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Bases |
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Esta licitación se rige por las presentes Bases Administrativas y Técnicas de licitación que se encuentran publicadas en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl y en lo no previsto por estas bases, por las normas de la Ley N° 19.886 y su Reglamento. Asimismo, forman parte de estas bases de licitación, las aclaraciones que emita CONAF, a través de la página www.mercadopublico.cl, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad Foro del mencionado portal de compras. Las ofertas que no se presenten dentro del plazo indicado no podrán participar en la Licitación. Asimismo, la Corporación podrá excluir de la Licitación aquellas que no reúnan las condiciones establecidas en estas bases.
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Modificación de las bases |
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CONAF podrá complementar o modificar las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de la Licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Esta complementación formará parte integral de las bases.
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Fecha de la adjudicación |
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En caso de no cumplirse con el plazo máximo de adjudicación indicado en el cronograma de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
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Objetivo específico de la licitación |
La Corporación Nacional Forestal requiere contratar los servicios de Forestación con especies nativas, en predios de pequeños(as) y medianos(as) propietarios(as) forestales, en la Provincia de Palena, Región de Los Lagos, en una superficie referencial de 3 hectáreas. Dichas actividades se enmarcan en el Programa de Restauración de Bosque Nativo a Gran Escala – Siembra por Chile de CONAF, Región de Los Lagos.
Los predios donde se ejecutarán las actividades se individualizan en el Cuadro N°1, denominado “PREDIOS PARA FORESTACIÓN CON ESPECIES NATIVAS 2025”, y se ubican en el Sector el Yelcho, Comuna de Chaitén.
Para ello, CONAF define en sus Bases Técnicas una serie de actividades que se requieren ejecutar siguiendo estándares de calidad y plazos determinados para cada etapa y faena.
Cuadro N°1: “PREDIO Y POLÍGONO PARA FORESTACIÓN ESPECIES NATIVAS 2025”.
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N°
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Nombre Predio
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Comuna
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Polígono
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N
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E
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Huso
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Superficie (ha)
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1
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Parque Nacional Corcovado
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Chaitén
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A1
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5210820
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708480
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18
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3,0
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En el Cuadro N°1 se muestran el predio donde se realizarán las actividades de forestación con especies nativas para el año 2025.
Los oferentes se obligan a ejecutar todos las actividades requeridas por la Corporación Nacional Forestal, en el territorio geográfico de la comuna de Chaitén, de la Provincia de Palena, y siguiendo los protocolos y reglamentos indicados por CONAF, Región de Los Lagos.
En caso de que surjan imprevistos asociados a los propietarios de predios y/o polígonos de la captación realizada por CONAF, debido a las condiciones climáticas u otro objeto de esta Licitación, CONAF se reserva el derecho de modificar los predios y/o polígonos y la superficie indicada en listado adjunto y las fechas establecidas. No obstante, estos deberán tener similares características a los predios o polígonos originales o aumentar la superficie en algún predio sujeto a esta licitación en la medida que se disponga de superficie para estos efectos y que el propietario haya manifestado su conformidad. En todo caso la superficie total licitada será inalterable. El valor referencial por hectárea indicado corresponde a un promedio de la variabilidad natural que se da en cada polígono del lote, por lo que el oferente al momento de hacer la oferta toma conocimiento de esto y está de acuerdo con esta variación. Cualquier cambio de las especificaciones técnicas y operativas del requerimiento solicitado deberá ser aprobado por CONAF, independientemente si ellas provienen del prestador de servicio o de los propietarios beneficiados. Al momento de aceptar la orden de compra por parte del adjudicatario, CONAF le entregará un “Protocolo Técnico” que normará los cambios de predios, la supervisión y evaluación de las actividades, entre otras materias, el cual deberá ser recepcionada por el adjudicatario, dejando constancia de ello una copia en la Corporación.
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Plazo de duración del servicio |
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El plazo operativo, se refiere a la ventana biológica y climática de tiempo que se tiene para ejecutar las actividades de plantación, de esta manera el período operativo para la correcta ejecución del servicio de plantaciones tendrá como fecha máxima de duración el 15 de octubre de 2025. Posterior a esta fecha, no se podrán realizar ningún tipo de faenas de plantación.
Sin embargo, el plazo final o máximo del contrato será hasta el 30 de octubre de 2025.
En el tiempo que medie entre el 15 y 30 de octubre de 2025, CONAF revisará las actividades ejecutadas por el operador, y sea el caso que se encontrasen errores, o faltase completar alguna actividad, el operador deberá en dicho periodo de tiempo subsanar o corregir las actividades observadas.
Como referencia el comienzo del periodo de ejecución será la firma del acta de inicio de faenas, sin perjuicio que por razones climáticas u otras, obliguen a CONAF a adelantar o retrasar la fecha de inicio o término del periodo, previa comunicación enviada al oferente.
Para la presentación de todas las facturas de pago de servicios por faenas terminadas y aprobadas, deberán estar cumplidos todos los requisitos señalados en el punto “Acceso a estado de pago”.
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Modificación del plazo de ejecución y/o aumento de obras |
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Sea el caso que, por razones climáticas o por razones técnicas fundadas se requiera modificar el plazo de ejecución del servicio del contrato, la Corporación podrá excepcionalmente modificar el plazo del presente contrato, siempre y cuando el adjudicado posea la capacidad técnica y presupuestaria para finalizar las actividades faltantes. De igual forma, si por las razones mencionadas anteriormente se requiere un cambio de predio y/o actividades, éste se podrá realizar siempre que exista un acuerdo entre ambas partes. Si estas modificaciones requieren un aumento de presupuesto, el monto a aumentar para completar los servicios no podrá exceder el 30% del total adjudicado y se deberán respetar los mismos valores ofertados para cada actividad, o existir un acuerdo para valorizar las eventuales nuevas actividades. En caso que el cambio de actividades no signifique un aumento de presupuesto adjudicado, el acuerdo podrá formalizarse mediante un acta firmada entre el contratista y el responsable del contrato; en cualquier otro caso de modificación del plazo de ejecución y/o aumento de obras, deberá ser formalizado mediante una modificación de contrato. En caso de modificación del plazo del contrato y/o aumento de presupuesto, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato, con fecha de vigencia de acuerdo a la nueva fecha de término de contrato y/o del 5% del aumento de presupuesto. La garantía deberá ser entregada en un plazo máximo de 5 días hábiles después de notificada la aprobación de la modificación del plazo de ejecución y/o aumento de obras, y deberá proceder con el mecanismo de entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
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Características del oferente |
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Podrán presentarse a esta Licitación personas naturales o jurídicas, que acrediten situación financiera e idoneidad técnica conforme lo señala el Reglamento de la Ley de Compras Pública.
