Licitación ID: 2239-20-LP13
Vehículos Motorizados, Maquinarias y Mantenciones
Responsable de esta licitación: DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 16
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Productos o servicios
1
Automóviles 1 Unidad
Cod: 25101503
Vehículos Livianos y Medianos; Vehículos Institucionales; Motos; Mantenciones Preventivas; Vehículos Pesados; Maquinaria Pesada; Remolques, Semiremolques y Tolvas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Vehículos Motorizados, Maquinarias y Mantenciones
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Proveer el catálogo electrónico de un convenio marco de Vehículos Motorizados, Maquinarias y Mantenciones
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
División de Convenio Marco
R.U.T.:
60.808.000-7
Dirección:
Monjitas 392, 8vo. Piso
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-10-2014 15:00:00
Fecha de Publicación: 04-09-2014 23:13:00
Fecha inicio de preguntas: 05-09-2014 8:00:00
Fecha final de preguntas: 17-09-2014 20:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-10-2014 22:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-10-2014 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-10-2014 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 07-04-2015 19:14:46
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Reunión informativa de asistencia voluntaria. Los interesados deberán confirmar su asistencia al correo electrónico reunion.informativa@chilecompra.cl, hasta un día antes de la fecha indicada, para confirmar el lugar de realización 15-09-2014 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Requisitos Mínimos para Participar en la Oferta: No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los oferentes en la presente licitación, Anexo N° 7 “Declaración Jurada”, sin perjuicio de las facultades de la DCCP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros que para tal efecto lleve la Dirección del Trabajo. Anexo N° 7 “Declaración Jurada”, debe ser enviado a través del sistema www.mercadopublico.cl
Documentos Técnicos
1.- Todos los proveedores que participen de esta licitación deberán presentar obligatoriamente la siguiente información: - Garantías generales de la oferta: El oferente deberá declarar estos antecedentes en el Formulario CM, dentro de la “Ficha Electrónica de la Oferta”, según se ejemplifica en Anexo N° 3 y se detalla en Anexo N° 10 “Manual Explicativo para Presentación de Oferta”. - Anexo N° 1 “Declaración jurada cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad”. - Anexo N° 6 “Declaración Jurada Certificación Técnica de Calidad de los Productos”, se deberá completar en este documento todos los datos solicitados del oferente y la firma del correspondiente representante debidamente autorizado. - Carta o certificado de representación de la marca en formato PDF, debidamente firmado por la marca, documento que debe ser presentado por todos los proveedores independientemente en la categoría a la cual oferten. - Certificado de cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en la NCh 2426 Of. 1998, en formato PDF, asociado al tipo de producto Ambulancia. Estos anexos deben ser completados y enviados a través de www.mercadopublico.cl
 
Documentos Económicos
1.- El oferente deberá ingresar la oferta económica de la siguiente manera: a) Comprobante de ingreso de oferta por BackOffice CM, el cual se genera automáticamente una vez que el proveedor finaliza el proceso de envió de su oferta económica a través de la Ficha Electrónica disponible en el Formulario CM, al cual puede acceder desde el paso 3 a través del sistema www.mercadopublico.cl. En la mencionada ficha, deberá ingresar los productos y servicios a ofertar con sus respectivos precios, respetando el tipo de moneda contemplado para cada caso, señalado en el punto 2.- Antecedentes Administrativos, subtítulo “Moneda”. La imagen de la “Ficha Electrónica de la Oferta” se encuentra contenida en el Anexo N° 3 y el procedimiento para completarla se describe en el Anexo N° 10 “Manual Explicativo para presentación de Oferta”. b) Presentar el Anexo N° 11 “Oferta Económica” (cuyo formato en Excel se encuentra disponible en los archivos adjuntos de la licitación), en dicho documento el oferente deberá ingresar: los descuentos por monto de orden de compra, descuentos sobre precios de listas a público, recargo por flete, servicios adicionales sin costo; garantía del proveedor y políticas y/o programas de sustentabilidad, según corresponda en cada una de las categorías en que oferte. c) Además, deberá presentar un listado de precios (netos) de lista a público, de los productos en que oferte el proveedor, dicho documento deberá estar en formato PDF y firmado por el Gerente General o Representante Legal de la Empresa, respetando el tipo de moneda establecido para cada una de las categorías licitadas en las presentes bases, exceptuando a proveedores que oferten en la categoría “Mantenciones Preventivas”, quienes deberán presentar las pautas de mantenciones en formato PDF y firmado por el Gerente General o Representante Legal de la Empresa, dicho documento deberá contener el precio de lista (neto) de cada una de las mantenciones ofertadas. d) En el caso de los proveedores que oferten en los tipos de productos: Automóvil Institucional, Camioneta Institucional, Todo Terreno Institucional, Station Wagon Institucional, Furgón de Pasajero Institucional, Furgón de Carga Institucional, Camión Liviano Institucional y Motocicleta Institucional, además de la lista de precios netos de los vehículos o motos según corresponda, deberán entregar las cotizaciones del costo de la transformación de los vehículos ofertados, dicho documento deberá estar en formato PDF y firmado por el Representante Legal o Gerente General de la Empresa.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Anexo N° 8 “Declaración jurada” sin conflicto de interés y ratificación de todo lo obrado, el cual se encuentra adjunto a las bases y que acredita que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4° de la Ley 1
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o bien , cualquier otro antecedente legal que acredite la vigencia del poder del repr
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación.
- I18n entry not found: Anexo N° 8 “Declaración Jurada“, suscrita por el representante legal del adjudicatario, que acredite que el proveedor no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4° de la ley N° 19.886.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de requisitos formales Ver Cláusula Procedimiento de Evaluación de Ofertas 2%
2 Porcentaje de descuento sobre el precio de Público Ver Cláusula Procedimiento de Evaluación de Ofertas 40%
3 Servicios Adicionales sin costo Ver Cláusula Procedimiento de Evaluación de Ofertas 10%
4 Cumplimiento Programas de Sustentabilidad Ver Cláusula Procedimiento de Evaluación de Ofertas 5%
5 Garantía del Proveedor Ver Cláusula Procedimiento de Evaluación de Ofertas 10%
6 Porcentaje de descuento por monto orden de compra Ver Cláusula Procedimiento de Evaluación de Ofertas 15%
7 Precio Ver Cláusula Procedimiento de Evaluación de Ofertas 10%
8 Recargo por Flete Ver Cláusula Procedimiento de Evaluación de Ofertas 8%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 621000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto total en dólares americanos, estimado en función del periodo de vigencia que tendrá el presente convenio correspondiente a 72 meses. Lo anterior se calculó tomando como base los montos transados en el Convenio Marco Vigente, proyectados.
Tiempo del Contrato 72 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Confirming
Nombre de responsable de pago: No aplica
e-mail de responsable de pago: xxx@xx.xx
Nombre de responsable de contrato: Mauricio Molina
e-mail de responsable de contrato: mauricio.molina@chilecompra.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-22904400-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe la subcontratación. Salvo en los casos que a continuación se indican, donde el adjudicatario podrá subcontratar parcialmente: a. Para la categoría Vehículos Institucionales, en lo referido a la transformación de los vehículos, ésta podrá ser
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Tipo de documento: Boleta de Garantía o Certificado de Fianza a la Vista o Vale Vista u Otro
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Pública
Fecha de vencimiento: 04-09-2020
Monto: 5000000 Peso Chileno
Descripción: La presente garantía deberá ser presentada por los proveedores que resulten adjudicados en las siguientes categorías: “Vehículos Livianos, Medianos e Institucionales”, “Motos”, “Vehículos Pesados”, “Remolques, Semirremolques y Tolvas” y “Maquinarias”. Esta Garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado y recepcionada en Monjitas 392 piso 8, Santiago, dentro de los 60 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la correspondiente adjudicación totalmente tramitada. La Boleta de Garantía Bancaria deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomada por el adjudicatario. No obstante lo detallado en cláusulas precedentes, el vale vista y el certificado de fianza a la vista, también serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel cumplimiento de Convenio. Éstos deberán ser de igual monto y características y se les aplicarán las mismas normas establecidas para la boleta de garantía, es decir, deberán ser a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomados por el adjudicatario. En el caso del vale vista, este instrumento, en razón de su naturaleza, no requerirá la glosa indicada anteriormente.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Convenio Marco de Vehículos Motorizados, Maquinarias y Mantenciones y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario”. La garantía deberá entregarse junto con el Anexo N° 4, Formulario de Garantía, en el que se indicará el Número de ID de la licitación.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone el Convenio Marco, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, en caso de no restituir dicha boleta en los plazos indicados anteriormente, se procederá a sancionar al proveedor con la suspensión del Catálogo. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento al menos 60 días hábiles después de culminado el convenio marco. Mientras se encuentre vigente el convenio marco, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. La restitución de esta Garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de su vencimiento y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
   
Tipo de documento: Boleta de Garantía o Certificado de Fianza a la Vista o Vale Vista u Otro
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Pública
Fecha de vencimiento: 04-09-2020
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: La presente garantía deberá ser presentada por los proveedores que resulten adjudicados en la categoría “Mantenciones Preventivas”. Esta Garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado y recepcionada en Monjitas 392 piso 8, Santiago, dentro de los 60 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la correspondiente adjudicación totalmente tramitada. La garantía deberá entregarse junto con el Anexo N° 4 Formulario de Garantía, el que debe ser completado con los datos que se solicitan. La Boleta de Garantía Bancaria deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomada por el adjudicatario. No obstante lo detallado en cláusulas precedentes, el vale vista y el certificado de fianza a la vista, también serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel cumplimiento de Convenio. Éstos deberán ser de igual monto y características y se les aplicarán las mismas normas establecidas para la boleta de garantía, es decir, deberán ser a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomados por el adjudicatario. En el caso del vale vista, este instrumento, en razón de su naturaleza, no requerirá la glosa indicada anteriormente.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Convenio Marco de Vehículos Motorizados, Maquinarias y Mantenciones y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario”. La garantía deberá entregarse junto con el Anexo N° 4, Formulario de Garantía, en el que se indicará el Número de ID de la licitación.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone el Convenio Marco, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, en caso de no restituir dicha boleta en los plazos indicados anteriormente, se procederá a sancionar al proveedor con la suspensión del Catálogo. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento al menos 60 días hábiles después de culminado el convenio marco. Mientras se encuentre vigente el convenio marco, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. La restitución de esta Garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de su vencimiento y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Preguntas y respuestas
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el punto N° 3 “Etapas y Plazos” de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. La DCCP pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en las bases.
Modificaciones a las bases

La DCCP, podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

 

Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases, estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

 

Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

Asimismo, dependiendo de la complejidad y alcance de las modificaciones, esta Dirección podrá fijar una nueva instancia de preguntas y respuestas y una nueva convocatoria a reunión informativa, en las fechas, horario y lugar que oportunamente se informe en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID de la respectiva licitación.

