El proveedor adjudicado, deberá entregar en comodato, sin costo para “EL HOSPITAL”, los equipos, implementos y accesorios necesarios para el uso de “LOS INSUMOS”. Éstos deberán ser nuevos.
La cantidad de equipos en comodato a proporcionar el proveedor es de al menos 24 unidades de control de la temperatura con sus correspondientes carros de transporte, compatibles con los distintos modelos de mantas.
La cantidad de equipos en comodato a proporcionar de este corresponden a las indicadas en el Anexo Técnico N° 2. No obstante, la cantidad de equipamiento indicada en dicho Anexo podrá aumentar con posterioridad y durante la vigencia del contrato, sin que ello signifique un costo adicional.
“EL HOSPITAL”, utilizará el equipamiento entregado en comodato exclusivamente al interior de sus instalaciones.
El equipamiento en comodato deberá ser entregado en dependencias de “EL HOSPITAL” previa coordinación entre el proveedor adjudicado y la Tecnóloga Asesora de Abastecimiento, participando además en este acto, un funcionario de la Unidad de Inventario de la División de Finanzas, un funcionario de la Sección Mantención Eléctrica, en caso de requerirse y las jefaturas o funcionarios responsables del área clínica usuaria de los equipos.
En el momento de la entrega, se elaborará un “Acta de Recepción” del equipamiento, donde conste la fecha de entrega, nombre del equipo, marca, serie, modelo y lugar de destinación de éstos. En caso de equipamiento que requiera instalación de especialista técnicos, deberá coordinarse la respectiva instalación en las Unidades Requirentes. Se deberá entregar una copia del “Acta de Recepción”, guía de despacho, contrato y resolución aprobatoria de éste, a la Sección Mantención Eléctrica y Unidad de Inventario de la División de Finanzas para el registro correspondiente.
El transporte de los equipos, tanto de dependencias del proveedor hacia “EL HOSPITAL”, como así también a las dependencias del mismo, serán de cargo exclusivo del proveedor adjudicado.
El proveedor adjudicado deberá garantizar que el equipamiento cumpla con las condiciones de seguridad y funcionalidad que permitan su utilización sin riesgo para el usuario, de acuerdo con la reglamentación nacional vigente.
El proveedor deberá contratar seguros para los equipos, instrumental, accesorios u otros de su propiedad. En el caso de que no los contrate, será de su responsabilidad los daños que pudiesen sufrir éstos, liberando a “EL HOSPITAL” de toda responsabilidad, siempre que no sea atribuible al mal uso, descuido o intervención de terceros.
Finalizado el respectivo contrato, y en caso de ejercer su derecho a restitución del equipamiento, expirará el comodato, debiendo el proveedor retirar los equipos dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha efectiva de término del contrato, cualquiera sea la causal de su término. Posterior a dicha fecha, “EL HOSPITAL”, no será responsable por los daños o perjuicios que por cualquier causa pudiere afectar a los equipos en comodato.