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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad
FORO INVERSO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta
licitación (punto 3). Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la mencionada modalidad
FORO de esta licitación en el mencionado portal de compras.
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ERRORES U OMISIONES |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven
errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les
confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto,
no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de
dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso
se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada
“Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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ADJUDICACIÓN DE ESTA LICITACIÓN |
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La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo con las Bases Administrativas y Técnicas
y podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o
consideraciones establecidas en éstas.
Podrá, además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten
convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos últimos
casos, dichas declaraciones deben ser manifestadas por Resolución Fundada.
La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente
seleccionado por la Corporación.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del
Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo con la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas
desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
Esta licitación se adjudicará por línea a la oferta que obtenga el mayor puntaje, obtenido de la información
que ingresen los oferentes, de acuerdo con los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases.
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del
reglamento de Compras Públicas, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las
Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad Licitante podrá, junto con
dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro
del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, y así sucesivamente,
a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación pública, declarando inadmisible el
proceso.
Si es declarado desierto el proceso anterior, CONAF podrá realizar la contratación a través de la modalidad
“trato directo”. Así mismo CONAF queda facultada para ejecutar la garantía de seriedad de la oferta,
establecida en el punto IX de las presentes Bases.
Quedan excluidos de esta disposición, aquellos adjudicatarios que justifiquen por motivos de fuerza mayor,
que no podrán ejecutar las actividades adjudicadas, cuestión que será decidida y evaluada por CONAF.
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DOCUMENTOS QUE REGULAN LA OFERTA |
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Esta licitación y los servicios que de ésta se desprendan se realizarán y regirán por los siguientes
documentos:
o Las Bases Administrativas y Técnicas, las especificaciones y los anexos que se incluyan en
este proceso de licitación.
o Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivado del procedimiento establecido en las
Bases.
o La oferta técnica y la oferta económica del(los) oferente(s) adjudicado(s).
o Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas, si las hubiere.
o El reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en
el trabajo.
o Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación
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MODIFICACIONES DE LAS BASES |
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La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del
Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por
alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando en estos casos un
plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e
informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones
formarán parte integrante de las Bases.
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VIGENCIA DE LA OFERTA |
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La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 30 días corridos a contar de la fecha indicada
como plazo máximo de recepción de ofertas.
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TÉRMINO ANTICIPADO DE LOS SERVICIOS |
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La Corporación queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del servicio, sin
derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurren algunas de las causales que se señalan:
a. Mutuo acuerdo entre las partes
b. Si el Contratista fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera a menos que se
mejoren las cauciones entregadas.
c. Si se disolviese la empresa adjudicatario.
d. Si se produjese cualquier incumplimiento grave de las obligaciones del adjudicatario.
e. Si el representante legal del adjudicado es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena
aflictiva.
f. Fallecimiento del representante legal del adjudicatario, que implique el término del giro de la
sociedad o persona.
g. Si el Contratista no comenzare a prestar los servicios dentro de los 10 días después de haber
suscrito el contrato.
h. La no entrega oportuna de la Garantía establecida en el Punto 8 de las presentes Bases.
i. Incumplimiento a la legislación laboral, de accidentes laborales y a las obligaciones para con sus
trabajadores.
j. Cualquier incumplimiento o trasgresión de la normativa ambiental o forestal.
Si se verificare a lo menos 1 de las siguientes causales: b, c, d, e, f, g, i, j se procederá al cobro de la garantía
de fiel cumplimiento del contrato de manera administrativa y sin más trámite.
En caso de verificarse la letra h, se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta.
En todos los casos de procedencia de cobro de garantías, se procederá sin perjuicio de reservarse las
acciones legales para perseguir todo tipo de responsabilidades e indemnizaciones en caso de que los daños
sean superiores.
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MULTAS |
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En caso de incumplimiento de los plazos definidos en el cronograma de trabajo fijado por CONAF en
conjunto con el adjudicado, se aplicará una multa equivalente a 1 UF por cada día de retraso. Se exceptúan
razones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificadas y calificadas así por CONAF, como
condiciones climáticas, razones de violencia rural, tomas, ocupaciones ilegales, usurpaciones,
manifestaciones políticas, cortes de camino u otras.
El atraso comenzará a contar del día hábil siguiente de la fecha de entrega acordada en el cronograma. No
serán admitidas a análisis, en ningún caso, justificaciones presentadas una vez producido el retraso,
debiendo el adjudicatario comunicar por escrito tan pronto prevea el retraso, proponiendo el nuevo plazo
de entrega y fundando las causas que justifiquen el aplazamiento, para lo cual la Corporación se
pronunciará de acuerdo al mérito de los antecedentes que se presenten, pudiendo acoger los fundamentos
y prorrogar la entrega de los Informes, o en su defecto no acogerlos y aplicar las multas que correspondan.
