Licitación ID: 605-25-LE25
BÚSQUEDA Y SELECCIÓN COMPLETA DE JEFATURAS DEL CDE
Responsable de esta licitación: Consejo de Defensa del Estado
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Servicios de contratación de personal 2 Unidad
Cod: 80111701
BÚSQUEDA Y SELECCIÓN COMPLETA DE 2 JEFATURAS DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
BÚSQUEDA Y SELECCIÓN COMPLETA DE JEFATURAS DEL CDE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Consejo de Defensa del Estado requiere contratar el servicio de Búsqueda y Selección completa para dos cargos de Jefaturas que se desempeñarán en el área de Gestión de Personas y en el área de Desarrollo de Personas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Consejo de Defensa del Estado
R.U.T.:
61.006.000-5
Dirección:
Agustinas 1225, piso 4.
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-11-2025 15:01:00
Fecha de Publicación: 05-11-2025 15:54:30
Fecha inicio de preguntas: 05-11-2025 17:30:00
Fecha final de preguntas: 10-11-2025 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-11-2025 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-11-2025 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-11-2025 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 25-11-2025 17:48:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Características de la licitación Nombre de la licitación SERVICIO DE BÚSQUEDA Y SELECCIÓN COMPLETA DE JEFATURAS DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO Descripción El Consejo de Defensa del Estado requiere contratar el servicio de Búsqueda y Selección completa para dos cargos de Jefaturas que se desempeñarán en el área de Gestión de Personas y en el área de Desarrollo de Personas. Tipo de adquisición Licitación Pública entre 100 y 1.000 UTM Tipo de convocatoria Abierto Moneda Peso Chileno Etapas del proceso de apertura Una etapa Modalidad Esta licitación podrá ser adjudicada a un solo proveedor y por el total de los servicios. Publicidad de ofertas técnicas Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación. Presupuesto Máximo El presupuesto máximo para esta contratación es la suma total de $12.000.000, impuestos incluidos. 2.- Antecedentes Básicos del Organismo Demandante Razón Social CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO en adelante CDE Unidad de Compra UNIDAD DE ADQUISICIONES Y GESTIÓN DE CONTRATOS R.U.T. 61.006.000-5 Dirección Agustinas 1225, 4º piso. Comuna y Ciudad Santiago 3.- Etapas y Plazos Fecha de Publicación Miércoles, 5 de noviembre de 2025 Visita a Terreno Lugar: No Aplica Plazo: No Aplica Entrega de Muestras Plazo y Procedimiento NO APLICA Lugar de entrega: No Aplica Procedimiento: No Aplica Plazo: No Aplica Recepción de Consultas Lunes, 10 de noviembre de 2025 Entrega de Respuestas Jueves, 13 de noviembre de 2025. En caso de que el número de preguntas que se reciba sea superior a 50, el CDE podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 5 días. En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal de Mercado Público, en el ID de la licitación, no requiriéndose un acto administrativo para tal efecto. Recepción de Ofertas Lunes, 17 de noviembre de 2025 Hora: 15:00 Apertura de Ofertas Lunes, 17 de noviembre de 2025 Hora: 15:30 Fecha estimada de evaluación de ofertas Miércoles, 19 de noviembre de 2025 Presentación de Antecedentes Omitidos, de acuerdo con el punto 9 letra C. 48 horas desde su requerimiento Fecha de adjudicación Martes, 25 de noviembre de 2025 Ampliación de plazo de recepción de ofertas En caso de que no se haya recibido ofertas al cumplimiento del plazo de recepción de éstas, y con el objeto de aumentar la participación de los oferentes, el CDE podrá extender este plazo hasta por 10 días hábiles. Al efecto la jefatura del Departamento de Administración y Finanzas, o su suplente o subrogante legal, dictará la correspondiente Resolución Exenta, la que será publicada en el sitio www.mercadopublico.cl. Conforme con lo anterior, podrán ampliarse los plazos establecidos en estas bases, tales como: a) Apertura de licitación. b) Presentación de antecedentes omitidos. c) Adjudicación. Ampliación de plazo de adjudicación En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación establecida, la Jefatura del Departamento de Administración y Finanzas o su suplente o subrogante legal podrá ampliar el plazo hasta en quince días hábiles adicionales. En este caso se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, junto con la correspondiente resolución, informando las razones de la postergación y la nueva fecha de adjudicación. Importante Los plazos de días señalados en las presentes bases corresponden a días corridos, salvo señalamiento expreso en contrario. En caso de ofertas con plazo en días hábiles, la conversión a días corridos se hará considerando días hábiles administrativos (no considerando sábados, domingos ni festivos). 4.- Instancia de preguntas y respuestas y modificaciones a las bases Preguntas y respuestas Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3 de estas bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. El CDE dispondrá las preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, omitiendo el autor, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3. Las referidas respuestas del foro se entenderán parte integral de las presentes bases de licitación y deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo. Dicho acto administrativo se publicará en el Sistema de Información, en el ID de la licitación y en los plazos dispuestos para ello. Modificaciones a las bases Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los participantes puedan adecuar sus ofertas. 5.- Requisitos Mínimos para participar de la Oferta El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Esta declaración contendrá aquellas inhabilidades reguladas en la Ley N° 19.886 y en su reglamento, en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, en la Ley N°20.393, en la Ley N° 21.595, en sus modificaciones, así como en otros cuerpos normativos, conforme a la legislación vigente, a fin de participar en los procesos licitatorios que se originen con motivo de estas bases de licitación. En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de uno o más requisitos mínimos para participar de la oferta, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible. Sin perjuicio de lo anterior, el CDE podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, sin perjuicio de que el CDE podrá verificar la información para cada uno de los integrantes de la UTP. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales". Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886 no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de éste como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declararán inadmisibles todas estas ofertas. 6.- Anexos e Instrucciones para la Presentación de Ofertas A. Inscripción y habilidad en Registro de Proveedores Obligatorio. B. Presentar Ofertas por Sistema Obligatorio. Las ofertas deberán ser enviadas por los Oferentes y recibidas por el CDE a través del Sistema de Información. Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el presente proceso de compras, y únicas, salvo el caso que las presentes Bases dispongan la autorización de la presentación de más de una oferta por un mismo Proveedor. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico. C. Anexos Administrativos. Adicionalmente, cada oferente deberá completar los datos que corresponda en el Anexo N°1 “Antecedentes del Oferente-Resumen Oferta”. El Anexo N°1 es obligatorio y debe adjuntarse en el plazo de cierre de ofertas. Los Anexos deben ser subidos al sistema www.mercadopublico.cl, como parte de la oferta, en anexos administrativos. Anexo N°2: Declaración jurada de independencia de la oferta. Las ofertas que no presenten esta declaración debidamente completada y firmada serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA OFERTAS REALIZADAS POR UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES (UTP): Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentarse adicionalmente a la documentación ya señalada, y de forma obligatoria, la siguiente documentación en su totalidad: • Anexo N°4: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: El representante o apoderado de la UTP deberá presentar debidamente esta declaración. En caso de que no presente debidamente este anexo, la oferta efectuada por la UTP será declarada inadmisible en su totalidad. En caso de que, adicionalmente, un integrante de la UTP, oferte en el mismo proceso licitatorio de manera individual, esta última oferta será declarada inadmisible. • La escritura pública, a través del cual se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, donde se debe establecer la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. Los anexos y documentos referidos deben ser ingresados a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Administrativos. D. Anexos Técnicos Cada oferta deberá incluir todas las especificaciones técnicas detalladas en estas bases de licitación. No se aceptarán ofertas incompletas. Adicionalmente, cada oferente deberá completar los datos que corresponda en el Anexo N°1 “Antecedentes del Oferente-Resumen Oferta”. El Anexo N°1 es obligatorio y debe adjuntarse en el plazo de cierre de ofertas. Los Anexos mencionados deben ser enviados a través del Sistema www.mercadopublico.cl, junto con las certificaciones y los antecedentes indicados en dichos anexos. Anexo N°3: Programa de Integridad y ética empresarial. En caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), este anexo deberá ser presentado por cada uno de los integrantes de la UTP. Los anexos y documentos referidos deben ser ingresados a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos. E. Anexos Económicos La oferta económica deberá expresarse en valores netos, e incorporar en Anexo N°1 “Antecedentes del Oferente-Resumen Oferta”, el detalle de valores netos y totales. En caso de existir discrepancia entre los valores del sitio y del anexo, primarán los segundos. El Anexo N°1 es obligatorio y debe adjuntarse en el plazo de cierre de ofertas. Los Anexos mencionados deben ser enviados a través del Sistema www.mercadopublico.cl. F. Observaciones Los anexos arriba singularizados deberán ser suscritos por los oferentes, ya sea por sí mismos, en el caso de que sean personas naturales, o por los representantes legales de éstos o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, en el caso de que sean personas jurídicas. En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, esta deberá contar con un apoderado, quien deberá ser un integrante de dicha UTP con poder suficiente para representarla, especialmente, respecto de la presentación y suscripción de los anexos técnicos y económicos. De conformidad con lo previsto en el artículo 51 de la Ley N°19.886 y artículo 180 del Reglamento de la Ley N°19.886, la Unión Temporal de Proveedores estará integrada por una o más empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o jurídicas. