Licitación ID: 48-51-LE25
Servicio de provisión e instalación de gradas de escaleras en edificios centrales de SERVIU Metropolitano
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Piezas de escaleras 1 Global
Cod: 30161908
Servicio de provisión e instalación de 109 gradas antideslizantes marca Cruzeiro o equivalentes estriadas, bicolor negro/amarillo, punta nariz demarcada, de alto tráfico en edificios centrales de SERVIU Metropolitano.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de provisión e instalación de gradas de escaleras en edificios centrales de SERVIU Metropolitano
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar el “Servicio de provisión e instalación de gradas de escaleras en edificios centrales de SERVIU Metropolitano”, con el propósito de cambiar las gradas que actualmente se encuentran deterioradas y/o en mal estado para prevenir la ocurrencia de accidentes en las escaleras de SERVIU Metropolitano, requiere contar con un servicio de provisión e instalación de gradas de escaleras en edificios centrales de SERVIU Metropolitano. E1O2RT9.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-09-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 23-09-2025 17:07:09
Fecha inicio de preguntas: 23-09-2025 18:01:00
Fecha final de preguntas: 25-09-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-09-2025 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-09-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-09-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 13-11-2025 16:48:45
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 18-12-2025
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 20 Días
visita a terreno de carácter obligatoria (excluyente) a efectuarse el tercer día hábil siguiente de publicada la licitación. Esta visita se realizará a las 12:00 hrs. en calle Arturo Prat 48, Hall del 1° piso, con los Sres. Eduardo Oyarzún B. (eoyarzun@mi 26-09-2025 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1. Presentación de Ofertas Las entidades oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Todos o parte de los antecedentes administrativos solicitados para ofertar, pueden estar acreditados en ChileProveedores, en cuyo caso no será necesario adjuntarlos a la oferta. Las entidades oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si alguna entidad oferente tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 3 del Artículo 115 del Decreto N°661/2024. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a la entidad oferente tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información. 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. En caso contrario, al ser requisito obligatorio, los oferentes que no los adjunten o los presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. En caso de los literales c), y d) constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar o de no cumplir con lo exigido, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura de las ofertas y serán declaradas inadmisibles. a) Todas las entidades oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. Si esta declaración se encuentra actualizada y acreditada en Chileproveedores, no será necesario adjuntarla. b) Aquellas entidades oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº20.393, y el Decreto Ley N°211 de 1973. Si esta declaración se encuentra actualizada y acreditada en Chileproveedores, no será necesario adjuntarla. c) Todos los oferentes deberán estar inscritos en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, ChileProveedores, y encontrarse en estado hábil para contratar, en los términos que exige el artículo N°4 de Ley de N°19.886, modificada por la Ley N°21.634. d) Respecto de las uniones temporales de proveedores (UTP), deberá adjuntarse, al momento de ofertar, el instrumento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar mediante esta modalidad, en virtud del artículo 52 de la Ley Nº 19.886, modificada por la Ley N º21.634. En caso de no presentarse este acuerdo o presentarse sin las solemnidades exigidas por la ley, la propuesta será rechazada al momento de la apertura y declarada inadmisible.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los anexos N°3, N°4, N°5, N°6 y N°7 constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será declarada inadmisible. Los documentos que se adjunten para acreditar lo solicitado en los literales a.1), d.1) y e.1) constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. a) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N°3 “Experiencia del oferente”, referido a trabajos de instalación de gradas, la que deberá ser acreditada con documentos que respalden el servicio señalado, tanto para entidades públicas o privadas, durante los últimos 5 años. Lo anterior, mediante certificados debidamente firmados por la empresa a quien se prestó el servicio, contratos, boletas de honorarios, facturas, órdenes de compra (en estado aceptada o recepción conforme, si corresponden a órdenes de compra emitidas a través del Mercado Publico) o certificados de experiencia emitidos por el mandante, o cualquier otro documento, a excepción de declaraciones juradas simples o notariales emitidas por el mismo oferente. a.1) Cualquiera sea el documento que el oferente presente para acreditar su experiencia deberá considerar lo siguiente: (de lo contrario no serán considerados para la evaluación). 1. Nombre del oferente, o en su defecto, nombre del representante legal de la empresa oferente, no se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la empresa. 2. Descripción de los servicios prestados, que debe corresponder al rubro solicitado, duración de la prestación, en días, meses o años, y la fecha o año de la misma. 3. Correo o teléfono del oferente o, en su defecto, del representante legal del oferente. a.2) Sólo se evaluará lo señalado en el anexo respectivo. a.3) En caso de existir discrepancia entre lo declarado en el Anexo N°3 y los documentos de respaldo, primará lo señalado en éstos últimos. b) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°4, “Plazo de ejecución”, el cual deberá ser en días corridos (no rangos de tiempos), de acuerdo al horario establecido en el punto 9.16. de las bases administrativas, que tomará la ejecución de los trabajos y del servicio requerido. Se evaluará el plazo de ejecución del servicio, el que en ningún caso podrá ser superior a 20 días corridos, en caso contrario, la oferta quedará inadmisible. c) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°5, “Garantías de los trabajos”, contemplada en meses. Se solicitará una garantía mínima de 12 meses al servicio ejecutado. En ningún caso ésta puede ser menor a 12 meses, dado que ello, implicará que, la oferta se declara inadmisible. d) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°6 “Programa de Integridad”, correspondiente a cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y, si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos, que tienen en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. En éste, se debe indicar si cuenta con programas de integridad que sean conocidos por el personal. d.1) La información contenida en el citado Anexo, deberá ser debidamente respaldada, por lo que el oferente deberá adjuntar alguno(s) de los siguientes documentos: a) En caso de existir certificación: Certificados o documentos que acrediten que cuenta con el Programa de Integridad, el que cual deberá contener un mecanismo de verificación, ya sea código verificador, N° de contacto telefónico o correo electrónico de la empresa certificadora junto al contenido del Programa de Integridad certificado. b) En caso de existir antecedentes que den cuenta de la existencia de programa de integridad conocidos por todo su personal (ya sean manuales, código de buenas prácticas, reglamentos internos, políticas de cumplimiento, charlas que respalden difusión de dichas políticas), con sus respectivos medios de verificación, como el link de su página web o intranet, donde se visualicen los contenidos publicados a los que puede acceder todo su personal. Las declaraciones juradas se aceptarán exclusivamente para acreditar que el personal conoce el Programa de Integridad, y siempre que se acompañen al programa que se declara conocer. • No bastará con la presentación de “pactos de integridad” o documentos de compromiso, debido a que no es posible tener certeza que esas estipulaciones sean conocidas y cumplidas por los trabajadores de los respectivos proveedores (Dictamen N°E370752/2023) y que alude a una difusión futura de las mismas (Dictamen N°E535907/2024). El criterio de evaluación sobre programas de integridad y compliance es un aspecto que también debe ser evaluado respecto de los oferentes personas naturales lo cual se acreditará mediante cursos, capacitaciones, diplomados u otros documentos fidedignos en que conste que se han capacitado en integridad o compliance. (Dictamen N°E586179/2024). Los antecedentes que respalden la existencia de programa de integridad constituyen un requisito obligatorio, por tanto, en caso que no sean presentados al momento de ofertar, o de ser presentados de forma incompleta, serán solicitados a través del Foro de Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación, en dicha instancia del documento solicitado, implicará la declaración de puntaje 0 en este criterio de evaluación. e) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°7, “Impacto Ambiental”, correspondiente a cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo la producción limpia, así como la utilización de procesos, materiales e insumos que tienen un menor impacto ambiental en las actividades productivas, que tienen en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. En éste, se debe indicar si cuenta con prácticas sustentables o de impacto ambiental que sean conocidos por el personal. e.1. La información contenida, deberá ser debidamente respaldada, por lo que la entidad oferente deberá adjuntar cualquier documento que acredite fehacientemente que cuenta con prácticas sustentables o de impacto ambiental, el cual deberá contener un mecanismo de verificación según corresponda, de acuerdo lo declarado en el Anexo N°7. Se hace presente que, en caso que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o proporcionen la información inexacta, no verosímil y/o induzca a error o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales, declarará inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Servicio para requerir, mediante foro de aclaración de ofertas, la corrección de errores u omisiones formales, de conformidad a lo establecido en el punto 10.3 de las presentes bases y al art. 40 del Reglamento de la Ley de Compras. Aplicándose, en dicho caso, puntaje cero en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos La entidad oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al precio total neto del servicio requerido de acuerdo con las bases técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos, sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. La entidad oferente deberá señalar claramente, en el campo especificaciones del proveedor, al momento de ingresar su oferta económica en el Portal Mercado Público si el valor Neto del proyecto estará: Afecto a IVA, Exento de IVA, o se debe agregar la Retención de Impuesto en caso de entrega de Boleta de Honorarios. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que la entidad oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las bases técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°8, “Formulario Oferta Económica”. Los valores ingresados en este anexo deben ser coincidentes con los ingresados al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado o de no presentarse debidamente completado al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura de la presente licitación y declarada inadmisible en su oportunidad. Para efectos de evaluación económica, el monto a evaluar será aquel que corresponda al monto total neto, de acuerdo con lo declarado en el Anexo N°8 por la entidad oferente. El oferente debe señalar claramente, al momento de ingresar su oferta económica si el Valor Neto del proyecto estará, Afecto a IVA, Exento de IVA, o se debe agregar la Retención de Impuesto en caso de entrega de Boleta de Honorarios. Las ofertas que superen el presupuesto bruto máximo disponible para la presente contratación serán declaradas inadmisibles.
2.- 5.2.5. Visita a Terreno El oferente deberá asistir a una visita a terreno de carácter obligatoria (excluyente) a efectuarse el tercer día hábil siguiente de publicada la licitación. Esta visita se realizará a las 12:00 hrs. en calle Arturo Prat 48, Hall del 1° piso, con los Sres. Eduardo Oyarzún B. (eoyarzun@minvu.cl) y Juan Escobar N. (jescobarn@minvu.cl), profesionales del Área Prevención de Riesgos y Ambientes Laborales de SERVIU Metropolitano. Esta visita será guiada por un representante de SERVIU Metropolitano quien registrará la asistencia de los oferentes en una planilla con el horario indicado. Se tendrá una tolerancia de 10 minutos desde la hora indicada o desde el momento que el representante de SERVIU Metropolitano llegue al lugar para iniciar la visita. NO SE ACEPTARÁ REGISTRO POSTERIOR AL INICIO DE LA VISITA, por lo que no se considerará al oferente como participe de dicha visita. No serán consideradas las ofertas de los oferentes que no tengan registros de esta visita, por lo que las ofertas serán declaradas inadmisibles, rechazándose al momento de la apertura electrónica.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio u Ofer ta Económica: 55%
2 Cumpl imiento Requisi tos Formales de la Ofer ta: 5%
3 Ofer ta Técnica: 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.06.999
Monto Total Estimado: 9500000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El presupuesto máximo disponible para la contratación es de: 9.500.000.- Por lo tanto, si la oferta excede dicho presupuesto, será declarada inadmisible.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme Santos
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Eduardo Oyarzún Bravo
e-mail de responsable de contrato: eoyarzun@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-29013216-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Otras Clausulas

