Licitación ID: 2324-169-LE25
Equipamiento electrónico y de amplificación
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 127
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Consolas de mezcla de sonidos 1 Unidad
Cod: 45111704
Mesa de sonido: Consola UI24R. Soudcraft o de similar características a la marca referida  

2
Sistemas de cremallera para equipo electrónico montado en bastidor 1 Unidad
Cod: 24102001
Un protector de mesa : Rack 4U Corto VLP-r4US  

3
Parlantes 2 Unidad
Cod: 52161512
Parlantes: Sistema Array RCF Evox j8, o de similar características a la marca referida.  

4
Tecnología audiovisual 1 Unidad
Cod: 86141702
Micrófono inalámbrico: Shure sistema inalámbrico de mano con SM58 / BLX24 / SM58-M15, o de similar características a la marca referida.  

5
Tecnología audiovisual 1 Unidad
Cod: 86141702
Set de micrófonos para batería AKG Drum Set Session 1, o de similar características a la marca referida.  

6
Tecnología audiovisual 4 Unidad
Cod: 86141702
Micrófonos Shure SM 58LC, o de similar características a la marca referida.  

7
Tecnología audiovisual 4 Unidad
Cod: 86141702
Micrófonos Shure SM 57LC, o de similar características a la marca referida.  

8
Tecnología audiovisual 6 Unidad
Cod: 86141702
Cajas directas Beringer pasiva D16ooP, o de similar características a la marca referida.  

9
Tecnología audiovisual 24 Unidad
Cod: 86141702
Cables XLR: Cable micrófono Kirlin MPC-282pn-10M-BK XLR a PLUG 10 metros, o de similar características a la marca referida.  

10
Cable de telecomunicaciones 5 Unidad
Cod: 26121616
Cables Jack: Santo Angelo cable de guitarra OFC Samurai 6.1 metros plug., o de similar características a la marca referida.  

11
Tecnología audiovisual 10 Unidad
Cod: 86141702
Alargadores de 3 metros múltiples 6 tomas 2P + t 10a Bticino, o de similar características a la marca referida.  

12
Tecnología audiovisual 8 Unidad
Cod: 86141702
Carrete alargador Halux 4 tomas, 12 metros negro, o de similar características a la marca referida.  

13
Tecnología audiovisual 2 Unidad
Cod: 86141702
Pack micrófono estudio audiotechnica AT-2020 PK, o de similar características a la marca referida.  

14
Tecnología audiovisual 2 Unidad
Cod: 86141702
Audífonos de Monitoreo: audiotechnica ATH-M20X, o de similar características a la marca referida.  

15
Computadores portátiles tipo Tablet PC 1 Unidad
Cod: 43211509
Tablet de manejo amplificación silver o negro con carcasa: Apple iPad A16 Wi-Fi 256 gb, o de similar características a la marca referida.  

16
Lápiz óptico de presión 1 Unidad
Cod: 43211709
Pencil USB-C, Apple o de similar características a la marca referida.  

17
Teléfonos celulares 1 Unidad
Cod: 43191501
Celular: Iphone 16 pro Max 512 GB, o de similar características a la marca referida.  

18
Cable-vías 1 Unidad
Cod: 31151704
Cargador de batería DJI Mini3 Pro, o de similar características a la marca referida.  

19
Cable para señales 4 Unidad
Cod: 26121604
Cable HDMI 3 Metros 2.0  

20
Cargadores de baterías 1 Unidad
Cod: 26111704
Cargador portátil Mag Safe Battery Pack Iphinode, o de similar características a la marca referida.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Equipamiento electrónico y de amplificación
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Adquirir equipamiento electrónico y un sistema de amplificación de sonido que permita garantizar la correcta transmisión, cobertura y calidad auditiva en las actividades y servicios ofrecidos, mejorando la experiencia de los asistentes y fortaleciendo la capacidad de realizar eventos turísticos, culturales y comunitarios de manera profesional, responsable y segura.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Departamento de Licitaciones y gestión de Abastecimiento
R.U.T.:
69.220.100-0
Dirección:
Depto de Contabilidad- San Felipe 80 Municipalidad
Comuna:
Puerto Montt
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-11-2025 16:17:00
Fecha de Publicación: 21-11-2025 15:51:16
Fecha inicio de preguntas: 21-11-2025 16:18:00
Fecha final de preguntas: 24-11-2025 16:17:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-11-2025 16:17:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-11-2025 16:18:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-11-2025 16:18:00
Fecha de Adjudicación: 23-12-2025 17:12:25
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo 1. Identificación del oferente
Documentos Técnicos
1.- Anexo 4. Propuesta Técnica
 
