Licitación ID: 1305532-21-LP25
SERVICIO DE HOSTING CLOUD PARA SLEP ELQUI
Responsable de esta licitación: SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ELQUI
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
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Productos o servicios
1
Contratistas en tecnología de información 1 Unidad
Cod: 80111801
SERVICIO DE HOSTING CLOUD PARA SLEP ELQUI  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE HOSTING CLOUD PARA SLEP ELQUI
Estado:
Adjudicada
Descripción:
contratación de un Servicio de Hosting Cloud que incluya hospedaje, licenciamiento, Ciberseguridad, Servicios Gestionados, Servicio de Soporte Cloud y Microsoft 365, que incluye la instalación, configuración para el correcto funcionamiento de la solución ofertada, capacitación y otorgar los niveles de servicios requeridos por una vigencia de 36 meses.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
COMPRAS Y LICITACIONES
R.U.T.:
61.981.040-6
Dirección:
Juan Cisternas N° 2501, La Serena
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-11-2025 15:30:00
Fecha de Publicación: 24-10-2025 18:18:45
Fecha inicio de preguntas: 27-10-2025 9:00:00
Fecha final de preguntas: 29-10-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-10-2025 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-11-2025 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-11-2025 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 27-11-2025 13:08:50
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a) FORMULARIO N°1: IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE. Si la oferta corresponde a una unión temporal de proveedores, deberá ser rellenado de manera individual por cada empresa integrante de la UTP. b) FORMULARIO N°2: ACEPTACIÓN DE BASES. Declaración Jurada de aceptación de bases y conocimiento de los Antecedentes Administrativas y técnicos que regulan el proyecto. Deberá utilizar formato adjunto que se entregará. Si la oferta corresponde a una unión temporal de proveedores, deberá ser rellenado de manera individual por cada empresa integrante de la UTP. c) Personas Naturales y Jurídicas: La información del oferente en la etapa de presentación de ofertas solo será validado con la ficha del contratista alojado en la plataforma Mercado Público, información que podrá ser cotejada según lo expuesto por el contratista en el formulario N°1 solicitado en el presente proceso. d) Unión Temporal de Proveedores: El representante de la UTP deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma (Esencial), documento que deberá establecer a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto a las obligaciones que se generen con la entidad, representante o apoderado común y el o los responsables de emitir factura y recepcionar el pago. e) FORMULARIO N°6. PROGRAMA(S) DE INTEGRIDAD. El proveedor deberá indicar si cuenta con programa de Integridad de la empresa conocido por sus trabajadores. Para lo anterior, deberá adjuntar el programa en cuestión y medios verificados de su distribución, tales como actas de entrega, correos electrónicos de distribución, nóminas firmadas por los trabajadores, u otros medios de respaldo que acrediten que dichos programas han sido conocidos efectivamente por sus trabajadores. Si la oferta corresponde a una unión tem-poral de proveedores, deberá ser rellenado de manera individual por cada empresa inte-grante de la UTP.