Categorías Licitadas

La Dirección de Compras y Contratación Pública, en esta propuesta pública, licitará las categorías y tipos de productos que a continuación se indican, y que se encuentra contenido en el Anexo N° 2 “Listado de Productos a Ofertar”:

 

CATEGORIA

TIPOS DE PRODUCTOS

VEHÍCULOS LIVIANOS, MEDIANOS E INSTITUCIONALES

AUTOMOVIL

CAMIONETA

TODO TERRENO

STATION WAGON

FURGÓN DE PASAJEROS

FURGÓN DE CARGA

CAMIÓN LIVIANO

AUTOMÓVIL INSTITUCIONAL

CAMIONETA INSTITUCIONAL

TODO TERRENO INSTITUCIONAL

STATION WAGON INSTITUCIONAL

FURGÓN DE PASAJERO INSTITUCIONAL

FURGÓN DE CARGA INSTITUCIONAL

CAMIÓN LIVIANO INSTITUCIONAL

AMBULANCIA

MOTOS

MOTOCICLETA

MOTOCICLETA TODOTERRENO

SCOOTER

ATV O CUADRIMOTO

MOTO DE NIEVE

MOTO ACUÁTICA

SIDE BY SIDE

VEHÍCULO UNIPERSONAL

MOTOCICLETA INSTITUCIONAL

VEHÍCULOS PESADOS

CAMION DE CARGA

TRACTO CAMIÓN

CAMIÓN RECOLETOR

CAMIÓN TOLVA

CAMIÓN ALJIBE

CAMIÓN CISTERNA

CAMIÓN REGADOR

CAMIÓN ARTICULADO

CAMIÓN DE BOMBERO

CAMIÓN DE LIMPIEZA

BUS

MAQUINARIAS

CARGADOR FRONTAL

COMPACTADOR DE TAMBOR

COMPACTADOR NEUMÁTICO

MINICARGADOR

COMPRESOR DE OBRA

DESBROZADOR FORESTAL

TALADOR

ARRASTRADOR DE TRONCO

RETROEXCAVADORA

EXCAVADOR

MINIEXCAVADOR

BARREDORA

CARRETILLA ELEVADORA

MANIPULADOR DE MATERIAL

GRÚA

TELEHANDLER

AUTOHORMIGUERA

PAVIMENTADORA MOTORIZADA

PERFILADORA DE PAVIMENTO

FRESADORA DE PAVIMENTO

RECICLADORA DE PAVIMENTO

MOTONIVELADORA Y NIVELADORA

MOTOTRAÍLLA

TRAÍLLA

TRACTOR

TIENDETUBO

REMOLQUES, SEMIRREMOLQUES Y TOLVAS

CAMABAJA

ESTANQUE METÁLICO ACERO INOXIDABLE

ESTANQUE METÁLICO FIERRO

REMOLQUE

SEMIREMOLQUE

TOLVA HIDRÁULICA

MANTENCIONES PREVENTIVAS

MANTENCIÓN PREVENTIVA DE VEHÍCULOS LIVIANOS Y MEDIANOS

MANTENCIÓN PREVENTIVAS DE CAMIONES

MANTENCIONES PREVENTIVAS DE BUSES

 

Se deja expresa constancia, que todos los productos o servicios ofertados dentro de las categorías antes detalladas, deben cumplir con toda la normativa chilena vigente, respecto de su comercialización. El incumplimiento de esta cláusula, derivará en la sanción de término anticipado del convenio para el proveedor, sin perjuicio de lo relativo al cobro de la garantía.

 

Aquellos proveedores que oferten productos dentro del tipo de producto “Ambulancias”, deberán, ingresar sus productos dentro de los siguientes grupos:

 

a)    Ambulancias de Transporte Simple, ATS: Ambulancia destinada únicamente al traslado de pacientes, sin riesgos vitales aparentes y potenciales.

b)   Ambulancia de Emergencia Básica, AEB: Ambulancia destinada al transporte de pacientes, cuyos estados de salud no presentan riesgos vitales inmediatos y que requieren una asistencia médica básica y condiciones especiales durante el traslado.

c)    Ambulancia de Emergencia Avanzada, AEA: Ambulancia equipada con medios e instrumental especializados, destinada al transporte de pacientes en estado crítico, de alto riesgo, que requieren asistencia médica avanzada durante el traslado.

 

Los oferentes participantes de la presente licitación, deberán contar con servicio técnico propio, o subcontratado, autorizado por la marca respectiva, para atender los casos cubiertos por la garantía en que el bien presente fallas técnicas o el servicio adquirido sea prestado en forma deficiente o errónea. Por lo tanto, se entenderá que todo proveedor adjudicado cuenta con servicio técnico autorizado por la marca.

 

En el caso de aquellos proveedores que quieran ofertar productos asociados a la Categoría “Mantenciones Preventivas”, la garantía de sus repuestos utilizados en las mantenciones deberán ser mayor o igual a un año o hasta que cumpla los 20.000 Kilómetros.

 Los oferentes podrán incorporar en su oferta ítems, siempre y cuando estos se enmarquen dentro de las categorías y tipos de productos o servicios licitados definidos en el Anexo N° 2 de las respectivas bases.

Procedimiento de Evaluacion de Ofertas

La evaluación de las ofertas, será realizada por una Comisión integrada por 3 funcionarios pertenecientes a la DCCP, designados por el Director a través de una resolución.  

Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director la adjudicación, de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases y en virtud del proceso de evaluación, el cual será realizado en una etapa, según lo descrito a continuación:

 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.

  Esta evaluación será realizada para cada una de las categorías licitadas, para lo cual será considerada toda la información requerida en cada uno de los criterios, la que deberá ser declarada en el Anexo N° 11 “Oferta Económica” y a través de la ficha electrónica, según corresponda. Cada oferente deberá ingresar toda la información de sus productos y servicios ofertados requeridos en la Ficha Electrónica dispuesta por la DCCP, en donde estos deberán corresponder a las categorías y tipos de productos licitados.

  La DCCP, ha dispuesto el Anexo N° 10 “Manual Explicativo para Presentación de Oferta”, donde se detalla claramente cómo cada proveedor debe ingresar su oferta, por lo tanto, es responsabilidad del proponente revisar dicho manual, ya que éste forma parte de las bases.

 3° Además, se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el punto “6.- Instrucciones para la presentación de ofertas” de las presentes  Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del Portal, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación de las ofertas. El oferente podrá ofertar por uno o más productos o servicios licitados, no siendo obligatorio postular a todos ellos.

 Se deja constancia que aquellos oferentes que en el criterio “Porcentaje de descuento sobre el precio de lista” declaren “0%” (cero por ciento) o no declaren descuento, se considerará como que no ofertan en esa categoría.   

 CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

La evaluación de las ofertas, se realizará sobre la bases de los siguientes criterios y ponderaciones respectivas para cada categoría:

Categorías “Vehículos Livianos, Medianos e Institucionales”; “Motos”; “Vehículos Pesados”; “Remolques, Semirremolques y Tolvas” y “Maquinarias”.

Criterios

Ponderación

Precio (P)

10%

Porcentaje de descuento sobre el precio de lista a público (DPL)

40%

Porcentaje de descuento por monto orden de compra (DOC)

15%

Recargo por flete (RF)

8%

Servicios adicionales sin costos (SA)

10%

Garantía del proveedor (GP)

10%

Cumplimiento de Políticas y/o Programas de Sustentabilidad (CPS)

5%

Cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta (CRF)

2%


Fórmula General:

Ptje. Final por categoría= (P x 0,1) + (DPL x 0,4)+(DOC x 0,15)+ (RF x 0,08) + (SA x 0,1) + (GP x 0,1) + (CPS x 0,05) + (CRF x 0,02)

 


Categorías “Mantenciones Preventivas”.

 

Criterios

Ponderación

Porcentaje de descuento sobre el

 precio de lista a público (DPL)

60%

Porcentaje de descuento por monto orden de compra (DOC)

10%

Servicios adicionales sin costos (SA)

23%

Cumplimiento de Políticas y/o Programas de Sustentabilidad (CPS)

5%

Cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta (CRF)

2%

 

Fórmula General:

Ptje. Final por categoría= (DPL x 0,6) + (DOC x 0,1) + (SA x 0,23) + (CPS x 0,05) + (CRF x 0,02)

Las fórmulas señaladas se aplicarán, una vez que se obtenga el puntaje final del proveedor por cada criterio, con esto se obtendrá el puntaje final del proveedor en cada una de las categorías ofertadas, el cual será considerado al momento de adjudicar.

 DEFINICIÓN Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE POR CADA CRITERIO DE EVALUACIÓN

 A continuación se analizará cada uno de los criterios definidos en las presentes bases:

 PRECIO (P)

Este criterio se aplicará a todas las categorías, a excepción de la categoría Mantenciones Preventivas.

Se considerará el precio por ítem idéntico ofertado, es decir ítems o productos con igual Tipo de Producto, Marca, Modelo y Medida considerando para ello, la ficha Electrónica emitida por la DCCP, donde se describe claramente el ítem a ofertar, comparando el valor ofertado por el proponente, con el menor precio ofrecido entre todos los participantes en el ítem respectivo. Cabe precisar que las indicaciones de como completar la marca, modelo y medida, se encuentran descritas en el Anexo N° 10 “Manual Explicativo para Presentación de Oferta Oferta” y en el Anexo N° 9 “Diccionario de Datos”.

 Se informa que serán desestimados de la evaluación:

  1. 1. Los productos que no se enmarquen dentro de las Categorías y tipos de productos licitados.
  2. 2. Productos con precio 0 ó 1
  3. 3. Productos nuevos que no completen correctamente el Tipo de Producto, Marca, Modelo y Medida.

 Se exceptúa de las regla N° 2 de desestimación, detallada en el párrafo anterior, los servicios asociados a la Categoría “Mantenciones Preventivas”, cuyos precios se declararán, según lo estipulado en el punto 6.- Instrucciones para la Presentación de Ofertas, en el subtítulo Anexos Económicos, letra c) y en el Anexo N° 10 “Manual Explicativo de la Oferta”.

 Asimismo, se identificarán aquellos productos cuyos precios no se consideren como válidamente ofertados, es decir, que correspondan a errores evidentes, entendiendo por tales, aquellos en que los precios ofertados estén notoriamente fuera y alejados de la curva de distribución normal de precios.

 Para efectos de determinar los errores evidentes, la DCCP aplicará la siguiente fórmula para la identificación de un intervalo de confianza, de manera de establecer el límite superior e inferior entre los cuales fluctuará el precio de cada ítem o producto, para ser considerado como oferta válida.

El cálculo del intervalo de confianza, será realizado a través de la siguiente fórmula:

 IC = [P-nS,P+nS]

Dónde:

IC = Intervalo de Confianza

P = Promedio de los valores ofertados

n = 1

S = Desviación Estándar (*)

(*) Se entenderá por Desviación Estándar a la dispersión de los datos del valor promedio.

 Con la fórmula antes referida, se definirá un intervalo de confianza donde se determinará una banda de precios. Los precios que se encuentren por sobre el Límite Superior del intervalo serán considerados errores evidentes y por tanto estos productos serán descartados de la oferta. En el caso de los valores que se encuentren bajo el Límite Inferior, se les asignará automáticamente 100 puntos en el criterio precio y no serán considerados en la evaluación de este punto.

Aquellos productos a los cuales se les asigne 100 puntos en el criterio precio, por encontrarse bajo el límite inferior del intervalo de confianza y que resulten adjudicados, no podrán ser bloqueados en un periodo de 3 meses a contar del plazo de vigencia del convenio marco.

Finalmente, las ofertas de precios que se encuentren dentro del intervalo de confianza de aquellos productos que no fueron descartados por variación porcentual, se le aplicará la siguiente fórmula, donde se comparará el precio del producto evaluado entre todos los proveedores, respecto del precio mínimo para el mismo producto evaluado:

Puntaje Precio= (Precio Mínimo Producto/Precio Producto Ofertado) ×100

 Los productos serán comparados y homologados entre sí, mismo tipo de producto, misma marca, modelo y medida, tras lo cual, serán evaluados siguiendo los procedimientos ya descritos.

Cuando un producto no pueda ser comparado con algún otro producto ofertado, le serán asignados 100 puntos en el criterio de precio y no será considerado en la fórmula de asignación de puntaje del criterio precio.

La DCCP podrá verificar durante la evaluación que los precios ofertados correspondan a transacciones normales del negocio chequeando contra los productos activos del Convenio Marco actualmente vigente en la tienda. En los casos que la DCCP no encuentre disponible en el Catalogo Electrónico, los precios de referencia, podrá solicitar un número representativo de facturas, bajo el concepto de “aclaraciones a la oferta”, o verificar precios en el mercado.

El procedimiento de evaluación relacionado al intervalo de confianza se explica detalladamente en el Anexo N° 12 “Intervalo de confianza asociado a la desviación estándar”.

El puntaje final por categoría de este punto, se calculara como promedio simple de los puntajes obtenidos en este criterio para cada uno de los productos o servicios.

 PORCENTAJE DE DESCUENTO SOBRE EL PRECIO DE LISTA A PÚBLICO (DPL).

 Este criterio será aplicado a todas las categorías licitadas, donde cada oferente deberá declarar el porcentaje de descuento sobre el precio de lista a público, sin iva, por cada categoría ofertada en el Anexo N° 11 “Oferta Económica”, dispuesto por la DCCP.

