BASES ADMINISTRATIVAS
1. Antecedentes Básicos de la ENTIDAD LICITANTE
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Razón Social del organismo
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ver N°1 del Anexo Complementario
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Unidad de Compra
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ver N°1 del Anexo Complementario
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R.U.T. del organismo
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ver N°1 del Anexo Complementario
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Dirección
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ver N°1 del Anexo Complementario
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Comuna
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ver N°1 del Anexo Complementario
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Región en que se genera la Adquisición
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ver N°1 del Anexo Complementario
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- Nombre del proyecto y objetivo:
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Nombre del proyecto, objetivo, moneda y presupuesto
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Nombre y Código
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ver N°2 del Anexo Complementario
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objetivo
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ver N°2 del Anexo Complementario
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Moneda o Unidad reajustable
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ver N°2 del Anexo Complementario
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Presupuesto disponible*
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ver N°2 del Anexo Complementario
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Presupuesto estimado*
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ver N°2 del Anexo Complementario
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3. Etapas y Plazos
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Fecha de Publicación
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Dentro de 10 días hábiles administrativos contados desde la total tramitación de la resolución que apruebe el llamado de la presente licitación pública, en el portal www.mercadopublico.cl.
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Plazo para realizar consultas sobre la licitación
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Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones a través del sistema www.mercadopublico.cl, dentro de (ver N°3 del Anexo Complementario) contados desde la publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl.
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Plazo para publicar respuestas a las consultas
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La entidad licitante pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, en el plazo de (ver N°3 del Anexo Complementario) posteriores al vencimiento del plazo para realizar consultas, a las 18:00 horas.
En caso de que el número de preguntas que se reciba sea superior a:
● 100, la entidad licitante podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 5 días hábiles administrativos;
● 500, la entidad licitante podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 10 días hábiles administrativos;
● 1000, la entidad licitante podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 15 días hábiles administrativos.
En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación.
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Fecha de Cierre para presentar Ofertas
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(ver N°3 del Anexo Complementario) desde el momento de la publicación del llamado, a las 15:00 horas.
Con el objeto de aumentar la participación de oferentes o en el caso de ocurrir alguna de las hipótesis planteadas en el acápite “Plazo para publicar respuestas a las consultas”, la entidad licitante podrá extender el plazo de cierre por hasta (ver N°3 del Anexo Complementario), mediante la emisión del correspondiente acto administrativo totalmente tramitado, el cual deberá publicarse oportunamente en el portal www.mercadopublico.cl.
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Fecha de Apertura de ofertas
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El mismo día en que se produzca el cierre de recepción de ofertas, a las 15:00 horas en el portal www.mercadopublico.cl.
Las etapas serán determinadas según lo indicado en el N°3 del anexo complementario.
Las ofertas de los oferentes serán públicas y podrán visualizarse en el sistema www.mercadopublico.cl, toda vez que ello no afecta los derechos de los proponentes, tales como propiedad intelectual, secretos comerciales, datos personales, entre otros.
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Fecha de Adjudicación
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(Ver N°3 del Anexo Complementario) posteriores a la fecha del Acto de Apertura de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.
Si por causas no imputables a la Entidad compradora, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada, la Entidad compradora publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, en los términos indicados en el artículo 41 del Reglamento de la ley 19.886.
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plazo para presentación de documentos
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Una vez publicada en el portal de mercado público la resolución de adjudicación, el oferente adjudicado deberá remitir al Gobierno Regional del Maule, dentro del plazo establecido en el (ver N°3 del Anexo Complementario), todos los documentos necesarios para poder elaborar el contrato.
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Plazo para Firma de Contrato (si aplica)
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Dentro de los ver N°3 del Anexo Complementario posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
La notificación mencionada se realizará por cualquier medio idóneo (correo electrónico, carta certificada, oficio, etc.)
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En general, todos los plazos de días establecidos en las presentes Bases serán de días hábiles administrativos, entendiéndose por estos entre lunes y viernes, ambos inclusive, con excepción de los festivos, salvo aquellos que expresamente se señale que serán de días corridos.
