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Resolución de Empates |
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En caso de empate, y con la finalidad de dirimir esta posible situación, se hará uso del puntaje obtenido en el ítem correspondiente a “Oferta Económica”. En caso de mantenerse el empate, se considerará el factor “Plazo de entrega”. Si, aun así, persistiera el empate se dirimirá a favor de aquel que tenga mejor puntaje en el criterio “Experiencia en el Rubro ofertado”. En caso de mantener empate se dirimirá en favor de quien tenga el mejor puntaje en el factor “Requisitos formales”. Finalmente, si aún después de todas estas instancias persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Para consultas acerca de la ADJUDICACION, enviar correo electrónico a mmansillaf@minvu.cl
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Condiciones generales de la presente licitacion |
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Los Antecedentes Administrativos de las presentes Bases de Licitación Pública tanto en los aspectos Administrativos como Técnico, están destinadas a regular la Licitación Pública, mediante la
cual, el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Aysén, en adelante SERVIU, convoca a empresas del rubro, para que presenten ofertas al proceso de Licitación Pública
denominado “CONSTRUCCION CIERRE TERRENO SERVIU REGION DE AYSEN, CALLE FREIRE Y BY-PASS COYHAIQUE ID. 657-40-LE24.
Para los efectos de estas Bases, se entenderá por:
“Oferente”: al proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
“Bases de Licitación”: a los documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante que
describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluye las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
“Adjudicatario”, se entenderá al Oferente respecto del cual le ha sido elegida su oferta, para la suscripción del contrato definitivo.
Podrán participar en esta Licitación Pública Múltiple las personas naturales y jurídicas, que se encuentren inscritos en la plataforma transaccional www.mercadopublico.cl. plataforma transaccional
de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Además, para la contratación, se exigirá que se encuentren registrados y hábiles en Sistema de Proveedores del Estado
www.registroproveedores.cl, en caso contrario deberán acompañar los antecedentes descritos en el numeral 10 (proveedores no inscritos) de las presentes Bases de Licitación. Sin perjuicio de lo
anterior, el o los oferentes deberán cumplir con las condiciones de habilidad para contratar con la Administración del Estado indicadas en el artículo 4º de la Ley 19.886 de Compras Públicas y sus
modificaciones.
La Licitación se regirá por las presentes Bases Administrativas y Técnicas, incluyendo Anexos y Adiciones, en su caso, y por las disposiciones legales y reglamentarias que regulan la materia, las
que son obligatorias para todos los participantes en la licitación y formarán parte integrante del contrato con el adjudicatario.
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Consultas y adiciones |
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Los oferentes podrán efectuar consultas por escrito mediante el Sistema de Información de www.mercadopublico.cl, en el periodo indicado en el punto “ETAPAS Y PLAZOS”, de la presente
Licitación.
Las respuestas a las consultas recibidas estarán disponibles para todos los oferentes dentro del plazo establecido en el punto “ETAPAS Y PLAZOS”, a través del Sistema de Información de
www.mercadopublico.cl.
Las consultas se responderán siempre que se formulen en forma concreta y precisa, que sean pertinentes al desarrollo de la presente Licitación y cuya respuesta no involucre información
confidencial de SERVIU.
El SERVIU podrá introducir modificaciones a las presentes bases mediante acto administrativo fundado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través del
portal y hasta antes del término del plazo para recibir ofertas, informándose de ello a través del mismo portal; estas modificaciones se entenderán formar parte integral de las bases de licitación. De
ser el SERVIU otorgará un nuevo plazo para la presentación de las propuestas, lo que también será informado oportunamente en el sitio www.mercadopublico.cl.
El proceso de licitación se regirá según las fechas y plazos establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de lo cual, frente a alguna aclaración o modificación en caso de que se
requiera de un plazo adicional, se indicará tal circunstancia en el portal, según se ha expresado.
Las consultas, como asimismo las respuestas y aclaraciones deberán realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y dentro de los plazos que en él se señalan.