Se aplicará la fórmula de evaluación de los descuentos ofertados, donde se comparará el descuento ofertado por cada proveedor para cada categoría respecto del descuento máximo ofertado para la misma categoría evaluada, de acuerdo a los siguientes polinomios:

Categorías: “Vehículos Livianos, Medianos e Institucionales”, “Vehículos Pesados”, “Remolque, Semirremolques y Tolvas”:

 

PTJE.DPL= 100- (0,4 × (DPL MÁXIMO CATEGORÍA-DPL CATEGORÍA OFERTADA)/DPL MÁXIMO CATEGORÍA) × 100 

 

Categoría “Motos” 

PTJE.DPL= 100- (0,2 × (DPL MÁXIMO CATEGORÍA-DPL CATEGORÍA OFERTADA)/DPL MÁXIMO CATEGORÍA) × 100

 

 Categorías: “Maquinarias” y “Mantenciones Preventivas”

PTJE.DPL= 100- (0,3×  (DPL MÁXIMO CATEGORÍA-DPL CATEGORÍA OFERTADA)/DPL MÁXIMO CATEGORÍA ) × 100 

 

El descuento ofertado por el proveedor, deberá ser expresado en números enteros, hasta con un decimal.

Se deja constancia que el descuento sobre el precio de lista para los Vehículos Institucionales será aplicado al precio total del automóvil, es decir, incluyendo el costo por transformación y/o adaptación.

La DCCP podrá verificar durante la evaluación que los descuentos ofertados entreguen precios que correspondan a transacciones normales del negocio, verificándolos contra los descuentos y precios vigentes en la tienda. En los casos que la DCCP no encuentre disponible en el Catalogo Electrónico, los itemes analizados y sus correspondientes descuentos y precios, podrá verificar dichas condiciones en el mercado automotriz. La DCCP podrá descartar aquellos ítems en los cuales el descuento ofertado por categoría no entregue los mejores precios ofrecidos por el  proveedor en el mercado.

 

PORCENTAJE DE DESCUENTO POR MONTO ORDEN DE COMPRA (DOC).

Este criterio será aplicado a todas las categorías licitadas, donde cada oferente deberá declarar el descuento por monto de orden de compra por cada categoría ofertada, independiente del número de unidades del producto o servicio, considerando para ello, el Anexo N° 11 “Oferta Económica” dispuesto por la DCCP.

Para el cálculo de este puntaje, se seguirá el siguiente procedimiento:

 

a)    Se multiplicará cada uno de los descuentos ofertados por el ponderador asociado a  cada tramo de descuento. Los tramos han sido  definidos de acuerdo a la cantidad de las órdenes de compra emitidas en el convenio actualmente vigente. Los ponderadores para cada tramo dependiendo de la categoría son los siguientes:

 

Categorías “Vehículos livianos, Medianos e Institucionales”

Tramo (en $)

Ponderador

 5.000.000

  10.000.000

26%

10.000.001

      20.000.000

57%

20.000.001

(*)  40.000.000

17%

CategoríaMotos”

Tramo (en $)

Ponderador

1.000.000

10.000.000

60%

10.000.001

(*) 40.000.000

40%

Categoría “Vehículos Pesados”

Tramo (en USD)

Ponderador

41.200

55.600

30%

55.601

(*) 82.500

70%

 

Categoría “Remolques, Semirremolques y Tolvas”

Tramo (en USD)

Ponderador

20.800

41.600

30%

41.601

(*) 82.500

70%

 

Categoría “Maquinarias”

Tramo (en USD)

Ponderador

41.200

55.599

37%

55.600

(*) 82.500

63%

 

Categoría “Mantenciones Preventivas”

Tramos (en $)

Ponderador

50.000

200.000

60%

200.001

500.000

35%

500.001

(*) 40.000.000

5%

 

 (*) Corresponde al equivalente a 1.000 UTM aproximadamente

 

b)   Luego se sumarán los descuentos ponderados obtenidos en cada tramo por cada proveedor y por cada categoría, resultando de esta forma el descuento final ofertado por cada proveedor, luego se aplicará la siguiente fórmula para el cálculo del puntaje del criterio:

 

Categorías: “Vehículos Livianos, Medianos e Institucionales”, “Vehículos Pesados”, “Remolque, Semirremolques y Tolvas”:

PTJE.DOC = 100 -(0,4× (DOC MÁXIMO CATEGORÍA-DOC CATEGORÍA OFERTADO)/DOC MÁXIMO CATEGORÍA) × 100

Categoría “Motos”.

PTJE.DOC = 100 - (0,2 × (DOC MÁXIMO CATEGORÍA-DOC CATEGORÍA OFERTADA)/DOC MÁXIMO CATEGORÍA ) × 100

 

 Categorías: “Maquinarias” y “Mantenciones Preventivas”

PTJE.DOC = 100 - (0,3× (DOC MÁXIMO CATEGORÍA-DOC CATEGORÍA OFERTADA)/DOC MÁXIMO CATEGORÍA) × 100

En caso que el proveedor no informe el descuento para alguno de los tramos en las categorías ofertadas, será considerado como descuento cero (0%) en ese tramo. Si el resultado final de la ponderación resultare cero por ciento (0%), se asignará automáticamente 0 (cero) puntos en este criterio.

Los descuentos ofertados por el proveedor, deberán ser expresados en números enteros, hasta con un decimal.

Se deja expresa constancia que el proponente deberá ofertar descuentos iguales o superiores al tramo anterior. En caso que dicha regla no se cumpla el proveedor tendrá 0 puntos en este criterio.

RECARGO POR FLETE (RF).

 Este criterio se aplicará a todas las categorías licitadas, exceptuando la categoría “Mantenciones Preventivas”. Los precios ofertados deben considerar el valor que implica la entrega de los productos en la región de origen declarada por el oferente, por lo tanto, NO DEBE aplicar recargo por flete en la región de origen, entendiéndose por ésta, donde se encuentra ubicada su Casa Matriz.

En caso de aplicar recargo por entrega en regiones distintas a la de origen, se deberá indicar en el Anexo N° 11 “Oferta Económica” para cada categoría ofertada, el porcentaje de recargo por flete sobre el valor de la orden de compra, en números enteros, hasta con un decimal.

Para el cálculo de este puntaje por recargo por entrega de productos en regiones, se seguirá el siguiente procedimiento para cada categoría ofertada:

Se obtendrá para cada región el porcentaje de recargo mínimo ofertado entre todos los oferentes en esa región y será comparado con el porcentaje de recargo ofertado por cada proveedor en dicha región, donde se utilizará la siguiente fórmula:

PTJE.REGIONAL= (% DE RECARGO POR FLETE MÍNIMO OFERTADO POR REGIÓN/ %DE RECARGO POR FLETE OFERTADO POR OFERENTE) × 100

En el caso que un oferente ofrezca cero por ciento (0 %) de recargo por flete en una región distinta a la de origen, se le asignará para esa región el máximo de puntaje (100 puntos) y no se considerará en la fórmula de evaluación general, sin embargo, sí será considerado el coeficiente de la región en la cual ofertó 0%, para la suma de coeficientes que se utiliza para el cálculo de recargo por flete, descrito en el punto 3).

Se deja constancia que si algún proveedor procede a cobrar recargo por flete en la región de origen para alguna de las categorías a las cuales está ofertando, la cobertura en esa región respectiva será descartada de su oferta.

2)    El resultado obtenido (P1) será multiplicado por el Coeficiente definido para cada región, obteniéndose así resultados regionales (P2):

 P2=(P1 x COEFICIENTE REGIONAL)

Los coeficientes definidos para cada región son los siguientes:

REGIÓN

COEFICIENTE

XV

1

I

1

II

1

III

1

IV

1

V

2

VI

1

VII

1

VIII

2

IX

2

X

1

XIV

1

XI

1

XII

1

RM

10

La suma de los valores P2 o resultados regionales obtenidos por cada oferente, se dividirá, por la suma de los coeficientes correspondientes a las regiones en las que haya participado el oferente, donde se aplicará la siguiente fórmula:

 PTJE.RF=(∑RESULTADOS REGIONALES )/(∑  COEFICIENTES )

En caso que el oferente no declare porcentaje de recargo por flete, la DCCP entenderá que el proveedor en esa o esas regiones no declaradas no presenta oferta.

Recuerde que en el caso de la categoría “Mantenciones Preventivas” no se aplicará este criterio.

 SERVICIOS ADICIONALES SIN COSTO (SA).

Este criterio será aplicado a todas las categorías licitadas, donde cada proveedor deberá declarar si entrega los servicios adicionales sin costo, los cuales se encuentran diferenciados por cada categoría, dicha información deberá ser declarada por el oferente en el Anexo N° 11 “Oferta Económica” dispuesto por la DCCP.

 

Se asignará puntaje por cada servicio adicional sin costo ofrecido por cada proveedor en cada una de las categorías, de manera de darle un valor agregado a su oferta. El proveedor que ofrezca estos servicios, deberá declarar “Si” en dicho anexo, con lo cual obtendrá el puntaje otorgado en cada servicio adicional sin costo para cada categoría, mientras que aquellos proveedores que no entreguen  dichos servicios, y declaren “NO” en el mismo anexo o que omitan completar esta información obtendrán automáticamente cero puntos (0) en ese servicio adicional.

La asignación de puntajes en este criterio dependerá de cada categoría y será realizada de acuerdo a las siguientes tablas de asignación de puntos:

 

Categorías “Vehículo Livianos, Medianos e Institucionales”, “Motos” y “Vehículos Pesados”

Servicio Adicional sin Costo

Puntos

  1. a. Tramitación y pago del Permiso de circulación.

25

b.Instalación de logotipos y pinturas Institucionales.

25

  1. c. Primera mantención preventiva

25

d.Tramitación y pago de la inscripción del vehículo o motocicleta, según corresponda, en el R.N.V.M., Placa Patente y Sello Verde.

25

Categoría “Remolque, Semirremolque y Tolva”

Servicio Adicional sin costo

Puntos

a. Capacitación para el mantenimiento adecuado del producto

30

b.  Instalación de Logotipos y Pinturas Institucionales

30

c. Tramitación y pago de la inscripción del producto en el Registro Nacional de Transporte de Carga Terrestre o en la Municipalidad respectiva, según corresponda.

40

Categoría “Maquinarias”

Servicio Adicional sin costo

Puntos

a. Capacitación de uso

20

b.  Instalación de logotipos y pinturas institucionales.

20

c.Primera mantención de las 100 horas (incluye sólo mano de obra)

20

d.  Incluye además de mano de obra, la provisión de repuestos en la primera mantención a las 100 hrs.

20

e.  Paquete de repuestos (filtros y lubricantes) para las primeras 3.000 hrs.

20

Categoría “Mantenciones Preventivas”

Servicio Adicional sin costo

Puntos

a. Línea 800 o página web para concertar la mantención preventiva

30

b.  Cambio de aceite y filtro de aceite.

40

  1.  c.Retiro y entrega del vehículo en las instalaciones del comprador

30

GARANTÍA DEL PROVEEDOR (GP).

 Este criterio será aplicado a todas las categorías licitadas, exceptuando a la categoría “Mantenciones Preventivas”.  Cada proveedor deberá declarar por cada categoría ofertada el tiempo por el cual se hará extensiva la garantía por defectos de fabricación del bien o producto adquirido, la que entrará en vigencia a contar de la fecha de recepción conforme de la guía de despacho o su equivalente, o una fecha anterior, si así procediese o fuese aplicable. Dicha declaración deberá ser expresada en números enteros y sin decimales e ingresada por el oferente en el Anexo N° 11 “Oferta Económica” dispuesto por la DCCP.

 Aquellos proveedores que omitan completar esta información y que posean productos ofertados para alguna de las categorías, obtendrán automáticamente cero puntos (0) en la categoría correspondiente.La asignación de puntajes será realizada de acuerdo a las siguientes tablas:

 

Categorías “Vehículos Livianos, Medianos e Institucionales”

Garantía

Puntos

Entre 24 a 35 meses o entre 50.000 a 99.999 kilómetros.

0

Igual o superior a 36 meses o desde 100.000 kilómetros con límite definido por el proveedor.

50

Igual o superior a 36 meses sin límite de kilometraje.

100

 

Categoría “Motos”

Garantía

Puntos

Entre 3 a 6 meses o entre 5.000 a 9.999 kilómetros

0

Superior a 6  meses o desde 10.000 kilómetros con límite definido por el proveedor.