4. Modificaciones a las bases
El Gobierno Regional del Maule podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, modificar las Bases Administrativas, Anexos Complementarios, Formularios y demás antecedentes técnicos y/o administrativos hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente, la cual será sometida a la misma tramitación que la resolución aprobatoria de las presentes bases, y una vez que se encuentre totalmente tramitada, será publicada en el Sistema de Información de Compras Públicas.
Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Servicio a los oferentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl.
5. Requisitos Mínimos para Participar
a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.
b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
c) No ser funcionario directivo de la respectiva entidad compradora; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
d) Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente.
A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar” y Declaración jurada sin conflictos de interés según lo indicado en los Anexos N°1 y 2.
Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES deberán presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada INADMISIBLE:
Anexo N°1: Declaración Jurada Simple para Ofertar: debe ser entregado por cada integrante UTP.
Anexo N°2: Declaración jurada sin conflictos de interés: debe ser entregado por cada integrante UTP.
Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, por cada miembro de la Unión temporal de proveedores.
En caso de que los antecedentes administrativos solicitados en esta sección no sean entregados y/o completados en forma correcta y oportuna, se desestimará la propuesta, no será evaluada y será declarada INADMISIBLE.
6. Instrucciones para la Presentación de Ofertas
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Presentar Ofertas por Sistema.
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Obligatorio.
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Garantía de seriedad de la Oferta
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(Ver N°4 del Anexo Complementario)
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Anexos Administrativos.
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Declaración jurada: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar” y Declaración jurada sin conflictos de interés según lo indicado en los Anexos N°1 y 2.
UTP
Anexo N°1: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA OFERTAR: debe ser entregado por cada integrante UTP.
Anexo N°2: Declaración jurada sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP.
Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, por cada miembro de la Unión temporal de proveedores.
Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos.
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Anexos Técnicos.
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Anexo N°5: Oferta Técnica y propuesta técnica.
El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Técnicos.
En caso de no presentar el formato estipulado en las presentes bases o no ofertar la totalidad de las especificaciones técnicas solicitadas, la oferta no será evaluada, declarándose inadmisible.
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Anexos Económicos.
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Anexo N°6. Oferta económica
El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Económicos.
En caso de no presentar el formato estipulado en las presentes bases la oferta no será evaluada, declarándose inadmisible
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OBSERVACIÓN
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La no presentación de alguno de los documentos y anexos señalados precedentemente tendrá como consecuencia que la oferta no será evaluada, declarándose inadmisible
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Observaciones
Los oferentes deberán presentar su oferta a través de su cuenta en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. De existir discordancia entre el oferente o los antecedentes de su oferta y la cuenta a través de la cual la presenta, esta no será evaluada, siendo desestimada del proceso y declarada como inadmisible.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.
Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.
El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
7. Antecedentes legales para poder ser contratado
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Si el oferente es Persona Natural
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Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
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Anexo N°3. Declaración Jurada para Contratar
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva.
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Acreditar en el
Registro Electrónico
Oficial de Contratistas
de la Administración.
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Fotocopia de su cédula de identidad.
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Si el oferente no es Persona Natural
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Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
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Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta.
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Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.
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Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
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Anexo N°3. Declaración Jurada para Contratar
Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.
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Observaciones
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte de papel u otro medio magnético de almacenamiento.
Lo señalado en el párrafo precedente no resultará aplicable a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente en los términos que indican las presentes bases. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá readjudicar a la segunda mejor oferta evaluada que haya calificado técnica/económicamente para la firma del contrato, y así sucesivamente, o llamar a un segundo proceso de licitación. Además, tales incumplimientos darán origen al cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere.
- Inscripción en el Registro de Proveedores
Para participar en el presente proceso licitatorio los oferentes deben encontrarse inscritos y habilitados en el Registro de Proveedores de Chilecompra.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta debe estar inscrito y habilitado en el Registro de Proveedores de Chilecompra.