9.  Otras Cláusulas

9.1.     Validez de las Ofertas

Las entidades oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta significa que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días hábiles contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

La entidad oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

9.2.     Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen entregado oportunamente todos los requisitos de admisibilidad (ver punto 5.2.2., 5.2.3, 5.2.4 y 5.2.5 de las bases administrativas de licitación).

9.3.     Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por tres profesionales funcionarios de la Subdirección de Administración y Finanzas, que se designarán por Orden de Servicio de esa subdirección de SERVIU Metropolitano, indicando nombre, RUT y cargo del funcionario que la preside. La Comisión procederá a revisar y analizar los antecedentes entregados por los oferentes de acuerdo con lo solicitado en las presentes Bases.  

Todos los profesionales, independiente de su calidad jurídica, que tengan por función evaluar o calificar procesos de licitación pública o privada deberán suscribir una Declaración Jurada de ausencia de conflicto de interés por cada procedimiento en el que participe, esto en razón del Articulo 35 nonies, Capitulo VII, de la Ley Nº19.886 incorporado por la Ley Nº21.634.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva y suscribiendo la declaración de ausencia de conflictos de intereses y de confidencialidad de la comisión evaluadora”. Esto en razón de del artículo 35 quinquies y nonies de la Ley Nº19.886 incorporado por la Ley Nº21.634.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo y se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las mismas.

Las ofertas que deban declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o, la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

Los proveedores son responsables de la información que presenten al SERVIU Metropolitano para estos efectos. En caso de falsedad o inexactitud de la información indicada habilita al SERVIU Metropolitano para declarar inadmisible al proveedor en evaluación.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

La aplicación del foro Aclaración de Oferta, implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”

Las entidades oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del Foro Inverso del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:

9.3.1. Evaluación Oferta técnica (A): (40%)

La evaluación técnica considera cinco sub-criterios: Experiencia del oferente, ponderado en un 25%, Plazo de ejecución del servicio, ponderado en un 30%, Garantía de los trabajos, ponderado en un 40%, Programa de integridad, ponderado en un 3% e Impacto Ambiental, ponderado en un 2%, a evaluarse en una escala de 0 a 100 puntos.

a) Experiencia del oferente: (25%)

En este criterio se evaluará la experiencia del oferente destacado, en función de la cantidad de prestaciones que hayan contratado en el rubro de lo solicitado, en los últimos 5 años (2020 a 2025), y, que se encuentren terminados a la fecha de publicación de este proceso licitatorio, en conformidad con la información proporcionada por el oferente en el Anexo N°3, que se encuentre debidamente acreditada, de acuerdo a lo solicitado en el punto 5.2.3 letra a) en sus numerales a.1, a.2) y a.3), de las Bases Administrativas de licitación.