50

Superior a 6  meses sin límite de km

100

Categoría “Vehículos Pesados”

Garantía

Puntos

Entre 12 a 24 meses o entre 50.000 a 99.000 kilómetros.

0

Igual o superior a 24 meses o desde 100.000 kilómetros con límite definido por el proveedor

50

Igual o superior a 24 meses sin límite de Kilometraje.

100

 

Categoría “Remolques, Semirremolques y Tolvas”.

Garantía

Puntos

Entre 12 y 23 meses

0

Entre 24 y 35 meses

50

Igual o superior a 36 meses

100

 

Categoría “Maquinarias”

Garantía

Puntos

Entre 6 a 11 meses o entre 500 a 799 horas.

0

Igual o superior a 12 meses o desde 800 a 999 horas.

50

Igual o superior a 12 meses o desde 1.000 horas.

100

 

El oferente deberá declarar en meses la garantía y en caso de tener un límite de horas, además deberá señalarlo en el Anexo N° 11 Oferta Económica.

Los proveedores podrán sólo ofertar productos y servicios que entreguen una garantía igual o superior a la mínima garantía exigida en cada una de las tablas señaladas, según categoría a la cual oferte.

 CUMPLIMIENTO DE POLÍTICAS Y/O PROGRAMAS DE SUSTENTABILIDAD (CPS)

 Este criterio será aplicado a todas las categorías licitadas, donde el oferente deberá declarar toda la información requerida, la que dependerá de la categoría a la cual oferte.

 La asignación de puntajes en este criterio, será realizada de acuerdo al nivel de cumplimiento de las materias y contenidos que a continuación se indican y de la entrega de los respectivos medios de verificación, de acuerdo a la siguiente tabla:

 

Materias y Contenidos

Medios de Verificación

a)     El proveedor tiene un programa de gestión ambiental que permita prevenir la contaminación generada por sus productos y operaciones, mejorando de forma continua su desempeño ambiental.

Certificado ISO 14001-2004 vigente o norma chilena equivalente o Certificación de Acuerdo de Producción Limpia (APL).

b)   El proveedor identifica las fuentes de energía utilizadas e implementa acciones de eficiencia energética.

Certificado ISO 50001 vigente (o norma chilena equivalente), o  Sello de eficiencia energética del Ministerio de Energía.

c)   El proveedor cuenta con un programa de gestión de residuos, e implementa acciones o políticas que contribuyen al cumplimiento de estos programas.

Acuerdos de reciclaje de desechos electrónicos, papel y/o vidrio.

d)   El proveedor cuenta con un programa para promover la conciencia ambiental en su personal y capacitarlo en el adecuado uso de  equipos, instalaciones, materias primas, energía, agua, materiales, residuos y otros desechos.

Enviar descripción del programa y Declaración Jurada.

e)   El proveedor dispone de reporte de sostenibilidad.

Copia digital del informe bajo en estándar GRI del año anterior a la licitación o equivalente.

 

 

Para las categorías “Vehículos Livianos, Medianos e Institucionales”, “Motos”, “vehículos Pesados”, “Remolques, Semirremolques y Tolvas” y “Maquinaria Pesada”, se considerará el nivel de cumplimiento de todas las materias señaladas anteriormente. En el caso de la Categoría “Mantenciones Preventivas”, solo se considerará el nivel de cumplimiento de las materias señaladas en las letras c), d) y e).

 

El puntaje según el nivel de cumplimiento por categoría será de acuerdo a las siguientes tablas:

 Para las categorías “Vehículos Livianos, Medianos e Institucionales”, “Motos”, “vehículos Pesados”, “Remolques, Semirremolques y Tolvas” y “Maquinaria Pesada”.

 

Cumplimiento de Materias y Contenidos

Puntos

Proveedor no presenta respaldo para ninguna de las materias solicitadas.

0

Proveedor presenta solo respaldo para 1 de las 5 materias solicitadas.

50

Proveedor presenta respaldo para 2 de las 5 materias solicitadas.

75

Proveedor presenta respaldo para 3 de las 5 materias solicitadas.

90

Proveedor presenta respaldo para todas las materias solicitadas.

100

Para la categoría “Mantenciones Preventivas”.

Cumplimiento de Materias y Contenidos

Puntos

Proveedor no presentar respaldo para ninguna de las materia solicitadas.

0

Proveedor presenta solo respaldo para 1 de las 3 materias solicitadas.

50

Proveedor presenta respaldo para 2 de las 3 materias solicitadas.

75

Proveedor presenta respaldo para todas las materias solicitadas.

100

El proveedor deberá declarar afirmativa o negativamente (Declarando SI o NO), conforme a lo dispuesto en el Anexo N°1, “Declaración jurada cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad”, respecto de si cumple con las materias y contenidos detallados en éste.

 En caso de contar con uno o más de los contenidos de sustentabilidad anteriormente señalados, el oferente deberá adjuntar la respectiva Declaración Jurada, junto con la documentación de respaldo que acredite su cumplimiento, la que podrá ser validada y acreditada por la Dirección ChileCompra.

 En caso de no contar con alguno de los contenidos de sustentabilidad, el oferente deberá declarar la opción “NO” en los casos que corresponda.  Asimismo, se entenderá por declaración negativa (“NO”), en caso que:

 i)     El oferente omita acompañar el citado Anexo, o presentando dicho documento no declare si cumple o no con alguno de los contenidos de sustentabilidad.

ii)   No acompañar la documentación de respaldo que se requiere para cada contenido de sustentabilidad.

iii)  No obstante acompañar la Declaración Jurada y documentación de respaldo, no se logre acreditar o validar la existencia y/o veracidad y/o contenido de la documentación.

 A continuación se detalla la documentación de respaldo que deberá ser presentada por el proponente como medio de verificación, para la acreditación, validación y/o comprobación del cumplimiento de los contenidos de sustentabilidad:

 a)      Certificado ISO 14001-2004 de sistemas de gestión ambiental (o versiones posteriores, si ya estuviesen vigentes), o su equivalente en NCh (Normas Chilenas).

Para acreditar el cumplimiento de estas normas,  el oferente deberá presentar,  el certificado oficial emitido por el correspondiente organismo de certificación acreditado como tal, ya sea ante el INN o ante organismo reconocido por éste o que estuviese internacionalmente reconocido. La señalada certificación, deberá estar vigente al momento de la presentación de la oferta.

En caso de no disponer del Certificado ISO 14001-2004 o equivalente, también podrá presentar el certificado de producción limpia (Certificado de cumplimiento de Acuerdo de Producción Limpia -APL), con una vigencia mínima de 1 año, contado desde la fecha de presentación de la oferta, o bien, copia del Logo del Certificado de Cumplimiento de los APL “Estrella Azul”, con copia simple del “Contrato de Licencia de Uso de Marca”, debidamente suscrito. La Dirección ChileCompra se reserva el derecho de validar la información así como el contenido entregado por el oferente, ante el Consejo Nacional de Producción Limpia.

 Presentar el certificado de producción limpia de todas las empresas y/o instalaciones productivas del oferente, acompañando una declaración jurada ante notario, adjuntada como archivo electrónico, individualizando tales empresas y/o instalaciones, haciendo expresa declaración de que son las únicas con que cuenta el oferente al momento de presentación de la oferta.

 

b)   Certificado ISO 50001 sobre sistemas de gestión energética (o versiones posteriores, si ya estuviesen vigentes), o su equivalente en NCh (Normas Chilenas).

Para acreditar el cumplimiento de estas normas,  el oferente deberá presentar el certificado oficial emitido por el correspondiente organismo de certificación acreditado como tal, ya sea ante el INN o ante organismo reconocido por éste o que estuviese internacionalmente reconocido.

En caso de no disponer del Certificado ISO 50001 o equivalente, podrá presentar el sello de eficiencia energética entregado por el Ministerio de Energía, el cual permite identificar y premiar a las empresas que han determinado la eficiencia energética como una política transversal.

 c)       Acuerdo de reciclaje de desechos electrónicos, papel y/o vidrio.

Para acreditar el cumplimiento de este acuerdo deberá adjuntar los convenios de reciclaje de desechos vigente, que su representada mantenga hasta antes del cierre de presentación de las ofertas. Un ejemplo de este tipo de acuerdo es el de la Fundación San José. Mayor información la podrá encontrar en los siguientes link:

http://www.fundacionsanjose.cl/como-ayudar/reciclaje/

http://www.fundacionsanjose.cl/inscripcion-campanas/

 

d)    Programa para promover la conciencia ambiental en el personal de su empresa.

Para acreditar el cumplimiento de este programa, el oferente deberá informar de manera completa y consistente al menos lo siguiente:

-       Programa y objetivos

-       Monitoreo del programa

-       Evaluación del programa

 

e)  Reporte de sostenibilidad bajo estándar GRI –iniciativa de Reporte Global- (acreditable a través  de copia digital del último informe GRI presentado, el cual debe ajustarse a las orientaciones y directrices de la GRI. Mayor información en el siguiente link:

https://www.globalreporting.org/languages/spanish/Pages/default.aspx o  equivalente

 Se deja expresa constancia, que la Dirección ChileCompra se reserva el derecho de comprobar y acreditar la existencia, validez, veracidad y/o atingencia de la información, documentación y/o certificaciones entregadas, así como el contenido de las mismas.

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

 Se considerará la completitud de la oferta en relación con los antecedentes requeridos en las bases de licitación, es decir, no se hará diferenciación por categoría. En tal sentido, cuando el proveedor cumpla con todos los requisitos formales al momento de presentar la oferta, obtendrá  100 puntos en este criterio el cual será considerado en todas las categorías ofertadas por el proveedor,  en caso contrario, obtendrá cero puntos (0) en todas las categorías ofertadas.

 El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886, obtendrá 0 puntos en este sub criterio.

 Para obtener el puntaje en este criterio, se ha dispuesto la siguiente tabla:

 

 

CRITERIO

PUNTOS

Cumple con los requisitos formales de presentación de oferta antes del cierre de la licitación              

100 puntos

No Cumple con los requisitos formales de presentación de oferta antes del cierre.    

0 puntos.

Solicitud de aclaraciones y antecedentes

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula “Periodo de consultas” de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. La DCCP pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula 3.

 

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

 

Además la DCCP podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones.

 

Se permitirá, asimismo, la presentación de las certificaciones y/o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40° del Reglamento de la Ley 19.886).

Se deja claramente establecido, que no se aceptarán certificados que se encuentre en “trámite” o “no vigentes”.

 

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviadas a través de la Plataforma. La responsabilidad de revisar el “foro inverso”, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones, durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.

Adjudicación

La DCCP declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

 

La Dirección ChileCompra podrá además, declarar desierta la licitación, o alguna de las categorías licitadas, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán ser por resolución fundada.

 

La DCCP adjudicará a nivel nacional y por categoría  a los oferentes que obtengan 70 puntos ponderados o más en cada categoría ofertada, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las bases de licitación.

 

La DCCP adjudicará a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

 Resolución de empates:

No aplica.

Condiciones contractuales, vigencia de las condiciones comerciales, operatoria del Convenio Marco y otras cláusulas

Regulación de la Licitación y del Convenio Marco:

La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley N° 19.886, su reglamento y las presentes Bases. Asimismo, formarán parte de las bases, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita la DCCP, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes o bien impartidas por esta Dirección de oficio.

 

El Convenio Marco se ceñirá a los siguientes documentos:

 

  1. i.- Ley N° 19.886 y su Reglamento.
  2. ii.- Bases Administrativas, sus Anexos, Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases, si las hubiere.
  3. iii.- Oferta efectivamente adjudicada.
  4. iv.- La resolución de adjudicación.
  5. v.- Contrato Marco celebrado entre la DCCP y el adjudicatario.
  6. vi.- Órdenes de Compra que emitan los organismos públicos habilitados para usar el sitio www.mercadopublico.cl.

 




















Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente, podrán hacerlo accediendo al sitio
www.mercadopublico.cl  desde donde podrán bajar dicha documentación.

