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Resolución de Empates |
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En el caso de presentarse situación de empate en la ponderación final de las ofertas, se considerará como criterio de desempate entre los igualados, al proveedor que haya obtenido la ponderación más alta en el criterio de acuerdo al siguiente orden (en caso que continúe el empate en el primer, se considerara el siguiente criterio y así sucesivamente):
a. PRECIO
b. CAPACITACIONES PERTINENTE
c. EXPERIENCIA EN SALUD PÚBLICA Y/O PRIVADA
En el evento de continuar la situación de empate, se adjudicará aquél oferente que obtenga el mayor puntaje, considerando dos decimales.
La Comisión evaluadora u/o Evaluadores deberán confeccionar un cuadro de todos los proponentes considerados por orden del puntaje total obtenido y formulará un análisis final de evaluación con sus respectivas observaciones.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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PREGUNTAS Y RESPUESTAS |
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Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3, “Etapas y Plazos”, de las presentes bases.
Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. El Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar al autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula 3.
Las Referidas respuestas del foro se entenderán formar parte integral de las presentes bases de licitación y deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo dictado por la autoridad competente.
Dicho acto administrativo se publicara en sistema de información, en el ID de la licitación, en los plazos dispuesto para ellos de acuerdo con lo señalado en el punto N° 3 “Etapas y Plazos “de estas bases de licitación.
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MODIFICACION DE LAS BASES |
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Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se deberá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
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REQUISITOS MINIMOS PARA PARTICIPAR EN LA OFERTA |
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El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una "Declaración jurada de requisitos para ofertar", la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Esta declaración contendrá aquellas inhabilidades reguladas en la Ley N° 19.886 y en su reglamento, en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, en la Ley N° 20.393, en la Ley N° 21.595, en sus modificaciones, así como en otros cuerpos normativos, conforme a la legislación vigente, a fin de participar en los procesos licitatorios que se originen con motivo de estas bases de licitación. En caso de que no se presente la referida, declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de uno o más requisitos mínimos para participar de la oferta, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.
Sin perjuicio de lo anterior, el Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, sin perjuicio de que Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe podrá verificar la información para cada uno de los integrantes de la UTP.
Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales".
Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886 no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de este como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declararan inadmisibles todas estas ofertas.
Nota:
• Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley 21.634.
• Del mismo modo, quedan excluidos de esta licitación, para el efecto de la celebración del contrato, las personas jurídicas que hayan sido condenados a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho, de acuerdo a la ley N° 20.393 (art. 8 y 10), sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
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CONDICIONES PARA PRESENTAR OFERTAS |
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• Los oferentes serán responsables por la exactitud y veracidad del contenido de sus propuestas y formarán parte del contrato junto con sus ofertas y aclaraciones, si es que las hubiere, así como del costo que signifique presentarlas.
• Los proponentes en el momento de presentar su oferta declaran conocer todos los antecedentes asociados a la misma, aceptando íntegramente lo en ellos expuesto, en virtud de lo cual entregan el Anexo N22: Declaración jurada simple de aceptación y conocimiento de las bases administrativas, especificaciones técnicas, anexos y todo antecedente asociado a la licitación.
• El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de las Bases, Requerimientos Técnicos, Anexos y demás antecedentes que forman parte integrante de las Bases que rigen la presente licitación.
• Si el producto(s) y/o servicio(s) del estudio los oferentes estimaren que existen contradicciones o ausencias de información o le surgieran dudas respecto de los antecedentes, podrán solicitar al Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe, a través del portal www.mercadopublico.cl, las aclaraciones pertinentes en el plazo establecido en las Bases.
• Las respuestas a las aclaraciones o consultas realizadas dentro del plazo establecido para ello, estarán a disposición de todos los interesados, en el portal www.mercadopublico.cl. Estas aclaraciones pueden modificar en algún punto las Bases del llamado a licitación
• En virtud de lo anterior, el oferente se obliga a suscribir los respectivos contratos de compra, en los casos que aplique, y aceptar las órdenes de compra emanadas de acuerdo con lo indicado en el punto N° 9.3 "Suscripción del Contrato".
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ANEXOS E INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR EN LA OFERTA |
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La presentación de las ofertas por sistema es obligatorio. Las ofertas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica esta licitación en el plazo señalado en la ficha de la licitación, contado desde la fecha de publicación de las presentes Bases de licitación en el referido Portal y con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de las ofertas.