La comisión evaluadora asignará el puntaje de la siguiente manera:

Cantidad de experiencias acreditadas

Puntaje

10 o más prestaciones de servicio de provisión e instalación de gradas de escalera.

100

Entre 7 y 9 prestaciones de servicio de provisión e instalación de gradas de escalera.

50

Entre 3 o 6 prestaciones de servicio de provisión e instalación de gradas de escalera.

25

2 o menos prestaciones de servicio de provisión e instalación de gradas de escalera.

0

b) Plazo de ejecución del servicio: (30%)

Este criterio se evaluará en consideración a la información proporcionada por el oferente en el Anexo N°4 y que se encuentre debidamente acreditada, de acuerdo con el punto 5.2.3 letra b) de las Bases Administrativas de licitación.

La comisión evaluadora asignará el puntaje de la siguiente manera:

Plazo de ejecución del servicio

Puntaje

Entre 01 y 10 días corridos

100

Entre 11 y 15 días corridos

50

Entre 16 y 20 días corridos

25

Superior a 20 días corridos

Inadmisible

c) Garantía de los trabajos: (40%)

Este criterio se evaluará en consideración a la información proporcionada por el oferente en el Anexo N°5 y que se encuentre debidamente acreditada, de acuerdo con el punto 5.2.3 letra c) de las Bases Administrativas de licitación.

Garantía al servicio ejecutado

Puntaje

24 meses o más

100

Entre 18 y 23 meses

50

De 12 a 17 meses

25

Menos de 12 meses

Inadmisible

a)     Programa de Integridad: (3%)

El presente factor tiene por finalidad evaluar si el oferente cuenta con programas de integridad y ética empresarial que sean conocidos por su personal, en virtud del artículo 17 del Reglamento de la Ley de Compras y a lo solicitado por la Contraloría General de la República en sus Dictámenes N°E370752/2023, N°E435864/2024, N°E535907/2024 y N°E586179/2024 y según lo informado en el Anexo N°6. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

Programa de Integridad conocido por el personal

Puntaje

La entidad oferente acredita programas de integridad que sean conocidos por su personal

100

La entidad oferente NO acredita o no tiene programas de integridad que sean conocidos por su personal

0

b)   Impacto Ambiental: (2%) 

Este criterio se evaluará en función de lo indicado por el oferente en el Anexo N°7 que se encuentre debidamente acreditado de acuerdo con la letra i.1) del punto 5.2.3 de las bases administrativas de licitación y que tendrá una ponderación del 2%. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

Prácticas sustentables o de impacto ambiental conocido por el personal

Puntaje

La entidad oferente acredita prácticas sustentables o de impacto ambiental que sean conocidos por su personal.

100

La entidad oferente NO acredita prácticas sustentables o de impacto ambiental que sean conocidos por su personal.

0

Cálculo de Puntaje Oferta Técnica:

Para el cálculo del puntaje de evaluación de la Oferta Técnica, se ponderarán cada uno de los aspectos mencionados en las letras a), b) y c) precedente, según la siguiente expresión:

POT = A * 0,25 + B * 0,30 + C * 0,40 + D * 0,03 + E * 0,02

Dónde:

POT: Puntaje Oferta Técnica.

A= Experiencia del oferente.

B= Plazo de ejecución del servicio.

C= Garantía al servicio ejecutado.

D= Programa de Integridad

E= Impacto Ambiental

Los oferentes que obtengan un Puntaje Oferta Técnica (POT) inferior a 50 puntos, su oferta quedará inadmisible.

9.3.2 Precio u Oferta Económica (B): (55%)

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo con la siguiente fórmula:

Donde:

Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

Para efectos de evaluación económica, el monto a evaluar será aquel que corresponda al monto total neto, de acuerdo con lo declarado en el Anexo N°8 por la entidad oferente.

9.3.3 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (C) (5%):

La entidad oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de esta y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos, mientras que, la entidad oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 56 del Reglamento de Compras D.S. 661/2024, obtendrá 0 (cero) puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar, o en la instancia posterior, establecida en el párrafo octavo del punto 10.3. de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.

Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio “Oferta Técnica (A)” se le aplicará una ponderación de un 40%, al puntaje obtenido en el criterio “Precio” (B) se le aplicará una ponderación de un 55% y al puntaje obtenido en el criterio “Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (C)” se le aplicará una ponderación de un 5%, para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = POT * 0,40 + PP * 0,55 + PCRFO * 0,05

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Oferta Técnica

ü PP: Puntaje Precio

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación a la entidad oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación a la entidad oferente que haya obtenido mayor puntaje en la oferta técnica. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación a la entidad oferente que haya presentado la oferta económica más baja. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. Finalmente, en última instancia, en caso de persistir el empate, se adjudicará la licitación al proveedor que resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada una de las entidades oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

9.4.     Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los competidores a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

9.5.     Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a las entidades oferentes a reclamar indemnización alguna.

9.6.     Del Contrato

9.6.1.              Formalización del Contrato

La contratación referida de la presente licitación se formalizará mediante la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor correspondiente a los servicios adjudicados al tratarse de un servicio de simple y objetiva especificación, en virtud del artículo 117 del Decreto 661/2024.

SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que la formalización del contrato no se pueda realizar oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para formalizar el contrato, no haber regularizado en forma oportuna su estado de inhabilidad en el registro de proveedores de la Administración del Estado.

9.7.     Responsabilidad del Oferente Adjudicado

9.7.1.  De las Obligaciones Laborales y Previsionales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién, para estos efectos,  conforme establece el artículo 183 C, del Código del Trabajo, podrá ejercer los derechos de información, en virtud del cual SERVIU Metropolitano podrá pedir informes al proveedor sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores; así como también podrá ejercer el derecho legal de retención, mediante el cual SERVIU Metropolitano estará facultado para retener los pagos que deba efectuar al proveedor, en caso que éste no haya dado cumplimiento íntegro a sus obligaciones laborales y previsionales Incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, o a descontarlos de los pagos al proveedor.

El proveedor, al momento de contratar con el SERVIU Metropolitano, deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que el oferente adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Servicio mientras no subsane el incumplimiento que la afecte.

Asimismo, si durante el desarrollo del contrato, el proveedor incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, determinado por la autoridad competente, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.

