Licitación ID: 918434-10-LE26
Licencias Microsoft y OneDrive for Business Plan 2
Responsable de esta licitación: MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
Fecha de Cierre: 14-04-2026 20:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Software de gestión de licencias 1 Unidad
Cod: 43231512
CONTRATACIÓN DE 265 LICENCIAS MICROSOFT 365 BUSINESS STANDARD y 5 licencias OneDrive for business Plan 2  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Licencias Microsoft y OneDrive for Business Plan 2
Estado:
Publicada
Descripción:
La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género llama a presentar propuestas para la adquisición de 265 Licencias Microsoft 365 Business Standard y 5 licencias OneDrive for Business Plan 2, ambas por un plazo de 1 año.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
R.U.T.:
61.980.680-8
Dirección:
CATEDRAL N°1401 2DO PISO
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-04-2026 20:00:00
Fecha de Publicación: 08-04-2026 17:59:32
Fecha inicio de preguntas: 08-04-2026 18:06:00
Fecha final de preguntas: 10-04-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-04-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-04-2026 8:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-04-2026 8:30:00
Fecha de Adjudicación: 20-04-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1-A
2.- 1-B
3.- 1-C
4.- 2-A
5.- 2-B
6.- 2-C
Documentos Técnicos
1.- 3
 
2.- 4
 
3.- 5
 
4.- 7
 
Documentos Económicos
1.- 6
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Profesionales certificados/as en Microsoft 365 Anexo N°4 y sus antecedentes adjuntos. (revisar bases) 10%
2 Experiencia de la empresa oferente Anexo N° 3 y sus antecedentes adjuntos. (revisar bases) 15%
3 Programas de Integridad Anexo N° 5 y sus antecedentes adjuntos 5%
4 Enfoque de Género Anexo N° 7 y sus antecedentes (revisar bases) 5%
5 Precio La evaluación de la oferta económica estará compuesta por los criterios que se señalan a continuación, los que podrán recibir el puntaje máximo que para cada caso se indica: Para evaluar la oferta económica se utilizará el método de la oferta de menor precio, de acuerdo con el Anexo N° 6. El puntaje se asignará dividiendo la Oferta de menor precio por la Oferta a evaluar, y el resultado de esa división se multiplicará por 60, que corresponde al puntaje a asignar por este concepto, con lo que se obtendrá el puntaje de la Oferta evaluada. Lo anterior, se expresa en la siguiente fórmula: Oferta de menor precio _____________________ x 60 = Puntaje de la oferta evaluada Oferta a evaluar Para efectos de evaluar este criterio, el oferente está obligado a completar el Anexo N° 6, de las presentes bases de manera íntegra. En caso de que no se acompañe el Anexo N° 6, o se complete de manera parcial, toda la propuesta será declarada inadmisible. Todos los/as proponentes deberán hacer su oferta a suma alzada, y deberán incluir todos los costos asociados. La oferta deberá considerar todos los impuestos, costos y gastos envueltos en el servicio, entre otros: seguros, permisos necesarios para prestar el servicio. 60%
6 Cumplimiento de requisitos formales Anexos 1-A, 1-B, 1-C y 2-A, 2-B y 2-C según corresponda y anexo N°9 (revisar bases) 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género
Monto Total Estimado: 44000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jessica Hernández Salinas
e-mail de responsable de pago: jhernandez@mmeg.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Multas
La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género, podrá, administrativamente, sin necesidad de requerimiento judicial ni acción judicial, cobrar multas al proveedor cada vez que exista un incumplimiento de sus obligaciones contractuales. La multa será aplicada por cada incumplimiento debidamente acreditado según el procedimiento que se indica en el presente acápite. Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en estas bases, la Subsecretaría podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el contratista ante la contraparte técnica de la Subsecretaría. Para estos efectos, de forma meramente ilustrativa, se entenderá que hay incumplimiento en las siguientes situaciones: a) Cuando no se cumpla con la obligación contratada dentro del plazo fijado, para la entrega inicial de las licencias, 10 UF por cada día de incumplimiento (retraso en la entrega). b) Cuando se produzca una interrupción en el funcionamiento de las licencias, ya sea por fallas técnicas, error en la renovación o por cualquier otra causa que impida su uso normal, o en caso de producirse un vencimiento de licencias antes del plazo contratado de12 meses, 10 UF por cada día de incumplimiento. c) Cuando se entreguen licencias distintas a las requeridas, conforme los términos de la presente contratación. 