En el evento que un Oferente, al momento de la Apertura, presente la documentación correspondiente a antecedentes administrativos señaladas en Letra G, N°2, conteniendo errores u omisiones formales, se le otorgará el plazo máximo de veinticuatro (24) hrs., contadas desde la hora y fecha de notificación respectiva, para presentarlos completos o debidamente subsanados a través del Portal Mercado Público y se procederá de conformidad a lo signado en el Art. 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Sin embargo, la situación señalada precedentemente, quedará reflejada en los puntajes asignados a los oferentes en los criterios de evaluación Letra I, N° 5.
Transcurrido el plazo señalado y ante la no presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en el numeral 2 o no se subsanen las observaciones o se presenten nuevos errores, se declarará inadmisible la oferta del licitante en cuestión, por este sólo hecho, de lo cual se dejará constancia en Resolución fundada.