el contrato correspondiente, en los términos antes indicados.
La garantía podrá otorgarse en forma física o electrónica, siempre que en este último caso se ajuste a las disposiciones de Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones debe ser presentada físicamente, en caso de corresponder, en la oficina de partes de la DISAM, ubicada en calle Patricio Lynch Nº 228 Arica, en un plazo que no supere los 10 días, constado desde la adjudicación de la licitación.
Esta garantía no podrá hacerse extensiva a otro contrato ni la de otro contrato extensivo a éste.
No se aceptarán garantías tomadas por un tercero.
Esta garantía se otorgará para caucionar el cumplimiento de todas las obligaciones que se imponen al proveedor adjudicado, en virtud de la presente licitación, al objeto del contrato, a los deberes y obligaciones derivados de éste, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por la vía administrativa por parte de la Municipalidad de Arica, sin derecho a ningún tipo de indemnización por este concepto.
Será responsabilidad del adjudicatario realizar los trámites pertinentes para mantener vigente la garantía si se prorroga la vigencia del contrato. O en el caso de proceder a realizar modificaciones de acuerdo al punto 3.10 de las presentes bases administrativas.
La garantía deberá ser entregada a la época de suscripción del contrato en la forma indicada el punto 3.1 de las presentes bases.
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Glosa:
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"Para Garantizar en todas sus partes, el fiel cumplimiento de la Orden de Compra de la licitación ID N° 2366-29-LE26 denominada “SERVICIO DE CENA BAILABLE BIENESTAR, M: 426” y podrá ser hecha efectiva y cobrada por la Ilustre Municipalidad de Arica, sin más trámite y ante su sola presentación y/o cobro.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Devolución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
La Garantía podrá ser devuelta por la Municipalidad al oferente adjudicado, siempre que no se dispusiese su cobro, en los siguientes casos:
1. En el caso de término anticipado del contrato;
2. Una vez transcurrida la vigencia del contrato, incluida su prórroga si procediere, previo Informe de Fiscalización emitido por el funcionario evaluador sobre el cumplimiento de las obligaciones contraídas.
Para estos efectos, el oferente procederá a retirar el documento en las dependencias de la Municipalidad, Tesorería Municipal ubicada en calle Bernardo O’Higgins N° 749, Arica, dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes contados desde la comunicación por escrito a la dirección consignado en el respectivo contrato.
En el caso que las garantías no sean retiradas por los proveedores en el plazo antes indicado, la Municipalidad se exime de toda responsabilidad por la custodia de dichos documentos hasta su retiro efectivo por el oferente o su devolución a la entidad emisora, en los casos y condiciones indicados en el Dictamen N° 4.804 de 2017 de la Contraloría General de la República.
La custodia de estos documentos, se llevará a cabo por la Dirección de Finanzas de la Municipalidad.
La entrega de esta Garantía constituye un requisito para la suscripción del contrato y, en consecuencia, en el caso de no cumplirse con su entrega en la forma y condiciones exigidas en la letra a) del punto 2.14, la Municipalidad se encuentra facultada para declarar desierta la presente licitación, salvo que decida proceder a su readjudicación y sin perjuicio del cobro de la garantía de seriedad de la oferta según lo determine la Municipalidad.
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