10 UF por el incumplimiento, además de 10 UF por cada día de retardo en la entrega de las licencias realmente contratadas. d) Daños producidos a la Subsecretaría y sus equipos producto de la incorrecta ejecución de las labores cuya multa irá de 5 a 10 U.F. de acuerdo a la gravedad de los perjuicios. e) Cuando existan otros incumplimientos calificados como graves por esta entidad, en virtud de resolución fundada, cuya multa irá de 5 a 10 U.F. de acuerdo a la gravedad de los mismos. Transcurrido el plazo sin que la prestación del servicio se haya cumplido por parte del adjudicatario, se declarará el término anticipado del contrato. La misma regla se aplicará en caso de retrasos o mal funcionamiento del servicio en cuyo caso se procederá al término anticipado. El valor a considerar para efectos de la aplicación de multas será aquel que experimente la Unidad de Fomento (UF) el primer día del mes en que se verificó la falta o incumplimiento. Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo con lo establecido en estas bases sean constitutivos de multa, la Subsecretaría notificará esta circunstancia al proveedor, mediante Oficio enviado al correo electrónico que mantiene registrado el proveedor en el sistema de información de acuerdo a lo señalado en el artículo 140 del Reglamento de Compras Públicas, indicando en forma precisa el incumplimiento y/o hechos que se imputan. El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones. En caso que no exista correo electrónico para notificar, se deberá proceder de manera personal o por carta certificada de acuerdo a las reglas establecidas en la ley N° 19.880. No se aplicarán multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica. Una vez realizados los descargos por parte del proveedor o, en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el proveedor haya formulado descargos, la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género informará esta situación a la División de Administración y Finanzas solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente. La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al proveedor de la misma forma que se señaló respecto del Oficio. Respecto de esta decisión, procederán los recursos administrativos que al efecto dispone la Ley N°19.880, que establece las Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. Así, el proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación. La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada mediante resolución administrativa totalmente tramitada. Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. El acto administrativo que ordene la aplicación de una sanción y/o multa deberá ser totalmente tramitado. El proveedor deberá pagar las multas mediante depósito en la cuenta corriente bancaria que le indique la Subsecretaría, debiendo acreditar su pago a través del comprobante respectivo. Se deja expresa constancia que la aplicación de multas por un valor que exceda en un 10% el monto adjudicado, implicará para el proveedor el término anticipado de la relación contractual por incumplimiento grave del contrato. En caso que el proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o aquellos contratados dentro de los últimos dos años, los primeros estados de pago serán destinados al pago de tales obligaciones, debiendo el proveedor presentar los certificados necesarios para acreditar que ha liquidado la totalidad de tales obligaciones dentro de los primeros tres meses de prestación de los servicios, según lo prescrito en el artículo 4 de la Ley de Compras Públicas.
Resolución de Empates
En caso de producirse un empate entre ofertas que sean mejor evaluadas al aplicar la pauta de evaluación, la Comisión Evaluadora deberá atenerse a los siguientes criterios para resolver el empate, de acuerdo al siguiente orden:
1° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Económica.
2° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Técnica.
3° Aquella oferta que haya obtenido un mejor puntaje en el criterio de evaluación sobre enfoque de género.
De persistir el empate, la situación será resuelta por la Subsecretaría mediante resolución fundada. El Informe de la Comisión Evaluadora culminará con una propuesta y recomendación para la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.