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los archivos anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del "Comprobante de Envío de Oferta" que entrega el Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Los oferentes deberán presentar su oferta a través de su cuenta en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En los anexos que forman parte de la oferta se debe identificar correctamente al proveedor oferente, sea persona natural, persona jurídica o UTP, debiendo existir coincidencia entre los datos de identificación del oferente que consten en la cuenta de usuario del Sistema de Información, por un lado, y los datos de identificación del oferente que consten en los respectivos anexos y documentos de la oferta, por otro. En caso de existir discordancia insalvable de identidad, la respectiva oferta será declarada inadmisible. Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 115, numeral 3 del Reglamento de la Ley N°19.886. En este caso, los antecedentes podrán remitirse a la Oficina de Partes del CDE, calle Agustinas N°1225, piso 4, Santiago, dirigidos al Jefe del Subdepartamento Administrativo, y en el mismo plazo de presentación de ofertas establecido en el punto 3 Etapas y Plazos. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso o guardado por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo “Comprobante de envío de oferta”. G. Veracidad e integridad de la información de la oferta y comprobación de lo declarado Cada usuario del Sistema de Información será única y exclusivamente responsable por la veracidad e integridad de la información que publique en el Sistema de Información. Se deja expresa constancia que el CDE comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente. Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en la siguiente letra de estas bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación. H. Pacto de Integridad El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 4. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato. 6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase. 7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 8. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N°19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. 9. El oferente adjudicatario que contrate con el CDE, deberá acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará lugar a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en la letra H del punto 9 de las presentes bases de licitación. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con la cláusula N° 10 letra G número 3, de estas bases de licitación. I. Unión Temporal de Proveedores El acuerdo en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública. El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión y la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Las causales de inhabilidad establecidas en la ley 19.886, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con sus restantes integrantes o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponde a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. 7. Antecedentes Legales para poder ser Contratado. Si el oferente es Persona Natural Inscripción y encontrarse en estado hábil en el Registro de Proveedores. Copia de la cédula de identidad. Acreditar ante la DCCP Anexo N° 5: Declaración Jurada para Contratar. Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva Debe adjuntar en la oferta a presentar. Persona Jurídica Inscripción y encontrarse en estado hábil en el Registro de Proveedores. Copia de cédula de identidad del representante legal. Acreditar ante la DCCP Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos en que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta. Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta. Anexo N° 5: Declaración Jurada para Contratar. Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica. Sólo para adjudicatarios UTP: • Cada integrante de la UTP deberá presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello. • Toda UTP debe ajustarse a la normativa prevista en los artículos 51 y siguientes de la Ley N°19.886, en relación con los artículos 180 y siguientes del Reglamento de la Ley N°19.886. OBSERVACIONES Todos los anexos singularizados en esta cláusula, en los casos que proceda, deben ser firmados por el representante legal del adjudicatario o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales. En el caso de que la oferta adjudicada sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de esta deberá tener poder suficiente para efectuar esta actuación, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 181 del Reglamento de la Ley N°19.886. Los antecedentes legales para poder ser contratado, indicados en esta cláusula, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores dentro de los 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada en el Sistema de Información. Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo N°5, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores en los últimos dos años. Lo anterior es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan al contratista por parte del CDE para proceder a su contratación o la autorización del pago correspondiente durante el desarrollo del servicio. Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado o no se encontrare inscrito y hábil en el Registro de Proveedores al momento de suscribir los contratos definitivos o le asistiere cualquier impedimento que implique la no suscripción del contrato en los plazos establecidos en estas bases, se considerará que desiste de la adjudicación, facultando al CDE para readjudicar la licitación, en conformidad con lo establecido en las presentes bases de licitación en la letra H del punto 9 “Readjudicación”. El oferente adjudicatario que contrate con el CDE deberá acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. 8. Naturaleza y Montos de las Garantías 8.1 Garantía de Seriedad de la Oferta NO APLICA AL PRESENTE PROCESO LICITATORIO 8.2 Garantías de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato NO APLICA AL PRESENTE PROCESO LICITATORIO 8.3 Garantías por Anticipo NO APLICA AL PRESENTE PROCESO LICITATORIO 9.- Evaluación y adjudicación de las ofertas: A. Evaluación de la Oferta. Comisión Evaluadora El CDE, a través de la Directora Ejecutiva o su Subrogante Legal, procederá al estudio de las propuestas presentadas y propondrá las alternativas más convenientes al Jefe del Departamento de Administración y Finanzas o su suplente o su subrogante legal, quien podrá adjudicar total o parcialmente la presente licitación, o declararla total o parcialmente desierta. Para cumplir lo anterior, toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él. B. Procedimiento de evaluación de las ofertas En el procedimiento de evaluación, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, se verificará lo siguiente: • Que las ofertas presentadas cumplan con el envío de los anexos requeridos según las instrucciones de presentación de la oferta establecidas en las presentes bases. • Que cumplan con los requerimientos técnicos, administrativos y económicos y las demás condiciones exigidas en estas mismas bases y sus anexos. Para efectos del proceso de evaluación, se deberá: • Redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de éstas. • Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas Bases de Licitación y el Proceso de Evaluación de las Ofertas. • Proponer la inadmisibilidad de las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases. • Proponer la inadmisibilidad de las ofertas presentadas por proveedores que sean integrantes de un mismo grupo empresarial o personas relacionadas y que no sea la oferta más conveniente. • Proponer la declaración de inadmisibilidad de una o más ofertas cuando se presenten en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, sólo la oferta más conveniente, según lo establecido en las presentes bases, presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás. • Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas admisibles o éstas no sean convenientes a los intereses de la institución. • Proponer la