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Formalización de la contratación |
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La presente adquisición se formalizará a través de la suscripción del respectivo contrato. Sin perjuicio de lo anterior, si la adjudicación resulta inferior a 1.000 UTM, la Institución podrá formalizar la presente contratación a través de la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, una vez entregado el documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de conformidad a lo señalado en el numeral 5.7 de estas Bases.
En todos los casos en que sólo se emita la respectiva orden de compra, ésta hará las veces de contrato y le será aplicable todo lo señalado en las presentes Bases, que hagan referencia a orden de compra o contrato, en lo que sea pertinente.
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Vigencia y duración del contrato |
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La vigencia del contrato será desde que se encuentre totalmente tramitado el acto que lo apruebe y la duración.
En caso de suministro/mantención la vigencia será desde que se encuentre totalmente tramitado en acto que lo aprueba y la duración del servicio será desde la emisión de la orden de compra hasta la ejecución total del presupuesto contratado, lo que ocurra primero.
En caso de formalizar la contratación mediante emisión y aceptación de la orden de compra la vigencia desde la aceptación de la misma y la duración del servicio será desde la aceptación de la orden de compra o hasta la ejecución total del presupuesto contratado, lo que ocurra primero.
Sin perjuicio de lo anterior, en atención a que el presupuesto de Carabineros de Chile es anual, al final del período calendario si no existe asignación presupuestaria que provea los fondos a través de la Ley de Presupuestos, la Institución podrá poner término al contrato. Se informará al proveedor con 30 (treinta) días de anticipación el término del Contrato. Si nada se dice, se entiende que permanecerá vigente.
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Documentación integrante del contrato. |
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El contrato considerará como partes integrantes del mismo, los documentos establecidos en el numeral 1.3 de estas Bases.
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Requisitos del proveedor y plazos de celebración del contrato (solo si se formaliza con contrato). |
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El proveedor adjudicado deberá estar inscrito y hábil en el Registro de Proveedores, al momento de contratar y durante toda la vigencia del contrato, de conformidad a lo señalado en el artículo 120 del Decreto Supremo N° 661/2024, del Ministerio de Hacienda.
El proveedor adjudicado deberá suscribir el respectivo contrato, en un plazo cinco días desde la notificación de la resolución de adjudicación. Si no se suscribiera el contrato dentro de este término por causas imputables al proveedor, el Deaoperpol Zofsecar dejará sin efecto el acto administrativo en virtud del cual se produjo la respectiva adjudicación y se hará efectiva el documento de seriedad de la oferta, en caso de corresponder. Tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM, la suscripción del contrato deberá efectuarse una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución de Adjudicación.
Sin embargo, el proponente adjudicado, podrá solicitar ampliación del plazo de suscripción del contrato por causa justificada. Esta solicitud deberá ser realizada antes del vencimiento del plazo originalmente señalado. En aquellos casos en que el proveedor solicite dicho aumento de plazo para la suscripción del contrato, el aumento no podrá superar los diez días hábiles, contados desde la aprobación de la solicitud de aumento. Sin perjuicio de lo anterior, el Deaoperpol Zofsecar podrá ampliar el plazo de suscripción del contrato, en caso de que, por causa imputable a la Institución, sea necesario aumentar dicho plazo. En cualquiera de los casos descritos anteriormente, la constatación y justificación del aumento señalado quedará plasmado en el acto administrativo correspondiente.
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Antecedentes legales de las Personas Naturales. |
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El proveedor adjudicado, persona natural, deberá proporcionar al momento de suscribir el contrato o 05 días contados de la total tramitación de la adjudicación (solo con orden de compra), original o copia de los siguientes documentos:
a) Fotocopia de la Cédula nacional de identidad.
b) Declaración jurada simple de no estar condenado sentencia definitiva firme y ejecutoriada o representado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los 2 (dos) años anteriores a la presentación de la oferta.
c) Declaración jurada simple de no estar condenado por sentencia definitiva firme y ejecutoriada del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, y que en virtud de ella quede afecto a las prohibiciones mencionadas en el artículo 26, letra d), del D.L. 211, que Fija Normas para la Defensa de la Libre Competencia.
d) Declaración jurada simple que señale no estar condenado por sentencia definitiva firme y ejecutoriada en virtud del artículo 33, de la Ley N°21.595, de delitos económicos.
e) Declaración jurada simple que acredite que no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades contempladas en el inciso primero, segundo y tercero del artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886.
Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores (UTP), compuesto por personas naturales, jurídicas o ambas, cada una de ellas deberán proporcionar los documentos requeridos en este numeral. Lo anterior según lo establecido en los artículos 180, 181, 182, 183 y 184 del Decreto N° 661/2024 del Ministerio de Hacienda y en las demás normativas aplicables.
Si alguno de los documentos requeridos en este numeral para la materialización de la contratación, se encuentre en el Registro y cumple con los requisitos solicitados, no será necesario adjuntarlos físicamente.
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Antecedentes legales de las Personas Jurídicas |
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El proveedor adjudicado, persona jurídica, proporcionará al momento de suscribir el contrato o 05 días contados de la total tramitación de la adjudicación (solo con orden de compra), original o copia, de los siguientes documentos:
a)Fotocopia del Rol Único Tributario.
b)Certificado de Vigencia de la sociedad, extendido por el Conservador respectivo, con no más de 60 (sesenta) días de anticipación a la fecha de la firma del contrato; o Certificado de Vigencia de la Sociedad, emitido por el Registro de Empresas y Sociedades administrado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
c)Escritura en que conste la personería del representante legal del adjudicado, con expresa mención de sus facultades, las cuales deberán contener las de percibir y contratar, con certificado de vigencia, con no más de 60 (sesenta) días de anticipación a la fecha de la firma del contrato; o Certificado de Estatuto Actualizado, emitido por el Registro de Empresas y Sociedades administrado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
d) Declaración jurada simple, de no encontrarse afecto a las penas establecidas por sentencia definitiva firme y ejecutoriada en los artículos 8° y 10 de la Ley Nº20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
e)Declaración jurada simple de no estar condenado por sentencia definitiva firme y ejecutoriada o representado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los 2 (dos) años anteriores a la presentación de la oferta.
f)Declaración jurada simple de no estar condenado sentencia definitiva firme y ejecutoriada del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, y que en virtud de ella quede afecto a las prohibiciones mencionadas en el artículo 26, letra d), del D.L. 211, que Fija Normas para la Defensa de la Libre Competencia.
g) Declaración jurada simple que señale no estar condenado por sentencia definitiva firme y ejecutoriada en virtud del artículo 33, de la Ley N°21.595, de delitos económicos.
h)Declaración jurada simple que acredite que no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades contempladas en el inciso primero, segundo y tercero del artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886.
Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores (UTP), compuesto por personas naturales, jurídicas o ambas, cada una de ellas deberán proporcionar los documentos requeridos en este numeral. Lo anterior según lo establecido en los artículos 180, 181, 182, 183 y 184 del Decreto N° 661/2024 del Ministerio de Hacienda y en las demás normativas aplicables.
Si alguno de los documentos requeridos en este numeral para la materialización de la contratación, se encuentre en el Registro y cumple con los requisitos solicitados, no será necesario adjuntarlos físicamente.
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Documentos de garantía fiel y oportuno cumplimiento del contrato. |
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El proveedor adjudicado, al momento de la suscripción del contrato, deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante la entrega de un documento de garantía que deberá ser pagadero a la vista y tener el carácter de irrevocable, que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva (por ejemplo: boleta de garantía bancaria, vale vista, póliza de garantía a la vista o de ejecución inmediata no sujeta a liquidación, certificado de fianza pagadero a primer requerimiento), por un monto que cubra el 5% del precio final neto ofertado por el Adjudicatario, a menos que, según lo establecido en las Bases, sean declaradas ofertas temerarias o se considere una contratación riesgosa
Sin embargo, si la adjudicación resulta ser inferior a 100 UTM, no se requerirá el otorgamiento de una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, en los demás casos en donde la adjudicación resulte inferior a 1.000 UTM y superior a 100 UTM, la Institución se reserva el derecho a solicitar o no dicho instrumento de garantía, en armonía con lo señalado en el artículo 121 del Decreto 661/2004 del Ministerio de Hacienda.
El documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se sujetará a las condiciones estipuladas en estas Bases y deberá ser entregado dentro del plazo establecido en el numeral 5.4 de estas Bases. Además, la garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente.
