|
1.-
10. ACEPTACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS.
Las presentes Bases Administrativas y las Bases Técnicas, junto con los anexos de la licitación, como asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, en la medida que no alteren el espíritu y el objeto de la presente licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los interesados desde el momento de su notificación en el Sistema de Información y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl], y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Dirección Regional de O'Higgins de la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Para el cumplimiento de este punto los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, según el Anexo N°3, la cual se deberá adjuntar al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta.
Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, aceptarlas, y tomar el debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta.
Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo del oferente, no existiendo para la Junta Nacional de Jardines Infantiles responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación. La JUNJI no reembolsará ni indemnizará dichos gastos, cualquiera sea el resultado de la licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, la sola presentación de ofertas constituye aceptación para todos los efectos legales.
Por el solo hecho de presentar una oferta al presente llamado a licitación de construcción, se entenderá que el Oferente declara lo siguiente:
a. Haber estudiado todos los antecedentes del llamado a licitación de construcción y verificado la concordancia entre ellos.
b. Haber visitado el terreno, conocer la topografía y demás características que incidan directamente en la ejecución de la obra, incluyendo la accesibilidad al lugar, características superficiales, geológicas, climáticas u otras que puedan incidir directamente en la ejecución de la obra.
c. Haber visitado y conocido la obra existente, su estado actual de ejecución y demás características del proyecto como el avance realizado en las distintas especialidades, además de todo lo necesario para dar un correcto término a la obra.
d. Haber verificado las condiciones de abastecimiento de materiales y vialidad de la zona.
e. Estar conforme con las condiciones generales del proyecto.
11. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION (ANEXO N°2)
El oferente adjudicado deberá completar y entregar posteriormente el Anexo N°2, que corresponde a una Declaración Jurada Simple que certifique que todas las personas que participarán de las actividades del presente trabajo cumplirán estrictamente las normas sobre confidencialidad de la información.
13. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
i. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo.
ii. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
iii. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
iv. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
v. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
vi. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
vii. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
viii. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
ix. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
16. REQUISITOS DE PARTICIPACION E INHABILIDADES.
16.1. Requisito Formal: Declaración jurada simple de habilidad para contratar con la Administración del Estado. (Anexo N°5)
Podrán contratar, con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener domicilio en Chile.
No obstante, y por aplicación de lo establecido en los artículos 4° de la Ley N° 19.886 y artículo 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos:
a) Quienes al momento de la presentación de la oferta hayan sido condenados por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores.
b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 211, de 1973.
c) No haber sido condenado a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N° 20.393.
d) No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N° 21.595 de Delitos Económicos. Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, no tener como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
e) No ser y/o haber sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de organismo licitante y/o comprador, ni estar unido(a) a estos o aquellos por los vínculos
descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
f) No integrar la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni ser contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estar unido(a) a estos o aquellos por los vínculos descritos en el inciso primero del articulo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
g) No ser una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
h) No ser una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
i) No ser una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
j) No ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antes dichas.
k) serán declaradas ofertas inadmisibles las presentadas por empresas relacionadas o pertenecientes al mismo grupo empresarial, según lo establecido en el artículo 60 del reglamento de compras.
Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia.
16.2. Unión Temporal de Proveedores
La Unión Temporal de Proveedores, de acuerdo con el artículo 51 de la Ley N°19.886, corresponde al conjunto de empresas de menor tamaño, el cual podrá estar conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI respecto al servicio a contratar que refieren las presentes bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones que surjan sobre el servicio a contratar.
Respecto de los requisitos que debe cumplir una UTP para participar en la presente licitación, debe constituirse por escritura pública, y ceñirse a los demás establecidos en los artículos 52 y siguientes de la referida Ley N°19.886.
Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados.
Para la presentación de las Ofertas la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las siguientes reglas especiales, acompañando los siguientes antecedentes:
- Presentar el documento que da cuenta del acuerdo para participar como Unión Temporal de Proveedores, el que deberá constar necesariamente en escritura pública por tratarse de un proceso mayor a 1.000 UTM, de acuerdo con lo señalado en el articulo 52 de la ley 19.886.
- Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el anexo de aceptación de las bases (Anexo N°6)
- Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo
del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación.