9. Naturaleza y Monto de las Garantías
9.1 Garantía de Seriedad de la Oferta
Cuando la licitación sea por un monto superior a 5.000 UTM, el oferente deberá presentar junto a su oferta una o más garantías, equivalentes en total, al monto que indique la entidad licitante en el Ver N°4 del Anexo Complementario y que no podrá superar el 3% del monto total disponible o estimado para la licitación. Si el oferente presenta más de una propuesta, cada una de ellas deberá estar debidamente caucionada, en los términos indicados en la presente cláusula, mediante instrumentos separados.
La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de la entidad licitante indicada en el Ver N°4 del Anexo Complementario, dentro del plazo para presentación de ofertas, si fueran en soporte de papel y en el horario de atención a los oferentes que allí se indique.
Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) enviar a través del correo electrónico señalado por la entidad licitante en el Ver N°4 del Anexo Complementario, dentro del plazo para ofertar.
Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 52 del reglamento de la ley N° 19.886. El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se otorga para garantizar la seriedad de la oferta, singularizando el respectivo proceso de compra. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros.
La garantía deberá tener como vigencia mínima desde la presentación de la oferta hasta la suscripción del contrato entre el respectivo órgano público comprador y el proveedor adjudicado. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.
Será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, debiendo reemplazarla si, por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula, como, por ejemplo, ampliación de fecha de cierre de la licitación o del proceso de evaluación.
Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la entidad licitante, indicado en el Ver N°4 del Anexo Complementario de las bases.
Si el instrumento que se presenta expresa su monto en unidades de fomento (UF), se considerará para determinar su equivalente en pesos chilenos (CLP), el valor de la UF a la fecha en que se realice la apertura de la oferta.
Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de la oferta, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad licitante, siempre que los incumplimientos sean imputables al proveedor, en los siguientes casos:
1. Por no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado o la no aceptación de la OC, si corresponde;
2. Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases, si corresponde;
3. Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases;
4. Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error, y que así se justifique mediante resolución fundada del órgano comprador;
5. Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado, si procede; y
6. En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente, durante el proceso licitatorio.
Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, si procede.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la dirección de la entidad licitante, indicada en el Ver N°4 del Anexo Complementario.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido no adjudicadas, se efectuará una vez que se haya notificado la resolución que aprueba el respectivo contrato. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la entidad licitante recién aludida.
9.2 Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato en las contrataciones superiores a 1.000 UTM, el adjudicatario debe presentar una o más garantías de la misma naturaleza, equivalentes en total al porcentaje indicado en el Ver N°5 del Anexo Complementario, la que debe ser de un 5% del precio final neto ofertado. En los casos en los cuales el monto de la contratación sea inferior a 1.000 UTM, no será exigida esta caución, salvo que el organismo contratante considere pertinente exigir dicha garantía en virtud del riesgo involucrado en la contratación, lo que deberá justificarse en el Ver N°5 del Anexo Complementario. Lo anterior en virtud de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de la entidad licitante indicada en el N° 5 del Anexo Complementario, dentro del plazo indicado en el párrafo quinto del punto 11.3 de las presentes bases, si fueran en soporte de papel, en el horario de atención a los oferentes, debidamente informado por la entidad licitante en dicho Anexo.
Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) enviar, dentro del mismo plazo, a través del correo electrónico señalado por la entidad licitante en el N°5 del Anexo Complementario.
Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo N°52 del reglamento de la ley N°19.886. El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se otorga para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, singularizando el respectivo proceso de compra. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros.
La garantía deberá tener una vigencia mínima de 90 días corridos posteriores al término de la vigencia del contrato.
Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento, al menos hasta 90 días corridos después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la entidad licitante, según lo indicado en la cláusula 1 de las bases.
El instrumento de garantía deberá indicar en su texto la siguiente glosa: "Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado: [nombre de la licitación] y/o de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario”.
En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza.
La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, en los términos indicados en el Ver N°5 del Anexo Complementario y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
Cabe señalar que toda clase de garantías o cauciones que se constituyan en el contexto de esta cláusula, se enmarcan de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N°19.886, permanecerán vigentes hasta 90 días corridos después de culminado el contrato. Asimismo, con cargo a estas mismas cauciones podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas adjudicados.