En caso de que el documento se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Los proveedores, en caso de presentar un documento de garantía electrónico, podrán enviarlo al email seccioncompras.deaoperpolzofsecar@carabineros.cl en caso contrario deberá ser presentado en la unidad correspondiente.
La vigencia de este documento será desde la firma del contrato y por un período no inferior a 30 (treinta) días corridos después de finalizada la vigencia del contrato, en la forma preceptuada en el numeral 5.2 de estas Bases.
En el caso de otorgamiento de vale vista en que la Institución emisora no estampe la glosa que exigen estas Bases, el proveedor o su representante legal deberá escribir de puño y letra, al reverso del documento, los siguientes antecedentes: el nombre o razón social y Rut del proveedor, el número identificador del proceso en el portal de mercado público, nombre de la licitación y el motivo de la caución, estampando su firma, Rut y nombre completo.
La vigencia de este documento garantizará el cumplimiento de todas las obligaciones generadas del contrato, y se podrá hacer efectiva y sin necesidad de requerimiento, ni acción judicial o arbitral alguna, si el proveedor adjudicado no cumple con una o más de las obligaciones contractuales:
Por aplicación de multas que no fuesen pagadas en los plazos previstos en el presente instrumento.
Por incumplimientos graves, referentes a las obligaciones indicadas en el numero 2) del numeral 5.15 de estas Bases, a menos que se acredite que dicho incumplimiento obedezca a hechos que no sean de exclusiva responsabilidad del proponente adjudicado, o que se deba a un caso fortuito o fuerza mayor.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato caucionará también el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes.
Mientras existan obligaciones pendientes por parte del proveedor derivadas del contrato, la Institución deberá exigir con una anticipación no menor a 30 (treinta) días corridos antes de su vencimiento, la renovación de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, cuantas veces sea necesario mediante correo electrónico del proveedor, o a través del correo indicado por el proveedor en el Sistema de Información, con el fin de mantener vigente dicha garantía.
Solicitada esta renovación, ella deberá hacerse a lo menos con 15 (quince) días de anticipación al respectivo vencimiento, fecha a partir de la cual la Institución podrá hacer efectiva la garantía que se encuentre vigente, sin necesidad de nuevo aviso o notificación del proveedor.
Habiéndose dado cumplimiento a todas las obligaciones producidas durante los primeros 12 (doce) meses, el proveedor podrá sustituir este instrumento, a través de un nuevo instrumento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, motivo por el cual solicitará dicha sustitución. La solicitud de sustitución deberá ser enviada por el proveedor con a lo menos 30 (treinta) días de anticipación al vencimiento del primer año de servicio contratado. La señalada garantía deberá emitirse con iguales formalidades a las exigidas para la garantía que se sustituye. La determinación de este valor total se comunicará al proveedor 5 (cinco) días hábiles después de su solicitud de sustitución, una vez establecidos por el Deaoperpol Zofsecar el cumplimiento de los requisitos antes indicados. La nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato deberá extenderse según las exigencias y formalidades ya indicadas.
Una vez cumplido el plazo de vigencia del contrato y en la medida que no existan obligaciones pendientes por parte del proveedor, el documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá ser retirado, previa coordinación telefónica +562 2922018 con el personal de esa oficina, ubicado en calle Catedral N°1337, Santiago Centro.
La garantía será devuelta sin reajustes ni intereses, ni costo alguno para la Institución.
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Orden de compra |
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En un plazo no superior a 05 (cinco) días corridos, contados desde la total tramitación del acto que aprueba el contrato, y entregado el documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en caso de corresponder, se emitirá la orden de compra respectiva a través del Sistema de Información.
El rechazo de la orden de compra será causal de término anticipado del contrato, de conformidad (si se formaliza con contrato).
Para el caso de que la presente contratación cumpla los requisitos para ser formalizada mediante la sola emisión y aceptación de la orden de compra, el plazo antes mencionado comenzará a correr desde la entrega efectiva del documento de garantía por fiel y oportuno cumplimiento de la contratación de conformidad.
Transcurrido el plazo de 02 días hábiles desde la emisión de la orden de compra sin que esta haya sido aceptada por el proveedor adjudicado, la Institución podrá solicitar su rechazo a través del Sistema de Información. Entendiéndose en este caso definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde la solicitud.