Acuerdo Complementario

Podrá suscribirse un Acuerdo Complementario entre las partes, en el cual se consigne la garantía de fiel cumplimiento, cuyo monto no podrá ser inferior a un 5%  del monto total del mencionado acuerdo, según lo establecido en artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras N° 19.886, y se especifiquen las condiciones particulares de la adquisición, tales como, oportunidad y forma de entrega, precio y forma de pago, características específicas de los bienes, vigencia, entre otros.

 

Tales condiciones particulares, no podrán apartarse de los aspectos regulados por las presentes bases y por el Convenio Marco suscrito entre la DCCP y el respectivo adjudicatario.

 

El plazo de vigencia del acuerdo complementario no podrá extenderse más allá de un año contado desde el término de la vigencia del presente Convenio Marco.

 

Para la firma del Acuerdo Complementario, el organismo comprador deberá exigir al proveedor una declaración jurada simple que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley 19.886.

 























Adicionalmente en dicho acuerdo deberá tenerse presente lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.

Vigencia de las condiciones comerciales

El Adjudicatario se compromete a mantener en Convenio Marco, las mejores condiciones comerciales ofertadas a sus clientes respecto de los productos o servicios pertinentes a este Convenio Marco.

 

En el evento de que el Adjudicatario ofrezca mejores condiciones comerciales a sus clientes particulares (fuera del convenio marco), aquél deberá incorporar dichas condiciones en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco con las herramientas dispuestas por la DCCP, las cuales  se mantendrán hasta el término del Convenio Marco, salvo que el proveedor mejore nuevamente las condiciones comerciales de acuerdo con lo establecido en este punto. La DCCP publicará en el Catálogo los nuevos valores en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud del Adjudicatario.

De acuerdo a lo anterior, durante la vigencia del Convenio Marco, él o los proveedores adjudicados podrán aumentar sus descuentos o rebajar los precios para todas las Entidades, de todos o algunos de los productos o servicios adjudicados. Estas rebajas y descuentos se mantendrán hasta el término del Convenio Marco, salvo que el proveedor mejore nuevamente las condiciones comerciales de acuerdo con lo establecido en este punto. La DCCP publicará en el Catálogo los nuevos valores en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud del Adjudicatario.

 

Se deja expresa constancia que la DCCP, en su misión de mantener precios competitivos en la tienda ChileCompra Express, y con el objetivo de generar ahorros significativos en el proceso de contratación de los Organismos Públicos, podrá realizar un monitoreo continuo de los precios de los productos o servicios adjudicados por cada proveedor.

 

Para realizar esta labor, esta Dirección efectuará un levantamiento de precios de los productos o servicios disponibles en la tienda,  y comparará sus precios con los valores obtenidos desde licitaciones de otras instituciones en www.mercadopublico.cl, páginas web de catálogos electrónicos, listas de precios por internet u oficios de organismos públicos informando mejores condiciones por fuera de la Tienda.

 









































En caso de detectar que el proveedor adjudicado no mantiene las condiciones más ventajosas a través de ChileCompra Express, o que en el mercado las condiciones económicas son más favorables que al contratar en la tienda, la DCCP se reserva la facultad de bloquear aquellos productos  o servicios que, luego de comparar los precios, resulten ser más caros, y sólo serán habilitados una vez que el proveedor refleje dicho valor como un precio permanente dentro de la tienda y no por medio de una oferta especial. Adicionalmente, la DCCP podrá solicitar facturas que avalen el precio de transacción del bien en la tienda.

Operatoria del Convenio Marco

Una vez que el Convenio Marco entre en vigencia, operará a través del Catálogo Electrónico disponible en el sitio www.mercadopublico.cl donde cualquier Entidad, podrá acceder y emitir a través de él directamente Órdenes de Compra al Adjudicatario, quien para todos los efectos legales se relacionará comercial y contractualmente de manera directa con cada Entidad.

Para los efectos del Convenio Marco, las Órdenes de Compra deberán acompañar como archivo adjunto, el certificado extendido por la autoridad competente, acreditando que cuenta con la debida disponibilidad presupuestaria para adquirir los productos  o servicios requeridos y que se generen y emitan a través del sitio  www.mercadopublico.cl.

 

Asimismo, aquellos proveedores que estén dispuestos a ofrecer sus productos a compradores que cuentan con Fondos Rotativos de Abastecimiento (FORA), los cuales no se encuentran afectos o exentos de IVA, según Resolución Exenta Nº 6080, de 1999, deberán declarar en el Formulario CM, dispuesto por la DCCP, con un “SI” en caso de poder ofrecer sus productos a compradores que cuentan con FORA, o con un “NO”, en caso de no poder ofrecer sus productos considerando este tipo de fondo.

 

El Adjudicatario sólo podrá rechazar las Órdenes de Compra válidamente emitidas en conformidad a este convenio en los siguientes casos:

 

                i. Que la Entidad que emite la orden de compra tenga una deuda vencida con el Adjudicatario o con cualquier proveedor de este Convenio Marco, acreditado por antecedentes objetivos y fidedignos presentados por el propio Adjudicatario.

              ii. No adjuntar a la orden de compra, el certificado debidamente autorizado por la autoridad competente, que acredite la disponibilidad presupuestaria que posee el organismo requirente para adquirir los productos o servicios  consignados en ella.

             iii. Que la orden de compra recepcionada por el Adjudicatario no concuerde con las condiciones comerciales declaradas por el oferente en su oferta.

 

Bloqueo de productos  o servicios.

La DCCP procederá al bloqueo de  productos  o servicios en el Catálogo Electrónico, en los casos siguientes:

 

  1. Si detecta que algunos de los productos o servicios presentan condiciones comerciales menos favorables que los que se encuentran disponibles en el mercado.   El tiempo de bloqueo del producto o servicio será hasta que el proveedor subsane la situación.

 

  1. Cuando en la Tienda existan productos o servicios que en un periodo de 6 meses o más, no experimenten transacciones derivadas de compras realizadas a través de ChileCompra Express. En este caso los productos o servicios se mantendrán bloqueados hasta que el adjudicatario fundamente la necesidad de mantener dichos productos o servicios en la tienda y esta justificación sea aceptada por la DCCP.

 

  1. Si se detecta que algunos de los productos o servicios está siendo mal utilizado, sea a través de la incorporación de productos o servicios que por su naturaleza no corresponden a este convenio marco, o en general por cualquier otra circunstancia que implique la utilización de una ficha de producto  o servicio para la adquisición de un bien distinto al especificado en la misma. El tiempo de bloqueo del producto o servicio será hasta que la situación sea aclarada y no amerite la aplicación de algún tipo de sanción en contra del adjudicatario.

 

  1. Todos aquellos productos que no cumplan con la normativa chilena vigente.

 

  1. Incorporación de productos correspondientes a categorías no adjudicadas por el proveedor o tipos de productos que no se enmarquen dentro de dichas categorías.

 

  1. Aquellos productos que no correspondan al año en curso correspondiente, esto se aplicará a las categorías “Vehículos Livianos, Medianos e Institucionales”, “Motocicletas” y “Vehículos Pesados”, para esta última en los tipos de productos que corresponda. 

 

El Adjudicatario no podrá establecer diferencias arbitrarias en el trato que dé a las Entidades que requieran sus productos o servicios, a través de las emisiones de Órdenes de Compra que se ajusten al convenio.

 

En caso que los productos adquiridos por las Entidades presenten defectos de fabricación y que se necesite más de 5 días hábiles para su reparación, el Adjudicatario deberá entregar a dicha entidad un producto de remplazo con similares características por el tiempo que se extienda la reparación del mismo.

 

Se deja constancia, que si durante la vigencia del convenio existen modificaciones en las normas vigentes, y que éstas afecten a los productos o servicios catalogados y publicados en la tienda, los proveedores deberán dar cumplimiento cabalmente a las nuevas exigencias.

 

Bloqueo de Adjudicatario

 

La DCCP deshabilitará del Catálogo al adjudicatario que se encuentre inhábil en ChileProveedores. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de ChileProveedores. El adjudicatario será habilitado nuevamente, cuando se encuentre hábil en el registro, para lo cual deberá informar a la DCCP de dicho estado por los medios que esta estime.

 

Derechos e Impuestos

 

Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este Convenio Marco, tales como los gastos notariales de celebración de Convenio, y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según el Convenio o las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste.

 

Será responsabilidad del Comprador solicitar las debidas cauciones (garantías) que aseguren el cumplimiento de los respectivos Acuerdos -según lo indicado en la cláusula 10.2 Acuerdo Complementario-, así como también las certificaciones y resoluciones correspondientes para los servicios y productos adquiridos a través de este Convenio Marco.

Incorporación de productos y/o servicios al catálogo.

Los productos o servicios adjudicados y sus correspondientes condiciones contractuales, serán publicados en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco, disponibles en el sitio www.mercadopublico.cl, lo cual quedará a disposición de las Entidades, siempre y cuando el Adjudicatario cumpla con lo siguiente:

 

a)    Deberá estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl, de acuerdo a lo señalado en estas bases de licitación.

 

b)   Haber entregado la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato establecida en las bases de licitación.

 

c)    Deberá dar cumplimiento a los requerimientos de catalogación que la DCCP establezca para todos los adjudicatarios de la licitación a que se refiere el Convenio. Para ello deberá completar toda la información que la DCCP le requiera respecto de los productos o servicios adjudicados, esto implica entregar a la Unidad de Catalogación para cada producto  o servicio, lo siguiente:

 

  1. i.- Los productos y servicios deberán contar con una Foto Pequeña de 90 X 90 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 Pixeles por pulgadas
  2. ii.- Adicionalmente, deberán contener al menos una Foto Grande de 230 X 320 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 pixeles por pulgadas (se pueden colocar hasta 4 fotos, pero al menos debe proveerse de una).
  3. iii.- Sólo en caso que la DCCP lo requiera, ésta enviará al adjudicatario un archivo en Excel, donde este deberá completar toda la información: una columna con el ID Producto o servicio, otra con el nombre del archivo de la foto pequeña y una última columna con el nombre de la foto grande, que correspondan a cada ID Producto o servicio. Las fotos deben ser enviadas en un CD, con el nombre que se detalla en la planilla Excel, todas en una sola carpeta.

 

El nombre de la foto será descrito de la siguiente forma:

-        Nombre Foto pequeña: IDProducto o servicio _P.jpg

-        Nombre Foto Grande: IDProducto o servicio_G.jpg

- Ejemplo:  ID Producto  o servicio = 2031

- Nombre Foto pequeña: 2031_P.jpg

- Nombre Foto Grande: 2031_G.jpg.

 

  1. iv.- Deberá contener obligatoriamente toda la información solicitada en los atributos de catalogación exigidos por la DCCP, esto son los siguientes:

 

Marca: Completar, según lo descrito en el Manual de uso Comprador y en Anexo N° 10 “Manual Explicativo de la Oferta”.

Modelo: Completar, según lo descrito en el Manual de uso Comprador y en Anexo N° 10 “Manual Explicativo de la Oferta”.

 

Medida: Completar, según lo descrito en el Manual de uso Comprador y en Anexo N° 10 “Manual Explicativo de la Oferta”.

 

  1. v.- Además, cada proveedor deberá completar obligatoriamente en cada uno de los ítems todos los atributos extendidos exigidos por la DCCP para cada ítem, los cuales se encuentran detallados en el Anexo N° 9 “Diccionario de Datos”, que se adjunta al ID de las presentes bases.

 

  1. vi.- Una vez adjudicado, deberá enviar al Jefe de Proyecto de la licitación, las fichas técnicas para cada uno de los productos o servicio en formato PDF en un CD/DVD, con el objetivo de una mejor caracterización y descripción de los productos o servicios adjudicados. En el caso de las mantenciones preventivas, este PDF, deberá detallar la pauta de cada mantención para cada kilometraje señalado.

 

d)   Asimismo todos los proveedores deberán presentar la carta de representación de la marca correspondiente, en formato PDF y debidamente firmada.

 

Todos los documentos señalados anteriormente, deben ser presentados en las condiciones señaladas en el punto “6.- Instrucciones para la Presentación de Ofertas” de las presentes bases.

 

La propiedad de la ficha electrónica, será de la DCCP, quien se reservará el derecho para utilizar uno o más componentes de ella para lo que estime conveniente dentro del ámbito del presente convenio marco. Con todo, la veracidad de la información contenida en la ficha electrónica será de responsabilidad de cada proveedor al momento de entregarla.

