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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
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3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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9.2. Participantes |
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Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores (en adelante UTP), y al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha de presentación de ofertas (numeral 3.3 de estas Bases). Para este efecto, deberán presentar los siguientes documentos según sea el caso:
Proveedores no inscritos en ChileProveedores: deben presentar declaraciones juradas del Anexo N°1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
Proveedores inscritos en ChileProveedores que no tengan subidas estas declaraciones en el Portal, deben presentar declaraciones juradas del Anexo N°1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
Proveedores inscritos en ChileProveedores que tengan disponibles las declaraciones juradas en el Portal, no deberán presentarlas.
Las UTP deberán estar constituidas mediante escritura pública, contener las menciones mínimas establecidas en el artículo 67 bis del Decreto Supremo Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda, y encontrarse vigentes a la fecha de presentación de las ofertas.
La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
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9.3. Forma de cotización |
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Los proponentes deberán presentar sus ofertas, considerando los requerimientos establecidos en las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
De conformidad al artículo 18 de la Ley N°19.886, la presente licitación se efectuará por vía electrónica, a través del Sistema de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en adelante el “Portal”.
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En los casos en que un oferente presente más de una oferta, se escogerá aquella que resulte más conveniente para el Servicio, de acuerdo con los criterios de evaluación y las presentes bases de licitación, y los motivos de esta decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas.
Las ofertas se recibirán bajo soporte electrónico y bajo la funcionalidad de anexos y de acuerdo a lo que se indica en el numeral 4, previamente descrito. Para tales efectos el oferente deberá escanear los documentos solicitados y proceder a adjuntarlos con su oferta. No se aceptaran documentos comprimidos. En caso de presentar los archivos comprimidos, la oferta será declarada inadmisible.
Las ofertas y sus antecedentes se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español, formato PDF o imagen JPEG, GIF o PNG, en las fechas que se identifican en el numeral 3 “Etapas y Plazos” de las presentes Bases de Licitación. Los documentos podrán suscribirse mediante firma electrónica avanzada, ajustándose a la ley Nº 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma; o deberán ser debidamente firmados y escaneados o fotografiados. No se aceptarán archivos en formato Word con la imagen de la firma pegada, en cuyo caso la oferta será declarada inadmisible.
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones:
a) LAS OFERTAS (ANEXOS N°s 1 AL 5) DEBEN EMANAR DE QUIEN O QUIENES TENGAN FACULTADES PARA REPRESENTAR AL RESPECTIVO PROPONENTE, TANTO PARA OFERTAR, ASÍ COMO TAMBIÉN, PARA SUSCRIBIR CONTRATOS, EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICADO.
b) Los oferentes deberán presentar sus ofertas, únicamente, ingresándolas en el Portal, dentro del plazo señalado en el numeral 3.3, de lo contrario, no serán considerados en el proceso de licitación, salvo lo establecido en el artículo 62, numeral 2 del D.S. N°250/2004, del Ministerio de Hacienda.
c) En el caso que los precios indicados en el Anexo N°2, sean diferentes a los ingresados en la Ficha de la Adquisición del Portal, prevalecerán estos últimos; salvo que exista un error evidente, como por ejemplo, incluir IVA si no se ha solicitado.
d) Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas, determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación señalada en el numeral 6 de estas bases, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma (Art. 67, inciso 5°, Decreto Supremo N°250/2004, del Ministerio de Hacienda).
e) Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el Portal, serán descargados al momento de la apertura electrónica de las ofertas, por ende se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los nombres señalados en estas bases, con el fin de facilitar el proceso.
f) Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes bases de licitación. Serán de exclusivo cargo de los oferentes todos los costos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación de los antecedentes exigidos en las Bases, no siendo la Dirección de Vialidad, en ningún caso, responsable de estos.
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9.4. Plazo de validez de la oferta |
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Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
Durante el período de vigencia de las Ofertas, la Dirección de Vialidad deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente Licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los Oferentes podrán revalidar sus Ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad.