adjudicación. Durante el proceso de evaluación se podría requerir aclaraciones a los oferentes respecto de errores formales en sus respectivas propuestas o solicitar antecedentes omitidos, en los términos del artículo 56 del Reglamento de la Ley N°19.886, y de acuerdo con lo descrito en el punto 9 letra C) y letra D) de las presentes bases de licitación. Al ejercer esta facultad, no se podrá propiciar que los oferentes alteren la esencia de sus ofertas, ni violar los principios de igualdad entre los oferentes y sujeción estricta a las Bases de Licitación. Si, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la apertura electrónica de las ofertas, oportunamente ingresadas, el CDE podrá fijar nueva fecha y hora para la realización. B.I. Criterios de evaluación Sólo serán consideradas en el proceso de evaluación de las ofertas las propuestas que fueron declaradas admisibles, esto es, que hayan cumplido con los requerimientos dispuestos en estas bases de licitación para declarar la admisibilidad de las ofertas y, que por ende, procede su evaluación. La evaluación de las ofertas que resulten admisibles se realizará en una etapa, considerando los criterios de evaluación de acuerdo con los siguientes puntajes: Clasificación Criterio Puntaje máximo Criterio Técnico a) Experiencia del Equipo Consultor 20 b) Trayectoria de la empresa Consultora 20 Administrativo c) Programas de integridad y Ética empresarial 5 d) Sustentabilidad: Inclusión de género 5 e) Cumplimiento de requisitos formales 5 Criterio Económico f) Precio del Servicio Llena Vacante 30 45 Declara desierto 15 Criterio Técnico a) Experiencia del Equipo Consultor: Para este subcriterio se considerará la experiencia de cada uno de los integrantes del equipo consultor en áreas similares al servicio ofertado por años calendario, declarada en Anexo N°1 “Criterios Técnicos de la Oferta”. Es decir, si tiene 5 años y 6 meses de experiencia, se considerarán solo 5 años. Se deben declarar como máximo 5 profesionales que conformen el equipo consultor. Aquellos que se incorporen de manera adicional no serán evaluados en este subcriterio. Para la asignación del puntaje se considerará la sumatoria de todo el equipo consultor. En caso de presentar más personas como equipo consultor el puntaje considerará los cinco primeros profesionales que estén en el Anexo 1. Experiencia del Equipo Consultor 10 años o más 20 Mayor o igual a 5 y menor a 10 15 Mayor o igual a 3 y menor a 5 años 10 Mayor o igual a 2 años y menor a 3 años. 5 Mayor o igual a 1 año y menor a 2 años. 3 Menor a un año, no informa o no logra acreditar 0 Si el oferente obtiene 0 puntos en este subcriterio, su oferta será declarada inadmisible. Es importante indicar que para este proceso se requiere considerar al menos 1 psicólogo (titulado) con 2 años de experiencia profesional prestando servicios de la misma naturaleza al servicio ofertado. Asimismo, los proponentes deberán entregar adicionalmente al menos 1 (un) certificado que acredite la participación de al menos un psicólogo titulado miembro del equipo en un curso de especialización en aplicación de tests proyectivos, tales como Zulliger y/o Luscher, entre otros. Estos requisitos son de carácter obligatorio y extensibles al menos a 1 (uno) de los psicólogos que integren el equipo de trabajo de la consultora, declarados en el Anexo N°1. Este o estos psicólogos serán los responsables de aprobar todos los procesos, documentos e informes emitidos por la consultora oferente. En caso de no entregar lo solicitado en este párrafo para a lo menos uno de los psicólogos integrantes del equipo, la oferta será declarada inadmisible. b) Trayectoria de la empresa Consultora: La evaluación de este subcriterio se realizará tomando en consideración los “CERTIFICADO ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA” dispuestos en el Anexo N°1. Estas certificaciones deberán estar suscritas por los dueños o representantes legales de empresas clientes de la consultora a las cuales se les haya prestado servicios y en caso de Instituciones Públicas, al Jefe de Servicio, de División o de Departamento o bien sus equivalentes. El oferente deberá velar porque toda la información requerida sea completada a cabalidad. Para acreditar el puntaje de este criterio, el oferente deberá presentar un máximo de 10 certificados que acrediten experiencia. Cada certificado debe corresponder a un cliente, así se hubieran efectuado más de un proyecto con ese cliente/empresa. La prestación de los servicios declarados en las certificaciones solamente considerará como máximo servicios de los últimos 4 años. Trayectoria de la empresa Consultora 10 certificados 20 9-7 15 6-5 10 4-3 5 2-1 3 No Informa o no adjunta certificados 0 Se deja expresa constancia que el Consejo de Defensa del Estado se reserva el derecho de comprobar la entrega efectiva de los servicios por los cuales fue recomendado el proponente, en cualquier etapa de esta contratación. En caso de detectar alguna inconsistencia, durante la etapa de evaluación, el oferente será descartado de dicho proceso, no será evaluado y su oferta será declarada inadmisible. c) Programas de integridad y Ética empresarial Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°3. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad y ética empresarial, cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°3. En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) se evaluará si cada uno de los miembros que la conforman posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido por su respectivo personal, lo cual deberá ser declarado por cada uno de sus miembros a través de la presentación individual del Anexo N°3. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta por cada uno de los miembros de la UTP, o bien, éste no se encuentre debidamente completo y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido por su personal y por tanto la Unión Temporal de Proveedores no cumple con los requisitos para obtener el puntaje. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad y ética empresarial cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°3 y por tanto la Unión Temporal de Proveedores no cumple con los requisitos para obtener el puntaje. Se entenderá por programas de integridad y ética empresarial cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: CRITERIO PUNTAJE Presenta Anexo N°3 declarando que posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido por su personal y adjunta la copia del Programa de Integridad 5 No presenta Anexo N°3 declarando que posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido por su personal y adjunta la copia del Programa de Integridad 2 Presenta Anexo N°3 declarando que posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido por su personal y no adjunta la copia del Programa de Integridad 1 En caso de que el oferente No presente Anexo N°3 declarando que posee un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido por su personal y no adjunte la copia del Programa de Integridad, su oferta será declara inadmisible. Criterio Administrativo d) Sustentabilidad: Inclusión de género - Ítem: Mujeres trabajadoras Contenido: El oferente es una persona natural de sexo femenino o una microempresa liderada por mujer/es. Medio de verificación: Sello Empresa Mujer en Registro ChileProveedores. - Ítem: Mujeres trabajadoras Contenido: El oferente demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados. Medio de verificación: Planilla de cotizaciones previsionales de la empresa. En este criterio se considerará la declaración afirmativa o negativa (SI o NO) que el oferente realice en la plataforma www.mercadopublico.cl. El puntaje se asignará según el siguiente detalle: • Si cuenta con al menos uno de los ítems: 5 puntos • Si no cuenta con ninguna o no declara: 0 puntos La entidad licitante se reserva el derecho de comprobar y exigir que se acredite la existencia, validez, veracidad y/o atingencia de lo declarado, a partir de los medios de verificación indicados en las presentes bases, incluso durante la ejecución del contrato, en el caso del proveedor adjudicado que haya declarado afirmativamente en el criterio de sustentabilidad. En caso de detectar alguna inconsistencia en lo declarado, durante la etapa de evaluación, el oferente será descartado del proceso. Si la inconsistencia de la información se detecta durante la ejecución del contrato, se dará término anticipado a éste. e) Cumplimiento de requisitos formales: El puntaje a obtener por cada oferta será el puntaje asignado: Asignación de Puntaje 5 puntos: Presenta todos los antecedentes solicitados en las bases al momento de la apertura. 1 punto: Presenta todos los antecedentes solicitados en las bases en el plazo adicional previsto para ello. Nota: Este criterio aplicará para antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, como, por ejemplo, Declaración Jurada de los miembros de la UTP. El plazo será de 48 horas desde el requerimiento. Criterio Económico f) Precio de la Oferta: De acuerdo con las siguientes tablas: LLENA VACANTE Precio de la Oferta Llena Vacante Puntaje Menor Precio ofertado 30 Segundo menor precio ofertado 25 Tercer menor precio ofertado 20 Cuarto menor precio ofertado 10 Quinto menor precio ofertado 5 Otros precios ofertados 2 DECLARA DESIERTO: Precio de la Oferta Declara Desierto Puntaje Menor Precio ofertado 15 Segundo menor precio ofertado 10 Tercer menor precio ofertado 8 Cuarto menor precio ofertado 6 Quinto menor precio ofertado 4 Otros precios ofertados 2 Evaluación Total Puntaje total: El puntaje total corresponderá a la suma de los puntajes obtenidos en los distintos criterios de evaluación. En la sumatoria del puntaje obtenido se considerará decimales, en caso de corresponder. Será responsabilidad de los proponentes entregar toda la información que permita al Servicio efectuar una correcta evaluación de sus ofertas. Toda propuesta que no se ajuste substancialmente a las Bases será declarada inadmisible; y la licitación será declarada desierta cuando no se presenten ofertas, o cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, estas no fueran convenientes a los intereses del Servicio. En ambos casos se dictará una Resolución fundada. C.