Documentos Técnicos
1.- a) FORMULARIO N°4 (esencial): REQUERIMIENTOS TÉCNICOS. Formulario que contiene los requerimientos técnicos que debe cumplir el proveedor solicitado en bases técnicas de licitación, en donde los proveedores deberán indicar en la columna “SI/NO” si cumplen con las características técnicas requeridas adjuntando el documento verificador correspondiente. Para respaldar lo señalado en el formulario N°4, los oferentes deberán adjuntar el documento técnico que sustente lo informado, tales como certificaciones, certificados de registro, curriculum vitae, anexo formulario 4.1, u otros. En caso de que existan dudas si uno o más de los servicios o requerimientos técnicos ofertados alternativamente cumplen con la descripción y/o características técnicas indicadas en las bases técnicas señaladas, la entidad licitante solicitará a los proveedores efectuar la respectiva aclaración a través del portal de compras públicas, a fin de comprobar que los productos y servicios ofertados cumplan con las características y especificaciones técnicas mínimas requeridas. En caso de comprobarse que uno o más de los productos o servicios ofertados no cumplen con dichas características o especificaciones, el Servicio Local procederá a rechazar la oferta, declarándola inadmisible, sin derecho a ser evaluada en la correspondiente línea. Las ofertas incompletas, vale decir, que no contengan la totalidad de los servicios requeridos o que no se ajusten a las especificaciones técnicas que se solicitan cumplir en la presente licitación, serán rechazadas en la revisión que se haga antes de efectuar la evaluación de las ofertas, sin derecho a ser evaluadas. Sin perjuicio de lo anterior, la comisión evaluadora está facultada para solicitar al funcionario a cargo del proceso de licitación, realizar las aclaraciones a los proveedores, en relación a las características técnicas de los productos ofertados, en caso de omisión de uno o más de las características técnicas solicitadas, o cuando existan dudas en cuanto al cumplimiento de los requisitos técnicos exigidos en las bases técnicas. b) PROPUESTA SOLUCION REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA: Documento en formato propio del oferente, que contiene la propuesta por parte del proveedor para el servicio que se encomienda, donde deberá indicar el cumplimiento de las condiciones y características técnicas mínimas exigidas en las especificaciones técnicas, debiendo incluir a lo menos lo siguiente: I. Descripción de servicios requeridos: Hosting cloud – Servicios gestionados – Servicio de ciberseguridad – Servicio de conectividad – Servicio de mesa de ayuda - Servicio de soporte Microsoft 365. II. Certificado o documento de Registro de partner de Aws o plataforma de servicios de computación en la nube similar. III. Carta Gantt de acuerdo a las fases y plazos indicadas en punto 6 de las bases técnicas. IV. Descripción de la plataforma unificada de administración y monitoreo para los servicios solicitados en el punto 7 de las bases técnicas. V. Plan de monitoreo del servicio conforme al punto 8 de las bases técnicas. VI. Programa de actualizaciones y mantenciones del servicio ofertado conforme al punto 9 de las bases técnicas. VII. Plan de revisión anual de los servicios contratados conforme a lo dispuesto en punto 10 de las bases técnicas de licitación. VIII. Listado del Equipo de profesionales que ejecutarán el servicio, incluidos sus certificaciones, curriculum vitae y anexo formulario 4.1. respecto a la experiencia del proveedor en administración Microsoft 365. IX. Incluir Certificación ISO 27001 c) FORMULARIO N°5: EXPERIENCIA PROVEEDOR. Formulario en que el oferente declara su experiencia en la provisión de los servicios materia de la presente licitación o de similar naturaleza en instituciones, servicios, organismos, o empresas públicas, correspondiente a servicios de infraestructura tecnológica para hosting en nube pública y ciberseguridad. Para validar la experiencia declarada en el formulario, se aceptará únicamente como documentos válidos para su acreditación, cualquiera de los siguientes: - Contratos suscritos con instituciones, servicios, organismos, o empresas públicas con sus respectivas Resoluciones aprobatorias, o solo estas últimas en la medida que estas últimas incorporen el texto del respectivo contrato o convenio, todos debidamente firmados. - Órdenes de Compra emitidas en el sistema Mercado Público, en estado de recepción conforme. La experiencia que no sea informada en el formulario N°5, o que no se acredite con la documentación señalada anteriormente, no será considerada para su evaluación, siendo el oferente evaluado con cero puntos o con el puntaje que corresponda en el criterio de evaluación de experiencia del proveedor, sin que esta omisión sea causal de rechazo de su oferta; misma situación ocurrirá en el caso de que el contratista no acompañe el formulario N°5 que detalla la experiencia y su documento verificador, donde será evaluado con 0 puntos en el referido criterio. Los documentos validadores de experiencia que provengan de un mismo proceso de Licitación, o de un mismo proceso de contratación directa, o las derivadas de la prórroga o ampliación de un contrato anterior, serán contabilizadas como un solo contrato, para efectos de su evaluación. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, se contabilizará la sumatoria de las experiencias de los integrantes de ésta.