Si el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, SERVIU Metropolitano deberá exigirle que proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. Asimismo, en caso que el proveedor registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, SERVIU Metropolitano quedará facultado para dar por terminado el respectivo contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

9.7.2      Confidencialidad y Seguridad de la Información

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normativas vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información, excepto que esté expresamente autorizado por SERVIU Metropolitano y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley N°19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

9.8.     De la Orden de Compra

SERVIU Metropolitano emitirá una orden de compra por el monto total del servicio adjudicado, de acuerdo a lo indicado por el adjudicatario en el Anexo N°8, para lo cual la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra a través del Portal Mercado Público. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por el proveedor.

9.9.     Del Pago

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor el bien adjudicado, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios (posterior a la fecha de finalización del curso o actividad), la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano N°45, comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

ü  Acta de entrega con la recepción conforme, sin observaciones, de los trabajos firmada por la Comisión nombrada para la Recepción Técnica de los Trabajos ejecutados.

ü  Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda.

ü  Copia de la Orden de Compra.

Queda estrictamente prohibido para el proveedor emitir la Factura o Boleta de Honorarios, sin que antes SERVIU Metropolitano cuente con todos los antecedentes indicados anteriormente. En caso de no contar con dichos antecedentes, la Factura o Boleta de Honorarios será rechazada por SERVIU Metropolitano, dentro de los 8 días hábiles a su emisión.

La documentación indicada anteriormente, podrá ser entregada en soporte físico o en formato electrónico. Para formato electrónico debe ser enviado en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. Para formato físico, la documentación debe ser entregada en Sección Desarrollo Organizacional, ubicada en Serrano N°45, piso 7, ala sur, teniendo en cuenta que el horario de atención de público es entre las 9:00 hrs y 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura o boleta de honorarios y toda la documentación adjunta que se requiere para tales efectos.

Los pagos se harán mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Sólo en casos excepcionales, y siempre que no esté disponible el pago mediante transferencia electrónica, SERVIU Metropolitano pagará al proveedor mediante cheque nominativo.

La factura y otros antecedentes podrán ser en papel o en formato electrónico despachado al correo electrónico a eoyarzun@minvu.cl y a jescobarn@minvu.cl . Será responsabilidad del adjudicatario entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas o al Equipo Prevención de Riesgos y Ambientes Laborales del Departamento Administrativo (área que administra el contrato), cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o Boleta de Honorarios.

9.10.   Multas

a) SERVIU Metropolitano aplicará una multa de 2 UF por cada día de atraso en la ejecución de los trabajos, contados desde que se cumpla el plazo ofertado por el oferente en su propuesta técnica, siempre que no haya una justificación y autorización previa de parte de SERVIU Metropolitano, con un tope máximo de 10 UF, luego de las cuales este Servicio podrá poner término anticipado del contrato.

Asimismo, en caso de que el atraso sea por fuerza mayor, éste debe estar debidamente justificado y fundamentado por el proveedor, y la justificación será debidamente evaluada por la Comisión Técnica nombrada para supervisar la correcta ejecución de estos trabajos.

b) Del mismo modo, se aplicarán multas de 2 UF, cada una, para los siguientes casos:

ü Incumplimientos de normas  de seguridad  emanadas  por  la  normativa  que  regula la materia (sea normativa interna o nacional);  no uso  de implementos  de protección personal; no cumplimiento  de observaciones  e instrucciones  emitidas en la ejecución de sus trabajos por parte de la Comisión Técnica nombrada para recepcionar estos trabajos u otros; acciones o actos que pongan en riesgo  la seguridad de trabajadores, funcionarios, visitas, clientes, transeúntes, bienes y entorno de las dependencias.

ü Por faltas a la moral y buenas costumbres, tales como abuso verbal, vestimentas y conductas inapropiadas, faltas de respeto hacia la comisión técnica y/ o ITO designada, funcionarios, empresas externas (empresa de aseo, seguridad, etc.), usuarios y otras semejantes al interior de las dependencias de SERVIU Metropolitano.

ü Consumo de tabaco, alcohol, drogas al interior de dependencias de SERVIU Metropolitano.

ü En el caso de no cumplir con las coordinaciones, programaciones, aseo y acuerdos previamente establecidos con la comisión técnica en el libro de novedades.

ü Si durante el desarrollo de las actividades se sorprende al adjudicado instalando u ocupando materiales/ productos que no cuenten con las características técnicas, estado natural, diseño, elaboración de escuadrías y/ o calidades inferiores a las mínimas exigidas. Se ordenará el retiro inmediato de todo el material/ producto asociado y se aplicará la multa respectiva.

Las multas en su conjunto, no podrán superar el 5% del valor total del contrato. En caso contrario, SERVIU Metropolitano deberá poner término anticipado al contrato.

El Subdirector de Administración y Finanzas o el Encargado del Equipo de Prevención de Riesgos, notificará por correo electrónico al proveedor que se cursará multa, la cual podrá ser impugnada por este último de conformidad a lo dispuesto en los siguientes párrafos.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Subdirector de Administración y Finanzas deberá notificar al proveedor mediante correo electrónico en los términos del artículo 140 del Decreto N°661, de 2024, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Subdirector de Administración y Finanzas, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa. El proveedor contratado tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la notificación, para pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso. Transcurrido dicho plazo, SERVIU Metropolitano estará autorizado para descontarla de los estados de pagos.

9.11.   Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, y en el Art. 129 del Reglamento de Compras D.S. 661/2024. Cualquier modificación de aquellas deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.

Estas modificaciones deberán respetar el equilibrio financiero del contrato y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30% por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial.

9.12.   Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 bis de la Ley N°19.886 y sus modificaciones legales y en el Art. 130 del Reglamento de Compras D.S. 661/2024, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

c)     La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

d)     Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

e)     En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo los artículos mencionados con anterioridad SERVIU Metropolitano, podrá poner término a éste, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. Sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

c.1) No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información” de las bases administrativas.

c.2) No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación establecido en el punto “Vigencia, duración del Contrato y precio” de las presentes bases administrativas.

c.3) No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Compras.

c.4) Cuando la entidad oferente adjudicada sobrepase el tope de las multas indicado en punto 9.10 “Multas” de las presentes Bases.

f)      Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante correo electrónico en los términos del artículo 140 del Decreto N°661 de 2024, con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

g)     En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

h)     Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

i)      En caso de declararse por los tribunales de justicia inhabilitación para contratar con el Estado, según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 21.595, de 2023, de Delitos Económicos, Penas Privativas de Libertad, Penas Restrictivas de Libertad, Multa, Circunstancias Atenuantes de Responsabilidad penal, Circunstancias Agravantes de Responsabilidad penal, Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad penal, Comiso de Ganancias, Medio Ambiente, Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

j)      En caso de existir falsedad en la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar al Ministerio Público para el caso en que existan presunciones fundadas de delito.

k)     Si del análisis de los informes que solicita la contraparte técnica de SERVIU Metropolitano del servicio se desprende que no satisface las necesidades requeridas, no es idónea o no cautela los intereses fiscales en forma oportuna y adecuada, se reserva el derecho de terminar anticipadamente el contrato.

l)      La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley N°19.886. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley N°19.886.

m)   Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor mediante envío de correo electrónico, fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Los correos electrónicos que envíe SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 132 del Reglamento de Compras D.S. 661/2024.