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Participantes |
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Podrán participar en esta Licitación Pública Múltiple las personas naturales y jurídicas, que se encuentren inscritos en la plataforma transaccional www.mercadopublico.cl. plataforma transaccional
de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Además, para la contratación, se exigirá que se encuentren registrados y hábiles en Sistema de Proveedores del Estado
www.registroproveedores.cl.
Las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras podrán participar en esta licitación celebrando un Pacto de Unión Temporal de Proveedores (UTP), de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 67 bis del Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda. En este caso, ninguno de los integrantes de la UTP podrá registrar alguna de las inhabilidades establecidas en los incisos 1°
y 6° del artículo 4° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
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Inscripcion en registro de proveedores |
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No es de carácter obligatorio que los proponentes se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores del Estado de Mercado Público, al momento de presentar sus ofertas. No obstante, en caso
de resultar adjudicado, deberá acreditar su inscripción dentro de los 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, publicado en el Sistema de Información de
Mercado Público. Si resultare adjudicada la licitación a una Unión Temporal de Proveedores, cada uno de sus integrantes deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo referido
previamente.
Se deja establecido, además, que se exigirá que el adjudicatario se encuentre inscrito y hábil en el Registro de Proveedores del Estado de Mercado Público, durante toda la vigencia de la relación
contractual con el SERVIU.
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Inhabilidades y prohibiciones |
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No podrán participar de este proceso licitatorio los proveedores respecto de los cuales se configure alguna de las inhabilidades o prohibiciones que a continuación se indican.
En relación con las inhabilidades por condena:
Haber sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código
Penal, dentro de los 2 años anteriores a la presentación de la oferta.
Haber sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de
contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 211, de 1973.
Haber sido condenados con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la Ley N°20.393.
Aquellos proveedores cuyos dependientes o asociados, tengan alguna inhabilidad o incompatibilidad establecida en la legislación vigente, que les impida realizar ofertas o ser adjudicatarios de
procesos licitatorios con la Administración del Estado.
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Inhabilidades por conflicto de interés |
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No podrán participar en el proceso de licitación:
Los funcionarios directivos del SERVIU, ni quienes se encuentren unidos a un funcionario directivo de la entidad licitante, por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54, de
la ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Las sociedades de personas de las que formen parte los funcionarios directivos del SERVIU, o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54, de la
Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
La sociedad comandita por acciones o anónimas cerradas en que una o más de las personas indicadas en la letra b) anterior sean accionistas.
Las sociedades anónimas abiertas en que alguna de las personas indicadas en la letra b) precedente sea dueña de acciones que representen el 10% o más del capital.
Los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades anteriores. Para estos efectos, los participantes deberán suscribir la Declaración Jurada de Requisitos para
Ofertar contenida en el Portal de Mercado Público.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en las presentes bases, las causales de inhabilidad para ofertar y para contratar establecidas en la
legislación vigente, afectarán a cada uno de sus integrantes, individualmente considerado, debiendo en consecuencia:
Suscribir cada uno de ellos la Declaración Jurada de Requisitos Para Ofertar, generada por la plataforma de Mercado Público, según se indica a continuación:
- El proveedor que presente la oferta en representación de la Unión Temporal de Proveedores, deberá firmar en línea la Declaración disponible en el portal www.mercadopublico.cl.
- Los demás integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán suscribir la Declaración que se acompaña como Anexo N°6 de estas Bases, debiendo acompañar las respectivas
declaraciones al momento de presentar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl
Cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en caso de resultar adjudicada, deberá presentar los antecedentes que correspondan, para suscribir el contrato.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a un integrante de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá decidir si continuará el respectivo procedimiento de contratación con los restantes
integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
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Antecedentes para Ofertar |
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Para OFERTAR el oferente deberá cumplir con la capacidad económica para la prestación de servicios a los que ofertará.
CONTRATAR y/o ADJUDICAR, será requisito encontrarse en Estado HÁBIL en www.mercadopublico.cl; esto será revisado posterior a la evaluación de ofertas y previo a la Adjudicación
(fecha estipulada en la ficha de Licitación).
