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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 2 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación al siguiente correo: carolina.calderon@conaf.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos o económicos. No obstante CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en su puntaje en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”.
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Resumen del servicio: |
Se realizará la Construcción de Obras de Conservación de Agua y Suelo, las que incluyen: Zanjas de infiltración, Surcos en medialuna, Bancales y Muretes de piedra. Se deberán ejecutar, 11.086 metros lineales, interviniendo una superficie total de 63 hectáreas, distribuidos en 2 predios, Parque el Huaso de Sahondé con 2.938 metros lineales y Serranía Rinconada de Silva con 8.148 metros lineales, aproximadamente. Ambos predios ubicados en la comuna de Putaendo.
Cuadro 1. Resumen construcción de OCAS en Predios de la Comuna de Putaendo, Provincia de San Felipe.
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Predio
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Superficie a intervenir (ha)
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Tipo de OCAS
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Total unidades de OCAS a construir
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Total metros lineales de OCAS a construir
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Parque el Huaso de Sahondé
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16
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Zanjas de infiltración
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240
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2.160
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Surcos medialuna
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64
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576
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Bancal
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48
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144
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Murete de piedra
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29
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58
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Serranía Rinconada de Silva
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47
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Zanjas de infiltración
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559
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5031
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Surcos medialuna
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242
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2.178
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Bancal
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268
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804
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Murete de piedra
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83
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135
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Total
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63
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11.086
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a. Construcción de Obras de Conservación de Agua y Suelo. |
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Las características técnicas del tipo de obra para cada predio, se encuentran descritas en el Anexo 10 de las presentes bases, y se solicita que su construcción sea acorde a lo establecido. Si el adjudicatario tiene una propuesta técnica que mejore la construcción de las OCAS, y por su propia iniciativa desea mejorar el diseño, este debe ser acordado por CONAF con su contraparte técnica respectiva, quedando consignado en el libro manifold dispuesto para las faenas; y su implementación no puede significar por ningún motivo el alterar el valor ya acordado mediante el proceso de licitación. También, el adjudicatario deberá disponer de un supervisor de faena calificado para cumplir el rol de contra parte técnica de la empresa. Si existiera la necesidad de cambiar el supervisor por motivos justificados, se deberá informar formalmente a CONAF, junto con los datos del nuevo supervisor que se hará cargo de la faena.
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b. Supervisión permanente de CONAF y Resolución de aspectos técnicos. |
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CONAF mantendrá supervisión permanente de las faenas, contando con una contraparte técnica en terreno para resolver cualquier situación especial o que no esté contemplada en las bases.
Durante la ejecución de los trabajos, se considera controlar principalmente:
- El estado y funcionamiento de los equipos empleados, para la ejecución de los trabajos, así como el uso de los elementos de protección personal (EPP) por los trabajadores.
- Verificar el cumplimiento de todas las medidas requeridas sobre seguridad y medio ambiente.
- Medición de las obras, para efectos de recepción conforme y pago, cantidad de obras correctamente ejecutadas y recepcionadas formalmente.
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c. Registros de Terreno. |
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Con el fin de mantener un sistema de registro y comunicación efectiva entre la empresa adjudicataria y CONAF, respecto a la gestión de las actividades objeto de la presente licitación, ya sean, acuerdos, no conformidades u otras situaciones que eventualmente surgieran en la faena. Se utilizará un libro manifold de faena para el registro en terreno con observaciones, amonestaciones o multas, cuya notificación deberán ser obligatoriamente recibida por el Supervisor de terreno de la empresa, quien deberá dar recepción conforme a través de la firma del documento.
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d. De lo efectivamente Ejecutado y/o Construido. |
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CONAF recibirá conforme, sólo lo construido y/o ejecutado de acuerdo con las prescripciones técnicas contempladas en las presentes bases sobre el servicio licitado.
Para la validación de lo construido y/o ejecutado, se utilizará la unidad de medida, Metro Lineal (m). Se medirán al menos el 90% del total de las obras construidas, por tipo de obra y predio, georreferenciadas y seleccionadas al azar.
CONAF, tendrán la potestad de paralizar la faena frente a cualquier situación anómala detectada, entendiéndose como tal incumplimiento a lo establecido en las bases.
