Licitación ID: 2511-18-LR22
Serv.Transp. personal brigadas de combate incendio
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL, V región Manejo del Fuego
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 40
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 1  

2
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 2  

3
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 3  

4
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 4  

5
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 5  

6
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 6  

7
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 7  

8
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 8  

9
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 9  

10
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 10  

11
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 11  

12
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 12  

13
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 13  

14
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 14  

15
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 15  

16
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 16  

17
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 17  

18
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 18  

19
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 19  

20
Minibuses 1 Unidad
Cod: 25101501
Servicio de transporte personal brigada forestal diurna 20  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv.Transp. personal brigadas de combate incendio
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere el servicio de Transporte Personal Brigadas de Combate de Incendios Forestales con carro de arrastre, Región de Valparaíso, Periodos de Incendios Forestales 2022-2023 y 2023-2024, con posibilidad de extender al periodo adicional 2024-2025, previa evaluación del comportamiento contractual de los oferentes adjudicados.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORP NACIONAL FORESTAL
Unidad de compra:
V región Manejo del Fuego
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Aeródromo Rodelillo S/N° Interior
Comuna:
Valparaíso
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-10-2022 16:00:00
Fecha de Publicación: 22-09-2022 15:10:24
Fecha inicio de preguntas: 22-09-2022 16:30:00
Fecha final de preguntas: 30-09-2022 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-10-2022 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-10-2022 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-10-2022 16:05:00
Fecha de Adjudicación: 26-10-2022 18:47:25
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Declaraciones Simples. 1.1 Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 1, adjunto a las presentes Bases, donde declare conocer y aceptar en su totalidad el contenido de esta licitación, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular a la mencionada licitación pública y presentar ofertas. 1.2 Además, debe adjuntar a su oferta la nueva Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar que se genera en todas las licitaciones de forma automática y de manera unificada, la cual, debe ser completada por el proveedor y así dar cumplimiento legal a los requisitos exigidos para ofertar a los organismos del Estado, establecido en el Artículo 4 de la Ley 19.886 de Compras Públicas y a otros Marcos Legales. 1.3 Declaración Jurada Simple, Anexo N° 2, “No tener deudas de remuneraciones y/o previsionales con sus trabajadores” firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, en donde indique sus antecedentes. Todos estos anexos deben venir debidamente firmados por el oferente y son de carácter obligatorio, de no ser incluidos, se podrá rechazar la oferta íntegramente en acto de apertura electrónica. No obstante, CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación de carácter administrativo que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los requisitos formales”.
2.- Condiciones de empleo y remuneraciones de los trabajadores: A fin de evaluar este criterio, el proveedor deberá adjuntar una declaración jurada simple, indicando si las remuneraciones de los trabajadores que prestarán directamente el servicio licitado están por sobre el sueldo mínimo legal o corresponde a dicho sueldo mínimo, según sea el caso y qué tipo de contrato tienen (indefinido, a plazo fijo u obra o faena). En el caso que no tenga trabajadores a la fecha de postulación igual debe señalar la remuneración que percibirán sus futuros trabajadores involucrados directamente en la prestación del servicio y qué tipo de contrato suscribirán, mediante una declaración jurada simple. Esta información será considerada en el proceso de evaluación.
3.- Formulario detalle característica vehículo: Anexo N° 3 Los oferentes deberán utilizar el Anexo N° 3 adjunto a las bases, en el cual se deberá detallar, las características del vehículo. Las ofertas que no incluyan este anexo podrán ser declaradas inadmisibles en la etapa de evaluación. Los anexos incluidos en las ofertas deben ser en uno de los siguientes formatos: JPG o PDF y deben venir debidamente firmados.
Documentos Técnicos
1.- Presentación Ofertas El ingreso de la oferta debe ser en forma individual, es decir, por cada línea de producto en el sistema, pudiendo un mismo oferente ofertar por las veintiséis líneas de producto. Se adjudicará por línea de producto a un solo proveedor, por ejemplo, si dos o más proveedores postulan a la línea de producto 1, solo será adjudicado el que obtenga el mayor puntaje en esa línea, no pudiendo ser considerados los demás proveedores que no resulten adjudicados, en las otras líneas de productos, si no postulan en aquellas. CONAF realizará la adjudicación en el orden correlativo de las líneas de productos, de manera tal que, si una línea resulta no adjudicada o inadmisible, se seguirá con la línea de productos que venga inmediatamente a continuación, es decir, partiendo por la línea de productos 1 hasta culminar con la 20. Pudiera darse el caso que un proveedor oferte a las veintiséis líneas de productos por separado y ser adjudicado en todas ellas, para lo cual debería contar con 20 vehículos distintos. CONAF se reserva el derecho de contratar total o parcialmente los vehículos ofertados de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria y necesidades del servicio, en razón de la cantidad de brigadas que entrarán en operación en el periodo de ocurrencia 2022/2023 y 2023/2024, de igual manera, para el periodo 2024/2025, si es que se decide extenderlo. Por lo tanto, es aconsejable que Ud. postule con su (s) vehículo (s) en todas las líneas de productos para que tenga mayor oportunidad de ser adjudicado.
 
