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ACÁPITE I BASES ADMINISTRATIVAS. |
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1. DEL OFERENTE.
Podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas, chilenas o
extranjeras, así como Uniones Temporales de Proveedores que, cumpliendo los
requisitos legales y aquellas condiciones señaladas en estas bases, presenten una
oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas.
NO PODRÁN PARTICIPAR.
Quedarán excluidos los oferentes que, al momento de la presentación de la oferta,
hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años, o por delitos
concursales establecidos en el Código Penal, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo
4º, inciso primero, parte final de la Ley Nº 19.886. Del mismo modo, quedarán
excluidos quienes se encuentren afectos a la prohibición de contratar, contenida en el
inciso sexto del artículo 4° de la Ley N° 19.886. Para estos efectos los oferentes
deberán presentar la declaración jurada contenida en el Anexo N°1 (A, B y C, según
corresponda) del Acápite III de las presentes Bases. Sin perjuicio de lo anterior, este
Servicio revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas
antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo.
Además, conforme a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Reglamento, si dos o más
proveedores se unen para el efecto de participar en el presente proceso de compra -y
sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten
aplicables- deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la
solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con
SENDA y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes
suficientes.
Por tratarse de una adquisición menor a 1.000 U.T.M., el representante de la Unión
Temporal de Proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento
público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, sin que sea
necesario constituir una sociedad.
En suma, el acuerdo en el que conste la Unión deberá contener, al menos, los
siguientes documentos:
a) Identificación de los integrantes;
b) Nombramiento de un apoderado, explicitando el otorgamiento de poderes
suficientes para representar a todos sus integrantes ante el Servicio;
c) Declaración de responsabilidad solidaria de todos sus miembros;
d) Determinación de su duración, la que no podrá ser inferior al tiempo que durará
la ejecución del contrato que se adjudique.
e) Fijación exacta de qué facción del monto a pagar se facturará a cada integrante
de la Unión Temporal.
Cualquier modificación a las características y composición de la Unión Temporal de
Proveedores deberá ser informada dentro de 5 días hábiles al Servicio, debiendo
acompañarse el respectivo instrumento modificatorio, el que deberá cumplir con las
mismas formalidades requeridas para su constitución.
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2. DEL SERVICIO REQUERIDO. |
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El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol SENDA requiere contratar la prestación de Servicio de Suministro de
Producción editorial: edición, diseño y diagramación de Publicaciones.
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3. DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN. |
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Etapas Una (apertura de Propuesta Técnica y Económica en un solo
acto), que se efectuará a través del sistema de información
Mercado Público.
Monto máximo
presupuestado por
El monto máximo eventual de la licitación es de $
40.000.000.- impuestos incluidos. El plazo de la contratación
el servicio. se extiende a contar de la fecha de aceptación de la
respectiva Orden de Compra y hasta el 31 de diciembre de
2021.
Cabe hacer presente que el señalado monto es sólo
estimativo puesto que los servicios que se contratarán se
verificarán sólo en caso que Senda lo requiera y por los
montos que involucre cada requerimiento efectuado.
En ningún caso Senda garantiza el pago del monto total
señalado.
Participantes
Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, y
Uniones Temporales de Proveedores, que no registren
alguna de las inhabilidades establecidas en el inciso 1° y 6°
del artículo 4° de la Ley N° 19.886.
Cómputo de los
plazos
Todos los plazos son de días corridos, salvo aquellos casos
en que expresamente se indique que los plazos son de
días
hábiles.
En caso que un plazo expire en días sábados, domingos o
festivos se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente
Comunicación con
el Servicio
Nacional para la
Prevención y
Rehabilitación del
Consumo de
Drogas y Alcohol
Exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl
Soporte de
documentos
Soporte digital.
Excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los
casos expresamente permitidos por estas Bases o por la Ley
de Compras y su Reglamento.
Contraparte
técnica La Contraparte técnica será la Jefa del área de
Comunicaciones de SENDA, doña Cynthia Rubio Ruiz, quien
la reemplace o subrogue, o quien sea designado por ella, por
escrito y previa notificación al contratista; cuyos datos de
contacto son los siguientes:
Correo electrónico: cynthia.rubio@senda.gob.cl
Funcionario
encargado de la
licitación
La encargada del presente proceso de licitación es doña
Natalie Zambrano Neira, Jefa de la Unidad de Adquisiciones
de SENDA, cuyos datos de contacto son los siguientes:
Correo electrónico: natalie.zambrano@senda.gob.cl
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4. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES |
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Publicación
Bases
Las Bases deberán estar publicadas en el portal de mercado
público durante 10 días corridos.
Consultas Hasta el día 5 corrido, contado desde la fecha de publicación del
llamado a licitación en el portal Mercado Público.
Respuestas Hasta el día 2 hábil, contado desde la fecha de vencimiento del
plazo para presentar las consultas
Recepción de
ofertas Hasta el día 10 corrido, contado desde la fecha de publicación del
llamado a licitación en el portal Mercado Público
Acto de
apertura
electrónica de
las ofertas
técnicas y
económicas
A las 15:01 horas del mismo día del cierre de recepción de las
ofertas.
Evaluación 10 días hábiles desde la apertura de las ofertas.
Adjudicación La adjudicación se realizará dentro de los 45 días corridos
siguientes al cierre de las ofertas.
Suscripción
del Contrato
Dentro de los 5 días hábiles desde la notificación de la resolución
que adjudica.
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5. GASTOS. |
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Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de
su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
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6. DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA PRESENTE LICITACIÓN. |
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Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley N°19.886, en su Reglamento aprobado
mediante el Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y por los
documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias se
interpretarán en forma armónica a las presentes Bases de Licitación, manteniendo el
siguiente orden de prelación:
a) Bases Administrativas y Técnicas y Anexos de la Licitación.
b) Modificación a las bases, que eventualmente podrá hacer el Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, a través de la
resolución correspondiente.
c) Respuestas a las preguntas de los proveedores.
d) Aclaraciones a las ofertas, que hayan sido solicitadas por el Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Se podrá acceder a los documentos señalados anteriormente a través del portal
electrónico www.mercadopublico.cl.
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7. MODIFICACIÓN DE BASES. |
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El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, “SENDA”, podrá modificar las presentes Bases, hasta antes del vencimiento
del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas
mediante resolución, la que será sometida a la misma tramitación que la resolución
aprobatoria de las presentes bases, y será publicada en el portal Mercado Público. En
caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la
presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados
puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
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8. CONSULTAS Y ACLARACIONES. |
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8.1. Recepción de Consultas y Solicitudes de Aclaración.
