|
INTRODUCCIÓN |
|
La Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante e indistintamente “la Subsecretaría” o “Subtel”, es el Órgano Estatal encargado de regular y fiscalizar los servicios de telecomunicaciones. La función fiscalizadora consiste principalmente en verificar el correcto cumplimiento de la normativa vigente, con orientación a aspectos técnicos de operación y a las modalidades de explotación de los sistemas de telecomunicaciones.
La Subsecretaría, para desarrollar adecuada y eficientemente las labores fiscalizadoras, debe contar con un servicio de arriendo de vehículos para el territorio nacional, ya que la mayoría de la información asociada a la operación y explotación de los distintos servicios de telecomunicaciones debe ser recabada en terreno, es decir en las propias instalaciones de los diferentes operadores de estos servicios.
En razón de lo expuesto, el objetivo de la presente contratación, se fundamenta en la necesidad de contar con un servicio de arriendo de vehículos a nivel nacional por veinticuatro (24) meses que cubra oportunamente las necesidades de esta Subsecretaría en los distintos puntos del territorio nacional en que se requiera.
|
|
|
|
OBJETIVO GENERAL |
|
Contar con un servicio de arriendo de vehículos a nivel nacional, (Chile continental) priorizando camionetas y SUV, a fin de cubrir las necesidades de traslado de los fiscalizadores o cualquier otro funcionario o trabajador dependiente de la Subsecretaría de Telecomunicaciones en cumplimiento de las funciones propias del servicio en cualquier punto del territorio nacional, en aquellos casos en que no se cuenta con vehículos propios o bien que estos no se encuentren disponibles.
|
|
|
|
IDIOMA DE LA LICITACIÓN |
|
Todo el proceso de licitación será en idioma Español. Esto significa que no se aceptarán ofertas en otros idiomas.
|
|
|
|
ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACIÓN |
|
Los plazos a que se hace referencia en estas Bases son de días hábiles, salvo que se señale expresamente lo contrario. Se entenderá que son inhábiles los días sábado, domingo y festivos a nivel nacional. Se hace presente que en el caso de que un plazo expire en un día inhábil, se entenderá prorrogado al día hábil siguiente.
No se extenderá el plazo de recepción de ofertas en caso de existir dos (2) o menos ofertas a veinticuatro (24) horas del cierre previsto en estas Bases. Asimismo, cabe consignar que si el cierre de recepción de ofertas fuese un día lunes u otro día posterior a un día inhábil, el cierre de recepción de ofertas se realizará a las 15:00 horas. Lo anterior es sin perjuicio de que la entrega de documentos en soporte físico vía Oficina de Partes presencial podrá realizarse hasta las 14:00 horas, debido a su horario de funcionamiento.
|
|
|
|
MODIFICACIÓN A LAS BASES DE LICITACIÓN |
|
La Subsecretaría podrá modificar las presentes Bases por acto administrativo totalmente tramitado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algún oferente, hasta antes del cierre de recepción de ofertas. En caso de ser necesario, el plazo de cierre de recepción de ofertas se ampliará por hasta cinco (5) días hábiles, para que los interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas oportunamente en el Sistema de Información y formarán parte integral de la Licitación.
|
|
|
|
REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN |
|
Podrán participar en la presente licitación, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica, conforme lo disponga el Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en el Registro de Proveedores establecido en el artículo 16 y que no se encuentren afectas a las inhabilidades establecidas en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Las personas jurídicas y/o naturales, podrán presentar ofertas individualmente o como Unión Temporal de Proveedores.
Se entenderá como Unión Temporal de Proveedores (UTP) un conjunto de empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o jurídicas, que se unen para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Esta UTP se constituye exclusivamente para este proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, el instrumento público o privado, firmado por todos sus integrantes, en el que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente, donde deberá constar que los referidos proveedores son empresas de menor tamaño y en el que deberán establecer, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas y cada una de las obligaciones que se generen con esta Subsecretaría, así como el nombramiento de un apoderado o representante común con facultades suficientes para representar a todos y cada uno de ellos en la presentación de la oferta y de todos los documentos adjuntos a ella, durante todo el proceso licitatorio, para la formalización del contrato y el cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones.
Las personas jurídicas y/o naturales que integren la Unión Temporal de Proveedores, deberán cumplir, individualmente, con todos y cada uno de los requisitos y formalidades legales exigidas en las presentes Bases. Asimismo, las actuaciones, los hechos y las omisiones que se presenten en el desarrollo de la licitación afectarán de igual forma a todos sus miembros, considerados individualmente.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaren de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
|
|
|
|
PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS |
|
La oferta está compuesta por una parte técnica, otra económica y por los antecedentes administrativos, los que deberán presentarse obligatoriamente a través del Sistema de Información, sitio www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, en los casos en que deba realizarse entrega física de documentos de conformidad con lo dispuesto con el artículo 49 del Decreto Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estos podrán ingresarse a través de la Oficina de Partes Virtual de la Subsecretaría, www.subtel.gob.cl/oficina-partes, sólo en el caso de que no sea posible presentar dichos documentos de manera presencial en las dependencias de la Oficina de Partes de la Subsecretaría ubicada en calle Amunátegui N° 139, comuna de Santiago, entre las 9:00 y las 14:00 horas, de lunes a viernes.
Se advierte que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información, sitio www.mercadopublico.cl, y no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido. El plazo de validez de las ofertas será hasta que el acto administrativo que apruebe el contrato se encuentre totalmente tramitado.
El oferente no podrá formar parte del mismo grupo empresarial ni encontrarse relacionado con otras empresas que participan en esta licitación. En el caso de que se presenten ofertas simultáneas a esta licitación por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, se considerará únicamente una de las ofertas, la que resulte más conveniente según los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación y se declararán inadmisibles las demás. Será considerada como oferta más ventajosa, la que obtenga mayor puntaje según los criterios de evaluación de acuerdo lo estipulado en el Capítulo XI de las presentes Bases.
Los oferentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntando electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos, Técnicos o Económicos, según corresponda. Los antecedentes que se deberán adjuntar en cada Anexo serán los siguientes:
Contenido de la oferta técnica:
La descripción del contenido de cada uno de los antecedentes que a continuación se individualizan, se encuentra detallado en las Bases Técnicas, capítulo I.