Documentos Económicos
1.- Precio: Las ofertas deben indicar el precio neto del servicio mensual, para el periodo 2022/2023 y cuyo costo debe considerar los gastos de mantención y reparación, los cuales serán de responsabilidad del proveedor adjudicado. Asimismo, el precio del servicio debe incluir todos los costos asociados a las remuneraciones del o los conductores del móvil y cualquier costo asociado a la prestación del servicio, excluyendo el combustible. Se debe adjuntar anexo indicando porcentaje de reajuste de precio (expresado en % y no según IPC) para el periodo 2023/2024. De no indicar se asumirá que el precio ofertado no sufrirá modificación respecto del periodo 2022/2023. Además, debe indicar porcentaje de reajuste para el periodo 2024/2025, si es que se decide extenderlo. De no indicarlo se asumirá el precio ofertado del periodo 2022/2023 o 2023/2024, según corresponda.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento requisitos formales Se evaluará de la siguiente forma: Acompaña a la oferta toda la documentación solicitada en las bases, en los plazos establecidos. 100 puntos Presenta documentación fuera del plazo establecido en las bases mediante los canales establecidos para ello. 50 puntos 5%
2 Condiciones empleo y remuneraciones de trabajadore Se evaluará de la siguiente forma: a.- Remuneraciones de sus trabajadores: 5% Sueldo sobre el mínimo legal de todos los trabajadores que prestarán el servicio. 100 puntos Sueldo mínimo legal de uno o más trabajadores que prestarán el servicio. 40 puntos No presenta declaración jurada 0 puntos b.-Tipo de contrato que tienen (indefinido y/o plazo fijo u obra o faena) 5% Contrato indefinido de todos los trabajadores. 100 puntos Contrato a plazo fijo u obra o faena de uno o más trabajadores. 40 puntos No presenta declaración jurada 0 puntos 10%
3 Características técnicas del vehículo Se evaluará de la siguiente forma: Año de fabricación 15% Año 2020 o superior 100 puntos Año 2018 - 2019 80 puntos Año 2016 - 2017 40 puntos Menor al año 2016 20 puntos Capacidad de pasajeros 25% Mayor a 15 pasajeros 100 puntos Entre 13 y 15 pasajeros 50 puntos Entre 12 y 11 0 puntos 40%
4 Reajuste de precio Para evaluar este criterio, se sumará el % de reajuste ofertado para el periodo 2023/2024 y 2024/2025. Sin reajuste o no indica 100 puntos Mayor a 0 e igual a 8% 50 puntos Mayor a 8% 20 puntos 15%
5 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Corporación Nacional Forestal
Monto Total Estimado: 1312000000
Justificación del monto estimado Se considera un monto total neto de 1.312.000.000.-, para el periodo total del contrato. Este monto es solo de carácter referencial y no implica compromiso alguno por parte de CONAF.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Luisa Morales Lobos
e-mail de responsable de pago: luisa.morales@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato: Juan Atienza Hormazabal
e-mail de responsable de contrato: juan.atienz@conaf.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2613718-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: CORPORACION NACIONAL FORESTAL
Fecha de vencimiento: 24-11-2022
Monto: 700000 Peso Chileno
Descripción: El postulante deberá garantizar la seriedad de la oferta, con una garantía pagadera a la vista de cualquiera de los siguientes instrumentos: Vale Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguro, Certificado de Fianza PYME, Suma de 2 o más instrumentos, y tener carácter de irrevocable y a nombre de la: "Corporación Nacional Forestal, Rut. 61.313.000-4 por un monto equivalente a $700.000.- (setecientos mil pesos). Cabe precisar que debe garantizarse cada una de las ofertas que se suben al portal, mediante la entrega de una garantía, es decir, que si un oferente realiza por ejemplo 3 ofertas, debe enviar 3 documentos de garantía. La garantía se entregará presencialmente o vía servicios de correo, solo en días hábiles de Lunes a Viernes entre las 09:00 a 14:00 horas, en la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en 3 Norte 555 Viña del Mar y con anterioridad al cierre de la licitación, se dirigirá en sobre cerrado a la Jefa Departamento Finanzas y Administración CONAF Región Valparaíso, con el rótulo: “Contiene Garantía de Seriedad de la Oferta Licitación “SERVICIO DE TRANSPORTE PERSONAL BRIGADAS FORESTALES” , cualquiera sea la forma de entrega, debe ser recibida en CONAF, en días hábiles, hasta las 14:00 horas, y hasta la fecha de cierre de la licitación como máximo. El hecho que el envío por correos llegue a su destino y dentro del plazo es de exclusiva responsabilidad de los oferentes. En caso de que el documento de garantía corresponda a una Póliza de Seguro o Certificado de Fianza con firma electrónica, ésta podrá ser incorporada en la oferta o enviada a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl, con copia a ana.pinto@conaf.cl, fecha anterior al cierre de la licitación Las ofertas que no presenten esta garantía serán rechazadas en acto de apertura.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación Pública para el Servicio de transporte personal brigadas forestales, Departamento Protección Contra Incendios Forestales.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será restituida, en el caso del proveedor adjudicado una vez firmado el respectivo contrato. En el caso de los proveedores no adjudicados será restituida dentro del plazo de 10 días hábiles, contados de la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación de la licitación, en oficina de partes ubicada en calle 3 Norte N° 541, comuna de Viña del Mar, solo en días hábiles de lunes a viernes, en horario de 09:00 a 14:00 horas, la entrega deberá coordinarse previamente al correo electrónico ana.pinto@conaf.cl En caso en que el proveedor adjudicado no suscriba el contrato, o bien se desistiere por cualquier motivo, CONAF hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACION NACIONAL FORESTAL
Fecha de vencimiento: 31-01-2025
Monto: 7 %
Descripción: El postulante que resulte adjudicado deberá entregar a CONAF la correspondiente garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato consistente en un Vale Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguro, Certificado de Fianza PYME, Suma de 2 o más instrumentos; de carácter irrevocable, a nombre de la Corporación Nacional Forestal, Rut 61.313.000-4, por un monto total equivalente al 7% (con impuesto incluido) del monto total adjudicado al oferente. El documento se deberá entregar dentro de los primeros 5 días hábiles siguientes a la adjudicación, en Oficina de Partes CONAF, ubicada en 3 Norte 555 Viña del Mar, en sobre cerrado dirigido a la JEFA DEPARTAMENTO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, indicando la leyenda “Contiene garantía de fiel cumplimiento licitación “Servicio de transporte personal brigadas forestales”. La entrega podrá realizarse solo en días hábiles de lunes a viernes, entre las 09:00 y 14:00 horas, días hábiles, previa coordinación al correo juan.atienza@conaf.cl o ana.pinto@conaf.cl
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, de la licitación pública para el convenio de suministro de transporte personal brigadas forestales del Departamento Protección Contra Incendios Forestales.
Forma y oportunidad de restitución: El postulante que resulte adjudicado deberá entregar a CONAF la correspondiente garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato consistente en un Vale Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguro, Certificado de Fianza PYME, Suma de 2 o más instrumentos; de carácter irrevocable, a nombre de la Corporación Nacional Forestal, Rut 61.313.000-4, por un monto total equivalente al 7% (con impuesto incluido) del monto total adjudicado al oferente. El documento se deberá entregar dentro de los primeros 5 días hábiles siguientes a la adjudicación, en Oficina de Partes CONAF, ubicada en 3 Norte 555 Viña del Mar, en sobre cerrado dirigido a la JEFA DEPARTAMENTO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, indicando la leyenda “Contiene garantía de fiel cumplimiento licitación “Servicio de transporte personal brigadas forestales”. La entrega podrá realizarse solo en días hábiles de lunes a viernes, entre las 09:00 y 14:00 horas, días hábiles, previa coordinación al correo juan.atienza@conaf.cl o ana.pinto@conaf.cl
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En los casos en que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF tendrá derecho a readjudicar la adquisición de los servicios licitados, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso.
Descripción

Se requiere el servicio de Transporte Personal Brigadas de Combate de Incendios Forestales (con carro de arrastre), Región de Valparaíso, Periodos de Incendios Forestales 2022/2023 y 2023/2024, con posibilidad de extender al periodo adicional (2024/2025), previa evaluación del comportamiento contractual de los oferentes adjudicados.

