|
DEL SERVICIO REQUERIDO |
|
1.1. Requerimiento de compra
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del consumo de
Drogas y Alcohol, en adelante “SENDA”, llama a licitación privada para contratar el servicio de “Implementación y operación de una Vivienda de Apoyo a la Integración
Social (VAIS), correspondiente a la línea de servicio N° 1 (Ex línea 9), en la región
de Coquimbo”, para acompañar técnicamente a personas en procesos de
recuperación, durante 30 meses, a contar del mes de julio del 2026 y hasta el 31 de
diciembre de 2028.
La contratación del referido servicio se efectuará en modalidad de línea de
servicio, correspondiente exclusivamente a la línea N° 1 (que viene a sustituir a la
mencionada línea de servicio N°9) de la región de Coquimbo de la línea declarada
desierta de la licitación pública ID 662237-51-LR25.
N° Línea Región Tipo VAIS Cupos (participantes
por mes)
Duración
1 (ex línea 9) Coquimbo mujeres 8 30 meses
En razón de lo anterior, los oferentes deberán presentar su oferta
exclusivamente respecto de la línea de servicio N° 1 (que viene a sustituir a la
mencionada línea de servicio N°9) de la región de Coquimbo del proceso declarado
desierto, debiendo acompañar los antecedentes requeridos en las presentes bases,
así como la correspondiente garantía de seriedad de la oferta.
Para efectos de la presente licitación privada, se entenderá por “Vivienda de
Apoyo a la Integración Social para acompañar técnicamente a personas en
procesos de recuperación”, aquella que comprende: A) La disponibilidad de una
casa de vivienda ubicada en una zona geográfica en específico y B) La
disponibilidad de un equipo de trabajo calificado, en cantidad y calidad suficientes
para la atención de las personas usuarias.
A. La disponibilidad de una casa ubicada en una zona geográfica en específico
Esta dimensión se compone de 3 criterios:
1) La disponibilidad de una casa de vivienda para la ejecución del programa
VAIS durante 30 meses: la cual deberá ser acreditada a través de
documentos legales tales como contrato de arrendamiento, comodato
vigente, escritura de propiedad, resolución administrativa en caso de
inmuebles fiscales o municipales asignados a instituciones públicas o
privadas, declaración jurada ante notario de disponibilidad del inmueble,
entre otras.
2) Una infraestructura para el funcionamiento de VAIS: la cual debe asegurar
la disponibilidad de ciertos espacios que en su cantidad tienen que
cumplir de acuerdo a si es VAIS hombres o VAIS mujeres.
Por lo tanto, la infraestructura de cada VAIS debe asegurar espacios de
infraestructura, comprometiendo el siguiente estándar:
Infraestructura Mínima VAIS Mujeres VAIS hombres para funcionamiento de
VAIS
Dormitorios Entre 4 y 6 Entre 3 y 5
Baños con ducha agua
caliente
Entre 2 y 3 Entre 2 y 3
Espacio para esparcimiento
de personas usuarias
Entre 1 y 2 Entre 1 y 2
Espacios para
esparcimiento y juego de
las infancias
Entre 1 y 2 Entre 1 y 2
Cocina Sólo 1 Sólo 1
Espacio comedor
(separado de cocina o en
cocina)
Entre 1 y 2 Entre 1 y 2
Oficina o espacio de trabajo
del equipo
Entre 1 y 2 Entre 1 y 2
El criterio de buen estado, hace referencia a que los espacios son seguros,
funcionales y adecuados a la ejecución de este programa.
La verificación del buen estado de la vivienda será parte del monitoreo del
contrato, a través de supervisiones ordinarias y extraordinarias, por parte de
SENDA. Así mismo, en el marco de las asesorías técnicas en la VAIS, ejecutadas
por el encargado/a de Integración social de la Dirección regional, en caso que se
detecten insuficiencias, infraestructura inadecuada o riesgosa para la seguridad de
las personas usuarias, estos hallazgos serán remitidos al Área de Control de
Supervisiones y cumplimiento de Contratos.
La ubicación de la vivienda debe remitirse a la comuna de La Serena o
Coquimbo, de la respectiva región.
No será posible cambiar la ubicación de la Vivienda a una zona geográfica
distinta a la establecida en las bases para el caso de las líneas de la región
metropolitana, o a comunas distintas a la/s definida/s en la tabla anterior para las
demás líneas.