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e. Suspensión excepcional de la faenas. |
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Al iniciarse un incendio forestal dentro o en las proximidades del área de trabajo, CONAF podrá suspender la faena y ordenar la evacuación del personal del adjudicatario, si las circunstancias lo aconsejan para seguridad de las personas y los bienes.
Si existieran otras causas y externalidades las cuales comprometan la seguridad del personal que labora en la faena licitada, o personal del predio, podrán suspenderse las faenas y ampliar los plazos. Los días que se suspendan las faenas, serán compensados en igual cantidad, sobre los plazos otorgados. Lo anteriormente mencionado estará sujeto a evaluación
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f. Medidas de Protección durante las Faenas. |
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• Medidas de protección ambiental.
I. El Oferente deberá conocer en detalle el área de trabajo asignada para implementar las medidas ambientales requeridas.
II. La reparación y mantención de maquinaria, sólo en sitios autorizados por el Propietario o Administrador.
III. Para el caso de uso de maquinaria, se deberá utilizar una cubierta de protección al suelo durante la carga de combustible o aceites o reparaciones menores para evitar derrame de productos y asegurarse en el momento de aplicar de no tener derrames de combustible, lubricantes, y vertidos al suelo y aguas superficiales (canales, esteros, ríos).
IV. Asegurar que todos los trabajos de carga de equipos, se realicen en forma eficiente y segura, garantizando la salud e integridad de las personas, instalaciones y el medio ambiente.
V. Los envases o desechos de productos utilizados, “de cualquier naturaleza”, deberán ser eliminados fuera del área de faena en lugares establecidos para la eliminación de los mismos (contenedor, punto verde, etc.), siguiendo los protocolos establecidos para no contaminar.
VI. No lavar ni eliminar residuos de los equipos en los cursos de agua.
• Medidas de protección personal e implementación de seguridad.
El adjudicatario deberá disponer de los elementos de protección personal necesarios para proteger la integridad física del personal de acuerdo al tipo de faena, velando por el correcto uso de toda la implementación de seguridad. Así mismo, deberá tomar todas las precauciones y resguardos necesarios para evitar accidentes, por causa de los trabajos licitados.
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g. Horarios de ejecución de obras. |
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Los horarios de ejecución de las obras, podrán ser acordados con los propietarios de los predios, los cuales deberán quedar consignados en el libro manifold que se dispondrá en cada faena. Los horarios de operación de la faena deben necesariamente, respetar la jornada de trabajo, según contratos, con el resguardo de cumplir estrictamente la normativa laboral.
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Apertura de las ofertas. |
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La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema. La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
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Modificación de Bases. |
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De ser necesario podrán modificarse las presentes Bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
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Aplazamiento del cierre de la Licitación. |
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En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse su cierre por 5 días corridos desde la fecha de cierre original.
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Comisión Evaluadora. |
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Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por la Jefa del Departamento Finanzas y Administración o a quien designe, Jefa Provincial San Felipe – Los Andes, Jefe (a) de Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos y como Ministro de Fe y asesor de la comisión, el Jefe (a) de la Unidad de Jurídica o a quién designe. La comisión, luego de su evaluación, emitirá un informe con el análisis de las ofertas evaluadas y su proposición para el Director Regional de CONAF.
Los integrantes de la comisión realizarán una declaración jurada sobre su ausencia de conflictos de interés en el proceso licitatorio; esto en virtud del Art. 37 del reglamento de la Ley 19.886 y el Art.62, N°6 dela Ley 18.575.
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Adjudicación. |
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Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas en los términos descritos en las presentes bases y que cuente con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado. En el caso de que la mejor evaluación la obtenga un oferente sin lo solicitado, se procederá a adjudicar al que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
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Plazo de Adjudicación. |
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Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse ésta, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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Cláusula de Readjudicación. |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En este caso, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
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Cláusula de confidencialidad. |
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El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer publica cualquier información obtenida y/o entregada.
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Orden de Compra. |
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Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva orden de compra, la que deberá ser aceptada por el proveedor en un plazo de 2 días hábiles. En caso de no aceptar la orden compra en el plazo antes indicado, CONAF podrá solicitar su cancelación, entendiéndose definitivamente cancelada una vez transcurridas 24 horas de dicha solicitud, según lo establecido en el artículo 63 del Reglamento de Compras Públicas.