El periodo en que se requiere el servicio aproximadamente va desde del mes de agosto, septiembre, octubre o noviembre de un año, hasta el mes de abril, mayo o junio del año siguiente. Estos periodos son referenciales, pudiendo la Corporación modificar tanto el inicio como el término de cada uno.

Línea de producto N°

Servicio

Detalle da unidad de medida

1

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

2

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

3

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

4

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

5

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

6

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

7

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

8

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

9

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

10

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

11

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

12

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

13

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

14

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

15

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

16

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

17

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

18

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

19

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1

20

Servicio de transporte personal brigada forestal diurna

1



Criterios de Evaluación

CRITERIOS

PONDERACIÓN (%)

EVALUACIÓN

Precio servicio de transporte personal brigadas forestales  diurnas

30%

Valor mínimo x 100 / Valor ofertado

Características técnicas del vehículo

40%

Se evaluará de la siguiente forma:

Año de fabricación 15%

Año 2020 o superior

100 puntos

Año 2018 - 2019

80 puntos

Año 2016 - 2017

40 puntos

Menor al año 2016

20 puntos

Capacidad de pasajeros 25%

Mayor a 15 pasajeros

100 puntos

Entre 13 y 15 pasajeros

50 puntos

Entre 12 y 11

0 puntos

Reajuste de precio

15%

Para evaluar este criterio, se sumará el % de reajuste ofertado para el periodo 2023/2024 y 2024/2025.

                             

Sin reajuste o no indica

100 puntos

Mayor a 0 e igual a 8%

50 puntos

Mayor a 8%

20 puntos

Cumplimiento de los requisitos formales de presentación de ofertas

5%

Se evaluará de la siguiente forma:

Acompaña a la oferta toda la documentación solicitada en las bases, en los plazos establecidos.

100 puntos

Presenta documentación fuera del plazo establecido en las bases mediante los canales establecidos para ello.

50 puntos

Condiciones de empleo y remuneraciones de los trabajadores

10%

Se evaluará de la siguiente forma:

a.- Remuneraciones de sus trabajadores: 5%

Sueldo sobre el mínimo legal de todos los trabajadores que prestarán el servicio.

100 puntos

Sueldo mínimo legal de uno o más trabajadores que prestarán el servicio.

40 puntos

No presenta declaración jurada

0 puntos

b.-Tipo de contrato que tienen (indefinido y/o plazo fijo u obra o faena) 5%

Contrato indefinido de todos los trabajadores.

100 puntos

Contrato a plazo fijo u obra o faena de uno o más trabajadores.

40 puntos

No presenta declaración jurada

0 puntos

Montos y duración del contrato

Monto Referencial:         Se considera un monto total neto de $1.312.000.000.-, para el periodo total del contrato. Este monto es solo de carácter referencial y no implica compromiso alguno por parte de CONAF.

Para el periodo de incendios forestales 2022/2023 se considera un precio neto mensual máximo de $3.200.000.- por vehículo, de acuerdo con el presupuesto disponible.  Este monto considera el valor del servicio, que debe incluir entre otros, sueldo conductor titular y reemplazos, leyes sociales de estos, trabajos extraordinarios, si los hubiera, mantención de vehículos, seguros (vehículo y seguro de asiento) y otros gastos que se originen por la prestación del servicio, la Corporación solo pagará el valor del servicio más el combustible y los peajes.

Para el periodo de incendios forestales 2023/2024, se considera un precio neto mensual máximo de $3.360.000.- por vehículo y para el periodo 2024/2025 si se decide extender el contrato, el precio máximo a pagar será la suma de $3.528.000.- por vehículo.

Todos los valores indicados anteriormente, corresponden al valor mensual arrendado por vehículo.

Las ofertas que superen los valores máximos señalados precedentemente podrán declararse inadmisibles en la etapa de evaluación.                                                          

Duración de Contrato:              24 meses

Prohibición de Subcontratación: No

Registro de apertura de las ofertas
La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo con las fechas establecidas en el sistema.
 La sola presentación de la oferta importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
Adjudicación

Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases.

La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

Previo al inicio del servicio, fecha que será informada por CONAF, mediante correo electrónico, se realizará a cada vehículo, una revisión mecánica completa, en el taller mecánico que CONAF señale. La revisión será de cargo del contratista y será detallada mediante certificado emitido por el taller. Dicho certificado sólo tendrá por objeto acreditar el cumplimiento de las exigencias mecánicas establecidas en las bases de licitación. Se exceptúan de esta revisión los vehículos cero kilómetros (se entenderá como vehículo cero kilómetros aquel que sea del año y no tenga más de 1.000.- kilómetros de recorrido).

La revisión señalada precedentemente, tendrá igualmente que realizarse al inicio del periodo de incendios forestales 2023/2024 y periodo 2024/2025, en caso de que se decida prorrogar, en las mismas condiciones señaladas precedentemente.

El contratista podrá reemplazar el vehículo que no cumpla las exigencias mecánicas o subsanar los defectos que se hubieren observado, y en tal caso, se efectuará una nueva revisión mecánica.

La Corporación se reserva el derecho de rechazar aquel vehículo que, habiendo sido adjudicado, no cumpla a su juicio en forma satisfactoria, con los requerimientos mecánicos, técnicos o de implementación y equipamiento, según lo exigido en estas bases, situación en la cual el proveedor deberá cambiar y reponer el vehículo de acuerdo con los requerimientos de estas bases, para lo cual tendrá el plazo de 5 días corridos. Si no lo hiciere, CONAF queda facultada para poner término anticipado al contrato por incumplimiento y con ello al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

El contratista, deberá poner él o los vehículos adjudicados a disposición de la Corporación, 24 horas antes de la fecha de inicio del servicio, la cual será informada por CONAF, en las dependencias del Departamento de Protección Contra los Incendios Forestales (CONAF) ubicadas en Aeródromo Rodelillo S/N, Ruta 66, kilómetro 6, Valparaíso. Los gastos en que pueda incurrir por este concepto el contratista serán de su costo.

