I.
GENERALIDADES
1. OBJETIVO
Las presentes
Bases Administrativas y documentación anexada al Portal Mercado Público, tienen
por objeto regular los procesos de: Licitación Pública, Apertura, Evaluación, Adjudicación,
celebración del contrato respectivo y aprobación de este, motivo de la presente
licitación y prestación de los servicios licitados.
2. DEFINICIONES
Nos remitimos en este punto a las definiciones
previamente dadas por la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos de Administrativos
y Suministro de Prestación de Servicios y su Reglamento.
II. LICITACION
3. TIPO DE LICITACIÓN
La presente licitación pública se realizará en una sola etapa, para lo cual
los oferentes deberán presentar en un mismo acto la Oferta Técnica, Oferta Económica
y Antecedentes Administrativos, a través del sistema de información.
Las ofertas estarán sujetas a un proceso de evaluación, a partir del cual
se determinará el oferente adjudicado.
4. REQUERIMIENTO (SERVICIOS)
La presente licitación pública tiene por
objetivo contratar servicios en el extrasistema para la realización de
servicios de “inseminación intrauterina (IIU)” en parejas beneficiarias Fonasa, Prais, Dipreca, Sisan, Sisae o
Capredena del Hospital Las Higueras.
La inseminación intrauterina es un
tratamiento de infertilidad de baja complejidad, que consiste en introducir una
muestra preparada de espermatozoides, a través de una cánula, directamente en
la cavidad uterina, previa estimulación de la ovulación. La preparación
espermática se utiliza para separar los espermatozoides con mejores
características de la porción líquida del semen para ser introducida luego en
la cavidad uterina.
Por lo anterior, el
hospital, requiere contratar servicios en centros del extrasistema que realicen
procedimientos de fertilidad, para ejecutar:
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LÍNEA
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CODIGO INTERNO (Abex)
|
REQUERIMIENTO
|
|
1
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101-0104
|
Inseminación
Intrauterina (IIU), incluyendo: preparación espermática, insumos,
honorarios médicos e Informe del resultado de la preparación espermática
|
Inseminación
Intrauterina “IIU”.
Se debe
realizar en centro de fertilidad, por gineco-obstetra capacitado, en box de
atención debidamente acreditado. La prestación incluye:
ü Insumos de laboratorio
ü Honorarios de tecnólogo médico o biólogo y
médico gineco-obstetra
ü Insumos para inseminación (cánula
desechable estéril con memoria y jeringa
ü Separación espermática con estándares OMS
2021.
ü Tubo Falcon con muestra capacitada.
ü Informe del resultado de la preparación
espermática.
Conforme a lo anterior, el oferente que participe en la presente licitación deberá
contar con un staff de a lo menos 02 médicos gineco-obstetra, todos,
registrados en la Superintendencia de Salud y con Certificación de
perfeccionamiento en medicina reproductiva.
La realización de la inseminación intrauterina
deberá ser ejecutada por:
Ø Médico
Cirujano, con especialidad en Obstetricia y ginecología.
El referido profesional deberá estar registrado en
la Superintendencia de Salud, con su título de médico cirujano y su especialidad
en Obstetricia y ginecología. El profesional que ejecuta el procedimiento
debe contar con la Certificación de perfeccionamiento en medicina
reproductiva
la preparación espermática deberá ser realizados
por tecnólogo médico o biólogo capacitado en laboratorio de andrología
debidamente acreditado.
El oferente
deberá informar en el Formulario N°4 “Detalle de médico cirujano especialista en
Obstetricia y ginecología” que ejecutarán las prestaciones, consignando
su nombre completo, cédula de Identidad y número de registro de la
Superintendencia de Salud.
Los
profesionales a través de los cuales el oferente otorgue las prestaciones no deben haber sido objeto de sanción en algún Servicio Público, de
conformidad al siguiente criterio:
·
Destitución en los 5 años anteriores a la fecha de cierre de las
ofertas.
·
Suspensión del
empleo desde treinta días a tres meses, y/o multa dentro de los tres años
anteriores a la fecha de cierre de las ofertas.
Los oferentes deberán considerar
en su oferta lo siguiente:
·
Dado que la atención es presencial
y requiere el desplazamiento del paciente hasta el centro donde se brinda el
servicio, la dirección del centro médico propuesto por los proveedores deberá
estar situada en alguna de las siguientes comunas que conforman el Gran
Concepción: Concepción, Coronel, Chiguayante, Hualpén, Lota, Penco, San Pedro
de la Paz, Talcahuano, Santa Juana, Hualqui o Tomé. Esta exigencia se
fundamenta en que seleccionar a un proveedor cuyos centros médicos se
encuentren fuera de estas comunas incrementaría los costes tanto para el
hospital como para los pacientes beneficiarios. La dirección del centro médico
donde se prestará el servicio deberá indicarse en el formulario N°5.
·
El proveedor deberá adjuntar a su oferta resolución
Sanitaria emitido por la SEREMI de Salud correspondiente, que autoriza el funcionamiento de Instalación y dirección
técnica del oferente o certificado emitido por la Superintendencia de Salud,
que acredite que es “prestador acreditado en calidad”. En el caso de que dichas
dependencias no sean de propiedad del oferente postulante, deberá presentar
copia de Resolución Sanitaria o de Acreditación y contrato de arriendo u otro
que autorice la utilización de las dependencias para dicho fin. de lo contrario
su oferta será declara inadmisible.
·
El proveedor deberá adjuntar también algún
documento oficial que compruebe que cuenta con laboratorio de andrología
individualizado, asociado a la clínica de fertilidad. De lo contrario, su
oferta será declarada inadmisible.
Serán
obligaciones del oferente adjudicado:
-
Dar
cumplimiento a la realización de los servicios, cuando el hospital los
requiera, ajustándose a los días y horarios establecidos en el punto 27 de las presentes bases.
-
El laboratorio de Andrología a la hora de evaluar
la calidad seminal los debe realizar bajo los parámetros de calidad seminal, según
la Organización Mundial de la Salud (OMS 2021).
-
Al ser indicada la inseminación intrauterina por profesionales del
Hospital Higueras el oferente adjudicado deberá realizar la inseminación
intrauterina, en un plazo de 24 a 36 horas o en casos excepcionales, durante el mismo día de la indicación si ésta se indica como “de
urgencia” desde el hospital antes de la 10 am, contados desde la notificación de parte de la matrona coordinadora del Programa de
Fertilidad del hospital. Se debe entregar informe de la preparación espermática
a la pareja, el mismo día del procedimiento
- Finalizado el mes, deberá entregar pre
facturación con las prestaciones ejecutadas, indicando fecha, nombre del
paciente, nombre de la prestación, código Fonasa, si correspondiere. Pre
facturación tendrá que ser enviada a correos electrónicos del Programa de
Fertilidad los que serán indicados en la resolución de adjudicación.
- Una vez que haya realizado la inseminación intrauterina, el oferente
adjudicado deberá entregar al paciente Informe del resultado de la
preparación espermática. Deberá
ser entregada una copia de este informe al envío de la pre facturación.
-
El
profesional que ejecuta el procedimiento debe contar con la Certificación de
perfeccionamiento en medicina reproductiva y estar registrado en la
Superintendencia de Salud su título de médico cirujano y la especialidad en
Obstetricia y ginecología.
Todos los
insumos, equipos, espacios y servicios de apoyo logístico para prestar los
servicios licitados serán de cargo del oferente
adjudicado.
Las prestaciones
referidas deben realizarse en las dependencias que los prestadores de salud dispongan,
con las debidas autorizaciones sanitarias acreditadas por la autoridad
competente y con el personal de su institución, que deben contar con la
preparación técnica y acreditación correspondiente, para la correcta prestación
de los servicios licitados.
5. COORDINACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
En la Unidad de infertilidad de Hospital Las Higueras de Talcahuano:
El
médico Gineco-Obstetra, en policlínico de infertilidad:
·
Realizará el estudio de infertilidad de las
parejas beneficiarias.
·
Deberá, determinará
aquellas parejas que necesiten como tratamiento de baja complejidad, una
inseminación intrauterina.
·
Debe explicar en qué consiste
cada examen o tratamiento.
·
En caso de requerir inseminación
intrauterina, el médico también será el responsable de realizar la estimulación
ovárica controlada, incluyendo el gatillo de la ovulación. En el momento
indicado, solicitará la atención en el extrasistema para la inseminación
intrauterina a través de solicitud de compra de servicios.
·
El médico tratante confeccionará
la orden médica “Solicitud de compra de servicios” consignando el procedimiento
de “inseminación intrauterina”. Luego debe derivar a la pareja con la matrona
coordinadora del Programa de Fertilidad del hospital para que gestione la
atención en el centro de fertilidad adjudicado.
·
Todo lo anterior debe quedar consignado en
ficha clínica electrónica
La Matrona Coordinadora del Programa de Fertilidad:
·
Explicará a los beneficiarios
los pasos a seguir y aclarará dudas
·
Gestionará la atención en el
centro de fertilidad adjudicado vía
telefónica con respaldo de correo electrónico.
·
Derivará a los beneficiarios con los
siguientes documentos:
o
Solicitud
de Compra de Servicios u Orden médica del médico Ginecólogo tratante, la deberá
indicar “inseminación intrauterina”.
o
Certificado
Previsional del Paciente.
·
Llevará el control
de los servicios ejecutados.
El oferente adjudicado:
·
Al recibir
el requerimiento por parte de la matrona del hospital, debe contar con la
disponibilidad del examen o tratamiento de manera oportuna, según
corresponda:
Forma del Requerimiento:
Atención de
paciente:
El hospital, por medio de la matrona coordinadora del Programa de
Fertilidad del hospital, coordinará la derivación del paciente
a las dependencias del oferente adjudicado, para la realización del
procedimiento. El oferente adjudicado deberá contar con disponibilidad para
proveer cupos para agendamiento para la realización de la inseminación
intrauterina al paciente beneficiario del hospital. Esto último, de manera
oportuna, considerando que dicha prestación debe realizarse en relación con el
momento de la ovulación.
El oferente adjudicado, no
podrá exceder las 36
horas, contado desde que se solicita su agendamiento:
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Procedimiento
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Tiempo máximo de otorgamiento de hora
|
|
Inseminación Intrauterina
|
Deberá
tener disponibilidad de realizar la inseminación intrauterina, en relación
con el día de la indicación médica y solicitud de agendamiento. Los plazos
habituales serán entre 24-36 horas como máximo, excepto las indicadas como
“urgencia” que deben ser realizadas el mismo día si se derivan antes de las
10 am. El informe del resultado de la preparación espermática debe
ser entregado al paciente el mismo día del procedimiento y enviado a la
matrona coordinadora vía correo electrónico al momento de enviar la
prefactura.
|
Los plazos señalados
anteriormente se contarán desde que la unidad solicitante gestione el
requerimiento, vía correo electrónico y telefónico, hasta que sea agendado y
atendido el paciente, por el proveedor adjudicado.