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Suscripción del contrato. |
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El adjudicatario deberá suscribir el contrato escriturado correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF, la relación contractual será regulada por el contrato, la orden de compra, las presentes bases, la oferta y anexos firmados por el oferente, en un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados desde la aceptación de la orden de compra.
En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 3 días hábiles, contados desde la adjudicación.
Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la aceptación de la orden de compra, la documentación necesaria para la confección de éste. Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl:
1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
2) Constancia de la inscripción del extracto y publicación en el diario oficial.
3) Certificado de vigencia de la sociedad.
4) Documento que acredite personería y facultades del o los representantes legales con vigencia.
La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.
Las presentes bases de licitación, sus anexos y la oferta de adjudicado, formarán parte integrante del contrato a suscribir.
El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser cedido ni transferido a un tercero bajo ningún título.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato asegurará el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en él, las bases y sus anexos y, en especial, de las obligaciones que se indican a continuación:
1) Ejecutar las actividades indicadas en el contrato, de acuerdo a los estándares de las actividades indicados en las en las bases y oferta técnica adjudicada.
2) Responder por daños y perjuicios que se ocasionen a bienes y/o inversiones existentes en los predios.
3) Incumplir por parte del contratista el pago de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.
4) Cumplir con la totalidad de lo señalado en las respectivas bases de licitación y en la oferta del proveedor. Especialmente lo indicado en el punto 4.3, Condiciones de empleo (Anexo 8), debiendo ser acreditado con los contratos de los trabajadores una vez iniciadas las faenas.
El incumplimiento de éstas y otras obligaciones establecidas en el contrato, hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía indicada, pena que corresponde a la evaluación anticipada de los perjuicios producidos, sin necesidad de ningún otro trámite judicial ni extrajudicial. No obstante, de que se haya hecho efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y se decida por parte de CONAF, continuar con el mismo proveedor del servicio, éste deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento en los mismos términos iniciales establecidos en las bases.
Toda controversia, divergencia o dificultad que se suscite entre el proveedor y CONAF, respecto del cumplimiento, incumplimiento, interpretación, validez, nulidad o cualquiera otra cuestión o consecuencia relacionada, tanto respecto de alguna cláusula del contrato o de las bases referidas, que no pueda ser resuelta directamente por las partes, quedará sometida a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia de la comuna y ciudad de Viña del Mar.
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1. Unión temporal de proveedores. |
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En este proceso de Licitación Pública podrán participar “Uniones Temporales de Proveedores”, siempre que estas ofertas den pleno cumplimiento a las regulaciones contempladas en el Reglamento de la Ley 19.886, específicamente en su Artículo 67 bis.
El principal objetivo de esta figura de asociación de proveedores consiste en impulsar tanto las actividades de las micro y pequeñas empresas, especialmente tratándose de aquellas pertenecientes a las regiones.
Mediante la Unión temporal dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con empresas de mayor tamaño con las siguientes disposiciones reglamentarias, según lo indicado en la directiva de contratación pública N°22.
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Para efectos de la presente Licitación Pública y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Independiente de la unión temporal, la entidad exigirá que cada proveedor deberá encontrarse inscrito y en estado “hábil” en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, representado por la orden de compra, incluyendo la renovación que se contemple.
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1.1. Término anticipado del contrato UTP: |
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En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
2) Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
3) De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitir los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
4) Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
5) Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
6) Disolución de la UTP.
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1.2. Modalidad de Pago del Contrato UTP: |
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En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
Facturación:
La factura debe ser emitida electrónicamente según la normativa vigente del Servicio de Impuestos Internos (SII).
La factura deberá indicar el ID de la orden de compra, en Campo Folio de la referencia de la factura (801 Formato SII).
La factura debe ser publicada dentro de las 72 horas desde su emisión al correo electrónico windte_dte@custodium.com.
