BASES TÉCNICAS
“SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA FUNCIONARIOS DEL NHCV”
- OBJETIVO:
Las presentes Bases Técnicas forman parte para licitación de “SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA FUNCIONARIOS DEL NHCV” para los fines precedentes, el proveedor con que se contrate deberá asegurar y será responsable de cumplir estricta y cabalmente con los requerimientos y especificaciones consagrados en este documento. Permitiendo dar continuidad operacional al Hospital Claudio Vicuña de San Antonio.
- COORDINACIÓN:
La Coordinación entre el Hospital Claudio Vicuña y el oferente adjudicado, será a través de la Contraparte Técnica del contrato, para tal efecto se designa a la jefa Nutrición Clínica o quien la subrogue.
El proveedor deberá estar en constante comunicación con la Contraparte Técnica del contrato, toda información que sea solicitada respecto a la prestación del servicio deberá ser entregada en un periodo inferior a 24 horas, vía correo electrónico. El no cumplimiento de esta indicación será motivo de multa indicada en las bases administrativas.
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A los funcionarios del Hospital Claudio Vicuña se deberá entregar mediante línea de distribución, según sistema de turnos, el servicio de alimentación que debe ser entregado exclusivamente en el Casino de funcionarios.
La cantidad de raciones expresadas en los diferentes horarios de alimentación, según estadística de raciones de la unidad de Alimentación y Nutrición del año 2025, aproximadamente son:
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Promedios día
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Almuerzo
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días
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Lunes a viernes (días hábiles)
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Hasta 800
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248
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Sábado, Domingo y Festivos
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Hasta 220
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117
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Se pagará contra ración servida, lo anterior de acuerdo con lo indicado en el punto 3 de las presentes bases técnicas.
Si se originara un aumento del personal en el horario estipulado, este será cancelado de acuerdo con el valor correspondiente a lo cobrado por ración, lo cual debe ser mencionado por el adjudicatario dentro de su propuesta inicial.
Horario de almuerzo es de 12:00 a 15:30hrs. de lunes a viernes y sábados, Domingos y Festivos de 13:00 a 14:30hrs.
De acuerdo con los aforos actuales y por medidas sanitarias, estas pueden variar de acuerdo con los planes y protocolos indicados por el establecimiento durante el periodo de vigencia del contrato adjudicado, Es de carácter obligatorio cumplir con este protocolo de turno para la utilización del casino.
- ADICIONALES, ESPECIALES, CONEXOS O COMPLEMENTARIOS AL CONTRATO QUE SE GENERE
El Hospital Claudio Vicuña podrá solicitar atención de servicios especiales de catering, tales como, desayunos, cóctel, Coffe break, almuerzos para reuniones de trabajo u otros, con a lo menos 24 horas de anticipación, los que serán canalizados a través de la Contraparte Técnica del contrato. Estos servicios, serán facturados el mismo mes de la prestación del servicio.
La empresa adjudicada, no podrá negarse a brindar estos servicios adicionales, especiales, conexos o complementarios, independiente del día y la hora que sean solicitados. Por tanto, deberá estar preparado y disponer de lo requerido, en la fecha y horario solicitados. Si el adjudicatario no cumple con esta condición, será multado con una falta económica de carácter grave indicado en las bases administrativas.
Además, el Hospital Claudio Vicuña requerirá sin costo adicional, de minutas específicas para funcionarios en ocasiones especiales las cuales serán entregadas con las características mencionadas a continuación el día hábil siguiente al feriado indicado, como:
- Semana Santa
- Dia del trabajador
- Fiestas Patrias
- Día del Aniversario del Hospital
- Navidad
- Año Nuevo
* Las fechas son tentativas, estas serán coordinadas por la Contraparte Técnica del contrato.
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Ocasión especial
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Descripción: Almuerzo
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Viernes Santo
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Sin productos cárneos.
Sólo pescado y mariscos.
Debe incluir una opción vegetariana.
Debe incluir una bebida individual, incluyendo una opción sin azúcar
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Dia del trabajador
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Debe incluir una preparación especial, llamativa y de amplia aceptación por los comensales.