En consideración de la Directiva N°2 Chile Compra, de fecha 26.01.2006 respecto de “Uso de Registro electrónico Oficial de Proveedores del estado- Registro de Proveedores” en caso, que el
proveedor que obtenga el mayor puntaje para ser adjudicado se encuentre en estado INHABIL al momento de la adjudicación, se adjudicará al proveedor con el segundo mayor puntaje. Si el
proveedor no se encuentra inscrito en el REGISTROPROVEEDORES deberá inscribirse según lo ya indicado; caso contrario, procederá la adjudicación al siguiente postulante mejor evaluado.
Las ofertas sólo podrán presentarse a través del portal en el plazo señalado en el llamado a licitación efectuado en el Sistema de Información de Compras Públicas portal www.mercadopublico.cl.
Las ofertas podrán ser por una o más líneas de productos, por ser una licitación múltiple, dando la posibilidad de adjudicar a más de un proveedor siempre que sean líneas distintas.
La presentación de la oferta por parte de las empresas significa la aceptación de todas y cada una de las cláusulas indicadas en estas Bases de Licitación.
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Union Temporal de proveedores |
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De acuerdo a la Directiva N°22 (Chile compra) de fecha 01.12.2015” Orientaciones sobre la participación de las uniones temporales de Proveedores en los procesos de compra”; en caso que el
oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá ingresar, digitalizado al Sistema de información de Compras Públicas, en la plataforma www.mercadopublico.cl al momento de realizar su
oferta, el siguiente documento:
Documento público o privado que constituye la Unión Temporal de Proveedores, en el cual se establecerán, como mínimo las siguientes estipulaciones:
Solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante y que nazcan del contrato objeto de la presente licitación.
Nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Se entenderá que el representante o apoderado cuenta con poderes suficientes cuando en el documento de
constitución de la UTP, así como todas aquellas facultades que le permitan la adecuada actuación en calidad de oferente y aquellas facultades relacionadas con la ejecución del contrato.
Vigencia de la UTP, la cual no podrá ser inferior a la vigencia del contrato adjudicado, por lo cual para su determinación el proveedor deberá considerar el tiempo correspondiente a la completa
ejecución del contrato.
En caso de tratarse de una unión temporal de proveedores (UTP), los antecedentes a presentar serán los siguientes:
a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 6, debidamente firmada por el representante legal del proponente.
b) Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores, por escritura en forma obligatoria en caso de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, la cual deberá presentar se al momento de contratar,
sin perjuicio que en el caso de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM deberá observarse la obligatoriedad de adjuntar documento público o privado, en original. En todo caso, se recomienda que los
proveedores de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, suscriba igualmente un documento privado para la constitución de la UTP, con el fin de ser presentado juntamente con la oferta,
con el compromiso de formalizar lo anterior a través de escritura pública, una vez adjudicada la licitación. En ambos casos, el acuerdo deberá contener:
- Identificación de los integrantes.
- Las condiciones de dicha unión temporal de proveedores para efectos de la presentación de la propuesta y la adjudicación.
- La designación de un representante común, que será el encargado de mantener las comunicaciones con el SERVIU durante la realización de la licitación, explicitando el otorgamiento de poderes
suficientes para representar a todos sus integrantes. Se deberá indicar las obligaciones que se le encomiendan al apoderado, como, por ejemplo, presentar los antecedentes, subsanar las solicitudes
de aclaración, concurrir a visitas a terreno, actuar como supervisor del contrato, entregar los bienes, facturar, entregar informes, renovar o modificar garantías, entre otras.
- Pacto expreso de la obligación solidaria respecto del cumplimiento de las exigencias que se señalan en las presentes bases, de los contenidos de su propuesta y de las normas legales pertinentes.
- Se debe tener presente que todos y cada uno de los integrantes de una UTP, serán individualmente responsables respecto de las obligaciones derivadas de la licitación y del respectivo contrato.
Por ello, al momento de la suscripción del instrumento de la UTP no pueden incluirse cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP.