Monto máximo Cobro Multa:
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto estimado del contrato.
a) Procedimiento Aplicativo de Multas
El procedimiento de aplicación de multas se detalla a continuación:
1) Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la Contraparte Técnica del
contrato informará mediante un Memorándum a la Contraparte Administrativa las situaciones que
ameriten la aplicación de multa, señalando los antecedentes y documentos que justifiquen las faltas
incurridas.
2) El Departamento de Finanzas y Administración regional calculará y validará el monto de las multas, y
posteriormente notificará de ello al proveedor mediante carta certificada, informándole los hechos que
motivan dicha sanción, y sobre los hechos en que aquéllas se motivan.
3) A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días
hábiles para efectuar sus descargos por escrito a través de carta dirigida al Director Regional, acompañando
todos los antecedentes y argumentos que respalden sus descargos. La carta deberá ser ingresada a través
de la Oficina de Partes de la Oficina Regional de CONAF.
4) Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que el proveedor haya presentado descargos, se
aplicará la sanción y la correspondiente multa, informando de ello al proveedor por medio de una carta
certificada.
5) Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Dirección
Regional de CONAF dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o
parcialmente.
6) La medida a aplicarse deberá ser formalizada a través de una resolución fundada la que deberá
pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de
Información.
7) La aceptación o el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse
a través de una carta certificada de CONAF, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de
la sanción a aplicar.
8) En contra de la mencionada resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que
establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado.
9) Recurso de Reposición: El proveedor seleccionado dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar
desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer
fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al
Director Regional de CONAF.
10) El Director Regional, resolverá dentro de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la
reposición.
11) Se notificará dicha resolución al proveedor mediante carta certificada. En el evento de que la sanción
sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos
más próximos que CONAF deba efectuar al proveedor.
Además, de acuerdo a las Bases de Licitación, CONAF podrá poner término al contrato producto de la
aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere
interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
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CONSIDERACIONES GENERALES |
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CONAF no considerará para ser evaluadas las ofertas que no acompañen los documentos o antecedentes
solicitados ni aquellas cuyos contenidos no se ajusten a las exigencias establecidas en las Bases Técnicas y
Administrativas.
El oferente adjudicado asume la plena responsabilidad en cuanto a la calidad y oportunidad de los servicios
y productos exigidos de acuerdo a las especificaciones técnicas y demás estipulaciones de las presentes
Bases.
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MECANISMO PARA LA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACION |
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En caso de existir dudas después de la adjudicación, se deberá consultar a los correos electrónicos de
claudio.tenorio@conaf.cl o pamela.barrera@conaf.cl y serán respondidas por el mismo medio. Solo se
responderán las consultas ingresadas hasta 48 horas (hábiles) a contar de la adjudicación.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que
contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario
público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los
contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a
terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma
de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas
que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la
conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas
de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar
para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para
asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral,
buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos
se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta
seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que
aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se
relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin
perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas
por los organismos correspondientes.
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ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO DE LEYES SOCIALES |
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Junto con la presentación de la factura o boleta, el prestador de servicios deberá acreditar ante CONAF,
mediante documentación consistente en liquidaciones de pago de remuneraciones u honorarios, pago de
impuestos ante el SII, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de los
trabajadores de su dependencia que han ejecutado labores en los servicios materia de esta licitación, por el
periodo del cobro que está realizando.
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CLÁUSULA LEY SUBCONTRATACIÓN |
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El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en
la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios
transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa
contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación
Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato
y/o en la reunión de inicio de faena.
Para ilustración del oferente, se adjunta a las presentes bases un documento llamado “Reglamento especial
para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo” en el cual constan las
obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que
podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato. Este documento, a su vez, será entregado
por la Corporación al momento de contratar los servicios del adjudicatario.
La Corporación podrá solicitar al momento de la entrega del servicio y/o suscripción del contrato exhibir los
siguientes documentos, sin éstos tener el carácter de taxativos;
a) Nómina del personal que va a realizar el trabajo.
b) Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
c) Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
d) Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
e) Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
f) Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
g) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), emitido por la Dirección del
Trabajo.
h) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la
Dirección del Trabajo.
i) Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
j) Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
k) Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar
al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa
constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las
otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento
contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
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RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR |
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Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el
adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de
Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo,
durante el desarrollo del servicio. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las
disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre
accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional
vigente.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable del servicio ante la Corporación Nacional Forestal y
frente a terceros.