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Procedimiento de aplicación en caso de incumplimientos del contrato. |
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1.- En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF enviará una carta certificada a la dirección indicada en el contrato, comunicando la intención de poner término anticipado al contrato.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 5 días hábiles, desde el envío de la carta certificada, señalado precedentemente, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla de correo electrónico: oficina.partes.valparaiso@conaf.cl, con copia a la administradora del contrato, a la casilla de correo electrónico: denisse.nunez@conaf.cl.
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, efectuados o no, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
4.- Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
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Término anticipado del contrato. |
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CONAF podrá poner término anticipado al contrato, por las causales que se indica a continuación, las que no son de carácter taxativo:
1. Cualquier incumplimiento a las obligaciones establecidas en las respectivas bases de licitación y al respectivo contrato, facultará a CONAF para dar término anticipado al contrato, mediante carta certificada enviada al domicilio del proveedor, indicado en la oferta, con 5 días hábiles de anticipación.
2. El contrato puede terminar por mutuo acuerdo de las partes involucradas.
3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.
4. En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.
5. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
6. Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, daños a la propiedad de los predios afectos a la licitación o de funcionarios de estos.
7. Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del contrato.
8. El haberse cursado más de dos multas.
Cualquiera de estas causales hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a excepción de los números 2 y 4.
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Prórroga de contrato. |
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El contrato podrá ser prorrogado por caso fortuito o de fuerza mayor o razones fundadas, situación que deberá ser evaluada por CONAF. Asimismo, ésta se regirá de acuerdo a los demás términos establecidos en el contrato original, sin que ello se traduzca en un aumento de los montos adjudicados. De producirse esta prórroga, el adjudicatario deberá reemplazar las garantías de fiel cumplimiento de contrato, ampliando su vigencia por el plazo que contemple la prórroga, a menos que se trate de documentos sin fecha de vencimiento estipulado, caso en el cual, no será necesario su reemplazo y se mantendrá en custodia por CONAF hasta el plazo señalado en las bases de licitación.
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Finiquito del contrato. |
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Se procederá a elaborar el finiquito del contrato, previo informe técnico de recepción conforme del Departamento de Bosques y Cambio Climático y Jefa Oficina Provincial San Felipe - Los Andes. Una vez suscrito el finiquito por las partes, CONAF procederá a restituir al adjudicatario la garantía de fiel cumplimiento de contrato en un plazo de 90 días corridos, contados desde el término del contrato.
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Sanciones y multas. |
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Serán consideradas como infracciones al contrato, y podrán ser sancionadas con multas y/o en la forma que en cada caso se indica, las siguientes situaciones o incumplimientos:
1. Atrasos en el inicio de faenas o rendimientos comprometidos, según lo comprometido en el Plan de Trabajo, salvo modificaciones acordadas con CONAF. Multa 1 UF/día.
2. Causar daño o perjuicio de carácter menor según calificación de CONAF, en los recursos naturales, bienes e inversiones existentes en los predios. Multa: El valor de reposición o reparación del daño determinado por el propietario del predio y/o CONAF.
3. Provocar amago o principio de incendio forestal. 25 UF, sin perjuicio de acciones legales que lleve a cabo CONAF.
4. Generar impactos ambientales o Incumplimientos identificados, a través de registros de terreno de los supervisores de faena de CONAF, en las siguientes situaciones:
I. Incumplimiento de prescripciones manejo de los residuos de cualquier naturaleza generados durante las faenas y de sustancias peligrosas, especialmente aquellos a los referidos en estas bases. 1 UF/día según se mantenga la situación detectada.
II. Incumplimiento de las prescripciones técnicas que se deben aplicar en la ejecución de la faena. 1UF/por cada situación detectada.
III. Incumplimiento del estándar técnico comprometido en las bases de licitación y oferta presentada. 2 UF/por cada día de situación detectada.
IV. Manejo inadecuado de sustancias peligrosas. 2 UF/día, mientras se mantenga la situación detectada.
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Procedimiento de aplicación de las multas. |
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En caso de que el adjudicatario incurra en uno o más incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF comunicará esta situación, quedando registrado en el Libro Manifold de faena, con el título: “Amonestación o Multa”, por parte del Supervisor de CONAF, dirigido al supervisor de terreno por parte de la empresa adjudicada, estando este obligado a recibir dicho documento.