1) Nómina con la dotación de vehículos con que cuenta (camionetas, SUV y vehículos sedán), a nivel nacional.
2) Nómina de sucursales a lo largo del país.
3) Servicios Adicionales con los que cuenta.
4) Condiciones para la anulación de reservas.
5) Ciudades para efectuar cambio de neumáticos
6) Días para la reserva
(*) Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Técnicos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
(**) Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una propuesta para esta licitación implica que los proponentes han analizado las respectivas Bases Administrativas y Técnicas, aclaraciones y respuestas formuladas con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiestan su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reserva ni condiciones a toda la documentación referida, no pudiendo modificar las Bases con sus ofertas.
Contenido de la Oferta Económica:
El proponente deberá digitar en el sistema de información la suma de $1 (un peso). Adicionalmente deberá completar la tabla contenida en el Anexo N° 4 de las presentes Bases, indicando claramente el valor neto por cada tipo de vehículo ofertado, SIN INCLUIR IMPUESTOS.
Es importante precisar que, para efectos de evaluación, solamente se considerará el valor neto diario ofertado por camioneta 4x4.
Los proponentes deberán enviar la oferta económica completando íntegramente el Anexo N° 4, adjuntándolo electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Económicos.
De no señalar cualquiera de los valores netos requeridos en el Anexo Nº 4, la propuesta deberá declararse inadmisible.
Se emitirirá una Orden de Compra en el Sistema Mercado Público por el monto de $ 1 (un peso), debido a que es una licitación suscrita bajo contrato, es por ello que se generará el documento antes mencionado de acuerdo a cada consumo.
Los gastos y costos de cualquier naturaleza en que incurran los proponentes con motivo del estudio y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y responsabilidad, no procediendo indemnización, reembolso ni compensación alguna en favor de éstos por ningún concepto.
Antecedentes Administrativos para participar en la Licitación:
1. El Proponente deberá acompañar un Declaración jurada simple del oferente, acreditando que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades que se describen a continuación:
a) El oferente no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los dos (2) años previos a la oferta o el contrato) (artículo 4° de la Ley N.º 19.886).
b) Como persona jurídica, el oferente no debe haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos de la Ley General de Pesca (artículo 10° de la Ley Nº 20.393).
c) El oferente no debe haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en el código penal (artículo 4° de la Ley N.º 19.886).
d) El oferente no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (artículo 26°, letra d., de DL Nº 211).
e) El oferente no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (artículo 4° de la Ley Nº 19.886).
Las señaladas inhabilidades están definidas en el artículo 4 de la Ley de Compras N° 19.886 y otros cuerpos legales.
La referida declaración será visualizada al momento de realizar la oferta en el Sistema, como parte de los “Antecedentes para incluir en la oferta”. Su completitud y envío es obligatorio para que su oferta sea admisible.
En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, en cambio, deberá enviarse una declaración por cada uno de sus integrantes, remitiéndose firmado a través del Sistema de Información, Anexo Antecedentes Administrativos. Para tales efectos deberá considerarse el mismo formato proporcionado por la Dirección de Compras. Asimismo, debe considerarse también que, en este caso, la remisión no se realiza de manera automática.
Condiciones especiales para presentar ofertas como Unión Temporal de Proveedores:
En caso de que los oferentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su oferta, adjuntando, al mismo tiempo, un instrumento público o privado firmado por todos sus integrantes, en la que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente. Todos los integrantes de esta UTP deberán ser empresas de menor tamaño.
En el caso de que el acuerdo presentado al momento de ofertar conste en instrumento privado, en el evento de ser adjudicado, deberá presentarse el mismo por escritura pública previo a la suscripción del contrato, de acuerdo a los plazos establecido en el capítulo XVI de las presentes Bases, cuando se trate de contrataciones superiores a 1.000 UTM, como en la especie.
En dicho acuerdo, se deberá dejar claramente establecido que la responsabilidad de cada uno de los integrantes de la UTP será solidaria, y cumplir las demás exigencias establecidas en el capítulo VII de las presentes Bases Administrativas.
La vigencia acordada para la Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior a la señalada en el capítulo XIV, letra b), de las presentes Bases Administrativas.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de Licitación y de las obligaciones contractuales que emanaran de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
Finalmente, en el referido acuerdo, todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán designar un mandatario común, con facultades suficientes para actuar en representación de todos ellos, individualizando dichas facultades. Asimismo, deberán indicar la persona natural o jurídica facultada para recibir el pago.
Los oferentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntando electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
1) Cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar la declaración jurada de requisitos para ofertar firmada por sí o por su representante legal, de acuerdo con lo consignado en el numeral 1 del acápite “Antecedentes Administrativos para participar en la Licitación” del presente Artículo.
Los oferentes deberán enviar la declaración jurada simple adjuntando electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
2) En caso que algún integrante de la Unión Temporal de Proveedores se vea afectado por una causal de inhabilidad para la presentación de la oferta, la formulación de propuestas o la suscripción de la convención, establecida en la legislación vigente, esta deberá manifestar por escrito si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma, o se desiste de su participación en el respectivo proceso, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados desde que la Subsecretaría lo requiera al efecto.
No obstante, lo anterior, la Subsecretaría se reservará la facultad de analizar previamente si la propuesta que resultare de mantener la Unión Temporal de Proveedores con los integrantes hábiles es apta para el cumplimiento de los objetivos establecidos para la contratación, ello sin perjuicio, además, de la posibilidad de reevaluar dicha oferta de acuerdo con los requisitos y criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de Licitación.
La omisión o falta de integridad de cualquiera de los antecedentes a que se refiere este artículo, o el envío de estos por un medio distinto del expresamente señalado, excluirá de la licitación al oferente, declarándose, por resolución fundada, inadmisible su oferta, por no haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases de Licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886.
No obstante, lo anterior, la Subsecretaría podrá, en la etapa de evaluación de las ofertas, solicitar a través del Sistema de Información a cualquier oferente que aclare su oferta o subsane errores u omisiones formales, siempre y cuando dicha solicitud no suponga, en caso alguno, la vulneración de los principios de igualdad de los oferentes y el de estricta sujeción a las bases, lo que será evaluado y resuelto por la Subsecretaría. En este caso, se procederá conforme a lo dispuesto en el Artículo 11° de las presentes Bases Administrativas.