 
Documentos Económicos
1.- a) FORMULARIO N°3 (Esencial): CARTA OFERTA U OFERTA ECONOMICA. Documento en el cual se deberá indicar valor total del servicio requerido de manera mensual y por los 3 años del contrato, identificando claramente el valor mensual del servicio, el cual, debe ser un precio fijo por el periodo vigente de contratación, correspondiente a 36 meses. Los servicios que forman parte del presente proceso, así como su descripción y características técnicas, se encuentran expresamente indicadas en las bases técnicas adjuntas a las presentes bases de Licitación, por consiguiente, los oferentes no podrán ofertar servicios que no cumplan con las características técnicas solicitadas para cada uno de ellos, pudiendo estar de iguales, similares o de calidad superior, siempre y cuando, cumplan con lo mínimo exigido en la presentes bases y la normativa vigente. Si no se incluyen todos los servicios solicitados en la presente licitación, o si ellos no cumplen con los requisitos establecidos en las bases técnicas del proceso, la oferta no pasará a la etapa de evaluación siendo declarada como inadmisible. Los proveedores deberán considerar en sus ofertas económicas, los costos instalación, configuración, puesta en marcha, capacitaciones, mantenciones, actualizaciones, revisiones y todo lo que implique el correcto y buen funcionamiento del servicio que se encomienda. Asimismo, serán de cargo exclusivo de los Oferentes, todos los gastos relacionados con la preparación y presentación de sus ofertas con motivo de la presente licitación. El Servicio Local no reembolsará ni indemnizará dichos gastos. Los proveedores deberán indicar el plazo de entrega, el tiempo ofertado para efectuar la migración de la totalidad de las plataformas desde el hosting actual al nuevo hosting, incluyendo la instalación de aplicaciones y/o herramientas necesarias para el correcto funcionamiento. Es dable mencionar que, la migración no debe afectar la continuidad operativa de los servicios actuales. Si el proveedor indica un plazo de entrega entre rangos, el plazo más alto del rango indicado será el considerado para efectos de su evaluación, y del contrato. Por otro lado, si el proveedor no indica un plazo de entrega, su oferta será declarada inadmisible y rechazada, sin derecho a ser evaluada. Se recuerda que el monto de la oferta que debe ingresarse en el portal www.mercadopublico.cl, es el valor Neto (Sin IVA ni impuestos). La oferta económica deberá efectuarse en pesos chilenos, valor neto (sin IVA ni impuestos en mercado público y con IVA, en el presente formulario como valor total de lo ofertado), fijo, sin reajustes, impuestos ni intereses de ninguna especie, considerando todos los gastos necesarios para la correcta ejecución del servicio que se encomienda, todo cuanto implique un gasto para la presentación de la oferta y el cumplimiento de la relación contractual, sea este directo o causa de él. En el caso que el proveedor oferte los servicios en otra unidad monetaria diferente a la solicitada, tales como USD, U.F., U.T.M, u otro, se considerará el valor de su oferta al precio en peso chileno convertido al día en que se cierre la recepción de ofertas y se aperturen las mismas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Para la evaluación de este criterio, se revisará la información detallada en el formulario N°4 y anexo formulario 4.1 respecto a los requerimientos técnicos deseados para la empresa a realizar el servicio que se encomienda, como también, los documentos adjuntos que verifican lo informado en dicho formulario. Para la evaluación del criterio plazo de entrega se calculará de acuerdo al siguiente cuadro 35%
2 EXPERIENCIA PROVEEDOR Para la evaluación de este criterio, únicamente se considerará la experiencia declarada en el formulario N°5 y acreditada conforme disponen estas bases. Por ello, se revisará el referido formulario y la documentación acompañada por los oferentes. 20%
3 OFERTA ECONOMICA Fórmula de Cálculo: Pje. Oi = ((Oe/Oi)*100)*30%) Donde: Pje. Oi : Puntaje obtenido por oferente i. Oe : Monto de la oferta más económica. Oi : Monto de la oferta del oferente i. 30%
4 PLAZO DE MIGRACION Fórmula de Cálculo: Pje. Oi = ((Oe/Oi)*100)*0,08%) Donde: Pje. Oi : Puntaje obtenido por oferente i. Oe : Plazo de migración más bajo. Oi : Plazo de migración de la oferta del oferente i. 8%