10. Evaluación y adjudicación de las ofertas
10.1 Comisión Evaluadora
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por 3 integrantes, designados por resolución o acto administrativo del Jefe de Servicio o quien tenga delegada la facultad para ello, según lo indicado en el Ver N°6 del Anexo Complementario.
Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
- Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
- Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
- Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio de la entidad licitante, o a quien corresponda la decisión si estuviera delegada, la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
10.2 Consideraciones Generales
1. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula 6, “Instrucciones para Presentación de Ofertas”, de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.
2. La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 56 del reglamento de la ley 19.886 y en las presentes bases.
3. Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula 3 de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 56 del reglamento de la ley 19.886, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 48 horas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl . La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
10.4 Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
10.5 Criterios de Evaluación y Procedimiento de Evaluación de las ofertas
Los Criterios de Evaluación y Procedimiento de Evaluación de las ofertas será el establecido en el Anexo N° 4 de las presentes bases de licitación.
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Criterios
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Ponderación
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A. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
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Ver N°7 del Anexo Complementario
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B. SERVICIO TÉCNICO DE POST VENTA
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Ver N°7 del Anexo Complementario
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C. GARANTÍA
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Ver N°7 del Anexo Complementario
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D. PLAZO ENTREGA
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Ver N°7 del Anexo Complementario
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E. PRECIO TOTAL
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Ver N°7 del Anexo Complementario
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Para obtener el puntaje total de la evaluación de cada oferente, se sumarán los puntajes finales ponderados de cada criterio indicado en N°7 del anexo complementario.
A. Cumplimiento de Requisitos Formales
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ESCALA DE CALIFICACION
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DETALLE DE EVALUACION
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Ver N°8 del Anexo Complementario
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Cumple con la presentación completa de antecedentes.
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Ver N°8 del Anexo Complementario
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No cumple o los acompaña con posterioridad conforme lo indicado en la cláusula 10.3 de las presentes bases
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B. Servicio de Técnico de Post Venta
Puntaje Máximo: 100 puntos
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Antecedente
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Puntos
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Servicio Técnico Autorizado para el vehículo motorizado dentro de la Región
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Ver N°9 del Anexo Complementario
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Servicio Técnico Autorizado para el vehículo motorizado fuera de la Región
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Ver N°9 del Anexo Complementario
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C. Garantía
Puntaje máximo 100 puntos.
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Aspecto
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Puntos
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Superior a lo solicitado en las EETT
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Ver N°10 del Anexo Complementario
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Igual a lo solicitado en las EETT
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Ver N°10 del Anexo Complementario
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D. Plazo de entrega
Para la evaluación de este subcriterio se considerará la información declarada en el N°11 del Anexo complementario. Según el plazo de entrega en cada ítem declarado por el oferente, se le asignará el puntaje correspondiente según la siguiente tabla del anexo N° 4.
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Plazo de entrega
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Puntos
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Oferta(s) entre 1 y 15 días
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Ver N°11 del Anexo Complementario
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Oferta(s) entre 16 y 30 días
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Ver N°11 del Anexo Complementario
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Oferta(s) entre 31 y 45 días
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Ver N°11 del Anexo Complementario
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Resto de las ofertas
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Ver N°11 del Anexo Complementario
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En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se declare
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Ver N°11 del Anexo Complementario
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E. Precio Total
Para la evaluación de este criterio se utilizarán las ofertas de acuerdo al Anexo N° 6 OFERTA ECONÓMICA y se aplicará la formula indicada en el N°12 del Anexo Complementario.
10.6 Mecanismo de Resolución de empates
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo Puntaje Total, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio de evaluación a continuación por orden de prelación, hasta que se rompa el desempate:
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Condición
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Adjudicación
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Igual puntaje
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Se adjudica a oferente que presente mayor puntaje en la oferta económica.
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Igual puntaje e igual valor económico
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Se adjudica a oferente que presente mayor puntaje en el servicio técnico y garantía.
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Igual puntaje e igual valor económico y calidad técnica
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Se adjudica a oferente que presente mayor puntaje en el plazo de entrega.