Documentos Económicos
1.- Anexo 5. Propuesta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Valor propuesta Económica Puntaje O.E = ((Menor valor económico ofertado) x 35) / (Oferta evaluada)) 35%
2 Certificación ISO - Cuantos productos cuentan con certificación ISO. Demostrable con certificación adjunta(N es la cantidad demostrada). - Cuantos productos no pueden o no demuestran certificación ISO. (N* es la cantidad demostrada). FORMULA DE CÁLCULO: Puntaje i = (N - N*) x 0,625 El puntaje negativo se restará al total. 12%
3 Servicios técnicos en la comuna de Puerto Montt - Cuantos productos mantienen servicios técnicos autorizados por la marca en la comuna de Puerto Montt. Demostrable con certificación (patente y dirección de referencia). N es la cantidad demostrada. - Cuantos productos no mantienen servicios técnicos en la comuna de Puerto Montt. N* es la cantidad demostrada. FÓRMULA DE CÁLCULO: Puntaje i"=(N - N*) x 0,625 El puntaje negativo se restará al total. 12%
4 Plazo de entrega Para determinar el mayor puntaje por plazo de entrega, y el asignado a las restantes propuestas se establece la evaluación, según la siguiente fórmula: Puntaje plazo de entrega = ((Menor plazo de entrega ofertado) x 20) / (Oferta evaluada) 20%
5 Cumplimiento de requisitos formales Proponentes en la apertura, presenten toda y correctamente la documentación exigida, obtiene 100 puntos. Si oferente no entrega correcta y oportunamente los documentos exigidos, presentando posteriormente, obtiene 10 puntos. Si el oferente no entrega correcta y oportunamente los documentos, obtiene 0 puntos. FÓRMULA: Puntaje = (Puntaje obtenido) x 4% 4%
6 Decimales ponderados Del cálculo de los criterios por Certificación ISO y Servicios Técnicos en la comuna de Puerto Montt, se asignan un 0,5 puntos al total. Quedando cada criterio ponderado en 12,5 puntos. 1%
7 Programa de integridad Demuestra que posee un programa de integridad, con medio de verificación de la difusión del mismo, obtiene 100 puntos. Declara poseer programa de integridad sin demostrar sociabilización, o no posee programa de integridad, se asigna 0 puntos. FÓRMULA: Puntaje = (Puntaje obtenido) x 1% 1%
8 Plazo de cobertura de la garantía del producto Criterio para determinar el tiempo que el oferente pueda proponer, a través del Anexo N°4, con objeto de que la entidad compradora pueda realizar el reemplazo de equipos con daños por entrega defectuosa, reposición y la mantención técnica, según la siguiente fórmula para calificar puntaje: Puntaje Plazo Garantía = ((Oferta evaluada) x 15) / (Mayor plazo ofertado) 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto Municipal
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El servicio contratado se pagará mediante transferencia electrónica, en un estado de pago y será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la factura, salvo las excepciones indicadas en el artículo 133
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Mónica Vargas
e-mail de responsable de pago: monica.vargas@puertomontt.cl
Nombre de responsable de contrato: Ana Maria Abásolo
e-mail de responsable de contrato: ana.abasolo@puertomontt.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-65-2261311-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra que formaliza la adquisición conforme a lo dispuesto en el artículo 117 del Decreto Supremo N° 661 de 2024, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 modificada por la Ley N° 21.634, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, realizar un nuevo proceso de análisis y adjudicar al oferente que obtenga el puntaje más alto, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Resolución de Empates

En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que cuente con  mayor puntaje obtenido de los criterios de evaluación en el siguiente orden, si para ello existe perseverancia en la igualdad.

  1. Factor Precio
  2. Plazo de Entrega
  3. Descentralización y Desarrollo Económico Local
  4. Pacto de Integridad
  5. Requisitos formales

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico licitaciones@puertomontt.cl.