Estas sólo se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, desde el día de
publicación de las presentes Bases en el citado portal, hasta 5 días corridos contados
desde esa fecha.
8.2. Respuestas a las Consultas y Aclaraciones.
Se responderán sólo aquellas consultas y solicitudes de aclaración que hubieren sido
presentadas a través del portal y dentro de los 2 días corridos, desde la fecha de
publicación de las bases en el portal. Las respuestas a las consultas y las
aclaraciones estarán a disposición de los Proponentes dentro de los 2 días hábiles
siguientes al vencimiento del plazo para presentar consultas y aclaraciones señalado
en el numeral precedente.
Las Consultas, Respuestas y Aclaraciones formarán parte integrante de las
Bases de esta licitación.
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9. DE LAS OFERTAS. |
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9.1. Cumplimiento de Condiciones Administrativas.
Previo a la evaluación de las Ofertas Técnica y Económica, la División Jurídica de
SENDA revisará que los oferentes hayan dado cumplimiento a la entrega de la
declaración jurada del Anexo 1 contenida en el Acápite III de estas Bases, emitiendo
un informe que dé cuenta de ello. La falta o no presentación de la referida declaración
jurada será causal para declarar la inadmisibilidad de la respectiva oferta.
Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias
condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la
Dirección del Trabajo y examinará asimismo si los oferentes hubieren sido
condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, desestimando
las ofertas de aquellos oferentes que se encontrasen en alguna de las antedichas
situaciones, mediante la declaración de inadmisibilidad de las mismas.
En caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, examinará
asimismo que ella hubiere presentado el documento donde se formaliza la Unión
Temporal de Proveedores, en el cual deberá estipularse, a lo menos, la solidaridad
entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. La
falta o no presentación del referido documento, importará la declaración de
inadmisibilidad de la respectiva oferta.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal
de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo.
En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la
publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar
por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas
1235 piso 2, Santiago Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles
de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
9.2. Recepción de las Propuestas.
Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes Bases en el
portal www.mercadopublico.cl hasta 10 días corridos contados desde esa fecha,
hasta las 15:00 horas.
Con todo, en caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal
www.mercadopublico.cl, durante este período, circunstancia que deberá ser ratificada
por la Dirección de Compras Públicas, excepcionalmente las ofertas podrán ser
recepcionadas en soporte papel, en un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de
Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago Centro,
dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de
indisponibilidad, en virtud de lo establecido en el N° 2 del artículo 62 del Decreto
Supremo Nº 250, de Hacienda, de 2004.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del
Portal y dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se
admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los Proponentes no podrán retirar las
propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
9.3. Ingreso de las Ofertas Técnica y Económica.
9.3.1. Propuesta Técnica.
El oferente deberá ingresar un documento que contenga su propuesta técnica,
individualizando cada uno de los puntos requeridos en las “Bases Técnicas” (título II)
como archivo adjunto en la carpeta “Propuesta Técnica” del sitio
www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación. La propuesta técnica
deberá formularse en la forma y de acuerdo a los términos y requisitos establecidos en
las “Bases Técnicas”. La oferta que no cumpliere con cada uno de los requerimientos
técnicos contenidos en el título II de las presentes bases, deberá ser declarada
inadmisible y quedará fuera de la presente licitación. Asimismo, la propuesta técnica
deberá contener debidamente llenados todos los anexos descritos en el título III de
estas bases. La no presentación de uno cualquiera de ellos, será causa para declarar
la inadmisibilidad de la respectiva oferta.
9.3.2. Contenido de la propuesta Técnica:
El proponente deberá ingresar como Oferta Técnica al portal www.mercadopublico.cl,
los referidos archivos adjuntos, indicando con detalle las características y descripción
de lo ofertado, debiendo cumplir, como mínimo, con las especificaciones indicadas en
las Bases Técnicas y anexos respectivos.
Será responsabilidad de los interesados entregar todos los antecedentes que permitan
evaluar adecuadamente sus Propuestas.
9.3.3. Propuesta Económica.
La propuesta económica deberá ingresarse como archivo adjunto completando el
Anexo N°4 del título III de estas bases, a través del sitio www.mercadopublico.cl, en el
ID que identifica esta licitación.
La propuesta económica deberá estar expresada en moneda nacional, en valor bruto y
no estará sometida a reajuste alguno.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos
los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, otros impuestos y,
en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste
directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados, serán invariables y fijos hasta
el total cumplimiento del contrato; no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros
reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado, con posterioridad
a la Propuesta o durante su cumplimiento.
Considerando la disponibilidad presupuestaria dispuesta por el SENDA, para la
contratación que mediante el presente acto administrativo se licita, las respectivas
propuestas no podrán exceder de $ 40.000.000.-, incluidos los impuestos que
pudieren corresponder.
SENDA declarará inadmisibles las ofertas que excedan el presupuesto
disponible.
9.3.4. Falta u omisión de propuesta.
La propuesta es, para todos los efectos, de carácter indivisible. Por consiguiente, y no
obstante que para los efectos de su presentación y evaluación se ha separado en una
propuesta técnica y otra económica, la falta de una u otra importará indistintamente la
falta o no presentación de la propuesta en su totalidad.
9.3.5. Falta u omisión de propuesta técnica y de los elementos que esta
debe contener.
Los oferentes que no presenten propuesta técnica, o bien, la presenten con
prescindencia total o parcial de alguno de los anexos esenciales exigidos en las
presentes Bases, quedarán fuera de este proceso de licitación y por consiguiente sus
propuestas no serán objeto de evaluación.
9.3.6 Falta u omisión de propuesta económica.
Los oferentes que no presenten propuesta económica, o bien presentándola, ésta no
cumpla con lo exigido en las presentes Bases, quedarán fuera del presente proceso
de licitación y por consiguiente sus propuestas no serán objeto de evaluación.
9.4. Vigencia de la Oferta.
La oferta deberá tener una vigencia mínima de 75 días hábiles, contados desde la
fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, ante el silencio del oferente, se entenderá que su oferta
tiene la vigencia mínima de 75 días hábiles exigidos en estas Bases.
9.5. Fecha de Cierre de Recepción de las Ofertas.
La fecha de cierre de recepción de las ofertas será el día de vencimiento del plazo
para la presentación de las mismas, esto es a las 15.00 horas del décimo día
corrido siguiente a la publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl,
en el ID que identifica a la presente licitación, una vez publicadas las presentes Bases
en el referido portal.