La DCCP se reserva el derecho a deshabilitar productos o servicios cuyas fichas estén defectuosas, es decir, con fotos en blanco o mal dimensionado, fichas incompletas, datos falsos, vehículos o motos que no pertenezcan al año declarado u otros que estime conveniente para el buen funcionamiento del catálogo.






























































































Descuentos Especiales

El Adjudicatario, cuando lo estime conveniente, podrá otorgar descuentos especiales para todas las Entidades sobre los precios o descuentos vigentes en el Convenio, independiente del monto de la compra que se trate. Con todo, estos descuentos especiales tendrán el carácter de oferta especial la que en ningún caso podrá ser inferior a un 1% de descuento de su precio catalogado y se deberán mantener por un plazo mínimo de 3 días hábiles desde su publicación en el Catálogo. La DCCP publicará en la tienda dichas ofertas especiales, al día siguiente, contados desde la recepción de la solicitud del Adjudicatario.

En caso que los proveedores mantengan productos o servicios en la tienda con descuentos permanentes, estos deberán ser reflejados como rebaja en los precios vigente de productos o servicios.

 

Extensión de Ofertas Especiales a las Entidades
El Adjudicatario que resulte adjudicado no podrá ofrecer a alguna o algunas Entidades mejores condiciones que las adjudicadas y catalogadas en convenio marco sin extender estos beneficios al resto de las Entidades. Toda rebaja de precios o descuentos especiales a una determinada Entidad deberá realizarse, siempre, a través del Catálogo Electrónico de Convenios Marco y extenderse a todas las Entidades, a excepción de las ofertas realizadas para un proceso de Gran Compra.
Compras mayores a 1.000 UTM (mil UTM).

En las adquisiciones vía convenio marco superiores a 1.000 UTM, las entidades deberán comunicar a través del Sistema, la intención de compra de el o los servicios requeridos, en los términos que establece el artículo 14° bis del Reglamento de la Ley de Compras.

 

La comunicación será realizada con la debida antelación, plazo que en ningún caso podrá ser inferior a 10 días corridos antes de la emisión de la orden de compra.

 

Las ofertas recibidas serán evaluadas debiendo confeccionarse un cuadro comparativo que será fundamento y anexo de la resolución que aprueba la adquisición, la que deberá ser publicada en el Portal www.mercadopublico.cl

 

Toda vez que la naturaleza de la contratación lo requiera, la entidad podrá incorporar en su intención de compra lo siguiente:

 

a)      Garantías adicionales a las establecidas en estas bases, mediante la firma de un acuerdo complementario.

b)      Posibilidad de seleccionar a la segunda mejor oferta, en caso que el proveedor seleccionado en primera instancia desista de su oferta.

c)       Visita en Terreno, cuando la complejidad de la adquisición, las condiciones especiales y la naturaleza de los bienes a adquirir, así lo requieran.

 

Los criterios deberán respetar la ponderación de la Evaluación descrita en la cláusula “9.2.- Procedimiento de evaluación de ofertas”.

 

Sin embargo, el comprador “No podrá”, considerar en la “Intención de compra”, criterios de evaluación adicionales o nuevos Sub-criterios, distintos a los previamente considerados en las presentes bases de licitación.

 

A la luz de los resultados obtenidos, la Entidad deberá seleccionar la oferta más conveniente según el resultado del cuadro comparativo que deberá confeccionar sobre la base de los criterios de evaluación y ponderaciones definidas en las bases de licitación de convenio marco, en lo que les sean aplicables, cuadro que será adjuntado a la orden de compra que se emita y servirá de fundamento de la resolución que apruebe la adquisición.

 

Las entidades públicas procurarán efectuar sus procesos de grandes compras, de conformidad a lo señalado en la Directiva de Compras N° 15, publicada en el portal www.chilecompra.cl.

Actualización de productos o servicios Adjudicados

Durante la vigencia del Convenio Marco, el Adjudicatario, deberá mantener en el Catálogo Electrónico los productos  o servicios con condiciones más ventajosas para las Entidades, para ello, el Adjudicatario podrá solicitar lo siguiente:

  1. I.- Eliminar, bloquear o descontinuar uno o más productos o servicios adjudicados  a partir del tercer mes de la entrada en operación del Convenio Marco, entendiendo que la operación del convenio se inicia desde la habilitación del primer proveedor en la tienda. Con todo, no aplicará la restricción indicada anteriormente en caso que se produjera el cambio de año de los modelos antes de cumplirse el plazo establecido.
  1. II.- Incorporar nuevos productos o servicios, siempre que estos pertenezcan a alguna de las categorías adjudicadas. Para todos los casos de incorporación de productos  o servicios, se deberá cumplir con las siguientes condiciones:

 

  1. a.- Productos o servicios nuevos, es decir, que el producto o servicio no se encuentre habilitado por otro proveedor en el Catálogo, el precio de incorporación debe a lo menos mantener el mismo porcentaje de descuento correspondiente a la categoría adjudicada. Además, deberá respaldar el precio del producto o servicio a ingresar, mediante:

 

-  Facturas emitidas con una antigüedad mínima de 30 días y que hayan sido debidamente recepcionadas por el comprador o listados de precios netos de venta a público general disponibles en sus páginas web (a los que se deberá poder acceder desde la página principal sin necesidad de ingresar usuario y clave de contraseña) o,

 

-  Listados de precios de listas netos en formato PDF, el cual deberá estar firmado por el Gerente General o Representante Legal de la empresa, respetando el tipo de moneda establecido para cada categoría. En el caso que el producto a ingresar sea un servicio de mantención preventiva, el proveedor deberá presentar pautas de mantenciones en formato PDF, la cual deberá contener el precio de lista neto de cada mantención en cada kilometraje ofrecido. En caso que el producto a ingresar sea un producto de la Categoría Vehículo Institucional, este deberá presentar las cotizaciones del costo de la transformación del vehículo en formato PDF y firmado por el Gerente General o Representante Legal.

 

Adicionalmente, la DCCP podrá verificar que el precio ofertado sea más barato que en el mercado, para esto la DCCP verificará los precios por internet, catálogos, revistas, entre otras. En caso del no cumplimiento de esta condición el producto o servicio podrá ser rechazado.

 

  1. b.- Enviar la solicitud de incorporación de productos o servicios a través del BackOffice de convenio marco, adjuntando en la misma, los documentos de respaldo necesarios para validar el cumplimiento de las condiciones requeridas.

 

  1. c.- En el caso que el producto o servicio que se pretenda agregar se encuentre en el catálogo del presente convenio marco, se aplicará a dicho producto o servicio solicitado incorporar, la fórmula de evaluación del Criterio Precio, contemplada en estas bases, por lo que su resultado deberá ser igual o superior a los 95 puntos, en relación al producto o servicio comparable de menor valor que se encuentre en el Convenio Marco.

 

  1. d.- Además y como regla de aplicación general, no se podrán incorporar productos o servicios que luego del proceso de evaluación de ofertas hayan sido no adjudicados.

 

  1. e.- Los nuevos productos o servicios que sean incorporados deberán cumplir con los requerimientos establecidos en la cláusula “10.5.- Incorporación de productos y/o servicios al catálogo”. Estos requerimientos deberán ser detallados en la solicitud de ingreso de productos, así como adjuntar sus respectivos respaldos en PDF, de lo contrario, la solicitud será rechazada por la DCCP.

De la misma forma se debe obligatoriamente considerar:

 

  1. 1.- La identidad del producto o servicio específico con las categorías adjudicadas por el proveedor.

 

  1. 2.- La mantención o mejora de las condiciones comerciales adjudicadas, establecidas en la ficha electrónica de la oferta, de acuerdo a lo señalado en el punto “10.3.- Vigencia de las condiciones comerciales”.

 

  1. 3.- Cada solicitud enviada por el proveedor para incorporación de productos o servicios, no podrá contener un número superior a 30 productos o servicios en total, exceptuando de esta restricción:

 

  1. i.- Los requerimientos de incorporación de productos o servicios que se realicen a petición de alguna Entidad, lo que deberá ser comunicado por ésta a la DCCP en caso que la contratación sea de carácter urgente.
  2. ii.- Los requerimientos de incorporación realizados con motivo de la actualización de año y/o modelo de los productos y/o servicios correspondientes a las categorías adjudicadas.

 

  1. f.- Mejorar las condiciones comerciales ofrecidas, tales como disminuir los precios de los  productos  o servicios, aumentar los porcentajes de descuento ofrecidos por volumen, aumentar los porcentajes de descuento sobre el precio de lista, disminuir los plazos de entrega y de reposición, ya sea para algunas o todas las regiones ofrecidas.

 

  1. g.- Transferir parte o el total de los descuentos por volumen al valor de los productos o servicios adjudicados.

 

  1. h.- Ampliar la cobertura ofrecida, para la totalidad de los productos o servicios adjudicados a otras regiones, en las mismas condiciones generales y regionales de su oferta.

 

Las actualizaciones de los productos adjudicados señalados precedentemente, deberán solicitarse a través de la herramienta que la DCCP destine para dichos efectos en el Catálogo Electrónico, adjuntando en la misma, los documentos de respaldo necesarios para validar el cumplimiento de las condiciones requeridas.

La DCCP realizará un análisis de las solicitudes, pudiendo aceptarlas o rechazarlas, en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles, contados desde su recepción.




















































































































Reajuste de Precios

Solo aplicará para las siguientes categorías:

CATEGORIA “MANTENCIONES PREVENTIVAS”.

En esta categoría los precios podrán ser reajustados cada 6 meses, a partir de la entrada en vigencia del Convenio Marco, donde  para los ítems o productos adjudicados de esta categoría, la reajustabilidad será calculada considerando para ello dos factores:

a)    Variación mensual del IPC Específico ( IPCE) de los productos asociados a Lubricantes y Aceites para el Automóvil.

b)   Variación mensual del Índice Nominal de Costo de la Mano de Obra ( ICMO).

 

Para realizar el cálculo de la reajustabilidad se utilizará la siguiente fórmula general:

 

PR=PA×[1+(0,5 ×∆IPCE)+(0,5×∆ICMO)]

 

 

Dónde:

PR: Precio Reajustado

PA: Precio Actual

IPCE: Variación del IPC Específico del periodo a reajustar.

ICMO: Variación del Índice Nominal de Costo de la Mano de Obra del periodo a reajustar.

 

Para obtener la  Variación mensual del IPC Específico (DIPCE) de los productos asociados a Lubricantes y Aceites para el Automóvil, el proveedor deberá realizar los siguientes pasos:

 

-    Abrir el siguiente link : 

http://www.ine.cl/canales/chile_estadistico/estadisticas_precios/ipc/nuevo_ipc/nuevo_ipc.php, en “Series Referenciales Base anual 2009=100”, específicamente en la planilla denominada “IPC por productos (Niveles)”.

-    Luego, el proveedor deberá utilizar para el cálculo de la reajustabilidad, la información contenida en la planilla anteriormente señalada, específicamente en la Glosa denominada “Lubricantes y Aceites para el Automóvil”.

 

-    Con la información de los meses a reajustar, podrá aplicar la siguiente fórmula para obtener DIPCE:

 IPCE=((IPCEI-IPCEF))/IPCEI

 Dónde:

IPCEI: IPC Específico inicial, correspondería al índice del primer mes del periodo a reajustar.

IPCEF: IPC Específico final, correspondería al índice del último mes del periodo a reajustar.

 

Para obtener la  Variación del  Índice Nominal de Costo de la Mano de Obra (ICMO), el proveedor deberá realizar los siguientes pasos:

 

-    Abrir el siguiente link : 

http://www.ine.cl/canales/chile_estadistico/mercado_del_trabajo/remuneraciones/series_estadisticas/nuevo_series_estadisticas.php, en “Series Referenciales Base anual 2009=100”, específicamente en la planilla denominada “ICMO Nominal por Actividad Económica (Índice y Variaciones)”.

 -    Luego, el proveedor deberá utilizar para el cálculo, el índice de los últimos tres meses, considerando que existe un desfase en la información proporcionada por el INE que va desde dos a tres meses.

 -    Con la información de los meses a reajustar, podrá aplicar la siguiente fórmula para obtener DIPCE:

  CMO=((ICMOI-ICMOF))/ICMOI

 Dónde:

:   ICMO inicial, correspondería al índice del primer mes del periodo a reajustar.