Los gastos y costos de cualquier naturaleza en que incurran los oferentes con motivo del estudio y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y responsabilidad, no procediendo indemnización, reembolso ni compensación alguna en favor de estos por ningún concepto.
|
|
|
|
ANTECEDENTES LEGALES PARA CONTRATAR |
|
a) La adjudicataria, deberá estar inscrita en ChileProveedores y tener digitalizados los documentos legales para contratar.
Si la adjudicataria es persona natural:
1) Fotocopia autorizada de la cédula de identidad;
2) Fotocopia de su iniciación de actividades en el SII.
Si la adjudicataria es persona jurídica:
En caso de sociedades, incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada:
1) Copia legalizada de la escritura pública de Constitución de la Sociedad o Certificado de Estatuto Actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley N° 20.659.
2) Copia del extracto de constitución de la sociedad (no es un requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659).
3) Copia de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad (no es un requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659).
4) Copia de la publicación en el Diario Oficial del extracto de constitución de la sociedad (no es un requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659).
5) En el caso de las modificaciones efectuadas a la sociedad, copia legalizada de la o las escrituras públicas de modificación con sus respectivos extractos debidamente inscritos en el Registro de Comercio respectivo y publicados en el Diario Oficial, en el orden en que se efectuaron, si las hubiere (no es un requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659).
6) Copia del certificado de vigencia de la sociedad y anotaciones marginales, con una vigencia de 90 días, emitido por el Registro de Comercio correspondiente, o certificado de vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de las sociedades acogidas a la ley N° 20.659, con una vigencia de 90 días.
7) Certificado de anotaciones emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de las sociedades acogidas a la ley N° 20.659.
8) Copia autorizada del RUT.
9) Instrumento autorizado que acredite la personería del representante legal, que comparezca a nombre y en representación de la adjudicataria, y que certifique su vigencia.
10) Copia autorizada de la cédula de identidad del representante legal.
En caso de fundaciones o corporaciones:
1) Copia legalizada de acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
2) Copia legalizada del Decreto que otorga la personalidad jurídica.
3) Copia de la publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica.
4) Copia legalizada del o los decretos que aprueban reformas a los estatutos, en caso de que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial.
5) Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de presentación.
6) Instrumento autorizado que acredite la personería del representante legal, que comparezca a nombre y en representación de la adjudicataria, y que certifique su vigencia.
7) Copia autorizada de la cédula de identidad del representante legal.
b) La adjudicataria, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, deberá acompañar en forma electrónica o mediante ingreso en formato físico en la Oficina de Partes de la Subsecretaría, una declaración jurada simple que dé cuenta si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, contados desde la fecha de notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información. Lo anterior a fin de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 41 Nº 10, del Decreto Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886. En cuanto a la declaración jurada requerida para estos efectos, se anexan a las presentes Bases de Licitación los formatos respectivos (Anexo N° 2 o N° 3, según corresponda).
c) La adjudicataria, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, deberá acompañar en forma electrónica o mediante ingreso en formato físico en la Oficina de Partes de la Subsecretaría, una declaración jurada simple que dé cuenta de que no se encuentra condenada por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N°18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado y que, asimismo, no se encuentra condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado hasta por el plazo de cinco años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. Lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica1 y al artículo 26, inciso segundo, letra d), en relación con el artículo 3º, letra a), del decreto ley Nº 211, de 1973, respectivamente. Asimismo, deberá declarar que no se encuentra condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado conforme a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 21.595, ni se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 35 quáter, de la Ley 19.886. En cuanto a la declaración jurada requerida, para estos efectos, se anexa a las presentes Bases de licitación el formato respectivo (Anexo N°4).
Si la adjudicataria corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, las condiciones dispuestas en las letras a), b) y c) del presente Artículo serán exigibles respecto de cada uno de los miembros que la integran.
De no entregar la adjudicataria los documentos requeridos en las letras precedentes, dentro del plazo aludido de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, se le tendrá por desistida de su oferta, sin perjuicio que esta Subsecretaría, en forma paralela, declare desierta la licitación o la adjudique al oferente cuya oferta le suceda en la calificación y así sucesivamente.
Finalmente, cabe hacer presente que no podrán contratar con la Subsecretaría las personas jurídicas, que se encuentren condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado. La Subsecretaría verificará esta información a través del registro que para tal efecto lleva la Dirección de Compras y Contratación Pública, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. En caso de que esta prohibición recaiga sobre la adjudicataria, se tendrá a ésta por desistida de su oferta, sin perjuicio que esta Subsecretaría, en forma paralela, adjudique al segundo proveedor con mayor puntaje o declare desierta la licitación.
|
|
|
|
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA |
|
Debido a que le objeto de la contratación es el arriendo de vehículos que se utilizaran para labores de fiscalización de los Servicios de Telecomunicaciones, y primordialmente el interés público; además de la labor crítica y esencial de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, se requiere garantizar las ofertas recibidas.
Los proponentes deberán acompañar a su oferta, en forma física, o electrónica en los términos establecidos en la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación en dicha firma, una Garantía de Seriedad de la Oferta, otorgada por un instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, tal como una Boleta de Garantía, Certificado de Fianza, Depósito a la Vista o Vale Vista. La Garantía debe ser pagadera a la vista e irrevocable, extendida a nombre de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, RUT N° 60.513.000-3, por el 3% del monto de la licitación -expresado en pesos chilenos-, y con una vigencia igual o superior al 1 de abril del 2026.
El documento de Garantía de Seriedad se otorgará como caución de la oferta presentada, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa, por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, a través de la emisión de la correspondiente resolución fundada y notificada al proponente mediante su publicación en el Sistema de Información, en los casos que a continuación se señalan:
a) Si el proponente cuya oferta ha sido aceptada, retira su oferta o se desiste de ella en el período de validez de este documento.
b) Si el proponente cuya oferta ha sido aceptada, no hace entrega de la Garantía de fiel cumplimiento del contrato o de alguno de los antecedentes requeridos para contratar, o no cumple alguno de los requisitos para contratar, en la oportunidad estipulada en estas Bases, cuando sea procedente.
c) Si la oferta fuere falsa.
d) En caso de verificarse cualquiera de los supuestos establecidos en las presentes Bases de licitación, respecto del cobro de la referida caución.