Con todo, si el plazo de cierre para la recepción de ofertas venciera en un día inhábil,
lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15 horas, se prorrogará la
fecha de cierre de recepción de las ofertas para el día hábil siguiente a la misma hora.
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10.APERTURA DE LAS OFERTAS. |
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El mismo día del cierre de recepción de las ofertas, a contar de las 15:01 horas,
se procederá a efectuar la apertura de las ofertas presentadas en esta la licitación. La
presente licitación será en una etapa, procediéndose en el acto de apertura a abrir
tanto la oferta técnica como la económica.
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11.COMISIÓN EVALUADORA. |
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La evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas será realizada por una Comisión
Evaluadora, la que analizará los antecedentes y las ofertas presentadas, de acuerdo
a los criterios establecidos a continuación:
La Comisión Evaluadora estará integrada por:
La jefatura del Área de Comunicaciones de SENDA o quien éste(a) designe
mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante
correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y
sugerencias, OIRS del servicio.
La jefatura de la División de Administración y Finanzas o por quien esta designe
mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante
correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y
sugerencias, OIRS del servicio.
La jefatura del Área de Operaciones de SENDA, o quien esta designe mediante
memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo
electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y
sugerencias, OIRS del servicio.
En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la Ley
N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales
que cumplan funciones en el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a
las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases
Técnicas. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin
evaluarla y consignar en el acta respectiva.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Evaluar las Ofertas Económicas.
d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas,
aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en esta
etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifique asumir una situación
de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de
estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo
informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través
del Sistema de Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá
solicitarse la información al oferente, quien en un plazo de 2 días hábiles
deberá enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
e) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo
siguiente:
i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los
requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos
incumplidos.
iii. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se
presentasen ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las
ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio
iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo
aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier
observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la
decisión final.
Durante el periodo de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto con
SENDA para los efectos de la misma, a menos que las presentes Bases señalen
alguna excepción.
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12.ACLARACIONES, ERRORES U OMISIONES. |
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Una vez realizada la apertura de las ofertas, el SENDA podrá solicitar a los oferentes
las aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión de su oferta, así
como que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones
de dichos vicios no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás
proponentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las
bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los
oferentes si correspondiere, a través del portal www.mercadopublico.cl. Para estos
efectos, el oferente dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para enviar su
respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
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13.EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Sólo se evaluarán las ofertas que hayan dado cumplimiento a las condiciones
administrativas señaladas en el número 9.1 y 9.3, y que cumplan los requisitos y
especificaciones mínimas exigidas en estas bases, lo que será revisado por la
comisión evaluadora, de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 13 en
adelante, de estas Bases.
La evaluación de las ofertas será realizada por SENDA de acuerdo a los criterios
señalados en el acápite siguiente:
Criterios de evaluación: La evaluación de las propuestas se realizará de acuerdo a
los siguientes factores, para lo cual cada uno de ellos tendrá la ponderación que a
continuación se indica y conforme a la descripción que se detalla:
FACTORES PONDERACIÓN
1. Experiencia en edición 30%
2. Experiencia en diseño y diagramación 30%
3. Experiencia en Edición de materias de
prevención, tratamiento o información de
drogas y alcohol
30%
4. Precio Oferta 10%
a) Experiencia de los expertos en edición: Los profesionales, técnicos o
especialistas cuentan con experiencia en edición de publicaciones. Se entenderá por
publicaciones: libros, manuales, estudios, y memorias (30%).
Más de 15 publicaciones editadas 100
Más de 10 y hasta 15 publicaciones editadas 75
Más de 6 y hasta 10 publicaciones editadas 50
Más de 3 y hasta 6 publicaciones editadas 25
Entre 1 y 3 publicaciones editadas 10
No tiene publicaciones editadas 0
La experiencia de las/os expertos en edición de publicaciones se obtendrá de la
suma de sus experiencias individualmente consideradas. Se debe adjuntar página de
créditos donde debe constar la participación en edición del o la experta y año de
publicación, y, además portada de cada publicación del listado. En caso de
publicación digital, incluir el link de acceso.
b) Experiencia de los expertos en diseño y diagramación: Los profesionales,
técnicos o expertos cuentan con experiencia en diseño y diagramación de
publicaciones. Se entenderá por publicaciones: libros, manuales, estudios, y
memorias (30%).
Más de 15 publicaciones realizadas 100
Más de 10 y hasta 15 publicaciones realizadas 75
Más de 6 y hasta 10 publicaciones realizadas 50
Más de 3 y hasta 6 publicaciones realizadas 25
Entre 1 y 3 publicaciones realizadas 10
No tiene publicaciones realizadas 0
La experiencia de las/os expertos en diseño y diagramación de publicaciones se
obtendrá de la suma de sus experiencias individualmente consideradas. Se debe
adjuntar página de créditos donde debe constar la participación en diseño y/o
diagramación de el/la experta y año de publicación y, además, portada de cada
publicación del listado. En caso de publicación digital, incluir el vínculo (link) de
acceso.
c) Experiencia de los expertos en edición en materias de prevención,
tratamiento o información de drogas y alcohol: Los profesionales, técnicos o
especialistas en edición cuentan con experiencia en edición de publicaciones en
temas de prevención, tratamiento o información de drogas y alcohol (30%).
Más de 8 publicaciones editadas en temas de
prevención, tratamiento o información de
100
drogas y alcohol.
Más de 6 y hasta 8 publicaciones editadas en
temas de prevención, tratamiento o
información de drogas y alcohol.
75
Más de 4 y hasta 6 publicaciones editadas en
temas de prevención, tratamiento o
información de drogas y alcohol.
50
Más de 2 y hasta 4 publicaciones editadas en
temas de prevención, tratamiento o
información de drogas y alcohol.
25
Entre 1 y 2 publicaciones editadas en
temas de prevención, tratamiento o
información de drogas y alcohol.
10
No tiene publicaciones realizadas 0
La experiencia de las/os expertos en edición en materias de prevención, tratamiento
o información de drogas y alcohol se obtendrá de la suma de sus experiencias
individualmente consideradas. Se debe adjuntar página de créditos donde conste la
participación en edición de el/la experta y año de publicación y, además portada de
cada publicación del listado. En caso de publicación digital, incluir el vínculo (link) de
acceso.
d) Precio (10%)
Las ofertas serán evaluadas económicamente a través de la aplicación de la siguiente
fórmula:
Puntaje económico = OPM * 100
OE
Dónde:
OPM: es el precio menor de todas las ofertas evaluadas OE : es el precio de la oferta
evaluada
100: es el puntaje máximo para el factor
Debe entenderse como valor de la oferta evaluada, el valor bruto total.
