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MECANISMO PARA RESOLUCION DE CONSULTAS FORO |
Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la materia de esta Propuesta, deberán ser realizadas a través del portal www.mercadopublico.cl. Las respuestas se pondrán a disposición de los proponentes, por medio del mismo, de acuerdo a la calendarización del portal www.mercadopublico.cl
Se citará cada consulta, sin hacer mención al participante que la haya formulado, y luego, se dará la respuesta respectiva.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “CARACTERISTICAS TECNICAS”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “GARANTIA Y POST VENTA DE LOS PRODUCTOS”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "PLAZO ENTREGA” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “PRECIO”.
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MULTAS POR ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS PRODUCTOS |
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El proveedor que no respete el plazo ofertado se le hará cobro de una multa correspondiente a 1 UF diaria por día corrido de atraso.
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PROCEDIMIENTO COBRO DE MULTAS |
Corresponderá a la Unidad de Finanzas determinar la cuantía de la multa. Los antecedentes que pudieran dar lugar al cobro, serán comunicados al proveedor mediante oficio enviado vía correo electrónico, o carta certificada, según sea el medio más expedito a calificación del Departamento de Educación.
El proveedor dispondrá de dos días hábiles para presentar sus descargos a la Unidad de Finanzas, pasado este plazo y si el proveedor no se pronuncia con respecto a la sanción, se da por aceptada de su parte el cobro de la multa indicada. El Departamento de Educación luego de recibir los descargos del proveedor dispondrá de 5 días hábiles para pronunciarse con respecto a estos.
Se dictará un Decreto Exento que apruebe la aplicación de la multa antes mencionada.
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ENTREGA DE PRODUCTOS EN BODEGA |
LOS PRODUCTOS DEBERAN SER DESPACHADOS A LA BODEGA DEL DAEM UBICADA EN ARTURO PRAT Nº 121 SERAN RECEPCIONADOS POR LA ENCARGADA DE BODEGA SRTA. GLENDA JARA CASTILLO.
NO SE ACEPTARAN ENTREGAS DE PRODUCTOS PARCIALIZADOS, SOLO SE RECEPCIONARA ORDEN DE COMPRA COMPLETA.
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PLAZO DE ENTREGA |
Plazo mín. 3 días a contar del día hábil siguiente al envío de la Orden de Compra.
Plazo máx. 10 días a contar del día hábil siguiente al envío de la Orden de Compra.
El plazo de entrega de los productos debe ser acorde a los plazos establecidos y no se asignará puntajes a aquellas ofertas que consignen términos como los siguientes: “ENTREGA INMEDIATA”, “DESPUÉS DE ACEPTADA LA ORDEN DE COMPRA” o similares.
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OBSERVACIONES |
1. Cumplimiento de los aspectos técnicos mínimos:
El oferente debe considerar todos los aspectos técnicos mínimos establecidos por el establecimiento para los implementos. No se otorgará puntaje adicional por incluir características técnicas superiores a las solicitadas.
2. Información requerida sobre garantía y postventa:
El oferente debe proporcionar el nombre y número telefónico de la persona responsable de la garantía y de la postventa (Anexo 1). Esta información es indispensable para facilitar un canal directo de comunicación que permita hacer valer lo estipulado en el Artículo 20 de la Ley 19.496, modificada por la Ley 21.320/2021. Dicha normativa establece el derecho de los consumidores a:
• Solicitar la devolución del dinero.
• Realizar el cambio del producto por uno nuevo.
• Exigir la reparación del producto en caso de que éste presente daños o defectos.
Se solicita que la implementación solicitada cuente con al menos seis (6) meses de garantía y que en caso de averías o desperfectos a causa del traslado de los productos para ser entregados en las dependencias del DAEM (bodega), el oferente que se adjudique la licitación, deberá reemplazar los productos deteriorados por equipos nuevos. (sólo en caso de deterioro por traslado)
3. El oferente debe postular por la totalidad de los implementos deportivos solicitados y la oferta no debe superar el presupuesto total, de lo contrario quedará fuera de bases.
Las ofertas deben informar que el costo por el traslado de lo ofertado hasta las dependencias del departamento de educación, ubicado en Arturo Prat 121 de la comuna de Santa Bárbara, Región del Biobío, está contemplado dentro del monto total de la oferta. De lo contrario, se asumirá que el despacho viene incluido y el Departamento de Educación no se hará responsable de pagos asignados a ese ítem, siendo responsabilidad del Proveedor pagar ese costo.
4. Comisión evaluadora:
La comisión evaluadora está compuesta por 3 personas: Director del Liceo Cardenal Antonio Samoré o quién lo subrogue, Administrativo Adquisiciones DAEM, Coordinadora SEP DAEM o quien la subrogue.
Si realizada la evaluación de todas las propuestas, ninguno de los oferentes logra obtener 60 puntos sumados todos los criterios de evaluación, la comisión evaluadora podrá desestimar la adjudicación, dado que se consideraría que no se cumplen las garantías mínimas suficientes para adquirir lo solicitado por el establecimiento.
El oferente por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes (supone la aceptación íntegra de los presentes Términos Técnicos de Referencia y las Bases de Licitación). Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las bases de licitación.
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DEL PRESUPUESTO |
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Presupuesto total: Se contempla un presupuesto total, de $2.520.000.- (Dos millones, quinientos veinte mil pesos.)
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