Licitación ID: 5611-14-LE20
CONSULTORÍA DE REVISIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES INGRESADOS POR ENTIDADES PRESTADORAS DE ASISTENCIA TÉCNICA AL SERVIU REGION DE ARICA Y PARINACOTA
Responsable de esta licitación: SERVICIO REGIONAL DE LA VIVIENDA Y URBAN
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Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
revisión de proyectos habitacionales ingresados por las Entidades Prestadoras de Asistencia Técnica  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSULTORÍA DE REVISIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES INGRESADOS POR ENTIDADES PRESTADORAS DE ASISTENCIA TÉCNICA AL SERVIU REGION DE ARICA Y PARINACOTA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El SERVIU Región de Arica y Parinacota, requiere contratar la “Consultoría de revisión de proyectos habitacionales ingresados por entidades prestadores de Asistencia Técnica al SERVIU Región de Arica y Parinacota”, llama a participar en esta licitación a proponentes personas naturales, personas jurídicas y unión temporal de proveedores
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Sección Compras y Servicios Generales
R.U.T.:
61.813.000-2
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-11-2020 15:01:00
Fecha de Publicación: 23-10-2020 12:41:00
Fecha inicio de preguntas: 23-10-2020 13:05:00
Fecha final de preguntas: 28-10-2020 15:25:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-11-2020 15:25:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-11-2020 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-11-2020 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 16-12-2020 13:44:40
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- a. Información del proponente indicando, al menos: • Persona natural: Antecedentes del proponente (nombre, cédula de identidad, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular, correo electrónico y dirección web) y antecedentes del ejecutivo del contratista (nombre, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico). • Persona jurídica: Antecedentes del proponente (razón social, rol único tributario, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular, correo electrónico y dirección web), antecedentes del representante legal (nombre, cédula de identidad, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico) y antecedentes del ejecutivo del contratista (nombre, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico). • Unión temporal de proveedores: Antecedentes de los proponentes participantes de la unión temporal de proveedores (razón social o nombre y rol único tributario cédula de identidad), antecedentes del representante de la unión temporal (nombre, cédula de identidad, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico) y antecedentes del ejecutivo del contratista (nombre, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico). El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 1, para así facilitar su evaluación. b. Declaración jurada simple en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, quedando exceptuadas de esta declaración las fundaciones, corporaciones y universidades. El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 2, para así facilitar su evaluación. c. Declaración jurada simple en la que indique que no registra condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo a lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, quedando exceptuadas de esta declaración las personas naturales. El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 3, para así facilitar su evaluación.
Documentos Técnicos
1.- a. Descripción completa del servicio ofertado, indicando el cumplimiento de cada una de las características establecidas en el punto II Bases Técnicas. En caso de que no se especifique el cumplimiento o se indiquen distintas características en la oferta, se solicitará una aclaración a través del portal www.mercadopublico.cl. De no obtener respuesta a través de este medio, se entenderá que no cumple con las características requeridas en las presentes bases de licitación. El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 4, para así facilitar su evaluación. b. Experiencia del oferente; Se requiere acreditar la experiencia en asesorías y/o consultorías respecto de la prestación de servicios en revisión de proyectos provistos en los últimos cinco años. Los años de experiencia deben ser contados desde la fecha de publicación de estas Bases hacia atrás. Para lo cual debe informar todas las empresas donde realizaron asesorías y/o consultorías, para la validez de este requisito se requiere adjuntar al anexo documentación que acredite información entregada, vale decir, certificados emitidos por las empresas adscritas, contratos, orden de compra y/o factura que acrediten la prestación de los servicios. El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 4, para