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En caso de persistir igualdad o empate se procederá a realizar un sorteo entre las ofertas empatadas, en presencia del Jefe de División de Presupuesto e Inversión Regional, quien en su calidad de Ministro de Fe, quien certificará el resultado del sorteo.
10.7 Adjudicación
Se adjudicará al oferente que obtenga el puntaje más alto en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
La adjudicación podrá ser dejada sin efecto por el Servicio dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario se desistiere de celebrar el contrato, o no ingrese el contrato dentro del mencionado en el punto 10.3 de las presentes bases.
b) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
c) Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases o no cumpla con la documentación exigida para contratar.
d) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
e) En caso de que, por razones de interés público, seguridad nacional o razones presupuestarias posteriores a la aprobación de la iniciativa, el Gobierno Regional no se encuentre en condiciones de continuar con el financiamiento de la iniciativa.
En estos casos, el Gobierno Regional del Maule, podrá readjudicar al segundo oferente mejor evaluado que haya calificado técnica/económicamente, y así sucesivamente, o llamar a un segundo proceso de licitación.
10.8 Resolución de consultas respecto de la Adjudicación.
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 2 días hábiles administrativos contados desde la publicación de la resolución que adjudica en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través de los correos electrónicos que se indican en el N°13 del Anexo complementario.
La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación.
10.9 Readjudicación
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra que formaliza la adquisición conforme a lo dispuesto en el artículo 58 inciso final de la Ley 19.886, sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
11. Condiciones Contractuales, Vigencia de las Condiciones Comerciales, Operatoria de la Licitación y Otras Cláusulas
11.1 Documentos integrantes
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
1) Bases de licitación, sus anexos y la resolución de aprobación de Bases.
2) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
3) Oferta de él o los oferentes respectivamente.
4) Informe de proposición de adjudicación.
5) Resolución de adjudicación.
6) Contrato definitivo suscrito entre las partes.
7) Orden de compra con todos los antecedentes emitida por el Portal Mercado público.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
11.2 Validez de la oferta.
Las ofertas deberán tener una validez mínima según lo indicado en el N°3 del anexo complementario de las presentes bases. Cada oferente podrá presentar una o más ofertas por licitación.
Durante el periodo de vigencia de las ofertas, el Gobierno Regional del Maule deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente licitación. Si vencido el plazo señalado precedentemente, no se ha realizado la adjudicación o ésta no se encuentra totalmente tramitada, el Gobierno Regional del Maule informará las razones del incumplimiento en el sistema de información, acorde a lo previsto en el artículo 58 del decreto N°661 del 2024, del Ministerio de Hacienda.
Asimismo, podrá solicitar a los oferentes la revalidación de sus ofertas y de las garantías de seriedad de la oferta (cuando proceda) por el plazo indicado en el N°3 del anexo complementario, debiendo adjudicar el Servicio dentro de dicho plazo contados desde la revalidación de las ofertas. En estas circunstancias, los proponentes no estarán obligados a continuar participando en la licitación, por lo que tendrán un plazo de 5 días corridos para revalidar sus ofertas y en caso de no hacerlo se declarará desistida su oferta.
11.3 Suscripción del Contrato
De conformidad con lo señalado en el artículo N°117 y siguientes del reglamento de la Ley N°19.886, las adquisiciones cuyo monto total sea igual o supere las 1000 UTM se formalizarán mediante la suscripción de un contrato entre el proveedor adjudicado y el organismo comprador.
Por otra parte, las adquisiciones que se efectúen por un monto total inferior a las 100 UTM serán formalizadas mediante la emisión de la orden de compra por parte del organismo comprador y la aceptación de ésta por parte del proveedor adjudicado, no siendo necesaria la suscripción de un contrato para tales efectos.
De la misma forma, podrán formalizarse las adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes y/o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas Bases de licitación.
Una vez publicada la resolución de adjudicación en el portal de Mercado Público, el proveedor adjudicado tendrá 3 días hábiles contados, para remitir al Gobierno Regional del Maule a través de los correos electrónicos indicados en el N°13 del anexo complementario todos los antecedentes necesarios para suscribir el respectivo contrato.