El rechazo de la(s) orden(es) de compra, será causal para dejar sin efecto la adjudicación, de conformidad a lo señalado en estas Bases Administrativas. (se formaliza con orden de compra)
Para todos los efectos, se entenderá que la fecha de recepción de la orden de compra por parte del proponente adjudicado corresponde a la misma fecha de su emisión. Esta se entenderá aceptada por el proveedor adjudicado, en todas sus partes, si no manifiesta expresamente su decisión de rechazarla, dentro del tercer día después de haberla recibido.
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Precio del contrato, forma de pago y facturación. |
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El precio total del contrato u orden de compra según corresponda, será el que queda fijado en la resolución de adjudicación respectiva.
En caso de ser un suministro/mantención el precio total podrá ser un monto total a no exceder, rebajándose del monto total el valor de los requerimientos realizados durante la vigencia del contrato, no pudiendo ejecutar más allá del monto total a no exceder.
El precio del contrato (o contratación) será pagado en moneda nacional (CLP), IVA incluido, mediante transferencia electrónica a nombre del proveedor adjudicado, una vez que esté totalmente tramitado el acto que aprueba el contrato, y se haya realizado la recepción conforme de las especies o el servicio, cuya conformidad deberá constar en un informe emitido por la contraparte técnica de la Institución y registrado en el Sistema de Información.
En caso de ser un suministro/mantención a requerimiento el precio del contrato será pagado por las especies efectivamente requeridas y recepcionadas.
El precio no está sujeto a reajustes ni intereses de ninguna naturaleza, salvo los intereses señalados en la Ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura y la Ley N° 21.131 que la modifica.
La factura debe emitirse a nombre de:
RAZÓN SOCIAL :ZONA METROPOLITANA DE CARABINEROS
R.U.T. 61.978.700-5
DIRECCIÓN AMUNATEGUI N°519 PISO 4, EDIFICIO CENTENARIO
GIRO ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO DE ORDEN PUBLICO Y SEGURIDAD
RESPONSABLE DE PAGO ZONA METROPOLITANA DE CARABINEROS
LUGAR DE ENTREGA DE FACTURA adquisiciones.gope@carabineros.cl
seccioncompras.deaoperpolzofsecar@carabineros.cl
La factura será pagada dentro de los 30 (treinta) días, a contar de la recepción de la factura.
Por su parte, la factura sólo podrá ser emitida una vez que la Institución haya registrado en el Sistema de Información:
a)La entrega de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del proveedor, en el momento en que esto ocurra.
b)La recepción conforme de los bienes adquiridos y/o servicios contratados, por la contraparte técnica de la Institución.
Si no hubiese conformidad con los bienes adquiridos y/o servicios contratados, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan.
Se contará con un plazo de 8 (ocho) días corridos para efectuar observaciones a la factura presentada. Si dentro de ese plazo la Institución no emite comunicación alguna al proveedor se entenderá que la factura ha sido aceptada.
Junto a la factura, y para efectos del pago, el proveedor deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, mediante la presentación de un Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, u otra documentación fehaciente, por la cual se acredite que el proveedor no registra deudas por este concepto, durante el período comprendido dentro del estado de pago.
Si el proveedor adjudicado registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La Institución deberá exigir que el proveedor proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor adjudicado dará derecho a dar por terminado el contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el proveedor referido no podrá participar.
En caso de que se efectúe por un error material, aritmético o de hecho un desembolso de fondos públicos a favor de un proveedor que no tiene derecho para recibir dicho pago, o en una cuantía que excede la obligación establecida en el contrato u orden de compra, según corresponda respecto de bienes y/o servicios afectos a la Ley de Compras, deberá estarse a lo dispuesta en el artículo 134 del Decreto N° 661/2024 del Ministerio de Hacienda.
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Plazo y lugar de entrega de las especies. |
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El plazo de entrega e instalación de los correspondientes baños químicos no podrá exceder los 05 días corridos desde la emisión de la orden de compra.
El proveedor debe contemplar la mantención de la totalidad de los baños químicos una vez a la semana, la que debe ser los “viernes de 08:30 a 12:30 horas”, debiendo ser en el Centro de entrenamiento ubicado en camino Cuesta Vieja s/n sector Cerrillos, comuna de Curacaví, Región Metropolitana.
Los plazos en los suministro/mantención podrán no evaluarse ni solicitarse en la oferta, cuando durante la ejecución se establezca un procedimiento de cotización y requerimiento de estos.
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