La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas. 

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente este Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de la Licitación y demás documentos integrantes del proceso. Especialmente, el oferente acepta el proporcionar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación Pública, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  • El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos, los consagrados en la Constitución Política de la República (CPR) en su artículo 19° números, 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad con el artículo 485° del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a generar efectos adversos a los derechos humanos mediante el ejercicio de sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
  • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público, en relación con su oferta, y que tenga vinculación en el proceso de la presente Licitación Pública, ni con la ejecución de la o las contrataciones que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio público, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución total de la o las contrataciones que de ello se deriven.
  • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos, o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus formas.
  • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio público, tomando todas las medidas que  sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio público.
  • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  • El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio público es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, asegurando la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidad propuestas.
  • El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados; dependientes; asesores; agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación Pública, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
  • Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y, en consecuencia, no cumple con las Bases de la presente Licitación, que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora siendo, además de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proponente que haya incurrido en dicha falta

Cauciones Omitidas
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: Tratándose de una Licitación Pública superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM, el Artículo 52 del del Decreto Supremo número 661 de 2024 que aprueba el Reglamento de la Ley número 19.886, no obliga a la entidad licitante a recurrir de una caución adicional, cuando las Bases produzcan un resguardo para reponer, reemplazar o asistir técnicamente los productos que sean adquiridos. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Tratándose de una Licitación Pública superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM, el Artículo 11 de la Ley número 19.886 establece que, la entidad licitante podrá fundadamente requerir la presentación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en virtud del riesgo involucrado en la contratación. Considerando lo anterior, y en vista a que la contratación responda con la disposiciones establecidas en las Bases, no se requerirá de este tipo de caución, ya que los formularios a presentar por el oferente, le permiten declarar y con ello asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos, de manera de prevenir la recepción de artículos no acordes en los términos técnicos de referencia y así provisionar la reposición, el reemplazo y asistencia técnica para el uso eficiente de los productos adquiridos.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.  Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo mínimo 24 horas y en el caso de solicitar incorporar antecedentes que requieren ser obtenidos de instituciones sin atención durante días festivos o fin de semana, se otorgará un plazo  fatal de 3 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.