- Solicitud de aclaraciones y antecedentes Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el CDE podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. No podrán ingresar en el plazo adicional, la Oferta Económica, la Oferta Técnica, así como tampoco los antecedentes de los criterios de evaluación inclusivos y de Condiciones de Empleo y Remuneraciones. Los oferentes contarán con el plazo determinado en el punto 3, para responder a lo solicitado por el CDE o para acompañar los antecedentes requeridos por éste. El CDE no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. Por esta vía no es posible adjuntar oferta técnica y/o económica. En todo caso, la entrega de las certificaciones o antecedentes administrativos omitidos a la fecha de apertura, deberán ingresarse en www.mercadopublico.cl correspondiente a la presente licitación. D.- Adjudicación El CDE declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. Podrá igualmente declararse la inadmisibilidad de las ofertas, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 y 61 del reglamento de la ley N°19.886. El CDE podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, éstas no fueran convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada. La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación, establecidos en las presentes bases, a través de una resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. Los oferentes podrán realizar consultas al proceso de evaluación y adjudicación, al siguiente correo electrónico: consultasadquisiciones@cde.cl, de acuerdo con lo señalado en la letra G del punto 9 de las presentes Bases de Licitación. E.- Resolución de Empates. En caso de igualdad de puntajes entre oferentes, luego de aplicar los criterios de evaluación de esta licitación, se aplicará el siguiente orden de prelación para seleccionar al oferente adjudicatario: a) La oferta “económica” que haya obtenido el mayor puntaje. b) Sustentabilidad: Inclusión de género. c) La oferta que tenga el mayor puntaje en el criterio “Condiciones de empleo y remuneraciones”. d) Programas de Integridad y Ética empresarial. e) Requisitos Formales. f) La oferta que haya ingresado en primer lugar al portal www.mercadopublico.cl para la presente licitación. Estos criterios son excluyentes, es decir, primero se aplica la letra a), y de mantenerse la igualdad de puntajes, se continúa con la letra b); finalmente, de mantenerse la igualdad de puntajes, se continúa con la letra c), d), e) y, f). F.- Notificación de la Adjudicación Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl. Luego de notificada la adjudicación, se suscribirá el respectivo contrato dentro de los plazos señalados en las presentes bases. G. Resolución de consultas respecto de la adjudicación Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles administrativos contados desde la publicación en www.mercadopublico.cl. El CDE dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para responder, contados desde el vencimiento del plazo para presentar estas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación. H.- Readjudicación Se podrá readjudicar cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales: 1) Se desiste de su oferta, o se entiende desistimiento de ésta según lo señalado en la cláusula N°10 letra B, de las presentes bases; 2) Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado; 3) No entregue la documentación requerida para contratar, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula N° 7 de las presentes bases; 4) De conformidad con lo señalado en la cláusula N° 10 letra B) de estas bases, no firma el contrato que procede como consecuencia de su adjudicación en esta licitación; 5) Si el producto o servicio adjudicado por proveedor perdió la certificación, registro, autorización u otro antecedente exigido en estas bases de licitación. En este caso operará la readjudicación. 6) No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación; 7) Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado. 8) Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad y Ética empresarial por parte de éste, el cual se encuentra en el numeral 6 letra H de estas bases de licitación. En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, el CDE podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 40 días hábiles administrativos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo. La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses del CDE se estime conveniente declarar desierta la licitación. I.- Validez de la Oferta Las ofertas tendrán una vigencia mínima desde su presentación hasta la suscripción del contrato derivado de la licitación o la emisión y aceptación por parte del proveedor de la orden de compra que formaliza la contratación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 del Reglamento de la Ley N°19.886. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados con ocasión del contrato derivado de esta licitación. 10.- Condiciones contractuales y otras cláusulas A.- Documentos integrantes La relación contractual que se genere entre el CDE y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos: a. Ley N°19.886 y su Reglamento, así como sus modificaciones. b. Bases de licitación y sus anexos. c. Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las bases, si las hubiere. d. Resolución de adjudicación. e. Oferta adjudicada. f. Contrato definitivo suscrito entre las partes. g. Órdenes de compra que sean emitidas durante la vigencia del contrato. h. Las normas citadas en las presentes bases. Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en especial respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro. Sin embargo, lo indicado en las bases de licitación prevalecerá respecto de lo señalado en los demás documentos, con salvedad de la legislación indicada en el literal a) precedente u otra que resulte aplicable a este proceso. B.- Formalización de la contratación Mediante la emisión de la orden de compra por parte del CDE y de la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor mediante el portal www.mercaopublico.cl C.- Modificación del contrato Las partes, de común acuerdo, podrán modificar la contratación originado en la presente licitación, por motivos fundados y en caso de que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades de la institución. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de la respectiva contratación. En ningún caso la modificación podrá alterar los elementos esenciales de la contratación inicial. Se entenderá que se alteran éstos: (i) Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación; (ii) Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o (iii) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual. Las modificaciones no previstas en las presente Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos: (i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por el CDE; (ii) Que el cambio de proveedor generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el CDE; (iii) Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria; (iv) Que se respete el equilibrio financiero del contrato. El CDE estará facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, se podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en la contratación, siempre y cuando existieren razones de interés público y esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación. En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, individualmente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento (30%) del monto originalmente convenido entre el proveedor adjudicatario y el CDE, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. D.- Vigencia de la Contratación La contratación comenzará a regir a contar del día hábil siguiente del envío de la orden de compra al proveedor. Sin perjuicio de lo anterior, y por razones del buen servicio, las obligaciones del contrato podrán prestarse con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, no obstante, su pago estará condicionado a la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, ello, en concordancia a lo dictaminado por la Contraloría General de la República en su dictamen N°14.362, de fecha 2 de abril de 2008; que permite esta modalidad. E. Responsabilidades y obligaciones de las partes Del adjudicatario a. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores. b. El adjudicatario liberará de toda responsabilidad al CDE en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N° 17.336, sobre Propiedad Intelectual. c. Velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los informes y productos entregables requeridos en virtud de los servicios encomendados, so pena de la medida que pueda aplicarse en caso de incumplimiento de lo solicitado. d. Las reuniones no comprendidas en estas bases de licitación que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario, lo que deberá documentarse fehacientemente. e. Responder y gestionar, según corresponda, todos los requerimientos y/o consultas que surjan por parte de la CDE en un plazo máximo de 2 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de éstas, o bien, en caso de existir SLA establecidos, deberán gestionarse en los tiempos definidos en los SLA, el mayor plazo según corresponda. f. Entregar oportunamente la documentación que le sea solicitada por la CDE, esto es, en los plazos que la institución determine para la entrega de éstos. g. Proveer los servicios que le fueron adjudicados en los plazos comprometidos según su oferta adjudicada y cumpliendo con las especificaciones y requerimientos técnicos correspondientes establecidos en estas bases de licitación. h. El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores. i. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato de prestación de servicios. Del CDE a. Verificar la concordancia entre el servicio contratado y el servicio recibido. b. Efectuar la recepción conforme de los servicios entregados verificando que estos cumplan con el estándar requerido que corresponda según lo establecido en estas bases de licitación y la oferta adjudicada. El CDE deberá velar por realizar dicha recepción conforme dentro de los plazos establecidos en las bases de licitación. c. Realizar los pagos oportunamente según lo dispuesto en la cláusula N° 10 letra I. d. Velar por la correcta ejecución del contrato de prestación de servicios. e. Aplicar las medidas que procedan ante incumplimientos que eventualmente pueda incurrir el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato, según lo dispuesto en la cláusula N° 10 letra G. f. Verificar al momento del pago que el proveedor no registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, sin perjuicio de exigir lo señalado en cualquier momento mientras el contrato se encuentre vigente, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 4° de la ley 19.886 g. Velar por el cumplimiento del deber de abstención de sus autoridades y/o funcionarios, independiente de su calidad jurídica, en lo que respecta a su intervención en el proceso de contratación, y posterior ejecución contractual, conforme a lo señalado en el artículo 35 quinquies de la Ley N°19.886. h. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato de prestación de servicios. F. Subcontratación y cesión del contrato El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el Proveedor adjudicado. El Proveedor principal deberá notificar por escrito al CDE de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista. El subcontratista deberá cumplir con los mismos requisitos que se le exigen al proveedor principal. El límite de la subcontratación será de un máximo el 30% del monto total del contrato, y en ningún caso la subcontratación podrá ser utilizada para efectuar una cesión del contrato. G.- Efectos derivados de Incumplimientos del proveedor 1.- MULTAS: Será objeto de multa, las siguientes situaciones: a.- 10 UTM: 1. En el retraso en el inicio de la ejecución del servicio de búsqueda y 2. Retraso no justificado en los plazos establecidos en cada etapa. b.- 5 UTM No cumple con lo establecido dentro de los entregables comprometidos durante la ejecución de la contratación. c.- Atraso de 2 días hábiles en el inicio de la ejecución del servicio de búsqueda, opción de aplicar término anticipado del contrato. El tope máximo de cada multa corresponde al 10% del monto total contratado. El monto de la multa podrá ser descontado de los pagos pendientes que el CDE deba realizar al proveedor. Si la multa no puede ser descontada de los pagos pendientes, deberá ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a que quede firme la resolución administrativa que la cursó. 2. Término Anticipado del Contrato El CDE estará facultado para declarar, unilateral y administrativamente, el término anticipado del mismo, sin derecho a indemnización alguna respecto del oferente adjudicatario, sin perjuicio de las reglas generales de derecho, en los siguientes casos: 1) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad. 3) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado en proceso concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N°20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo. 4) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley N°19.886, 130 de su Reglamento y las presentes bases. En tal caso, el CDE sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas por incumplimiento establecidas en las presentes bases. 5) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado. 6) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, o durante la ejecución del contrato, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 4° de la ley 19.886. 7) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal del CDE, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y el Consejo de Defensa del Estado. b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación del personal del CDE durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones del CDE. 8) La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y el CDE, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico. 9) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 30% del valor total contratado o cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas durante la ejecución de la contratación. 10) En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias: a. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. b. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. c. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. d. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato. e. Disolución de la UTP. Todas estas causales son sin perjuicio de lo establecido en el artículo 183 del Reglamento de la Ley N°19.886, sobre la posibilidad de reemplazar a un integrante de la Unión Temporal de Proveedores, en los términos que ahí se exponen. 11) En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en el punto 6 letra H "Pacto de integridad" de las presente bases de licitación. 12) En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en el punto 10 letra K "Confidencialidad" de las presente bases de licitación. 13) Por alguna de las causales previstas en el artículo 13 bis de la Ley N°19.886. 14) En caso de incurrir en alguna de las situaciones previstas en el punto 5 de las presente bases de licitación que, en definitiva, inhabiliten al proveedor para contratar con el Estado en conformidad con las disposiciones ahí contenidas. Sin perjuicio de los demás casos previstos en estas bases, se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario las siguientes: a) Retraso de más de 2 días en el inicio de los servicios contratados, y por factores no atribuibles al “CONSEJO” y que sean imputables al proveedor. b) Retraso en el cumplimiento de sus obligaciones laborales y de seguridad social, en relación con el personal que destine el adjudicatario a la ejecución de este contrato. Por retraso reiterado se considerará 1 vez y mientras dure la ejecución del contrato y/o actividad. c) Incumplimiento de instrucciones impartidas por escrito (Oficio o Correo electrónico) por el “CONSEJO” en relación con la prestación y calidad de los bienes y servicios. Por incumplimiento reiterado se considerará 1 o más faltas durante la ejecución del contrato y/o actividad. d) Incumplimiento de la obligación de confidencialidad por parte del adjudicatario. e) Término o liquidación anticipada del adjudicatario por causa distinta a la quiebra. f) Prohibición de celebrar contratos con el Estado declarada judicialmente, prevista en la Ley N°20.393. g) No dar cumplimento a los requerimientos técnicos establecidos en las bases administrativas y técnicas de la presente licitación pública. h) En caso de que el adjudicatario no acepte la orden de compra enviada a través del portal www.mercadopublico.cl. i) En caso de que el adjudicatario no suscriba el contrato respectivo en los términos señalados en el punto 10 letra B de las bases de licitación. Lo anterior no será aplicable a la causal del numeral 3, cuando la circunstancia no sea imputable a proveedor, al numeral 4 por no serle imputable al proveedor, ni a la causal del numeral 10, cuando no exista ninguna garantía vigente que cobrar. El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en el punto 10 letra H "Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos" las presente bases de licitación. Resuelto el término anticipado, en virtud de las causales anteriormente señaladas, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo el CDE concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato. Resciliación o término de mutuo acuerdo Sin perjuicio de lo anterior, el CDE y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. Si existieren obligaciones incumplidas por el adjudicatario, no se podrá resciliar el contrato originado en la presente licitación. H.- Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos N° Descripción de la Actividad 1 Detectada una situación que amerite la aplicación de multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, el CDE notificará de ello al adjudicado, a través de correo electrónico, conforme a lo establecido en el artículo 140 del Reglamento de la Ley N°19.886, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. 2 A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el adjudicatario tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. 3 Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, el CDE aplicará, rebajará o eximirá de la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada. 4 Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el CDE tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada del CDE, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. 