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9.5. Precios y monedas |
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Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público, se cotizarán en pesos chilenos, NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro gasto que sea requerido para ejecutar el servicio en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación.
Es importante señalar que, el valor total final propuesto por los oferentes, no contempla ningún tipo de reajuste.
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Solo se aceptará una oferta por oferente, en los casos en que un oferente presente más de una oferta, la comisión evaluadora escogerá solo la que resulte más conveniente para el Servicio, los motivos de esta decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente.
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9.6. Inspector Fiscal |
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Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del servicio prestado por el adjudicatario, la Dirección de Vialidad designará a un Inspector Fiscal del contrato, quien tendrá las siguientes facultadas y responsabilidades:
Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales.
Levantar acta de recepción conforme del servicio.
Mantener un archivo con la totalidad de los antecedentes del Contrato.
Revisar y aprobar los documentos de pago, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario, considerando los eventuales descuentos y/o multas a que hubiere lugar. Para los fines indicados anteriormente, el adjudicatario deberá acompañar un Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo.
En general, desarrollar todas las acciones de control y gestión que faciliten la ejecución del contrato.
Proponer la aplicación de multas cuando sea procedente.
Visar documentación de pago en señal de recepción conforme del servicio.
Evaluar el comportamiento del proveedor según formato establecido por la Dirección ChileCompra.
El Inspector Fiscal cesará en sus funciones una vez emitido el informe final de recepción conforme del servicio contratado.
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9.7. Evaluación de antecedentes y aceptación de la propuesta |
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Las ofertas serán evaluadas por una Comisión de Evaluación (en adelante e indistintamente, “la Comisión”), designada por el Director de Vialidad, mediante acto administrativo totalmente tramitado, compuesta por al menos tres funcionarios públicos de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas. Dicho acto será publicado con anterioridad a la fecha de cierre de presentación de ofertas, en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
Esta Comisión, podrá requerir las asesorías y los antecedentes que estime pertinentes, para el cumplimiento de su labor. La evaluación deberá ser oficializada mediante un Acta de Evaluación de las ofertas que detalle todos los aspectos considerados en la misma.
La Comisión de Evaluación tomará conocimiento de la información de mercado obtenida para la confección de las correspondientes Bases Administrativas y Técnicas de la presente adquisición, señalada en el artículo 13 ter del Decreto Supremo N°250/2004, del Ministerio de Hacienda.
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9.7.1. Procedimiento de Evaluación |
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a) La Comisión recibirá todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Portal, para su revisión y evaluación de conformidad a las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
b) La Comisión propondrá declarar inadmisibles:
Las ofertas que no cumplan con la presentación de la documentación señalada en el numeral 4 de estas bases de licitación en el caso de las UTP y con la presentación de los Anexos N°s 2 y 3, indicados en el numeral 4 por tratarse de documentos esenciales, salvo lo indicado en los puntos 9.8 y 9.12 (Derecho a solicitar Aclaraciones y Antecedentes) de estas bases de licitación.
Las ofertas que no acompañen la garantía de seriedad de la oferta, en los términos señalados en el numeral 8 de las BA.
Las ofertas que adjunten documentos comprimidos.
c) La Comisión propondrá declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el artículo 9 de la Ley N°19.886:
Cuando no se presenten ofertas; o
Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el cual deberá contener las materias señaladas en el artículo 40 bis del D.S. Nº 250/2004,del Ministerio de Hacienda.
d) La Comisión efectuará la evaluación técnica y económica de las ofertas, aplicando los criterios definidos en el numeral 9.7.2 de las presentes BA.
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e) La Comisión tendrá el plazo señalado en el numeral 3.8, para presentar el Acta de Evaluación de las Ofertas ingresadas en el Portal, proponiendo la adjudicación, de conformidad a lo establecido en las Bases Administrativas y Técnicas, a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que haya obtenido el mayor puntaje final.
f) La Comisión rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las Bases Administrativas y Técnicas, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 37, inciso 1º del D.S. N°250/2004,del Ministerio de Hacienda.