Si la entidad, durante el periodo de ejecución se ve en la necesidad de
cambiar la ubicación de la VAIS, sólo será posible previa autorización por parte del
área de integración social del nivel regional.
B. La disponibilidad de un equipo de trabajo calificado, en cantidad y calidad
suficientes para atención de cada uno de los usuarios
Se requiere la conformación de un equipo técnico calificado que tenga por
principal misión facilitar que la vivienda se transforme en un espacio seguro,
conectado con las oportunidades del entorno, abierto a promover en las personas
la consecución de su total autonomía.
Con ese objetivo, la composición del equipo VAIS se constituye de 3 roles:
coordinador/a, facilitador/a de itinerario y asesor/a de competencias (en el acápite
de bases técnicas se profundiza).
Para la provisión del equipo, se deben asegurar las siguientes horas por
profesionales y no profesionales:
Conforme a lo establecido en estas bases, el adjudicado deberá contar
durante toda la ejecución del programa con el equipo profesional y no profesional
presentado en el proceso de concurso y por el cual fue evaluado.
El adjudicatario deberá resguardar durante todo el periodo de vigencia del
contrato la continuidad de las condiciones del equipo profesional y/o técnico
ofertado, considerando:
i. La mantención de horas profesionales.
ii. Las condiciones contractuales comprometidas en la propuesta iii. Las características de formación.
iv. experiencia del recurso humano.
La constatación en la deficiencia de uno o más de estos criterios será objeto
de multa.
Será responsabilidad del oferente cumplir con el recurso humano propuesto
en el proceso de licitación, asegurando su disponibilidad para brindar el servicio
contratado desde la fecha de inicio de los servicios.
1.2 De la Modalidad de la licitación
El Servicio Nacional realizará la presente licitación en modalidad de línea de
servicio.
Atendida la naturaleza del presente proceso, circunscrito exclusivamente a la
línea de servicio N° 1 (ex línea 9), el Servicio Nacional seleccionará un único
proponente para dicha línea.
1.3 Montos máximos línea de servicio N°1 Coquimbo (Anterior LS 9)
Para la implementación del Programa Vivienda de Apoyo a la Integración
Social (VAIS), SENDA dispone un presupuesto máximo de $230.016.290,
impuestos incluidos
La distribución anual máxima del presupuesto por línea de servicio será de:
SENDA no entregará recursos adicionales a los mencionados, por lo que los
recursos indicados deben cubrir todos los gastos asociados a la correcta
realización de los servicios licitados y al pago de los impuestos, incluyendo el IVA.
Las instituciones que postulen deberán ofertar un monto total por todos los
años de implementación. El monto ofertado, se pagará en de 30 meses, esto es, a
partir desde la fecha de suscripción del contrato y hasta el 31 de diciembre de
2028.
Esta cuota mensual será el precio pagado mensual por la intervención.
En ningún caso el monto ofertado podrá superar el monto definido por cada
línea de servicio del cuadro, presentado en este punto.
El precio anteriormente indicado podrá ser reajustado mediante Resolución en
diciembre de 2026 y 2027, y comenzará a regir en el mes de enero de 2027 y 2028
respectivamente. La cuantía de dicho reajuste será fijada en la época indicada
previamente, teniendo como factores referenciales el factor actualización del
presupuesto del Sector Público anual y, especialmente, la disponibilidad
presupuestaria de acuerdo a la Ley de Presupuesto del Sector Público del año
correspondiente.
Los reajustes serán notificados a la Entidad una vez totalmente tramitado el
acto administrativo que los aprueba, sin la necesidad de modificar el contrato si se
encontrase suscrito.
1.4. Duración de los servicios
El plazo de ejecución del servicio se extenderá desde la fecha de suscripción
del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2028. Durante este periodo, el contratista
deberá, a través de los establecimientos de su dependencia, realizar la actividad
correspondiente a las líneas de servicio en donde haya resultado adjudicado,
según se detalle en el contrato respectivo.
De conformidad a lo dispuesto en el número 6.5 de estas bases, por razones
de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio desde la fecha de
suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo.
|
|
|
|
ASPECTOS GENERALES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA |
|
Podrán participar en esta propuesta las personas naturales o jurídicas,
chilenas o extranjeras, así como Uniones Temporales de Proveedores que,
cumpliendo los requisitos legales y aquellas condiciones señaladas en estas bases,
presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas.