- Se recomienda que quienes suscriben el contrato de constitución de la UTP, regulen la facultad de repetir del integrante de la UTP que haya asumido la responsabilidad en contra del integrante
incumplidor, en casos derivados de su culpa. Sin perjuicio de lo anterior, el SERVIU podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio.
- Deberá constar la inscripción individual de proveedores integrantes de la Unión en Chile Proveedores, al momento de la suscripción del contrato.
- Determinación de su duración, que no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que se adjudiquen, incluida su eventual renovación.
- Se recomienda hacer mención en la constitución de la UTP de la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura (o boleta) y recepcionará el pago; en caso de
omisión en su designación EL Serviu entenderá que el integrante encargado de dicha obligación es quien represente a la UTP.
Los oferentes que integren una UTP y que experimenten una modificación, deberán informarla de inmediato a SERVIU y acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el que deberá
materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su condición.
Quienes conformen una UTP deberán tener presente que, si ésta se disuelve durante la evaluación de la licitación, ésta no podrá ser adjudicada. En caso de verificarse la existencia de alguna
inhabilidad, se declarará la postulación como contraria a las Bases e inadmisible. Si se comprobara falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente, aún después de la
adjudicación, esta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose SERVIU el derecho a poner término al
contrato y/o hacer efectivas las garantías. Se hace presente, que indistintamente la SERVIU podrá efectuar la respectiva denuncia en caso de que amerite que los antecedentes y los hechos que de
ellos deriven, sean constitutivos de delitos.
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Oferta economica |
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el proveedor deberá presentar en el apartado Anexos N° 1 (oferta económica) la siguiente información:
Valor Bruto IVA Incluido.
Expresarse en moneda nacional (pesos chilenos).
Ser único, firme y definitivo (sin enmendaduras, ni rectificaciones)
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Admision de las ofertas |
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Las ofertas ingresadas a través del portal serán objeto de un análisis de admisibilidad.
La declaración de admisibilidad de una oferta implica que ésta ha cumplido con los requisitos administrativos y técnicos indicados en el punto “DE LOS ANEXOS A PRESENTAR” de las Bases
Administrativas, por lo cual será objeto de evaluación.
La declaración de inadmisibilidad se traducirá en la no validación de la oferta, ya sea en el proceso de validación administrativa o técnica a través del portal.
Se podrán considerar inadmisibles las ofertas en la presente Licitación por los siguientes motivos:
-No presentación de la información solicitada en ANEXOS de las presentes Bases de Licitación.
Otras causales de inadmisibilidad:
Asimismo, los siguientes hechos permitirán declarar la inadmisibilidad de una oferta en cualquier etapa del proceso, aun cuando esta haya sido validada técnica y administrativamente:
-Que un proveedor haga ofrecimientos adicionales a los requeridos y que no guarden relación alguna con el proceso;
-En general, por no haber dado cumplimiento a las exigencias establecidas en las Bases.
-Cuando el proveedor por cualquier medio dé a conocer la oferta económica antes de la apertura económica;
-Cuando la información contenida en anexos acompañados a la licitación sea contradictoria con la de la oferta;
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Presentación y apertura de las ofertas |
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Las ofertas técnicas y económicas deberán presentarse sólo a través del portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, en la fecha establecida en el punto “ETAPAS Y PLAZOS”, si no se
presentan por esta vía serán declaradas inadmisibles.
El cierre de la recepción de las Ofertas Técnicas y Económicas en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, se verificará el día indicado en el punto “ETAPAS Y PLAZOS”.
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Modificación de bases |
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El SERVIU Región de Aysén, podrá modificar las Bases de Administrativas, Técnicas y anexos, de la Licitación, hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas, informando de ella través del
portal www.mercadopublico.cl En este caso, los oferentes deberán efectuar las modificaciones que sean necesarias.
En todos los casos será obligación del oferente, revisar periódicamente el proceso de licitación por medio del portal de compras públicas y atender toda modificación solicitada por SERVIU Región
de Aysén. En caso de realizarse modificaciones, el plazo de cierre de la licitación se extenderá en un plazo prudente, para que los oferentes puedan corregir su oferta o en su defecto presentar una
nueva propuesta.