El proveedor adjudicado se obliga
a dar cumplimiento en la atención del paciente una vez que se haya agendado la
hora.
Una vez atendido deberá reportar
vía correo electrónico, la atención del paciente, esto, a la unidad requirente del
Hospital Las Higueras.
El oferente adjudicado deberá enviar, por
correo electrónico, los “Informe del resultado de la preparación espermática”
correspondientes a las prestaciones realizadas en el mes anterior, junto con la
pre factura (punto N°24). Estos informes deben ser enviados dentro del mes siguiente
a la ejecución de las prestaciones.
6. PRESUPUESTO Y CONDICIONES DE PAGO
El presupuesto referencial para los servicios
licitados es de $21.000.000- (veintiún
millones de pesos) impuestos incluidos, para un periodo de doce meses.
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LÍNEA
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REQUERIMIENTO
|
CANTIDAD REFERENCIAL
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|
1
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Inseminación
Intrauterina (IIU), incluyendo: preparación espermática, insumos,
medicamentos y honorarios médicos, informe de muestra seminal
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70
|
El oferente que ofrezca la alternativa más conveniente para los intereses
del hospital resultará adjudicado.
Las prestaciones ejecutadas, serán contabilizadas “mensualmente” y se
pagarán las prestaciones efectivamente ejecutadas, sin reajustes y conforme a
lo establecido en las presentes bases administrativas.
7. CONTACTO PARA LA LICITACIÓN.
Las comunicaciones y contactos durante el proceso de licitación se efectuarán
a través de foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá
ingresando al ID asignado a la presente licitación.
8. ETAPAS Y PLAZOS DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO
Los plazos y etapas serán los señalados en el Portal Mercado Público y en
las presentes Bases Administrativas, para la presentación de las ofertas.
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ETAPAS
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PLAZOS
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Fecha de Publicación
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Máximo 10 días a partir de la total tramitación de
la resolución aprobatoria de las presentes Bases Administrativas, o el día hábil
siguiente, hasta las 15:00 horas.
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Fecha Inicio de Preguntas
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A partir del día y hora de la publicación de las Bases
Administrativas.
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Fecha Final de Preguntas
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Hasta el día quinto, contado desde el día de la fecha
de publicación de las Bases Administrativas.
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Fecha de Publicación
de Respuestas
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Desde el primer hasta el octavo día, contado desde
el día de la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
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Fecha de Cierre de
Recepción de Ofertas
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El día décimo primero, contado desde la fecha de publicación
de las Bases Administrativas. El plazo de cierre no podrá vencer en días inhábil
ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
(Art. N°46 del Reglamento de Compras Públicas).
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Fecha de Apertura
Técnica Y Económica
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El día décimo primero contado desde la fecha de publicación
de las Bases Administrativas o el día hábil siguiente, a las 15:02 horas.
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Plazo de Evaluación
de las Ofertas
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Desde primer al décimo día, contado desde la fecha
y hora de Apertura Técnica y Económica.
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Fecha de Adjudicación
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Entre el primer y décimo quinto día contado desde
la fecha del Informe de Apertura y Evaluación de Ofertas
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9. CONSULTAS Y RESPUESTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES DURANTE EL PROCESO DE LICITACION
La Unidad Técnica podrá efectuar, aclaraciones y/o alcances a las Bases
o Ficha de Licitación, Especificaciones Técnicas y demás documentos de la
propuesta, antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Las aclaraciones y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del
plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello
de acuerdo con lo que resuelva el Hospital. De verificarse una ampliación, ella
será dada a conocer a todos los oferentes mediante una aclaración a través del Sistema
de Información de la Dirección de Compras.
Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de
la propuesta deberán efectuarse a través del Sistema de Información, conforme a
lo establecido en el Calendario de Licitación de las presentes Bases Administrativas,
en el período señalado en Etapas y Plazos de la Ficha del Portal Mercado Público
haciendo referencia explícita al punto de las Bases Administrativas o documentos
que la integran y que motiva la consulta. Las respuestas serán también publicadas
en el Sistema de Información, conforme a las fechas establecidas en el calendario
de la Licitación.
Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o
respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán
que forman parte de las presentes Bases Administrativas, para todos los efectos
correspondientes.
El Hospital deberá publicar todos los antecedentes relacionados con la propuesta
de que se trate, así como informar oportunamente respecto a la actualización de
aquellos antecedentes que hayan sido modificados o aclarados.
Contestadas las consultas,
efectuadas las aclaraciones, se supone plena comprensión de las presentes Bases
Administrativas y Formularios, documentos que integran la presente propuesta.
En todo caso, las
modificaciones que pudieran realizarse para efectos de aclaraciones que se hagan
en este periodo, deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo,
en cuyo caso se considerará una ampliación del plazo de presentación de las ofertas.
No se dará respuesta a las consultas verbales, telefónicas o efectuadas fuera
de plazo o en forma distinta a la indicada anteriormente, a menos que procedan las
circunstancias excepcionales contempladas en el Art. 115 del Decreto N°661 del 2024,
del Ministerio de Hacienda.
10. DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN.
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ETAPAS
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Una sola.
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PRESUPUESTO REFERENCIAL
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$21.000.000.- (Veintiún
millones de pesos), impuestos incluidos,
para un periodo de doce meses.
La cantidad mencionada no
será obligatoria para la entidad licitante, y dependerá exclusivamente de la cantidad
de requerimientos solicitados, por lo que ningún oferente podrá exigir el cumplimiento
de esta referencia económica.
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PARTICIPANTES
|
Podrán participar en la presente propuesta, todas aquellas personas naturales
y/o jurídicas, chilenas o extranjeras que cumplan con los requisitos exigidos
en las presentes Bases Administrativas, lo que deberá ser acreditado en su oportunidad,
con la documentación correspondiente.
|
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CÓMPUTO DE LOS PLAZOS
|
Todos
los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente
se señalen plazos de días hábiles, los cuales se refieren a hábiles
administrativos, esto es de lunes a viernes. No obstante, cuando el
vencimiento de un plazo se produzca un sábado, domingo o festivo se entenderá
que dicho plazo vence el día hábil siguiente.
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COMUNICACIÓN CON EL HOSPITAL
|
Exclusivamente a través
del Portal Mercado Público.
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11. PRESENTACION OFERTAS.
Todo proponente u oferente interesado en ofertar, deberá estudiar cuidadosamente
las Bases Administrativas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna
manera afecten el costo de los servicios licitados, tales como permisos y licencias
que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, entre otros.
Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será
el responsable de los errores u omisiones en que incurra.
El oferente que participe en la licitación acepta todas las condiciones de
ésta.
A la época de presentación de la oferta, el oferente deberá presentar todos
los antecedentes y formularios, los que deberán ser anexado a las respectivas ofertas
presentadas, en formato digitales utilizando para este efecto Word (como procesador
de textos) e imágenes digitalizadas en formato PDF, todos los anexos deben venir
en idioma español, debidamente firmado si correspondiere.
Los oferentes no deberán estar afectos a alguna
de las inhabilidades contempladas en los artículos 33 de la ley N°21.595; 8 y 10
de la ley N°20.393 sustituidos por el artículo 50 de la Ley N°21.595 y 35 quáter
de la ley N°19.886, en caso contrario, su oferta será declarada inadmisible. En
este último caso, salvo, las circunstancias excepcionales indicadas en la mencionada
Ley, en cuyo caso el contrato deberá hacerse por resolución fundada.
En
el caso de que dos o más oferentes se unan para el efecto de participar en el presente
proceso licitatorio, deberán sujetarse a lo dispuesto en el artículo 180 y 181 del
Decreto N°661 del 2024, del Ministerio de Hacienda.
Los
proveedores que oferten bajo el artículo 180 y 181 del Decreto N°661 del 2024, del
Ministerio de Hacienda, deberán ingresar un documento que declare dicha unión, nombrando
un apoderado.
Para la presente licitación los documentos requeridos serán los siguientes:
11.1 Antecedentes administrativos:
·
Formulario N°1: Identificación del Oferente, esto, a más tardar en el plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24
horas de la notificación de la consulta (Su incumplimiento habilitará para declarar
inadmisible la oferta).
·
Declaración jurada en línea: Los oferentes deberán presentar una
“Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada
completamente en línea a través del Sistema de Información,
www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. (inadmisible).
·
Formulario N°2: Datos de Contacto. El oferente deberá establecer los
siguientes datos: nombre de contacto, correo electrónico y número de teléfono
directo, para coordinar la prestación de los servicios. El citado formulario,
deberá tener estampada la firma del oferente, que legitima lo escrito (Su
incumplimiento habilitará para declarar inadmisible la oferta).
·
Formulario N°3: Cumplimiento Programa de Integridad (evaluable).
11.2 Antecedentes Técnicos:
·
Experiencia del Oferente (evaluable).
·
Resolución Sanitaria emitida por la SEREMI de Salud correspondiente, que
autoriza el funcionamiento de Instalación y Dirección Técnica del
establecimiento o certificado emitido por la Superintendencia de Salud, que
confirme que es “Prestador Acreditado en calidad”; respecto
de las dependencias donde se prestarán los servicios licitados. En el caso de
que dichas dependencias no sean de propiedad del oferente postulante, deberá
presentar copia de Resolución Sanitaria o de Acreditación y contrato de
arriendo u otro que autorice la utilización de las dependencias para dicho fin. (Inadmisibilidad)
·
Certificar con algún documento oficial que se cuenta con laboratorio de andrología individualizado, asociado a la clínica o
centro de fertilidad. (Inadmisibilidad).
·
Formulario N°4: Datos del
Médico Gineco-Obstetra: Nombre y dos apellidos, Cédula de Identidad y número de
inscripción en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud del o
los médicos especialistas en Obstetricia y Ginecología que presten el servicio (Inadmisibilidad)
·
Formulario N°5: Ubicación Geográfica (Inadmisible).
·
Certificación
de perfeccionamiento en medicina reproductiva de los médicos gineco-obstetra,
indicados en el Formulario N° 4. (Inadmisibilidad).
11.3 Antecedentes Económicos:
·
Formulario N°6: Oferta Económica (Inadmisibilidad).
El citado formulario, deberá tener estampada la firma del oferente, que legitima
lo declarado en el referido formulario.