No podrán participar
Quedarán excluidos los oferentes que, al momento de la presentación de la
oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los
derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años, o por
delitos concursales establecidos en el Código Penal, de acuerdo a lo dispuesto en
el artículo 4º, inciso primero, parte final de la Ley Nº 19.886. Del mismo modo,
quedarán excluidos quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo
dispuesto en el artículo 35 quater de la ley N°19.886. Para estos efectos los
oferentes deberán presentar la declaración jurada disponible en el portal de
mercado público.
Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias
condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente
la Dirección del Trabajo.
Además, conforme a lo dispuesto en el artículo 180 del Reglamento, si dos o
más proveedores se unen para el efecto de participar en el presente proceso de
compra -y sin perjuicio, del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que
resulten aplicables- deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a
lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se
generen con SENDA y el nombramiento de un representante o apoderado común
con poderes suficientes.
Con todo, se hace presente que el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol revisará que los oferentes se
encuentren registrados en el "Registro de Proveedores", a cargo de la Dirección de
Compras y Contratación Pública. Se deja constancia, que se declararán
inadmisibles las propuestas de aquellos oferentes que no se encuentren
registrados en el mencionado registro, en conformidad con lo establecido en el art.
16 de la Ley 19.886.
2.1. Encargado del proceso de licitación
El encargado del presente proceso de licitación pública es la jefatura de la
Unidad de Adquisiciones de SENDA, o quien lo subrogue.
2.2. Encargado de los contratos
El encargado del contrato que se suscriba producto del proceso de licitación
privada es la jefatura del Área de Integración Social, o quien la subrogue. Serán
funciones entre otras, las siguientes:
1) Colaborar y asistir al adjudicatario en el ámbito de sus competencias.
2) Comunicar aspectos formales del convenio y/o posibles modificaciones que
surjan para el común acuerdo.
3) Supervisar y monitorear el desarrollo del trabajo, velando por el estricto
cumplimiento de los objetivos y de los servicios contemplados.
2.3. Cómputo de los plazos
Los plazos de la presente licitación son los que en cada caso se señalan,
entendiéndose como días hábiles, de lunes a viernes, sin considerar los días
sábados, domingos y festivos.
En el caso que un plazo expire en sábado, domingo o festivo el vencimiento
se producirá al día hábil siguiente.
2.4. Etapas de la Licitación
La presente licitación privada se realizará en una sola etapa, por lo que en el
acto de apertura de las ofertas se procederá a abrir la oferta técnica.
2.5. Reunión informativa
A fin de entregar información sobre el proceso licitatorio, colaborando con una
mejor formulación de las ofertas, se realizará una reunión de carácter informativa y
técnica en modalidad online de asistencia voluntaria, el quinto día hábil contados
desde la fecha de publicación de estas bases de licitación.
La fecha, y hora exacta de dicha reunión serán informados en el portal
www.mercadopublico.cl, en los adjuntos de ID que identifica la presente licitación,
con a lo menos 2 días hábiles de anticipación. Para la inscripción y confirmación de
asistencia a la referida reunión, se deberá enviar un correo electrónico a la
siguiente dirección: concursosintegracionsocial@senda.gob.cl, indicando el nombre
y Rut del asistente y la identificación de la Institución a la que representa.
En caso de que SENDA no realice dicha reunión en la fecha y hora
señalados, se informará de ese hecho con un mínimo de 2 días hábiles de
anticipación a la fecha indicada para su realización, por medio del portal
www.mercadopublico.cl, oportunidad en la cual se informará la nueva fecha de
realización de la misma.
2.6. Modificación de las Bases de Licitación
El Servicio Nacional podrá modificar las presentes bases de licitación hasta
antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones
deberán aprobarse por resolución fundada, la que deberá tramitarse de acuerdo a
las normas legales vigentes, incluyendo el trámite de toma de razón si procediere y
publicarse en el www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica a la presente
licitación privada.
En caso de ser necesario, el Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol fijará, prudencialmente, un nuevo
plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores
interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
2.7. Cronograma de Actividades
2.8. Plazo de presentación de las ofertas
Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes
Bases en el portal www.mercadopublico.cl hasta 30 días corridos contados desde
esa fecha.