Lo ya señalado será exigible en caso de que el proveedor no tenga actualizada dicha información en el Registro de Chile proveedores con una vigencia de al menos 3 meses, siendo de exclusiva responsabilidad del proveedor mantener dicha información actualizada, tal como lo exige el artículo N°16 del reglamento de compras públicas.
El administrador del proyecto enviará un correo electrónico adjuntando el texto del contrato que deberá firmar el oferente adjudicado. Dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha del envío del texto del contrato, el adjudicatario deberá ingresar 03 ejemplares originales firmados ante Notario en la Unidad de Gestión de Documentos del Gobierno Regional del Maule, ubicada en calle Uno Norte N° 711, Comuna de Talca, en conjunto con la Boleta de Fiel Cumplimiento del Contrato en caso de que no se hubiese ingresado previamente.
Si el proveedor adjudicado no da cumplimiento a lo indicado en el párrafo precedente, o no acepta la orden de compra que formaliza la adquisición, se entenderá desistida su oferta, pudiendo adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente. También se entenderá como desistimiento si no se acompaña la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento respectiva en los plazos establecidos para ello.
11.4 Responsabilidades y Obligaciones del Adjudicatario.
- Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.
- Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario, lo que deberá documentarse fehacientemente.
iii. Suministrar los productos licitados que le fueron adjudicados en los plazos comprometidos según su oferta adjudicada y cumpliendo con las especificaciones técnicas correspondientes establecidas en estas bases de licitación.
- Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportadas por la entidad licitante en un plazo máximo de 2 días hábiles administrativos, contado desde su notificación.
- Entregar oportunamente informes solicitados por la entidad licitante.
11.5 Gastos, Derechos e Impuestos
Todos los gastos, así como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el proveedor adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste, salvo que la regulación específica de tales gastos o impuestos disponga otra cosa.
11.6 Cesión de contrato y Subcontratación
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre.
Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente suministre los productos contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de sus obligaciones.
De conformidad a lo establecido en el artículo N° 15 de la Ley 19.886, Ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y el artículo 128 del decreto N° 661, que aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886, el Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el Proveedor adjudicado. En aquellos contratos de carácter secreto o reservado, o cuando lo exija la seguridad del Estado, la subcontratación requerirá siempre autorización expresa de la Entidad.
No será admisible la subcontratación en los siguientes casos:
a) Si se trata de servicios especiales, y se ha contratado en vista de la capacidad o idoneidad del contratista.
b) Si excede el treinta por ciento del monto total del contrato, salvo que las Bases de licitación establezcan un porcentaje mayor por razones fundadas.
c) Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores.
d) Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la Entidad pública a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras.
En todos los casos es el oferente y eventual adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas bases.
11.7 Efectos derivados de Incumplimientos del Proveedor
11.7.1 Multas
El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos asociados a la entrega de los productos, de conformidad con las presentes bases.
El Adjudicatario será sancionado por el Gobierno Regional del Maule, con el pago de una multa, en caso de incumplimiento en la entrega del bien objeto de la presente licitación. Se aplicará una multa de 0,5% (cero coma cinco porciento) del valor total del contrato (IVA incluido), por cada día de atraso. La referida multa se aplicará por un máximo de 20 días corridos.