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Vigencia de Ofertas |
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Las ofertas tendrán una vigencia de 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. En el evento de que la adjudicación no se pudiere realizar dentro del plazo
señalado en el calendario de la presente licitación, exponiendo las razones que lo justifican, indicando un nuevo plazo para la adjudicación. Los archivos de todos los formularios se publicarán en
www.mercadopublico.cl.
Si dentro del plazo de vigencia de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación o la re-adjudicación el SERVIU podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su
expiración, una prórroga de estas. Si alguno/s de ellos no lo hiciera, dicha oferta se entenderá desistida.
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Obligaciones que debe cumplir el adjudicatario |
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Los Participantes deberán presentar una declaración de confidencialidad en los términos del Anexo N°7 de las presentes Bases, obligándose a mantener en estricta confidencialidad la información y
documentación que conozcan o a la que tengan acceso con motivo del desarrollo del presente proceso de Licitación, sin que puedan difundirla bajo ningún respecto.
La violación de la obligación de confidencialidad y no difusión será causa de descalificación, sin perjuicio de las acciones legales que resultaren procedentes.
El o los proveedores adjudicatarios de la presente Licitación deberán conocer y respetar lo señalado en la Directiva Chile compra N°31 de fecha 02 de febrero de 2018 denominada “Código de Ética
y buenas prácticas para proveedores del estado en Compras Públicas”.
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De la evaluacion de las ofertas |
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Por tratarse de una Licitación Pública mayor a 100 UTM, se nombrará una Comisión Evaluadora por parte del Serviu Región de Aysen, quienes se encargarán de revisar y declarar la admisibilidad
de las ofertas previo a la evaluación.
Luego de una evaluación técnico-económica de las ofertas, la Comisión Evaluadora, elaborará el INFORME DE EVALUACION, que contendrá un Cuadro Comparativo de ofertas en
concordancia con los criterios de evaluación establecidos, firmado por la Comisión, proponiendo, posteriormente, al Director del SERVIU Región de Aysén, la adjudicación correspondiente Previo
y durante la evaluación de las ofertas, SERVIU Aysén podrá solicitar a los proponentes que salven errores, omisiones y/o entreguen aclaraciones sobre los antecedentes presentados, así como la
complementación de éstos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones o aclaraciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto
es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes de acuerdo a la Directiva N°17 “Instrucciones para realizar contrataciones públicas
Inclusivas y que promuevan la Igualdad de oportunidades en el mercado público” de fecha 08 de Mayo de 2014 (Chile Compra) y Directiva N°28 “Código de ética sobre la Probidad en Compras
públicas” de fecha 09 de mayo de 2019 (Chile compra), y se informe de dicha solicitud al resto de los proponentes a través del Portal de Compras del Estado. El proponente deberá remitir la
respuesta mediante foro inverso www.mercadopúblico.cl en el plazo de 48 horas y condiciones que se indique en la solicitud. Sin que ello sume o cambie el puntaje de evaluación.
La evaluación tendrá un plazo máximo de DOS (2) DIAS hábiles a contar de la fecha de apertura de las ofertas.
Los integrantes de la comisión evaluadora deberán suscribir la DECLARACIÓN JURADA SIMPLE RELATIVA A INTERESES Y CONFIDENCIALIDAD DE LOS MIEMBROS DE LA
COMISIÓN EVALUADORA.
El SERVIU deja establecido que está estrictamente prohibido que los miembros de la Comisión Evaluadora del proceso licitatorio acepten cualquier tipo de solicitud de reunión, audiencias y/o
regalos de parte de terceros sobre procesos licitatorios mientras integren dicha comisión. Todo esto bajo el marco legal de la ley N° 20.730 y su reglamento, contenido en el decreto supremo N° 71
de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y funcionarios de la Administración del
Estado.