Con todo, en caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal
www.mercadopublico.cl, durante este período, circunstancia que deberá ser
ratificada por la Dirección de Compras Públicas, excepcionalmente las ofertas
podrán ser recepcionadas en soporte papel, en un sobre debidamente cerrado, en
la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7°,
Santiago Centro, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del
certificado de indisponibilidad, en virtud de lo establecido en el N° 3 del artículo 115
del Decreto Supremo Nº 661, del Ministerio de Hacienda, de 2024.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través
del portal y dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no
se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar
las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas
2.9 Postulación por líneas de servicio y restricciones para grupos
relacionados
Los oferentes sólo podrán presentar oferta respecto de la línea de servicio N°
1 (que viene a sustituir a la mencionada línea de servicio N°9) de la región de
Coquimbo, objeto del presente proceso licitatorio.
Se deja constancia que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la
Ley N° 19.886, SENDA declarará inadmisible una o más ofertas cuando, en este
procedimiento de contratación, se presenten ofertas simultáneas respecto del
mismo servicio por empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o
relacionadas entre sí. En tal caso, SENDA sólo evaluará la oferta más conveniente
presentada por el grupo empresarial o por las entidades relacionadas entre sí,
declarando inadmisibles las demás.
Cada oferente sólo podrá presentar una única oferta para la Línea de Servicio
N° 1 (que viene a sustituir a la mencionada línea de servicio N°9) de la región de
Coquimbo. Si un oferente presentare más de una oferta para dicha línea, este
Servicio entenderá válidamente presentada únicamente la última oferta ingresada
al portal www.mercadopublico.cl.
|
|
|
|
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
|
3.1. Información General
Toda oferta deberá incluir todos los antecedentes administrativos y los
documentos de la propuesta técnica que se señalan en estas bases.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto
en los Anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán
disponibles en formato Word, en el portal www.mercadopublico.cl.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para
esta licitación implica que el respectivo oferente ha revisado y analizado todas las
Bases Administrativas y Técnicas, sus anexos, aclaraciones y respuestas a las
preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que
manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de condiciones a toda la
documentación referida y exigida para participar en dicho proceso. Por todo lo
anterior lo hace responsable de todo lo propuesto en su oferta y susceptible de ser
supervisado en el cumplimiento de la misma durante la vigencia del contrato si
fuera el caso.
La oferta que no cumpla con acompañar cualquiera de los requisitos
administrativos exigidos en la forma prevista en el número 4.1 y siguientes de estas
bases de licitación quedará sometida a lo establecido en el criterio de evaluación
denominado cumplimiento de requisitos formales.
Será asimismo declarada inadmisible aquella propuesta que haya presentado
datos no fidedignos que resulten determinantes en su oferta.
Por último, los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente
licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por
parte del Servicio Nacional.
3.2. Consultas y aclaraciones
Estas sólo se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, desde el
día de publicación de las presentes Bases en el citado portal, hasta 10 días
corridos contados desde esa fecha.
Se responderán sólo aquellas consultas y solicitudes de aclaración que
hubieren sido presentadas a través del portal y dentro de los 10 días corridos,
desde la fecha de publicación de las bases en el portal. Las respuestas a las
consultas y las aclaraciones estarán a disposición de los Proponentes dentro de los
4 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para presentar consultas y
aclaraciones señalado en el numeral precedente.
Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las
Bases de esta licitación; y en tal condición, deberán ser consideradas por los
oferentes en la preparación de sus ofertas.
El Servicio Nacional además podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones
a las presentes Bases Administrativas y/o Técnicas para precisar su alcance,
complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no
haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, sin
que pueda modificar los elementos esenciales del presente llamado a licitación y en
tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus
ofertas.
Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las
bases de esta licitación.
3.3. Antecedentes Administrativos
Para postular, los oferentes además de su propuesta técnica deberán
presentar una declaración jurada simple, distinguiendo si se trata de persona
natural, jurídica o unión temporal de proveedores, según a continuación se indica:
1. Persona Natural:
1) No estar afecta a ninguna de las siguientes inhabilidades:
2) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4°
inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios. Asimismo, no estar afecto a ninguna
de las inhabilidades en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quater
y siguientes de la Ley 19.886.
3) No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y que tampoco
está unido a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del
artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado.
4) No es gerente, administrador, representante o director de sociedades de
personas en las que formen parte tales funcionarios directivos o parientes; ni
de sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que
aquellos o éstos sean accionistas; ni sociedades anónimas abiertas en
aquellos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o más
del capital.