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9.7.2. Factores de Evaluación |
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Para la proposición de adjudicación de la licitación, las ofertas serán evaluadas, técnica y económicamente, de conformidad a la siguiente ponderación y a los subfactores y puntajes que se precisan a continuación:
a) Evaluación Técnica: 70%
b) Evaluación Económica: 30%
El puntaje final de cada oferta resultará al sumar el puntaje obtenido por cada factor descrito, aplicadas las ponderaciones indicadas precedentemente.
Calificación final de la oferta:
PUNTAJE FINAL
=
PUNTAJE EVALUACIÓN TÉCNICA * 0,70
+
PUNTAJE EVALUACIÓN ECONÓMICA * 0,30
a) Evaluación Técnica
La evaluación técnica tendrá una ponderación de 70%. Las ofertas serán evaluadas de acuerdo a los siguientes factores y sus respectivas ponderaciones:
SUBFACTORES Ponderación
A.
Propuesta Técnica y programa de Trabajo
45%
B.
Experiencia acreditada en trabajos similares
35%
C.
Cumplimiento de los Requisitos Formales
20%
TOTAL 100%
Para determinar el puntaje de cada uno de los subfactores, se procederá de la siguiente forma:
a.1) Propuesta Técnica y Programa de Trabajo (45%)
Cada oferente deberá presentar una propuesta técnica que considere aspectos mínimos como: identificación de actividades a realizar, descripción de cada una de las actividades, insumos a utilizar, especificaciones técnicas de cada insumo a utilizar.
El programa de trabajo debe contener a lo menos la distribución de las actividades a realizar en todo el periodo que comprende el servicio (240 días) considerando las siguientes fases: Informe Preliminar, Informe Experto, Tramitación de Informe Experto (obtención de la Resolución Fundada) y los estados de pago en porcentaje del monto ofertado para cada fase
La Comisión analizará la propuesta técnica y programa de trabajo presentados por los oferentes, otorgándole puntaje de acuerdo al siguiente esquema:
Subfactores Puntaje Máximo
Cumple con entregar la propuesta técnica y programa de trabajo considerando actividades más allá de las enunciadas y la distribución de las actividades para cada una de las fases sigue una secuencia lógica y operativa considerando las características de la zona donde se realizará el servicio.
100 Puntos
Cumple con entregar la propuesta técnica y programa de trabajo considerando solo las actividades y fases enunciadas.
50 Puntos
Cumple con entregar en forma parcial o nula la propuesta técnica y programa de trabajo.
0 Puntos
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a.2) Experiencia acreditada en trabajos similares (35%)
La Comisión analizará los antecedentes que presenten los oferentes respecto de su capacidad técnica y experiencia en la reforestación Elaboración, Tramitación y Obtención de Resoluciones Fundadas por parte de CONAF, otorgándole mayor puntaje al oferente que acredite mayor experiencia, de acuerdo a la siguiente tabla:
Personal Profesión Experiencia Mínima Criterio Puntaje Criterio
Experto
Ingeniero Forestal Titulado
Aprobación mediante Resolución fundada de Informes Experto (*)
Más de 5 Informes Experto Aprobados
50
Entre 3 y 5 Informes Experto Aprobados
20
Entre 1 y 3 Informes Experto Aprobados
10
No cuenta con Informes Experto aprobados
0
Coordinador de Proyecto
Ingeniero Forestal Titulado
5 años desde la obtención del título profesional
Más de 5 años de experiencia
30
5 años o menos de experiencia
10
Ayudante
Ingeniero Forestal Titulado
2 años desde la obtención del título profesional
Más de 2 años de experiencia
20
2 años o menos de experiencia
5 Total Máximo
100
(*) Se considera la cantidad de Informes Experto aprobados por el profesional que elaborará el presente servicio y que firmará el informe a tramitar ante CONAF y no la cantidad de Informes Experto aprobados por la empresa.