:  ICMO final, correspondería al índice del último mes del periodo a reajustar.

 

CATEGORIAS “VEHÍCULOS LIVIANOS, MEDIANOS E INSTITUCIONALES” Y “MOTOS”.

 En esta categoría sólo se podrá reajustar cada tres meses, en caso que exista una variación igual superior a un 2% en el IPC Específico del producto asociado a las glosas “Automóvil Nuevo” y a “Motocicleta”, según corresponda en cada caso.

 

Para obtener la  Variación mensual del IPC Específico (DIPCE) de los productos asociados a las categorías anteriormente señaladas, el proveedor deberá realizar los siguientes pasos:

-    Abrir el siguiente link : 

http://www.ine.cl/canales/chile_estadistico/estadisticas_precios/ipc/nuevo_ipc/nuevo_ipc.php, en “Series Referenciales Base anual 2009=100”, específicamente en la planilla denominada “IPC por productos (Niveles)”.

-    Luego, el proveedor deberá ubicar en la planilla mencionada precedentemente, la Glosa denominada “Automóvil Nuevo” o “Motocicleta”, según corresponda.

 

-    Con la información de los meses a reajustar, podrá aplicar la siguiente fórmula para obtener DIPCE:

 IPCE=((IPCEI-IPCEF))/IPCEI

Dónde:

 IPCEI: IPC Específico inicial, correspondería al índice del primer mes del periodo a reajustar.

IPCEF: IPC Específico final, correspondería al índice del último mes del periodo a reajustar.

 Para solicitar el reajuste, el Adjudicatario deberá considerar lo siguiente:

 

  1.  Las solicitudes de reajustabilidad de los productos adjudicados, deberán ser realizados a través del sistema electrónico disponible para tal efecto. Estas solicitudes deberán ser presentadas de acuerdo al criterio de reajustabilidad establecido en las presentes bases de licitación.

2.- La DCCP se reserva el derecho de aceptar o rechazar la solicitud, en el plazo de 10 días hábiles de recepcionada, a través de las herramientas que disponga la DCCP para estos efectos.


Nuevos llamados a licitación

Durante la vigencia del convenio marco, la DCCP podrá realizar nuevos llamados a través del Sistema de Información, con el fin que nuevos proponentes presenten sus ofertas, de acuerdo a los productos o servicios singularizados en el Anexo N° 2 de estas bases, o que hayan sido posteriormente incorporados de acuerdo a las reglas de actualización establecidas en el punto “10.9.- Actualización de productos adjudicados”, no existiendo la posibilidad de ingresar productos distintos a los que la DCCP disponga. Los nuevos llamados podrán ser por categorías de productos o servicios a nivel nacional o por categorías de productos o servicios a nivel regional.

 

Los plazos asociados a la presentación de las ofertas, la evaluación y la adjudicación, así como los requisitos de la oferta y los criterios de evaluación que se utilicen en los nuevos llamados, serán los mismos que se establecen en las presentes bases.

 

En conformidad a lo indicado precedentemente, la DCCP adjudicará de acuerdo a los criterios de evaluación y los ponderadores establecidos originalmente.

 

Con todo, previo a la adjudicación y para un mismo producto o servicio, se constatará si el precio y descuento final del producto o servicio a adjudicar, (es decir, el descuento por monto orden de compra, el descuento sobre precio lista público y el recargo por flete, este último en caso de corresponder), obtenido en el nuevo llamado, es igual o inferior al descuento promedio del producto o servicio, que se encuentre vigente en el Catálogo, en cuyo caso el producto o servicio será adjudicado de conformidad a las reglas generales. De no darse esta condición, el producto o servicio no será adjudicado.
Subcontratación

Se prohíbe la subcontratación. Salvo en los casos que a continuación se indican, donde el adjudicatario podrá subcontratar parcialmente:

 

a.    Para la categoría Vehículos Institucionales, en lo referido a la transformación de los vehículos, ésta podrá ser subcontratada, siendo y permaneciendo en todos los casos como exclusivo responsable el adjudicatario.

b.    Para aquellos proveedores que tienen subcontratado el Servicio Técnico autorizado por la marca respectiva, para atender los casos en que el bien o servicio adquirido presente fallas técnicas cubiertas por la garantía del mismo.

 

No obstante lo anterior, la responsabilidad por el cumplimiento de las condiciones ofertadas o pactadas recaerá sobre el adjudicatario.

 

Las relaciones entre el comprador, proveedor, contratista y subcontratista estarán regidas según lo dispuesto en la normativa vigente existente para estos efectos.
Multas y Sanciones

Los adjudicatarios podrán ser sancionados con una o más de las siguientes medidas:

Multas

El Adjudicatario podrá ser sancionado por las Entidades con el pago de multas, por atrasos en la entrega de los productos o servicios.

 

Las multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día hábil de atraso, y se calcularán como un 1% del valor neto del producto o servicio solicitado y aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas respecto del plazo de entrega establecido en la ficha del proveedor con un tope de 10 días hábiles. Para los casos en que el proveedor no hubiera aceptado la Orden de Compra y haya entregado total o parcialmente los productos o servicios, se considera que el plazo de entrega comenzó al segundo día hábil de emitida la orden de compra.

 

Las multas se podrán aplicar sin perjuicio del derecho de recurrir a los tribunales ordinarios de justicia.

 

Procedimiento para aplicación de multas

 

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte de la Entidad o del funcionario responsable, éste le notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

 

Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la multa.

 

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de hasta treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada.

 

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.

 

Cobro de la multa

 

Quedará ejecutoriada la multa, con la notificación de dicha resolución o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.

 

El monto de las multas será rebajado del pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento.

 

El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Entidad, para requerir a la DCCP, la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento.

 

Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto de la respectiva Entidad que esté realizando el cobro.

Procedimiento de Reposición:

El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.

 El jefe superior de la respectiva Entidad o la autoridad que sea competente, resolverá dentro de los 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente la Reposición. Se notificará dicha resolución o acto administrativo al respectivo proveedor y al Director de la DCCP.

 

Sanciones aplicables por la DCCP

 

La DCCP, en caso de incumplimientos, aplicará las sanciones que se singularizan a continuación. Con todo, al determinar la sanción a aplicar al adjudicatario, la DCCP tendrá en consideración, la magnitud de la falta cometida, la cantidad de órdenes de compra emitidas al proveedor, el monto transado en la orden de compra que da origen a la sanción y el impacto del bien o servicio contratado en la gestión de la(s) Entidad(es) requirente (s), debiendo en todo caso dar aplicación al principio de proporcionalidad de la sanción.

 

Amonestación

La DCCP, amonestará al proveedor cuando los antecedentes que tenga a la vista no revistan la gravedad que ameriten la aplicación de otra de las sanciones de mayor gravedad definidas en estas bases.

 La amonestación pasará a formar parte de su historial como proveedor, de acuerdo al artículo 94, letra d), del reglamento de la ley N° 19.886, información que podrá ser tenida en cuenta al momento de evaluar sus ofertas en futuras licitaciones de convenio marco. Asimismo, dichas amonestaciones serán consideradas en la aplicación de las otras sanciones contempladas en las presentes bases (cobro de boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato y suspensión temporal del proveedor).

 

Cobro de la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato

 

El Adjudicatario podrá ser sancionados por la DCCP con el cobro de Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, en los siguientes casos:

 

  1. No pago de multas dentro del plazo, a menos que la Entidad Compradora proceda al descuento respectivo en el correspondiente estado de pago.
  2. A la tercera amonestación aplicada en 6 meses por la DCCP.
  3. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los productos adjudicados, establecidas en este convenio marco, a requerimiento fundado de las Entidades Compradoras o a iniciativa de la DCCP por esta misma causa.
  4. Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las Bases, a requerimiento fundado de las Entidades o a iniciativa de la DCCP por esta misma causa, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del contrato.

Suspensión Temporal del Catálogo Electrónico

 El Adjudicatario podrá ser sancionado por la DCCP con la suspensión temporal en el Catálogo Electrónico de los productos que tiene en el Convenio Marco, en los siguientes casos:

 

  1. Cuando el proveedor proceda a eliminar o bloquear productos durante los 3 primeros meses de operación del Convenio. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será por el mismo número de días que el proveedor incurrió en la conducta que se sanciona. Lo anterior, no aplica para el caso del cambio de año de los modelos de los vehículos si así correspondiere.

 

  1. Cuando existiendo el producto en la Tienda, el adjudicatario solicita la creación de una nueva ficha para el mismo producto, para lo cual altera la denominación o alguna característica del mismo, generando duplicidad de fichas en el Catálogo. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será de:

-              10 días hábiles si el proveedor solicita generar fichas existentes por segunda vez.

-              20 días hábiles si el proveedor solicita generar fichas existentes de productos por tercera vez.

-              3 meses si el proveedor solicita generar nuevas fichas de productos a contar de la cuarta vez.

 

  1. Rechazo de Orden de Compra emitida por la Entidad Compradora por causales no contempladas en las bases de licitación. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será:

-          10 días hábiles si el proveedor rechaza una OC por primera vez.

-          20 días hábiles si el proveedor rechaza una OC por segunda vez.

-          La DCCP podrá poner término anticipado al convenio marco para el proveedor, por rechazo de una OC por tercera vez.

 

  1. Atraso en la entrega de los productos, superiores a 10 días hábiles desde el cumplimiento del plazo ofertado y/o acordado, según corresponda. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el catálogo será de hasta 2 veces el tiempo que se incurrió en atraso.  

 

  1. A la cuarta amonestación aplicada por la DCCP en 6 meses. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será por un período de 30 días corridos.

 

  1. No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Para estos efectos, se considera renovación oportuna la entrega dentro del plazo de los 5 días hábiles siguientes contados desde su cobro. Asimismo, se considera también renovación oportuna la entrega dentro del plazo de 5 días hábiles antes del vencimiento de la garantía. En ambos casos la nueva garantía deberá tener las mismas características que la anterior, y extenderse por todo el periodo de vigencia que corresponda.

 

  1. La no presentación en ChileProveedores del Certificado de la Dirección del Trabajo, que acredite que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, al cumplirse los seis meses de vigencia del convenio marco.

 

  1. Cuando el proveedor que ha participado en un proceso de grandes compras, se desista de su oferta y esta acción cause un perjuicio importante en la gestión del Organismo afectado. El organismo afectado deberá informar y solicitar aplicación de sanción a través de oficio a la DCCP. El tiempo de suspensión temporal en la tienda será de tres meses

 

  1. Mantener visibles (habilitados) en el catálogo electrónico productos sin stock. Cabe señalar que, en éste caso, el tiempo de suspensión temporal del catálogo será por un período de 15 días corridos.

 

  1. No entrega de un Vehículo de reemplazo, en los términos definidos en el punto “10.4.- Operatoria del Convenio Marco” de las presentes bases.

 

  1. No cumplimiento de la garantía por defectos de fabricación del bien o servicio adquirido, la cual fue declarada por el proveedor al momento de ofertar, mientras no subsane la situación.

 

  1. No entrega de la información solicitada para catalogación de los productos o servicios en los plazos convenidos.

 

  1. Reincidencia del proveedor, por una segunda vez, en la conducta descrita en la letra i) de la sección “Bloqueo de Productos y Servicios”, del punto 10.4 de la presentes bases (condiciones comerciales desfavorables de un producto en el Catálogo, en comparación a las condiciones comerciales ofrecidas por el mismo proveedor a sus clientes particulares). En este caso, el período de suspensión del proveedor se extenderá por 30 días corridos.
  2. Detección por segunda vez de la comercialización, a través de la tienda, de productos que no corresponden al convenio o a las categorías adjudicadas por el proveedor, el plazo de suspensión en este caso será de dos meses.

 

Procedimiento para la Amonestación, Cobro de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y Suspensión de proveedores

Para que la DCCP proceda a aplicar al Adjudicatario la sanción de Amonestación, Suspensión Temporal del Catálogo Electrónico o la del Cobro de la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, se deberá seguir el siguiente procedimiento:

 

La DCCP activará el procedimiento sancionatorio de oficio o a requerimiento de alguna de las entidades compradoras, en cuyo caso éstas deberán acompañar al reclamo los siguientes antecedentes:

 

-      Número de la Orden de Compra.