Los vehículos deberán ser entregados con el estanque de combustible lleno, de la misma forma la Corporación lo entregará al término del contrato.




Plazo de adjudicación
Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse éste mediante Resolución fundada, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
Metodología de desempate
En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, será el factor precio (Valor de la oferta) el que determine la adjudicación, si aún se mantiene el empate, será el factor capacidad técnica del vehículo el que dirima la adjudicación, si se mantiene el empate será el factor año de fabricación, seguidamente el factor reajuste de precio.
 Si aún persiste el empate será la primera oferta ingresada al portal la que determine la adjudicación.
Aplazamiento del cierre de la licitación
En caso de no existir ofertas un día antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
Recepción de antecedentes
Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos, administrativos ni económicos, a menos que sean solicitados por CONAF, mediante el foro inverso.
Consultas a la adjudicación
Las consultas referentes a la adjudicación, podrán hacerse hasta 2 días hábiles posteriores a la adjudicación, al correo electrónico ana.pinto@conaf.cl
Cláusula de confidencialidad
El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar hacer publica cualquier información obtenida y/o entregada
Comisión evaluadora
La comisión estará constituida por la jefa del Departamento de Finanzas y Administración, o quien designe, el jefe del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales o quien designe, Asistente de la Unidad de Finanzas y Administración del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales o quien designe, y como ministro de Fe la jefa de la Unidad Jurídica o a quien lo designe.
Orden de compra
Una vez adjudicada la licitación pública y firmada el contrato con el proveedor adjudicado, se procederá al envío de la respectiva orden de compra en forma mensual, y conformidad del servicio por parte de CONAF.
Cambio o sustitución
Será responsabilidad del proveedor, el cambio o sustitución dentro de un plazo máximo de 24 horas del vehículo adjudicado, cuando éste no estuviese en condiciones de prestar el servicio bajo cualquier circunstancia, ya que sea causa directa del proveedor y/o ajena a éste. De igual forma y previo acuerdo de las partes, se podrá cambiar el vehículo ofertado mediante una cláusula anexa al contrato original, si las circunstancias así lo requieren, el que deberá cumplir a lo menos las mismas condiciones que el vehículo original.
Modificación de bases
De ser necesario podrán modificarse las presentes bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución Fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
Del contrato

El contrato será elaborado por la Unidad Jurídica de la Corporación y deberá estar disponible para ser suscrito en el plazo de 15 días hábiles contados desde la fecha de adjudicación. El contrato será publicado en la respectiva licitación del portal de compras.

Para suscribir el contrato el adjudicatario debe estar inscrito en el Registro de Proveedores.

En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar un nuevo proceso de contratación, declarando inadmisible la oferta y desierto el proceso.

 

Antes de suscribir el contrato, el contratista deberá acreditar en qué condición de tenencia dispone del vehículo (propio, arrendado, en comodato, leasing u otro), esta acreditación deberá ser a través de un documento original con Firma Electrónica Avanzada o copia autorizada ante notario, en caso de que la tenencia sea distinta a propio, de ser propio se acredita a través del padrón del vehículo. 

El contrato tendrá una duración de dos periodos de incendios forestales (se entenderá por periodo de incendio forestal el que inicia desde agosto, septiembre, octubre o noviembre de cada año y concluye en abril, mayo o junio del año siguiente). El periodo 2022/2023 comienza en agosto, septiembre u octubre de 2022 para terminar en abril, mayo o junio de 2023, los vehículos iniciarán la prestación del servicio en el mes de agosto, septiembre u octubre en forma escalonada, de acuerdo con los requerimientos de CONAF. Por lo tanto, los periodos adjudicados se podrán extender en un rango entre 5 y 10 meses. Lo mismo para el periodo 2023/2024.

La Corporación podrá extender en un periodo adicional (2024/2025), previa evaluación del comportamiento contractual de los oferentes adjudicados, según se señala en la cláusulaDe la evaluación del comportamiento contractual”.

A las Brigadas con mayor cantidad de meses de operación serán asignados los vehículos que obtengan mayor puntaje al momento de la adjudicación, para lo cual se confeccionará una tabla donde se señale el puntaje de cada vehículo (ranking de puntajes), asignándose el servicio por mayor cantidad de meses al puntaje más alto y así sucesivamente. El mismo criterio se usará para la desmovilización de los vehículos adjudicados.

En caso de empate al confeccionar el ranking de puntajes, se procederá de la misma manera señalada en “Metodología de desempate “.

En caso de ser necesaria una readjudicación, se modificará este ranking de puntajes, de manera tal que siempre primarán los mayores puntajes en la tabla, es decir, los puntajes más altos se ubicarán en los primeros lugares de dicha tabla y los menores al final de esta.

Por cualquier causa, tales como, condiciones climáticas, disponibilidad presupuestaria u otra, CONAF podrá unilateralmente adelantar o retrasar la fecha de inicio o término de la prestación del servicio o el inicio o término del periodo de incendios forestales 2022/2023, previa comunicación por correo electrónico enviado al contratista, sin que éste tenga derecho a indemnización alguna por causa del término anticipado del servicio. Este aviso deberá darse con una anticipación de a lo menos 7 días corridos, en ambos casos.


Del cálculo de la garantía de fiel cumplimiento de contrato
Para el efecto del cálculo de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, se entenderá que la prestación de servicio se llevará a cabo por un tiempo máximo de 10 meses, por cada periodo de ocurrencia. Por lo tanto, el precio unitario con impuesto incluido adjudicado del servicio se multiplicará por 10 meses para el periodo 2022/2023 más 10 meses para el periodo de 2023/2024, en total son 20 meses, calculando de este monto el 7% para la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Este cálculo se realizará por cada vehículo adjudicado. En el caso del periodo 2024/2025, si se decide prorrogarlo, el monto de la garantía se calculará por un tiempo máximo de 10 meses. En este caso, la garantía deberá ser entregada un mes antes del vencimiento de la garantía entregada con motivo del contrato suscrito para el periodo 2022/2023 y 2023/2024.
Término anticipado del contrato

Se pondrá término anticipado al contrato por las siguientes causales, las que no son taxativas:

a)     Cualquier incumplimiento de contrato facultará a CONAF para ponerle término unilateral y anticipadamente.

b)   El no pago de las multas en el plazo estipulado en las presentes bases de licitación.