(**) Se puede considerar más de un Experto en caso de que no se cumpla con el requisito de tener especialidad en ambas especies en estudio.
El oferente experto deberá adjuntar el Formulario de Acreditación de Calidad de Experto o Experta de la Guía para la solicitud de excepcionalidad del artículo 19 de la Ley Nº 20.283, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal del 2020, con sus documentos de respaldo.
a.3) Cumplimiento de los Requisitos Formales (20%)
La Comisión analizará que los oferentes hayan presentado la totalidad de los documentos solicitados en las bases de licitación. El puntaje se asignará de acuerdo a la siguiente tabla:
Cumplimiento Puntaje Máximo
Cumple con entregar antes del cierre de recepción de ofertas en la licitación, Anexos y documentos legales que correspondan a su oferta.
100 Puntos
Cumple con entregar documentación solicitada y respuestas a consultas en foro inverso, en el plazo adicional otorgado para tal efecto, de conformidad al numeral 9.8 de las presentes BA.
0 Puntos
En caso que el oferente no entregue algún documento o la información solicitada a través del portal Mercado Público (Foro inverso), su oferta será declarada inadmisible.
Los Oferentes deben tener presente que:
El servicio que no cumpla con las características mínimas establecidas en las bases, no se evaluará y se propondrá su inadmisibilidad.
La experiencia de la empresa será evaluada según certificados, órdenes de compra, facturas, etc. (documentación que acredite experiencia en trabajos relacionados con el rubro).
La Dirección de Vialidad verificará la información entregada por los oferentes, y solo considerará como válida aquella que haya podido ser verificada, siendo, por ende, esenciales los respectivos teléfonos de contacto entregados en un listado que complemente la oferta técnica de los participantes en la presente licitación.
Como se señaló anteriormente, en caso que el oferente no entregue algún documento o la información solicitada a través del foro inverso del Portal Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
b) Evaluación Económica:
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La evaluación económica tendrá una ponderación de 30%. El puntaje se asignará de acuerdo a la siguiente fórmula:
(Precio neto mínimo ofertado/Precio neto de la oferta) X 100
En el caso de que existan diferencias entre el Anexo Nº2 y el precio ofertado en el Comprobante de Oferta que ingresa el oferente en el Sistema Mercado Público, prevalecerán los ingresados en la Ficha de la Adquisición del Portal y el oferente obtendrá puntaje 0 en este factor de evaluación.
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9.8. Contacto en etapa de evaluación de ofertas |
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Durante el proceso de evaluación y para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes, la Comisión podrá solicitar a través del Foro disponible en el Portal por escrito a estos, aclaraciones, como asimismo, información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo sujetarse al artículo 40 del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados en el plazo de 2 días hábiles, contados desde efectuado el requerimiento.
Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, siempre que no se vulnere el principio de igualdad de los oferentes ante las bases ni se otorgue una situación de privilegio a alguno de los oferentes.
El plazo máximo para corregir las omisiones requeridas será de 2 días hábiles, las que se contarán desde el requerimiento que se efectúe mediante el Portal.
Desde la fecha de publicación en el Portal, de la resolución que designa a los integrantes de la comisión de evaluación y hasta la adjudicación, la comisión evaluadora solo podrá mantener contacto con los oferentes de la licitación para los efectos de la solicitud de aclaraciones y antecedentes, que esta pudiese requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Asimismo, sus integrantes no podrán tener contacto con terceros, referidos a esta licitación ni recibir donativos.
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9.9. Derecho a desestimar las ofertas |
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La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, cuando estas superen el 30% del monto estimado de la contratación, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Informe de Evaluación de las ofertas correspondiente. En tales casos, los oferentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad.
En caso de desestimar las ofertas o declarar desierto el proceso, la Autoridad Competente de la Dirección de Vialidad dictará una resolución fundada, la que será publicada en el Portal Mercado Público.