así facilitar su evaluación. c. Experiencia del Equipo Profesional; Los profesionales que presente el oferente como equipo asesor y/o consultor, debe contar con la formación, experiencia y acreditación idónea. Para avalar sus antecedentes se deben presentar para cada uno de los integrantes que constituirá el equipo: - Currículum Vitae Profesional. El oferente deberá señalar en dicho anexo información tanto académica como experiencia profesional de cada uno de los integrantes del equipo requeridos en punto 2. de bases técnicas : o Sobre la información académica, se requiere informar antecedentes tales como títulos, pos título, postgrado, diplomado, magister y/o doctorado, indicando además el año de titulación. Serán considerado para su evaluación solo los antecedentes que sean acreditados mediante copia de diploma o título académico o certificado de la institución académica. Cualquier información no acreditada no será considerada para su evaluación. o Sobre la información de experiencia laboral, se requiere indicar nombre de la institución, los meses acumulados de experiencia en asesorías y/o consultorías, sus funciones desempeñadas y datos de referencias. Se debe acreditar la experiencia de los profesionales tanto en el sector público como privado, para la validez de este requisito se requiere adjuntar al anexo documentación que acredite información entregada, vale decir, certificados emitidos por las empresas adscritas, contratos, orden de compra y/o factura que acrediten la prestación de los servicios. La experiencia del equipo de trabajo debe ser calculada contado desde la fecha de publicación en la Plataforma de licitación de estas Bases hacia atrás. d. Calidad de Servicios; Se requiere acreditar evaluación de comportamiento contractual anterior con empresas públicas ó privada y de acuerdo a la calificación mencionada se otorgará puntaje. El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 4a, para así facilitar su evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- Costo valor unitario y total, expresado en valor neto e indicando separadamente el Impuesto que corresponda ó la expresión de que se encuentra exento de impuestos. Se considerarán incluidos en el precio ofertado todos los costos y gastos que demanden su provisión y, en general, todo lo necesario para la provisión en forma completa y correcta, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en las presentes bases de licitación. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos (municipales y otros), derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento de la contratación. En caso de que se no se indique si el valor se encuentra expresado en valor neto o con Impuesto al Valor Agregado incluido, se entenderá que corresponderá al valor neto; en caso de que se indiquen distintos precios en la oferta, se entenderá que corresponde al menor monto ofertado; mientras que en caso que no se informe precio, se entenderá que no cumple con el requisito establecido en el punto 1.6.3.3 “Presupuesto disponible” de las presentes bases de licitación. Asimismo, en caso de que se indique en la oferta un precio expresado en una moneda extranjera o un indicador económico nacional, la conversión se realizará al valor observado por el Banco Central a la fecha de cierre de la recepción de ofertas. El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 5, para así facilitar su evaluación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PROPUESTA TÉCNICA a. Experiencia del oferente: (20%)+b. Experiencia equipo profesional: (25%)+b. Calidad Servicios (25%) 70%
2 PROPUESTA ECONÓMICA Precio total por los servicios y/o productos, incluido el Impuesto al Valor Agregado y cualquier otro gasto asociado a la oferta. El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 5, para así facilitar su evaluación. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará mediante la siguiente fórmula: (precio mínimo ofertado / precio de la oferta a evaluar) x 100. El puntaje ponderado final de este factor se obtendrá a partir de la siguiente fórmula: Precio = (puntaje x ponderación). 20%
3 PROPUESTA ADMINISTRATIVA a. Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta: (10%) 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 11540000
Justificación del monto estimado Se considera un total aproximado de 150 proyectos a revisar, por lo que la oferta deberá ser por revisión total de un proyecto por un monto no superior a 76.900, en la oferta económica.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: JUANA HERRERA ALVAREZ
e-mail de responsable de pago: JHERRERAA@MINVU.CL
Nombre de responsable de contrato: JAQUELINE DUQUE VALDERRAMA
e-mail de responsable de contrato: JDUQUE@MINVU.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-58-2391015-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
NO SE PERMITE SUBCONTRATACION
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