La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

Inadmisibilidad de las ofertas y declaración desierta de la licitación
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes. De acuerdo con la presente bases se considera como causal para declarar inadmisible una oferta las siguientes condiciones: 1 Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad. 2 En caso de que no se ingresen en el sistema de información de mercado público los anexos técnicos y económicos, es decir el Anexo N° 4 y N°5, respectivamente. 3 En caso de que la “Oferta económica”, no se presente debidamente, en conformidad con el ítemizado.
Subsanación de errores u omisiones formales
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio, respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Consultas y aclaraciones
1. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el artículo N° 4, “Instrucciones para Presentación de Ofertas”, de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 115 del Decreto 661 del Reglamento de la Ley de Compras. 2. La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 56 del Decreto 661, según reglamento de la ley 19.886 y en las presentes bases. 3. Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.
Adjudicación
Esta licitación será adjudicada de manera global, por el monto total ofertado, indicado en el sistema de información de mercado público y en el Anexo N°5 Se propondrá al señor Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt adjudicar al oferente que obtenga el primer lugar en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases. Esta licitación pública se adjudicará, a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. En el análisis de las ofertas se podrá, según se requiera, aumentar o disminuir las cantidades solicitadas hasta en un 30%, del valor inicial, conforme a valores previamente indicados en la propuesta del oferente y a solicitud de Unidad Técnica.
Formalización del contrato
De conformidad con lo establecido en el artículo 117 del Decreto Supremo N° 661 de 2024, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 (modificada por la Ley N° 21.634), el contrato se considerará formalizado mediante la emisión de la orden de compra por parte de la entidad licitante y su aceptación por parte del proveedor adjudicatario, a través del sistema de información de compras públicas. La orden de compra generará plenos efectos jurídicos como un contrato administrativo de suministro, tomando como referencias del acuerdo; los requisitos establecidos en las bases administrativas, los elementos que constituyen la descripción de los términos técnicos de referencias y solicitud o formulario de pedido, por una parte, y por el otro lado las propuestas técnicas como económicas que formule el proveedor adjudicatario. En consecuencia y complementando con lo anteriormente señalado, los siguientes documentos formarán parte integrante del contrato, para todos los efectos legales y administrativos: • Las Bases Administrativas y sus anexos. • Las Especificaciones Técnicas. • Las aclaraciones, respuestas a preguntas emitidas durante el proceso de licitación. • La oferta presentada por el proveedor adjudicatario incluyendo todos sus antecedentes técnicos y económicos. • Cualquier otro documento que haya sido expresamente incorporado en la licitación y aceptado por la entidad licitante. En caso de discrepancia entre los documentos, prevalecerán como fuente de referencia de la información, el siguiente orden de prelación: 1. Las bases administrativas y sus anexos. 2. Especificaciones técnicas. 3. Las aclaraciones y respuestas emitidas por la entidad. 4. La oferta del proveedor adjudicatario. El proveedor adjudicatario deberá aceptar la Orden de Compra dentro del plazo máximo de 24 horas desde su emisión. Si el adjudicatario no aceptara la Orden de Compra en un plazo de 24 horas desde la fecha de emisión de esta, el municipio podrá unilateralmente Cancelar la Orden de Compra.
Modificación del contrato
Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, debiendo contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria.
Supervisión del contrato
La supervisión general de esta licitación estará a cargo de la Dirección de Turismo, a través de su Departamento de Cultura, quien para todos los efectos será la unidad técnica, debiendo fiscalizar que la compra o contratación sea realizada conforme a lo estipulado en la presente licitación, sin perjuicio de la supervisión de las facultades generales de fiscalización que corresponden a la Dirección de Control. El Responsables Técnico de la Compra (RTC) será designado mediante acto administrativo (decreto), el cual deberá establecer expresamente sus funciones. Dentro de sus responsabilidades se incluyen, entre otras: • Verificar la efectiva entrega de los bienes adquiridos, emitiendo la correspondiente recepción conforme cuando proceda, lo cual será requisito obligatorio para la emisión de la factura por parte del proveedor. • Informar a las unidades pertinentes sobre la recepción conforme o el rechazo de los bienes. • Registrar en el portal del Estado (ChileCompra o sistema correspondiente) la recepción conforme de la factura. • Realizar los actos administrativos correspondientes frente a la existencia de incumplimientos, multas o cualquier otra situación que afecte la normal ejecución del contrato. • Dar respuesta oportuna a las comunicaciones del proveedor relacionadas con la intención de realizar cesión de facturas o procesos de factoring, velando por que no existan obligaciones contractuales pendientes.
Multas
En caso de incumplimiento se contempla la aplicación de la siguiente multa por ATRASO DIARIO sin justificación en la entrega completa de los bienes adquiridos. 2 % del Valor Neto Contratado de acuerdo con la Orden de Compra.
Procedimiento para la aplicación de multas