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Resolución de Empates |
En caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente Ordenamiento de Factores de la Evaluación, y si aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:
ORDENAMIENTO DE FACTORES DE LA EVALUACIÓN LUGAR NOMBRE DEL FACTOR
1º
Precio (Evaluación Económica)
2º
Propuesta Técnica y Programa de Trabajo
3º
Experiencia acreditada en trabajos similares
4º
Cumplimiento de los Requisitos Formales
Y, en caso de persistir la igualdad, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
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9.11. Derecho a variación de cantidades |
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No aplica para la presente contratación.
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9.12. Adjudicación de la licitación |
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La adjudicación de la licitación se materializará mediante resolución fundada de la Dirección de Vialidad. Formarán parte integrante de esta resolución, dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, las ofertas presentadas por los Oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.
La adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio y que haya obtenido el mayor puntaje final, pudiendo no ser la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se basarán en el Acta de Evaluación de Ofertas, en lo que corresponda.
El plazo de evaluación de ofertas podrá ser ampliado según las necesidades del Servicio, indicando las razones que justifican dicha necesidad, el que será publicado en el apartado Fechas de los archivos adjuntos del ID de la licitación en el Sistema de Información Portal Mercado Público.
El oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, ChileProveedores, antes de suscribir el contrato señalado en el numeral 3.7 de las presentes Bases Administrativas. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforma esta Unión, deberá acreditar la inscripción precitada.
ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE, NO SE CONTRATARÁ LA OFERTA DE AQUEL OFERENTE QUE SE ENCUENTRE INHABILITADO PARA CONTRATAR CON LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
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9.13. Notificación y aceptación de orden de compra |
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La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 6 del Reglamento de la Ley N°19.886, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en Mercado Público, la resolución objeto de la notificación. Asimismo, el adjudicatario deberá aceptar la respectiva orden de compra remitida a través del Portal Mercado Público, en el plazo máximo de 2 días hábiles posteriores a su fecha de envío; de lo contrario, la Dirección de Vialidad podrá cancelar dicha orden de compra. No obstante lo anterior, en caso que el proveedor no aceptare la referida orden de compra, los plazos de entrega comenzarán a correr luego de transcurridas las primeras 48 horas desde el envío de la misma por parte de la Dirección de Vialidad.
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9.14. Readjudicación de la licitación |
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La Dirección de Vialidad podrá, en caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley N°19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y se procederá a readjudicar, haciéndose efectiva la garantía de seriedad de la oferta respectiva.
No obstante, lo señalado precedentemente, en caso de existir un único oferente para el servicio licitado, se podrá postergar por una única oportunidad el plazo para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Este hecho deberá ser expresamente autorizado por el Inspector Fiscal y obedecerá una petición formal y adecuadamente sustentada por parte del adjudicatario.
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9.15. Cesión del contrato |
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La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
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9.16. Gestión del contrato |
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a) Firma del contrato
De acuerdo con el numeral 3.7 de las presentes BA.
b) Habilidad de proveedores
La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro ChileProveedores, debiendo encontrarse en calidad de Hábil.
Si durante el periodo del contrato, el Oferente adjudicado (contratista) perdiera la habilidad para contratar con el Estado, deberá regularizar su situación en ChileProveedores en un plazo máximo de 15 días hábiles; de lo contrario, para el pago de los servicios, deberá presentar documentación que acredite el pago de las remuneraciones y cotizaciones de sus trabajadores.
c) Evaluación de proveedores
La Dirección de Vialidad evaluará, mensualmente, antes de tramitar el pago correspondiente, a través del Anexo establecido por la Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el Oferente adjudicado (contratista).
Los factores a medir, son:
Oportunidad de entrega
Calidad
Cumplimiento especificaciones técnicas
Desempeño en general
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9.17. Vigencia del contrato |
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El contrato a suscribir con el oferente adjudicado tendrá una vigencia de 240 días corridos y comenzará a regir a contar del día hábil siguiente al de la total tramitación de la resolución que lo apruebe, sin perjuicio que por razones de buen servicio, los plazos de entrega o ejecución puedan comenzar a regir a contar del día hábil siguiente a la suscripción del Acta de Entrega de Terreno, previa firma del contrato, quedando el pago supeditado a la notificación de la resolución aprobatoria de contrato.