5 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES I. Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados en los puntos 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 de esta Bases, sin que se soliciten aclaraciones o correcciones a su oferta. II. Se evaluará con 80 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los documentos solicitados en los puntos 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 de estas Bases, pero respecto a los cuales se solicitaron una o más aclaraciones de su oferta, sin necesidad de acompañar documentos faltantes, debido a errores menores, o para aclarar documentos adjuntos. III. Se evaluará con 50 puntos a aquellos oferentes que no presenten antes del cierre de recepción de ofertas un documento requerido en el artículo 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4, y que no sea esencial. IV. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presenten, antes del cierre de recepción de ofertas dos o más documentos requeridos en el artículo 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 y que no sean esenciales. Nota: Si se da el caso que, un mismo contrati 5%
6 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD DEL PROVEEDOR I. El oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por el personal, y además de acompañar los programas de integridad, adjunta medios de verificación para acreditar son conocidos por estos (correos electrónicos, actas de entrega programa firmada por quien la recibe, etc.) 100 puntos. II. No cuentan con programas de integridad que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal, o no adjunta dichos programas. 0 puntos. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: LEY DE PRESUPUESTO PUBLICO - P01
Monto Total Estimado: 76000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: VIVIANA GARAY
e-mail de responsable de pago: viviana.garay@slepelqui.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Francisca Pérez García
e-mail de responsable de contrato: francisca.perez@slepelqui.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-42203726-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Local de Educación Pública Elqui
Fecha de vencimiento: 30-04-2029
Monto: 5 %
Descripción: En virtud de lo que dispone el Artículo 121° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886 y de acuerdo al Artículo Nº 11 de la Ley Nº19.886, la empresa adjudicataria a la firma del Contrato, deberá entregar una Garantía extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, R.U.T. N° 61.981.040-6, por un monto equivalente al 5% del valor neto del Contrato, cuyo objetivo es garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y su correcta ejecución, como también, caucionar el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de el o los contratantes. Su glosa debe decir: “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y correcta ejecución del contrato denominado SERVICIO DE HOSTING CLOUD PARA SLEP ELQUI”, la que deberá ser extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, RUT N° 61.981.040-6. La Garantía por fiel y oportuno cumplimiento y correcta ejecución del contrato debe caucionar el plazo de vigencia de la contratación, vale decir plazo de instalación e implementación del sistema, aumentado en 36 meses por suscripción o licenciamiento, más 4 meses. Si no se ha entregado la Garantía exigida en las presente Bases, El Servicio Local Elqui, si así lo determina, podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente o llamar a un nuevo proceso público. Si en el curso de la ejecución del proyecto se introdujeren aumentos y/o modificaciones al contrato, deberán también rendirse garantías sobre estas modificaciones, en el porcentaje indicado y sobre el monto de esas partidas adicionales, con vigencia igual al plazo de contratación más 4 meses, sumado a la modificación de plazo aprobada, en caso de que se contemple. El proveedor será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel y oportuno cumplimiento y de correcta ejecución del contrato”, si éste aumenta su plazo, o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. La sola aceptación de las presentes bases implica la autorización del oferente al SLEP Elqui para cobrar y hacer efectiva la garantía, sin necesidad de notificación previa, ni requerimiento administrativo judicial. Asimismo, determina la autorización expresa del oferente para aplicar los fondos recuperados de la garantía a satisfacción de los perjuicios causados y de su retención para el pago de eventuales responsabilidades. La garantía de Fiel y oportuno cumplimiento del contrato, se cobrará y hará efectiva, en todos los casos establecidos en las presentes bases de Licitación. Las garantías de “Fiel y oportuno cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio” se devolverá al proveedor adjudicado una vez transcurrido 3 meses desde la recepción conforme total del servicio.
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y correcta ejecución del contrato denominado SERVICIO DE HOSTING CLOUD PARA SLEP ELQUI”, la que deberá ser extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, RUT N° 61.981.040-6.