De conformidad con lo establecido en los artículos 136, 137, 138, 139 y 140 del Decreto Supremo N°661 de 2024, que aprueba el Reglamento de la Ley N°21.634 sobre Compras Públicas, la aplicación de multas por incumplimientos contractuales se regirá por el siguiente procedimiento: a) Límite de Multas Las multas aplicadas no podrán exceder, en su totalidad, los 10 días hábiles correspondientes al veinte por ciento (20%) del valor neto total del contrato u orden de compra. En caso de superarse dicho límite, se configurará causal de término anticipado del contrato, lo que faculta a la Entidad para solicitar la cancelación de la orden de compra respectiva. b) Comunicación de la Multa La Unidad Técnica, mediante Informe del Responsable Técnico de la Compra, comunicará al proveedor adjudicatario la infracción y el monto de la multa respectiva. La notificación se efectuará mediante correo electrónico registrado en Anexo N°1. c) Descargos o Apelación de la Multa El proveedor dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación, para presentar sus descargos o apelar, mediante carta enviada por correo electrónico, en la cual podrá exponer los antecedentes de hecho o de derecho que lo eximan o atenúen la infracción, o bien, que nieguen la ocurrencia de los hechos. d) Causales de condonación o rebaja de multas La condonación total o parcial de las multas será de exclusiva facultad del Alcalde, en los siguientes casos: • Caso fortuito o fuerza mayor, conforme a lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, entendiendo por tales, aquellos sucesos imprevistos e irresistibles que imposibilitan el cumplimiento de las obligaciones. Ejemplo: Desastres naturales (inundaciones, terremotos) que impidan la entrega en plazo. Ejemplo: Huelga legal o paro generalizado que impida el transporte de los bienes. • Hechos no atribuibles al proveedor, debidamente acreditados, que imposibiliten o retrasen la ejecución del servicio. Ejemplo: Bodega Municipal se encuentre cerrada en horario establecido en especificaciones técnicas. Ejemplo: Fallas en la red de suministro eléctrico que afecten la producción del bien. Para ambas situaciones, el proveedor deberá adjuntar los respaldos respectivos. e) Revisión y Resolución de la Apelación La Unidad Técnica revisará los descargos presentados por el proveedor adjudicatario y emitirá un pronunciamiento mediante resolución fundada dictada por Decreto Alcaldicio, la cual deberá pronunciarse expresamente sobre los antecedentes expuestos. Esta resolución será notificada electrónicamente al proveedor. El proveedor podrá interponer los recursos administrativos establecidos en la Ley N°19.880, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación de la resolución, lo anterior, en caso de que este estime que las medidas adoptadas por la Unidad Técnica no se ajustan a las circunstancias del incumplimiento, permitiéndose solicitar de manera expresa la condonación total o parcial de las multas, o bien su rebaja, mediante apelación dirigida al Alcalde, presentada dentro del plazo señalado en la respectiva notificación, conforme a lo dispuesto en la Ley N°19.880 sobre Procedimiento Administrativo. Deberá copiar a la Unidad Técnica, dado que en este caso no se podrá recepcionar conforme hasta tener la resolución final. En todos los casos, ya sea que se apliquen, condonen o rebajen multas, la decisión deberá formalizarse mediante el correspondiente acto administrativo, esto es, una resolución fundada dictada por Decreto Alcaldicio, en la que se dejen consignados los antecedentes de hecho y de derecho que justifican la determinación adoptada. f) Ejecución y Cobro de Multas El monto de las multas será rebajado directamente de los estados de pago que la entidad deba efectuar al proveedor adjudicatario. En caso de que existan pagos pendientes adeudados por la municipalidad al proveedor, no podrá procederse al cobro de las multas hasta que dichas obligaciones sean regularizadas. Alternativamente, en caso que el proveedor ceda la factura a un factoring, podrá pagar el monto de la multa directamente en Tesorería Municipal, debiendo entregar los respectivos comprobantes a la unidad técnica en conjunto con la emisión de la factura. g) Indemnización de Perjuicios La aplicación de multas no excluye la facultad del municipio de Puerto Montt para demandar judicialmente la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento contractual, en caso de que las multas no cubran los perjuicios efectivamente causados.
Término anticipado de contrato
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicatario, siempre que sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 2. Si el proveedor adjudicatario se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 4. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 5. Si se disuelve la sociedad o empresa adjudicada. 6. En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega de los productos y servicios asociados supere los 10 días hábiles. 7. En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 20 % del valor total Neto contratado o es su defecto el plazo de entrega exceda los 10 días hábiles. 8. En el caso que el proveedor adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias: 8.1 Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. 8.2 De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 8.3 Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. 8.4 Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato. 8.5 Disolución de la UTP. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el proveedor adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Resciliación o término de mutuo acuerdo Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo proveedor adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.
Factoring
El proveedor adjudicatario sólo podrá facturar los servicios y/o productos efectivamente entregados y recibidos conforme por el Responsable Técnico de la Compra, una vez que éste autorice la facturación en virtud de la recepción conforme. El responsable técnico de la compra (RTC) rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas, sin contar con la recepción conforme de los servicios y/o productos y la autorización expresa de facturar por parte del Responsable Técnico de la Compra RTC, quien tendrá un plazo de 4 días hábiles para revisar los antecedentes. Dado el cumplimiento de la cláusula anterior, la factura aceptada y con recepción conforme por parte del RTC quedará apta para su cesión.
Domicilio de las Partes
Las partes fijarán su domicilio en la ciudad de Puerto Montt, sometiéndose a la jurisdicción a los tribunales de esta comuna para todos los efectos legales.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.