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9.18. Inicio y puesta en marcha del servicio |
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El servicio iniciará su entrega y/o ejecución a contar del día hábil siguiente a la suscripción del Acta de Entrega de Terreno, de acuerdo con los plazos señalados en el numeral 9.17 de las BA.
Si con posterioridad a la adjudicación de la propuesta, el adjudicatario no pudiere cumplir con el inicio del servicio por causa de caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificada por la Dirección, podrá solicitar una ampliación.
Esta ampliación, podrá ser solicitada antes de la fecha de vencimiento del plazo de puesta en marcha original, con los antecedentes sustentatorios que lo justifiquen. No obstante, lo anterior, esta solicitud, no obliga de modo alguno a la Dirección de Vialidad, siendo esta soberana de conceder, disminuir o denegar el aumento de plazo solicitado, de lo contrario se aplicarán las multas correspondientes.
El servicio se hará por una sola vez, y la puesta en marcha no deberá exceder de 15 días hábiles, contados desde la fecha de la recepción de la Orden de Compra enviada a través de portal www.mercadopublico.cl.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
El oferente deberá presentar junto con la documentación de la oferta a la Dirección de Vialidad, una declaración firmada por el Representante Legal (Anexo Nº 4), donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años y un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales vigente a la fecha de ingreso de las ofertas.
Posteriormente, el oferente que resulte adjudicado deberá presentar al momento de facturar, un Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales vigente emitido por la Dirección del Trabajo (F30-1), donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados.
El órgano comprador podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas. En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
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9.20. Condiciones de pago |
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Los pagos al proveedor, por los bienes adquiridos o servicios contratados por la Dirección de Vialidad, se efectuarán dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la Contraparte Técnica certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por la Dirección de Vialidad.
Las facturas electrónicas al momento de su emisión:
Deben indicar en las “Referencias” el código: UDP 2190
Deben indicar en las “Referencias” el nombre de la Unidad de Pago, que en este caso es NIVEL_CENTRAL_DIRECCIÓN_DE_VIALIDAD_SUB_ABASTECIMIENTO
Deben ser enviadas al correo electrónico: mop_dte@paperless.cl
Se establece que la Dirección de Vialidad tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la recepción conforme de los productos o servicios, contados desde la fecha de recepción del documento tributario. En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo con lo que establece la ley.
El documento tributario debe ser extendido con los siguientes antecedentes:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GRAL DE OO PP DCYF
Dirección: Morandé 71, Primer Piso
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
Los pagos se realizarán mediante transferencia electrónica, para lo cual el adjudicatario deberá verificar, antes de generar su factura, que el formulario descrito en el Anexo N°5 denominado “Autorización Pago a través de Bancos” se encuentre registrado en la Tesorería del Ministerio de Obras Públicas (MOP).
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Para efectos de acceder a dicha modalidad de pago, el MOP dispone de dos alternativas, cuyo objeto es actualizar la información de datos de pago del beneficiario.
ALTERNATIVA I: Completar y firmar el formulario disponible en la página web institucional (www.dcyf.cl) denominado “Autorización Pagos a través de Bancos”, el que debe ser presentado ante Notario, acreditando la representación legal de la empresa.
ALTERNATIVA II: Entregar los siguientes documentos:
1. Formulario DCyF de “Autorización Pagos a través de Bancos” disponible en la página web institucional www.dcyf.cl, sin tramitar ante Notario, en original.
2. Al respecto se hace presente que si el formulario es firmado electrónicamente, debe utilizarse Firma Electrónica Avanzada (FEA), según lo estipulado en la Ley N°19.799.
3. Tratándose de Personas Jurídicas, copia simple de la Escritura Pública de constitución de la sociedad, indicando la página donde constan los poderes del firmante de la escritura.