-      Fecha de emisión de la Orden de Compra.

-      Razones que fundamentan la solicitud de aplicación de la sanción requerida.

-      Explicación del proveedor, si la hubiere.

-      Copia de la Orden de Compra.

-      Datos de contacto e información para transferencia electrónica de fondos para el cobro de la Garantía.

En el caso de retraso en la entrega de los productos  o servicios, se deberá indicar además:

-      La identificación de los productos o servicios con rezago.

-      Las cantidades rezagadas.

-      Los días hábiles de atraso en la entrega.

 

Detectada una situación susceptible de aplicación de sanciones, la DCCP notificará al adjudicatario por alguna de las siguientes vías, personalmente, por carta certificada o correo electrónico, a la dirección o datos de contacto que el proveedor haya comunicado, indicando los hechos que ameritarían la aplicación de una sanción y adjuntando los antecedentes que se estimen pertinentes. A contar de ello, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

 

Vencido el plazo sin presentar descargos, la DCCP dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la sanción que corresponda.

 

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la DCCP tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada. 

 

Las notificaciones por carta certificada, se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción, en la oficina de Correos que corresponda.

 

Procedimiento de Reposición:

El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la sanción, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.

La DCCP resolverá dentro de 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente la Reposición. Se notificará dicha resolución o acto administrativo al respectivo proveedor y a la o las entidades reclamantes si es que fuese el caso.

 

Término Anticipado del Convenio Marco

El Convenio Marco podrá terminarse anticipadamente por la DCCP, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las siguientes causales:

 

  1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. Para estos efectos, el proveedor deberá comunicar por escrito su intención de poner término anticipado al convenio marco.

 

  1. Atraso en la entrega de los productos superior a 120 días hábiles desde el cumplimiento del plazo ofertado y/o acordado, según corresponda.

 

  1. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de una o más de sus obligaciones, que importe una vulneración a los elementos esenciales del Convenio marco, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a la DCCP o a la respectiva Entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.

 

  1. Quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.

 

  1. Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por los adjudicatarios, en virtud del “pacto de integridad" contenido en las presentes bases.

 

  1. Sin perjuicio de lo señalado en el Pacto de Integridad, si el adjudicatario, sus representantes,  o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del presente convenio marco, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a)    Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a una entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad compradora.

b)   Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución del presente convenio marco.

c)    Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del Convenio en detrimento de la respectiva Entidad pública.

 

  1. No entrega oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, de acuerdo a lo establecido las bases de licitación, después de 3 meses.

 

  1. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del Convenio, con un máximo de seis meses.

 

  1. La comprobación de la falsedad o falta de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de obtener algún beneficio en el ámbito del convenio marco, sea la inclusión en el catálogo electrónico de un determinado producto o servicio, o cualquier otra circunstancia que le otorgue alguna ventaja en comparación con el resto de los proveedores adjudicados.

 

  1. Reincidencia del proveedor, por una tercera vez, en la conducta descrita en punto a) de la sección “Bloqueo de Productos”, del punto 10.5 de la presentes bases (condiciones comerciales desfavorables de un producto en el catálogo, en comparación a las condiciones comerciales ofrecidas por el mismo proveedor a sus clientes particulares).

 

  1. Incumplimiento de la normativa chilena vigente en lo relativo a autorizaciones, certificaciones, resoluciones sanitarias u otros, respecto de la fabricación, distribución, bodegaje, venta y post venta, en lo que le sean aplicables, a los productos y servicios de este Convenio Marco.

 

  1. Reincidencia por tercera vez, de incorporar servicios en Categorías que no adjudicó o servicios que no corresponden al convenio marco.

 

  1. Reincidencia por tercera vez del proveedor en la comercialización a través de la Tienda de productos que no correspondan a este convenio o a las categorías adjudicadas por el proveedor.

 

  1. Rechazo por tercera vez de Orden de Compra emitida por la Entidad Compradora por causales no contempladas en las bases de licitación.

 

Para concretar lo indicado en los puntos precedente, la DCCP notificará por escrito al adjudicatario, con un aviso previo de 10 (DIEZ) días corridos. Sin perjuicio de lo señalado, el adjudicatario deberá satisfacer íntegramente las órdenes de compra recibidas antes de la notificación del referido término anticipado, las cuales, a su vez, deberán ser íntegramente pagadas por las respectivas Entidades. Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo la del número i), procederá el procedimiento de aplicación de sanciones regulado en el punto 10.13 de las presentes bases.

 

En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario.

 

De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto las de los números i) y vii), además del término anticipado del convenio marco, procederá el cobro de la garantía de fiel cumplimiento por parte de la DCCP.

Del Pago

El pago de los productos o servicios objeto del convenio, será en pesos chilenos y será efectuado directamente por cada Entidad, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la factura respectiva, la cual deberá ser entregada acompañada de una copia de la Orden de Compra respectiva y de las Guías de Despacho en la cual se certifique la recepción conforme de los productos o servicios. La recepción conforme deberá ser acreditada por la Entidad que hubiere efectuado el requerimiento.

 

No obstante lo indicado en párrafo precedente, la Entidad requirente podrá consensuar de manera explícita con el adjudicatario, un plazo de pago para dicha compra o contratación, inferior a 30 días corridos, previa condición a que el proveedor realice un descuento al momento que el comprador emita la orden de compra respectiva.

 

Para las categorías “Vehículos Pesados”, “Remolques, Semirremolques y Tolvas” y “Maquinarias” cuyos valores se encontrarán en moneda extranjera (Dólar Americano), deberán ser facturados en la moneda de libre curso legal (peso). Para efectos de conversión deberá considerarse el valor del tipo de cambio vigente a la fecha de la emisión de la factura correspondiente.

 

Con todo, la DCCP no es responsable del pago de los productos o servicios que se adquieran o soliciten a través del Convenio Marco, así como, de interactuar con la institución para solicitar el pago de sus facturas. Dicha responsabilidad recae únicamente en las Entidades que en cada caso actúen como compradores.

En aquellos casos en que el comprador y proveedor se encuentren dentro de zona franca y afectos a los beneficios tributarios, según la normativa vigente, el pago del producto podrá quedar eximido de los impuestos asociados. Lo cual, deberá quedar reflejado en el Sistema al momento de generar la Orden de Compra.

 

Plazo de Vigencia del Convenio Marco

Los convenios marco que se originen a partir de las presentes bases tipo, comenzarán a regir a contar de la notificación a los proveedores de la resolución de la respectiva adjudicación totalmente tramitada, a través del Sistema de Información.

 La vigencia de dichos convenios marco -sea que se originen en el primer llamado a licitación o en los llamados subsiguientes-, se extenderá hasta que se cumplan 72 meses desde la total tramitación de la adjudicación del primer llamado, a menos que cualquiera de las partes manifieste su intención de ponerle término, mediante el envío de carta certificada con a lo menos 40 días corridos de anticipación.

Coordinador del Convenio Marco

El Adjudicatario, deberá nombrar un coordinador del Convenio Marco, el que deberá ser informado a la DCCP, al presentar su oferta.

 El desempeño de su cometido deberá ser:

 

  1. Representar al Adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del Convenio.
  2. Establecer procedimientos para el control de la información manejada por las partes.
  3. Informar cualquier cambio regulado por las bases de este convenio.
  4. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación de este convenio con la Institución que requiera sus productos o servicios.

 

Todo cambio, relativo a esta designación, deberá ser informado a la DCCP  por el representante legal del Adjudicatario. En caso que no se informara cambio del coordinador, se asumirá que dicha función corresponderá a la persona designada por el oferente en su oferta realizada a través de la ficha electrónica.
Responsabilidad del Adjudicatario

Durante la vigencia del Convenio Marco, el Adjudicatario deberá administrar y mantener el Catálogo de productos o servicios adjudicados, lo cual implicará las siguientes responsabilidades.

 

  1. Entregar toda la información que sea necesaria para la catalogación de los productos o servicios adjudicados, tales como descripciones, especificaciones, fotografías u otros datos que correspondan, en los plazos y formatos establecidos por la DCCP. Para estos efectos, el Adjudicatario podrá trabajar en forma directa, o a través de alguna fábrica de contenidos disponible en el mercado, cuya elección será de su absoluta responsabilidad.

 

  1. Disponer de los recursos humanos y técnicos que sean necesarios para mantener actualizados los productos o servicios catalogados y sus respectivas condiciones comerciales, asegurando que las Entidades dispongan siempre de los mejores precios y de listas de productos o servicios vigentes, de manera de evitar problemas por discontinuidad o por falta de stock.

 

  1. Conocer y operar adecuadamente el Sistema de Administración de Catálogo, disponible para los proveedores de Convenio Marco, a través del sitio www.mercadopublico.cl. Para dar cumplimiento al anterior, los proveedores deberán asistir a todas aquellas capacitaciones y/o cursos que la DCCP disponga.

 

  1. Incorporar al Catálogo aquellos productos y servicios licitados y adjudicados al proveedor, de los cuales se tenga conocimiento que son de interés de las Entidades.

 

  1. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la DCCP y/o las Entidades, en un máximo de 24 horas corridas.

 

  1. Los proveedores deberán asegurar la catalogación de su oferta, disponiendo de los recursos humanos necesarios para que esto se materialice.

 

  1. Entregar, manuales de compra, donde se detallen las características importantes a considerar en la compra de, a lo menos, 5 tipos de productos  o servicios complejos ofertados por el proponente, como por ejemplo, Automóvil, Camioneta, Retroexcavadora, Mantenciones Preventivas Vehículos Livianos y Medianos, etc.
Comportamiento ético del proveedor adjudicatario
Sin perjuicio de lo señalado en lo relativo al Pacto de Integridad, el proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen los productos o servicios que resulten adjudicados en la presente propuesta, no podrán ofrecer obsequios, ofertas especiales al personal adscrito a una Entidad licitante, ejercer presiones de cualquier tipo a los encargados de convenio y personas que tengan relación con la administración del convenio marco o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético.
Concordancia entre el producto o servicio ofertado y el producto o servicio entregado
El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el producto o servicio de acuerdo a la especificación técnica, marca, modelo, medida y atributos que haya declarado en su oferta. La DCCP podrá en todo momento, requerir información a las Entidades compradoras acerca del cumplimiento de la presente cláusula, por sí o a través de asociaciones vinculadas a la industria.
Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

 

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de él o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

 

El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Reposición de los Bienes

Los proveedores adjudicados deberán reponer los bienes sin costo a las Entidades, en caso de existir falla, daño o diferencia en la entrega de estos cuando dichas Entidades así lo requieran.

 

El plazo de reposición se contará desde que la Entidad presenta el reclamo o desde que el Adjudicatario recibe el bien para su reposición. El plazo de reposición será el informado en el anexo N° 11 “Oferta Económica”.

 

Sin perjuicio de lo anterior, la Entidad y Adjudicatario podrán fijar de mutuo acuerdo otro plazo de reposición.
Desarrollo Comercial del Convenio

Dentro del ámbito comercial que involucra el desarrollo del Convenio, el Proveedor podrá desarrollar las siguientes actividades:

 

  1. Posicionamiento de productos o servicios. El Adjudicatario podrá desarrollar distintas actividades con el propósito de posicionar, entre las Entidades, su participación como proveedor del o los productos o servicios adjudicados, servicios asociados, promociones especiales, jornadas de difusión masivas, entre otros.
  2. Realizar acciones para activar productos o servicios de baja rotación en el Catálogo, durante la vigencia del convenio, pudiendo lanzar promociones especiales para ser difundidas en el Catálogo.
  3. En caso de que la DCCP desarrolle actividades de difusión de Convenios Marco, tales como encuentros, ferias u otros, el Adjudicatario podrá participar en estas actividades con el fin de dar a conocer sus productos o servicios con las Entidades.
  4. El proveedor deberá informar respecto de los cambios realizados en su empresa y/o certificaciones obtenidas que le permitan mejorar la calidad de los productos o servicios que ofrece en el catálogo.

 

Las actividades señaladas precedentemente no podrán vulnerar lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en estas bases.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
Ha recibido 11 demandas ante el Tribunal de Contratación Pública. Conocer más