La aplicación de las multa, será informada a través de correo electrónico indicado en la oferta. El proveedor, tendrá un plazo de 48 horas, desde la recepción del correo, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla de correo electrónico: oficina.partes.valparaiso@conaf.cl con copia a denisse.nunez@conaf.cl y carolina.calderon@conaf.cl. Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, con o sin éstos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880. Si procediere la aplicación de la multa, esta será descontada de la facturación del mes respectivo.
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Forma de Pago. |
El pago del servicio se efectuará siempre contra estados de avance recibidos conforme por parte de CONAF, de acuerdo con el siguiente plan de avance, salvo que el proveedor adjudicado desee recibir, sólo un pago por el 100% de la superficie recibida conforme.
Una vez enviada la orden de compra respectiva, el pago de la compra se efectuará contra la recepción conforme por parte de CONAF de la totalidad o parcialidad de obras contratadas, según el programa de trabajo indicado en las bases, el que deberá llevar el visto bueno del administrador del contrato, y se solicitará la factura electrónica al adjudicatario, sólo por las obras y metros lineales efectivamente realizados, que cumplan con las prescripciones técnicas de las presentes bases, procediéndose a la aceptación de la factura electrónica por parte de CONAF, sólo si coincide con lo informado que se ha recibido en conformidad.
Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona natural o jurídica que fue adjudicado. Si así no fuere la facturación será rechazada.
La factura será aceptada por CONAF previo envío de parte del contratista del F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo). De no presentar la documentación señalada precedentemente la factura será rechazada.
El pago se informará en el Sistema de Pago Centralizado de la Tesorería General de la República www.tgr.cl, dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de los siguientes requisitos:
• Aceptación de la Orden de Compra en el Portal www.mercadopublico.cl.
• Recepción conforme de la factura.
• Factura devengada en la plataforma dtedipres (https://dte.dipres.gob.cl/).
• La factura debe ser emitida en moneda nacional (pesos chilenos), a través del sistema electrónico del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• La factura deberá indicar el ID de la orden de compra, en el campo Folio de la Referencia, y se deberá publicar el archivo de intercambio dentro de 24 horas.
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Hito de Pago
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Monto
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Requerimiento para ejecución del pago
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Primer Pago
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50% del monto total
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- 100% de obras ejecutadas y recepcionadas conforme por CONAF en Predio Parque el Huaso de Sahondé.
- 100% de ejecución de las siguientes obras: Surcos en medialuna, Bancales y Muretes de piedra. Obras correspondientes al predio Serranía Rinconada de Silva. Ejecutadas y recepcionadas conforme por CONAF.
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Segundo Pago
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50% del monto total
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- Término de la faena de construcción de OCAS ejecutada y recepcionada conforme por CONAF.
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Total
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100 % del monto adjudicado
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Obligaciones generales del adjudicatario. |
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1. El adjudicatario responderá por sus hechos y omisiones, por los de sus trabajadores. Asimismo, el adjudicatario asumirá la señalada responsabilidad respecto de todas aquellas personas que ingresen al predio por cuenta de aquél, bajo cualquier título.
2. El adjudicatario deberá realizar las instalaciones de campamento o pernoctación que requiera para sus trabajadores, a su entero costo.
3. El adjudicatario deberá identificar ante CONAF a su representante en terreno, quien debe tener capacidad de resolución y decisión para planificar, programar e informar previa y oportunamente a CONAF, toda clase de novedades que afecten el proceso.
4. Será obligación del adjudicatario disponer de un supervisor general de la faena de contratación directa de la Empresa, que actúe como un representante con permanencia diaria en las faenas que se ejecuten con motivo de la presente licitación, a fin de que CONAF, a través de sus funcionarios pueda entenderse, solucionar problemas que se presenten y notificar al adjudicatario de incumplimientos y no conformidades. El adjudicatario deberá identificar ante CONAF a su representante en terreno, quien debe tener capacidad de resolución y decisión para planificar, programar e informar previa y oportunamente a CONAF, toda clase de novedades que afecten el proceso.