Quedan excluidos quienes, en los dos años precedentes a la presentación de la oferta, formulación de la propuesta, o suscripción del contrato, según sea el caso, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, o por delitos concursales del Código Penal.
Asimismo quedarán excluidos de participar los funcionarios de la Corporación, o personas unidas a ellos por vínculos de parentesco señalados en la letra b) del Art. 56 de la ley 18.575 Orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que éstos formen parte, ni sociedades en comanditas por acciones anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen al menos el 10% del capital , ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dicha.
En caso de ser el oferente una Persona Jurídica, también quedarán excluidas aquellas que hubiesen sido condenadas a las penas señaladas en el Art. 8 N° s 1 y 2 de la Ley 20.393.
Por último se excluyen además todas las personas naturales o jurídicas que en los últimos cinco años hayan sido objeto de término anticipado de contrato por incumplimiento de las faenas o actividades contratadas por la Corporación Nacional Forestal.
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Requisitos de los oferentes |
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Los oferentes deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Ser personas naturales o jurídicas que tengan inicio de actividades.
• Poseer experiencia verificable en la ejecución, planificación o supervisión de actividades como: Cercado, habilitación de terreno para plantación, preparación de suelos, manejo y/o plantación de especies nativas o exóticas. La experiencia deberá ser comprobada mediante documentos que así lo acrediten, tales como, certificados, copias de contratos, finiquitos y/o facturas que indiquen la empresa o persona a la que se le prestó el servicio. Para ello deberá completar el Anexo N°2 y adjuntar la documentación que respalde la actividad o faena a acreditar. En caso que la documentación acredite por sí misma la ejecución conforme de la misma, se solicita adjuntar solo un documento, en caso contrario complemente la información presentada para su total entendimiento y acreditación. La documentación que acredite experiencia debe estar referida a la persona natural o jurídica que postula, también se considerará la experiencia del representante legal en el caso de las personas jurídicas. El contacto de la persona que certifica la experiencia declarada, sólo será utilizado para aclarar aspectos de los documentos presentados.
• Proporcionar de manera permanente los Elementos de Protección Personal (EPP) y de Higiene Personal adecuados al trabajo a desarrollar en terreno (gorros, lentes de protección, casco, zapatos de seguridad, bloqueador solar, guantes, entre otros que se estimen convenientes para la seguridad), para todo el personal que ejecute las faenas.
NOTA: Los elementos de seguridad y sanitarios serán exigidos al inicio y durante el transcurso de las obras, su uso es de carácter obligatorio por parte de los trabajadores. Aquellos Contratistas que no cumplan con los requisitos solicitados, pueden incurrir en incumplimientos graves de contrato.
• Cumplir plenamente con las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, la cual regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios. La normativa citada puede ser encontrada en el Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Sub-contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo, que rige las operaciones de CONAF en todo el territorio. Este reglamento se encuentra como archivo adjunto en las presentes bases.
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Apertura electrónica de las ofertas |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el Portal de Compras del Estado y será efectuada por el Profesional Administrativo Programa Siembra por Chile, Encargado Provincial del Programa de Bosques y Cambio Climático, Abogado(a) de Unidad Jurídica Provincial o a quienes éstos designen correspondientemente. La apertura considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación establecidos en las bases técnico-administrativas de la presente licitación.
Las Ofertas tendrán una validez mínima de 30 (treinta) días corridos desde la fecha de apertura electrónica de las mismas.
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Presentación de ofertas técnicas y económicas |
Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, salvo el caso contemplado en el artículo 115 del Reglamento de la Ley 19.886, sobre Compras Públicas. Los Oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl hayan sido ingresadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos; para ello se deben verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el ofertante para su resguardo.
Las ofertas deben presentarse de manera completa y detallada para cada actividad según se solicite. Los Oferentes deberán cumplir, además, con las especificaciones técnicas y administrativas, que se ponen a disposición en el “Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas”, en el portal www.mercadopublico.cl.
La presentación de ofertas implicará el conocimiento y aceptación de estas Bases de Licitación. Sin perjuicio de las licitaciones en soporte papel contempladas en el artículo 115 del Reglamento de la Ley N°19.886.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Todos los antecedentes que acompañen la propuesta deberán presentarse en formato electrónico a través del portal. Los Oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal hayan sido ingresadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos; para ello se deben verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. CONAF se reserva el derecho de verificar todos los antecedentes presentados. En el caso de que algunos de los antecedentes requeridos sean falsos, el oferente podrá quedar fuera del proceso de evaluación, en caso que éstos no se pudieran validar no serán considerados para la evaluación.
Asignación puntaje criterio técnico "Programa de integridad"
• El oferente cuenta y entrega alguno de los siguientes elementos: a) Planes de integridad, b) Modelo de prevención de delitos, c) Programas de compliance, y/o d) Código de ética; los cuales son conocidos por su personal y entrega respaldo de lo declarado: 100 puntos.
• El oferente cuenta y entrega alguno de los siguientes elementos: a) Planes de integridad, b) Modelo de prevención de delitos, c) Programas de compliance, y/o d) Código de ética; pero no entrega el respaldo de que son conocidos por su personal: 75 puntos.
• El oferente no cuenta con los elementos mencionados anteriormente, pero acredita capacitaciones a su personal en temas relacionados a: a) Cumplimiento normativo, b) Transparencia, c) Probidad, d) Ética; y entrega el programa de la capacitación, como el respaldo de la asistencia a estas capacitaciones por parte de sus trabajadores: 50 puntos.
• El oferente: a) No cuenta con ningunos de los elementos mencionados anteriormente ni con capacitaciones en la materia, b) No adjunta el documento de ninguno de los elementos mencionados anteriormente, c) No entrega el programa de la capacitación declarada ni el respaldo de que su personal asistió a estas capacitaciones, d) No presenta Anexo N°10 “Declaración Jurada Programa de Integridad”: 0 punto.
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Consultas y aclaraciones durante el proceso de licitación |
CONSULTAS DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN: Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación, deberán ser realizadas a través del mecanismo que se dispone en el sitio www.mercadopublico.cl (modalidad FORO) asociado a esta Licitación Pública, hasta la fecha de recepción de consultas señalada en el cronograma, indicando el numeral y tipo de base que dan origen a la consulta.
Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes, en la página web www.mercadopublico.cl por el mismo mecanismo, hasta la fecha establecida en estas bases para la publicación de respuestas. Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación. Tales aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl.
CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN Y ANTES DE LA ADJUDICACIÓN: CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO INVERSO del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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Comisión evaluadora de las ofertas |
CONAF constituirá una Comisión Técnica Evaluadora, la cual se congregará para revisar y evaluar todas las ofertas técnicas y económicas que cumplan con los requisitos formales de presentación. La Comisión estará integrada por los siguientes funcionarios de CONAF, o quienes los subroguen o a quien éstos designen:
• Jefa Provincial, Provincia de Palena.
• Encargado Programa de Bosques y Cambio Climático, Provincia de Palena.
• Jefa Departamento de Finanzas y Administración, Región de Los Lagos.
Asistirá el Jefe de la Unidad Jurídica, Región de Los Lagos, en calidad de ministro de fe y asesor jurídico de la Comisión.
En caso de ausencia de alguno de los integrantes de la comisión, podrá ser reemplazado por la Jefatura del Departamento de Bosques y Cambio Climático de la Región de Los Lagos. Por su parte, en caso de ausencia del Jefe de Unidad Jurídica de la Región de Los Lagos, podrá ser reemplazado por un(a) abogado(a) de la Unidad Jurídica de la Región de Los Lagos.
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Adjudicación |
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La Comisión Evaluadora, luego de analizar los antecedentes de cada propuesta, emitirá un Acta o Informe en el que propondrá al Director Regional la adjudicación, aceptación o rechazo de las propuestas analizadas.
Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, CONAF podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases o estas fuesen consideradas insuficientes en el aspecto técnico. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o si éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.
CONAF adjudicará la oferta que obtenga el puntaje más alto de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, considerando como puntaje mínimo 60 puntos. En el caso de existir EMPATE, se adjudicará a quien tenga mayor puntaje en los criterios, de acuerdo al siguiente orden:
1. Experiencia del oferente.
2. Propuesta económica.
3. Nivel de remuneración. Si aun así se mantuviese el EMPATE entre dos o más ofertas, este se dirimirá tomando en consideración la primera oferta ingresada al portal, entre aquellas ofertas que se encuentren empatadas.
No se adjudicarán ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con el Estado, de acuerdo a lo indicado en el Articulo N°58 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
Una vez adjudicado, el oferente deberá presentar los documentos necesarios para la elaboración del respectivo contrato. De no presentar los documentos en el plazo indicado, CONAF podrá optar por la segunda oferta mejor evaluada.
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Contrato |
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Se suscribirá un contrato entre CONAF y el oferente adjudicado que señalará los servicios a los cuales se obligan a ejecutar conforme a las Bases de Licitación.
La suscripción del contrato se realizará entre el Director Regional y el adjudicatario dentro de los 10 días hábiles siguientes desde la notificación de la adjudicación de la licitación a través del portal www.mercadopublico.cl.
Los adjudicados deberán adjuntar la documentación original que les sea requerida por las Unidades Jurídicas Regional o Provincial dentro del plazo establecido para la suscripción de los contratos. Los contratos serán publicados en el portal de Compras Públicas.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido anteriormente se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando inadmisible el proceso.
Para la firma del contrato el oferente debe adjuntar los siguientes documentos:
• Antecedentes generales y administrativos de la empresa (Anexo N°5).
• Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Sin la oportuna presentación de este documento CONAF no procederá a la firma de contrato.
• Listado de trabajadores que se desempeñarán en las faenas (Anexo N°6, se entregará con posterioridad).
Se deja constancia que, el contrato originado a partir de esta adjudicación corresponde a un contrato comercial, en ningún caso constituye un contrato de trabajo.
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Responsabilidad del proveedor |
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Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, el adjudicatario respectivo deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes, y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta la contraparte técnica respectiva durante el desarrollo de las obras. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable de la obra ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros. El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.
El Contratista deberá informar al Responsable del contrato los movimientos de personal que llegaren a ocurrir durante la ejecución de las obras, sean estas contrataciones o despidos de personal, las cuales deberán ser respaldadas con la documentación respectiva (contrato o finiquito).
El adjudicatario deberá estar en conocimiento y aplicar las restricciones establecidas en el Protocolo de Plantaciones Forestales de CONAF en lo pertinente a las actividades a desarrollar señaladas en el Anexo N°8.
Al inicio de las faenas el Contratista deberá obligatoriamente, presentar y mantener una carpeta con todos los antecedentes (Ley de Subcontratación N° 20.123), que permitan la correcta supervisión de las obras. Esta carpeta deberá ser entregada al Responsable del Contrato como contraparte administrativa. Dicha carpeta debe contener los siguientes documentos originales o fotocopias:
• Listado de trabajadores que va a realizar el trabajo (Anexo N°6, se entregará con posterioridad).
• Contratos de Trabajo del personal que participará en el trabajo.
• Registro firmado de entrega de Equipo de Protección Personal para cada trabajador.
• Registro firmado de entrega del reglamento interno para cada trabajador.
• Calendario o Carta Gantt de actividades a realizar.
• Reglamento Interno con recepción de la Inspección del Trabajo. • Registros firmados de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
• Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
• Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, o Higiene y Seguridad según corresponda.
• Certificado de antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo (Formulario F30).
• Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.
• Certificado de afiliación de los trabajadores a una mutualidad Ley 16.744.
• Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
• Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
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Ley de subcontratación |
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El proveedor adjudicado podrá realizar la subcontratación de los servicios adjudicados. Para tal efecto deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Sub-contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo”, el cual se encuentra como archivo adjunto en las presentes bases.
Para ilustración del oferente, en dicho documento podrá encontrar todas las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento contenido en el Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
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Responsable del contrato |
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La responsabilidad del contrato estará a cargo del Encargado Provincial del Programa de Bosques y Cambio Climático, o un(a) profesional designado por CONAF, quien:
• Supervisará el contrato, tanto de forma administrativa como en terreno.
• Autorizará la información para los estados de pago que correspondan.
• Supervisará la Carta Gantt de los plazos establecidos.
• Autorizará informes y evaluaciones al prestador de servicio.
Sin perjuicio que para el(los) respectivos(s) estado(s) de pago será el Encargado Provincial del Programa de Bosques y Cambio Climático, el responsable de autorizar dichos pagos.