En caso que dos o más oferentes obtuviesen igual puntaje final como resultado de la evaluación practicada por el evaluador, se procederá a realizar el desempate, conforme al siguiente orden de prelación:

  1. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta económica”.
  2. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta técnica”.
  3. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta administrativa”.
  4. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al orden de prelación de éstos, de acuerdo a su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta económica”.
  5. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al orden de prelación de éstos, de acuerdo a su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta técnica”.
  6. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al orden de prelación de éstos, de acuerdo a su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta administrativa”.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes podrán efectuar consultas respecto de la adjudicación o declaración de desierto del proceso licitatorio, dentro de los siete días corridos contados a partir de la publicación del respectivo acto administrativo en el Sistema de Información. Las consultas se deberán efectuar a través de carta dirigida al Director SERVIU Región de Arica y Parinacota, presentada en la Oficina de Partes ubicada en 18 de Septiembre N° 122, Arica, las cuales serán respondidas dentro del mismo lapso de tiempo por correo electrónico.




Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
  1. Como medida para mejor resolver, el evaluador podrá requerir a los oferentes, a través del portal www.mercadopublico.cl, que aclaren o adjunten antecedentes sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros, siempre que estas aclaraciones y/o complementaciones no signifiquen una alteración sustancial de los antecedentes presentados originalmente. Las respuestas deberán ser entregadas por el mismo medio, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la solicitud de aclaración. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas entregadas, en tiempo y forma, pasarán a formar parte integrante de los antecedentes de la contratación, en caso de serle adjudicada la licitación al oferente objeto del requerimiento.

Si se presentaren las respuestas o antecedentes, en tiempo y forma por el oferente que fue objeto de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación, pero su puntaje será de acuerdo a la tabla establecida en el punto 1.9.3.3 “Propuesta administrativa” de las presentes bases de licitación.

  1. Asimismo, el evaluador podrá solicitar a los oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes que éstos hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

Esta solicitud se cursará a través del Sistema de Información, debiendo el proponente adjuntar los antecedentes o certificaciones cuya presentación fue omitida al momento de la presentación de la oferta, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la solicitud de aclaración.

Si se presentaren las certificaciones o antecedentes solicitados, en tiempo y forma por el oferente que fue objeto de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación, pero su puntaje será de acuerdo a la tabla establecida en el punto 1.9.3.3 “Propuesta administrativa” de las presentes bases de licitación.


Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la provisión de él o las adquisiciones que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y provisión de la o las adquisiciones que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y la o las adquisiciones que de ellos se derivase.

El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación.

TÉRMINO ANTICIPADO

CAUSALES PARA EL TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo trece de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, el SERVIU podrá poner término anticipado a la contratación, en las siguientes situaciones:

  1. Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.
  2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  3. Razones de necesidad o conveniencia.
  4. Por término del presupuesto destinado a esta contratación.
  5. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista: Se entenderá que existe incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista, en los siguientes casos:
  • Si el contratista no entregase el servicio, conforme las características requeridas en las presentes bases de licitación y a lo ofertado, al octavo día corrido posterior al plazo de entrega ofertado o el máximo establecido en el punto 1.5.3.2 “Entrega del servicio” de las presentes bases de licitación para estos efectos, según corresponda
  • Si el contratista manifiesta que no está en condiciones de proveer el servicio, una vez aceptada la orden de compra.
  • Si se aplican tres multas durante el período de vigencia de la contratación.
  • Si el contratista no da cumplimiento al pacto de integridad, de acuerdo a lo dispuesto en el punto 1.2.5 “Pacto de integridad” de las presentes bases de licitación.
  • Si el contratista cede o traspasa total o parcialmente el servicio adquirido, de acuerdo a lo dispuesto en el punto 1.18 “Prohibición de cesión” de las presentes bases de licitación.
  • Si un integrante de la unión temporal de proveedores ocultase información relevante para ejecutar la respectiva contratación, que afecte a cualquiera de sus miembros.
  • Si se constatase que los integrantes de la unión temporal de proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, de verificarse dicha circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  • Si uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  1. En caso de muerte del contratista o socio que implique la imposibilidad de la provisión del servicio en los mismos términos adquiridos.
  2.  En caso de inhabilidad sobreviviente de alguno de los integrantes de la unión temporal de proveedores, en la medida que ésta no pueda continuar ejecutando la contratación con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
  3. En caso de disolución de la unión temporal de proveedores.
  4. No inicio del servicio, sin causa justificada.
  5. Aplicación de multas que superen el 20 % del monto del contrato.
  6. El SERVIU podrá poner término anticipado al contrato suscrito, si se acredita que alguno o todos los profesionales que conforman el equipo de profesionales para las prestaciones del servicio, han participado en actividades que atentan contra los principios de transparencia y probidad, sea en esa región o en otra región, sin perjuicio de las acciones judiciales que procedan.
  7. En especial sin que la siguiente enunciación sea taxativa será motivo para el término anticipado cualquier infracción que cometa uno de los profesionales que conforman el equipo profesional que se califique como grave por parte del SERVIU Región de Arica y Parinacota.