5. En el caso que el adjudicatario contrate los servicios de terceros para la ejecución de las faenas, las obligaciones estipuladas en las presentes bases serán de cumplimiento obligatorio para ellos, lo que no exime de las obligaciones contractuales al adjudicatario. CONAF no contraerá ningún vínculo laboral con los trabajadores que participen en las faenas. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF solicitará al adjudicatario copia de las planillas de pago de las cotizaciones y comprobantes de remuneraciones mensuales que acrediten que éstas se encuentran debidamente pagadas. Así también, podrá solicitar el Libro de Asistencia en la faena.
6. Ante cualquier problema que se suscite con terceros, se deja expresamente establecido que la relación contractual es entre CONAF y el adjudicatario.
7. La vigilancia de las instalaciones que realice el adjudicatario, así como de los bienes y productos que permanezcan en el lugar de la faena, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. En su caso, la nómina del personal de vigilancia debe ser informada oportunamente al propietario del predio y a CONAF
8. En el caso de existir cercos u otra clase de infraestructura y si éstos resultan dañados como consecuencia de las faenas, éstos deberán ser reparados por el adjudicatario.
9. El adjudicatario deberá cumplir con el procedimiento de seguridad y medioambiente que establece las obligaciones y responsabilidades, que en estas materias debe cumplir toda empresa que provee un servicio y que se encuentran señaladas en el Manual de Implementación de Procedimientos de Seguridad y Medioambiente de Empresas Colaboradoras, documento que será entregado formalmente al adjudicatario al momento de la suscripción del contrato y que será exigible además a todo su personal.
10. Al término de la faena, el adjudicatario deberá entregar el área usada con sus instalaciones libres de todo residuo sólido o líquido que pueda generar un impacto ambiental y entregar el sector en las mismas condiciones en que lo recibió al inicio del contrato.
11. El adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones que emanen del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.
12. Todo cambio de personal debe ser informado previamente y autorizado por escrito por CONAF.
13. El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones que impone la Ley 16.744 sobre el Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales, sus Decretos y Reglamentos, además de las Disposiciones Legales vigentes en materia de las actividades a realizar.
14. El adjudicatario velará por la correcta ejecución de los trabajos, de tal forma que se ejecuten sin accidentes, impactos y/o daños a la salud de las personas y al medioambiente.
15. No se permitirá el consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, ni sustancias sicotrópicas, ni cualquier otro tipo de droga, así como tampoco, trabajadores del adjudicatario en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas al interior del predio.
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Trabajadores dependientes del adjudicado. |
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Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio, serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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Otras disposiciones. |
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Ley Subcontratación: El proveedor adjudicado podrá subcontratar la faena, y para los efectos deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena. Para ilustración del oferente, se señalan a continuación los documentos que deberá exhibir el contratista en régimen de subcontratación, los que podrán ser revisados por CONAF durante la vigencia del contrato.
Se debe dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 21.389, sobre Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. CONAF supervisará dicho cumplimiento al inicio y/o durante la ejecución del contrato.
El proveedor deberá obligatoriamente, al momento de la entrega del terreno y/o suscripción del contrato exhibir los siguientes documentos:
1. Listado del personal que va a realizar el trabajo.
2. Comprobante de No deuda de alimentos, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
3. Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
4. Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
5. Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
6. Matriz de Evaluación de riesgos de la faena a realizar.
7. Reglamento interno de orden y Seguridad.
8. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).
9. Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
10. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
11. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
12. Seguro Obligatorio Covid-19, del trabajador (según las disposiciones de las autoridades sanitarias y laborales vigentes, al período de ejecución del servicio, si las hubiere).
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley 20.123.
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Metodología de desempate. |
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En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, el desempate se efectuará aplicando los criterios de evaluación, en un orden: Plazo de ejecución; Experiencia; Remuneraciones; Oferta económica; Requisitos formales. En caso de persistir el empate, será la primera oferta ingresada en el sistema www.mercadopublico.cl la que se adjudique la licitación.
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Medidas de protección COVID-19. |
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En consideración a la pandemia que actualmente se encuentra en nuestro país, COVID-19, el oferente deberá velar por el estricto cumplimiento de todas las medidas de seguridad y sanidad determinadas por el Ministerio de Salud (MINSAL) durante la ejecución de faenas, mientras se encuentren vigentes.
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