9.13.   Contraparte Técnica

La contraparte técnica de SERVIU Metropolitano corresponderá a la Comisión Técnica nombrada para evaluar, coordinar y recepcionar esta licitación mediante Orden de Servicio, el que realizará las siguientes actividades:

ü  Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del contrato y de todos los aspectos considerados en las presentes bases de licitación.

ü  Comunicarse por cualquier vía con la contraparte técnica de la empresa a efecto de informar las observaciones de forma y fondo sobre el desarrollo del servicio prestado, pudiendo establecer las debilidades detectadas a fin de mejorar el servicio.

ü  Elaborar acta de recepción conforme.

ü  Las demás que encomienden las presentes bases.

El proveedor debe establecer un responsable técnico, para la ejecución del contrato, que tendrá a lo menos, las siguientes funciones:

ü  Representar al adjudicatario en las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

ü  Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de contrato.

ü  Velar por el cumplimiento oportuno de la prestación del servicio.

ü  Tener en consideración las medidas de seguridad personal y físicas relativas, entre estas se consideran las contenidas en la legislación laboral en vigencia.

ü  Comprometer o ejecutar soluciones en el más breve plazo, sobre las debilidades o deficiencias en el desarrollo del servicio prestado que le comunique la contraparte SERVIU Metropolitano.

Todo cambio relativo a esta designación, deberá ser informado a SERVIU Metropolitano, por el representante legal de adjudicatario a más tardar dentro de 24 horas siguientes de efectuado.

9.14. Pacto de integridad.

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a.    El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República de Chile en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12° y 16°, de conformidad a lo establecido en el artículo 485 del Código del Trabajo.

b.    El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a funcionario público alguno en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que eventualmente se deriven de la misma; ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato que de ello se deriven.

c.    El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas, que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico; y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, tratativas, actos y/o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

d.    El oferente se obliga a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, incorporado por la Ley N° 21.634 de 2023, que Moderniza la Ley de Compras y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado, en cuanto a la prohibición de comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

e.    El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

f.    El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y del contrato que de ellos se derivasen.

g.    El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, juridicidad, ética, moral, probidad, buena fe, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del servicio licitado.

h.    El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el presente proceso licitatorio es una propuesta real y seria, con información fidedigna; y, en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidad ofertadas.

i.    El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente expresadas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes; y, en general, por todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud y/o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

                           

9.15 Seguridad y Salud Laboral en Dependencias de SERVIU Metropolitano

En cumplimiento a la legislación vigente en materia laboral y previsional, se especifican las siguientes normas que regulan la salud ocupacional, la seguridad e higiene industrial y el medio ambiente, para todas las empresas que trabajen en las dependencias de SERVIU Metropolitano, destinado a proteger a todos los trabajadores, funcionarios, personal contratado a honorarios y personal que labora bajo los regímenes de subcontratación y de servicios transitorios, que trabajan en sus instalaciones:

Normativa específica:

ü  Ley N° 20.123, que regula trabajo en régimen de Subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios, del 05 de octubre de 2006.

ü  Ley N° 16.744, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 23 de enero de 1968, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Sus Reglamentos y Decretos complementarios.

ü  Decreto Supremo Nº 40, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 11 de febrero de 1969, Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales.

ü  Decreto Supremo Nº 54, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 21 de febrero de 1969, Aprueba Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

ü  Decreto Supremo Nº 76, del 14 de diciembre de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Aprueba Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N° 16.744 sobre la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en Obras, Faenas o Servicios que indica.

ü  Toda la normativa y legislación que le aplique, según corresponda al desarrollo de actividades con SERVIU Metropolitano.

Normativa complementaria:

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios a las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir a sus trabajadores.

ü  D.S. Nº 85/2007, de V. y U., Manual de Inspección Técnica de Obras, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

ü  D.S. Nº 594, de 15 de septiembre de 2000, del Minsal, que aprueba reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

ü  D.F.L. Nº 1, MINTRAB, del 31 de julio del 2002, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado el Código del Trabajo.

ü  Guía para la Confección del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas, Inscripción Registro Propiedad Intelectual Nº 162.116, Mutual de Seguridad C.Ch.C., 2007.

ü  Reglamento Especial de Seguridad y Salud en el Trabajo para Empresas Contratistas y Subcontratistas y/o Empresas de Servicios Transitorios, que Prestan Servicios Bajo el Régimen de Subcontratación en los Organismos del Sector Vivienda a Nivel Nacional, aprobado por Resolución Exenta N° 2156/2015.

ü  Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, Ministerio de Vivienda y Urbanismo a nivel nacional, derogando el anterior y actualizado por la Resolución Exenta N° 2159/2015.

ü  Aprueba las Bases del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y Mejoramiento de Ambientes Laborales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, aplicable al MINVU, las SEREMI y los SERVIU, aprobada por Resolución Exenta N° 2157/2015.

ü  Guía Técnica de Estándares en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo - SERVIU Metropolitano.

ü  Resoluciones Exentas Nº 938/00, de V. y U., y Nº 387/00, de V. y U.

9.16.       Horario de ejecución

El  proveedor adjudicado, deberá  considerar la ejecución de los  trabajos encomendados que involucren ruidos molestos, polvo en suspensión, uso de adhesivos tóxicos o contaminantes, soldaduras y trabajos en caliente, además de otro tipo  de trabajos peligrosos o riesgosos que  sean  de ejecución en  horarios de trabajo previa coordinación con la comisión técnica y/ o ITO designada, de lunes a viernes a partir de las 18:30 hrs. hasta las 7:30 hrs. del día  siguiente  y los  fines  de semana  (sábados,  domingos  y festivos), durante las 24 horas.

Si el servicio no involucra partidas que alteren el normal funcionamiento de las actividades de SERVIU Metropolitano, el proveedor podrá ejecutar estas actividades en horarios de trabajo, esto es de lunes a viernes de 07:30 a 18:30 hrs., previa coordinación con la comisión técnica y/ o la jefatura del área a intervenir.

9.17.       Registro de ingreso y salida

El personal técnico de la empresa que realice el servicio, deberá contar con todos los implementos de seguridad que exige la Ley, así como también, el uso de credencial y/ o uniforme de la empresa. Deberán registrar su ingreso y salida en la portería de la guardia de Arturo Prat 48.

BASES TÉCNICAS

BASES TÉCNICAS

BASES O ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

SERVICIO DE PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE 109 GRADAS DE ESCALERAS EDIFICIOS CENTRALES

SERVIU REGIÓN METROPOLITANA

PROYECTO         : SERVICIO DE PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE 109 GRADAS DE ESCALERAS SERVIU RM.