5 Recurso de reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los números 3 y 4 anteriores, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. El CDE tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. 6 La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva, si fuere multa, mediante descuentos en los pagos más próximos que el CDE deba efectuar al proveedor. Si la multa no puede ser descontada de los pagos pendientes, deberá ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a que quede firme la resolución administrativa que la cursó. Procedencia de la responsabilidad: El proveedor adjudicado será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por aquellos originados en causales de fuerza mayor o caso fortuito, o en los cuales se demuestre que fueron ocasionados por causas imputables al órgano público comprador o por terceros no vinculados al proveedor adjudicado. I.- Del Pago El pago se realizará en un único pago, una vez cumplidos los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación y en donde sé deberá constar con un acta de recepción conforme firmado por la Directora Ejecutiva del CDE o de su Subrogante Legal. El pago se hará mediante transferencia electrónica a cuenta corriente, cuenta vista, cuenta de ahorro y, excepcionalmente, mediante cheque. Para efectos del pago, el proveedor adjudicado deberá adjuntar a la factura: • La respectiva orden de compra, • La recepción conforme emitida por el CDE, • El Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación) de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores. El pago de los servicios se realizará en pesos chilenos mediante transferencia electrónica u otro medio de pago que establezca la Ley. No obstante, lo anterior, ningún pago podrá hacerse antes que la resolución que apruebe el respectivo contrato se encuentre totalmente tramitada, se hayan entregado las garantías correspondientes. La recepción conforme de los bienes o servicios corresponderá a la Directora Ejecutiva del CDE o su subrogante legal. J.- Presupuesto Máximo El presupuesto máximo para esta contratación es la suma total de $12.000.000., impuestos incluidos. Las ofertas que superen el presupuesto máximo serán declarados inadmisibles. K.- Confidencialidad El adjudicatario de la prestación de los bienes y servicios materia de la presente licitación pública y su personal directo o subcontratado, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes, reservados o no, que del CDE y/o de sus dependientes y/o cualquier asunto que conozcan durante la prestación del bien y servicio adjudicado. La responsabilidad del adjudicado será solidaria respecto de sus personeros, empleados, trabajadores o subcontratistas y de cualquiera de sus dependientes cualquiera sea la naturaleza jurídica contractual que los relacione. Los proponentes deben comprometerse mediante declaración jurada a guardar confidencialidad de la información, reservándose el CDE, el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de que dicho resguardo no se efectúe adecuadamente. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del proveedor durante la vigencia del contrato o después de su finalización, dará derecho al CDE y/o de sus dependientes a interponer las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados, trabajadores y dependientes y todos quienes resulten responsables. La responsabilidad por la confidencialidad sobre los antecedentes, reservados o no, que del CDE conozcan durante el desarrollo del trabajo se mantendrá después del término del contrato. I. Coordinador del Contrato El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al CDE, con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del servicio contratado. Por su parte, el CDE designará a un administrador de contrato que se vinculará directamente con el adjudicatario. Las designaciones del coordinador del contrato por parte del proveedor y el administrador de contrato del CDE deberán realizarse juntamente con la suscripción del contrato. En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos: a) Informar oportunamente al CDE de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato y el suministro de los productos; b) Representar al proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato; c) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato; d) Informar una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales; e) Las demás que le encomiende las bases y el contrato suscrito entre las partes. Todo cambio posterior del coordinador del contrato del proveedor deberá ser informado por éste al responsable de administrar el contrato por parte del Consejo de Defensa del Estado, a más tardar dentro de los 2 días hábiles administrativos siguientes de efectuado el cambio, mediante correo electrónico. Por su parte, el CDE definirá un administrador de contrato cuya función será: a) Efectuar la coordinación general del contrato, b) Generar los documentos de recepción conforme con los que se autorizarán los pagos correspondientes, c) Supervisar el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, d) Las demás funciones que le encomienden las bases y el contrato suscrito entre las partes. La vía formal de comunicación entre el adjudicatario y el CDE será exclusivamente el correo electrónico institucional/corporativo, por lo tanto, cualquier materia pertinente a la ejecución del contrato y las prestaciones del servicio adjudicado, deberá ser efectuada por dicha vía de comunicación, siendo inválido cualquier otro medio de interacción, ya sea físico o virtual, salvo que así sea dispuesto expresamente en estas bases de licitación para situaciones particulares. M.- Comportamiento ético del adjudicatario El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Dichos estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. N.- Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Lo anterior, es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan para autorizar el pago de la cuota correspondiente durante el desarrollo del servicio. Esta declaración deberá entregarse al momento de la facturación. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá ser entregada por cada integrante de esta. Para efectos de acreditar el cumplimiento de lo indicado en el párrafo precedente, el adjudicatario deberá entregar, el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, otorgado por la Dirección del Trabajo o, en su defecto, una Declaración Jurada en la cual se indique que “no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”, pudiendo utilizar el mismo formato del Anexo N° 5 “Declaración jurada para contratar” de las presentes bases. El órgano comprador podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas, dentro del marco de lo permitido por la regulación nacional o internacional que sea aplicable. En caso de que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo éste acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses. La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario dará derecho a terminar anticipadamente la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. O.-Normas laborales El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. El órgano comprador se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183D del mismo Código. Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador. P.- Prorroga del servicio. Para el presente proceso licitatorio no se considera prórroga del Servicio.
Documentos Técnicos
1.- A. Descripción del servicio requerido Consiste en los siguientes servicios: a) Difusión de una oferta de trabajo con el objeto de atraer en forma selectiva postulantes que reúnan las condiciones, requisitos, atributos o competencias del perfil del cargo aprobado, es decir, que estén en condiciones de integrar las nóminas de candidatos (as) elegibles de los procesos de selección realizados, pudiendo incluir una estrategia masiva y/o focalizada de atracción de postulantes. b) Evaluación del grado de idoneidad de los candidatos (as) que postulen a los procesos de selección, en base a los atributos o competencias del perfil de selección. B. Características del Servicio Servicio de Reclutamiento y Selección de Personas El servicio considerar la aplicación de etapas secuenciales en donde los postulantes que aprueben una determinada etapa podrán avanzar a la siguiente. A. RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES Y ANÁLISIS DE REQUISITOS LEGALES El proveedor recibirá todas las postulaciones de los/as candidatos/as a los cargos junto a los antecedentes respectivos, los que deberán ser sistematizados y analizados, a fin de evaluar el cumplimiento del requisito legal. El listado de los postulantes que cumplen el requisito legal y su fundamento, son presentados al comité respectivo para aprobación. El análisis deberá ser entregado al comité o a quien éste designe en un plazo máximo de tres días hábiles de manera sistematizada. B. APLICACIÓN DE LA PRUEBA TÉCNICA Aprobada la lista señalada en el punto anterior con quienes cumplen el requisito legal, el proveedor informará por escrito tanto a los/as postulantes que no pasaron la etapa como los que sí lo hicieron. Además, entregará una propuesta de 40 preguntas para cada cargo, compuesta por 20 de selección múltiple y 20 de verdadero o falso, junto con su respectiva rúbrica. Esta propuesta será sometida a la aprobación del comité de selección respectivo. Una vez autorizada, se entregará al consultor, quien será responsable de citar a los postulantes