Una vez cumplido el plazo ofertado sin que el adjudicatario haya realizado la entrega, comenzará a aplicarse multa. El funcionario(a) del Gobierno Regional del Maule encargado(a) de la administración del proyecto, deberá notificar al adjudicatario por escrito, mediante correo electrónico u otro medio análogo, de que comenzó a aplicarse multa por cada día de atraso, indicando la fecha en que comenzó a aplicarse. Junto con dicha notificación, se le dará un plazo de 5 días hábiles administrativos, contados desde la recepción de la notificación, para realizar sus descargos a la aplicación de multa. Los descargos deberán presentarse por escrito, debiendo ser ingresado el documento por Oficina de Partes del Gobierno Regional del Maule, señalando todas las circunstancias o antecedentes de hecho y de derecho que eximan o atenúen el posible incumplimiento, así como nieguen la efectiva concurrencia de los hechos, o que demuestren que esto no constituye infracción de conformidad a lo establecido en el párrafo 7 “efectos del incumplimiento contractual del proveedor” del decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley N°19.886.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante resolverá sobre éstos en el plazo de 15 días hábiles administrativos, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, a través de una comisión integrada por el Jefe de División de Presupuesto e Inversión Regional o quien éste designa, el Jefe de Departamento de Inversión Regional, y el Administrador del Proyecto, quienes deberán resolver y notificar lo resuelto.
La medida a aplicar deberá formalizarse a través de una Resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse en el sistema de información. En contra de dicha Resolución procederán los recursos dispuestos en la ley 19.880, sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 5 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa o desde la resolución que aprueba el informe de aplicación de multa en caso de haber existido descargos del proveedor. En caso de que no se pague dentro de dicho plazo, se procederá al cobro a través de la o las garantías de fiel cumplimiento, haciéndose pagadera la multa solo respecto de aquella parte que cubre el valor de esta, debiéndose restituir la diferencia al adjudicado. En este último caso, en la medida que la garantía cobrada esté vigente, el proveedor adjudicado deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza dentro de 15 días hábiles administrativos desde la notificación del cobro.
Transcurrido el plazo para pagar la multa, el Gobierno Regional del Maule podrá proceder al término anticipado de contrato, haciéndose efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato en caso de que no se haya cobrado previamente.
11.7.2 Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
Al Adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, en los siguientes casos:
- No pago de multas dentro del plazo establecido en las presentes bases.
- Incumplimientos de las exigencias técnicas del vehículo adjudicado establecido en el Contrato.
iii. Cuando el vehículo entregado sea diverso a los ofertados.
iv. Cuando no se realicen las capacitaciones en las condiciones ofertadas, cuando éstas procedan.
- Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, imputable al proveedor.
11.7.3 Término Anticipado Contrato
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado, siempre que sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
2) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4) Si se disuelve la empresa o la unión temporal de proveedores adjudicada.
5) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
6) En caso del incumplimiento por atraso indicado en el último párrafo de la cláusula 10.8 de las presentes bases.
7) En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
b. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
c. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
d. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
e. Disolución de la UTP.
8) No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, según lo establecido en la cláusula 9.2 de las bases de licitación.
9) En el caso de infracción de lo dispuesto en la cláusula 11.6 sobre “Cesión de contrato y Subcontratación”
De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del numeral 3), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en la cláusula 11.8
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Resciliación o término de mutuo acuerdo
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento y siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
11.8 Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimientos
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación, la entidad licitante notificará de ello al adjudicado, por escrito, mediante correo electrónico u otro medio análogo, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten, de conformidad al procedimiento señalado en la cláusula 11.7.1 sobre multas.
11.9 Del Pago
El pago al proveedor se realizará dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, en el Gobierno Regional del Maule, previo cumplimiento de la aprobación por Resolución del Acta de Recepción definitiva por parte de la comisión receptora, extendiendo la facturación de conformidad a lo indicado en el N°14 del anexo complementario.
El proveedor solo podrá facturar los productos efectivamente entregados y recibidos conforme por el organismo comprador, una vez que el administrador del contrato por parte del organismo comprador autorice la facturación en virtud de la recepción conforme de los bienes. El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los bienes y la autorización expresa de facturar por parte de éste.
El procedimiento de recepción del vehículo objeto de la presente licitación corresponderá al señalado en el N°14 del anexo complementario.
11.10 Vigencia del Contrato
El contrato tendrá la vigencia indicada en la oferta adjudicada, contada desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
12. Requerimientos técnicos
Los bienes requeridos se detallan en el Anexo N°4 de las presentes bases. Dichos bienes serán considerados como requisitos técnicos solicitados obligatorios, de modo que, la oferta que no reúna alguno de ellos será declarada inadmisible.