En Comprobante de oferta en el portal mercado
público, el precio debe estar expresado en moneda nacional, es decir, en pesos
chilenos CLP.
12. VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 120 (ciento veinte) días desde
la fecha de la publicación de las presentes Bases Administrativas que regulan el
llamado a licitación pública. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación,
el Hospital podrá solicitar a los proponentes, a través del Sistema de Información
de Compras y Contrataciones de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras
y Contratación Pública, la prórroga de las propuestas, antes de su expiración.
Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no
será considerada en el proceso de evaluación y adjudicación.
III.
APERTURA Y EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA
13. ACTO DE APERTURA
La apertura se realizará
en forma electrónica a través de la plataforma del Mercado Público, en la fecha
y hora establecida en el calendario de plazos de la presente licitación, esto es,
el día décimo primero a las 15:02 horas,
contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas. Estas ofertas
estarán sujetas a un proceso de evaluación, a partir del cual se determinará el
oferente adjudicado.
El Hospital Las Higueras adjudicará la presente licitación, a quien presente
la oferta que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo a la evaluación realizada
en forma global, asimismo declarará desierta la licitación cuando no se presenten
ofertas, y podrá declarar desierta la licitación, por no convenir a los interés
institucionales, ya sea por lo elevado del precio ofertado o por alguna razón fundada,
declarará inadmisibles las ofertas por no cumplir los oferentes con los requisitos
establecidos en estas Bases.
Si existiesen ofertas simultáneas
por parte de proveedores de un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí,
respecto de un mismo bien o servicio, se
considerará para la evaluación de la licitación sólo la oferta más conveniente entre
ellos. Para esto, se revisarán y compararán las ofertas de los proveedores
antes mencionados, según los criterios establecidos en el punto N°16 de las presentes
bases administrativas. Las ofertas no seleccionadas, serán declaradas inadmisibles,
de conformidad a lo establecido en el artículo N°9 de la Ley 19886 y artículo 60
del Decreto N°661, del Ministerio de Hacienda.
14. INADMISIBILIDAD DE LA OFERTA
La oferta se declarará inadmisible en los siguientes
casos.
· Cuando la oferta
no se encuentre expresada en moneda nacional (pesos chilenos).
· Cuando no complete, no presente, o presentación incompleta, a más tardar
dentro del plazo de cierre, esto es el día décimo primero, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas, el
Formulario N°4 “Datos del Médico Gineco-Obstetra”, formulario N°5 “Ubicación
Geográfica” y/o formulario N°6 “Oferta Económica”.
· Cuando no presente, no complete o presente incompleto, a más tardar en
el plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación
de la consulta, el
Formulario N°1 Identificación del Oferente” y/o Formulario N°2 “Datos de
Contacto”, esto es dentro de las 24 horas de notificada la consulta en el Portal
Mercado Público.
· Cuando alguno de los
médicos indicados por el oferente en el Formulario N°4 no registre en
Certificado extendido por la Superintendencia de Salud con su título de médico
cirujano y especialidad en Obstetricia y ginecología, al momento de
ofertar.
·
Cuando alguno de los médicos indicados por el oferente en el Formulario
N°4 no cuente con Certificación de perfeccionamiento en medicina
reproductiva.
· Cuando el oferente que
participe en la presente licitación, no presente a lo menos un staff de 2
médicos gineco-obstetra.
· La
no presentación, a más tardar dentro del plazo de cierre, esto es el día décimo
primero, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas de:
o Resolución Sanitaria emitida por la SEREMI de Salud correspondiente que autorice el
funcionamiento, la instalación y la Dirección Técnica del establecimiento donde
se prestarán los servicios; o, en su defecto, certificado de “prestador
acreditado en calidad” emitido por la Superintendencia de Salud.
o En el caso de que las dependencias donde se prestarán los servicios no
sean de propiedad del oferente, deberá adjuntarse además copia de la Resolución Sanitaria o de
Acreditación del establecimiento y contrato de arriendo u otro documento que
autorice la utilización de dichas dependencias para la prestación del servicio.
o Documento oficial que acredite la existencia de laboratorio de
andrología individualizado, asociado al centro o clínica donde se prestarán
los servicios (puede acreditarse como propio o mediante convenio vigente).
· Si la propuesta altera las condiciones de las presentes Bases, o contiene
exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, tales
como: condiciones para su adjudicación o montos mínimos de servicios
· Cuando la oferta no cumpla con los requisitos establecidos en el punto 4
de las bases administrativas.
· Cuando postule como Unión Temporal y no esté
conformada en su totalidad por empresas de menor tamaño, con excepción de lo señalado
en el artículo 184 del Decreto 661 del Ministerio de Hacienda.
· Cuando el oferente no firme de manera
electrónica la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar. En el caso de
postular como UTP, firmará cada integrante o el apoderado en representación de
los demás integrantes.
· Cuando el oferente no
posea la actividad o giro económico vigente, atingente a los servicios
licitados, a más tardar dentro del plazo de cierre, esto es el día décimo primero, contado desde la fecha de publicación
de las Bases Administrativas. Lo anterior, de acuerdo a Situación Tributaria de
Terceros del Servicio de
Impuestos Internos.
· Cuando al oferente le afecta alguna de las inhabilidades
contempladas en los artículos 33 de la ley N°21.595; 8 y 10 de la ley N°20.393 sustituidos
por el artículo 50 de la Ley N°21.595; artículo 4°, inciso sexto y 35 quáter de
la ley N°19.886. Siempre que no se den las situaciones de excepcionalidad contempladas
en la Ley.
· Cuando la oferta de un proveedor, se presente
de manera simultánea, a otra oferta presentada por parte de una empresa perteneciente
al mismo grupo empresarial o relacionada entre sí, respecto de un mismo bien o servicio,
y no resulte ser la más conveniente para este organismo; esto de conformidad a lo
establecido en el artículo N°9 de la Ley 19886 y artículo 60 del Decreto N°661,
del Ministerio de Hacienda.
En estos casos, la oferta será considerada inadmisible, significando que
no pasará a la etapa de evaluación.
El oferente se obliga a entregar antecedentes, documentos, instrumentos tributarios,
certificados y demás exigidos por las bases administrativas, que se encuentren debidamente
regularizados y válidos, por lo que el incumplimiento de lo anterior traerá consigo
el efecto de inadmisibilidad de la oferta.
15. COMISIÓN Y SUS FUNCIONES:
Comisión de Apertura y Evaluación.
La apertura en el Portal Mercado
Público, y la respectiva evaluación, calificación de las ofertas de manera administrativa,
técnica y económica, estará a cargo de una Comisión de Apertura y Evaluación, la
que estará integrada por los siguientes profesionales funcionarios del Hospital
Las Higueras:
·
Subdirector Administrativo,
·
Jefe Unidad de Licitaciones.
·
Matrona Coordinadora de Programa Fertilidad
o quienes los subroguen o reemplacen legalmente.
En el caso de considerarlo pertinente, la comisión podrá requerir asesoría
a la Unidad Jurídica del Hospital Las Higueras de Talcahuano.
La Comisión de apertura y evaluación en conformidad a las atribuciones entregadas
por el Hospital Las Higueras, de acuerdo con el contenido de este capítulo y demás
antecedentes de las presentes Bases Administrativas, tendrá las siguientes facultades:
a)
Resolver dudas o discrepancias
que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación
de las presentes Bases Administrativas o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
b)
Solicitar a los oferentes
las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación
de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes
a través del Sistema de Información. Las solicitudes de aclaraciones y sus respuestas
se comunicarán a los demás oferentes, solo para efectos que éstos tomen conocimientos
de estas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o incumplimiento
del principio de igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes
para la adecuada evaluación y comprensión de las propuestas. Exceptuándose las situaciones
descritas precedentemente, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán
mantener contacto alguno con la Comisión.
c)
Solicitar a los oferentes
que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de
dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio
respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de
dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Estos
requerimientos se solicitarán por escrito a través del Sistema de Información de
la Dirección de Compras, debiendo el oferente dar respuesta en la misma forma, dentro
del plazo señalado, esto es, dentro del plazo de evaluación de ofertas, 24 horas
desde que se realiza la notificación a través del Sistema de Información de la Dirección
de Compras.
d)
Podrá permitir la presentación
de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento
de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas
o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar
ofertas y el periodo de evaluación.
e)
Revisará y estudiará
la documentación solicitada, evaluará las ofertas, técnica y económicamente, confeccionando
un cuadro comparativo entre los oferentes.
f)
De
existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun
cuando de la evaluación se esté usando el máximo de dos decimales, dicho empate
deberá dirimirse en primer lugar a través del análisis del criterio “Precio del Servicio” (60%); en
segundo lugar, a través del criterio “Experiencia del Oferente” (35%) y
así sucesivamente en el mismo orden indicado en el punto 16 “Notas y Criterios
de Evaluación”, de las bases administrativas. En caso de persistir el empate a
pesar de aplicar los criterios de desempate referidos, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
g)
Confeccionará un
“Informe de Apertura y Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos
los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter
administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los
hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo
de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la
ponderación de la pauta de evaluación.
h)
Firmará el “Informe
de Apertura y Evaluación”, mediante el cual propondrá a la Sra. Directora
adjudicar o desestimar la propuesta, si de la evaluación se determina que no se
ajusta a las necesidades del Hospital o excedieren de su presupuesto.
i)
Suscribirán una
declaración jurada en la que manifiesten expresamente la ausencia de conflictos
de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre el proceso de
contratación de que se trata, conforme con lo dispuesto en el artículo 35
nonies de la ley N°19.886.
16. NOTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
Para la evaluación de las ofertas la comisión
de evaluación ponderará los factores de acuerdo con lo establecido en las presentes
Bases Administrativas y a los porcentajes que se indican en la ficha técnica del
Portal Mercado Público, los que serán evaluados según nota de uno (1) a cien (100),
siendo el cien (100) la mayor nota de las ofertas. Dicho proceso estará considerado
en el informe de evaluación.
Los criterios que evaluar serán los siguientes:
|
CRITERIOS DE EVALUACION
|
PONDERACIÓN
|
|
Criterios
Económicos
|
60%
|
|
Precio
del Servicio (60%)
|
|
Criterios
Técnicos
|
35%
|
|
Experiencia del oferente (35%)
|
|
Criterios
Administrativos
|
5%
|
|
Cumplimiento en la Presentación de Antecedentes (3%)
|
|
Cumplimiento Programa de Integridad (2%)
|
La evaluación de los criterios se realizará de la siguiente forma:
Precio
del Servicio (60%)
El precio
será el establecido
por cada oferente en la oferta presentada en el Portal Mercado Público y
Formulario N°6, el que será sometido a ejercicio
de evaluación.