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías de “Fiel y oportuno cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio” se devolverá al proveedor adjudicado una vez transcurrido 3 meses desde la recepción conforme total del servicio.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente licitación, personas naturales o jurídicas, nacionales y extranjeros, que desarrollen actividades en el rubro de los bienes y servicios solicitados, que se encuentren inscritos en el registro de proveedores del Estado (Chileproveedores) en estado hábil y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4° y 35° quater de la Ley N°19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en los precitados artículos.
INHABILIDADES PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION
No podrán participar en la presente licitación ni celebrar el contrato con el SLEP, aquellos oferentes que se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley de Compras y aquellas indicadas en el capítulo VII, artículo 35 quater de la Ley N°19.886. Tratándose de personas jurídicas, no podrán participar aquellas que hayan sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N°20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las personas Jurídicas en los delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohechos que indica.
ACLARACIONES Y MODIFICACION DE LAS BASES
Las consultas que los oferentes deseen realizar con relación a la materia de esta licitación deberán ser efectuadas a través del foro del Portal. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes a través del mismo modo. Las consultas o aclaraciones efectuadas por e-mail u otra vía se considerarán inválidas. De conformidad a lo establecido en el artículo 35° Ter de la Ley N°19.886, se prohíbe la comunicación entre los oferentes, participantes o interesados en el proceso de contratación, una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del portal de compras públicas, y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, asegurando participación e igualdad de todos los oferentes. El Servicio Local, por cualquier causa y antes de que venza el plazo para la presentación de las ofertas, podrá realizar aclaraciones, enmiendas o modificaciones, de oficio o en atención a las consultas presentadas por algún oferente, ya sea a las presentes Bases Administrativas, especificaciones técnicas, o a cualquier otro antecedente del proceso de licitación. Estas aclaraciones, enmiendas o modificaciones, en caso de existir, se realizarán mediante resolución fundada del Director Ejecutivo, o del funcionario a quién este último haya delegado dicha facultad, y serán publicadas en el Portal de compras públicas, las que pasarán a ser obligatorias para todos los Oferentes, desde la fecha de su publicación en el sistema de información. El Servicio Local, tendrá la facultad discrecional de prorrogar prudencialmente el plazo para la presentación de las ofertas, si la cantidad o complejidad de las enmiendas y/o aclaraciones así lo amerita, especialmente en caso de existir una modificación en los criterios de evaluación, en las bases técnicas, y/o a documentación obligatoria que deban presentar los oferentes. Será exclusiva responsabilidad de cada oferente, la revisión del portal, con el objeto de verificar la existencia de aclaraciones, enmiendas o modificaciones, y de adecuar o modificar su oferta a los nuevos términos establecidos en dichos antecedentes.
OFERTAS TEMERARIAS
El Servicio Local de Educación podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato, en conformidad a lo señalado en el artículo 61° del Reglamento de Compras públicas. Se entenderá como Oferta Temeraria”, cuando el precio de la oferta presentada por un proponente resulte inferior al 70% del precio presentado por el contratista que le sigue y se verifique por parte del Servicio Local que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. Ante esta situación el SLEP Elqui podrá, a través de una Resolución fundada, adjudicar esa oferta al contratista, previa solicitud de un aumento de la garantía de fiel cumplimiento, que deberá corresponder al 5% neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de la Ley 19.886.