Cuando esta garantía sea presentada en formato físico, deberá entregarse en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, ubicada en Amunategui 139, comuna y ciudad de Santiago, hasta la fecha de cierre de la licitación, hasta las 14:00 hrs., bajo sanción de ser excluido de la propuesta.
La devolución de la Garantía de Seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, o de la adjudicación. La referida garantía será restituida en el Departamento de Finanzas de la Subsecretaría, ubicado en calle Amunategui Nº139, 4º piso, comuna y ciudad de Santiago.
No obstante, lo anterior, al oferente que haya obtenido el segundo mejor puntaje en la evaluación de las ofertas, se le devolverá su documento de garantía en el Departamento de Finanzas de la Subsecretaría, luego que el acto administrativo que apruebe el contrato se encuentre totalmente tramitado (acontecimiento que se le informará vía correo electrónico). Finalmente, al adjudicatario de la licitación le será devuelta su garantía de Seriedad de la Oferta, una vez que efectúe en tiempo y forma, la entrega de la Garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso que la Subsecretaría readjudicará presente licitación en dos o más oportunidades, ésta se encontrará facultada para exigir al respectivo proveedor readjudicado, la entrega de una nueva garantía de seriedad de la oferta dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de readjudicación correspondiente, a través del Sistema de Información –sitio Web www.mercadopublico.cl -, la que deberá cumplir con las exigencias y formalidades establecidas en el presente capítulo.
|
|
|
|
COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS |
|
Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas técnica y económicamente, por una Comisión conformada por tres (3) funcionarios de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, quienes a su vez no serán parte integrante de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, consignada en el capítulo XVI de las presentes Bases Administrativas, y se individualizan a continuación:
1.- Sr. Javier Zapata Espinoza, Profesional, grado 12° E.U.S., funcionario del Departamento Adquisiciones e Inventario.
2.- Sra. Macarena Pacheco López, Profesional, grado 12° E.U.S., funcionaria del Departamento Adquisiciones e Inventario.
3.- Sra. Carolina Fierro Povea, Profesional, grado 12° E.U.S., funcionaria del Departamento Adquisiciones e Inventario.
Si uno o más de los integrantes antes indicados se ausentare por uno o más días, y ello significare la imposibilidad del respectivo integrante de participar en su calidad de contraparte técnica, el o los integrantes(s) que se vean impedido(s) de participar, será(n) reemplazado(s) por el siguiente funcionario:
Sr. Pablo Reveco Araneda, Profesional, grado 10° E.U.S., funcionario del Departamento Adquisiciones e Inventario
La Comisión levantará un acta con la evaluación de las ofertas, en la cual consignará los puntajes obtenidos por cada oferente en los criterios a evaluar consignados en el Capítulo XI de estas Bases. Dicha acta será suscrita por la referida Comisión y publicada en el Sistema de Información, junto a la resolución fundada que dé cuenta del resultado de la licitación.
Corresponderá también a la Comisión Evaluadora en su labor de colaboración con el Jefe Superior del Servicio, dar respuesta a las consultas y reclamos que se formulen durante el proceso licitatorio y respecto de la adjudicación o de la declaración de desierta de la licitación, según sea el caso.
|
|
|
|
APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
|
La presente licitación es en una sola etapa, por tanto, en el acto de apertura electrónica se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto de apertura electrónica se efectuará a través del Sistema de Información.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Subsecretaría estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previa certificación de disponibilidad del portal Mercado Público.
Se aceptará o rechazará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de éstos, ni que el archivo sea válido o correcto. La Comisión Evaluadora de la Subsecretaría procederá a revisar y evaluar los antecedentes exigidos en estas Bases, descalificando a quienes no den cumplimiento a lo requerido en las presentes Bases de Licitación. No obstante, la Comisión Evaluadora podrá requerir a cualquier oferente, a través del Sistema de Información, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones que sólo digan relación con aspectos formales, siempre que dicha solicitud no vulnere el principio de igualdad de los oferentes y el de estricta sujeción a las bases.
Los oferentes deberán aclarar o subsanar su oferta dentro del término que media entre la fecha de publicación de dicha solicitud y el antepenúltimo día hábil del plazo establecido para la evaluación de las ofertas, a través del Sistema de Información o, de ser el caso, ingresando los antecedentes requeridos en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en un sobre cerrado dirigido a la Jefa de División Administración y Finanzas, rotulado: “Antecedentes complementarios licitación pública denominada: “Servicio de arriendo de vehículos a nivel nacional para la Subsecretaría de Telecomunicaciones” , y con el nombre del oferente.
|
|
|
|
CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
|
En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los proponentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio N° 2
2° Criterio N° 3
3° Criterio N° 1
4° Criterio N° 4
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.
No obstante, si luego de aplicar el sistema de desempate precedentemente indicado, este no se produce, se definirá la licitación adjudicándose a través de un sorteo que se efectuará entre las propuestas que han empatado su puntaje.
|
|
|
|
ADJUDICACIÓN |
|
La Subsecretaría de Telecomunicaciones, a través del Sistema de Información, notificará a los oferentes los resultados de la presente licitación.
Conforme a lo estipulado en la Ley N° 19.886, artículo 9º, la Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación y declarará desierta la licitación si no se presentaran ofertas, o bien, si habiéndose presentado, estas no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
La Subsecretaría adjudicará la licitación mediante resolución fundada. La notificación de la resolución de adjudicación se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en el Sistema de Información, sitio www.mercadopublico.cl.
En el caso de que la adjudicación no se realice en el plazo señalado en el capítulo IV, letra e) de estas Bases Administrativas, la Subsecretaría informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del referido plazo e indicará un nuevo plazo para ello.
Los oferentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza. Tampoco tendrá derecho a indemnización la adjudicataria si la Subsecretaría deja sin efecto o revocar su adjudicación fundadamente, por ejemplo, con ocasión de conflictos de interés que la adjudicataria no hubiera informado oportunamente.
