Licitación ID: 3447-50-LE26
Adq. e Instalación Contenedores como Bodegas
Responsable de esta licitación: MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO
Fecha de Cierre: 20-04-2026 16:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 30
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Unidades para contenedores 12 Unidad
Cod: 30201803
Adquisición e instalación de contenedores habilitados como bodegas para la Municipalidad de Alto Hospicio (INGRESAR EL VALOR TOTAL NETO)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adq. e Instalación Contenedores como Bodegas
Estado:
Publicada
Descripción:
La Municipalidad de Alto Hospicio, llama a licitación pública a los proveedores del rubro, para la adquisición y entrega de contenedores metálicos tipo módulo, destinados a la habilitación de bodegas municipales con la finalidad de resguardar, ordenar y almacenar la documentación existente en el vivero municipal, permitiendo contar con un espacio adecuado para su conservación y gestión. Lo anterior busca mejorar las condiciones de almacenamiento de archivos y antecedentes administrativos, asegurando su adecuada organización, resguardo y disponibilidad para la gestión municipal, conforme a las características y especificaciones establecidas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas que rigen el proceso licitatorio.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Direccion de Administracion y Finanzas
R.U.T.:
69.265.100-6
Dirección:
Ruta A 610, Entre Ruta A 616 Con Ruta A 618 S/N
Comuna:
Alto Hospicio
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-04-2026 16:00:00
Fecha de Publicación: 08-04-2026 17:54:52
Fecha inicio de preguntas: 08-04-2026 19:00:00
Fecha final de preguntas: 13-04-2026 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 16-04-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-04-2026 16:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-04-2026 16:30:00
Fecha de Adjudicación: 24-06-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Remítase al Art.75° de las Bases Administrativas.
Documentos Técnicos
1.- Remítase al Art.75° de las Bases Administrativas.
 
Documentos Económicos
1.- Remítase al Art.75° de las Bases Administrativas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Remítase a lo indicado en el Art.131° de las Bases Administrativas
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- I18n entry not found: Remítase a lo indicado en el Art.131° de las Bases Administrativas
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Administrativa Remítase al Art.114° de las Bases Administrativas. 10%
2 Oferta Economica Remítase al Art.114° de las Bases Administrativas. 25%
3 Oferta Tecnica Remítase al Art.114° de las Bases Administrativas. 35%
4 Plazo de Ejecución Remítase al Art.114° de las Bases Administrativas. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Municipalidad de Alto Hospicio
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Remítase al Art.48° de las Bases Administrativas.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Gallardo Martínez
e-mail de responsable de pago: pgallardo@maho.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Otras Garantías
Beneficiario: Municipalidad de Alto Hospicio
Fecha de vencimiento: 11-03-2027
Monto: 3 %
Descripción: Remítase al Art.276° y al Art.279° de las Bases Administrativas.
Glosa: Para Garantizar El Buen Funcionamiento de los Trabajos PP N°030/2026 “Adquisición e instalación de contenedores habilitados como bodegas para la Municipalidad de Alto Hospicio” ID Mercado Público 3447-50-LE26
Forma y oportunidad de restitución: Remítase al Art.281° y al Art.282° de las Bases Administrativas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Art. 123º          Ante una igualdad de puntaje en la evaluación final de las ofertas, se aplicará los siguientes criterios de desempate:

ü  1° por Mejor Plazo de Ejecución.

ü  2° por Menor Oferta Económica.

ü  3° por Mejor Oferta Técnica.

ü  4° por Mejor Oferta Administrativa.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Art. 124º          Una vez que la Municipalidad de Alto Hospicio haya resuelto el proceso licitatorio, procederá a notificar a todos los oferentes, a través del portal Mercado Público, la decisión adoptada, mediante la publicación del respectivo acto administrativo debidamente fundado.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Art. 172º          La Municipalidad de Alto Hospicio velará porque el adjudicatario se encuentre al día en el pago de las cotizaciones previsionales y demás obligaciones laborales respecto de su personal, en conformidad con la legislación vigente. Para ello, la Municipalidad podrá requerir en cualquier momento, incluso antes del pago final del contrato, la presentación de certificados de antecedentes laborales y previsionales emitidos por la Dirección del Trabajo o documento equivalente que acredite el cumplimiento de dichas obligaciones. Lo anterior, en virtud de la responsabilidad subsidiaria y/o solidaria que le asiste a la Municipalidad, conforme a la legislación vigente.

Art. 173º          Antes de efectuar cualquier pago derivado del presente contrato, la Municipalidad podrá exigir al adjudicatario que acredite no mantener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales con sus trabajadores actuales o pasados, correspondientes a los últimos dos años. La falta de presentación o la acreditación deficiente podrá motivar la retención del pago hasta que se acompañen los documentos que respalden la regularidad laboral y previsional del contratista.

Art. 174º          El adjudicatario se obliga a dar estricto cumplimiento a la legislación laboral, previsional y de seguridad social vigente, incluyendo las normas del Código del Trabajo y sus reglamentos, durante toda la vigencia del contrato. La Municipalidad podrá verificar dicho cumplimiento en cualquier momento del proceso de ejecución contractual.

Art. 175º          En caso de verificarse incumplimientos laborales o previsionales por parte del adjudicatario, la Municipalidad podrá retener los montos adeudados en virtud del contrato. Dicha medida podrá adoptarse sin necesidad de resolución judicial previa, bastando la constatación formal del incumplimiento por parte de la Unidad Técnica.

Art. 176º          Los montos retenidos conforme al artículo anterior podrán ser utilizados directamente por la Municipalidad de Alto Hospicio para pagar las obligaciones laborales y/o previsionales impagas, ya sea a los trabajadores afectados o a las instituciones previsionales correspondientes. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de las acciones legales y administrativas que puedan ejercerse en contra del adjudicatario o sus representantes, por los perjuicios derivados del incumplimiento.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Art. 105º          Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la MAHO, y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes. En caso de contradicción entre los principios de estricta sujeción a las bases y de no formalización, la autoridad deberá resolver considerando las circunstancias particulares del caso, privilegiando el interés público, la eficiencia del proceso y la finalidad del contrato por sobre un análisis meramente formalista.

Art. 106º          El oferente tendrá 2 (dos) días hábiles para subsanar los errores u omisiones detectados, luego de las 24 horas transcurridas desde que la MAHO notifique a través del Sistema de Información.  Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad a través del foro inverso, pero el oferente no diere respuesta y/o no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esa documentación o podrá ser rechazada de plano y no ser evaluada, si ello procede.

Pacto de integridad

Art. 201º          El adjudicatario, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente contar con un pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.

Art. 202º          Especialmente, el adjudicatario acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1)    El adjudicatario se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

2)    El adjudicatario se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

3)    El adjudicatario se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.

4)    El adjudicatario se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5)    El adjudicatario manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos derivase.

6)    El adjudicatario se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

7)    El adjudicatario se obliga a mantener las cauciones vigentes por el período que caucionan, de lo contrario se considerará un incumplimiento contractual.

8)    El adjudicatario reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9)    El adjudicatario se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

10)  El adjudicatario se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo con lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.