y aplicar la evaluación técnica. La aplicación de esta prueba deberá realizarse bajo condiciones que aseguren un estándar mínimo de seguridad, con el fin de prevenir la copia, reproducción o difusión del contenido por parte de los/as postulantes. En caso de presentarse postulantes de regiones el proveedor deberá coordinar la aplicación en las mismas condiciones en que se aplicará a los postulantes de la región metropolitana. Finalizada la evaluación, el proveedor entregará las pruebas junto con los puntajes obtenidos y la calificación asignada conforme a la rúbrica establecida. Esto será entregado en un plazo máximo de dos días hábiles. Estos resultados serán presentados al Comité de Selección, el cual tendrá la responsabilidad de validar la revisión efectuada. C. EVALUACIÓN CURRICULAR Con la nómina aprobada por el comité respectivo, el proveedor procederá a informar por escrito a quienes no obtuvieron la nota mínima de aprobación. Respecto a quienes obtuvieron la nota mínima de aprobación en la prueba técnica, el proveedor realizará la evaluación curricular de acuerdo con las exigencias estipuladas en las bases. Este proceso debe estar entregado al comité o a quien éste designe en un plazo que no supere los tres días hábiles. Terminado el análisis, lo presentará al comité o a quien éste designe para validar el trabajo realizado. Concluido lo anterior y con los/as candidatos/as aprobados previamente por el Comité de Selección como resultado del análisis de la evaluación curricular; los/as postulantes pasarán a la etapa de entrevista. D. ENTREVISTA El proveedor informará a las y los postulantes que no hayan aprobado la etapa de entrevista. Respecto de quienes continúen a la entrevista con el Comité de Selección, el proveedor deberá comunicar oportunamente la citación y confirmar su asistencia, informando de esto al Comité o a quien éste designe. Asimismo, entregará un documento en formato .pdf por cada postulante con los antecedentes necesarios para la realización de las entrevistas a más tardar dos días hábiles antes de la realización de la entrevista. El Comité de Selección efectuará las entrevistas y, una vez concluidas, remitirá al proveedor las calificaciones obtenidas por cada postulante, con el fin de que este elabore la nómina final de puntajes. Dicha nómina final será entregará al comité o a quien este designe en un plazo máximo de un día hábil. E. EVALUACIÓN PSICOLABORAL Los postulantes que no continúen a la etapa de entrevista psicolaboral serán informados de dicha circunstancia por el proveedor. Validada la nómina final por el comité o quien éste designe, el proveedor elaborará una nómina de entre tres y cinco postulantes por cargo, quienes serán convocados para participar en la evaluación psicolaboral. Esto debe ser informado a los postulantes a lo menos dos días antes de la entrevista psicolaboral y en un plazo máximo de 4 días. El proveedor deberá adjuntar el informe individual de cada postulante a su respectiva evaluación técnica, indicando además el puntaje final obtenido en el proceso y señalando si la persona se adecúa altamente, medianamente o levemente al cargo, conforme a las competencias requeridas para su desempeño. Los informes psicolaborales serán entregados al comité o a quien éste designe en un plazo máximo de dos días hábiles, contados desde la realización de la entrevista psicolaboral. F. ENTREVISTA CON EL PRESIDENTE DE SERVICIO En el caso que sea requerido, el proveedor citará a una entrevista con el jefe de servicio (coordinado previamente con el servicio), para lo cual confirmará asistencia con el postulante e informará de lo anterior al comité o a quien éste designe. G. INFORMACIÓN DEL TÉRMINO FORMAL DEL PROCESO El jefe de servicio, a través de quien estime, informará el/la seleccionado/a para cada cargo, ante lo cual el proveedor deberá dar aviso a quienes no han quedado seleccionados. Entregará todos los antecedentes que funden cada proceso. El Oferente deberá expresar su tarifa única sobre la base de la renta bruta mensualizada de los cargos en concurso (2 cargos, $12.000.000 brutos), considerando el tipo de cargo, la región en donde se oferta y cada una de las dos modalidades posibles para este servicio por tipo de cargo, a saber, "Llena Vacante" o "Declara Desierto", definidas más adelante. Tipo de Cargo: - Un cargo en calidad de planta, estamento Directivo grado 6. - Un cargo en calidad de contrata, estamento Profesional grado 4 con encomendación de función directiva. Nota: Es importante indicar que, en el caso del proceso en calidad de planta, estamento Directivo grado 6 se realizará un concurso de promoción. En la eventualidad de que el proceso sea declarado desierto, se aperturará un proceso denominado “Concurso Público” que tendrá las mismas etapas, siendo un tercer proceso. Por lo anteriormente relatado, será importante que los oferentes puedan cotizar este tercer proceso, el que será informado por la Directora Ejecutiva en cuanto sea declarado desierto el proceso respectivo y su contratación será según se indica en la letra C del punto 10 de las Bases de Licitación. A.2 Modalidades tipo de cargo a) Se entiende que se llena la vacante cuando existe a lo menos un candidato idóneo de acuerdo con el perfil del cargo establecido durante la ejecución del servicio y de acuerdo con el criterio establecido por el CDE. b) Se entiende que el concurso se declara desierto cuando no existen candidatos idóneos para proveer el cargo de acuerdo con el perfil definido para el cargo y de acuerdo con el criterio establecido por el CDE. En este caso, el proveedor deberá entregar por una sola vez, una nueva nómina de candidatos elegibles, sin costo adicional para el CDE. Con respecto al pago de los servicios, si producto del proceso de búsqueda y selección completa se llega a una primera nómina de candidatos idóneos, el proveedor cobrará la tarifa correspondiente a llena vacante. En caso de que el resultado del proceso sea la ausencia de una nómina de candidatos idóneos, el proveedor deberá realizar un segundo proceso sin costo adicional. Si en este segundo proceso nuevamente se da que no existe una nómina de candidatos idóneos, el proveedor cobrará únicamente la tarifa correspondiente a declarar desierto, por una sola vez. En caso de que la oferta por este servicio (Búsqueda y Selección Completa) para el cargo no comprenda alguna de las dos modalidades ("llena vacante" o "declara desierto"), será desestimada, declarando inadmisible la oferta. El cálculo del criterio precio se realizará sobre el puntaje de los dos valores ofertados por el proponente para las dos modalidades de un mismo cargo (uno de los dos valores ofertados para la modalidad "Llena vacante", el cual se ponderará con un 30 puntos y el otro valor ofertado para la modalidad "Declara desierto" del mismo tipo de cargo, la cual será ponderado con 15 puntos). E. Propuesta Técnica Consideraciones Generales: 1. Todos los informes que resulten de los servicios antes mencionados en la letra B, deberán estar debidamente visados y autorizados por él o los psicólogos que realizaron las pruebas, en los casos que corresponda. 2. Las tarifas ofertadas corresponderán a valores brutos, es decir, incluyen todos los impuestos a los que se encuentran afectos estos servicios. 3. Los tiempos para la ejecución de cada servicio están definidos en cada etapa y se podrán modificar de común acuerdo con el comité de selección o la persona que este designe. 4. No se considerará como presentado por la consultora/empresa aquel candidato/a que, paralelamente o con anterioridad, hubiese postulado al mismo cargo a través de los sistemas de postulación de los organismos requirentes. 5. La consultora/empresa tendrá un plazo, que será establecido por la contraparte del CDE, para entregar los informes de evaluación de los candidatos/as que haya presentado en virtud del servicio de búsqueda. Se espera que estos informes estén disponibles en conjunto con los informes de los candidato/as que se hayan presentado al concurso a través de la convocatoria pública. 6. Con respecto a los candidatos contactados, la consultora/empresa encargada de este proceso deberá informar formalmente al candidato sobre la no continuidad en el proceso. De la misma forma, la consultora debe notificarle por escrito al CDE, la identificación de los candidatos contactados que desistieron de seguir participando en el proceso. 7. Es responsabilidad de la consultora/empresa encargada del proceso mantener informados a los candidatos presentados de los avances del proceso. Esta información debe ser obtenida de los historiales de cada concurso. 8. Todos los candidatos deben ser evaluados por el proveedor adjudicado conforme a los mismos estándares, definidos en el perfil de selección de cada cargo, respetando los principios de igualdad, no discriminación, confidencialidad y mérito. 9. En consecuencia, se prohíbe a al proveedor adjudicado dar a conocer cualquier información de los procesos de selección en que participan como también revelar la identidad de los/as postulantes. El incumplimiento de esta obligación facultará al CDE a la aplicación de la multa respectiva y en caso graves, entendiéndose por tal, aquellas situaciones que pongan en peligro la continuidad del proceso concursal o ponga en riesgo laboralmente al postulante, dará derecho a poner término anticipado a la contratación. 10. La infraestructura que utilice el proveedor adjudicado, sea propia o arrendada, deberá adecuarse a las condiciones apropiadas para la realización de las entrevistas a los candidatos, debiendo garantizar la confidencialidad del proceso.
 