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Modalidad, forma y plazo de pago |
Habrá solo una modalidad de pago, la cual se ajustará a los valores y montos ofertados en la Propuesta Económica (Anexo N°3).
PAGO POR AVANCE DE FAENAS: Para solicitar el pago por avance de faenas, el prestador de servicio deberá presentar el Informe Técnico (Anexo N°7, se entregará con posterioridad) con las actividades efectivamente ejecutadas, reportando la superficie avanzada en cada actividad.
Habrá dos (2) estados de pago, los porcentajes de avances de faenas que deben completarse para acceder a dichos estados de pago y el valor a pagar se indican a continuación:
Primer estado de pago: Para acceder al primer estado de pago el contratista debe ejecutar las actividades contempladas en al menos 1,5 hectáreas de la superficie adjudicada. El monto a pagar, corresponderá al detalle de las actividades realizadas en la superficie reportada y su oferta económica detallada en el anexo respectivo.
Segundo estado de pago: Para acceder al estado de pago final el contratista deberá ejecutar las actividades faltantes con respecto al primer estado de pago y contempladas en la licitación. Esto es, las hectáreas faltantes. El monto a pagar será de acuerdo a la oferta económica presentada y la superficie reportada.
En caso de que el contratista haya solicitado el anticipo del presupuesto, debidamente garantizado, este será descontado en su totalidad en el estado de pago siguiente a la solicitud del anticipo.
No se podrán modificar la cantidad de estados de pago, la superficie de avance de faena y el monto a pagar según lo ofertado.
ACCESO A ESTADO DE PAGO: Para acceder a los estados de pago correspondientes, el Contratista deberá entregar el Informe Técnico (Anexo N°7, se entregará con posterioridad) al Responsable del contrato, el cual deberá contener los siguientes aspectos:
• Listado detallado de predios con las actividades terminadas y sus respectivas superficies y/o metros y/o kilómetros según corresponda.
• Resumen de Faenas programadas v/s realizadas.
• Set de fotos con fecha de las actividades ejecutadas.
• Otros documentos o archivos sustentantes acordados con CONAF.
En caso que existan observaciones a su gestión, o en la claridad de la información presentada en el informe, éstas podrán ser subsanadas por el Contratista. En caso que el informe contenga errores u observaciones de gravedad, podrá ser rechazado por CONAF. El rechazo de este informe impedirá acceder al estado de pago solicitado y el Contratista tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar un nuevo informe. El rechazo del Informe Técnico en tres (3) oportunidades consecutivas, ya sea para el primero o segundo estado de pago, será causal de cobro de multa bajo el concepto de incumplimiento grave.
Para acceder a los estados de pagos, el Adjudicatario deberá adjuntar a cada solicitud de pago los siguientes documentos:
• Informe Técnico aprobado por CONAF.
• Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo (Formulario F30-1).
• Certificado de antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo (Formulario F30).
• Planilla actualizada de trabajadores firmada, donde se indique que mantienen en su poder los Elementos de Protección Personal (EPP), para cada estado de pago.
No obstante, la Corporación podrá solicitar otros documentos para comprobar que los contratistas mantienen al día el pago de sueldos y las obligaciones laborales y previsionales.
El pago se gestionará cuando:
• CONAF, recepcione conforme y dé su aprobación del Informe Técnico emitido por el operador o contratista, validado por el Responsable del contrato y/o el Encargado del Programa de Bosques y Cambio Climático Provincial.
• CONAF, recepcione conforme y sin observaciones la documentación respecto al cumplimiento de entrega de los Elementos de Protección Personal (EPP) y de las obligaciones Laborales y Previsionales de los trabajadores que participan en la obra (F30 y F30-1).
Una vez aprobado el informe de recepción de actividades y recibida la documentación por parte del oferente sin observaciones, se solicitará la emisión de la factura correspondiente para proceder al pago.
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Facturación |
La Factura, deberá ser presentada posterior a la aprobación del informe técnico respectivo.
Dicha Factura, debe considerar los siguientes datos:
Razón Social: CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL
R.U.T.: 61.313.000-4
Giro: Otros servicios de apoyo a la Silvicultura N.C.P.
Dirección: Juan Todesco N° 67, Chaitén
Orden Compra: 2918-X-SE25
Deberá enviar la factura electrónicamente a windte_dte@custodium.com indicando que dicha factura es a crédito. El envío electrónico de la factura no debe ser superior a un plazo de 48 horas desde la emisión de la factura.
Se deberá indicar en el campo Folio de la Referencia de la Factura el número de la orden de compra el cual debe ser igual al número indicado en la orden de compra, sin puntos ni espacios, pero sí debe considerar todos los guiones (Ejemplo: 2918-X-SE25).
El documento tributario electrónico DTE, deberá ser presentado una vez que la contraparte técnica apruebe y valide el informe correspondiente. Dicho DTE deberá ser presentado junto con los formularios F30 y F30-1, según lo indicado en el punto “Acceso a estado de pago”.
El servicio se pagará dentro de los 30 días corridos contados a partir de la recepción de la Factura y el informe, el cual deberá contar con su debido V°B° y autorización de pago del Encargado Provincial del Programa de Bosques y Cambio Climático.
En caso que el proveedor adjudicado factorice los documentos tributarios entregados a la Corporación, éste deberá notificar oportunamente a la institución de la existencia de dicho contrato, siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.
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Término anticipado del contrato y/o cobro de la garantía |
La Corporación podrá poner término anticipado al contrato, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieran constituido, si concurre alguna de las causales que, a continuación, se señalan, sin perjuicio de las que establece la Ley:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento, por parte del oferente, de las obligaciones y plazos establecidos en las Bases de Licitación administrativas y técnicas.
3. Estado de notoria insolvencia del oferente, a menos que mejore las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Declaración de quiebra del oferente.
5. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del oferente.
6. Muerte o incapacidad sobreviniente del oferente, si fuese una persona natural.
7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
8. Si durante la duración del contrato se cursasen tres (3) sanciones por Incumplimientos Graves.
9. Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo Contrato.
10. Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva, o es formalizado por iguales delitos o por delitos en que CONAF tenga la calidad de víctima.
11. Si el Adjudicatario cayere en inhabilidades de la Ley 19.886 y/o la Persona Jurídica Adjudicataria fuere condenada de conformidad a las normas de la Ley 20.393.
12. Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N°21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023.