DIRECCIÓN         : SERRANO 45 - ARTURO PRAT 48 – ARTURO PRAT 42

COMUNA            : SANTIAGO

PROPIETARIO    : SERVIU REGIÓN METROPOLITANA

0.0.- Generalidades

Las especificaciones técnicas que se detallan a continuación se refieren a las condiciones, alcances y características relativas al recambio de 109 gradas de escaleras en zonas de alto tráfico en edificios centrales de SERVIU Metropolitano (Serrano 45 - Arturo Prat 48 - Arturo Prat 42).

Las exigencias se refieren a la provisión y calidad de los materiales que se deben emplear en el servicio de provisión e instalación de gradas de escaleras en zonas de riesgo de caídas de SERVIU RM, cuyos detalles se adjuntan y complementan. Todos los materiales especificados deberán ser nuevos y de primera calidad.

CONSIDERACIONES PRELIMINARES

Los trabajos a los que se refieren las presentes Especificaciones Técnicas, comprenden la ejecución total del proyecto que se entrega. El contratista deberá ejecutar los trabajos con apego a las Bases Administrativas, Bases Técnicas, aclaraciones y toda la documentación entregada, además se deberá considerar toda la normativa chilena vigente y las instrucciones del fabricante correspondientes en tanto no se contradigan con estas especificaciones, estos antecedentes se interpretarán siempre en el sentido que contribuya a la mejor y más perfecta ejecución de los trabajos, toda imprecisión o discordancia en los antecedentes entregados, deberá solucionarse en la forma que mejor beneficie al proyecto, conforme a las reglas de la técnica y del arte. Ante cualquier discrepancia entre los antecedentes presentados o dudas en su interpretación durante la ejecución de los trabajos, el Contratista deberá consultar a la comisión técnica designada.

Tratándose de un contrato a suma alzada, el contratista deberá consultar en su propuesta todos los elementos o acciones necesarias para la correcta ejecución y terminación de cada partida, aun cuando no aparezca su descripción, detalle o especificación expresamente indicados en estas especificaciones o en los planos. En cada una de las partidas se tendrá presente la obligación adquirida por el contratista de entregar la óptima calidad, tanto en los procedimientos de mano de obra, como en las características de los materiales, sus condiciones, etc. debiendo cumplir con las recomendaciones generales de procedimientos, equipos y accesorios; por lo tanto, sólo se aceptarán los trabajos y materiales ajustados estrictamente a las normas y revisiones aceptadas.

Se da por entendido que el contratista está en conocimiento de todas estas disposiciones, así como de la reglamentación vigente, por consiguiente, cualquier defecto, omisión, mala ejecución o dificultad de obtención de los elementos que conforman la construcción, es de su única responsabilidad, debiendo rehacer a su cargo los elementos o procedimientos rechazados en cualquiera de las partidas, de serle indicado así dentro del período de construcción o del de garantía de los trabajos.

Toda modificación, actualización, complementación o mejoramiento que se plantee al presente proyecto, sólo podrá llevarse a cabo previa aprobación de dicha modificación por parte de la comisión técnica designada por Serviu Metropolitano.

Se podrá considerar propuestas respecto de los artefactos y elementos que contienen las presentes EETT siempre que estas no vayan en desmedro de lo propuesto.

Los Sres. Contratistas deberán tener en consideración lo siguiente:

a)      Los trabajos definitivos se ejecutarán de acuerdo a:

-        Detalles y presentes Especificaciones Técnicas.

-        Normas Técnicas oficiales del Instituto Nacional de Normalización.

-        Normas Técnicas Internacionales y de calidad aplicables, según fabricante.

-        Normas, instrucciones y reglamentos de los servicios básicos correspondientes.

-      Leyes, decretos y disposiciones reglamentarias relativas a Permisos, Aprobaciones, Derechos e impuestos fiscales y Municipales.

-        Sistemas y materiales recomendados por los fabricantes en sus manuales de instalación.

-        El personal que debe realizar los trabajos será el idóneo, si a criterio de los profesionales designados por SERVIU RM este no cumple con las condiciones previstas anteriormente, deberá ser cambiado.

-      El contratista deberá tomar todas las medidas de seguridad para ejecutar los trabajos, tanto para su personal como para el personal de SERVIU RM y las construcciones existentes.

-      El plazo total para la ejecución de los trabajos deberá coincidir con lo presentado en los anexos por el oferente adjudicado, comenzando desde el día en que se levante el Acta de Entrega del Terreno.

Los trabajos deberán ejecutarse en acuerdo con estos documentos y con aquellos que se emitan con carácter de aclaración durante su desarrollo.

b)      Los materiales a utilizar serán nuevos, de primera calidad y certificados dentro de su respectiva especie, conforme a las normas e indicaciones del fabricante. No se aceptarán materiales usados o de calidad inferior indicada en las presentes especificaciones técnicas. La comisión técnica designada podrá solicitar al contratista en cualquier momento certificado de calidad de cualquier material o elemento, fabricado o suministrado en el proyecto, que respalden las características requeridas u originalidad para los mismos, exigiendo el cumplimiento de las normas y especificaciones respectivas. Se aplicarán multas y se ordenará el retiro inmediato de todo material que no cuente con las características técnicas, estado natural, diseño, elaboración de escuadrías y cuya calidad no corresponda a lo solicitado.

c)       La mención de productos es sólo de carácter referencial, pudiendo sustituirse por otro producto equivalente o de superiores características técnicas y de diseño (materialidad y geometría).

d)      Los trabajos se deberán ejecutar conforme a las presentes especificaciones, antecedentes que se proporcionen y normativa vigente, debiéndose ejecutar todo lo indicado independientemente de si se nombra en todos o sólo uno de los documentos o no se indique explícitamente. Los antecedentes entregados se interpretarán siempre en el sentido que contribuya a la mejor y más perfecta ejecución de los trabajos, toda imprecisión o discordancia en los antecedentes entregados o falta de aclaración, deberá solucionarse en la forma que mejor beneficie al proyecto, conforme a las reglas de la técnica y del arte. Ante cualquier discrepancia entre los antecedentes presentados o dudas en su interpretación durante la ejecución de los trabajos, el Contratista deberá proponer las soluciones y solicitar visto bueno a la Comisión designada de SERVIU RM.