5) No ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley
N°211 de 1973.
6) Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el
artículo 33 de la ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos.
7) Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes y
haber verificado su concordancia, así como también que todos los
antecedentes presentados como parte de la oferta, son veraces y exactos,
estando conforme con los términos de la presente licitación pública.
2. Persona Jurídica:
1) No estar afecto a ninguna de las siguientes inhabilidades:
2) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° de
la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios. Asimismo, no estar afecto a ninguna de las
inhabilidades en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quater y
siguientes de la Ley 19.886.
3) No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y que tampoco
está unido a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del
artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado.
4) Asimismo, declara que no es gerente, administrador, representante o
director de sociedades de personas en las que formen parte tales
funcionarios directivos o parientes; ni de sociedades en comanditas por
acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos sean accionistas; ni
sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos sean dueños de acciones
que representen el 10% o más del capital.
5) La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las penas
establecidas en los artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que indica.
6) La entidad que represento no ha sido condenada por el Tribunal de Defensa
de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26,
letra d), del decreto ley N° 211, de 1973.
7) No se encuentran inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el
artículo 33 de la ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos.
8) Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes y
haber verificado su concordancia, así como también que todos los
antecedentes presentados como parte de la oferta, son veraces y exactos,
estando conforme con los términos de la presente licitación pública.
3. Unión Temporal de proveedores:
Deberán suscribir la respectiva declaración jurada todos los integrantes de la
Unión temporal, sean personas naturales o jurídicas.
Para facilitar el cumplimiento de este requisito administrativo, se adjuntan a
las presentes bases el Anexo N° 3A modelo de declaración jurada simple de
persona natural, y el Anexo 3B: modelo de declaración jurada simple de persona
jurídica.
La declaración jurada deberá ser ingresada como antecedente administrativo,
digitalizados en formato PDF o Word, al portal www.mercadopublico.cl en el ID que
identifica esta licitación pública.
De conformidad al artículo 180 letra d) del decreto 661; tratándose de Unión
Temporal de Proveedores; si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, Deberá materializarse por escritura pública.
Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo
en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.
Así mismo deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo
menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se
generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común
con poderes suficientes.
Asimismo, de acuerdo al art. 181 del Reglamento se establece: “el
representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento
de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión
determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la
evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar
información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno
de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores
deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
Con todo, se hace presente que el Servicio Nacional consultará el listado de
empresas condenadas por prácticas antisindicales y por infracción de derechos
fundamentales del trabajador, publicado por la Dirección del Trabajo, declarándose
inadmisibles las propuestas de aquellos oferentes que aparezcan condenados
dentro de los anteriores dos años a la presentación de las mismas.
3.4. Garantía de seriedad de la oferta
Esta garantía se exige para proteger al Servicio Nacional respecto de los
riesgos de: desistimiento de la oferta dentro del período de validez exigido en las
Bases, retiro de la oferta una vez seleccionada, falta de seriedad en los términos de
la oferta, inhabilidad del seleccionado para contratar con el Estado; falta de entrega
de los antecedentes requeridos para elaborar el contrato, falta de firma del contrato
y falta de entrega de la garantía de cumplimiento de contrato.
Los proponentes deberán presentar una caución o garantía pagadera a la
vista, para la línea de servicio N° 1, que asegure el cobro de la misma de manera
rápida y efectiva, tomada por él o por un tercero, con el carácter de irrevocable, y
cuyo monto mínimo será de $ 100.000.- a la orden del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9, (El nombre podrá abreviarse en cuyo caso deberá indicarse el RUT1
,
con una vigencia no inferior a 150 días corridos contados desde la apertura de la
oferta señalada en el portal www.mercadopublico.cl.
La caución o garantía presentada deberá señalar que está tomada como
Garantía de Seriedad de la Oferta indicando el número de ID que identifica a la
presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl, la línea de servicios N°1 a la
que postula.
Si la Garantía de Seriedad de la Oferta es otorgada en el extranjero, el emisor
del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por
un banco o institución financiera chilena.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se
otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre
Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha
firma.
Cuando se trate de garantías electrónicas, los antecedentes podrán ser
enviados de manera virtual mediante el sistema de Ventanilla Única de SENDA en
el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual o podrá ser ingresada
junto con su oferta en la plataforma Mercado Público, y dentro del mismo plazo
para presentar las ofertas.