En caso de que la adjudicataria desistiera de su oferta, la Subsecretaría podrá re adjudicar la licitación al oferente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta.
|
|
|
|
CONTRATO |
|
La Subsecretaría y la adjudicataria suscribirán un contrato dentro del plazo de veinte (20) días corridos contados desde la notificación de la adjudicación en el Sistema de Información. En el caso de que el contrato haya de formalizarse con una Unión Temporal de Proveedores, el contrato se suscribirá con el representante que sus integrantes hayan designado en el instrumento que formalizó la Unión y que se adjuntó en la oferta respectiva o se acompañó con posterioridad si el primero no consta en escritura pública. Si, por cualquier motivo, la Unión procediere a designar un nuevo representante por acto posterior, dicha modificación deberá ser inmediatamente comunicada a esta Subsecretaría, adjuntando copia del acto respectivo, debiendo ser el nuevo mandatario quien comparezca en representación de la Unión, sea para la suscripción del contrato o durante su ejecución, según el caso.
Una vez firmado el contrato por la adjudicataria, corresponderá al Sr. Subsecretario firmar el contrato en representación de la Subsecretaría, el cual posteriormente deberá ser aprobado mediante el respectivo acto administrativo.
Cabe advertir que en el caso de que la adjudicataria no suscriba el contrato dentro del plazo citado, se tendrá a ésta como desistida de su oferta.
|
|
|
|
MONTOS Y VIGENCIA DEL CONTRATO |
|
a) Presupuesto máximo disponible: El presupuesto máximo disponible para la presente contratación asciende a la suma de $85.000.000.- (ochenta y cinco millones de pesos), impuestos incluidos.
b) Vigencia del contrato: El contrato comenzará a regir desde la fecha en que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe, y su plazo de vigencia será de veinticuatro (24) meses.
Sin perjuicio de ello, en caso que al 13 de marzo de 2026 se encuentre pendiente la tramitación del contrato respectivo, por razones de buen servicio, las prestaciones deberán iniciarse en dicha fecha, no obstante quedar el pago sujeto a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el referido contrato.
|
|
|
|
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
|
Al momento de la suscripción del contrato, la adjudicataria deberá entregar a la Subsecretaría, en forma física o electrónica en los términos establecidos en la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación en dicha firma, una garantía por concepto de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento de éste, pagadera a la vista e irrevocable y otorgada por un instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, tal como una boleta de garantía bancaria o un certificado de fianza pagaderos a la vista, un depósito a la vista o un vale vista, a nombre de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, RUT N° 60.513.000-3, por la suma equivalente al 5% del valor neto ofertado, debiendo expresarse su monto en pesos chilenos y con una vigencia igual o superior al 30 de mayo del 2028. La garantía debe indicar en su texto lo siguiente: “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado: “Servicio de arriendo de vehículos a nivel nacional para la Subsecretaría de Telecomunicaciones”, o similar.
Esta garantía caucionará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que imponen al contratista en el contrato y, además, asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de éste, pudiendo ser ejecutado en el caso de incumplimiento, unilateralmente, por la vía administrativa y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, a través de la dictación de la correspondiente resolución fundada.
Se hace presente que el incumplimiento comprenderá también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Subsecretaría pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
En el caso de que el cobro de esta garantía no implique el término del contrato, el contratista deberá reemplazarla por una de igual monto y vigencia, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la fecha de cobro de la caución, bajo sanción de término del contrato.
Será responsabilidad del contratista realizar los trámites pertinentes para entregar en tiempo y forma la garantía de fiel cumplimiento del contrato descrita en este capítulo.
La Garantía de Fiel Cumplimiento entregada por la contratada le será devuelta en el Departamento de Finanzas de la Subsecretaría, ubicado en calle Amunátegui 139, 4° piso, comuna de Santiago, a partir del vencimiento de su vigencia. En caso que la garantía consista en un Vale Vista, le será devuelta a partir del día 30 de mayo de 2028.
|
|
|
|
CONTRAPARTE TÉCNICA |
|
La contraparte técnica de la Subsecretaría en la prestación del servicio estará integrada por dos (2) funcionarios del Departamento Adquisiciones e Inventario, los acules son:
1.- Sra. Paola Contreras Villanueva, Técnico, grado 9° E.U.S., funcionaria del Departamento Adquisiciones e Inventario.
2.- Sr. Luis Orellana Saa, Técnico, grado 10° E.U.S., funcionario del Departamento Adquisiciones e Inventario.
Si uno de los integrantes antes indicados se ausentare por uno o más días, y ello significare la imposibilidad del respectivo integrante de participar en su calidad de contraparte técnica, el integrante que se vea impedido de participar, será reemplazado por el funcionario, Sr. Luis Orellana Saa, Técnico, grado 10° E.U.S., funcionario del Departamento de Adquisiciones e Inventario, de la División de Administración y Finanzas.
Esta Contraparte Técnica deberá evaluar los servicios prestados durante la ejecución del contrato; aclarar, coordinar y/u orientar respecto del desarrollo de las actividades, en los casos que se requiera; recibir conforme los servicios contratados; y, en caso de atraso en la entrega de los servicios o productos contratados, pronunciarse respecto a la pertinencia del hecho invocado como eximente de responsabilidad, si se alegase.
|
|
|
|
PAGOS Y MULTAS |
|
a) Forma de pago:
La forma de pago por la prestación de servicio, será en razón de cada arriendo requerido y otorgado por el arrendador, de conformidad a los valores ofertados en el Anexo N° 4 y Anexo N°5, los cuales deberán emitir la factura o boleta del cobro correspondiente por cada arriendo realizado, documento que será pagado por la Tesorería General de la República dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de su emisión, de acuerdo a lo dispuesto en el párrafo subsiguiente, literal iii).
Sin perjuicio de lo anterior, cabe advertir -atendido que los pagos se deben imputar al presupuesto vigente al año correspondiente en que se presten los servicios- que la ejecución de éstos y su correspondiente pago para los años 2027 y 2028, se encuentran bajo condición de tener disponibilidad presupuestaria.