Para esta etapa SENDA ha propuesto evaluar, de acuerdo a las especificaciones
técnicas descritas en el Acápite 6 –A y B , del título II de estas bases.
- Edición, diseño y diagramación de un libro.
- Diseño de lámina gráfica para ser utilizada en módulos de cursos, en
materiales de capacitación y redes sociales.
- (véase el anexo N° 4 contenido en el título III de estas bases)
El resultado de la evaluación económica se obtendrá del promedio de la
sumatoria de los 2 totales brutos de los productos solicitados.
La información para esta evaluación se obtendrá del Anexo 4 “Oferta
económica”.
Los puntajes técnicos, económicos y finales se expresarán, por cada evaluación, con
2 decimales, sin aproximación.
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14.Criterio de Desempate |
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En caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más
oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el
orden de prelación que a continuación se indica:
Primeramente, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere
obtenido la más alta calificación en la evaluación del criterio denominado “Experiencia
de los expertos en edición en materias de prevención, tratamiento o información de
drogas y alcohol” señalado en la letra c del número 13 del título I de estas Bases.
Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a
favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio,
denominado “Experiencia de los expertos en Diseño y Diagramación”, establecido en
la letra a) del número 13 del título I de estas bases.
Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a
favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio
denominado “Experiencia de los expertos en edición”, establecido en la letra b) del
número 13 del título I de estas bases.
Si, no obstante, y luego de aplicar el criterio precedente, se mantuviere el empate, se
resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación
en el criterio de evaluación denominado “Precio”, establecido en la letra d) del número
13 del título I de estas Bases.
Finalmente, si pese a los mecanismos para dirimir empates aún existiera un empate
entre dos o más oferentes, este será dirimido mediante sorteo efectuado por la
Comisión Evaluadora, actuando un abogado de la División Jurídica de SENDA como
ministro de fe.
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15.ADJUDICACIÓN. |
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La propuesta deberá ser adjudicada en un plazo máximo de 45 días corridos
contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas y se publicará en el
portal www.mercadopublico.cl, siempre que el acto administrativo que adjudica la
presente licitación se encuentre totalmente tramitado. Se entiende que presentó la
mejor propuesta quien obtenga la nota final más alta entre los oferentes, según los
criterios de evaluación señalados en el número 13.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA, a través de acto administrativo fundado podrá
ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando este hecho, sus
fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl.
Una vez adjudicada la licitación, el Adjudicatario deberá acompañar los documentos
que sean necesarios para la formalización del contrato individualizados en el número
18 del Acápite I de las presentes Bases.
Con todo, y en caso de que el oferente favorecido con la adjudicación no se
encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la
Administración, ChileProveedores, deberá solicitar su inscripción en él, dentro de los
3 días siguientes de informada la adjudicación en el portal. De no inscribirse, SENDA
podrá considerar que el oferente se desiste de formalizar la contratación. En este
caso particular, los plazos señalados en el número 18 del Acápite I de las presentes
bases se entenderán aumentados en 10 días corridos.
15.1. Selección del Adjudicatario.
El Proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será
seleccionado. Posteriormente se procederá a su adjudicación mediante acto
administrativo fundado del SENDA, debidamente notificado al Adjudicatario y al resto
de los Oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas. En dicho
acto deberán especificarse los criterios de evaluación que hayan permitido al
Adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes
no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado,
que desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el
contrato respectivo, se adjudicará al oferente que, según el Acta Final de Evaluación,
hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los
intereses del SENDA, o bien se declarará desierta la licitación, a través de acto
administrativo fundado.
15.2. Rechazo de las ofertas.
El SENDA declarará inadmisibles las Ofertas cuando éstas no cumplan con los
requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación,
cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los
intereses del SENDA. En cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por
acto administrativo fundado.
15.3. Causales para dejar sin efecto la Adjudicación.
El SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto
administrativo, por las siguientes causales:
a) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en
el numeral 17 del Acápite I de las presentes Bases.
b) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos
señalados para la celebración del contrato, señalados en el número 18 del Acápite I
de las presentes Bases.
c) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se
desistiera de su oferta.
d) Si el oferente adjudicado se negare a aceptar la Orden de Compra.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el SENDA
adjudicará a aquél oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido
el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses del
SENDA, o bien se declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo
fundado.
15.4. Consultas a la adjudicación.
En caso de que los oferentes, una vez adjudicada la presente licitación pública,
quieran aclarar aspectos de la adjudicación, podrán comunicarse vía correo
electrónico al correo electrónico licitaciones@senda.gob.cl.
Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al oferente que
realiza la consulta y junto con ello, las preguntas y respuestas, serán publicadas como
anexos, a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica a la presente
licitación.
Con todo, sólo se aceptarán consultas a la adjudicación dentro de los 3 días corridos
siguientes a la fecha de la notificación de la resolución que adjudica la presente
propuesta pública. Toda consulta que se realice con posterioridad a este plazo se
tendrá por no presentada.
De conformidad a lo establecido en el artículo N° 59, de la Ley N° 19.880, el
contratista podrá presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio,
dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se
recurre, sin perjuicio de la pertinencia del recurso extraordinario de revisión previsto en
el artículo 60 del mismo cuerpo legal.
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16. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. |
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Se celebrará un contrato de prestación de servicios, con cada uno de los
adjudicatarios, dentro de los 5 días hábiles desde la notificación de la resolución que
adjudica.
Si el adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por
desistida su oferta. En tal caso el SENDA, a menos que la no suscripción del contrato
se deba a una causa imputable a SENDA; se adjudicará al Oferente que, según el
Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final o declarará
desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
Se deja expresa constancia que si el adjudicatario registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o
con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de
pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se
encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de la ejecución del contrato, con un
máximo de seis meses, para estos efectos en este plazo deberá presentar los
comprobantes de pagos que demuestren fehacientemente el total cumplimiento de
la obligación. El incumplimiento de esta obligación por parte de la empresa contratada
dará derecho a dar por terminado anticipadamente el respectivo contrato, pudiendo
llamar a una nueva licitación en la que la empresa no podrá participar.
El encargado de la ejecución técnica del presente contrato será el/la jefe(a) del área
de Comunicaciones del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol.