La oferta que presente
el menor precio en forma global, se calificará con cien puntos (100), las demás
ofertas tendrán nota de acuerdo al porcentaje de cercanía a la oferta menor, de acuerdo a la siguiente fórmula:

Experiencia del Oferente,
(35%)
Para la aplicación de este criterio, se tomará como base la
información adjunta a su propuesta, respecto a la experiencia basada en los
contratos adquiridos con otros centros en la realización de los servicios que
se están licitando.
La
ponderación de la nota será la que resulte de aplicar el 35% al puntaje
obtenido en la tabla que a continuación se indica:
|
Experiencia en exámenes
|
Puntaje
|
|
Igual
a 10 o más certificados, copias de contratos, ID de licitaciones adjudicadas,
órdenes de compra de licitaciones y/o tratos directos realizados con
instituciones públicas o privadas del área de la salud, que acrediten que ha
prestado los servicios licitados o servicios similares, esto es, la
realización de servicios de inseminación intrauterina, durante los últimos 24
meses.
|
100
|
|
Igual
o mayor a 7 y menor a 10 certificados, copias de contratos, ID de
licitaciones adjudicadas, órdenes de compra de licitaciones y/o tratos
directos realizados con instituciones públicas o privadas del área de la salud,
que acrediten que ha prestado los servicios licitados o servicios similares,
esto es, la realización de servicios de inseminación intrauterina, durante
los últimos 24 meses.
|
70
|
|
Igual
o mayor a 5 y menor a 7 certificados, copias de contratos, ID de licitaciones
adjudicadas, órdenes de compra de licitaciones y/o tratos directos realizados
con instituciones públicas o privadas del área de la salud, que acrediten que
ha prestado los servicios licitados o servicios similares, esto es, la
realización de servicios de inseminación intrauterina, durante los últimos 24
meses.
|
40
|
|
Igual
o mayor a 3 y menor a 5 certificados, copias de contratos, ID de licitaciones
adjudicadas, órdenes de compra de licitaciones y/o tratos directos realizados
con instituciones públicas o privadas del área de la salud, que acrediten que
ha prestado los servicios licitados o servicios similares, esto es, la
realización de servicios de inseminación intrauterina, durante los últimos 24
meses.
|
20
|
|
Menor
a 3 certificados, copias de contratos, ID de licitaciones adjudicadas,
órdenes de compra de licitaciones y/o tratos directos realizados con
instituciones públicas o privadas del área de la salud, que acrediten que ha
prestado los servicios licitados o servicios similares, esto es, la
realización de servicios de inseminación intrauterina, durante los últimos 24
meses.
|
10
|
|
No
informa o no acredita experiencia en la prestación de los servicios licitados
en instituciones públicas o privadas del área de la salud, en los últimos 24
meses.
|
1
|
La experiencia deberá ser acreditada
mediante certificados, emitidos por jefaturas de instituciones públicas o
privadas, copias de contratos, ID de licitaciones adjudicadas, órdenes de
compra de licitaciones y/o tratos directos, que acrediten
experiencia en los exámenes licitados o similares, realizados en los últimos 24
meses, a contar desde la fecha de publicación hacia atrás.
En caso de que se
presenten dos o más documentos que correspondan a una misma contratación,
dicha experiencia será considerada una sola vez, independientemente de
la cantidad de documentos aportados para su acreditación.
Los documentos señalados anteriormente que
acrediten la experiencia en la prestación de los servicios licitados deberán
indicar, al menos, lo siguiente:
·
Razón social de la empresa/institución donde el
oferente evaluado prestó los servicios.
·
Identificación del oferente participante en el
citado documento.
·
Periodo (tiempo: mes/año) en el que se prestaron
los servicios.
·
Que en dicho documento señale que se trate de las
prestaciones licitadas o similares.
Si los documentos no contienen la
información antes indicada, éstos podrán ser desestimados y no ser considerados
en la evaluación del criterio de experiencia y evaluar sólo los certificados acompañados
correctamente.
Si no se acompañan los antecedentes que
acrediten la experiencia en exámenes licitados en instituciones públicas o
privadas, dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas, esto es,
el día undécimo contado desde la fecha de publicación de la Bases
Administrativas, el oferente obtendrá un punto en este criterio.
Sólo se considerará la
experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes bases
administrativas.
Cumplimiento en la Presentación de Antecedentes (3%)
Si el oferente
ingresa al Portal Mercado Público tanto el Formulario N°1 y N°2 solicitados en
punto 11.1 de “Presentación Ofertas” de las presentes Bases Administrativas, a
más tardar el día y hora de cierre de recepción de ofertas de la presente
licitación pública, será evaluada con 100 (cien) puntos.
Si un oferente
omite uno o más de los Formularios antes mencionados o alguno de éstos tiene
error de forma, la comisión de evaluación solicitará a través del Portal (foro
inverso) el ingreso de los antecedentes omitidos o la corrección de éstos,
dando un plazo de 24 horas desde que se
realiza la notificación a través del Sistema de Información de la Dirección de
Compras, para subsanar, pudiendo optar a una nota 1 (uno).
En caso que el oferente
no responda dentro del nuevo plazo otorgado vía foro inverso y éste no ingrese
o no subsane error de forma, en relación al Formulario N°1 y/o Formulario N°2,
la oferta será declarada inadmisible, ya que el oferente no cumple con los
requerimientos establecidos en las Bases Administrativas, por lo que su oferta
no pasará a la siguiente etapa de evaluación.
La ponderación de
la nota será la que resulte de aplicar el 3% al puntaje obtenido de acuerdo a
la siguiente tabla:
|
Cumplimiento en la Presentación de Antecedentes
|
Puntaje
|
|
Ingresa
Formulario N°1 y N°2, a más tardar el día y hora de cierre de recepción de
las ofertas, esto es, el día decimo primero, contado desde la fecha de
publicación de las Bases Administrativas.
|
100
|
|
Ingresa documentos
omitidos o subsana errores de forma dentro del nuevo plazo.
|
1
|
|
No ingresa
Formulario N°1 y/o N°2, o no subsana errores de forma de éste, dentro del
nuevo plazo otorgado (foro inverso)
|
Oferta Inadmisible
|
Cumplimiento Programa de Integridad (2%)
El programa de integridad de una empresa u
organización se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas que
fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a determinados valores
que contribuyan a instalar estándares de integridad, fortaleciendo una
conciencia ética que permita combatir la corrupción.
Para la aplicación de este criterio, se tomará como
base la documentación presentada por el oferente a través de su propuesta, que
respalda la existencia de programa/s de integridad en su empresa.
|
Cumplimiento Programa de Integridad
|
Puntaje
|
|
|
|
El oferente,
cuenta con programa de integridad y difusión a su personal.
|
100
|
|
|
Si no
adjunta Formulario N°3 no completa o no acredita lo solicitado en este
criterio.
|
1
|
|
El oferente deberá adjuntar copia del programa de integridad utilizado y
acreditar, además, la difusión del mismo a su personal; para esto último, podrá
presentar copia de correo corporativo de difusión, copia de participación de
los trabajadores en charlas o capacitaciones o cualquier otro antecedente que
permita acreditar su difusión.
Si
los documentos adjuntos en su oferta no contienen la información necesaria para
acreditar que cuenta con programas de integridad y fueron difundidos a su
personal, serán desestimados y no serán considerados en la evaluación del
criterio de “cumplimiento programa de integridad”.
Si no se acompañan
los documentos dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas, esto
es, el día décimo primero contado desde la fecha de publicación de la Bases
Administrativas, así también, si los antecedentes tienen fecha posterior a la
publicación de las presentes bases, el oferente obtendrá un punto en este criterio.
IV. ADJUDICACIÓN Y CONTRATO.
17. RESOLUCION DE LA PROPUESTA.
a) El Jefe Área Finanzas o quien lo subrogue,
deberá firmar el “Certificado de Disponibilidad Presupuestaria”.
b) Posteriormente el Encargado de la
Licitación procederá para la elaboración de la Resolución de Adjudicación.
c) La Directora del Establecimiento mediante
resolución administrativa procederá a adjudicar o desestimar la propuesta de
acuerdo con lo propuesto por la Comisión de apertura y evaluación. Así como
también, tendrá la facultad de dejar sin efecto todo el proceso, cuando existan
errores, vacíos o incongruencias en las bases administrativas.
d) En el caso que la Directora del Establecimiento
decida acogerse a la excepcionalidad contenida en el artículo 35° quáter de la
ley N.° 21.634/11-12-2023, deberá emitir resolución fundada en los términos del
artículo respectivo, justificando su decisión y detallando procedimientos
internos de aplicación si así procede.
e) Tramitada la resolución de adjudicación, se
subirán al Portal los siguientes documentos:
·
Informe
de Apertura y Evaluación.
·
Declaración
Jurada de Ausencia de Conflictos de Intereses y de Confidencialidad de la
Comisión Evaluadora.
·
Certificado
de Disponibilidad Presupuestaria.
·
Resolución
de Adjudicación.
f)
La adjudicación
será publicada en el portal Mercado Público, entendiéndose notificada al
adjudicatario y al resto de los oferentes, transcurridas 24 horas desde dicha
publicación, de acuerdo al artículo N°9 del Reglamento de la Ley N°19.886.
g)
Una vez
notificado, el oferente adjudicado deberá hacer llegar la documentación exigida
en el punto 22 de las bases, esto, a más a tardar en el plazo de 15 días
corridos, contados desde la fecha en que fuere notificado de la Adjudicación.
h) El hospital se reserva el derecho de
declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas
no resulten convenientes a sus intereses. Para declarar desierta la licitación,
se requerirá Resolución fundada que así lo disponga y será publicada en www.mercadopublico.cl.
18. MODIFICACION DE LA FECHA DE ADJUDICACION
El Hospital Las Higueras podrá aplazar hasta en 10 días corridos la fecha
de adjudicación señalada en el Portal en los siguientes casos:
·
Cuando no fuere posible reunir a la Comisión en el periodo de evaluación
establecido en las presentes Bases Administrativas.
·
Cuando se presenten más de 5 ofertas y en consecuencia se requiera de más
tiempo para el estudio de estas.
·
Cuando se soliciten aclaraciones, a través de la opción “Aclaraciones Ofertas” del Portal Mercado
Público.
·
Cuando la comisión reunida, requiera ver situaciones discrepantes no claras
al momento de la evaluación, requiriendo postergar resolver el proceso administrativo
o técnico.
Todo lo anterior será debidamente
informado en el portal, a todos los oferentes, mediante tramitación del acto administrativo
que dé cuenta de la postergación de la fecha de adjudicación.