1.22.2.- PROCEDIMIENTO PARA PONER TÉRMINO ANTICIPADO A LA CONTRATACIÓN

  1. En caso de requerir el término anticipado de la contratación, por alguna de las causales establecidas en los literales a., b., c., y d. del punto 1.22.1 “Causales para el término anticipado de la contratación” de las presentes bases de licitación, éste se dispondrá por medio de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información, a más tardar, dentro de las veinticuatro horas de dictado.
  2. A su vez, detectada una situación que amerite el término anticipado de la contratación, por alguna de las causales establecidas en los literales e., f., g. y h. del punto 1.22.1 “Causales para el término anticipado de la contratación” de las presentes bases de licitación, el Encargado de la Sección Gestión de Compras o quien lo subrogue o reemplace, a solicitud de la contraparte técnica del SERVIU, deberá notificar inmediatamente de ello al ejecutivo del contratista designado y a la persona natural, el representante legal en el caso de las personas jurídicas o el representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, según sea el caso, mediante correo electrónico, informándole sobre el término anticipado a aplicar y sobre los hechos en que éste se motiva.

A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el contratista tendrá un plazo de siete días corridos para efectuar sus descargos, mediante correo electrónico, ante la contraparte técnica del SERVIU, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.

  1. Vencido el plazo indicado en el literal anterior sin que se hayan presentado descargos o si durante este plazo el contratista aceptase los hechos en que se funda el término anticipado de la contratación, se aplicará el correspondiente término anticipado por medio de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información, a más tardar, dentro de las veinticuatro horas de dictada.
  2. Si el contratista ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el SERVIU podrá rechazarlos o acogerlos. Al respecto, el rechazo de los descargos del contratista deberá formalizarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado de la autoridad competente, en la cual deberá detallarse el contenido y las características del término anticipado a aplicar. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información, a más tardar, dentro de las veinticuatro horas de dictada.
  3. Asimismo, en contra de dicho acto administrativo procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
  4. En caso de ponerse término anticipado a la contratación, independiente de la causal que diera origen a éste, se pagarán al contratista los servicios efectivamente entregados y recibidos a satisfacción por parte del SERVIU.
PAGO

Los pagos por la prestación del Servicio se realizarán en función de la cantidad de proyectos que se hayan entregado para revisión y la etapa de revisión a la cual corresponda, los que deberán contar con la respectiva aprobación de la contraparte técnica, esto implica:

Primera revisión

Si el proyecto tiene Observaciones, se pagará un 70% del monto ofertado por proyecto sometido a la primera revisión, con la aprobación de la contraparte técnica.

Si el proyecto No tiene Observaciones, se pagará el 100% del monto ofertado por proyecto sometido a la primera revisión, con la parobación de la contraparte técnica.

Segunda Revisión

Los proyectos que hayan tenido revisiones deberán ser nuevamnete revisados por el equipo profesional de la consultora, por lo que una vez se hayan ingresado los informes de revisión de las observaciones subsanados por las Entidades Prestadoras de Asistencia Técnica, serán revisados por la contraparte técnica y previo visto bueno se pagará el 30% restante.