c)   No facilitar, cuando CONAF así lo solicite, documentos fotocopiados u originales de las imposiciones y comprobante de pago de remuneraciones de la totalidad del personal dependiente del oferente y en general cualquier incumplimiento relativo a la ley N°20.123 sobre subcontratación.

d)    Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.

e) No cumplir con las observaciones registradas en los formularios: “Inspección de cumplimiento de la empresa contratista”, de conformidad a lo estipulado en la cláusula “De la Ley de Subcontratación” y “Lista de chequeo móviles de Brigada”, de conformidad a lo establecido en la cláusula “De las inspecciones”.

f)    En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.

g)   Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.

h)   Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato y la ley N°19.886.

i)    El proveedor debe mantenerse en estado hábil en el portal Chileproveedores durante todo el periodo del contrato.

j)    Mutuo acuerdo de las partes.

k)   Incumplimiento de lo señalado en el contrato y en las respectivas bases de licitación.

l) Será causal de término anticipado por incumplimiento de las obligaciones del contrato, no atender lo dispuesto en las cláusulas “Continuidad del servicio”; “Mantenciones y reparaciones de los vehículos” y “De los permisos”.

En estos casos, el pago del servicio se efectuará por la Corporación, contra la presentación de la factura respectiva y demás requisitos exigidos en el apartado “Modalidad de Pago del Contrato” de estas bases, la que será proporcional al número de días transcurridos, hasta la fecha de término anticipado.

Se entenderá para todos efectos legales que los incumplimientos señalados precedentemente, constituyen incumplimiento a las obligaciones que impone el contrato y la Corporación quedará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales que estime pertinentes.

Modalidad de pago del contrato

El pago del servicio se efectuará por periodos mensuales vencidos, previo envío de la orden de compra al proveedor, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de aceptación de la factura electrónica respectiva. La factura será aceptada por CONAF previo envío de parte del contratista del Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva (F-30), vía correo electrónico. De no presentar la documentación señalada precedentemente la factura será rechazada.

Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato.

CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. En caso de que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación.

Esta acreditación deberá enviarse a CONAF mensualmente para los efectos de aceptación de la factura electrónica y pago mensual al transportista, acreditación que será condición para proceder a la aceptación de la factura por parte de CONAF, la que una vez contabilizada quedará a disposición de la Tesorería General de la República para pago.

Asimismo, deberá facturar el consumo variable mensual del combustible, enviando previamente un detalle del combustible consumido del mes anterior, detalle que debe ser respaldado por los cupones que entrega el sistema informático de la empresa donde obtuvo el cupón electrónico, además, del resumen mensual por patente que entrega este mismo sistema.

Fuera de los periodos de incendios forestales, CONAF no tendrá la obligación de efectuar pago alguno al contratista, dado que este tendrá a su libre disposición el vehículo.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
De la Ley de Subcontratación (Ley 20.123)

Los contratistas y sus conductores están sujetos a la ley de subcontratación, CONAF como empresa principal tiene la obligación de hacer cumplir dicha ley en su relación con los contratistas del servicio de transporte de personal, razón por lo cual se adjunta una lista de chequeo que los contratistas deben cumplir Anexo N° 5.

El contratista deberá proveer para cada uno de sus choferes (titular y remplazos) de los siguientes elementos de protección personal considerados como indispensables: gorro legionario o con cubre nuca, chaqueta tipo geólogo, color azul, con huincha reflectante, jeans o pantalón cargo, zapato de seguridad media caña (No zapatilla), bloqueador solar factor 50+, guantes de cabritilla o similar y antiparras o lente de protección UV todo lo anterior debidamente registrado, en documento verificador entregado a contra firma del trabajador.

Adicionalmente, el proveedor deberá proporcionar como mínimo a cada uno de sus choferes, de los siguientes elementos de protección contra el Coronavirus: mascarillas reutilizables, guantes, alcohol gel, cortinas separadoras de ambientes anti-contagios para vehículos y deberá proporcionar los elementos para sanitización del vehículo como mínimo una vez al día. Lo anterior regirá mientras la autoridad sanitaria no dé por superada la pandemia.

Al inicio del contrato, así como periódicamente CONAF revisará los ítems relacionados a la ley de subcontratación, que se señalan en el documento anexo N° 4 “Inspección de cumplimiento de empresa contratista “

Si revisados los antecedentes señalados en el anexo N° 4 “Inspección de cumplimiento de empresa contratista “, se registraran incumplimientos, la Corporación otorgará, a través de una comunicación a través de correo electrónico, indicado en la oferta, un plazo prudencial al contratista para regularizar dichos incumplimientos.

Vencido el plazo, no evidenciándose la corrección a las faltas registradas, la Corporación podrá cursar una multa de 1 Unidad de Fomento (UF) por cada incumplimiento (el valor de la UF será la de la fecha en que se aplique la multa), la que será comunicada a través de correo electrónico indicado en la oferta.

El contratista tendrá un plazo de 72 horas para hacer los descargos respectivos al correo del Sr. director regional, casilla de correo luis.correa@conaf.cl

Una vez transcurrido el plazo para realizar los descargos, la Corporación emitirá una resolución, respecto de la aplicación o no de la multa.

Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.

Si procediere la aplicación de la multa, esta será descontada de la facturación del servicio respectivo.

Cursada la multa a que se refiere el párrafo anterior, se otorgará un nuevo plazo de 5 días corridos para corregir las observaciones levantadas. En caso de que no se verifique la corrección solicitada vencido el plazo, CONAF estará facultada para poner término anticipado al contrato por incumplimiento de las obligaciones del mismo y cobrar la garantía de fiel cumplimiento.

Lo anterior será comunicado al contratista mediante carta certificada, a la dirección indicada en el contrato.

El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios” y al artículo 76° del Reglamento de Compras Públicas de la Ley 19.886. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresa Contratistas y Subcontratistas de la Corporación de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato. Para ilustración del oferente, se señalan a continuación los documentos que deberá obligatoriamente exhibir o entregar a CONAF en la fecha que se lo solicite (al inicio del servicio y durante su ejecución), si es que corresponde, y dependiendo del caso:

1.  Listado del personal que va a realizar el trabajo subcontratado.

2. Contratos de Trabajo del personal que va a participar en el trabajo a ejecutar bajo subcontratación.

3. Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.

4. Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).

5. Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.

6. Reglamento para Empresas Contratistas.

7. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).

8. F-31 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la 1. Dirección del Trabajo).

9. Certificado de Afiliación a Organismo Administrador ley.

10. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.

11. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.

Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.