Cuando se trate de garantías en papel, deberán presentarse en las oficinas
del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 7° comuna de Santiago o en la
Dirección Regional de SENDA correspondiente al domicilio del oferente, hasta el
día de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal www.mercadopublico.cl,
hasta las 14:00 horas.
El receptor de la garantía procederá a registrar el ingreso del documento,
levantando un acta debidamente firmada por él y por la persona que haga entrega
de la garantía, en la que deberá constar el nombre de la licitación, el nombre del
proponente, nombre y cédula de identidad de la persona que entregó la garantía y
la fecha y hora de presentación de la misma. La copia de dicha acta deberá
entregarse a la persona que hizo entrega de la garantía.
Si no se presenta el documento de garantía de seriedad de la oferta, o si su
presentación es extemporánea, o no estuviera extendida en los términos antes
señalados la oferta será declarada inadmisible. Dicha situación será comunicada a
la Comisión Evaluadora por la División Jurídica, previo al proceso de evaluación.
Ejemplo de llenado:
Esta garantía se hará efectiva:
1) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal a SENDA,
desistiera de su oferta.
2) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas
en el número 6.1 de estas bases.
3) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos
señalados en el número 6.2 de las presentes bases.
4) El oferente, cuya oferta ha sido adjudicada, no acompaña dentro de plazo la
garantía de fiel cumplimiento de contrato, solicitada en el número 6.3 de las
presentes bases.
5) Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro del
plazo establecido en el número 6.4 de las presentes bases.
6) El oferente cuya oferta haya sido adjudicada, habiendo presentado datos
inexactos o no fidedignos en su oferta y ésta deba ser dejada sin efectos.
Devolución de la Garantía de seriedad de la oferta.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley N°
19.886, la garantía de seriedad de la oferta será devuelta a aquellos oferentes
cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, dentro de los 10
días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la
inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, salvo que
recurran de cualquier forma en contra de la resolución respectiva. Asimismo, la
devolución de garantía de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido
desestimadas se devolverá en el plazo de 10 días hábiles, contados desde la
resolución que adjudica la línea respectiva a la que postuló.
Considerando que las presentes Bases contemplan la posibilidad de adjudicar
aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya tenido la mejor calificación en
caso que éste se desista de celebrar el respectivo contrato, todo de acuerdo a lo
dispuesto en el número 5.1 de estas bases; la devolución de la garantía de
seriedad, de la oferta a la segunda calificación más alta, será devuelta en el plazo
de 61 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que adjudica la
línea de servicio respectiva.
Tratándose del oferente adjudicado, la restitución del documento de garantía
de seriedad de la oferta se hará una vez que el contrato respectivo se encuentre
firmado por el adjudicatario y una vez que éste haya hecho entrega de la garantía
de fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo dispuesto en el número 6.3 y 6.4
de estas bases.
Los oferentes deberán retirar sus documentos de garantía de seriedad de la
oferta en las oficinas de Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 6°, comuna y
ciudad de Santiago o en la Dirección Regional de SENDA correspondiente al
domicilio del oferente. La devolución de los documentos de garantía se hará por
medio del endoso correspondiente, en caso de que sean endosables, o con la
leyenda al dorso “Devuelta al tomador”, en caso contrario. La entrega se efectuará
previa firma del Certificado de retiro y recepción pertinente.
Respecto de la devolución de las garantías de seriedad de la oferta
presentada de manera electrónica, serán devueltas en el plazo de 61 días hábiles,
contados desde la notificación de la resolución que adjudica la línea de servicio
respectiva, para lo cual se entregará respaldo del documento electrónico al
interesado, realizado previamente el registro de la devolución en el Sistema de
Control de Garantías del SENDA (SISGAR).
3.5. Propuesta Técnica
La propuesta técnica se hará y presentará por cada línea de servicio a la que
se postule y deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio
www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación, debiendo
denominarse dicho archivo adjunto como “Propuesta Técnica VAIS” y cumplir con
todas las especificaciones establecidas en las bases Técnicas.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través
del portal www.mercadopublico.cl y dentro del plazo señalado en el número 2.7 de
estas bases, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta
alguna. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer
modificaciones en ellas una vez presentadas.