4. Certificado de Vigencia de la Sociedad, cuya fecha de emisión deberá ser de máximo 10 días corridos, previos a la fecha del formulario señalado precedentemente.
5. Certificado de Vigencia de Personería, cuya fecha de emisión deberá ser de máximo 10 días corridos, previos a la fecha del formulario señalado precedentemente.
6. Copia simple del RUT de la empresa.
7. Los documentos N°s 3 y 4, se pueden obtener en formato digital a través de la página web del Conservador de Bienes Raíces (CBRS), Trámites en Línea del Registro de Comercio.
El adjudicatario (proveedor) debe tener presente que solo una vez registrada la cuenta bancaria en el sistema MOP, podrá emitir la factura.
Tesorería DCyF:
Morandé 71, Primer Piso, Santiago
Turno presencial para atención de público lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
Canal virtual para Recepción de autorizaciones para depósito en banco:
Remitir por correo electrónico a dcyf.tesoreriamop.nc@mop.gov.cl mientras nos encontremos en Fase 1, del Plan Paso a Paso del Gobierno de Chile.
Formulario en página web https://dcyf.mop.gob.cl/productosyservicios/Documents/formulario_deposito_cta_cte.pdf
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9.21. Multas, sanciones y procedimiento para su aplicación |
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El Inspector Fiscal debe notificar por oficio, carta o correo electrónico al proveedor, las sanciones que se aplicarán, a fin de recibir los descargos correspondientes, para las medidas pertinentes, si existen multas relacionadas con la calidad del servicio contratado, de acuerdo a lo indicado en el Anexo N°3.
El incumplimiento o infracción, por parte del adjudicatario (proveedor) de cualquiera de las obligaciones establecidas tanto en las Bases de Licitación como en el contrato que se suscriba, será causal de las multas que se indican a continuación:
9.21.1. Por Atraso
El incumplimiento del plazo de ejecución total de los servicios, se multará con un 0,2% del valor total del contrato, por cada día de atraso, correspondiente a cada fase, con un tope de 15 días corridos.
9.21.2. Por incumplimiento del contrato
Si el incumplimiento de los plazos de entrega supera los 15 días corridos, contados desde la fecha de su vencimiento, sin que exista una fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificado y calificado por la Dirección, se pondrá término administrativo y anticipado al contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento. Además, de lo señalado, se podrá iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago, por parte del proveedor responsable del incumplimiento, de las indemnizaciones por daños y perjuicios ocasionados, que excedan el monto de la garantía.
En caso de que dichas multas superen el 25% del valor total del contrato, se realizará el término administrativo y anticipado del contrato, por incumplimiento grave.
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Toda aplicación de una sanción deberá considerar el informe de inspección de la Dirección, efectuado de oficio o producto de alguna denuncia recibida sobre el servicio o sobre el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales, lo que será notificado al adjudicatario.
La multa que corresponda, será descontada del estado de pago correspondiente, salvo que el proveedor opte por pagarla directamente.
La aplicación de multa debe ser informada mediante carta, oficio o correo electrónico por el Inspector Fiscal a la Empresa, detallando el punto de incumplimiento; y luego informada, a través de oficio, al Subdepartamento de Abastecimiento.
9.21.3. Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
En el caso que corresponda la aplicación de multa, el procedimiento será el siguiente:
a) La Contraparte Técnica comunicará mediante carta, oficio o correo electrónico al proveedor contratado que ha incurrido en una causal de incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la causal específica que justifica dicha medida, así como de los hechos que la configuran.