Debe incluir una bebida individual, incluyendo una opción sin azúcar.
Debe incluir un postre como helado o torta.
Debe incluir la opción vegetariana (agregar)
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Fiestas patrias de septiembre
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Debe incluir 1 empanada 300GR y 1 anticucho 250 GR por persona.
Debe ser una preparación típica chilena.
Debe incluir la opción vegetariana
Incluir pan amasado 50GR y pebre 20GR.
Preparaciones y postres mejorados acorde a la fecha, e incluir como 1 de las alternativas, helado (vaso) o mote con huesillo DE AL MENOS 400 GR PREPARADO.
Debe incluir una bebida individual, incluyendo una opción sin azúcar
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Día del aniversario del Hospital - octubre
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Debe incluir 1 trozo de torta por persona.
Plato de fondo mejorado y novedoso de gran aceptación por los comensales.
Debe incluir opción vegetariana
Postres mejorados acorde a la fecha, e incluir como 1 de las alternativas, helado (Vaso).
Debe incluir una bebida individual, incluyendo una opción sin azúcar.
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Víspera de Navidad y Navidad de diciembre
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El plato de fondo debe incluir pollo ganso, lomo vetado o pollo relleno.
Debe incluir 100gr pan de pascua y 200cc cola de mono sin alcohol.
PREPARACIONES Y POSTRES MEJORADOS ACORDE A LA FECHA, e incluir como 1 de las alternativas, helado (vaso) o torta helada.
Debe incluir opción vegetariana.
Debe incluir una bebida individual, incluyendo una opción sin azúcar
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Fin de Año y Año nuevo de diciembre y de enero
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El plato de fondo debe incluir 200gr preparado de Lomo o asiento.
Debe incluir 100gr pan de pascua y 200cc cola de mono sin alcohol.
PREPARACIONES Y POSTRES MEJORADOS ACORDE A LA FECHA, e incluir como 1 de las alternativas, helado (vaso) o torta helada.
Debe incluir opción vegetariana.
Debe incluir una bebida individual, incluyendo una opción sin azúcar
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- ENTREGA DEL SERVICIO
La elaboración de raciones y/o distribución, destinada a los diferentes grupos de usuarios, deberá ejecutarse en el recinto del oferente.
Tanto la elaboración, preparación, transporte, distribución de las raciones y supervisión de personal manipuladores de alimentos, será fiscalizado por al menos 1 nutricionista de tiempo completo mientras se realice el servicio, que será contratada por la empresa adjudicada, lo anterior deberá ceñirse a las Normas y Reglamento Sanitario de los Alimentos, aprobado por el Decreto Supremo N°977, de 1996 del Ministerio de Salud y sus modificaciones, así como las Normas Técnicas de los Servicios de Alimentación y Nutrición del Ministerio de Salud del mes de marzo, de 2005.
Además, el personal manipulador de alimentos deberá contar con certificación correspondiente al cargo.
Las nutricionistas del Hospital Claudio Vicuña y el personal autorizado por la Contraparte Técnica, podrán controlar en cada etapa del proceso de recepción, almacenamiento, elaboración, transporte, distribución, el volumen, peso, presentación, temperatura y textura de las preparaciones. Aquellas preparaciones que no se ajusten a las condiciones exigidas (anteriormente mencionadas) serán rechazadas, correspondiendo al adjudicatario reemplazarlas de inmediato, sin costo adicional para el Hospital Claudio Vicuña. Esto último será considerado una falta grave.
- PARA FUNCIONARIOS
Será responsabilidad del adjudicado, la entrega diaria y oportuna de las raciones, para los funcionarios, las que deberán ser consumidas dentro del Casino, ubicado en el tercer piso del establecimiento.
Los alimentos elaborados deben ser preparados bajo estándares adecuados en cuanto a higiene de los productos utilizados, como durante su proceso de fabricación. Utilizando alimentos en excelentes condiciones, eliminando aquellos que no posean la textura y características organolépticas correspondientes a un producto fresco.
Se deben verificar fechas de caducidad y etiquetar productos ya preparados con su fecha de elaboración.