19. MECANISMO PARA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACION.
Se deja constancia que, ante consultas sobre el proceso de adjudicación,
éstas podrán efectuarse a través del Sistema de Información, identificando el ID
de licitación, dentro de un plazo de 48 horas, desde que haya sido adjudicada la
licitación, las cuales serán respondidas dentro de 5 días hábiles. Vencido el plazo
para consultas indicado anteriormente, no se dará lugar a las respuestas.
En el caso que se formulen consultas, sus respuestas serán publicadas en
la plataforma del Portal Mercado Público.
20. READJUDICACIÓN
El Hospital podrá readjudicar la licitación en los siguientes casos:
·
Si el adjudicatario
desiste de su oferta.
·
Cuando el
adjudicatario no haga entrega de la documentación exigida en el punto 22 de las
bases administrativas, dentro de 15 días corridos, contados desde la fecha de
notificación de la Resolución de Adjudicación.
·
En el caso de que
el adjudicatario rechace la orden de compra.
En caso de que no sea posible la readjudicación por no contar con una segunda
oferta evaluada, u otra causa, se procederá a dejar sin efecto la resolución de
adjudicación y se levantará un nuevo llamado licitatorio.
21. RETROTRAER EL PROCESO
El hospital podrá retrotraer
el proceso de adjudicación, cuando se detecte un error en el proceso de evaluación
de la propuesta y/o se detectaren errores, vicios u omisiones en la propuesta adjudicada.
Procedimiento
Se notificará a los interesados que hubieren participado en el procedimiento
la interposición de los recursos, mediante la publicación en la Plataforma de Mercado
Público, resolución fundada dejando sin efecto la adjudicación, los cuales de acuerdo
con el principio de impugnabilidad previsto en los artículos 9° de la Ley N°18.575
y 15° inciso primero de la Ley N°19.880, podrán reclamar de esa determinación por
la vía administrativa mediante los recursos
regulados en el último texto legal, teniendo
un plazo de cinco días para que aleguen cuanto consideren procedente en defensa
de sus intereses.
Ya retrotraído el proceso,
se reúne a la comisión evaluadora para realizar un nuevo proceso de evaluación,
para continuar con el proceso de adjudicación.
En caso de que se requiera dejar sin efecto todo el proceso, por errores,
vicios u omisiones se revocará la propuesta, con resolución fundada, se revisará
el requerimiento y se levantará un nuevo llamado licitatorio.
22. CONTRATO
El contrato de servicios
se formalizará mediante la emisión de orden de compra y la aceptación de ésta
por parte del proveedor, por tratarse de servicios, de simple y objetiva
especificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 117 del Decreto N°661
del 2024, del Ministerio de Hacienda.
En caso de que la Orden de Compra no haya sido
aceptada, la entidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente
rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
Los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación pública serán intransferibles.
Para todos los efectos de esta licitación,
el adjudicatario fijará su domicilio en la comuna de Talcahuano.
Una vez adjudicada la licitación, los
proveedores adjudicados deberán remitir, a más a tardar en el plazo de 15
días corridos, contado desde que fuere notificado de la Resolución de
Adjudicación, mediante su publicación en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, la
siguiente documentación:
PERSONA NATURAL:
·
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
·
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
·
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento
laboral y previsional o Formulario F30 certificado de Antecedentes laborales y previsionales
respecto de sus trabajadores.
En el evento que
el adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos
laborales o de remuneraciones, o no acompañe los certificados respectivos, no
podrá contratar con el estado mientras no subsane el incumplimiento que lo
afecte, conforme al artículo 6° de la ley N°21.796 del 2025,
sobre presupuesto del año 2026.
·
Declaración Jurada
de Inhabilidad para contratar con el Estado.
·
Declaración Jurada
simple que indique no encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los
órganos del Estado prevista en la letra d) del artículo 26 del decreto ley N°211,
de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
·
Declaración Jurada de Inhabilidades para contratar
con el Estado, contempladas en el Capítulo VII de la ley 19.886 y su ley
modificatoria 21.634, artículo N°35 quáter.
·
Declaración
jurada de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso
sexto, de la ley N°19.886
·
Datos para Transferencia bancaria de conformidad al
artículo 8 de la ley N°21.796 del 2025, sobre presupuesto del año 2026.
PERSONA JURÍDICA.
·
Fotocopia legalizada Rut de la Empresa.
·
Fotocopia legalizada de Cédula de Identidad
del Representante Legal.
·
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
·
Copia autorizada de la escritura social.
·
Certificado
de Vigencia, modificación y poderes de la Sociedad de una antigüedad no
superior a 30 días en relación a la fecha de presentación de sus ofertas.
·
Copia de inscripción del extracto en el
registro de comercio.
·
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento
laboral y previsional o Formulario F30 certificado de Antecedentes laborales y
previsionales respecto de sus trabajadores.
En el evento que el adjudicado se encuentre
incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de
remuneraciones, o no acompañe los certificados respectivos, no podrá contratar
con el estado mientras no subsane el incumplimiento que lo afecte, conforme
al artículo 6° de la ley N°21.796 del 2025, sobre presupuesto del año 2026.
·
Declaración Jurada
simple que indique no tener Inhabilidad para contratar con el Estado, de
acuerdo con el artículo 8 y 10 de la Ley N°20.393, Establece la Responsabilidad
Penal de las personas Jurídicas en los delitos de lavado de activos,
financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, sustituidos por
el artículo 50 de la Ley N°21.595.
·
Declaración jurada
simple que indique No encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los
órganos de la Administración del Estado prevista en la letra d) del artículo 26
del decreto ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
· Declaración
Jurada de Inhabilidades para contratar con el Estado, contempladas en el
Capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo N°35
quáter.
·
Declaración
jurada de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso
sexto, de la ley N°19.886
·
Datos para Transferencia bancaria de conformidad al
artículo 8 de la ley N°21.796 del 2025, sobre presupuesto del año 2026.
PERSONA JURÍDICA CONSTITUIDA EN SISTEMA SIMPLIFICADO LEY N° 20.659:
·
Fotocopia
Legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal.
·
Certificado de Estatuto
Actualizado, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
·
Fotocopia de
Iniciación de Actividades en SII.
·
Certificado de
Vigencia, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
·
Certificado de
Anotaciones, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
·
Formulario F30-1
certificado de cumplimiento laboral y previsional o Formulario F30 certificado
de Antecedentes laborales y previsionales respecto de sus trabajadores.
·
Declaración Jurada
simple que indique no tener Inhabilidad para contratar con el Estado, de
acuerdo con el artículo 8 y 10 de la Ley N°20.393, Establece la Responsabilidad
Penal de las personas Jurídicas en los delitos de lavado de activos,
financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, sustituidos por
el artículo 50 de la Ley N°21.595.
·
Declaración jurada simple que indique No
encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los órganos de la
Administración del Estado prevista en la letra d) del artículo 26 del decreto
ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
·
Declaración Jurada
de Inhabilidades para contratar con el Estado, contempladas en el Capítulo VII
de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo N°35 quáter.
·
Declaración
jurada de inhabilidades de contratación previstas en el artículo 4°, inciso
sexto, de la ley N°19.886
·
Datos para Transferencia bancaria de conformidad al
artículo 8 de la ley N°21.796 del 2025, sobre presupuesto del año 2026.
UNION TEMPORAL DE
PROVEEDORES (UTP):
·
Escritura simple
donde conste la Unión Temporal.
·
Los demás
antecedentes requeridos precedentemente respecto de cada uno de los proponentes
que participen de la unión temporal de proveedores, según su naturaleza.
·
Datos para Transferencia bancaria de conformidad al
artículo 8 de la ley N°21.796 del 2025, sobre presupuesto del año 2026.
Lo anterior, salvo si los antecedentes exigidos se encuentren
acreditados en Chile proveedores.
Una vez recepcionado conforme estos
documentos, se emitirá la orden de compra global.
23. DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicado deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes
que conozca con motivo de la prestación de los servicios, ya sean aquellos proporcionados
por el hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos. De esta manera,
bajo ninguna circunstancia el adjudicado podrá, por cualquier título y/o medio,
revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar,
alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información,
ya sea tanto durante la vigencia del contrato como después de su término, salvo
autorización expresa del Hospital, otorgada a través de su Director.
Esta prohibición afecta al adjudicado y a su personal, y su responsabilidad
será solidaria, incluso después del término de contrato. El adjudicado sólo podrá
copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a los
servicios contratados.
En caso de incumplimiento de lo precedentemente indicado, el Hospital pondrá
término anticipado al contrato de prestación de servicios celebrado con el contratado,
pasando a constituir dicho incumplimiento una infracción gravísima al contrato,
conforme a lo dispuesto en las Bases Administrativas, sin perjuicio de iniciar las
acciones legales correspondientes.
24. PRE FACTURACIÓN
Se considerará “efectivamente ejecutada la
prestación”, una vez que el oferente adjudicado vía correo electrónico envíe a
la matrona coordinadora del Programa de Fertilidad del hospital, una copia del informe
de preparación espermática que previamente fue enviado al paciente.
De todos los servicios, enviados el mes anterior al
que se cobra la prestación, efectivamente ejecutada, el adjudicado deberá
enviar vía correo electrónico una pre facturación (anexo 2), que consiste en un
documento simple con el detalle de las prestaciones: fecha de la prestación,
Nombre completo y RUT del paciente, nombre de la prestación, que incluya el
código interno del sistema de abastecimiento del hospital, que se señalará en
la resolución de adjudicación y precio de la prestación, nombre del profesional
que realizó la prestación, N° de registro en la superintendencia de salud del
profesional, ID de licitación.
Debe adjuntar al citado documento de cobro, toda la
documentación que llevó el paciente al momento de realizarse el procedimiento
más el informe del resultado de la preparación espermática:
o
Solicitud de Compra de Servicios u Orden médica del médico Ginecólogo
tratante.
o
Certificado Previsional del Paciente.
o
Informe del resultado de la preparación espermática
Queda a total autonomía del contratante, el formato
o sistema a utilizar para entregar la información requerida, siempre y cuando
contenga la información indicada en párrafo anterior, la que será considerada
como “pre facturación” y, la que se utilizará para validar las prestaciones.
Una vez que las prestaciones sean validadas por
parte de la encargada del Programa de Fertilidad, la Unidad de Insumos No
Clínicos solicitará a través de correo electrónico el envío del correspondiente
documento de cobro.