En los Anexos solicitados en las presentes bases, los oferentes deberán completar todos los datos requeridos, los cuales deberán estar sin enmendaduras.; en cuanto a los Anexos señalados como obligatorios, la no presentación de cualquiera de éstos, será causal de inadmisibilidad de la oferta; todos los anexos se encuentran disponibles en archivo editable en el portal www.Mercadopublico.cl
Tipo de Anexos Nombre de los Anexos
Anexos Administrativos Anexo N°1. Identificación del Oferente
Anexo N°2. Declaración jurada simple de Aceptación y Conocimiento de las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Anexos y todo Antecedente Asociado a la Licitación.
Anexo N°3. Declaración Jurada Simple del Oferente
Anexo N°4. Coordinador del contrato
Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos.
Anexos Técnicos y Económicos. Anexo N°5 (obligatorio) Económico
Anexo N°6(Obligatorio) Capacitaciones Pertinentes
Anexo N°7 (Obligatorio) Experiencia en Salud Pública y/o Privada
Documentos obligatorios
• Curricular vitae libre elección
• Título de Psicólogo
• certificado inscripción en la superintendencia de salud
• Certificados de capacitación pertinentes en el área de la Reparación en Salud a Víctimas de violaciones a los derechos humanos y/o experiencia en el trabajo con población usuaria PRAIS.
• Certificado de Experiencia comprobable en salud publica y/o privada
Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Técnicos y/o Económicos.
OBSERVACIÓN -Todos los anexos de las presentes bases deberán ser utilizados por los oferentes, sin opción a ningún tipo de cambio, de lo contrario quedara automáticamente inadmisible la Oferta.
-Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda
- La persona jurídica debe ingresar los documentos del profesional que realizará los informes, se evaluara en base a lo informado por parte del proveedor.
Observaciones
Los anexos arriba singularizados, deberán ser suscritos por los oferentes, ya sea por sí mismo en el caso de que sean personas naturales o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos sean personas jurídicas. En el caso que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de la misma deberá tener poder suficiente para efectuar esta declaración representando a cada uno de los integrantes de la unión, respecto de los anexos técnicos y económicos.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en las presentes bases, documento que detalla cada una de las etapas y descripciones necesarias para una correcta presentación de la oferta paso a paso. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo N°115 del Decreto 661 de la Ley de compra 19.886.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y archivos anexos requeridos, completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas a esta licitación.
Para lo anterior, siempre se debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.
El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva.
En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo “Comprobante de Envío de Oferta”.
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Antecedentes Legales para ser Contratado |
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El adjudicatario inscrito en el portal de Chile Proveedores que no tiene contratado el servicio de digitalización de documentos, deberá acompañar antes de lo firma de contrato, los siguientes documentos según proceda:
Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Si el oferente es Persona Natural Anexo Nº 3: Declaración jurada simple del oferente Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica. Acreditar en registro de Proveedores.
Fotocopia de Cedula de Identidad.
Si el oferente no es Persona Natural Fotocopia de Cedula de Identidad.
Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Certificado de Vigencia del poder del Representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgados por el conservados de producto (s) Raíces correspondientes, archivo judicial, o en el caso que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o el apoderado con poder suficiente, a le época de presentacion de la oferta.
Acreditar en registro de Proveedores.
Certificado de vigencia de la sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgados por el conservados de producto (s) Raíces correspondientes, archivo judicial, o en el caso que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o el apoderado con poder suficiente, a le época de presentacion de la oferta.
Anexo Nº 3: Declaración jurada simple del oferente Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.
Deberá enviar mismos antecedentes de un profesional que reemplace en caso de alguna eventualidad.
Solo para adjudicatarios UTP:
• Cada integrante de la UTP deberá presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para ello.
Observaciones
Todos los anexos singularizados en esta cláusula, en los casos que proceda, deben ser firmados por el representante legal de adjudicatario o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales. En el caso de que la oferta adjudicada sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de esta deberá tener poder suficiente para efectuar esta actuación, lo cual deberá constar en los documentos legales
que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 181 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, indicados en esta cláusula, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores dentro de los 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada en el Sistema de Información.
Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo N°3, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores en los últimos dos años. Lo anterior es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan al contratista por parte del Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe para proceder a su contratación o la autorización del pago de la cuota correspondiente durante el desarrollo del servicio. Esta declaración deberá entregarse al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. En el caso de una UTP, deberá ser entregada por cada integrante de esta.
Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado o no hace entrega de las respectivas garantías de fiel cumplimiento de contrato, o no se encontrare inscrito y hábil en el Registro de Proveedores al momento de suscribir los contratos definitivos o le asistiere cualquier impedimento que implique la no suscripción del contrato en los plazos establecidos en estas bases, se considerará que desiste de la adjudicación, salvo que el incumplimiento de lo señalado en el plazo establecido no fuese imputable al adjudicatario, cobrándose la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere, y facultando al Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe para re adjudicar la licitación, en conformidad con lo establecido en las presentes bases de licitación en el punto N° 8.9 “Re adjudicación”.
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES
El proveedor deberá estar hábil en el registro de proveedores al momento de presentar la oferta, según lo indicado artículo 141 del Reglamento N°661 de la Ley 19.886.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, al momento de presentar su oferta.
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EVALUACION Y ADJUDICACION DE LAS OFERTAS |
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En el análisis y evaluación de las ofertas el Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes.
La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros
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PROCEDIMIENTO DE LA APERTURA |
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La apertura de las ofertas se realizará a través del portal Mercado Público en la fecha estipulada el punto N°3 “Etapas y Plazos”, por el Evaluador(es) o comisión Evaluadora.
En dicho acto se revisará que los documentos requeridos hayan sido adjuntados y acompañados en la forma establecida en las Bases.
En el acto de apertura, las ofertas que no sean remitidas electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, serán declaradas inadmisibles, salvo que exista una indisponibilidad técnica del portal, en cuyo caso se procederá según lo dispuesto en el artículo 115, número 3, del reglamento de la ley №19.886.
Asimismo, serán declaradas inadmisibles en el acto de apertura las ofertas ingresadas mediante el portal que no contengan una propuesta técnica y/o económica, o a la que le falte algún documento esencial y que no pueda solicitarse vía foro inverso.
Se dejará constancia al momento de la apertura (a través del acta correspondiente) de la recepción u omisión de los antecedentes generales del proponente.
Si, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la apertura (electrónica de las ofertas, oportunamente ingresadas, el Centro de Salud Mental Comunitario podrá fijar nueva fecha y hora para la realización.
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación |
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La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
Las propuestas recepcionadas que no cumplen con los anexos administrativos, técnicos y económicos, quedaran inadmisible en los siguientes casos:
• Anexos Administrativos
Si el oferente que no subsana correctamente errores u omisiones formales, o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en las cláusulas Nº7.5 “Subsanación de errores u omisiones formales” y Nº 7.6 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos, dejará Inadmisible la oferta en la etapa de Apertura y Admisibilidad.
• Anexos Técnicos y económicos.
Anexo N°5(Obligatorio) Económico el no cumplimiento de una o más celda de anexo económico o la omisión de información de una o más celdas solicitadas en este anexo, dejará fuera del proceso de evaluación al oferente. Quedando INADMISIBLE la oferta en la etapa de Apertura y Admisibilidad.
Anexo N°6 (Obligatorio) Capacitaciones Pertinentes el no cumplimiento de una o más celda del anexo de capacitación o la omisión de información de una o más celdas solicitadas en este anexo, dejará fuera del proceso de evaluación al oferente. Quedando INADMISIBLE la oferta en la etapa de Apertura y Admisibilidad.
Anexo N°7 (Obligatorio) Experiencia en Salud Pública y/o Privada, el no cumplimiento de una o más celda de la experiencia o la omisión de información de una o más celdas solicitadas en este anexo, dejará fuera del proceso de evaluación al oferente. Quedando INADMISIBLE la oferta en la etapa de Apertura y Admisibilidad.
Documentos obligatorios
• Curricular vitae libre elección
• Título de Psicólogo
• certificado inscripción en la superintendencia de salud
• Certificados de capacitación pertinentes en el área de la Reparación en Salud a Víctimas de violaciones a los derechos humanos y/o experiencia en el trabajo con población usuaria PRAIS.
• Certificado de Experiencia comprobable en salud publica y/o privada
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EVALUADORES |
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La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por los Evaluadores, GABRIELA LUCERO CORDOVA COORDINADORA PROGRAMA DE REPARACIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD (PRAIS), FREDDY SILVA GALLARDO, PSICÓLOGO PROGRAMA DE REPARACIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD (PRAIS) y/o quien la subrogue.