De los vehículos

Uso de los vehículos

Los vehículos serán utilizados dentro de la Región de Valparaíso, pudiendo trasladarse a cualquier punto del país, si las circunstancias así lo requieren.

Durante el periodo de prestación del servicio, los vehículos deberán permanecer a disposición para CONAF las 24 horas de cada día de la semana, considerando inclusive los sábados, domingos y festivos.

El servicio deberá prestarse en el mismo horario y turnos de la Brigada, en ciclos de trabajo de 10 días seguidos por 4 días de descanso continuo u otros ciclos de trabajo, según determine CONAF en el periodo de incendios forestales 2022/2023 y 2023/2024, y para el periodo 2024/2025, si se decide extender el servicio.

En casos excepcionales, que exista declaración de alerta roja, atendida la emergencia provocada por el incendio forestal, el servicio podrá extenderse más allá de lo indicado anteriormente.

Para el cumplimiento del servicio en los términos y condiciones señalados anteriormente, el contratista deberá proveer de conductores, ya sean estos, titulares o reemplazo, cumpliendo siempre con la normativa laboral vigente. CONAF supervisará el cumplimiento adecuado de las normas señaladas.

Cada vehículo se contratará con conductor y sin tope de kilometraje.

Durante el periodo de prestación del servicio, CONAF se reserva el derecho de rotar los vehículos dentro de las brigadas de la región.

En la cabina de cada vehículo, CONAF podrá instalar por su cuenta durante el periodo de prestación del servicio, un equipo de radiocomunicaciones, además, de la respectiva antena en el techo del vehículo y, un sistema de GPS.

En la parte externa de la cabina y carrocería, CONAF instalará letreros de identificación de la brigada y letreros preventivos o que señalen, la condición de emergencia del vehículo que presta el servicio, además, se podrá poner logos autoadhesivos propios de la Corporación.

De la Continuidad del Servicio.

La continuidad del servicio es una obligación esencial del contratista, atendido la naturaleza de la función de combate de incendios forestales que cumple CONAF, a través de las brigadas forestales.

En razón a lo expresado precedentemente, el servicio deberá ser prestado de manera continua, de acuerdo con los requerimientos efectuados por CONAF en cada caso. Por lo tanto, si el vehículo se encuentra inoperativo por cualquier motivo, o el conductor, no pudiese trabajar por haber cumplido su jornada de trabajo, encontrarse con licencia médica, o por cualquier otra razón, no será causal para no prestar el servicio.

CONAF exigirá la prestación del servicio en los términos establecidos en las bases, pudiendo cobrar multas de 1 Unidad de Fomento (UF) por cada día en que el transporte de personal no se haya efectuado (el valor de la UF será la de la fecha en que se aplique la multa). Adicionalmente. CONAF descontará del contrato el valor proporcional correspondiente al periodo (días o medios días) no trabajados.

Para proceder a cursar una multa por inasistencia del conductor, el móvil debe declararse inoperativo y esperar un plazo de una hora, si no se presenta un conductor dentro de ese plazo, se informará mediante correo electrónico al contratista la aplicación de la multa.

El proveedor, tendrá un plazo de 24 horas, desde la recepción del correo indicado precedentemente para realizar los descargos pertinentes.

Una vez transcurrido el plazo para realizar los descargos, la Corporación emitirá una resolución, respecto de la aplicación o no de la multa.

Si respecto a un mismo móvil la situación (inasistencia del conductor) se repite más de dos veces en un mismo mes, CONAF estará facultada para poner término anticipado al contrato por incumplimiento de las obligaciones de este y cobrar la garantía de fiel cumplimiento.

Lo anterior será comunicado al contratista mediante correo electrónico.

De las inspecciones.

Se inspeccionará por parte de funcionarios de la Corporación, la forma de conducir de cada chofer. Además, se revisarán las condiciones que presente el vehículo según contrato, a través de observaciones o inspecciones de acuerdo con lo establecido en el Programa del Plan de Seguridad e Higiene Ocupacional de la Gerencia de Protección contra Incendios Forestales, cuyo responsable será el Encargado de Seguridad del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales.

Se adjunta el Anexo N° 5 “Lista de chequeo móviles de Brigada”, el que será utilizado en las inspecciones que se efectuarán periódicamente.

Al inicio del contrato, así como periódicamente CONAF revisará los ítems, que se señalan en el documento anexo N° 5 “Lista de chequeo móviles de Brigada “.

Si revisados los antecedentes señalados en el Anexo N° 5 “Lista de chequeo móviles de Brigada “se registraran incumplimientos, la Corporación otorgará, a través de correo electrónico, un plazo prudencial al contratista para regularizar dichos incumplimientos. Vencido el plazo, no evidenciándose la corrección a las faltas registradas, la Corporación podrá cursar una multa de 1 Unidad de Fomento (UF) por cada incumplimiento (el valor de la UF será la de la fecha en que se aplique la multa). 

Cursada la multa a que se refiere el párrafo anterior, se otorgará un nuevo plazo de 5 días corridos para corregir las observaciones levantadas.

En caso de que no se verifique la corrección solicitada vencido el plazo, CONAF estará facultada para poner término anticipado al contrato por incumplimiento de las obligaciones de este y cobrar la garantía de fiel cumplimiento.

Lo anterior será comunicado al contratista mediante carta certificada, a la dirección indicada en el contrato.

De la evaluación del comportamiento contractual

Una vez finalizado el periodo de incendios forestales 2023/2024, el Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, a través de su sección Control de Incendios Forestales, realizará una evaluación del comportamiento contractual de cada contratista (por cada vehículo que tenga contratado), con el objeto de analizar el cumplimiento del proveedor tanto en la prestación de los servicios como en las demás obligaciones establecidas en estas bases de licitación, de lo que dependerá la extensión del contrato para el periodo 2024/2025.

Se entenderá que la evaluación del comportamiento contractual ha sido satisfactoria y, por lo tanto, podría extenderse el contrato para el periodo de ocurrencia de incendios forestales 2024/2025, cuando el puntaje promedio final obtenido en la evaluación, sea igual o superior a 75 puntos.

Los ítems de la evaluación y su ponderación se detallan en anexo N° 6 que se adjunta. El puntaje final obtenido en esta evaluación será el resultado del promedio de los puntajes alcanzados en cada ítem.

Mantenciones, reparaciones y reemplazo de los vehículos.