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Nulidad del Proceso |
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El Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Aysén se reserva el derecho de declarar nula o desierta la oferta, adjudicar sin someterse a limitaciones de precio y atendiendo sólo los intereses
del Servicio, sin que ello dé derecho a indemnización o resarcimiento alguno.
El SERVIU Región de Aysén notificará la resolución de adjudicación de la licitación pública a través del Portal www.mercadopúblico.cl, la que se entenderá realizada transcurridas 48 horas desde
su publicación en el portal
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Adjudicacion |
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Se adjudicará según plazo establecido en el punto “ETAPAS Y PLAZOS” consignado en las presentes Bases de Licitación.
El director del SERVIU Región de Aysén o quien le subrogue o supla legalmente, adjudicará el servicio licitado al oferente propuesto por la Comisión Evaluadora, mediante Resolución fundada.
Se entenderá por “oferta más conveniente para el Servicio” aquella propuesta que cumple cabalmente con todos los requerimientos técnicos.
Esta resolución será notificada a través del portal www.mercadopublico.cl, donde quedará para el conocimiento del oferente adjudicado, como también, de los demás oferentes que participaron de
esta Licitación y que no fueron seleccionados.
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Readjudicacion |
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Se procederá a re adjudicar la licitación al/a la proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta más conveniente, que haya obtenido el segundo mejor puntaje, de acuerdo con el acta
de evaluación de la propuesta, en el caso de que el oferente inicialmente adjudicado:
-Se desistiera de su oferta.
-No hace entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, dentro del plazo estipulado en las presentes bases de licitación.
-No se encontrare inscrito, en estado hábil en el registro de proveedores del Estado de Mercado Público, a más tardar dentro de 05 días hábiles siguientes a la fecha de notificación del decreto de
adjudicación en el sitio www.mercadopublico.cl
-En caso de que una orden de compra no haya sido aceptada por el oferente adjudicado transcurridas 24 horas contadas desde su notificación en el sistema de informaciones del
www.mercadopublico.cl, de acuerdo a lo que se refiere el inicio primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
-Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la emisión de la orden de compra.
Se re adjudicará al/la oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación. Y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los
intereses del servicio, se estime declarar desierta la presente licitación.
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Revocación |
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El SERVIU se reserva el derecho de revocar el presente proceso de licitación, aun existiendo ofertas. Esta revocación puede ser declarada de forma unilateral por El SERVIU Region de Aysen
mediante acto administrativo fundado que así lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.
No se devolverá la documentación que presenten los oferentes en esta eventualidad ni en ningún otro caso, salvo que la autoridad la autorice expresamente, o bien, en el caso de las garantías de
seriedad de la oferta entregadas por los participantes
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Contrato |
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Una vez adjudicada la Licitación Pública, el contrato se formalizará con la aceptación de la orden de compra de acuerdo con el Artículo 63 de la Ley de Compras. No existiendo contrato la
aceptación de la Orden de Compra lo reemplazará. El adjudicado podrá comenzar a prestar los servicios correspondientes a partir de esa fecha.
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Ampliacion de contrato |
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El contrato deberá permitir su ampliación en el sentido de incorporar, eventualmente en el futuro, una ampliación de la cobertura del servicio. En caso de producirse esta ampliación, se revisarán las
condiciones de este, adecuando los valores correspondientes de común acuerdo.
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Prohibicion de cesion del contrato |
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En conformidad con el artículo 74 del Decreto Supremo 250/2004 del Ministerio de Hacienda Reglamento de la ley N°19.866, se prohíbe al contratista ceder o transferir en forma alguna, total o
parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en la contratación definitiva. Lo anterior, sin perjuicio que los documentos
justificativos de los créditos que emanen de esta contratación podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.
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Subcontratación |
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El adjudicatario podrá subcontratar la ejecución parcial de la contratación, en cuyo caso deberá contar con la aprobación previa y expresa del SERVIU. Si esto ocurriera, el adjudicatario continuará
siendo responsable de todas las obligaciones contraídas con el SERVIU por el contrato y del pago de todas las obligaciones con los trabajadores, proveedores u otras contraídas por el
subcontratista. En ningún caso el adjudicatario podrá ceder los derechos adquiridos por la adjudicación de esta licitación.