Documentos Económicos
1.- J.- Presupuesto Máximo El presupuesto máximo para esta contratación es la suma total de $12.000.000., impuestos incluidos. Las ofertas que superen el presupuesto máximo serán declarados inadmisibles.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 d) Sustentabilidad: Inclusión de género - Ítem: Mujeres trabajadoras Contenido: El oferente es una persona natural de sexo femenino o una microempresa liderada por mujer/es. Medio de verificación: Sello Empresa Mujer en Registro ChileProveedores. - Ítem: Mujeres trabajadoras Contenido: El oferente demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados. Medio de verificación: Planilla de cotizaciones previsionales de la empresa. 5%
2 a) Experiencia del Equipo Consultor a) Experiencia del Equipo Consultor: Para este subcriterio se considerará la experiencia de cada uno de los integrantes del equipo consultor en áreas similares al servicio ofertado por años calendario, declarada en Anexo N°1 “Criterios Técnicos de la Oferta”. Es decir, si tiene 5 años y 6 meses de experiencia, se considerarán solo 5 años. Se deben declarar como máximo 5 profesionales que conformen el equipo consultor. Aquellos que se incorporen de manera adicional no serán evaluados en este subcriterio. Para la asignación del puntaje se considerará la sumatoria de todo el equipo consultor. En caso de presentar más personas como equipo consultor el puntaje considerará los cinco primeros profesionales que estén en el Anexo 1. 20%
3 b) Trayectoria de la empresa Consultora La evaluación de este subcriterio se realizará tomando en consideración los “CERTIFICADO ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA” dispuestos en el Anexo N°1. Estas certificaciones deberán estar suscritas por los dueños o representantes legales de empresas clientes de la consultora a las cuales se les haya prestado servicios y en caso de Instituciones Públicas, al Jefe de Servicio, de División o de Departamento o bien sus equivalentes. El oferente deberá velar porque toda la información requerida sea completada a cabalidad. Para acreditar el puntaje de este criterio, el oferente deberá presentar un máximo de 10 certificados que acrediten experiencia. Cada certificado debe corresponder a un cliente, así se hubieran efectuado más de un proyecto con ese cliente/empresa. La prestación de los servicios declarados en las certificaciones solamente considerará como máximo servicios de los últimos 4 años. 20%
4 e) Cumplimiento de requisitos formales puntaje a obtener por cada oferta será el puntaje asignado: Asignación de Puntaje 5 puntos: Presenta todos los antecedentes solicitados en las bases al momento de la apertura. 1 punto: Presenta todos los antecedentes solicitados en las bases en el plazo adicional previsto para ello. Nota: Este criterio aplicará para antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y 5%
5 Precio LLENA VACANTE Precio de la Oferta Llena Vacante Puntaje Menor Precio ofertado 30 Segundo menor precio ofertado 25 Tercer menor precio ofertado 20 Cuarto menor precio ofertado 10 Quinto menor precio ofertado 5 Otros precios ofertados 2 DECLARA DESIERTO: Precio de la Oferta Declara Desierto Puntaje Menor Precio ofertado 15 Segundo menor precio ofertado 10 Tercer menor precio ofertado 8 Cuarto menor precio ofertado 6 Quinto menor precio ofertado 4 Otros precios ofertados 2 45%
6 c) Programas de integridad y Ética empresarial Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°3. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad y ética empresarial, cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°3. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jacqueline
e-mail de responsable de pago: jacqueline.retamal@cde.cl
Nombre de responsable de contrato: Angie Aracena
e-mail de responsable de contrato: angie.aracena@cde.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26751869-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Los oferentes podrán realizar consultas al proceso de evaluación y adjudicación, al siguiente correo electrónico: consultasadquisiciones@cde.cl, de acuerdo con lo señalado en la letra G del punto 9 de las presentes Bases de Licitación. 
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Según bases de licitación
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Presentación de Antecedentes Omitidos, de acuerdo con el punto 9 letra C.

48 horas desde su requerimiento

Pacto de integridad

H. Pacto de Integridad

El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. 

 

Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 

 

1.         Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 

2.         No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 

3.         No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 

4.         Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 

5.         Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato. 

6.         El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase. 

7.         El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 

8.         Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N°19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. 

9. El oferente adjudicatario que contrate con el CDE, deberá acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal.

Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará lugar a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en la letra H del punto 9 de las presentes bases de licitación. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con la cláusula N° 10 letra G número 3, de estas bases de licitación.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.