El pago se efectuará previo cumplimiento de los siguientes requisitos:
i) Que el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato se encuentre totalmente tramitado;
ii) Que la Contraparte Técnica de la Subsecretaría informe respecto a la recepción conforme de los servicios prestados por el contratista;
iii) Que el contratista al momento de emitir la factura o documento de cobro remita el archivo XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com indicando número de orden de compra, fechas y condiciones de pago;
iv) Que el contratista presente mensualmente junto a su boleta o factura asociada al pago de la respectiva cuota, el “Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), o el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales” (F30-1), según corresponda, emitido por la Dirección del Trabajo, que dé cuenta que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social impagas, durante los dos últimos años, contados desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudicó la licitación pública a través del Sistema de Información.
En caso de contratar con una Unión Temporal de Proveedores, el pago se realizará al integrante o representante designado para ello en el documento de constitución, de acuerdo a lo dispuesto en el capítulo VII de las presentes Bases Administrativas, acápite “Condiciones especiales para presentar ofertas como Unión Temporal de Proveedores”.
En caso que al momento de contratar, el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, éste deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato.
Será deber del contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo precedente, correspondiendo a esta Subsecretaría verificar la realización de los respectivos pagos y exigir al contratista la entrega de los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el referido proveedor no podrá participar.
Si el contratista no acredita el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, la Subsecretaría podrá retener el monto de que es responsable de conformidad a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo. Lo anterior, sin perjuicio de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de conformidad a lo establecido en el capítulo XV de las presentes Bases Administrativas.
b) Multas o sanciones:
Si por razones no imputables a la Subsecretaría se produjesen atrasos y/o incumplimientos en la prestación de los servicios objeto de la licitación, ésta podrá aplicar al contratista las siguientes multas por incumplimiento del contrato:
- En caso de entrega de un vehículo distinto al solicitado, de menores prestaciones: 10% del valor total del arriendo. En caso que dicho vehículo no sirva para la ejecución de las labores para las que se solicitó se entenderá como incumplimiento grave y se considerará para lo dispuesto en el capítulo XIX N°2.
- Entrega de un vehículo en malas condiciones, tales como: vidrios y/o espejos rotos; o sin los accesorios y/o repuestos necesarios para su adecuado funcionamiento como, por ejemplo: sin rueda de repuesto, gata, entre otros, se aplicará una multa del 5 % del valor total del arriendo.
- En caso del atraso en la entrega de un vehículo se aplicará una multa de 5% del valor total del arriendo, a partir de una hora de retraso y hasta por las dos horas.
El valor de la multa se descontará del valor a pagar por concepto de arriendo.
Por otra parte, si durante la ejecución del contrato, se produjeran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos que entorpecieran u ocasionaran retrasos en el servicio, el contratista deberá comunicar esta circunstancia a la Subsecretaría, en cuanto se tenga conocimiento de ello, acompañando todos los antecedentes necesarios para acreditar las circunstancias alegadas, debiendo solicitar la ampliación del plazo respectivo. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría se pronunciará respecto a la pertinencia del hecho como eximente de responsabilidad y, en caso de serlo, no será aplicable al contratista la multa señalada.
|
|
|
|
MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
|
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
3) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones, la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de una o más de sus obligaciones, que importe una vulneración a los elementos esenciales de las presentes bases de licitación. Particularmente constituirá un incumplimiento grave la entrega de un vehículo distinto al solicitado en 6 o más ocasiones en un semestre.
Sin perjuicio de lo anterior, las presentes Bases de Licitación podrán establecer otras circunstancias que constituyan incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista.
1) En el caso de ser el contratista una Unión Temporal de Proveedores:
1. La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
2. Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
3. Si se constata que la Unión Temporal de Proveedores ocultó información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
4. Inhabilidad sobreviniente o retiro de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
2) El estado de notoria insolvencia del contratista a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3) Por exigir el interés público o la seguridad nacional.
4) Si el contratista registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6) meses.
En caso de término anticipado, el contratista debería satisfacer íntegramente los servicios requeridos hasta antes de la notificación del referido término anticipado.
En todos los casos señalados anteriormente, no procederá indemnización alguna para el contratista.
En cuanto a la modificación del contrato se estará a lo dispuesto por el Artículo 77 del Decreto del visto 6). La modificación que pudiere tener lugar de acuerdo con lo establecido en dicho precepto deberá aprobarse por acto administrativo totalmente tramitado.
|
|
|
|
PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MEDIDAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
|
En el caso de que la contratista incurra en alguna de las conductas que de acuerdo con las presentes Bases de Licitación conlleven la aplicación de una o más medidas, tales como multa o término anticipado del mismo, la Contraparte Técnica de la Subsecretaría notificará por escrito de la conducta infractora al contratista indicando la causa y medida que resulta aplicable. La notificación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, vía correo electrónico, a la dirección que el contratista informe a la fecha de suscripción del contrato.
La contratista podrá manifestar sus descargos por escrito, en relación con el eventual incumplimiento, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la referida notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes necesarios a su presentación. Transcurrido dicho plazo, la Subsecretaría se pronunciará sobre la aplicación de la medida propuesta por la Contraparte Técnica, mediante una resolución fundada. En el caso de que se hubieren formulado descargos, dicha resolución deberá pronunciarse sobre ellos, acogiendo o rechazando los fundamentos dados por la contratista. La resolución que se pronuncie sobre la aplicación de la medida será notificada a la contratista a través de su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Si durante la ejecución del contrato, se produjeran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos que entorpecieron u ocasionan retrasos en la entrega de los servicios contratados, el contratista deberá comunicar esta circunstancia, por escrito, a la Subsecretaría, en cuanto se tenga conocimiento de ello, acompañando todos los antecedentes necesarios para acreditar las circunstancias alegadas, debiendo solicitar la ampliación del plazo respectivo. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría se pronunciará respecto a la pertinencia del hecho alegado como eximente de responsabilidad, en un plazo de cinco (5) días hábiles, y en caso de serlo, no será aplicable a la contratista la medida que en cada caso corresponda. Si se desestima la alegación formulada por la contratista, la Contraparte Técnica emitirá un acta dando cuenta de las razones tenidas a la vista para la negativa y propondrá al Jefe Superior del Servicio la aplicación de la medida correspondiente, de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases de Licitación. La resolución fundada que aplique la medida será notificada al contratista a través de su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
|
|
|
|
LEGISLACIÓN APLICABLE |
|
El contrato suscrito entre el contratista y la Subsecretaría será ejecutado e interpretado de conformidad con las leyes de la República de Chile, sin perjuicio de lo indicado en el artículo siguiente. Por lo tanto, cualquier disposición que pueda resultar contraria al ordenamiento jurídico chileno, no será oponible a las partes.
|
|
|
|
NORMAS DE TRABAJO |
|
Las actividades deberán ser ejecutadas por la contratista de conformidad con las siguientes normas:
a) Confidencialidad de la información: Toda información relativa a la Subsecretaría o a terceros a la que el contratista tenga acceso con motivo del contrato a que dé lugar la presente licitación, tendrá el carácter de confidencial. En consecuencia, dicha información deberá mantenerse en carácter de reservada y el contratista no podrá hacerla pública, ni difundir opiniones sobre ésta. En caso contrario, el contratista deberá responder de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación, reservándose la Subsecretaría el derecho de entablar las acciones judiciales correspondientes.