Los vegetales utilizados deben ser sanitizados.
Tendrá que existir una opción vegetariana a las preparaciones diarias, la cual deberá ser en un número suficiente en cada horario de comida.
Cada plato debe poseer una presentación adecuada y llamativa para el comensal. Las ensaladas deben presentar variedad de acuerdo con la estación del año, y los ingredientes no se repetirán por más de dos días consecutivos.
Las raciones diarias requeridas, deberán ser elaboradas en recintos de la adjudicataria que cuenten con resolución sanitaria y serán distribuidas en el Casino de funcionarios.
En el Casino de funcionarios, las raciones serán entregadas en la línea de distribución, previa presentación del correspondiente ticket emitido automáticamente por el sistema biométrico o facial del Hospital Claudio Vicuña. NO SE PAGARÁN LAS RACIONES QUE NO CUENTEN CON RESPALDO; YA SEA TICKET O REGISTRO MANUAL.
Sin embargo, y en casos justificados, previa autorización de la Contraparte Técnica, se podrá llevar un registro por escrito de los funcionarios que presenten algún problema para obtener su ticket de alimentación mediante el sistema antes señalado. Este registro deberá contener la siguiente información del funcionario: N.º de marcaje, nombre completo, RUT, unidad o servicio donde desarrolla sus funciones y firma. Será responsabilidad del adjudicatario exigir a los funcionarios completar todos los campos del registro con letra legible. Ante la falta de información ahí solicitada, el Hospital Claudio Vicuña no pagará el servicio.
Cada funcionario deberá entregar su ticket y recibir el servicio de alimentación personalmente, por lo tanto, la adjudicataria no entregará el servicio de alimentación, a personas diferentes al funcionario beneficiario del servicio.
Asimismo, el Hospital Claudio Vicuña sólo pagará al adjudicatario los tickets correspondientes al día y al servicio solicitado, no aceptándose aquellos que no correspondan a lo anterior.
Las bandejas de alimentación para funcionarios deberán ser de material de fibra de vidrio u otro material no contaminante, modelo trapezoide y lavables, vajilla blanca y cubiertos desechables debido a la contingencia, o en su defecto de acero inoxidable los cuales deben ser entregados por la empresa adjudicataria.
Los cubiertos deberán ser colocados en bolsas desechables en forma individual para cada funcionario y deberá al menos contener: Un tenedor, un cuchillo y una cuchara sopera, todos desechables o de acero inoxidable, una cuchara de postre, un vaso desechable para jugo y servilletas (mínimo 2 por funcionario).
Las sopas y cremas deberán ser de elaboración propia y no se aceptarán sopas y cremas en su versión deshidratada.
Se deberá disponer de sachet de sal y aceite (oliva y maravilla). La cantidad es a libre demanda por parte del funcionario.
El limón debe ser natural, con una cantidad mínima de ½ unidad por persona y la salsa programada diariamente, deberá considerar 30 gramos por persona.
El transporte y distribución de las raciones deberá hacerse en óptimas condiciones de higiene, tanto de los materiales que se utilizan como de las personas que intervienen en dichas acciones.
Será exclusiva responsabilidad del adjudicatario, vigilar que los funcionarios y personas externas al Hospital Claudio Vicuña que concurran al Casino de funcionarios no retiren comida, vajilla, cubiertos o bandejas desde el comedor. Si esto ocurriera, el Hospital Claudio Vicuña no será responsable de su costo ni reposición.
El recinto, mobiliario y todos los equipos dispuestos en el Casino de funcionarios, tales como, mesas, sillas, microondas, refrigerador u otros, deberán permanecer en óptimas condiciones de aseo, limpieza y desinfección. No se aceptará el uso de vajilla y utensilios en mal estado (bordes deteriorados, trizados, quebrados, oxidados, etc.) Igualmente, la atención del personal de la adjudicataria a cargo de la entrega del servicio deberá ser expedita y cordial para todos los funcionarios, sin hacer distinción de estamento o funciones.