Dicha Contraparte Técnica conocerá y analizará los descargos del proveedor contratado, quien los podrá presentar en soporte papel o electrónico en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación por la Contraparte Técnica. Si este último estima que aún existe incumplimiento, derivará los antecedentes al Director de Vialidad solicitando que se aplique la multa que corresponda, indicando la causal del incumplimiento, cálculo y el monto de la multa.
b) El Director de Vialidad analizará los antecedentes y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y deberá publicarse oportunamente en el Portal Mercado Público. Esta resolución deberá ser notificada por escrito al proveedor contratado, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentre totalmente tramitada. Se deberá enviar copia de dicha notificación al Subdepartamento de Abastecimiento.
c) En contra de la resolución que apruebe la aplicación de una multa, el proveedor contratado podrá interponer los siguientes recursos: 1) Recurso de Reposición, ante la autoridad señalada en el punto anterior (Director de Vialidad), y subsidiariamente, 2) Recurso Jerárquico, ante el Director General de Obras Públicas.
d) Los recursos señalados en la letra c) anterior deberán presentarse por escrito, debidamente fundados e interponerse conjuntamente en el mismo escrito, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que apruebe la aplicación de multa.
e) Las autoridades llamadas a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren la letra c), tendrán un plazo no superior a 30 días hábiles para resolverlos, contados desde la recepción de los antecedentes.
f) La multa respectiva, será descontada del pago correspondiente, salvo que el proveedor opte por pagar directamente.
Sin perjuicio del cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, se podrán interponer las acciones civiles y penales que correspondan, para que la Dirección de Vialidad sea indemnizada por los daños y perjuicios que hubiere ocasionado el incumplimiento del proveedor.
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9.22. Modificación y término del contrato |
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El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la materia en el artículo 77 del Reglamento de la Ley N°19.886, contenido en el D.S. N°250/2004, del Ministerio de Hacienda:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por “incumplimiento grave”:
• No dar cumplimiento en la entrega o prestación del servicio de la forma requerida en las presentes bases.
• Llevar un atraso superior a 15 días corridos en el inicio de la puesta en marcha del servicio, sin causa justificada.
• En caso que las multas superen el 25% del valor total del contrato.
• Por la aplicación de 3 multas o más en un periodo de 3 meses.
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• Efectuar la cesión del contrato.
• La no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Dirección de Vialidad perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
e) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
f) Si se disuelve la empresa adjudicada.
g) Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
h) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la Contraparte Técnica, deberá informar y solicitar a la Dirección de Vialidad, que emita el acto administrativo correspondiente.
En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
En caso de término anticipado del contrato por causa imputable al contratista, se establece que la Dirección de Vialidad hará efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, salvo lo dispuesto en la letra c) anterior, sin derecho a indemnización.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado Público, para hacer consultas sobre la adjudicación a través del sistema, mecanismo implementado por el Portal Mercado Público.
La Dirección de Vialidad deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro de los 5 días hábiles siguientes.
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9.24. Confidencialidad y seguridad de la información |
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a) El proveedor y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este, tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su finalización.
b) El proveedor, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal web del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que el proveedor pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
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d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el proveedor como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales este se relacione para la prestación del servicio que se contrata, el MOP dará término anticipado al contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan.
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9.25. Solución de controversias |
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Los reclamos que se susciten durante la ejecución del servicio serán presentados a la Contraparte Técnica, quien lo enviará, si fuese necesario a la Subdirección correspondiente para su resolución o para que se someta a consideración del Director Nacional de Vialidad, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director General de Obras Públicas, al Sr. Ministro de Obras Públicas, al Contralor General de la República y a los Tribunales de Justicia.
La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo con la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto en la Ley N°19.880.
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9.26. Jurisdicción y Domicilio |
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Para todos los efectos, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago de Chile y se someterán a la ley chilena y a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras de la Contraloría General de la República.
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9.27. Interpretación e información |
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Las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
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9.28. Integración al contrato |
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Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se celebre con el adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases de Licitación (Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos), las consultas, respuestas y aclaraciones (si las hubiere), la oferta adjudicada y toda su documentación anexa, el contrato definitivo y la orden de compra.
Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases de Licitación.
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9.29. Días inhábiles |
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Los plazos de días corridos que se establezcan en las presentes BA y BT, cuyo vencimiento recayeren en día inhábil, se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente a su vencimiento.
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