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el
respectivo contrato que se celebre.
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Del pago |
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Por tratarse de un contrato de Construcción mediante el subtítulo 22 y el programa de Mejoramiento de Infraestructura año 2024, se generará una Orden de Compra en el portal de Mercado Público
por el monto Total de lo contratado.
En consideración de la Directiva N° 03 “Pago a Proveedores en 30 días máximo” de fecha 06 de junio de 2006, respecto de la obligatoriedad del Pago a proveedores del estado, una vez
recepcionados los trabajos se gestionará el pago en un plazo no superior a 30 días y la Directiva N° 23 “Orientación sobre el pago oportuno a proveedores en los procesos de contratación pública”
de Chile Compras referente al Pago oportuno a Proveedores en los procesos de Contratación Pública.
El pago se efectuará en pesos chilenos, por medio de transferencia electrónica y dentro del plazo de 30 días de la fecha de recepción de la factura respectiva, acompañada de la orden de compra
correspondiente y previo cumplimiento íntegro y oportuno de lo contratado según aprobación del funcionario que designe como Inspector Tecnico de obra el SERVIU Región de Aysén. En
consideración de lo previamente expuesto junto con los antecedentes entregados por el oferente, éste deberá también completar un “Formulario Autorización de Transferencia” que el Serviu
incorporará a la documentación de este proceso licitatorio.
La factura deberá emitirse a nombre del SERVIU Región de Aysén, RUT: 61.823.000-7, Dirección: Ramón Freire N° 5, Coyhaique, para lo cual el Proveedor adjudicado deberá entregar los datos
para la respectiva Transferencia electrónica.
La factura emitida deberá reflejar el monto de la orden de compra y se adjuntará a aquella en el acto de su presentación a pago. En atención, el establecimiento no aceptara facturas emitidas con fecha
previa a la emisión de la pertinente orden de compra a través del Sistema Mercado Publico.
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Multas |
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En caso de comprobarse que el trabajo suministrado no es recepcionado dentro de los plazos ofertados por responsabilidad propia de la empresa adjudicada, se aplicará una multa diaria de 1% (uno
por ciento) del monto del contrato.
La aplicación de la multa se hará administrativamente y se deducirá de la factura de pago.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en el estado de pago más proximo. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos
pendientes, se cobrará directamente al proveedor, teniendo para pagarla un plazo de 10 días hábiles a contar de la fecha en que esta se curse.
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Termino anticipado |
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Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de Compras Públicas, y del hecho que la contratación termine naturalmente por su completa y correcta ejecución El SERVIU podrá
poner TÉRMINO ANTICIPADO A LA CONTRATACIÓN, administrativamente, y sin requerimiento judicial previo, sin derecho a indemnización alguna, para el adjudicatario, salvo los recursos
administrativos pertinentes, cuando concurran las causales establecidas en el artículo 13 de la Ley de Compras y/o incumplimientos atribuibles al proveedor y especialmente por alguna de las
siguientes causales:
-La extinción del presupuesto destinado a esta Licitación, dando a la “EMPRESA” aviso por carta certificada con TREINTA (30) DIAS de antelación.
-Si se comprobase la omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta del
adjudicatario o la entrega de datos o información falsa por parte del proveedor. Se entenderá parte de esta cláusula, especialmente cuando un bien y/o servicio no cumple técnicamente con lo
señalado en la oferta del proveedor.
-Si el adjudicatario subcontratase sin previa autorización del SERVIU o cediese de cualquier forma sus obligaciones emanadas de la aceptación de la orden de compra.
-Si el adjudicatario delegare o cediera a cualquier título las obligaciones y derechos que adquiera en virtud de la aceptación de la orden de compra; grave con prendas; establezca otros gravámenes
sobre la contratación; o, transfiera la contratación suscrita con el SERVIU.