25. PROCEDIMIENTO DE PAGO DE LOS SERVICIOS
Para cumplir con los tiempos de revisión
señalados en el procedimiento administrativo interno y pago oportuno, el
adjudicado deberá entregar la pre-factura por los exámenes
efectivamente ejecutados, de preferencia, el primer
día hábil del mes siguiente de realizado los servicios.
Serán
obligaciones del adjudicado y de las distintas unidades las siguientes:
· EL ADJUDICADO
Ø
El Adjudicado deberá ACEPTAR la orden de compra dentro de 24 horas
siguientes a la notificación de ésta a través del portal www.mercadopublico.cl
Ø
De preferencia, el
primer día hábil del mes siguiente enviar pre factura de prestaciones
efectivamente ejecutados, a los correos electrónicos del Programa de
Fertilidad, los que serán indicados en la resolución de adjudicación, indicando
lo exigido en el punto 24 “Pre Facturación” de las presentes bases
administrativas
Ø
Será de responsabilidad del adjudicado llevar el control de los
servicios prestados, en el sentido de no superar el presupuesto adjudicado.
Ø
Para el caso de
prestaciones que no se hayan cobrado oportunamente o que subsanaron
observación, se debe seguir el mismo procedimiento que se indica en este punto.
Entrega de Documento de Cobro.
Una vez que los servicios sean validados y cumpla con todos los procesos
administrativos necesarios para dar curso al pago, la Unidad de Insumos No
Clínicos solicitará a través de correo electrónico:
Ø Documento de cobro.
Ø Formulario F30 Certificado de antecedentes laborales y previsionales o Formulario
F30-1 Certificado de cumplimiento laboral y previsional y Certificado de
afiliación a Seguro Social Obligatorio Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo
y Enfermedades Profesionales, según lo establece la ley N* 16.744, esto,
correspondiente al periodo anterior a aquél que se solicita el cobro. Lo
anterior, no se solicitará si el adjudicado entrega en sus documentos
requeridos para contratar una Declaración Simple expresando no contar con
trabajadores contratados por el código del Trabajo. En caso contrario, de tener
trabajadores por el Código del Trabajo y No adjuntar el certificado de
antecedentes laborales y previsional y Certificado de afiliación de Seguro
Social Obligatorio Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales, facultará a la Unidad de Insumos No Clínicos rechazar
la recepción del documento de cobro, hasta el cumplimiento de dichos documentos,
conforme lo establezca las bases.
· PROGRAMA DE FERTILIDAD.
Será responsabilidad de la Matrona
Coordinadora del Programa de Fertilidad, o quien la subrogue o reemplace,
llevar el control de los servicios ejecutados por el prestador, y “resguardar”
las medidas de verificación de estas prestaciones.
Una vez recibida la pre factura con el
detalle de las prestaciones de servicios realizados, deberá cotejar:
Ø
Que la pre facturación
indique número de ID de licitación u orden de compra y mes en que prestó el
servicio, con listado de las prestaciones derivadas por la unidad requirente y
ejecutadas por el adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el punto 5 de las
bases.
Ø
Que adjunte los
documentos con los que fue derivado el paciente; esto es, Solicitud de Compra
de Servicios u Orden médica del médico Ginecólogo tratante, Certificador
Previsional del Paciente.
Ø
Que adjunte los informes
de resultado de preparación espermática.
Ø
Que las prestaciones
cobradas hayan sido derivadas desde la unidad requirente; esta es, Programa de
Fertilidad.
Ø
Que los pacientes
atendidos sean beneficiarios Fonasa, Prais, Dipreca, Sisan, Sisae o Capredena
del Hospital Las Higueras.
Ø
Revisar que los
servicios (inseminación intrauterina) cobrados por el contratante, sea el
adjudicado al proveedor.
Ø
Cotejar que el
profesional que realizó la prestación sea el informado en su oferta por el
oferente adjudicado.
Ø
Esta unidad tendrá la
responsabilidad de “resguardar” las medidas de verificación de estas
prestaciones.
Ø
Una vez revisado y validada la pre factura y su detalle, a través de
ordinario conductor de la Matrona Coordinadora del Programa de Fertilidad, o
quien le subrogue o reemplace, deberá indicar sus reparos si existiesen o
aprobación de éstos y derivar la documentación a la Unidad de Insumos no
Clínicos. De existir alguna irregularidad, deberá informar en el documento
conductor para conocimiento del Área de Abastecimiento, con el fin de evaluar
aplicación de sanción y/o multa, conforma lo establezca las bases.
Para el caso de prestaciones que no se hayan
cobrado oportunamente o que subsanaron observación, se debe seguir el mismo
procedimiento indicado anteriormente.
·
UNIDAD DE
INSUMOS NO CLINICOS
Recibida
la documentación validada verificar:
Ø Que adjunte nómina o pre factura, previamente validada por el Programa
de Fertilidad.
Ø En caso que no existan
reparos, procederá a realizar el cálculo de las
prestaciones a pagar, de acuerdo con la cantidad de exámenes validados y el valor adjudicado, adjuntará la
orden de compra del portal mercado público y solicitará al adjudicado el
respectivo documento de cobro, el cual deberá adjuntar, Formulario F30 Certificado de antecedentes laborales y
previsionales o Formulario F30-1 Certificado de cumplimiento laboral y
previsional y Certificado de afiliación a Seguro Social Obligatorio Contra Riesgos
de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, según lo establece la
ley N°16.744, esto, correspondiente al período anterior a aquél que se solicita
el cobro. No adjuntarlos, facultará a la Unidad de Insumos No Clínicos rechazar
la recepción del documento de cobro, hasta el cumplimiento de dichos documentos.
Lo anterior, no se solicitará cuando el
adjudicado entregue dentro de sus documentos requeridos para contratar, una
Declaración Simple expresando no contar con trabajadores contratados por
el código del Trabajo.
Ø Con el documento de cobro
correctamente emitido y la documentación de respaldo, se procederá a realizar
la recepción conforme en Sistema ABEX, para el posterior envío del expediente a
la Unidad de Contabilidad.
La Unidad de
Insumos No Clínicos, realizará la recepción conforme a través de la plataforma
de mercado público.
· CONTABILIDAD.
Al momento de recibir el
expediente, deberá:
Ø Revisar que
la boleta o factura, adjunte la nómina de las “prestaciones”
ejecutadas y sus respectivas validaciones; orden de
compra de Portal Mercado Público y Recepción en sistema ABEX.
Ø En los casos de revelar
algún error en el expediente, deberá regularizar con la unidad correspondiente.
Ø Revisar que
las prestaciones coincidan con el valor adjudicado (orden de compra versus
facturación y nómina de respaldo).
Ø Además, deberá revisar que se adjunte a
documento de cobro:
ü Documentación
de antecedentes laborales y previsionales y certificado de afiliación a Seguro
Social Obligatorio Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales, a menos que certifique a través de una Declaración Simple no
contar con trabajadores contratados por el código del
Trabajo, cuando corresponda.
Para el caso de
prestaciones que no se hayan cobrado oportunamente o que subsanaron
observación, se debe seguir el mismo procedimiento indicado anteriormente.
Este procedimiento administrativo interno,
podrá ser modificado, de acuerdo con las necesidades y contingencias del
establecimiento, lo cual, se formalizará a través de resolución exenta que lo
apruebe.
26. FORMA DE FACTURACIÓN Y PAGO:
Deberá emitir la
factura, a nombre del Hospital Las Higueras, RUT 61.607.202-1, Dirección:
Avenida Alto Horno N°777, Las Higueras, Talcahuano, indicando claramente en su
glosa lo siguiente:
·
N°de la
orden de compra.
·
Detalle
y período del servicio otorgado
Ø
Todo Documento
Tributario Electrónico emitido, debe hacer referencia a la orden de compra
asociada y generada en mercado público, en el campo 801 destinada para ello.
Ø
El Documento
Tributario Electrónico – DTE debe ser enviado en un plazo no mayor a 48 horas a
la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com
Ø
Las facturas deben
tener como forma de pago “crédito”
No cumplir con lo anterior, se procederá al rechazo
del documento, a través de la plataforma del Servicio de Impuestos Internos.
Pago:
El pago se realizará por transferencia
electrónica, por mes vencido, dentro de 30 días
corridos, contados desde la fecha en que el documento de pago es aceptado, de
acuerdo con la Ley de Presupuesto para el año 2026 N°21.796 del 12/12/2025, lo
dispuesto en la partida 16 del Ministerio de Salud Glosa 02 letra e) “Las
obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un
plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la fecha en que la
factura es aceptada”.
De acuerdo con instructivo del Ministerio de
Hacienda, los pagos serán realizados por la Tesorería General de la República,
a menos que se encuentre vigente la circular N°14 del 08/03/2023 de la Dipres,
en cuyo caso, los pagos serán realizados por el hospital.
Los proveedores, podrán consultar sus pagos en la
página del banco estado, para lo cual deben realizar lo siguiente:
1. Entrar al
sitio
http://www.servibanca.cl/PMASI_CltProve/Clt_Login.aspx?idCon=9290&ce=7202
2. Ingresar con
los últimos 4 dígitos del RUT sin el dígito verificador.
3. Para
consultas o inconvenientes deben dirigirse a: soportei@bancoestado.cl.
Aquellos proveedores que
no tengan registrados sus datos para transferencia en nuestra base de datos lo
pueden realizar enviando un correo electrónico a *cheryl.moreno@redsalud.gob.cl.
27. DEL LUGAR Y HORARIO EN QUE SE PRESTARÁN LOS SERVICIOS.
Los servicios serán prestados en las
dependencias habilitadas por el oferente adjudicado y en los horarios
establecidos por éste, sin dejar de recepcionar los requerimientos del
hospital, de lunes a viernes, en días hábiles, en horario de 08:00 a 18:00 horas.
·
Se deja establecido que la dirección del centro médico propuesto por los proveedores deberá
estar situada en alguna de las siguientes comunas que conforman el Gran
Concepción: Concepción, Coronel, Chiguayante, Hualpén, Lota, Penco, San Pedro
de la Paz, Talcahuano, Santa Juana, Hualqui o Tomé, esto según se indica en el
punto N°4.
28. SANCIONES/ MULTAS.
En caso de que el adjudicado no de cumplimiento al contrato de prestación de
servicios respectivo o, si lo cumple en forma deficiente o tardía (en lo que
dice relación con la prestación ininterrumpida de los servicios) el Hospital
Las Higueras de Talcahuano cobrará una multa. Consecuentemente, la multa
corresponderá a la sanción que se aplica por incumplimiento del contrato de
prestación de servicios, que no constituya causal de término de este, lo que se
determinará de acuerdo con la gravedad de la infracción.
