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Resolución de Empates |
Los criterios para resolver un eventual empate entre los oferentes en orden de prelación serán los siguientes:
1.La propuesta con mayor puntaje en su Oferta Económica.
2.La propuesta con mayor puntaje en plazo de ejecución
3.La propuesta con mayor puntaje cumplimiento requisitos formales
4.La propuesta con mayor puntaje Programa de Integridad y su conocimiento por el personal.
De persistir el empate, se seleccionará la propuesta que mantenga vigentes convenios colectivos con las organizaciones sindicales, (Según el inciso penúltimo del artículo 6º de la ley N°19.886, se dará prioridad, en los términos de su inciso primero, a las empresas que mantengan vigente es convenios colectivos con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o que le hagan aplicables a estos convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo).
Si el empate persiste, será el Rector del CFT Tarapacá, quien definirá acorde con los mejores intereses del CFT y ejecución del proyecto.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
La adjudicación de las ofertas se efectuará entre aquellas ofertas que se ajusten plenamente a las Bases de licitación como a las Especificaciones Técnicas y demás documentos anexos, al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas.
Asimismo, se podrá declarar desierta la propuesta por Resolución Fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a los intereses del CFT, de conformidad al Artículo 58 del Decreto Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda y al artículo 9 de la Ley Nº19.886 o bien, no exista oferentes.
En ambos casos anteriormente mencionado, los proponentes no tendrán derecho a indemnización alguna, por los gastos en que ellos hubieren incurrido en la preparación de la propuesta.
El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas:
a)
Decreto de Adjudicación: Se adjudicará a través de un decreto de su Rector o de quien corresponda según normativa interna.
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b)
Notificación de Adjudicación: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario mediante el portal www.mercadopublico.cl como asimismo a los demás oferentes que hubieses participado en la presente Propuesta Pública.
c)
Publicación en Página Web: El CFT publicará e informará el nombre de él o de los adjudicatarios en el sitio www.mercadopublico.cl.
d)
Fecha de Adjudicación: En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, el CFT publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones de la postergación.
Los proponentes podrán formular observaciones a la adjudicación dentro de las 24 horas siguientes a la publicación de la resolución, a través del portal www.mercadopublico.cl, las que serán resueltas por la unidad técnica a través de este mismo medio, dentro de los 2 días siguientes.
El o los adjudicatarios, quedan obligados a dar estricto cumplimiento a las menciones contenidas en la Orden de Compra, su oferta técnica y económica y el Contrato u Orden de Compra correspondiente, tales como calidad y oportunidad plazo de ejecución, y que la recepción de estas no merezca observación de ninguna índole respecto de lo expresado en la oferta del proveedor
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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