En caso de serles adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores, deberá cumplir y acompañar los siguientes antecedentes con las siguientes reglas especiales:
a) La Formalización de la Unión Temporal de proveedores, deberá realizarse por escritura pública (en procesos iguales o mayores a 1000 UTM) o por instrumento público o privado (en procesos menores a 1000 UTM) la que deberá acompañarse para la firma del contrato.
b) La Unión Temporal de Proveedores comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza.
c) Cada uno de los oferentes integrantes de la Unión deberá presentar todos los antecedentes solicitados en los puntos N°16.1 y 16.2 de las presentes Bases, sobre requisito formal, en atención a lo señalado en el artículo 53 de la Ley N°19.886.
d) Al momento de contratar, todos los miembros de la Unión temporal de Proveedores deberán encontrarse inscritos y hábiles en el Portal de Chile Proveedores en el plazo indicado en las presentes bases.
e) La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación.
f) La Unión Temporal de proveedores sólo podrá conformarse entre Empresas de Menor Tamaño, conforme lo dispuesto en el artículo 180 letra a) del Decreto N° 661 de 2024, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 y artículo 182 del mismo cuerpo normativo.
En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 180 y siguientes del Decreto N° 661 de 2024, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Compras Públicas y Ley N°21.634 que modifica la normativa de compras públicas.
La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
16.3. Garantía de Seriedad de la Oferta
Para garantizar la seriedad de la Oferta, cada oferente deberá presentar una caución, consistente en cualquier instrumento financiero que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 52 del Decreto N°661 del Ministerio de Hacienda.
El monto de la Garantía de Seriedad de la Oferta será de $1.000.000.- (un millón de pesos), la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, RUT N° 70.072.600-2, pagadera a la vista, nominativo, no endosable, irrevocable, expresarse en pesos chilenos, con una vigencia mínima de ciento veinte (120) días corridos posteriores a la fecha de cierre de presentación de las ofertas publicadas en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
La boleta de garantía, el vale vista o depósito a la vista, la póliza de seguro electrónica, el certificado de fianza a la vista o cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva – siempre que tenga el carácter de irrevocable y pagadera a la vista –, serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de seriedad de la oferta.
En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser emitida a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión del Mercado Financiero de Chile.
La entrega del documento podrá otorgarse de manera física en la Oficina de Partes de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ubicada en Calle Estado 531, comuna de Rancagua, ciudad de Rancagua o electrónicamente, por el envío de un correo electrónico a (oficina_partesVI@junjired.cl). En el caso que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse
a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación. El plazo para la recepción de este documento se extenderá hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas, de acuerdo con el cronograma de esta licitación (punto N°6), en el siguiente horario:
Lunes a jueves : De 08:30 hasta las 17:30 hrs. Viernes : De 08:30 hasta las 16:30 hrs.
La regla precedente no rige respecto de la póliza de seguro electrónica, la cual se remitirá directamente a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
Esta garantía, se otorgará para caucionar la seriedad de las ofertas y de todas las obligaciones que se imponen al oferente, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad licitante, sin forma de juicio, en los siguientes casos:
a) Si se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de esta.
b) Si presentare una oferta falsa, manifiestamente errónea o inductiva a error.
c) Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo respectivo o no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (ChileProveedores) previo al plazo de suscripción del contrato.
d) Si el contratista no entrega en forma oportuna la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de pago de obligaciones laborales y sociales.
La resolución que disponga el cobro de esa garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada.
La garantía deberá indicar en su texto o glosa lo siguiente: "EN GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA PARA LA RECONTRATACIÓN DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE PROYECTOS CON TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO Y OBTENCIÓN DE CERTIFICACIONES PARA LA SALA CUNA Y JARDÍN INFANTIL LOS TORUNOS, COMUNA DE GRANEROS, REGIÓN DEL
LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS, ID de licitación ”. o similar.
Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo N° 7.
Toda propuesta que no esté acompañada de la garantía de seriedad será declarada inadmisible por la Junta Nacional de Jardines Infantiles por no ajustarse a los términos de las presentes bases.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. La devolución de la garantía del 2° proponente mejor evaluado se efectuará una vez firmado el contrato o dentro de un plazo de
45 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación, lo que ocurra primero. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas, salvo el caso del 2° proponente mejor evaluado, como ya se señaló, se efectuará dentro de diez (10) días hábiles siguientes, contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato suscrito con el respectivo proveedor adjudicado.
La Garantía por seriedad de la oferta será devuelta al adjudicatario una vez suscrito el contrato correspondiente con su acto administrativo debidamente tramitado y después de efectuada la entrega de la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato a que se refiere el punto N° 42 de las presentes Bases.
Si al momento de la apertura electrónica fuere constatado un error u omisión de carácter formal, que recaiga en el monto, vigencia o glosa de la garantía, la JUNJI se reserva la facultad de solicitar a través del foro inverso, el cambio o subsanación del instrumento de garantía presentado, para lo cual el proponente tendrá un plazo de 48 horas, para la corrección del documento de garantía. Esta facultad se ejercerá especialmente en aquellos casos que la garantía no cumpla las características indicadas, los que, de no ser corregidos, subsanados o enmendados, dejará automáticamente fuera de bases a la empresa ofertante. Toda solicitud realizada al oferente se hará a través del portal www.mercadopublico.cl.
|
|
|
|