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17.INHABILIDADES PARA CONTRATAR. |
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No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna de las
siguientes inhabilidades:
a) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del SENDA o que estén
unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54
de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado.
b) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del
SENDA o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco
descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas
sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o
éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o
éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con
los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las
sociedades antedichas.
c) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de
conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que Establece la Responsabilidad
Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que indica.
d) Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en
conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N° 211, de
1973.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades o prohibiciones indicadas, el
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol adjudicará al oferente que según el acta de evaluación final hubiese obtenido
el siguiente mayor puntaje final si dicha oferta es conveniente para los intereses del
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, o declarará desierta la licitación o la línea de servicio, según corresponda, a
través de acto administrativo fundado.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal
de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo.
En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación
de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en
la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2,
Santiago Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma
o si se desiste de su participación en el proceso.
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18.REQUISITOS PARA CONTRATAR. |
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Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar, dentro
del plazo para suscribir el respectivo contrato, la documentación que a continuación se
indica para suscribir el contrato respectivo:
18.1. Todos los oferentes
1. Encontrarse inscrito y hábil en el registro de
contratistas y proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
2. Con el objeto de acreditar el cumplimiento de
sus obligaciones laborales y previsionales con sus actuales trabajadores y con los
contratados en los últimos dos años, el adjudicatario deberá acompañar un certificado
vigente de Antecedentes Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección del
Trabajo y una declaración jurada según el formato que a continuación se indica:
3. En el caso que el adjudicatario tenga
trabajadores contratados o los haya tenido durante los últimos dos años, deberá
acompañar una declaración jurada según el formato que a continuación se indica,
debiendo seleccionar sólo una de las opciones especificadas:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2021, don/doña ....................................................................................,
representante legal de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
a) La entidad que represento no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
b) La entidad que represento registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con
los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, cuyo monto asciende a
……………………………….
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados actualmente, ni los
haya tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada
según el formato que a continuación se indica:
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2021, don/doña ....................................................................................,
representante legal de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que:
La entidad que represento no tiene actualmente, ni ha tenido contratados durante los últimos dos años trabajadores
dependientes regidos por el código del trabajo.
Por lo tanto no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT………………………….
En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del
contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la
empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al
cumplirse la mitad del período de ejecución de la contratación. Senda exigirá que la
empresa contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y
planillas, en la oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento de las
obligaciones adeudadas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la
empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato,
pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá
participar.
18.2. Documentos para Persona Natural:
1. Fotocopia del R.U.T.
2. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para
contratar.
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a ........ de .............. de 2021, don /
doña: .............. ...................................................................................................................................., declara que:
1) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° incisos primero y sexto, de la Ley N° 19886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de suministro y Prestación de Servicios.
2) No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y que tampoco
está unido a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado.
3) Asimismo, declara que no es gerente, administrador, representante o director de sociedades de personas en las que formen parte tales
funcionarios directivos o parientes; ni de sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos sean accionistas; ni
sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.
4) No ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d),
del decreto ley N° 211, de 1973. Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
Firma: …………..…………..
18.3. Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas
Individuales de Responsabilidad Limitada):
A. EN CASO DE SOCIEDADES:
1. Escritura pública de constitución y de las últimas
modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto,
administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes
extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de
Bienes Raíces y Comercio que corresponda, y en los casos de Sociedades
constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado de
estatuto actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad competente.
2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por
el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los
casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán
acompañar certificado vigencia, emitido por la entidad competente.
3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la
Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces
que corresponda.
4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
5. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los
representantes legales.
Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el Conservador de
Bienes Raíces y de Comercio en donde se inscribió la sociedad.
B. EN CASO DE FUNDACIONES O CORPORACIONES:
1. En entidades constituidas conforme al Decreto N° 110, de 1979 del Ministerio
de Justicia: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
2. En entidades constituidas conforme a la Ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y
Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y
estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante ministro de
fe, y debidamente autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los términos
establecidos por el artículo 548 del Código Civil.
3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica,
o certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro
Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro
Civil e Identificación.
4. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica,
cuando corresponda.
5. Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso
que existiere y todas las escrituras públicas insertas en ellos, y sus pertinentes
publicaciones en el Diario Oficial; o acta o actas donde se apruebe la reforma de
estatutos, debidamente autorizadas por el Secretario Municipal respectivo.
6. Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
7. Certificado de Composición de Directorio emitido por el Servicio de Registro
Civil e Identificación.
C. PARA AMBOS CASOS, además, en necesario adjuntar lo siguiente:
Documento que acredite la personería del representante legal, autorizado para
suscribir contratos.
D. EN TODOS LOS CASOS:
Declaración jurada en la que conste lo siguiente, según el formato de declaración que
a continuación se indica.
DECLARACION JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2021, don/doña ...................................................................................., representante legal de………………………………………….
…, RUT………………, viene en declarar que:
1) La entidad que represento no está afecta a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
2) La entidad que representa, no es una sociedad de personas de la que forme parte algún funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA o una persona que esté unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575;
ni tampoco una sociedad en comanditas por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean accionistas; ni una sociedad anónima abierta en aquellos o éstas
sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.
3) La entidad que representa no ha sido condenada de acuerdo a lo señalado en el artículo 8 y 10 de la Ley Nº 20.393.
4) La entidad que representa, no ha sido condenada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d),
del Decreto Ley N° 211, de 1973
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………….
*Se exceptúan de declarar lo requerido en el número 1 de la declaración jurada, las
Universidades, Corporaciones o Fundaciones.
18.4. Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
1. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos
que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en
el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de
Chile.
2. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile,
acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y
los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este
mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura
pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería
del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del
representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad
extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la
agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender
la ejecución del contrato materia de las presentes bases.
3. Deberá designar domicilio en Chile.
4. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046.
18.5. Unión temporal de proveedores:
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, cada
uno de sus integrantes deberá presentar todos los documentos señalados en los
puntos anteriores, según sea el caso, más el instrumento en el cual se formaliza la
Unión, en donde debe constar a lo menos, la solidaridad entre partes respecto de
todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y el nombramiento de un
representante o apoderado común, con poderes suficientes.
Con todo, se hace presente, que a excepción del instrumento en el cual se formaliza
la Unión Temporal, no será necesaria la presentación de aquellos documentos que se
encuentren digitalizados y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.
Presentación de antecedentes
Los antecedentes requeridos para la suscripción del contrato deberán ser presentados
en la oficina de partes del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 2, comuna de
Santiago.