Según lo dispuesto en las Bases Administrativas y
detalles entregados en su oferta, el Hospital Las Higueras cobrará una
multa, en U.F., equivalente en pesos del día que se originó la infracción,
esto, en los siguientes casos:
·
7 UF cuando la atención del paciente para inseminación intrauterina, exceda
los plazos máximos establecidos por el hospital, esto es, de 24 a 36 horas,
contados desde que la unidad requirente solicita la atención. Dicho
incumplimiento deberá ser informado por la Matrona Coordinadora del Programa de Fertilidad, o quien le subrogue o
reemplace.
·
3 U.F cuando, no cumpla
con alguna de las exigencias establecidas en el punto 4 de las bases
administrativas “el oferente adjudicado, se obliga a” (exceptuando el plazo de
entrega de resultados que, de incurrir en esta falta, su sanción será mayor).
Dicho incumplimiento deberá ser informado por la Matrona Coordinadora del Programa de Fertilidad, o quien le subrogue o
reemplace.
En todo caso, el tope máximo de multas
aplicadas, no podrá exceder el 30% del valor del contrato, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 136 del decreto 661/2024.
En caso de que el adjudicado sea una unión temporal
de proveedores, la multa se aplicará en relación con el prestador que origina la infracción y su obligación,
a menos, que en su Declaración de Unión Temporal de Proveedores indique lo
contrario.
PROCEDIMIENTO PARA APLICAR MULTAS.
La Matrona
Coordinadora del Programa de Fertilidad, o quien le subrogue o reemplace,
deberá informar los incumplimientos en la prestación de los servicios por parte
del proveedor adjudicado a la Jefa del Área de Abastecimiento, quien derivará a
la jefatura de la Unidad de Insumos No Clínicos, o quien le subrogue o
reemplace, con el fin de gestionar la notificación de la multa correspondiente.
En el caso de acreditarse una infracción por parte
del adjudicado y que origine la aplicación de la multa correspondiente, el Área
de Abastecimiento comunicará mediante oficio al proveedor al correo electrónico
señalado en el formulario N°1 “Identificación del Oferente”, de conformidad con
lo establecido en el artículo N°140 del Decreto 661 del Ministerio de Hacienda,
quien dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos, a contar de la
notificación, mediante un escrito indicando el ID del portal asociado a la
propuesta, identificación del oferente y asunto “descargos, remitido a la
casilla electrónica claudia.maldonadof@redsalud.gob.cl.
Transcurrido este
plazo, si no presentara sus descargos, se entenderá aceptada la sanción interpuesta.
En caso de presentarlos, éstos serán enviados con todos los antecedentes que el
Hospital disponga y/o el proveedor adjudicado haya aportado, al director del
Establecimiento, o a quien ella designe, quien resolverá en un plazo de 30 días
corridos contados desde la recepción del descargo del proveedor, para
rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
De acogerse los
descargos presentados por el adjudicado, disponiendo la no aplicación de la
multa, el adjudicado será debidamente notificado mediante oficio a su domicilio
indicado en el contrato.
En el caso de
resolver aplicar la multa, se procederá a dictar la resolución respectiva que
resolverá la aplicación de ésta y su cuantía, el que será debidamente
notificado a éste mediante su publicación en el Portal Mercado Público.
Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, el
adjudicado podrá deducir en contra de la resolución que dispone la aplicación
de multas, los recursos contemplados en la ley 19.880 que Establece Bases de
los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado.
PARA EL PAGO DE LA MULTA
Una vez que el proveedor sea notificado de la
aplicación de multa, deberá realizar el pago directo de la misma.
El proveedor, tendrá un plazo de 10 días hábiles a
contar de la notificación de parte de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto
de Hospital Las Higueras de Talcahuano, para proceder a efectuar el depósito a
la cuenta corriente y datos indicados por el funcionario de la Unidad de Contabilidad
y Presupuesto de Hospital.
Una vez coordinado y recepcionado el depósito de
parte del proveedor, la Unidad de Contabilidad y Presupuesto procede a
resguardar la información y realizar la contabilización correspondiente.
Si
dentro de 10 días hábiles desde la notificación de la fecha de resolución, no
ha realizado el pago de la multa, la Revisora de la Unidad de Contabilidad y
Presupuesto procederá a informar a la Unidad Jurídica para el cobro judicial.
Para confirmar la aplicación de multas a los proveedores,
el encargado de atención de proveedores de la Unidad de Contabilidad y
Presupuesto será el responsable de dar aviso mediante correo electrónico al
contacto informado por el proveedor en el Formulario N°1, sobre el cobro
realizado, dentro de un plazo de 10 días hábiles a contar de la notificación a
través de panel documental de Oficina de Partes del Hospital Las Higueras de
Talcahuano.
29. CESIÓN DE DERECHOS Y/U OBLIGACIONES.
El adjudicado no podrá, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente,
los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación pública,
en especial los establecidos en el contrato de prestación de servicios definitivo.
La infracción de esta prohibición dará derecho a la Dirección del Hospital Las Higueras
para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, conforme a lo establecido
en el punto número 36 de las presentes Bases Administrativas. Los documentos justificativos
de los créditos, en favor del adjudicado, para el pago de los servicios contratados,
serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
30. DE LA SUBCONTRATACIÓN
El adjudicado podrá concertar
con terceros la subcontratación parcial del contrato, cuyo porcentaje no podrá superar
el 30%, y siempre que el prestador se encuentre impedido de otorgar el servicio
y que se trate de prestadores de igual idoneidad técnica del adjudicado, esto, previa
autorización escrita de parte de la Dirección del Hospital, y sin perjuicio de que
la responsabilidad que se origine por el incumplimiento en la prestación de los
servicios subsistirá en el adjudicado. Sin embargo, no podrá subcontratar prestadores
sancionados con medidas disciplinarias de suspensión o destitución, por el período
en que se encuentra vigente la sanción.
Se establece, que el
responsable por incumplimientos o faltas siempre será el adjudicado.
31. SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Cualquier dificultad o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación,
en la interpretación, aplicación y ejecución de las presentes Bases Administrativas
o Especificaciones Técnicas contenidas en ellas, o si durante la ejecución del contrato
se presentara cualquier desacuerdo entre las partes, el Referente Técnico en conjunto
con el Área de Abastecimiento presentarán
los antecedentes a la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital Las Higueras, quienes
presentarán a la Directora un informe en derecho, el que será sometido a su consideración.
32. VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato de
prestación de los servicios tendrá una vigencia de 12 meses e iniciará
una vez suscrito entre las partes, salvo que, por necesidad de buen
funcionamiento del servicio y su continuidad, se resuelva una disposición
especial en el mismo contrato, siempre que exista disponibilidad presupuestaria
para los periodos vigentes a la fecha del respectivo pago o en su defecto hasta
agotar el presupuesto adjudicado. En todos los casos, el pago de las
prestaciones se podrá ejecutar una vez dictada la resolución que aprueba el
contrato.
En el caso de que
existiese presupuesto disponible al término por plazo de la vigencia del
contrato, se podrá realizar de mutuo acuerdo con el proveedor adjudicado, la
prórroga del mismo, en las mismas condiciones en las que fue celebrado, hasta
que sea agotado completamente.
El contrato podrá ser renovado previo acuerdo de
las partes, esto, por un período igual o menor a 12
meses, por una sola vez, en el evento de ser necesario para una adecuada
marcha del establecimiento, previa evaluación y resolución fundada de este y la
existencia de la disponibilidad presupuestaria para dicho período; en todo
caso, en las mismas condiciones en las que fue celebrado, hasta que sea agotado
completamente.
Se establece que
en lo que concierne a la renovación, dicha facultad sólo es pertinente en la
medida que concurran los elementos que se detallan en el informe mencionado
precedentemente, pero en el entendido que el nuevo proceso licitatorio está en
curso o que la ampliación resulta necesaria para la instalación del nuevo
proveedor adjudicado.
Lo indicado en los puntos anteriores, siempre y
cuando exista razones fundadas por parte del Supervisor del Convenio, mediante
informe técnico enviado al Área de Abastecimiento.
33. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse durante su
vigencia, previo acuerdo entre el Hospital y el proveedor adjudicado, en caso
de que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las
necesidades de la institución. Lo anterior, por motivos fundados del supervisor
del contrato.
La modificación, formará parte integrante
del respectivo contrato y no podrá alterar los elementos esenciales de la contratación,
descritas en el artículo 129 del Decreto 661 del Ministerio de Hacienda, en
cualquier caso, no podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30%
del valor total del respectivo contrato.
La modificación del contrato, entrará en
vigencia una vez tramitado totalmente el acto administrativo que lo apruebe.
34. REFERENTE TECNICO.
La Matrona
Coordinadora del Programa de Fertilidad, o quien le subrogue o reemplace, será responsable de:
-
Entregar las especificaciones técnicas con los requerimientos necesarios
para la elaboración de las bases administrativas, aclarando las dudas generadas
por parte del licitante, durante la preparación de éstas.
-
Una vez publicada la licitación en el portal, responder las consultas
técnicas presentadas por el o los oferentes, a través de Foro de Consulta.
-
Una vez cerrada la licitación, revisar, técnicamente, las ofertas
recibidas, en base a las especificaciones técnicas entregadas inicialmente.
-
Participar en conjunto con el Área de Abastecimiento en la solución de
controversias, de acuerdo con el punto 31 de las Bases Administrativas.
35. SUPERVISOR DEL CONTRATO
La Matrona Coordinadora del Programa de Fertilidad, o quien le
subrogue o reemplace, una vez adjudicado el servicio, será
Supervisor y responsable del cumplimiento de los requerimientos y disposiciones
indicados en las Bases Administrativas y las condiciones ofertadas por el
adjudicado. Así también, será responsable de reportar al Área de Abastecimiento
en el caso de incumplimientos en la prestación de los servicios por parte del
adjudicado, para la aplicación de multas o término anticipado del contrato,
según corresponda.
La Matrona
Coordinadora del Programa de Fertilidad, o
quien le subrogue o reemplace, será responsable de solicitar, con a lo
menos cuatro meses de anticipación la preparación de un nuevo proceso
licitatorio, de ser necesario dar continuidad del servicio.
36. TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la
ley N° 19.886, y el artículo 130 del Decreto 661 del año 2024 del Ministerio de
Hacienda, el Hospital pondrá término anticipado al contrato fundado en alguna
de las siguientes causales:
a)
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicado.
Se entenderá por incumplimiento grave lo siguiente:
·
La aplicación al adjudicado de 4 multas en un periodo de seis meses.
·
El incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en el
punto 24 de las presentes Bases Administrativas.
·
Subcontratación total.