13. Si se llegase a detectar que el Contratista ha solicitado dineros, valores o bienes a los destinatarios de las actividades contempladas en el Contrato por servicios o asesorías técnicas. Así mismo, se prohíbe obtener de ellos cesión de derechos por cualquier incentivo gubernamental.
14. Si se llegase a acreditar el incumplimiento por parte del oferente con lo indicado en el programa de integridad presentado, si corresponde.
CONAF y el Adjudicatario, de común acuerdo, podrán resolver poner término al Contrato, caso en el cual no procederá el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Por su parte, el Prestador de Servicios podrá poner término anticipado al Contrato, por motivos fundados y previamente aceptados por CONAF, dando aviso de manera escrita al respectivo Responsable de Contrato de CONAF, con 30 días de anticipación. El no cumplimiento de los procedimientos y plazos señalados facultará a CONAF para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
En caso de que la Corporación decida unilateralmente terminar anticipadamente el contrato, se comunicará tal decisión al Adjudicatario mediante carta certificada, el cual podrá expresar sus descargos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación.
Una vez vencido dicho plazo, se hayan o no formulados descargos, el Director Regional procederá a dictar una Resolución fundada que resuelva sobre el punto. Contra dicha Resolución, procederán todos los recursos administrativos contemplados en la Ley 19.880.
La Corporación comunicará la decisión antes señalada mediante carta certificada y, además, lo publicará en el Sistema de Información de Compras Públicas.
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Incumplimientos graves |
Sea detectado un incumplimiento gravísimo por parte del Contratista, la Corporación procederá al cobro de una multa correspondiente al 2% del valor total del contrato. El máximo de multas a aplicar, bajo la denominación de incumplimiento grave, son tres, una vez completada la tercera multa por incumplimiento grave se considerará como causal de término anticipado del contrato.
Se considerarán como incumplimientos grave, cuando:
• Si durante la duración del contrato se cursaren en total tres (3) sanciones de Multa.
• Cuando el prestador de servicio entregue información falsa de su gestión.
• El contratista, sus representantes o trabajadores, tienen actitudes de mal trato entre ellos mismos, o con profesionales de CONAF.
• Cuando el Informe Técnico para acceder al estado de pago, sea rechazado por CONAF y devuelto para su corrección en tres (3) oportunidades consecutivas dentro de alguno de los estados de pago.
• Si el adjudicatario no cumpliese con la condición de entrega del equipo de EPP al inicio y durante la duración del contrato.
• Si el adjudicatario no presentase alguno de los documentos con los que se adjudicó la licitación.
• Cuando el Informe para pago sea rechazado por CONAF por la no ejecución o ejecución deficiente de alguna actividad y ésta no sea reprogramable. Se entenderá por actividad no reprogramable aquellas que afecten significativamente el desarrollo del programa, las que quedarán establecidas en la programación indicada en la Carta Gantt. La cual sería confeccionada por el contratista y discutida y aprobada por CONAF, en la reunión de coordinación previa al inicio de las actividades licitadas.
No procederá el cobro de multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
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Multas |
Se podrá cobrar una multa de 3 UF, cuando se cometa alguna de las faltas señaladas a continuación. Estas podrán ser acumulables por cada día de retraso, hasta que se subsane dicha falta o la situación que la originó. Las causales de multas son:
• El prestador de servicio presente un retraso en la entrega de la documentación exigida para pago superior a 10 días corridos a contar del plazo acordado para el estado de pago.
• El prestador del servicio no entregue la documentación laboral y previsional requerida al inicio de las faenas, o la documentación solicitada en alguno de los estados de pagos ya sea el primero o el segundo.
• No mantener alguno de los documentos de carácter obligatorio en la carpeta de documentación de faena.
• Por cada tres días de atraso que presente en la entrega final de las obras, en concordancia con la carta Gantt acordada con la contraparte técnica, previo al inicio de las faenas.
No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
Cumplidas tres (3) sanciones de multa por las causales señaladas anteriormente, será considerada como causal de sanción por incumplimiento grave.
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Procedimiento aplicación de multas |
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El Procedimiento de Aplicación de Multas regula las sanciones a aplicar en caso de incumplimiento por parte de los proveedores y sus obligaciones establecidas en las Bases de Licitación o contratos correspondientes.
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Responsable del Contrato notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Director Regional, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.
Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, CONAF dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, CONAF tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada.
El monto máximo a cobrar en concepto de multas, no podrá sobrepasar el 10% del monto total del contrato.
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Procedimiento cobro de garantías |
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Para el cobro de garantías, CONAF notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos a CONAF, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, CONAF dictará la respectiva resolución fundada informando el cobro de la Garantía. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, CONAF tendrá un plazo de hasta (10) diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada.
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Prohibiciones |
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El oferente seleccionado o Contratista, no podrá en ningún caso, ceder o traspasar la realización parcial o total de la prestación de los servicios adjudicados. Los derechos y obligaciones que nacen del contrato serán intransferibles. Sin perjuicio de ello, los documentos significativos de los créditos que de él emanen serán transferibles, de acuerdo con las reglas del derecho común.
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Seguros |
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Respecto de los seguros de los trabajadores, el Adjudicado debe cumplir con todos los requisitos y procedimientos señalados en el punto N°11 del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Sub-contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo, otorgado por CONAF.
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Confidencialidad y propiedad intelectual |
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La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación, reciba o tome conocimiento el adjudicatario, o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después del término de la prestación de los servicios que se le encomendaren. En consecuencia, la empresa o Sociedad contratante y/o su o sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de tercero a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia Información confidencial.
Los resultados intelectuales y/o materiales, informes y/o productos, que con ocasión de la ejecución de los servicios se obtengan, sean que estén en soporte material o digital, tales como procedimientos, archivos, manuales u otros, serán de propiedad de la Corporación, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo, por tanto, el adjudicatario o su y/o sus representantes realizar ningún acto respecto de ellos, salvo expresa autorización escrita de CONAF.
Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros fotográficos, audiovisuales y de cualquier tipo, producto del presente contrato constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizadas previa autorización de CONAF y, citando la fuente.
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Prevención de delitos de colusión, corrupción, asociación ilícita y otros |
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En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.
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Principio de igualdad y no discriminación arbitraria |
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
4.- En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecerlas medidas pertinentes.
Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Requerimientos técnicos |
ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA EL SERVICIO
Las actividades, materiales y requerimientos del servicio solicitado son las siguientes:
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Actividad
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Descripción
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Compra de materiales e insumos
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• 112 polines (3 a 4 pulgadas de diámetro) para la habilitación de cerco en la superficie licitada (3 ha).