Cualquier desperfecto del vehículo por el cual éste resulte fuera de servicio (no operativo), deberá ser reparado por el contratista en el tiempo indicado en la cláusula “de los permisos” (párrafo segundo) de las presentes bases. La reparación debe llevarse a cabo preferentemente dentro de la comuna donde esté ubicada la base de Brigada a la que el vehículo fue asignado.

Las mantenciones y reparaciones del vehículo, así como también algún daño que sufra o cause el vehículo, serán de costo del contratista.

Para efecto de las mantenciones el proveedor contara con un plazo de dos medios días mensuales por vehículo y en el caso de las reparaciones el proveedor contara con un plazo de dos días.

En caso de accidente será obligación del contratista gestionar los trámites ante la Compañía de Seguros que corresponda, si la reparación del daño supera el tiempo establecido en la cláusula “De los permisos “, párrafo segundo, deberá proveer un vehículo de reemplazo de similares características del vehículo accidentado.

Si la mantención requiriese de un tiempo superior al establecido o la reparación requiriese un plazo superior a dos días, el contratista deberá reemplazar por su cuenta el vehículo, por otro, de similares características y, en lo posible con el mismo conductor. En caso del cambio de conductor por este motivo, el contratista deberá cumplir con las mismas exigencias laborales y previsionales exigidas para conductores titulares en las presentes bases, esto significa, que deberá existir una relación laboral formal, lo que será inspeccionado por CONAF. El reemplazo deberá realizarse a más tardar al momento de cumplir el plazo establecido de dos días para la reparación o mantención, según lo señala en la cláusula “de los permisos”, (párrafo segundo) de las presentes bases.

En el caso que el contratista no cumpla con esta exigencia, CONAF podrá poner término anticipado al contrato por incumplimiento de las obligaciones de prestación del servicio, y cobrar la garantía de fiel cumplimiento. 

CONAF descontará del servicio el valor proporcional correspondiente al número de días no trabajados que superen el tiempo permitido para la mantención o reparación del vehículo, en caso de que no se reemplace el vehículo.

Seguros

Aceptado el vehículo por CONAF, una vez que la revisión mecánica sea satisfactoria, el contratista deberá contratar a su costo, para cada vehículo que preste servicio a CONAF, los seguros respectivos, cubriendo por lo menos los riesgos indicados a continuación:

  • Daños propios (valor comercial).
  • Daños contra terceros (responsabilidad civil) a lo menos 300 UF.
  • Robos y/o hurtos (valor comercial de vehículos).
  • Seguro obligatorio contra daños personales, establecido por la Ley de Tránsito (significa tener la situación al día de este seguro).
  • Seguro por asiento asignado para transporte de combatientes, de acuerdo con la capacidad técnica del vehículo, por un monto unitario de UF 240, que cubra incapacidad y muerte por accidentes.

La vigencia de las pólizas señaladas deberá cubrir todo el periodo en que prestará el servicio por cada periodo de incendios forestales.  Si una de ellas venciere dentro de ese periodo, el contratista estará obligado, entre la adjudicación y la firma del contrato, a su renovación inmediata, la cual también será de su cargo.

El oferente seleccionado deberá entregar, previo a la suscripción del contrato, copia de las pólizas emitidas por la compañía de seguros.  La Corporación se reserva el derecho de solicitar al arrendador o contratista, el documento que certifica el pago de dicha póliza.

De los permisos

Para la obtención del permiso de circulación, revisión técnica y contratación del seguro obligatorio (minibús y carro), el contratista dispondrá de no más de un día, el que será previamente autorizado por el Jefe del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, durante el mes que la ley hubiere habilitado para este fin. Estos trámites deberán hacerse preferentemente en la comuna donde esté ubicada la base de Brigada a la que el vehículo fue asignado.

Cada vehículo dispondrá de dos medios días por mes cumplido, no acumulativo, a fin de efectuar mantenciones, pudiendo el contratista retirarlo de las labores por el tiempo indicado. La mantención deberá hacerse preferentemente en la comuna donde esté ubicada la base de Brigada a la que el vehículo fue asignado.

Para efecto de las reparaciones, el proveedor contara con un plazo de dos días por vehículo.

La solicitud de mantención del vehículo deberá hacerla el contratista mediante correo electrónico a despachador1.quinta@conaf.cl.

En todo caso, la oportunidad en que dichos medios días se puedan hacer efectivos será autorizada por el Jefe del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, a través de la Central de Coordinación Regional.

En el caso de fallas del vehículo, el contratista podrá corregirlas o repararlas utilizando el tiempo señalado precedentemente.  Si la reparación requiriere un tiempo superior a dos días, el contratista deberá reemplazar por su cuenta el vehículo dañado, por otro de similares características y, en lo posible con el mismo conductor. El reemplazo deberá realizarse al día siguiente del plazo señalado precedentemente.

En el caso que el contratista no cumpla con esta exigencia, CONAF podrá poner término anticipado al contrato por incumplimiento de las obligaciones de prestación del servicio, y cobrar la garantía de fiel cumplimiento. 

CONAF descontará del servicio el valor proporcional correspondiente al número de días no trabajados que superen el tiempo permitido para la mantención o reparación del vehículo, en caso de no efectuar el reemplazo del vehículo.

En caso de accidentes será obligación del propietario gestionar los trámites de los seguros señalados anteriormente. Si la reparación del vehículo o el daño no pudieran realizarse en un tiempo de 48 horas, el contratista deberá reemplazarlo por su cuenta, teniendo presente todo lo señalado precedentemente.

De los conductores

En lo relativo a los conductores, titular y de reemplazo, se deberá dar cumplimiento a los siguientes aspectos:

No tendrán ningún vínculo laboral con CONAF, siendo responsabilidad del contratista el pago de las remuneraciones, feriado, horas extras, leyes sociales, etc.

Acreditar curso de manejo a la defensiva, efectuado por una entidad certificada.

Conocer cabalmente el vehículo que conducirá y estar en posesión de licencia tipo   A-1 o A-2, durante toda la vigencia del contrato, además deberá presentar certificado de antecedentes del conductor.

El conductor deberá acatar las instrucciones del Jefe de Brigada, respecto de la utilización del vehículo, especialmente  en lo que dice relación con permanecer en todo momento en el vehículo mientras la Brigada se encuentre combatiendo el incendio forestal y, además, cumplir tanto con el Anexo: Normas de Higiene y Seguridad para el personal que labora en el Programa de Protección Contra Incendios Forestales,  como el Plan de  Seguridad y Salud Ocupacional del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales.

Por razones debidamente calificadas por la Corporación, ésta queda facultada para que, en cualquier momento, pueda exigir el cambio de conductor.