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19.Garantía de Fiel Cumplimiento |
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Habiéndose ponderado el riesgo involucrado, las presentes bases, no contemplan la
presentación de una garantía por fiel cumplimiento del contrato, quedando supeditado
los pagos al cumplimiento efectivo de las tareas encomendadas.
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20.De la aprobación del contrato. |
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El contrato que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo
de Drogas y Alcohol suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a través del
correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total
tramitación de dicho acto administrativo.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar
el servicio desde la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total
tramitación del mismo.
Con todo, en ningún caso el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará los servicios otorgados mientras no
esté totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.
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21.Vigencia del servicio. |
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El plazo de la contratación se extiende a contar de la fecha de aceptación de la
respectiva Orden de Compra y hasta el 31 de diciembre de 2021, o hasta agotar el
presupuesto disponible para este proceso licitatorio. La contratación, podrá ser
renovada, por una única vez, para el año 2022, si SENDA notifica por escrito, con a lo
menos 30 días corridos de anticipación a la fecha original de término, su intención de
continuar con los servicios, siempre que la Ley de presupuesto vigente para el año
2022 contemple los recursos necesarios al efecto. La comunicación al contratista
deberá ser efectuada por la jefatura de la División de Administración y Finanzas de
SENDA. Dicha renovación deberá ser aprobada mediante el correspondiente acto
administrativo y aceptada por escrito por él oferente.
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22. CLÁUSULAS DEL CONTRATO |
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22.1. Del pago
SENDA, previo a la realización de cada encargo, (diseño, edición o diagramación)
solicitará al oferente adjudicado remitir una propuesta económica –de acuerdo a los
valores ofertados en el Anexo 4- la que se revisará y evaluará según las necesidades
del área técnica y del presupuesto máximo disponible.
Si la cotización es aceptada por el Área Técnica, con autorización de la Encargada de
Comunicaciones y de la Jefa del Área de Finanzas, se le informará al proveedor para
que éste comience con su trabajo.
En forma conjunta con la entrega de cada factura o boleta, el prestador del servicio
deberá presentar:
• Certificado de antecedentes labores y previsionales que emite la Dirección del
Trabajo, con una vigencia no mayor a 30 días corridos.
En el caso que la empresa contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del
contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la
empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al
cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de tres
meses. Senda exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le
presenten los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la
obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa
contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo
llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
Los documentos de cobro (factura o boleta mensual) deberán extenderse a nombre
del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, RUT N° 61.980.170-9, dirección Agustinas N° 1235, piso 2, Santiago.
Finalmente, el o los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez aceptada la orden
de compra por parte del proveedor, y se haga entrega por parte del Contratista el
documento tributario correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA podrá reclamar en contra del contenido de la
factura dentro del plazo establecido en la Ley Nº 19.983.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol podrá reclamar del contenido de la factura de acuerdo a las disposiciones
contenidas en la Ley 19.983. Asimismo, las partes acuerdan que el Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá reclamar
del contenido de la factura dentro de 30 días corridos desde su recepción. En este
caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta
certificada, o por cualquier otro medio fehaciente, conjuntamente con la devolución de
la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la
nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de
envío de la comunicación.
22.2. Contraparte Técnica
Las funciones de Contraparte Técnica del contrato serán ejercidas por la Jefatura del
Área de Comunicaciones, o por quien está designare al efecto por escrito y habiendo
notificado ello al contratista. Las funciones de la Contraparte Técnica de SENDA serán
a lo menos:
a) Solicitar las cotizaciones de los productos al oferente adjudicado, revisar los
presupuestos y, de acuerdo a lo referido en el punto 22.1 de estas Bases, aprobarlos
por medio electrónico para comenzar los trabajos.
b) Entregar los documentos originales para que el oferente pueda desarrollarlos y
entregarlos en tiempo y plazo.
c) Aprobar cada uno de los productos adquiridos.
d) Aprobar las respectivas facturas o boletas con recepción conforme de los
productos, así como de monitorear el pago de las responsabilidades sociales del
adjudicado con sus trabajadores.
e) Solicitar las reuniones requeridas para gestionar correctamente el contrato.
Por su parte, el contratista deberá designar un coordinador técnico que se relacionará
con la contraparte técnica del contrato para todos los efectos señalados.
22.3. Cesión de contrato
Bajo ninguna circunstancia podrá el o los adjudicatarios ceder parcial o totalmente a
un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación.
22.4. Modificación Del Contrato
Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, estima
necesario realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, en cuanto a la
calidad o cuantía de los mismos, las que por su magnitud representen un esfuerzo
significativo para el adjudicatario, se evaluará y propondrá al mismo la eventual
modificación del contrato, incluyendo las prestaciones y precio, no pudiendo exceder
éste último del 30% al originalmente propuesto.
Toda modificación de contrato deberá ser aprobada mediante el correspondiente acto
administrativo, totalmente tramitado.
Con todo, ninguna de estas modificaciones podrá desnaturalizar los servicios licitados
y adjudicados.
22.5. Multas
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol a través de su contraparte técnica llevará un registro de los atrasos y multas
imputables al adjudicatario.
Las multas que procedan serán aplicables según el siguiente criterio:
SITUACIONES MULTA CONCEPTO
Retraso en la entrega de los
productos requeridos en
cada requerimiento
efectuado.
1 UTM por cada día o
fracción de día de retraso.
En caso de retraso en la entrega
de los productos en los plazos
estipulados por las Bases y la
oferta, sin causa justificada en
caso fortuito o fuerza mayor.
22.5.1. Procedimiento de aplicación de multas:
a) La jefatura del área de Comunicaciones de SENDA, o a quien esta designe,
notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que
constituyen la falta que se ha detectado, los antecedentes que dan cuenta de
ello y la multa a la que da lugar la infracción.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este
procedimiento, se realizarán mediante carta certificada dirigida al domicilio
registrado en su contrato, comenzando a contarse los plazos a partir del
tercer día después de recibida la carta en la oficina de Correos
correspondiente.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya
notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los
antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o
fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los
hechos que originan las multas o que desvirtúen los antecedentes con los
que cuenta el Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán
por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las
multas que correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio
dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los
descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o
parcialmente. De lo resuelto, se notificará al contratista por carta certificada.
El contratista podrá, entre otros recursos establecidos en la Ley N° 19.880,
presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio, dentro de
los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se
recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde
la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el
contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la
multa quedará firme.
El Contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles
siguientes a la notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de
aplicación de multa o en su defecto que resuelva la Reposición, por cualquiera de
los siguientes medios:
1.- Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio Nacional para
la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, enviándolo por
oficio o entregándolo directamente a la Unidad de Tesorería ubicada en calle
Agustinas 1235, piso 2, comuna de Santiago. La Unidad de Tesorería extenderá el
respectivo recibo de ingresos.
2.- Emisión de cheque, en los mismos términos del número anterior, pudiendo
proceder a depositar el documento en la cuenta corriente número 9003100 de
Banco Estado, realizando el respectivo endoso al reverso, enviando copia del
respectivo comprobante a la Unidad de Tesorería, ubicada en calle Agustinas
1235, piso 9, comuna de Santiago.
3.- Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto dos,
invocando el RUT del Servicio, 61.980.170-9 e informando al correo electrónico
tesoreria@senda.gob.cl.
Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará
facultado para dar termino anticipado al contrato.
22.6 Término Anticipado.
SENDA pondrá término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que
acaeciere alguna de las siguientes circunstancias:
1.- Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.
2.- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
3.-Reorganización o liquidación concursal del contratante, a menos que se caucione
suficientemente un eventual incumplimiento contractual.
4.-Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra o
fallecimiento del contratante en caso de persona natural.
5.-Por causa de interés público.
6.-Por exigirlo la seguridad nacional.
7.- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o contratados en los últimos dos años, a la mitad del
periodo de ejecución del contrato con un máximo de seis meses.
Entre otras hipótesis de igual magnitud, se entenderá por un incumplimiento grave las
siguientes:
a) Si las multas aplicadas al contratista son equivalentes al 20% del valor del
precio total del contrato.
b) Si las multas no son pagadas dentro del plazo establecido en el número 22.5.
c) Incumplimiento de la cláusula de confidencialidad establecida en el número
22.11 de las presentes bases.
La resolución que disponga el término anticipado del contrato definitivo o su
modificación, deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado
Público, a más tardar, dentro de las 24 horas de totalmente tramitada.
En el periodo que transcurra entre la notificación del término anticipado del contrato y
la nueva adjudicación del Servicio, el contratista estará obligado a prestar el servicio
contratado, debiendo a su término devolver el saldo de precio pagado en exceso por el
Servicio en relación al periodo de tiempo efectivamente cubierto por la póliza.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio Nacional para la Prevención
y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol puede ejercer para exigir la
correspondiente indemnización de los perjuicios de acuerdo a lo señalado en el
número 22.7
22.6.1. Procedimiento del término anticipado de contrato.
a) La jefatura de la División de Administración y Finanzas de SENDA, o a quien
esta designe, notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias
que constituyen la causal de término que se ha detectado y los antecedentes
que dan cuenta de ello.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento,
se realizarán mediante carta certificada dirigida al domicilio registrado en su
contrato, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de
recibida la carta en la oficina de Correos correspondiente.
b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya
notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los
antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o
fuerza mayor que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los
hechos que originan la causal, o que desvirtúen los antecedentes con los que
cuenta el Servicio.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán
por acreditada la causal de término anticipado dictándose la pertinente
resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol.
c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio
dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los
descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos. De lo resuelto,
se dictará el correspondiente acto administrativo.
El contratista podrá entre otros recursos establecidos en la Ley N° 19.880,
presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio, dentro de los
cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre,
quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción
del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no
presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, el término quedará
firme.
22.7 Clausula penal.
El incumplimiento o la mora en el cumplimiento de las obligaciones asociados a la
presente contratación como la terminación anticipada del contrato facultará a
SENDA a hacer exigible el 100% del precio determinado en cada orden de compra
que se efectué por el Servicio y que haya sido aceptada por el contratista, a título
de cláusula penal, subsistiendo el derecho optativo a favor de SENDA a que se
refiere el artículo 1537 del Código Civil. El incumplimiento o la mora podrá ser total
o parcial.
22.8 Cobro de prestaciones previsionales.
En caso que el contratista no hiciere pago de las obligaciones laborales y
previsionales de sus trabajadores, podrá el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol descontar dichas cantidades del
precio comprometido a pagar, en mensualidades, hasta por el monto adeudado
por el contratista por dichos conceptos, lo que será informado por el Senda al
contratista por medio de carta certificada enviada al domicilio señalado en su
propuesta.
El contratista en caso que haya regularizado los pagos adeudados, deberá
informar de dicha circunstancia al Senda, dentro del plazo de 10 días hábiles
contados desde la recepción de la carta certificada.
En caso que el contratista no informe del pago de las cotizaciones dentro del plazo
indicado en el inciso anterior, el Senda, procederá a retener dichos montos de la
cuota mensual respectiva, y pagará a los trabajadores del contratista de acuerdo a
las normas legales vigentes.
Las notificaciones que se efectúen al tenor del presente acápite se regularán de
acuerdo a lo establecido en la ley 19.880.
22.9 Plazos de revisión y aprobación de los servicios.
Se solicitarán plazos de ejecución del servicio -de edición y diseño y
diagramación- de acuerdo a las características de la publicación, y a las
necesidades del servicio.
22.10 Reuniones con el adjudicatario y modalidad de coordinación
SENDA se reserva el derecho de fijar, cuando lo estime conveniente, reuniones
formales aclaratorias sobre aspectos logísticos y técnicos acerca de la prestación
de los servicios que por este acto se licita, para lo cual se comunicará con el
Contratista con un mínimo de 48 horas de anticipación a cada reunión.
22.11 CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
El Contratista y su personal, deberán guardar estricto control y reserva sobre la
información y documentos a los que tenga acceso durante y con posterioridad al
desarrollo del contrato. Cualquier documento de propiedad de SENDA, al que
haya accedido directa o indirectamente, a propósito de la ejecución del Contrato,
deberá ser devuelto por el Contratista al finalizar la ejecución del mismo. El
incumplimiento de esta obligación dará lugar al término anticipado de la
convención. Si la ejecución del convenio ya se hubiere verificado, SENDA, iniciará
las acciones legales que correspondan para efectos de resarcirse de los
perjuicios provocados de acuerdo a las reglas señaladas en el acápite 17 de las
presentes Bases.