El proveedor conoce el territorio y sector en donde se ejecutarán las obras.
El proveedor está en conocimiento de las situaciones de violencia rural existentes en la región.
El proveedor será único responsable de cuidar y velar por sus propias herramientas y equipos de trabajo o
vehículos.
El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros,
ya sea por defecto del servicio, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier
error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas. Es el único responsable
de velar por el cumplimiento de la normativa ambiental y forestal, será responsable por el daño ambiental,
por afectar alguno de los elementos o componentes del medio ambiente, por no tomar las medidas
preventivas señaladas en las salvaguardas y por causar perjuicios en virtud de una mala aplicación de las
mismas, todo ello en relación al punto 23.5 de las presentes bases y anexo Nº 6.
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REQUERIMIENTOS TÉCNICOS |
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CONAF, a través de la Gerencia de Bosques y Cambio Climático y su respectivo Departamento de Desarrollo
y Fomento Forestal, impulsa el programa de Reactivación económica para pequeños y medianos
propietarios, con el fin de contrarrestar los efectos económicos negativos que ha provocado la pandemia
por COVID-19, que actualmente afecta a nivel mundial y así fomentar la reactivación económica y la
generación de empleos, a través de la recuperación de ecosistemas forestales.
Es fundamental que todos los esfuerzos gubernamentales y principalmente de CONAF, poder generar una
reactivación sustentable por los que la creación de empleos sigue siendo la preocupación principal, donde la
contracción económica ha agudizado la desocupación producto del COVID-19.
En este contexto, se pueden mencionar que el Programa de reactivación económica para pequeños/as y
medianos/as propietarios/as forestales, considera una superficie de 24.130 hectáreas para el periodo 2021-
2022, entre las regiones de Coquimbo hasta Magallanes, con actividades que consideren el manejo de
bosque nativo, preventivo y sanitario, forestación, y recuperación de bosques afectados por incendios
forestales o el cambio climático, priorizando: la recuperación de bosque nativo, la reconversión de
plantaciones exóticas a nativas, forestación con especies nativas en zonas de conservación y protección de
suelos, humedales, cabeceras de cuenca y cuerpos de agua.
La gestión forestal sostenible y las soluciones basadas en la naturaleza poseen un potencial para contribuir a
las economías verdes, desde un enfoque de la restauración a escala de paisajes. De esta forma, el
establecimiento de nuevos bosques y el mejoramiento de los bosques existentes contribuirán directamente
a la mitigación del cambio climático y a la adaptación de sus efectos. Tanto la reducción de la deforestación
como el establecimiento de nuevos bosques mejorarían la captación y almacenamiento del carbono. Una
mejor gestión del combustible podría reducir, además la incidencia y gravedad de los incendios forestales,
favoreciendo aún más a la reducción de las emisiones de carbono.
Cabe destacar que la restauración de paisajes incluye, en términos generales, procesos de rehabilitación de
suelos erosionados; rehabilitación de ciclos hidrológicos; recuperación de paisajes y ecosistemas afectados
por incendios forestales, catástrofes u otros factores de degradación; conservación y protección de áreas
naturales o de valor ecológico, restauración ecológica; entre otros.
Por lo que esta licitación se enfocará en poder restaurar pasivamente una superficie afectada y degradada
de vegetación endémica en su zona, en la Reserva Nacional Malalcahuello, Curacautín, Región de La
Araucanía.
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DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR |
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Construcción de un cerco perimetral de 3,0 km para protección y restauración pasiva de 30 hectáreas de
vegetación nativa endémicas, ubicada en la Reserva Nacional Malalcahuello.
La construcción del cerco es con 4 hebras de alambre de púa triple galvanizado, con polines impregnados
de 3-4 pulgadas, cada 3 metros.
El cerco debe ir con los refuerzos en cada esquina tipo A, bien tensado y los hoyos deben realizarse de
preferencia con maquina barreno, a fin de no dañar el polín. En los sectores donde quede cerco antiguo se
debe tensar y engrapar al cerco nuevo, de no ser factible, se debe retirar del lugar.
Los materiales (polines, grapas y alambre) serán proporcionados por la Corporación Nacional forestal y
serán entregados en la Administración de La Reserva Nacional Malalcahuello, que se encuentra frente al
pueblo de Malalcahuello.
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ÁREA DE INTERVENCIÓN |
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La construcción del cerco perimetral de 3,0 km, se realizará en el sector El coloradito, de La Reserva
Nacional Malalcahuello, para restauración pasiva de esta zona.
Se encuentra en las coordenadas: Cerco 5741024/272289 UTM HUSO 19 S.