Considerar todos los elementos, materiales y acciones necesarias para la correcta ejecución de cada partida involucrada, aunque no aparezca su descripción total o parcial en las presentes especificaciones técnicas.

e)      Lo no indicado en las presentes especificaciones técnicas, así como las eventuales contradicciones y/o ausencias de detalles de construcción en cualquier documento, en ningún evento eximirá al contratista de su responsabilidad en la correcta ejecución de los trabajos, debiendo precaver esta situación antes de presentar su oferta. Cualquier requerimiento posterior respecto de lo indicado precedentemente se asumirá a su costo exclusivo.

f)        Existirá una visita obligatoria al lugar de los trabajos a realizar, con el fin de verificar de manera estimada las medidas, en la cual deberá contemplar las demoliciones, desarmes o cualquier otra partida que sea necesaria para el correcto desarrollo del proyecto. Todas las consultas deberán realizarse por escrito al organismo correspondiente a fin de obtener las aclaraciones necesarias para su estudio; de lo contrario, será de su exclusiva responsabilidad cualquier perjuicio que por omisión en su presupuesto le ocasione este desconocimiento una vez adjudicada esta propuesta.

g)      Se da por entendido que el Contratista está en conocimiento de todas estas normas y disposiciones, por consiguiente, cualquier defecto o mala ejecución de medidas, niveles o materialidad que produzcan una solución indebida de alguna partida es de su única responsabilidad. Así mismo deberá demoler, modificar y rehacer a costa de su propio peculio las partidas involucradas, dentro del período de la construcción o de la garantía de los trabajos.

h)      En todo momento de ejecución de los trabajos, la comisión técnica designada será la única contraparte del contratista. Cualquier indicación realizada por terceros y ejecutada por el contratista, será de cargo del mismo, así se mantenga o no dicha indicación. Si se requiere alguna comunicación desde o hacia cualquier otro funcionario del Servicio se realizará únicamente a través de la comisión técnica designada.

i)        Durante el tiempo que duren los trabajos, el lugar a intervenir se mantendrá ordenado y con los sectores de circulación despejados. Además, contar con todos los elementos de protección personal necesarios según Normativas Chilenas y de acuerdo al tipo de trabajo a realizar. Para todo el personal externo se exigirá ropa corporativa que identifique a la empresa que pertenece.

j)        Se establece como obligación el cumplimiento de todas las normas de seguridad en el trabajo y ejecución de los trabajos, para lo cual el Contratista deberá contar con los elementos técnicos físicos y humanos necesarios y tomar todas las precauciones procedentes para evitar cualquier tipo de accidentes que puedan afectar a trabajadores y terceros durante la ejecución de estos, siendo de su exclusiva responsabilidad la ocurrencia de ellos.

k)      Se deberán considerar todos los elementos y/o acciones necesarias para la correcta ejecución de cada partida, aunque no aparezca su descripción en las presentes especificaciones técnicas.

l)        El contratista deberá mantener de manera permanente en el lugar de ejecución de los trabajos los siguientes documentos actualizados y en buen estado:

1)      1 set de las bases de licitación y especificaciones técnicas, para consultas.

2)      Acta de entrega de terreno

3)      Requerimientos Ley de Subcontratación en materia de seguridad y salud laboral (Art. 5°, del DS 76/07, del Mintrab.):

Las especificaciones Técnicas, se consideran como parte integrante y complementaria al resto de los antecedentes del proyecto, especificaciones de arquitectura y demás especialidades, si las hubiere.

m)    Leyes y normativas:

1)      El contratista deberá cumplir en general con todas las normas INN, vigentes, relacionadas con las partidas a ejecutar.

2)      Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

3)      Leyes, decretos, resoluciones y reglamentos relativos a permisos, aprobaciones, derechos, impuestos e inspecciones fiscales y municipales.

4)      Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo (D.S. 594/1999)

5)      Catálogos, especificaciones y recomendaciones de los fabricantes y proveedores, sobre el uso, instalaciones y las instrucciones para la aplicación de los materiales y equipos.

n)      Recepción del terreno y coordinación de los trabajos a realizar:

El contratista pondrá en conocimiento su programación de los trabajos con un máximo de 05 días hábiles de anticipación al inicio de las mismas, de manera de poder coordinar el despeje de las áreas de trabajo conforme a ello y la asignación de un profesional por parte de SERVIU RM, quien velará por la correcta ejecución de los trabajos contratados.

El contratista recibirá oficialmente el área de trabajo en una fecha y hora convenida previamente con la comisión técnica. Se levantará un acta de entrega en la que se indicarán las condiciones en que se entrega el terreno y los plazos en que se llevarán a cabo estos trabajos.

Todos los trabajos a realizar se deben coordinar oportunamente con los servicios internos y externos correspondientes, de manera de no producir retraso ni interferencias en el normal funcionamiento de las otras dependencias y de las otras actividades del Servicio. En caso de ser necesaria la concurrencia del personal especializado del Servicio, la coordinación debe hacerse a través del profesional designado por SERVIU RM.

  • o)      Será de cargo del Contratista el suministro de todos los elementos, materiales, mano de obra, transporte y medios necesarios para la correcta ejecución de los trabajos. Las partidas deberán ceñirse a las siguientes EE.TT., respetando medidas, materiales y ubicaciones en ellos indicados. No se podrá efectuar ninguna modificación al proyecto ni actividades extraordinarias sin autorización previa y/o visto bueno de la comisión técnica evaluadora.

p)      Se considerará el trabajo como terminado en el momento en que se dé por recibido por parte de la comisión técnica evaluadora, luego de que el contratista haya retirado la totalidad de los excedentes de materiales y elementos utilizados, estén operativas todas las áreas intervenidas y haya procedido a efectuar el aseo final del área.

GASTOS GENERALES:

Además de los rubros que considere necesarios, el Contratista deberá incluir dentro de los gastos generales de la propuesta, los siguientes:

GASTOS VARIOS:

Las modificaciones o alteraciones que hubiese en el proyecto definitivo en todas sus especialidades, previa presentación a la recepción definitiva, el contratista adjudicado deberá actualizar dichos proyectos. Los gastos generados de dichos cambios a las presentes EETT, serán costo del contratista.

El Contratista deberá, al término del proyecto, entregar todos los Documentos y/o certificados de recepción de las instalaciones y certificados de calidad de materiales/productos que le sean requeridos.

  1. CONSIDERACIONES PREVIAS

El proveedor adjudicado al momento del inicio de los trabajos deberá considerar la limpieza y el retiro de todo material que entorpezca el área a intervenir. Además, deberá considerar que los trabajos que involucren ruidos molestos, polvo en suspensión, uso de adhesivos tóxicos o contaminantes, soldaduras y/o trabajos en caliente u de otro tipo de trabajos peligrosos o riesgosos sean coordinados con la comisión técnica designada, de lunes a viernes a partir de las 18:30 hrs. hasta las 7:30 hrs. del día siguiente y los fines de semana (sábados, domingos y festivos), durante las 24 horas. 

Si los trabajos no involucran partidas que alteren el normal funcionamiento de las actividades de SERVIU Metropolitano, se podrán ejecutar estas actividades en horarios de trabajo, previa coordinación con la comisión técnica a cargo de estos trabajos y/o la jefatura del área a intervenir.

El área a intervenir deberá ser demarcada y señalizada, según lo solicitado en el punto referido a las “Condiciones de Entrega e Instalación” de las presentes bases técnicas.