22.12 Domicilio del contratante y prórroga de competencia
El contratante para los efectos del contrato fija su domicilio en la comuna de
Santiago. El contrato que se suscriba entre las partes se regirá por las leyes de la
República de Chile. Cualquier desacuerdo que se presente entre las partes,
deberá resolverse de mutuo acuerdo entre ellas en el plazo que las mismas
estimen. De no resultar acuerdo y de así corresponder, el conflicto será sometido
al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la comuna y ciudad de
Santiago, sin perjuicio de las atribuciones propias de la Contraloría General de la
República contenidas en la Ley Nº 10.336, y del Tribunal de Contratación Pública
creado por la Ley N° 19.886.
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ACÁPITE II BASES TÉCNICAS. |
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BASES TÉCNICAS DE LA PROPUESTA PÚBLICA PARA CONTRATAR EL SERVICIO
DE SUMINISTRO PARA REALIZAR “PRODUCCIÓN EDITORIAL: EDICIONES,
DISEÑOS Y DIAGRAMACIONES DE PUBLICACIONES
1. Antecedentes
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, SENDA, tiene por finalidad asesorar al Gobierno en lo relativo a la
prevención, tratamiento, rehabilitación e integración social de las personas
afectadas por consumo de alcohol y otras drogas, requiere para el cumplimiento
de sus funciones aumentar la sensibilidad, el conocimiento y compromiso de la
comunidad nacional para abordar el problema del consumo de drogas.
Las publicaciones son una forma de materializar estudios, investigaciones,
materiales educativos y son uno de los medios más potentes para difundir dichos
trabajos y sus resultados.
SENDA se ha propuesto que sus publicaciones y material de información y
difusión mejoren sustancialmente su calidad de presentación. Los aspectos
gráficos y entrega de contenidos deben ser desarrollados y/o supervisados por
profesionales, técnicos o especialistas en estos temas.
El público objetivo que recibirá el material necesita que los productos sean
atractivos gráficamente, de fácil lectura y que los conceptos que se entreguen
sean comprendidos claramente.
Estos productos, por sus características, necesitarán ser editados y elaborados
gráficamente, por profesionales, técnicos o especialistas en edición, diseño
gráfico, diseño y diagramación de libros que, además, manejen conceptos y
posean conocimientos específicos relacionados a la temática de alcohol y otras
drogas.
2. Objetivo
SENDA requiere contar con un servicio de suministro para realizar ediciones,
diseños y diagramaciones de publicaciones, así como contar con una línea gráfica
que identifique al Servicio y pueda ser utilizada tanto en forma física como digital.
3. Perfil del oferente y equipo de trabajo
El oferente y su equipo de trabajo deberá contar con experiencia en edición y
diseño y diagramación de publicaciones, entendiéndose por publicaciones libros,
manuales, estudios, y memorias.
Para la contratación del servicio objeto de la presente licitación, se requiere que el
equipo de trabajo, a lo menos, esté constituido por los siguientes integrantes,
quienes deberán poseer conocimientos y competencias para el rol respectivo a
desempeñar.
Equipo mínimo requerido
2 personas expertas en edición.
2 personas expertas en diseño y diagramación.
1 persona experta en corrección de textos, datos estadísticos, gráficos y tablas en archivos
diagramados y con conocimientos de ortotipografía.
1 coordinador y contraparte técnica de SENDA, que podrá ser uno de los expertos u otra persona
distinta.
4. Propuesta Técnica
El oferente deberá ingresar su oferta técnica al Portal Mercado Público, mediante
archivo adjunto, indicando con detalle las características y descripción de lo
ofrecido, debiendo cumplir con todas las especificaciones señaladas en las Bases
Técnicas. La oferta técnica deberá considerar la siguiente información:
- Nombre y curriculum vitae del coordinador del servicio y contraparte
técnica de SENDA.
- Nombre y curriculum vitae de los expertos en diseño y diagramación.
- Nombre y curriculum vitae de los expertos en edición.
- Nombre y curriculum vitae de el o la correctora de textos.
- Listado de los trabajos ejecutados por el proponente relacionados al objeto
de la licitación, indicando el mandante, fecha que fue desarrollado, breve
descripción de sus características. Se requiere además especificar el
nombre y datos de contacto (correo electrónico y teléfono) de la persona
que actuó como contraparte en la organización mandante. Para estos
efectos deberán llenar los anexos 2 y 3 incluidos en el título III “Anexos”,
de la presente licitación.
Los oferentes deberán llenar el Anexo 2 “Experiencia relevante en diseño y
diagramación” y el Anexo 3 “Experiencia relevante en edición de publicaciones”
los que estarán disponibles en formato word en el portal www.mercadopublico.cl
en el ID que identifica la presente licitación y adjuntarlo a su propuesta técnica.
Además, los oferentes participantes deberán enviar como archivo PDF u otro
medio de fácil acceso un portafolio digital de los trabajos gráficos.
5. PROPUESTA ECONÓMICA
El oferente deberá realizar una propuesta económica por el servicio de edición y
diseño/diagramación de los 3 productos que se describen en el acápite 6. A y B
del título II de estas bases, para lo cual se requiere que complete el anexo N°4
denominado “Oferta económica”, contenido en el título III de estas bases, el cual
estará disponible en formato Word en el portal www.mercadopublico.cl en el ID
que identifica la presente licitación. Cada oferente deberá descargar este archivo,
llenar el formulario y acompañarlo junto con su propuesta económica, de
conformidad con lo dispuesto en estas bases.
Se declararán inadmisibles las propuestas que no cumplan con la entrega de los
valores de los 2 productos requeridos.
Para la ejecución del servicio SENDA dispone de un presupuesto máximo de
$40.000.000.- (cuarenta millones quinientos mil pesos), impuestos incluidos.
6. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Para efectos de evaluación económica se considerarán los siguientes productos:
A. LIBRO
Edición: considerar 200 páginas en Word (2500 caracteres aproximadamente).
Diseño y diagramación:
- Tamaño: 21 x 28 cm cerrado.
- Portada: impresa a 4/0 colores; con solapa.
- Páginas interiores: 264 páginas impresas a 2/2 en papel Bond de 80 g, de
las cuales 64 páginas incluyen gráficos y tablas.
B. DISEÑO DE LÁMINAS GRÁFICAS PARA SER UTILIZADA EN MODULOS
DE CURSOS ONLINE, EN MATERIALES DE CAPACITACIÓN Y REDES
SOCIALES, (incluir 1 ilustración por cada lamina).
- Especificaciones técnicas solo como referencia para efecto de
propuesta económica.
- Este servicio no contempla impresión.
- Este servicio no contempla la compra de fotografías.
- Se requiere la entrega de estos productos en archivos editables y en
PDF.
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Acápite III |
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ANEXOS, disponibles como archivos adjuntos
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