• Gel Hidratante HidroSorb Forestal aprox. 10 kg.
• 7 rollos de 100 m de manga malla diámetro 12,5 cm. Para protectores individuales de plantas, de 50 cm de alto. De forma triangular que otorga estabilidad estructural lo que lo hace resistente a condiciones ambientales extremas. Se instala con 3 tutores.
• 5.625 tutores de una altura de 0,8 m.
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Traslado de insumos y plantas
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• Fertilizante Basacote 6 M (ubicado en Chaitén) un saco de 25 kg.
• Se deberán trasladar 1.875 plantas desde el centro de acopio ubicado en Chaitén, hacia el sector Lago Yelcho donde se realizará su establecimiento final. Las plantas deberán transportarse cubiertas y bien protegidas, evitando su exposición a la intemperie, a una sobre manipulación, procurando su resguardo y almacenaje con materiales apropiados que eviten eventuales daños mecánicos en ramas, hojas, tallo y sobre todo en raíces. El centro de acopio se localiza a una distancia máxima de 60 kilómetros del sector de plantación.
Para el traslado de las plantas desde el camino público (Carretera Austral) hacia el lugar de plantación al interior del Parque, se deberá tener los resguardos apropiados en este traslado con la finalidad de evitar daños mecánicos y de exposición al sol y viento. En las zonas de plantación, los pequeños árboles deberán quedar acopiadas a la sombra, y debidamente hidratadas y/o regadas.
Se excluye maquinaria pesada para realizar los trabajos.
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Preparación de sitio y suelo
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Si bien el sector destinado a forestación corresponde a praderas naturales, en algunos sectores se debe realizar un corte de vegetación menor, especialmente zarzamora que se encuentra parcialmente dispersa en la zona, con el fin de construir posteriormente las casillas para la plantación.
Previo a la habilitación de la casilla se debe hacer el raspado, extrayendo el pasto y/o vegetación presente en una circunferencia de aprox. 40 cm de diámetro donde se instalará la casilla de plantación, lugar donde serán establecidas las plantas en forma definitiva, para lo cual es de vital importancia realizar un tratamiento previo, en sentido que el sustrato o tierra de la casilla, sea mullida, quedando el sustrato suelto para facilitar un buen arraigamiento de la planta y mejoramiento del drenaje.
La preparación de las casillas deberá ser ejecutada en forma manual, con dimensiones de 30 cm de profundidad y 30 cm de diámetro. Se reitera que es fundamental el proceso de picar o mullir el sustrato o tierra del fondo de la casilla a fin de soltarlo y permita la penetración adecuada de las raíces de las nuevas plantas.
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Faena de Forestación
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Plantación con especies nativas, a una densidad de 625 plantas/ha.
Para cada individuo a plantar, se deberán aplicar:
• Dosis de Fertilizante: 10 gramos.
• Dosis de Gel Hidratante: 5 gramos.
• Instalación del protector individual.
Recordar que tanto un exceso de dosis como una falta o carencia de estos productos, pueden provocar la muerte de las plantas.
La metodología para el plantado será mediante la distribución homogénea en términos de ocupación de espacios sobre la superficie del terreno, procurando evitar las filas y columnas. Para lograr esto se deberá plantar una planta equidistante cada 4 metros de separación distribuidos al azar.
La instalación de los protectores deberá procurar que la planta quede debidamente centrada en el triángulo. Estos protectores deberán estar debidamente anclados al suelo a través de 3 tutores dispuestos bien apegados a los vértices, con esto se evita que el viento y lluvia desplacen el protector.
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Faena de cercado
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• Cerco Nuevo: Se indica que en las zonas perimetrales definidas, se deberá confeccionar cerco de alambre púas, por lo mismo se debe realizar limpieza del suelo extrayendo maderas muertas o biomasa que dificulte las faenas y/o roce de vegetación arbustiva en fajas de 1 a 1,5 metros de ancho, evitando cortar árboles verdes o vivos. Asimismo se prohíbe utilizar clavos y/o amarras de alambre con fines de sujeción, utilizando árboles vivos como soporte para afirmar el cerco. La distancia entre un polín y otro deberá ser de 2,7 m. El cerco debe ser con 5 hebras de alambre púas. Se requiere habilitar 200 m lineales.
• Cerco Reparado: Se entenderá para estas bases de licitación, como cerco reparado, al cerco de alambre de púas de a lo menos 5 hebras, que considera a lo menos un 50% de postes nuevos impregnados, de 3 a 4 pulgadas de diámetro x 2,4 m de largo, colocados cada 2,7 m, y con al menos 2 hebras de alambre de púa nuevo. Se requiere reparar 200 m de largo.
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Para las actividades contempladas en esta licitación la Corporación Nacional Forestal proveerá al contratista de 1.875 plantas nativas, tipo de planta speedling para el sector a forestar. El transporte del fertilizante, los materiales varios para realizar los trabajos y las plantas, desde el centro de acopio de Chaitén a la zona de forestación, será responsabilidad del contratista.
Para este proyecto de Forestación y dado que se encuentra en un sector aledaño a la carretera austral, se requiere la habilitación de 200 m de cerco nuevo y la reparación de 200 m en sectores que presentan deterioro y/o cubiertos por vegetación.
Independiente de las medidas indicadas con anterioridad, el adjudicatario deberá cumplir con la normativa forestal vigente, asociada a los respectivos planes de manejo aprobados si lo hubiere en cada uno de los sectores o predios.
CONAF podrá supervisar de manera técnica y administrativa las faenas, emitiendo las observaciones pertinentes al Contratista, el cual deberá hacer las correcciones necesarias. Si las correcciones no fuesen cumplidas y el Informe Técnico de evaluación por actividad es rechazado tres veces, podrá ser considerado como causal de multa por incumplimiento grave y de ser un comportamiento reiterativo el responsable del contrato podrá proponer el término anticipado al contrato, sin desmedro de otras medidas que se contemplen en estas bases técnicas y administrativas.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS ACTIVIDADES
Las características técnicas de las actividades a ejecutar se entregan a continuación:
1. TRANSPORTE Y MANIPULACIÓN DE PLANTAS: El abastecimiento de plantas será a cargo de CONAF, en centro de acopio que se ubica en Chaitén, a una distancia máxima de 60 kilómetros de los sectores a forestar. Estas deberán ser trasladadas directamente a los predios o centros de acopio previstos. El retiro de las plantas se realizará de forma parcializada, de acuerdo al avance del contratista en la faena de plantación.