  1. RECAMBIO DE GRADAS DE ESCALERAS

 

Descripción del producto

SERVIU Metropolitano, dentro de sus necesidades, requiere adquirir y reemplazar 109 gradas de escalera en mal estado en ciertas zonas con alto tráfico de personas, con las siguientes características mínimas:

  1.  
  2.  

2.1      Gradas de escaleras

Tamaño:

a)      Espesor: 5 mm.

b)      Ancho: 310 mm.

c)       Largo: según detalle.

Estas medidas se deben respetar, sin perjuicio de la mejor instalación de las gradas antideslizantes, procurando que éstas se fijen firmemente a la escala.

DETALLE DE CAMBIO DE GRADAS SERRANO N°45

Lugar

Cantidad

Largo [m]

Acceso Edificio

02

4,40

Acceso hacia zócalo

10

1,80

Acceso hacia 1° piso

16

1,80

Zócalo hacia subte (Norte)

08

1,80

Zócalo hacia subte (Sur)

09

1,80

Subterráneo (Norte)

09

1,50

Subterráneo (Sur)

08

1,80

7° piso

02

1,50

Total

64

117,10

DETALLE DE CAMBIO DE GRADAS ARTURO PRAT N° 42

Lugar

Cantidad

Largo [m]

Acceso casino

01

1,50

Acceso pendiente casino

01

1,50 x 0,70

Total

02

3,00

DETALLE DE CAMBIO DE GRADAS ARTURO PRAT N°48

Lugar

Cantidad

Largo [m]

Entrada hacia 1° piso

12

5,00

Entrada hacia Subterráneo

12

2,00

Subterráneo centro de atención

07

1,50

7° piso

10

1,50

6° piso

01

1,50

2° piso

01

1,50

Total

43

112,50

Total gradas nuevas: 109

Total metros gradas nuevas: 232,60 aprox.

Las cantidades y medidas de las gradas en tabla son aproximadas, por lo que es de exclusiva responsabilidad del contratista ser corroboradas.

2.2     Del material de fabricación y modo de uso:

Las gradas deben cumplir con las siguientes características de fabricación y modo de instalación:

a)      Primero deberá retirar todo material que interfiera o entorpezca en la correcta instalación de las gradas antideslizantes.

b)      Grada debe ser marca Cruzeiro o equivalente, antideslizante estriada bicolor negro/amarillo para alto tráfico.

c)       Adhesivo de contacto de alta resistencias Agorex 60, Meister Adereno 70, equivalente o superior.

d)      Procedimiento mínimo de retiro e instalación: Se retirará la grada existente en mal estado, deberá raspar con escobilla de acero y espátula la superficie a trabajar para eliminar todos los residuos de adhesivo anterior, deberá aspirar o soplar todas las partículas existentes, se aplicará adhesivo tanto en la superficie como en la grada, el tiempo de espera será según temperatura ambiente de 5 a 15 minutos, deberá aplicar calor en la instalación de las gradas para mayor adherencia.

e)      Renovador para goma transparente marca Sonax, 3M, equivalente o superior.

  1. CONDICIONES DE ENTREGA E INSTALACIÓN

a)      La entrega e instalación de los productos y/o elementos deberá realizarse directamente en las dependencias del edificio institucional Serviu Metropolitano, ubicado en Arturo Prat N° 48 y Serrano 45, de la comuna de Santiago, previa coordinación con la comisión técnica designada.

b)      Durante todo el proceso de los trabajos, se deberá realizar el aseo periódico de las dependencias, de manera tal de permitir el libre acceso, paso y seguridad del personal del Serviu Metropolitano dentro de los diferentes frentes de trabajo y al edificio en general.

c)       El lugar de trabajo deberá permanecer constantemente limpio, se deben retirar permanentemente los materiales de desecho. El acopio en las dependencias de SERVIU Metropolitano debe ser sólo temporal, no pudiendo exceder más de cinco días corridos y su ubicación deberá estar en algún lugar determinado oportunamente por la comisión.

d)      Durante los trabajos se debe cuidar de las superficies de suelos y muros en pasillos.

e)      Durante la ejecución de los trabajos, se deberá delimitar y señalizar las áreas a intervenir para informar a quienes transiten de la ejecución de estos trabajos. Si a juicio de la comisión nombrado para la coordinación de estos trabajos, la delimitación o señalética resulta deficiente o no cumple la normativa que lo regula, se solicitará su cambio y/o mejora.

f)        Todos los lugares, elementos y componentes intervenidos que posean directa relación con el correcto funcionamiento de la partida solicitada, deberán ser consideras por el proveedor previo a la presentación de su oferta, una vez adjudicados y finalizados los trabajos deberá quedar todo lo intervenido y relacionado completamente operativo.

g)      Se deberá cumplir rigurosamente todas las normas relativas a la seguridad del personal como a su vez el control del acceso al área a intervenir. En caso justificado, la comisión técnica estará facultada para exigir medidas especiales o extraordinarias de seguridad. En ningún caso se podrá traspasar la responsabilidad del contratista a la comisión técnica en esta materia.

h)      Se prohíbe terminantemente hacer fuego o llama en los trabajos, salvo previa autorización de parte de la Comisión Técnica designada para coordinar estos trabajos. La instalación de faenas deberá contemplar facilidades para el calentamiento de los alimentos del personal.

i)        Durante la ejecución de los trabajos, se prohíbe terminantemente el consumo de tabaco, alcohol y otras drogas en dependencias de SERVIU Metropolitano. De igual manera, faltas a la moral y buenas costumbres, tales como abuso verbal, vestimentas y conductas inapropiadas, faltas de respeto hacia la comisión técnica designada, funcionarios, empresas externas (Empresa de aseo, seguridad, etc.), usuarios y otras semejantes al interior de las dependencias de SERVIU Metropolitano.

j)        El contratista deberá consultar y ejecutar los dispositivos de protección para los peatones y vehículos que transiten en la proximidad de las faenas, así como las coordinaciones necesarias para la operación segura de maquinaria y transporte pesado o peligroso de materiales.

k)      Para el momento de la recepción final de los productos instalados, las zonas donde se realizaron las instalaciones deberán quedar limpias y libres de restos de escombro o materiales, y/o cualquier elemento ajeno a dichas zonas.

  1. ENTREGA FINAL Y RECEPCIÓN

Al término de los trabajos, el contratista deberá hacer retiro de todo el material de desecho producido durante el proceso de instalación y realizar una acabada limpieza general de las áreas afectadas, las cuales se entregarán barridas, limpias y secas, conforme a lo señalado en bases.

Todos los materiales destinados a escombros y desechos, se deben retirar del edificio en horarios que, a juicio de la comisión técnica, no interfieran con las labores de los funcionarios. El contratista será responsable del traslado de los residuos a botaderos autorizados.

El término de los trabajos se considerará en el momento en que se dé por recibida por una Comisión Receptora designada por Orden de Servicio, luego de que el contratista haya retirado la totalidad de los excedentes de materiales y elementos utilizados.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.