- OBLIGACIONES RESPECTO AL PERSONAL DE LA EMPRESA
El personal de la adjudicataria deberá usar uniforme de acuerdo con su cargo y función. Color claro y limpio. Su presentación deberá ser siempre correcta, deberán mantener su cabello cubierto con una cofia de género o desechable. Deberán, además, llevar en un lugar visible, una placa de identificación con su nombre y cargo, además usar zapatos de seguridad.
Asimismo, el personal de la adjudicataria deberá mantener un trato deferente hacia los funcionarios del Hospital.
El Hospital Claudio Vicuña se reserva el derecho de exigir el cambio de cualquiera de los trabajadores de la empresa adjudicada que desarrolle labores en cumplimiento al contrato que se suscriba cuando existan reclamos reiterados o bien, cuando la intervención de estos últimos entorpezca o dificulte la ejecución del servicio. Al respecto, la Contraparte Técnica del Hospital, comunicará por escrito a la adjudicataria, las razones por las cuales exige el cambio de sus funciones y/o reemplazo de personal, sin que ello le signifique costo alguno al Hospital Claudio Vicuña. Deben mantener una actitud de respeto hacia los pacientes y funcionarios dentro del recinto hospitalario.
Una vez finalizado el servicio, las dependencias del casino no deben ser utilizadas para una actividad diferente para la que fueron contratados.
Existirá un libro de reclamos para que los comensales puedan dar su opinión permanente del servicio ofrecido. Este será revisado por nutricionistas de la contraparte de manera continua.
El Hospital Claudio Vicuña velará por el oportuno pago y cumplimiento de las obligaciones sociales, laborales y contractuales, por parte del adjudicatario hacia sus trabajadores, pero en ningún caso será responsable por las situaciones irregulares que se produzcan entre ellos.
El personal de la adjudicataria no podrá reservar raciones de comida del menú de funcionarios, para ser consumidas a posteriormente sin previa autorización de contraparte técnica.
- MINUTAS
El Hospital Claudio Vicuña solicitará a la adjudicataria, que asuma la confección del set de minuta con el cuál se trabajará. Este debe contener todas las preparaciones que serán entregadas a los funcionarios y ser enviada a contraparte técnica con un máximo de 30 días desde la adjudicación. Cada vez que se realicen cambios en ella, deberán ser informados oportunamente.
Estas deben estar desglosadas en ingredientes, gramajes, frecuencia y aporte de macronutrientes, las cuales deben ser revisadas y aceptadas por la contraparte técnica del hospital.
Además, la minuta debe ser enviada con una semana de anticipación a la semana programada para ser visada por jefe de Central de Alimentación.
De acuerdo con el artículo N°6 inciso quinto, letra C de la Ley N°19.886 señala que, las bases de licitación deberán contemplar las condiciones para la provisión de servicios de alimentación de personas que padezcan enfermedades por intolerancias alimentarias, enfermedad celíaca o alergia alimentaria
- DEL ASEO
Será de cargo y responsabilidad del adjudicatario la limpieza, desinfección y mantención diaria, tales como eliminación de residuos sólidos y aceites, que produzcan rebase de líquidos y malos olores.
Le corresponderá, además, la limpieza de toda otra dependencia que se entregue para su uso exclusivo. Este servicio de limpieza deberá realizarse con estricta sujeción a las normas sanitarias y de higiene vigentes. Para la limpieza deberá utilizar los accesorios y equipamientos acorde a la infraestructura del Hospital Claudio Vicuña, tales como, carros de limpieza, mopas, etc.
Para la eliminación de basura, podrá utilizar el contenedor provisto por el Hospital, siempre y cuando adopte todos los protocolos establecidos por el Hospital para la eliminación de residuos de carácter doméstico. La basura deberá disponerse dentro de los contenedores en bolsas desechables, sin sobrecargar su capacidad.
Será su responsabilidad, mantener aseados los sectores del establecimiento destinados al proceso y distribución de alimentos, o que se encuentren cercanos a éstos, como son: montacargas, cualquier tramo externo o pasillos de circulación, loza exterior de la Unidad Central de Producción de Alimentos, pilares exteriores del casino, murallas, vidrios, etc.
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