-Si el adjudicatario no da cumplimiento a las normas de confidencialidad de la información o a las cláusulas de confidencialidad contenidas en las bases de licitación.
-Si el proveedor fuere declarado en quiebra, cesión de bienes, convenio judicial, o cae en mora en el cumplimiento de sus obligaciones, o en estado de notoria insolvencia.
-Si el proveedor fuere procesado, acusado o condenado por delito que merezca pena aflictiva.
-Si el proveedor no cumple cualquiera de sus obligaciones contractuales o las contempladas en las Bases de Licitación.
-Cuando existiere incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que el contratista asuma en virtud de la aceptación de la orden de compra; será suficiente para acreditarlo, un informe emanado
por medio del ITO del SERVIU Región de Aysén Si el proveedor registra incumplimiento de las disposiciones laborales, previsionales o tributarias debidamente acreditada.
-Por la muerte del representante legal, si es persona natural o Empresa individual de Responsabilidad Limitada o bien por la muerte de alguno de los socios de la sociedad de Responsabilidad
Limitada.
-No cumple de manera visible y amplia los plazos comprometidos en la oferta presentada.
Resuelto el término anticipado del contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste concurrir al pago de las obligaciones que se encontraren insolutas a la fecha de
liquidación del contrato, para los casos de término anticipado de contrato, por razones atribuibles al proveedor, se procederá a dar el aviso respectivo de el o los incumplimientos en el Registro de
Proveedores.
Así también de acuerdo con el artículo 96 bis del Reglamento, esta sanción será informada a través del Sistema de Información, Con excepción de la última causal que dice relación con el término
anticipado de mutuo acuerdo de las partes.
En relación con el término anticipado de mutuo acuerdo de las partes regulado en el artículo 13 de la Ley de Compras, la relación contractual terminará por vía administrativa sin necesidad de
intervención judicial alguna, procediéndose a su liquidación y no teniendo por ello el contratista derecho a reclamación o derecho alguno en contra de SERVIU Aysén. Así también en este caso, no
procederá el cobro de la garantía, si la hubiere, salvo que existan obligaciones pendientes de la empresa para con sus dependientes o prestadores o para con SERVIU Aysén. La parte interesada en
resciliar el contrato deberá formular una presentación por escrito y, la otra parte, aceptarla.
El Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Aysén, se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato sin forma de juicio mediante una Resolución Exenta fundada, por alguna de
las causales establecidas en el Artículo 13°de la Ley N° 19.886, del 2003 sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y/o en el Artículo 77 de su Reglamento Decreto
(Hacienda) N° 250, del 2004.
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Propiedad de la información |
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Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que
haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
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Confidencialidad |
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El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la relación contractual, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o
a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquélla. El Adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la relación contractual,
en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de aquélla. El Adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la
confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de
divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
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estandares de probidad |
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Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los
estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título
III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones
contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19,
números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar
lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios
Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario
público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si los hubiere.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese
la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si los hubiere, tomando todas las
medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si los hubiere.
6. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si los hubiere.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que
aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en
general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente
responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Domicilio |
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Para todos los efectos legales ambas partes fijan domicilio en la ciudad de COYHAIQUE
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Bases tecnicas de licitacion |
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Las bases técnicas, como así planos e Itemizado técnico estarán adjuntos a las presentes bases en los archivos denominados:
CIERRE TERRENO SERVIU-PLANO .PDF
EETT CIERRE TERRENO SERVIU.PDF
ITEMIZADO CIERRE TERRENO SERVIU.XLS
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Comision evaluadora |
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Desígnese como Comisión Evaluadora a los Siguientes funcionarios:
1. Manuel Valladares Rojel, Encargado Sección SSGG y Abastecimiento
2. Orieta Reyes Vásquez, Profesional Sección SSGG y Abastecimiento
3. Morayma Mansilla, Técnico Sección SSGG y Abastecimiento
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Item presupuestario |
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El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución Exenta, se imputará a la cuenta presupuestaria 22.06.001 del presupuesto vigente del SERVIU Región de Aysén.
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