INADMISIBILIDAD DE LA OFERTA
a. Si no se acompaña el formulario N°3 correspondiente a la oferta económica y formulario N°4 de especificaciones técnicas b. Si no se adjunta propuesta del servicio, o no incorpora, a lo menos, lo señalado en la letra b) del artículo 8.4.4 de las presente bases. c. Si el servicio y productos ofertados no cumple con las características técnicas mínimas obligatorias establecidas en las bases técnicas de Licitación e identificadas en formulario N°4 d. Si en formulario N°3 no se indica plazo de migración. e. Si la propuesta del proveedor incluye alojamiento en nube privada. f. Si la oferta corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, y éste no adjunta el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, conforme a lo indicado en el artículo 8.2 y 8.4.2, o no cumple con cualquiera de las exigencias establecidas en la normativa vigente para las UTP, por ejemplo, que uno de los proveedores no sea una empresa de menor tamaño, o si no se pacta solidaridad entre sus miembros. g. Cuando las ofertas no satisfagan técnica y económicamente los intereses del SLEP Elqui. De igual forma, cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases Administrativas, Bases Técnicas, la Ley 19.886 y el Reglamento. h. Asimismo, se declarará inadmisible la ofertas cuando se presenten ofertas simultáneas por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, en conformidad al artículo 60° del Reglamento de Compras Públicas. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación, sólo la oferta más conveniente económicamente y que cumpla con los requerimientos técnicos de cada producto, siendo declaradas inadmisibles las demás. i. Si la información adjuntada por el proveedor se demuestre ser falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes. j. La omisión de antecedentes o entrega de información contradictoria, que haga imposible la revisión de aspectos de admisibilidad o evaluación de las propuestas, sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los oferentes. k. Si presentados los formularios o documentos del oferente que no son catalogados como esenciales, estos son ingresados de forma incompleta, errónea o defectuosa, siendo observado por el Servicio vía foro inverso, habiéndose solicitado al proveedor aclarar, adjuntar o informar según sea el caso, algún documento parte integrante de su oferta solicitado en los artículos 8.4.2., 8.4.3, y 8.4.4 de las presentes bases, y éste no da respuesta a tal solicitud en dicha sección en el plazo prudencial estipulado para su respuesta o aclaración. Lo anterior, siempre y cuando, dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. l. En los demás casos establecidos en las bases de Licitación.
MECANISMO RESOLUCION DE EMPATE
El criterio de desempate estará determinado por el siguiente orden de prelación de los factores a evaluar: i. Requerimientos técnicos ii. Oferta Económica iii. Experiencia proveedor iv. Plazo de migración v. Cumplimiento de requisitos formales vi. Programas de Integridad De persistir el empate, se adjudicará entre estos oferentes, al que ha ingresado primero la oferta al Portal Mercado Público.
FACTURA
La Inspección Técnica solicitará emitir la factura correspondiente al proveedor, siempre y cuando, efectivamente se hayan ejecutado la totalidad del servicio, habiendo a su vez, dado su visto bueno a la presentación del estado de pago presentado por el ejecutante dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 19.2 de las presentes bases. El proveedor deberá emitir cada factura a nombre del Servicio Local de Educación Pública del Elqui, RUT: 61.981.040-6, Dirección Av. Huanhualí N°565, La Serena, IV Región, indicando en ella, el número de Orden de Compra en el campo de referencia correspondiente. La factura deberá ser extendida como a continuación se detalla: • Razón Social: Servicio Local de Educación Pública del Elqui • Rut: 61.981.040-6 • Dirección: Av. Huanhuali N°565, comuna de La Serena. • Forma de pago “crédito” a 30 días. • En campo 801 deberá indicar número de orden de compra • Deberá enviar correo con XML de la factura a dipresrecepcion@custodium.com El SLEP Elqui, de acuerdo con el Oficio Circular N°8/2020 de la Dirección de Presupuesto (DIPRES), pagará las facturas dentro del plazo de 30 días, mediante transferencia electrónica bancaria. En todo caso, debe tenerse en consideración lo señalado en el artículo 133° del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado mediante Decreto 661 de 2024.
FACTORING
El Servicio Local respetará los contratos de cesión de facturas (factoring) suscritos por el adjudicatario, y las cesiones de facturas, siempre y cuando la empresa le notifique oportunamente de dichos contratos y cesiones, y no existan obligaciones o multas pendientes. Dicha notificación de cesión de factura deberá realizarse de manera obligatoria mediante correo electrónico dirigido a las casillas: alejandro.pizarro@slepelqui.gob.cl, con copia a viviana.garay@slepelqui.gob.cl, ramon.fuentes@slepelqui.gob.cl, y francisca.perez@slepelqui.gob.cl, asumiendo el proveedor la responsabilidad por todos los perjuicios que la falta de notificación o comunicación en la forma señalada, pudiese ocasionar al Servicio Local de Educación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.