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COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN |
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La coordinación técnica y administrativa de las labores del servicio estará dirigida por la Dirección regional
de CONAF Araucanía o quien designe, a cargo:
Jefe Departamento Bosques y Cambio Climático o a quien designe.
Jefe Departamento de Finanzas y Administración o a quien designe.
Jefe sección Bosques Plantados o a quien este designe.
La supervisión del desarrollo de las prácticas en terreno se realizará a través del Coordinador Regional del
Proyecto de Reactivación, encargados provinciales del Proyecto, supervisores del programa, Funcionarios
del Departamento de Áreas Silvestres Protegidas y será apoyada por otros profesionales CONAF.
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MEDIDAS DE SEGURIDAD EN FAENAS |
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El oferente deberá cumplir la normativa laboral en lo relacionado a medidas sanitarias y de seguridad,
capacitación e implementación de todos los elementos de protección necesarios para este tipo de faena
incluyendo el transporte.
El oferente deberá enumerar en la propuesta los elementos de vestuario de faenas mínimo que cada
trabajador deberá vestir como mínimo: guantes adecuados para la faena, traje de agua, o vestimenta
adecuada para las condiciones climáticas que se presenten zapato de seguridad o adecuado para la
condición de terreno en la que se está desempeñando, casco, etc. De la misma manera el oferente deberá
contratar un seguro contra accidentes laborales para cada trabajador que se encuentre bajo su
dependencia.
Otorgar todas las facilidades para las acciones de fiscalización de medidas preventivas y de ejecución de
faenas, que realizará en forma aleatoria y sin previo aviso CONAF.
Además, se le hará entrega al oferente del documento físico del Reglamento especial para empresas
contratistas y subcontratistas de faenas de seguridad y salud en el trabajo, quedando esto documentado en
un acta firmada al momento de firmar el contrato.
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SALVAGUARDAS SOCIALES Y AMBIENTALES |
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Con respecto a los posibles riesgos o impactos socioambientales (salvaguardas sociales y ambientales) ver
anexo 6.
Las salvaguardas o impactos sociales o ambientales son entendidas como el conjunto de compromisos,
directrices, medidas y orientaciones nacionales e internacionales, obligatorias y voluntarias, que adaptadas
a las circunstancias nacionales, incluidas las leyes y reglamentos relacionados, tienen por objeto prevenir los
potenciales riesgos y mitigar, revertir y/o compensar los impactos socio-ambientales que se podrían generar
con implementación de las acciones de esta Licitación, maximizando al mismo tiempo, los potenciales beneficios y asegurando el respeto pleno de los derechos de los grupos vulnerables, especialmente de las
comunidades locales.
El proveedor una vez adjudicado deberá diagnosticar, aquellos potenciales riesgos e impactos sociales y/o
ambientales que se deriven de la ejecución de cada actividad descrita en estas bases técnicas y
administrativas, y además deberán proponer y aplicar las medidas correspondientes (de prevención para los
riesgos y de mitigación o compensación para los impactos que hayan sido identificados) para salvaguardar el
entorno socioambiental (Detallar en Anexo 6).
En cuanto a los temas que se deben tener en consideración para diagnosticar los potenciales riesgos e
impactos sociales y/o ambientales y sus respectivas medidas de mitigación se detallan los siguientes:
- Transparencia y gobernanza
- Participación
- Salud, seguridad y trabajo rural decente
- Pueblos indígenas
- Equidad de Género
- Reasentamiento involuntario
- Patrimonio cultural
- Evaluación de riesgos e impactos
- Conservación de hábitats naturales y biodiversidad
- Gestión sostenible de bosques
- Prevención de la contaminación
- Manejo integrado de plagas
Por ejemplo, para impactos ambientales identificados en la temática de Conservación de hábitats naturales
y biodiversidad; tales como Contaminación del área de intervención o Contaminación del material genético
de las áreas protegidas, para ellos se deberán tomar medidas de mitigación tales como utilizar material de
procedencia cercana al área protegida y revisar entrada de especies invasoras o un plan de recuperación del
área, considerando la disposición final de los residuos. Otro impacto puede ser la compactación del suelo
por tránsito continuo, para ello la medida de mitigación puede ser respetar las huellas y caminos ya
establecidas en el predio.
Con respecto a las medidas de mitigación asociadas directamente con la actividad técnica, éstas serán
acordadas y planificadas entre el Equipo Técnico Regional y el proveedor, siendo éste el responsable de su
aplicación cuando corresponda.
Cualquier transgresión, daño o perjuicio, por una mala identificación, aplicación o exclusión de las medidas
aquí señaladas será motivo suficiente para poner término al contrato, lo que acarreará el cobro de las
respectivas garantías y sanciones que corresponda.
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