El contratista deberá dar aviso a CONAF, la fecha de retiro de plantas, con al menos dos días de antelación, con el fin de preparar las plantas y solicitar la respectiva guía de despacho.
En el transporte carga y descarga de las plantas a terreno se deben tomar todos los resguardos y precauciones, siendo indispensables las siguientes:
• Transporte en vehículo cerrado o cubierto.
• Evitar desecación, exposición al sol, al viento y/o lluvia.
• Que no existan extravíos y/o daños.
• Extremar cuidado en la manipulación de las plantas, evitando daños mecánicos, tales como rotura del tallo, daño en follaje o raíz, intentando alterar lo menos posible la forma del pan de sustrato evitando pérdida de materia orgánica o tierra.
• Entregar la hidratación necesaria a las plantas en los predios a forestar, antes de plantar. Este sistema de hidratación debe ser expuesto claramente en la oferta técnica del proyecto.
• En el predio de destino, las plantas no deben sufrir ningún tipo de daño, ya sea por algún tipo de animal, inundación, desecamiento u otro tipo de imprevisto. Las plantas que no se encuentran en bandejas, se recomienda almacenarlas en sectores sombríos y deben ser regadas o hidratadas inmediatamente una vez llegadas al lugar de acopio.
• Las plantas deben ser plantadas en un tiempo máximo de 24 horas luego de ser retiradas del centro de acopio.
Si hubiese pérdidas de plantas por no considerar lo anterior, se atribuirá negligencia al contratista y será de su cargo la reposición de ellas con plantas de las mismas condiciones morfológicas.
2. PREPARACIÓN DE SUELO Y PLANTACIÓN
2.1. ROCE LIVIANO EN BORDE DE LOS SECTORES PARA INSTALACIÓN DE CERCO Y CASILLAS PLANTACIÓN:
Si bien el polígono afecto corresponde a una pequeña pradera, se debe cortar la vegetación de los bordes especialmente donde se instalará el cerco y la extracción de zarzamora que se encuentra en el sector afecto a la forestación. Asimismo en la zona de habilitación y/o reparación del cerco, deberá despejarse y habilitar una faja libre de vegetación para facilitar estos trabajos.
Los polines deben ser instalados a 2,7 m. entre uno y otro, enterrando una profundidad mínima de 60 cm. Colocando diagonales cada 50 metros y 5 hebras de alambre de púas.
Es importante tener presente que los trabajos de forestación con especies nativas, en sectores habilitados como praderas, obedecen a un objetivo de restauración activa de nuestros ecosistemas forestales nativos, en beneficio del medio ambiente y aporte a la adaptación, mitigación y resiliencia al cambio climático, en consecuencia toda acción que afecte negativamente a los árboles o al entorno que los rodea, se contradice con el objetivo primordial del proyecto.
2.2. CASILLAS MANUALES:
La localización de las casillas sobre el terreno de 3 ha. será al azar, distribuidas homogéneamente cubriendo toda la superficie afecta a la plantación, evitando las filas o formación sistemática.
Previo a la instalación de la casilla en cada uno de los lugares se debe realizar una limpieza, extrayendo el pasto en un sector de 40 cm. de diámetro, donde posteriormente se confeccionará la casilla y/o taza circular de al menos 30 cm de diámetro y 30 cm de profundidad. En cada casilla se debe tratar el suelo, dejando suelto o mullido el sustrato o tierra que recibirá a la planta, para mejorar las condiciones de anclaje y exploración de raíces y favorecer la infiltración de agua. Por tanto toda el área de la casilla, bordes y el fondo no deben quedar compactados.
La preparación de suelo podrá ser con pala plantadora neozelandesa o barreno hoyador. Se reitera que la distribución de las casillas será de forma aleatoria, cubriendo toda la superficie en forma homogénea.
2.3. PLANTACIÓN: Como se ha descrito, el sistema de plantación será al azar distribuido homogéneamente en la superficie de 3 ha. afecta para la forestación.
Las labores de plantación se deberán realizar de forma aleatoria y cubriendo de manera homogénea todos los espacios sobre el área de plantación, procurando evitar dejar filas o columnas, toda vez que el sentido libre de esta plantación no da cuenta de un modo sistemático y ordenado, sino más bien a un establecimiento de futuros bosques que cubran toda la superficie destinada para la recuperación del ecosistema forestal nativo al interior del Parque Nacional Corcovado.
Para lograr lo anterior, las faenas de plantación consistirán en plantar un árbol nativo cada 4 metros, es decir, al final de la plantación los árboles deberán quedar a una distancia entre cada uno de 4 metros, de esa forma se mantienen una densidad de 625 árboles en una hectárea, sumando un total de 1.875 árboles en las 3 ha.
Se recomienda para hacer una mejor distribución en la superficie afecta, marcar cada hectárea y en esta superficie distribuir 625 plantas.
Cada planta deberá quedar bien establecida y firme en suelo sin raíces torcidas o expuestas a la superficie. El plantador deberá considerar el límite natural de la planta en su parte aérea y subterránea, queda prohibido enterrar la planta sobre el nivel del cuello del árbol. En ningún caso se aceptarán plantas en que dicho límite se encuentre sobre el nivel del suelo circundante. Es fundamental que las raíces queden muy bien estiradas dentro de la casilla, evitando torceduras y/o raíces dobladas.
Una vez establecida la planta, el plantador deberá compactar el suelo alrededor de ella para evitar dejar bolsas de aire y permitir que la raíz logre una buena sujeción al suelo, de manera de aminorar los daños por efecto del viento, lluvias o descalce de plantas por suelo congelado.
Como herramienta de plantación se recomienda utilizar pala plantadora, la que será de cargo del contratista.
2.4. FERTILIZACIÓN: El contratista efectuará, simultáneamente con la actividad de plantación y a cada una de las plantas, una aplicación de fertilizante de liberación controlada denominado Basacote plus 6M, el que se depositará directo al hoyo de plantación. Se debe contemplar un promedio de 10 gramos de fertilizante por planta.
2.5. APLICACIÓN DE GEL HIDRATANTE: El contratista efectuará, simultáneamente con la actividad de plantación y a cada una de las plantas, una aplicación de Gel hidratante denominado Hidrosorb Forest, el que se depositará en forma preparada, directo al hoyo de plantación. Se debe contemplar un mínimo de 5 gramos de gel hidratante por planta.