La comisión evaluadora o evaluadores deberá;
• Ajustarse en todo momento a las exigencias contenidas del artículo 57 del decreto 661 del 2024 del ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, Directiva de Contratación Pública N°14 en sus numerales 3.1.7 y 3.1.8.
• AI menos un integrante de la comisión evaluadora o Evaluadores debe poseer los conocimientos técnicos necesarios en la materia contratada.
• Los Integrantes no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.
• Los integrantes deberán estar registrados en nómina de “Registro del Personal” indicada en el artículos 13 del decreto N°661 del 2024, y realizar una declaración de patrimonio e intereses, en la forma que se dispone en la Ley № 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de Nos conflictos de intereses, en el más breve plazo y hasta treinta días hábiles siguientes desde asumida la función. Además, deberán actualizar la declaración de patrimonio e intereses, en el mes septiembre y marzo de cada año, si correspondiese.
• Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos integrantes de la comisión Evaluadora o Evaluadores (Si fuera el caso) designados por el Centro de Salud Mental Comunitario, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión si fuera el caso.
Los Evaluadores no podrán:
• Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 35 ter de la ley N°19.886 y articulo 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
• Aceptar solicitudes de reunión, indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora o Evaluadores.
• No Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 nonies de la Ley N° 19.886, los miembros de la Comisión Evaluadora o Evaluadores, una vez designados, deberán suscribir una declaración jurada en la que manifiesten, expresamente, la ausencia de conflictos de interés con aquellos oferentes que participen en el procedimiento de licitación, obligándose, además, a guardar la confidencialidad de este.
Asimismo, y en virtud de lo preceptuado en el artículo referido, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones de evaluación en el presente proceso tendrá la calidad de agente público, encontrándose sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda.
Se deja constancia de que son motivos de abstención, aquellas situaciones contempladas en el artículo 35 quinquies de la Ley N° 19.886. Por consiguiente, no podrán tener participación, en comisiones evaluadora o intervenir en el procedimiento de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, aquellas autoridades y funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, que se encuentren en los casos puntualizados por la norma indicada.
En virtud de los principios de probidad administrativa y de abstención, y artículos 35 quinquies de la Ley N°19.886, 62 N°6 de la Ley N°18.575 y 12 de la Ley N°19.880, en el evento que un conflicto de intereses se hiciese patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, el integrante afectado por dicho conflicto deberá abstenerse de participar en la comisión, debiendo poner en conocimiento de su superior jerárquico la circunstancia que le resta imparcialidad. En dicho evento, el integrante que se hubiese abstenido deberá ser reemplazado por otro idóneo, mediante acto administrativo debidamente tramitado.
Para efectos del proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora o Evaluadores que haya sido nombrada deberán;
A. Redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta.
B. Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas Bases de Licitación y el Proceso de Evaluación de las Ofertas.
C. Proponer la inadmisibilidad de las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases de licitación.
D. Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas admisibles o estas no sean convenientes a los intereses de la institución.
E. Proponer la adjudicación a Jefe de Servicio.
Nota: Sin perjuicio de lo anterior, el Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe estará facultada para designar una comisión evaluadora o Evaluadores compuesta, total o parcialmente, por miembros distintos a los señalados en la resolución de comisión evaluadora o Evaluadores del proceso, ajustándose en todo momento a las exigencias contenidas en los párrafos que lo anteceden.
En el análisis y evaluación de las ofertas el Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes.
La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.
Se hace presente que la Ley N°20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, establece como sujetos pasivos a los miembros de la Comisión Evaluadora y o evaluador(es), los que tendrán que dar estricto cumplimiento a las restricciones de la citada ley.
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CONSIDERACIONES GENERALES |
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1. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula 6. “Anexos e Instrucciones para Presentación de Ofertas”, de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 115 del Decreto 661de la Ley de Compras N°19.886 del Reglamento de la Ley de Compras.
2. La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 56 del decreto de la ley N°19.886 y en las presentes bases.
3. Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula 3 de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.
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ADJUDICACION |
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El Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe , se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las ofertas presentadas, rechazarlas todas cuando estime que ninguna de ellas satisfaga el propósito de la licitación, sin que los oferentes tengan derecho de solicitar indemnización alguna en ninguno de los casos señalados.
La Entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La Entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Se adjudicará a un único oferente por cada línea de producto u/o servicio licitado, adjudicando al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases, y teniendo en consideración lo dispuesto en la cláusula N°8.8 “Criterio de desempate” en caso de que dos o más oferentes se encuentren en condiciones de adjudicar.
El oferente se obliga aceptar las órdenes de compra emanadas por el organismo contratante.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente del Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 6 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
El COSAM San Felipe podrá modificar el monto de la contratación de acuerdo a lo estipulado en el Art.11 del decreto 250 que aprueba el reglamento de la ley Nº19.886.
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VALIDEZ DE LA OFERTA |
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La oferta tendrá una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas, indicada en el sitio www.mercadopublico.cl.
Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la entidad licitante podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
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SUSCRIPCION DEL CONTRATO |
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El/La o adjudicatario/a en la propuesta deberá firmar un contrato que será redactado por el Unidad de Abastecimiento siempre y cuando el monto adjudicado sea mayor a 1000 U.T.M, en caso contrario se formalizará a través de la emisión de la orden de compra y la posterior aceptación por parte del proveedor, reservándose el derecho al Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe, en virtud de la naturaleza del bien adquirido a confeccionar contrato para una adjudicación menor a 1000 U.T.M.
La firma del contrato deberá efectuarse dentro de los 30 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación en el portal mercado Público. Para suscribir el contrato el proveedor deberá acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo.
El contrato estará vigente desde la firma de la Resolución Exenta que Aprueba dicho contrato, elaborada por la unidad de Abastecimiento.
Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. También se entenderá como desistimiento si no se acompaña la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato respectiva en los plazos establecidos para ello.
Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito y hábil en el Registro de Proveedores.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada proveedor de dicha UTP adjudicada deberá inscribirse y estar hábil en el Registro de Proveedores en los mismos plazos señalados precedentemente
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condiciones de ejecucion |
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El COSAM San Felipe emitirá orden de compra vía portal Mercado Público, según sus necesidades y de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases.
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9.6 RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR ADJUDICADO |
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El adjudicatario se obliga:
a. Será responsabilidad del proveedor adjudicado velar por mantenerse habilitado en el Registro de proveedores
b. El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad al COSAM San Felipe, en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual.
c. El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores.
d. Entregar oportunamente informes y/o documentación solicitados por el órgano comprador.
e. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por el órgano comprador en un plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su notificación.
f. Proveer los servicios licitados que le fueron adjudicados en los plazos comprometidos según su oferta y cumpliendo con las especificaciones técnicas correspondientes establecidas en estas bases de licitación.
g. Acreditar a partir del inicio de la adjudicación, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.
h. Aceptar la orden de compra emitida por el Centro de Salud Mental Comunitario San Felipe por el valor total estimado de los servicios que le fueron adjudicados, en virtud de las cantidades estimadas para éstos y el precio adjudicado por el proveedor.
i. El proveedor contratado no podrá rechazar la orden de compra válidamente emitida en conformidad a esta licitación.
j. Si durante el desarrollo del proceso de entrega de los servicios, se presentaran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales en el plazo de termino o entrega ofertado, el adjudicatario deberá comunicar esa circunstancia al COSAM San Felipe, mediante carta ingresada a la Oficina de Partes, acreditando el hecho y cómo éste ha provocado el atraso o entorpecimiento, solicitando la ampliación del plazo respectivo. El COSAM San Felipe en vista de los antecedentes que presente el Oferente, calificará si el hecho da lugar a fuerza mayor o caso fortuito o rechazará la solicitud.
k. Aceptar la solicitud de entrega del servicio en los plazos establecidos para ello, o en su defecto notificar el motivo de rechazo de ésta en los mismos plazos.
l. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación.
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MULTAS |
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Las multas se aplicarán por acto administrativo fundado, previo informe para la aplicación de multas el cual será elaborado por el Referente Técnico respectivo, el cual deberá contener a lo menos lo siguiente:
1. Identificación del Contratante.
2. Identificación de la licitación y Nº de resolución aprobatoria de la adjudicación.
3. Descripción del incumplimiento, el cual deberá contener o lo menos:
TIPO DE INCUMPLIMIENTO
1. Forma como se configuró el incumplimiento (descripción de los hechos y circunstancia)
2. Indicación si ha tenido lugar alguna de las situaciones constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor
3. Documentación de respaldo de lo informado.
4. Monto de lo multa.
MULTAS
TIPO DE MULTA MONTO INCUMPLIMIENTO
MULTAS POR ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS SERVICIOS
(4 meses máximo a contar de la emisión de la orden de compra, fecha máxima 30 de noviembre del 2025) 1 UTM POR CADA DIA DE ATRASO, CONSIDERANDO LA FECHA LIMITE En caso de atraso en la entrega de los informes una vez terminado el plazo de ejecución de esta y no habiéndose concedido ampliación del plazo o habiéndose justificado caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo a lo regulado en las presentes bases, se aplicara una multa de 1 utm del precio del contrato por cada día corrido de atraso. Las multas serán aplicables por atraso del Ejecutor en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del pago de la facturación.
Con Todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratante en los mismos casos.
Se entenderá que el contratante está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos sin que aquel haya cumplido cualquiera de los obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo
PROCEDIMIENTO A APLICAR FRENTE A INCUMPLIMIENTOS POR PARTE DEL PROVEEDOR:
A. Detectada una situación que amerite la aplicación de una medida derivada de incumplimientos por parte del proveedor, contempladas en las presentes bases, deberán ser puestos en conocimiento de la Unidad de Abastecimiento por el responsable del contrato, mediante informe.
B. Las multas y/o termino anticipado del contrato, cuando procediere, serán dispuestas por Resolución Exenta de la Directora del COSAM San Felipe y notificadas al contratante, mediante carta certificada dirigida al domicilio del oferente. Se entenderá practicada la notificación al tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos, en conformidad al artículo 46° de la ley 19.880, sin perjuicio de incorporarla en los medios dispuestos por la Dirección de Compras Públicas (Gestión de Sanciones)
C. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución sancionatoria, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
D. El monto de las multas será rebajado del pago que el Centro de salud Mental Comunitario deba efectuar al proveedor adjudicado en los estados de pago más próximo y, en caso de que esto no sea posible, ya sea porque dicho monto no es suficiente, en caso de no existir pagos pendientes o cualquier otro tipo de impedimento, se le cobrará directamente, debiendo ser pagado dentro de los 10 días hábiles siguientes notificación de la aplicación y cobro de la multa, o bien, si la hubiera. Salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en lo cuenta del Centro de Salud Mental Comunitario dentro del plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la Resolución que aplica la multa. En caso de no pago dicha multa devengará el máximo de interés por operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El Cosam podrá cobrar esta multa al oferente adjudicado, judicial o extrajudicial.
E. El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Centro de Salud Metal Comunitario San Felipe poner término al Contrato y exigir, en tal caso la indemnización de los perjuicios.
F. Si por un mismo hecho se configura más de una causal de multa. se le aplicará al proveedor lo multa de mayor valor.
G. El Centro de Salud Metal Comunitario San Felipe no podrá cursar multas por un monto superior 10% del valor total del contrato u orden de compro (impuestos incluidos). En caso de que se supere ese porcentaje se dispondrá el término anticipado del contrato.
H. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
I. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del Centro de Salud Metal Comunitario San Felipe de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicio, o fin de hacer efectivo la responsabilidad del contratante incumplidor.
J. Finalmente, el acto administrativo sancionatorio deberá publicarse en el Sistema de Información, más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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La entidad licitante está facultado para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguno para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan o continuación:
1. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o lo ejecución parcial por parte del adjudicatario de los obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases. sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad.
2. El estado de notoria insolvencia del contraparte, a menos que se mejoren los cauciones entregados o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, o la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5. Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor.
6. Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.
7. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
f) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ciertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
g) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante lo relación contractual objeto de la presente licitación.
h) Tergiversar hecho con el fin de influenciar decisiones de lo entidad licitante
8. En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 20 días corridos.
9. En caso de que los multas cursadas, en total, sobrepasen el 10% del valor total contratado o se apliquen más de 2 multas totalmente tramitadas en un periodo de 2 meses consecutivos.
10. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en ros presentes Bases.
El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en las presentes bases.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario.
Resciliación o término anticipado de mutuo acuerdo
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo. Sin constituir una medida por incumplimiento.
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VIGENCIA |
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El plazo para la entrega de la totalidad de los informes requeridos (45 en total) es de 4 meses máximo a contar de la emisión de la orden de compra Siendo la fecha de término máxima el 30 de noviembre de 2025.
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