MULTAS

CAUSALES PARA LA APLICACIÓN DE UNA MULTA

EL SERVIU podrá aplicar las siguientes multas:

a)       En caso de atraso para la entrega de los informes de la primera o segunda revisión, se aplicará una multa diaria de 1 UF por cada día posterior al plazo fijado para la entrega, la que cesará una vez que se entregue la totalidad de proyectos asociados a la entrega.

b)      Si de la revisión por parte de la contraparte técnica del SERVIU se observan que las falencias indicadas en primera instacia persisten, se palicará una multa de 1 UF por cada informe que las presente, a partir de la segunda observación realizada por la contraparte técnica.

c)       Si la consultora entrega un informe en la primera revisión indicando que no presenta observaciones, y la contraparte técnica lo observa e indica las falencias, se multará con 2UF por cada informe que presente esta situación.

d)      La multa por el cambio de profesional sin la aprobación del SERVIU será del 10% del monto total del contrato, cada vez que esto ocurra, lo que se verificará en función de las firmas de los informes de revisión y las respectivas boletas de honorarios o el documento que acredite el pago.

e)      El Consultor que no efectúe el cambio del profesional acorde a lo solicitado por SERVIU dentro del plazo de 7 días corridos contados desde la fecha de notificación por escrito, se le aplicará una multa de 5 UF por cada día que transcurra, la que cesará cuando SERBVIU de Visto Bueno al professional presentado. 

1.21.2.- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LAS MULTAS

  1. Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, la contraparte técnica deberá notificar inmediatamente de ello al ejecutivo designado por el contratista, mediante correo electrónico, informándole sobre el cobro a aplicar y sobre los hechos en que éste se motiva.
  2. A contar de la notificación singularizada en el literal anterior, el contratista tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, mediante correo electrónico, ante la contraparte técnica del SERVIU, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
  3. Vencido el plazo indicado en el literal anterior sin que se hayan presentado descargos o si durante este plazo el contratista aceptase los hechos en que se funda la multa, se aplicará la correspondiente multa por medio de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información.
  4. Si el contratista ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el SERVIU podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del contratista deberá formalizarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado de la autoridad competente, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la multa a aplicar. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información.
  5. Asimismo, en contra de dicho acto administrativo procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
  6. La aplicación de la multa se hará administrativa y unilateralmente por el SERVIU, a través de la deducción de su monto del pago de la factura (valor factura - monto multa = valor a pagar).
  7. Las multas se aplicarán siempre que el incumplimiento no haya sido calificado como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor por la contraparte técnica del SERVIU.

1.21.3.- CALCULO, TOPE Y ACUMULACION DE MULTAS

Respecto a la multa, se considerará el valor de la unidad de fomento (UF) de la fecha de emisión del del Pago más próximo a cursar.

El tope máximo de la suma total de las multas aplicadas será el equivalente al 20% del valor total del contrato. En caso que ocurra lo anterior, el SERVIU Región de Arica y Parinacota podrá poner término anticipado al mismo y, a modo de sanción publicará en el Registo de Chileproveedores una carta de amonestación.

PROHIBICIÓN DE CESIÓN
El contratista no podrá ceder o traspasar a terceros, parcial o totalmente, las obligaciones contraídas con el SERVIU y contenidas en la contratación, excepto en el caso de fusión, absorción o división, situación en que las obligaciones serán traspasadas al continuador legal, en las mismas condiciones establecidas en la contratación. En estos casos, el contratista deberá informar a la contraparte técnica del SERVIU, con al menos quince días corridos de anticipación, respecto de la fusión, absorción o división.
PRESUPUESTO DISPONIBLE
El monto total disponible para esta contratación es de $11.540.000.-, (Once millones quinientos cuarenta mil pesos chilenos) e incluye impuestos y cualquier otro gasto asociado a la oferta, no pudiendo exceder las ofertas dicho presupuesto. Se considera un total aproximado de 150 proyectos a revisar, por lo que la oferta deberá ser por revisión total de un proyecto por un monto no superior a $76.900, en la oferta económica.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.