Sin perjuicio de lo anterior, tener muy presente las dosis apropiadas por cada compuesto, para lo cual se deberá poner especial cuidado y seguir las indicaciones del fabricante.
Recordar que tanto un exceso de dosis como una falta o carencia de estos productos, pueden provocar la muerte de las plantas. Independiente de las medidas indicadas con anterioridad, el adjudicatario deberá cumplir con la normativa forestal vigente, asociada a los respectivos planes de manejo aprobados si los hubiere, en cada uno de los sectores o predios.
CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
Se debe tener presente que los trabajos a contratar a través de esta licitación, serán ejecutados al interior de un área silvestre protegida por el Estado de Chile, el Parque Nacional Corcovado, por tal razón es importante que todo residuo o desecho originado durante las faenas de forestación, sean evacuados y extraídos del lugar, asimismo queda prohibido el uso del fuego al interior del Parque.
El contratista deberá programar las faenas de manera que el avance de las actividades sea geográficamente ordenado, no pudiendo dejar sectores rezagados sin intervenir. El avance podrá tener más de un frente de trabajo, a condición que se respete el sentido acordado y, que una misma cuadrilla, no inicie faenas en un sector sin haber finalizado totalmente el sector anterior, salvo cuando de común acuerdo y por condiciones ajenas al contratista, no se puedan continuar las faenas en el lugar programado.
Una vez terminada la plantación, el contratista deberá velar y corroborar que todas las herramientas, equipos y residuos provenientes de las faenas de plantación hayan sido retirados del lugar.
A continuación, se enumeran los aspectos relevantes y condiciones que debe cumplir y considerar el contratista forestal que ejecute las actividades:
a) Todas las herramientas a utilizar en el presente servicio de plantación serán aportadas por el adjudicatario. Los costos operativos de transporte, alimentación, alojamiento o campamento serán de cargo del adjudicatario.
b) El adjudicatario deberá dar cumplimiento a medidas ambientales, tales como, el manejo de la basura, prohibición de ingreso de mascotas, protección de recursos de flora y fauna y todas las medidas que le informe el personal de la Corporación. En especial, está estrictamente prohibido hacer fuego o usar fuentes de calor en zonas donde no está expresamente permitido. También está prohibido fumar en los sectores de faena.
c) Se debe cubrir el suelo, con una superficie impermeable, al momento de realizar llenado de combustible de maquinarias (motosierras, entre otros). Todo residuo generado en los trabajos propios de la faena (basuras), así como también los provenientes de vehículos o maquinarias (combustibles, petróleo, aceites usados, trapos impregnados con derivados de hidrocarburos u otros) se deberán colocar en recipientes herméticos, sellados con tapa y su disposición final será fuera de los límites de los predios, en lugares autorizados por el Servicio de Salud.
d) Queda estrictamente prohibido cazar, matar y/o molestar a especies de fauna de todo tipo, incluyendo aves, reptiles, anfibios y mamíferos inferiores.
e) En la zona a forestar y circundante, el adjudicatario deberá evitar la corta o daño de especies vegetales nativas y/o endémicas a escala regional o nacional que se encuentren en alguna categoría de amenaza para su conservación, tanto se trate de especies arbóreas como arbustivas.
Previo a la firma de contrato e inicio de actividades, el/la contratista deberá informar respecto a la composición de su equipo de trabajo, las herramientas a utilizar, características de los vehículos y el servicio de alimentación e higiene.
Se considera una charla de inducción por parte de los profesionales de la Corporación a fin de transferir in situ la importancia de la actividad que se deberá realizar, así como atender posibles dudas del contratista y personal respecto del diseño y técnicas de plantación.
Se debe considerar reuniones mensuales con la contraparte técnica para ir revisando avances y ratificando o modificando la Carta Gantt de actividades, estas reuniones podrán ser ya sea telemáticas y/o presenciales. No obstante a lo anterior, la contraparte técnica podrá solicitar reuniones periódicas al contratista cuando lo estime pertinente.
PROGRAMACIÓN DE PAGOS Y SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS: Para la adecuada ejecución de actividades por parte del Contratista, y la correcta supervisión de la contraparte CONAF, se sostendrá una reunión inicial de coordinación entre las partes con el objetivo de definir los plazos, los canales oficiales de comunicación y resolver cualquier tipo de dudas que se presenten. En la reunión de coordinación se abordarán y concretarán los siguientes puntos:
• Al iniciar la prestación de servicios, el Contratista y el equipo de CONAF se reunirán para coordinar detalles de logística, fecha entrega de faenas u obra, y otros. Dichas definiciones permitirá tener como referencia las actividades y plazos para el correcto desarrollo del contrato y será considerado como el calendario oficial de actividades para efectos del contrato, con el cual CONAF supervisará el correcto seguimiento y ejecución de las obras, para ello se deberá realizar a lo menos una reunión mensual con el Responsable del Contrato para analizar el avance y cumplimiento de las actividades, la observancia de las instrucciones, los posibles ajustes a las faenas y a la programación de ser necesario, aspecto que deberá quedar registrado por escrito a través de un acta acuerdo entre las partes. Teniendo presente que la fecha final de término del contrato es el 30 de octubre del 2025.
• La empresa deberá presentar previo a cada estado de pago, un Informe de cierre de faenas (Anexo N°7, se entregará con posterioridad) para las actividades ejecutadas durante el período a rendir, el cual será requisito previo para el pago, toda vez que sea aprobado por el Responsable del Contrato designado por CONAF.
• El Informe a pago que emita la empresa deberá ser aprobado por CONAF para acceder al pago de los servicios. Sin embargo, si existieran observaciones estas deberán ser corregidas previo a la autorización del pago. El no cumplimiento reiterado de esta exigencia podrá ser considerado como causal de multas por incumplimiento grave y de ser un comportamiento reiterativo CONAF podrá poner término anticipado del mismo, sin desmedro de otras medidas que se contemplen en estas bases técnicas y administrativas, así como también la publicación en el portal de Mercado Publico las observaciones de mal comportamiento en la prestación del servicio.
CONAF, se reserva el derecho de supervisar la gestión de la Empresa pudiendo en todo momento, efectuar los controles que estime necesarios para comprobar la calidad del trabajo en ejecución, la observancia de las instrucciones y el cumplimiento de las actividades.
La Empresa deberá otorgar todas las facilidades que el caso requiera para permitir y facilitar estas labores de supervisión y control, debiendo además efectuar, a su entero costo, las correcciones indicadas por CONAF.
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