En caso que el contratista contravenga la obligación de confidencialidad descrita en el párrafo precedente, se entenderá que dicha situación constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XVIII numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
b) Incorporación de otro tipo de vehículos:
La Subsecretaría podrá solicitar en caso de ser necesario vehículos distintos de camionetas o SUV, para lo cual deberá existir una cotización previa con las características que se requieran y la correspondiente aceptación de la contraparte técnica.
c) Subcontratación:
Se permite la subcontratación, sin perjuicio que la responsabilidad de esta Subcontratación; el cumplimiento de lo señalado en estas bases permanecerá en el contratista adjudicado. El subcontratado deberá prestar sus servicios, al menos, en las mismas condiciones técnicas comprometidas por el adjudicado y contar además con todas las autorizaciones de este.
La adjudicataria podrá subcontratar parcialmente con otra empresa, siempre que lo indique claramente en su oferta.
En tal caso el contratista deberá presentar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación, los antecedentes consignados en el numeral 2) del capítulo IX de las Bases Administrativas, respecto del o los subcontratistas (s), debiendo utilizar, respecto de las declaraciones juradas allí requeridas, los formatos que se adjuntan en los Anexos N°1 o 2 según corresponda y N°3, de las presentes Bases de licitación.
Asimismo, el contratista deberá acompañar una declaración jurada simple del subcontratista, firmada por éste si es persona natural o por su representante legal, tratándose de personas jurídicas, acreditando que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades consignadas en el artículo 4º inciso primero y sexto de la Ley Nº 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de acuerdo a lo consignado en el numeral 1 del acápite “Antecedentes Administrativos para participar en la Licitación”.
Por otra parte, si durante la prestación de los servicios el contratista adjudicado requiere efectuar subcontrataciones distintas a las señaladas en su oferta, éste deberá solicitar en forma previa la autorización de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, debiendo acompañar en dicho acto todos los antecedentes señalados en los párrafos precedentes.
Sin perjuicio de lo anterior, el contratista no podrá subcontratar cuando la persona del subcontratista o sus socios o sus administradores, se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades o incompatibilidades contempladas en el artículo 92, en relación con lo dispuesto en el numeral 2, del inciso segundo, del artículo 76, ambos del Reglamento de la Ley N°19.886.
En caso de contravención a lo indicado, se entenderá que dicha situación constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XIX numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
|
|
|
|
BASES TÉCNICAS |
|
LA OFERTA TÉCNICA DEBERÁ DAR CUMPLIMIENTO A LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
I. CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA.
1. Nómina con la dotación de vehículos: El proponente deberá acompañar un listado con la nómina de vehículos (camionetas, SUV y vehículos sedán) con que cuenta a nivel nacional, cuya antigüedad no podrá ser superior a cinco (5) años, considerando para ello marzo 2026, indicando tipo de vehículo, marca y modelo, año y características. Para estos efectos se deberá completar el Anexo N°6.
2. Nómina de sucursales: El proveedor deberá indicar las sucursales con las que cuenta a lo largo del país (Chile continental). En el caso de no contar con sucursales en todo el país, el adjudicatario deberá señalar si asume el costo de trasladar el vehículo requerido al y desde el lugar en el que se necesite. Para lo anterior deberá completar el Anexo N°7.
3. Servicios Adicionales. El proponente deberá indicar si cuenta con servicios adicionales, y en dicho caso, señalar si el valor de estos se encuentra incluido en el valor de arriendo ofertado o bien, si tienen un costo adicional, debiendo en dicho caso señalar el monto. Para lo anterior, deberá completar el Anexo N°5.
4. Condiciones para la anulación de reservas: El oferente deberá indicar las condiciones y plazos para la anulación de reservas realizadas, y en caso que ello tenga costo indicarlo. Lo anterior se señalará en el Anexo N°5.
5. Cambio de neumáticos: El oferente deberá informar las ciudades en que se permite realizar cambios de neumáticos para todo terreno.
6. Días de Anticipación Reserva: El proveedor debe indicar el número de días de anticipación que se debe solicitar uno o más vehículos en arriendo con el fin de planificar la disponibilidad de este.
** Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una propuesta para esta licitación implica que los proponentes han analizado las respectivas bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas formuladas con anterioridad a la presentación de su oferta y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reserva ni condiciones a toda la documentación referida, no pudiendo modificar las Bases con sus ofertas.
II. ACTIVIDADES A REALIZAR
La adjudicataria deberá prestar un servicio oportuno y eficiente de arriendo de vehículos, que cubra todo el territorio nacional continental, de acuerdo a los requerimientos que realice esta Subsecretaría.
III. RESULTADOS ESPERADOS
a. Contar con un servicio de arriendo de vehículos a nivel nacional (Chile continental), acorde a las necesidades de esta Subsecretaría, el cual pueda responder en forma inmediata ante los requerimientos de este Servicio.
b. Contar con una atención personalizada para la Subsecretaría de Telecomunicaciones. Para tales efectos, el adjudicatario deberá contar con un (1) ejecutivo para la atención de los requerimientos de la Subsecretaría.
IV. DECRIPCIÓN DEL MODELO OPERATIVO.
El Departamento Adquisiciones e Inventario de esta Subsecretaría es la única Unidad encargada de solicitar los arriendos de vehículos y de confirmar o anular las reservas, a través de e-mail o vía telefónica.
V. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO:
a. El servicio de arriendo de vehículos deberá cubrir todo el territorio nacional continental.
b. Se deberán aceptar reservas vía mail y telefónica.
c. El proveedor es responsable de contratar y mantener la vigencia de los seguros por los posibles daños a los vehículos de su propiedad o a terceros involucrados. Así mismo deberá informar por escrito al momento de arrendar el vehículo a la Subsecretaría de Telecomunicaciones – Departamento de Adquisiciones e Inventario de los montos deducibles que pudieran contemplar éstos.
d. Los vehículos ofertados (camionetas, SUV y vehículos sedán) para el presente arriendo no deben superar una antigüedad de 5 (cinco) años, considerando para ello marzo 2026, es decir febrero 2021.
e. En caso que el vehículo que se haya entregado en arriendo presente desperfectos que no permitan su utilización, este deberá ser reemplazado por el proveedor en un plazo máximo de 4 horas.
Finalmente, cabe precisar que serán parte integrante de estas Bases Administrativas y Técnicas, las disposiciones legales contenidas en la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en el Decreto Nº 250, de 2004, y sus modificaciones, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la citada ley.
ANEXO Nº1
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
(Opción con deudas vigentes con Trabajadores)
Por la presente, Yo _______________________, cedula nacional de identidad número ____________, en representación del oferente ___________________, RUT ____________, declaro bajo juramento que mi representada:
Si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
Por lo anterior, el oferente ______________________ se compromete a destinar los primeros estados de pago del próximo contrato adjudicado, para utilizarlos en el pago de dichas obligaciones insolutas.
______________________
Firma
Representante Legal
Santiago, ____ de _______de 2026
ANEXO N°2
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
(Opción sin deudas vigentes con Trabajadores)
Por la presente, Yo _______________________, cedula nacional de identidad número ____________, en representación del oferente ___________________, RUT ____________, declaro bajo juramento que mi representada:
No registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
______________________
Firma
Representante Legal
Santiago, ____ de _______de 2026
ANEXO N° 3
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
El firmante, por si y en su calidad de representante legal de la entidad _________________________ declara bajo juramento que:
No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
No he sido condenado por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado.
No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
De conformidad a lo preceptuado en el artículo 7°, letra e), de la Ley N° 20.285, Sobre Transparencia de la Función Pública y Acceso a la Información, declara que los socios, y su participación en la mencionada sociedad, son los siguientes:
Nombre Porcentaje de participación
NOTA: Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.
Nombre del Representante Legal
Firma del Representante Legal
Fecha
Santiago, ____ de _______de 2026
(*) Sin perjuicio de lo anterior la Subsecretaría se reserva la facultad de verificar esta información a través del registro que para tal efecto lleva la Dirección de Compras y Contratación Pública, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 20.393.
ANEXO N° 4
Oferta Económica
El proponente deberá indicar en su oferta económica el valor de los servicios requeridos a prestar, sin incluir impuestos.
Tipo de Vehículo Valor Diario Neto Valor Semanal Neto Valor Mensual Neto
Camioneta 4x4
Camioneta 4x2
SUV 4x4
SUV 4x2
Vehículo sedán 4 x 2
Para el caso de la evaluación económica se considerará el valor diario neto de una camioneta 4x4.
_______________________________
Firma Oferente
Santiago, ____ de ___________de 2026
ANEXO N° 5
Servicios Adicionales Ofertados
El proponente deberá indicar si ofrece servicios adicionales indicando su costo en valores netos, por ej. Seguros, devolución del vehículo en cualquier sucursal del país, GPS, entre otros.
Actividades a Realizar Valor diario (NETO)
Seguros SARA/SACA
Seguros PAI
Seguros CDW
Otros seguros (detallar)
Devolución en cualquier sucursal del país (dropooff)
Entrega y Retiro en Domicilio de la ciudad de arriendo
Entrega y Retiro en aeropuerto
Entrega y retiro de vehículo en domicilio
GPS de ubicación
Valor por Anular Reserva
Barra Antivuelco externa
Neumáticos Todo Terreno
Cadenas para Nieve
Neumáticos para Hielo
Valor litro de combustible diésel por falta de llenado de estanque al devolver
Valor litro de combustible bencina por falta de llenado de estanque al devolver
Valor TAG diario
Permiso a Argentina de 1 a 15 días.
Televías de carretera
Conductor (de habla castellano)
Colación conductor
Seguro traba tuercas
Neumático repuesto adicional
Otros
_______________________________
Firma Oferente
Santiago, ____ de ___________de 2026
ANEXO N° 6
Características de Vehículos Ofertados (Camionetas, SUV y vehículos)
Tipo de vehículo
(Camioneta, SUV y vehículo sedán) Marca y
Modelo Año Características
(4X4 o 4x2)
Cabe hacer presente que la nómina de autos debe considerar solo los vehículos (camionetas, SUV y vehículos) que sean año 2021 o posterior.
_______________________________
Firma Oferente
Santiago, ____ de ___________de 2026
ANEXO N° 7
Nómina de Sucursales a Nivel Nacional Continental
El oferente deberá indicar las regiones en las que tiene sucursales y la cantidad de estas.
REGIÓN CANTIDAD DE SUCURSALES
Región Metropolitana
Región de Tarapacá
Región de Antofagasta
Región de Atacama
Coquimbo
Valparaíso
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
Región del Maule
Región del Bío Bio
Región de la Araucanía
Región de Los Lagos
Región de Aisén del General Carlos Ibáñez del Campo
Región de Magallanes y la Antártica Chilena
Región de Los Ríos
Región de Arica y Parinacota
Región de Ñuble
En caso de no contar con sucursales en todas las regiones, deberá completar la tabla siguiente, señalando sí cuenta con el servicio de traslado del vehículo a una región que no tiene sucursal sin costo adicional
Sí No
Cuenta con el servicio de traslado de vehículo de una región a otra en la que no hay sucursal, sin costo adicional.
En el caso que el proponente declare que no cumple con la condición de asumir el costo del traslado de una ciudad a otra, su oferta será declarada inadmisible.
_______________________________
Firma Oferente
Santiago, ____ de ___________de 2026
2.- Publíquese en el Sistema de Información- sitio www.mercadopublico.cl- el presente llamado a Licitación Pública, sus correspondientes Bases Administrativas y Técnicas y sus Anexos.
|
|
|
|