·
Subcontratación parcial, sin autorización previa de la Directora.
·
Cuando el Prestador
que realiza el servicio, esté inhabilitado por alguna de las causales
contempladas en la normativa, de no asumir cargos en la administración del
Estado; esto, durante toda la vigencia del contrato.
Procede también
término anticipado del contrato, a aquel oferente adjudicado que haya
participado bajo el artículo 180
y 181 del Decreto 661 del 2024 del Ministerio de Hacienda, según las siguientes causales:
·
La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de
Proveedores – UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar Ia libre
competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes
pertinentes a Ia Fiscalía Nacional Económica.
·
Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a
cualquiera de sus miembros.
·
inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en Ia medida que
la Unión Temporal de Proveedores – UTP no pueda continuar ejecutando el contrato
con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
·
Si uno de los integrantes de Ia UTP se retira de ésta, y dicho
integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de
la oferta.
·
Disolución de la Unión Temporal de Proveedores – UTP.
b)
En el
caso previsto en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N° 21.595, de
Delitos Económicos.
c)
En caso de que el contratado se le imponga la pena de inhabilitación
para contratar con el estado prevista en los artículos 8 y 10 de la Ley N°20.393,
sustituidos por el artículo 50 de la Ley N°21.595.
d)
Estado de notoria
insolvencia del adjudicado, a menos que
mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean insuficientes para
garantizar el cumplimiento del contrato.
e)
Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un
máximo de seis meses.
f)
En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad
ejecutora.
g)
Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos
y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en
especial, de los establecidos en el contrato definitivo, sin autorización del
hospital.
h)
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
i)
Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
En
caso de acreditarse incumplimiento del contrato de servicios, que origine el
término anticipado de contrato, el Área de Abastecimiento comunicará mediante
oficio al proveedor en el domicilio indicado en el contrato, quien tendrá un
plazo de 5 días hábiles para presentar sus descargos, a contar de la
notificación de la carta certificada (se entiende notificada al tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda), debiendo presentar en Oficina de Partes
del Hospital Las Higueras, ubicada en el primer piso del edificio
administrativo, en Avenida Alto Horno N° 777, Las Higueras Talcahuano, un escrito indicando el ID del portal asociado a la
propuesta, identificación del oferente y asunto “descargos”.
Transcurrido
este plazo, si no presentara sus descargos, se entenderá aceptado el término
anticipado de contrato. En caso de presentarlos, éstos serán enviados con todos
los antecedentes que el Hospital disponga y/o el proveedor
adjudicado haya
aportado, a la Directora del Establecimiento, o a quien ella designe, quien
resolverá en un plazo de 30 días corridos contados desde la recepción de los
descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos.
De
acoger o rechazar los descargos presentados por el proveedor
adjudicado,
éste será debidamente notificado mediante oficio a su domicilio indicado en el
contrato.
En
el caso de resolver el término anticipado del contrato, se procederá a dictar
la resolución respectiva, el que será debidamente notificado a éste mediante su
publicación en el Portal Mercado Público.
Sin
perjuicio de lo anteriormente expuesto, el proveedor
adjudicado podrá
deducir en contra de la resolución que ponga término anticipado al contrato de
servicios, los recursos contemplados en la ley 19.880 que Establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado.
Si el término
anticipado del contrato obedece a uno de los puntos consignados en las causales
de las letras h) e i), sólo, se dictará el acto administrativo respectivo que
dispondrá el término anticipado del contrato.
37. ASPECTOS POR CONSIDERAR EN LA PRESENTACION DE LA OFERTA
a.
El valor ofertado
en comprobante de la oferta del portal mercado público debe coincidir con el total de la oferta indicado a través de formulario N°6 “Oferta
Económica”, en caso de discrepancias,
prevalecerá lo señalado en el Formulario N°6.
b.
Los precios se
deberán cotizar en moneda nacional.
38. OBLIGACIONES LEGALES DEL ADJUDICADO
El adjudicado queda especialmente sujeto a las disposiciones
contenidas en el Código del Trabajo y a la legislación complementaria de éste, en
las relaciones que mantenga con sus trabajadores, en especial a las normas relativas
a Seguridad Social y a la normativa legal y reglamentaria que rija el funcionamiento
del Hospital Higueras.
Otras obligaciones del Adjudicado:
a.
El adjudicado deberá dar cumplimiento a las obligaciones contractuales
y previsionales respecto a sus trabajadores.
b.
En la valorización de los servicios se deberá considerar los salarios, leyes
sociales, seguros, implementos de seguridad, transportes materiales, equipos y,
en general, todos los gastos inherentes a las características de los servicios a
prestar.
1º.
TÉNGASE presente que los documentos
singularizados en el numerando primero, esto es, Bases Administrativas, especificaciones
técnicas y Formularios, forman parte integrante de la presente Resolución, para
todos los efectos correspondientes. Los formularios son los siguientes:
FORMULARIO N°1
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
PARA LA REALIZACIÓN DE INSEMINACIÓN INTRAUTERINA (IIU) PARA PAREJAS DEL
PROGRAMA DE FERTILIDAD DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
PERSONA JURIDICA
1.- NOMBRE DEL OFERENTE (RAZON
SOCIAL) :
2.- RUT. DEL OFERENTE (DE LA
EMPRESA) :
3.- DIRECCION COMERCIAL :
4.- CIUDAD :
5.- FONO EMPRESA :
6.- NOMBRE COMPLETO REPR. LEGAL :
7.- DIRECCION REPR. LEGAL :
8.- FONO REPR. LEGAL :
9.- RUT. REPRESENTANTE LEGAL :
10.- CORREO ELECTRÓNICO :
____________________
Firma representante
legal
Talcahuano,
__________________________, 2026
PERSONA NATURAL
1.- NOMBRE DEL OFERENTE (Nombre
y apellidos) :
2.- RUT (Cédula de Identidad) :
3.- PROFESION U OFICIO :
5.- DIRECCION :
6.- FONO :
7.- CORREO ELECTRÓNICO :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano,
__________________________, 2026
FORMULARIO N°2
DATOS DE CONTACTO
PROPUESTA “CONTRATACIÓN
DE SERVICIOS PARA LA REALIZACIÓN DE INSEMINACIÓN INTRAUTERINA (IIU) PARA
PAREJAS DEL PROGRAMA DE FERTILIDAD DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
El oferente deberá indicar en este formulario
los siguientes datos de contacto, para coordinar la prestación de los servicios
licitados.
Nombre de contacto
_____________________________________________
Correo electrónico
_______________________________________________
N°de teléfono
___________________________________________________
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2026
FORMULARIO N°3
CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
PARA LA REALIZACIÓN DE INSEMINACIÓN INTRAUTERINA (IIU) PARA PAREJAS DEL
PROGRAMA DE FERTILIDAD DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
El compareciente, en su
calidad de representante legal del proponente, declara bajo juramento que:
|
Programa de
integridad
|
SÍ
|
NO
|
|
Cuenta con programa de integridad y difusión a su personal.
|
|
|
NOMBRE DE LA EMPRESA :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL :
__________________________
Firma
Talcahuano, ________________________________, 2026
FORMULARIO N°4
DATOS DEL MÉDICO GINECO-OBSTETRA
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
PARA LA REALIZACIÓN DE INSEMINACIÓN INTRAUTERINA (IIU) PARA PAREJAS DEL
PROGRAMA DE FERTILIDAD DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
|
Nombre completo del médico gineco - obstetra
|
Cédula Identidad
|
N° Registro Superintendencia de Salud
|
Firma del
Prestador
|
|
|
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|
|
|
|
v Al firmar el presente formulario, los prestadores de servicios ratifican
su participación, aceptan las disposiciones de las bases administrativas y se
adhieren a las condiciones de la oferta presentada por el proveedor.
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano,
________________________________, 2026
FORMULARIO N°5
UBICACIÓN GEOGRÁFICA
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
PARA LA REALIZACIÓN DE INSEMINACIÓN INTRAUTERINA (IIU) PARA PAREJAS DEL
PROGRAMA DE FERTILIDAD DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
El oferente deberá indicar en
este formulario el domicilio del centro médico donde se ejecutarán las prestaciones.
|
Domicilio de Centro
Médico
|
|
|
Observaciones:
Los servicios deben ser prestados en dependencias habilitadas por el
proveedor adjudicado, ubicadas en alguna de las comunas que conforman el Gran
Concepción (Concepción, Coronel, Chiguayante, Hualpén, Lota, Penco, San Pedro
de la Paz, Talcahuano, Santa Juana, Hualqui o Tomé). Es obligatorio presentar
el Formulario N°5 indicando el domicilio del centro médico y adjuntar el
documento que lo acredite. Si la ubicación geográfica no corresponde a las
comunas indicadas, o no se presenta la documentación requerida, la propuesta
será declarada inadmisible.
NOMBRE DEL
OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE
LEGAL :
___________________
Firma
del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2026
FORMULARIO N°6
OFERTA ECONÓMICA
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
PARA LA REALIZACIÓN DE INSEMINACIÓN INTRAUTERINA (IIU) PARA PAREJAS DEL
PROGRAMA DE FERTILIDAD DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS”
|
Línea
|
Código
Abex
|
Nombre
del requerimiento
|
Valor
Unitario (exento IVA)
|
|
1
|
101-0104
|
Inseminación
Intrauterina (IIU), incluyendo: preparación espermática, insumos,
medicamentos y honorarios médicos
|
|
Observaciones:
Ø En el caso de existir una
discrepancia entre lo estipulado en Formulario N°6 “Oferta Económica” y lo consignado en
comprobante de oferta en portal mercado público, el Hospital Las Higueras considerará el menor
precio expuesto.
Ø El
oferente que no complete o no presente o presente incompleto el Formulario N°6,
a más tardar al cierre de la presentación de las ofertas, esto es, el día undécimo
contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas en el Portal
Mercado Público, su oferta será declarada “Inadmisible”.
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL :
__________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________, 2026
Anexo2:
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CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA
LA REALIZACIÓN DE INSEMINACIÓN INTRAUTERINA (IIU) PARA PAREJAS DEL PROGRAMA
DE FERTILIDAD DEL HOSPITAL LAS HIGUERAS
(ID DE LA LICITACIÓN)
MES (INDICAR MES)
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FECHA DE LA PRESTACIÓN
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NOMBRE COMPLETO DE PACIENTE
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RUT DEL PACIENTE
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CÓDIGO ABEX
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PRECIO DE LA PRESTACIÓN
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NOMBRE DEL MÉDICO GINECO
OBSTETRA QUE REALIZA LA PRESTACIÓN
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N° REGISTRO DE LA SIS
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