El conductor deberá disponer de un fondo en dinero efectivo, permanente, de $70.000.- para el pago de reparaciones menores, en que no sea necesario solicitar el permiso establecido en el punto “De los Permisos”, párrafo segundo, de estas Bases, dinero respecto del cual CONAF no tendrá responsabilidad alguna.

Este mismo fondo se utilizará para pagar los peajes, gasto que será devuelto una vez que sea rendido.

Será responsabilidad del contratista, a través del conductor, mantener el móvil operativo con combustible, sin restricción de kilometraje recorrido, en los diferentes desplazamientos, así como también el aseo interno y externo del vehículo.

Atendida la naturaleza de la labor de combate de incendio forestal y a las emergencias imprevistas que ello supone, se debe contar con un servicio de transporte continuo de brigadas, para lo cual, es necesario que los conductores de los vehículos se encuentren en la base de brigada a disposición de iniciar el servicio de transporte en cualquier momento, si las operaciones de combate de los incendios forestales así lo requieren. CONAF entregará la alimentación y alojamiento a los conductores, en el mismo régimen de las bases de brigadas. Será responsabilidad del contratista disponer para el conductor de saco de dormir o ropa de cama.

Descripción del servicio

SERVICIO TRANSPORTE PERSONAL A TRAVÉS DE VEINTE (20) VEHÍCULOS (CON CONDUCTOR). 

Los vehículos serán destinados al transporte de personal de brigadas, constituidas por un mínimo de 10 personas y sus implementos de combate.  Trabajarán preferentemente en zonas periurbanas y rurales en actividades inherentes al combate de incendios forestales, además de otras actividades propias de la Corporación, condiciones que los propietarios declaran conocer.

El combustible y peajes serán de cargo de la Corporación, a excepción del traslado ida y vuelta de los vehículos de la ciudad de origen al lugar exigido por la CONAF para presentación.

El transportista deberá obtener por cada uno de los vehículos que le sean adjudicados, un cupón electrónico para el suministro de combustible a nombre del contratista, con un saldo mínimo permanente $ 150.000.-.

El consumo variable que corresponde al gasto mensual en combustible deberá ser facturado a nombre de CONAF, bajo el concepto de “consumo variable correspondiente al mes de”La factura electrónica será aceptada previa la entrega de los comprobantes de consumo que emite el sistema computacional de la Estación de Servicio que suministró el combustible respectivo.

Para efectos de cálculo se estima un gasto promedio mensual de $300.000.- a $500.000.-

En caso de que un vehículo se quede sin combustible al momento de que deba prestar el servicio se declarará inoperativo y, se le descontará el valor equivalente a un día, por cada día o fracción de éste que se encuentre inoperativo, hasta que disponga del saldo mínimo exigido en el cupón electrónico.

Especificaciones técnicas

DE LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS VEHÍCULOS

Los vehículos ofrecidos deberán tener, al momento de la suscripción del contrato y/o del inicio del servicio en cada periodo las siguientes características e implementación:

-      Vehículos de a lo menos para 11 pasajeros, con una cilindrada preferentemente desde 2.500 cc. Aquellas ofertas que presenten vehículos con capacidad menor a 11 pasajeros podrán ser declaradas inadmisibles en la etapa de evaluación.

-      Los vehículos requeridos deberán ser de marcas del mercado nacional con soporte técnico oficial.  Se preferirán vehículos del año 2015 en adelante.

-      Todos los neumáticos deberán estar en excelente estado, incluyendo el de repuesto; todos con un mínimo de 5 mm. de profundidad de dibujo. No se permitirán neumáticos recauchados ni redibujados.

-      Se exigirá buen estado de su estructura (sin grandes abolladuras) y parabrisas sin trizaduras, excelente estado mecánico, en especial dirección, frenos, amortiguadores y luces.

-      Tracción Trasera.

-      Los vehículos deberán contar con;

  1. Foco busca-camino manual.
  2. Radio.
  3. Chicharra indicadora de retroceso.
  4. Lanza para remolque.
  5. Baliza.
  6. 4 conos de una altura mínima de 50 cm. y chaleco reflectante (Ley del tránsito) para el conductor.        
  7. Set de herramientas (alicate, destornillador, llaves de diferentes medidas, etc.)
  8. Cinturones de seguridad en todos sus asientos de acuerdo con la capacidad técnica del vehículo.
  9. Aire acondicionado que cubra todo el vehículo

10. Deben contar con carro de arrastre para el traslado de equipo, herramientas y combustible, con capacidad de 500 kgs., las medidas interiores son de 1,40 mts de largo por 1,0 mt de ancho y 0,70 mt de alto, una muela de enganche de 48 mm con cadena de seguridad, luces de tránsito reglamentarias (posición viraje, freno, retroceso y patente.), con enchufe macho de 7 polos. El chasis será de perfiles especiales de acero reforzado, un eje con torsión en goma y suspensión de rueda independiente, como mínimo llantas de aro 13 con neumáticos tubulares, más uno de repuesto y porta repuesto. El material de construcción debe ser planchas de acero tratadas y pintadas al horno en polvo electroestático, de preferencia, color verde la base y, blanco la tapa con porta candado.

11.     Parrilla instalada y fijada al habitáculo estructural del vehículo (perfiles de acero reforzado) mediante pernos de anclaje y/o soldadura de alto grado de fusión; esta parrilla deberá contar con cuatro barandas laterales, una por cada costado, además, el vehículo deberá tener una escalera de acceso a la parrilla. Al interior de esta parrilla debe traer un cajón porta herramientas el cual será fijado mediante pernos tipo abrazadera a los perfiles de la estructura de la parrilla, las dimensiones del cajón son: largo 1,6 metros, ancho misma dimensión de la parrilla y 60 centímetros de alto. No se aceptarán parrillas fijadas a los cortes goteras y/o plancha del techo del vehículo.

a)           Deberán tener su certificado de revisión técnica, seguro obligatorio y permiso de circulación vigentes

b)       El vehículo debe utilizar combustible diésel.

Se anexa fotografía con las características de la instalación de la parrilla.

De la aceptación de las ofertas

Con el objeto de que las ofertas no sean rechazadas en el acto de apertura electrónica, se debe efectuar un cuidadoso análisis de las bases publicadas, de manera tal de entregar todos los antecedentes que son indispensables para acceder a la etapa de evaluación de ofertas. Entre los antecedentes indispensables a entregar se encuentran los requisitos y la información solicitada en los anexos.