La propuesta técnica deberá tener una validez mínima de 150 días corridos
desde la apertura de la oferta señalada en el portal www.mercadopublico.cl. La
oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido, será rechazada por
este Servicio Nacional. Con todo, si un oferente no señala el plazo de validez de su
oferta en su propuesta técnica, se entenderá, en su silencio, que la oferta tiene una
vigencia mínima de 150 días corridos desde la apertura de la oferta señalada en el
portal www.mercadopublico.cl.
Se deja expresa constancia que no podrán adjudicarse ofertas que no
emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al
respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice de
conformidad a la ley.
Toda Propuesta Técnica deberá contener los siguientes antecedentes, por
cada línea de servicio en la que desee participar el oferente:
Una copia del formulario “Propuesta técnica VAIS” (Anexo N° 1).
Este formulario será el formato oficial de presentación de propuesta técnica
en esta licitación. El formulario deberá ser completado de acuerdo a las
instrucciones señaladas en él y conforme a lo dispuesto en estas bases, señalando
en el mismo la línea de servicio a la cual se está ofertando.
Se deja constancia que se deberá presentar un formulario por cada línea de
servicio ofertada.
La propuesta técnica deberá cumplir íntegramente los requisitos establecidos
en las presentes bases para la línea de servicio N° 1, debiendo el oferente
asegurar la coherencia y suficiencia del recurso humano y demás componentes
ofertados para la correcta ejecución del servicio.
En el ítem Equipo de trabajo Disponible del Formulario, que forma parte de los
requisitos mínimos para la evaluación de la Oferta Técnica, deberá declarar el
número de horas cronológicas semanales que dispone para la correspondiente
línea de servicio N°1. Con todo, las horas de recurso humano que se indiquen
respecto de una misma persona, no podrán ser superiores a lo establecido para la
jornada ordinaria de trabajo, de acuerdo a la legislación laboral vigente.
3.6. Propuesta Económica
La propuesta económica d deberá ser presentada por cada línea de servicio a
la que se postule y deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio
www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación, debiendo
denominarse dicho archivo adjunto como Anexo N°2, “Propuesta Económica” y
deberá cumplir con todas las especificaciones establecidas en las Bases Técnicas
de las presentes bases.
El valor ofertado no podrá ser inferior al 95% del monto total disponible para
cada línea de servicio detallada en el punto N° 1.3.
|
|
|
|
ADMISIBILIDAD Y EVALUACIÓN |
|
La apertura de las ofertas se realizará el mismo día del cierre de recepción de
estas, referido en el numeral 2.7 de estas Bases, 1 minuto después del cierre de
recepción de las ofertas.
Posteriormente se inicia la admisibilidad administrativa.
4.1. Admisibilidad Administrativa
Previo a la evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas, el Servicio
Nacional antes de evaluar las ofertas técnicas, realizará una revisión de los
antecedentes presentados por los oferentes, en la que se verificarán los siguientes
elementos:
a) Suscripción de la declaración jurada disponible en el portal de mercado
público, emitiendo un informe que dé cuenta de ello. La falta o no
presentación de la referida declaración jurada será causal para declarar la
inadmisibilidad de la respectiva oferta.
b) La presentación del Anexo 1. Propuesta técnica VAIS 2026-2028.
c) Presencia de Equipo de Trabajo, de acuerdo a lo establecido en el apartado
C.2 de las Bases Técnicas, a través del anexo N°9. Equipo de Trabajo.
d) La presentación del Anexo N° 2 Oferta económica.
e) La presentación de la Garantía de Seriedad de la Oferta, Anexo 6.
f) La presentación de los documentos que acrediten la disposición del
inmueble, y el cumplimiento de las condiciones mínimas de infraestructura
de acuerdo al apartado III de las Bases Técnica.
g) Revisión en el registro de las sentencias condenatorias por prácticas
antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del
Trabajo.
h) Se examinará asimismo si los oferentes hubieren sido condenados por
delitos concursales establecidos en el Código Penal,
En caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores,
examinará asimismo que ella hubiere presentado el documento donde se formaliza
la Unión Temporal de Proveedores, en el cual deberá estipularse, a lo menos, la
solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con
la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes
suficientes. La falta o no presentación del referido documento, importará la
declaración de inadmisibilidad de la respectiva oferta.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte
una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto
administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a
contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl,
deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional,
ubicada en Agustinas 1235 piso N° 7, Santiago, si continuará con los restantes
integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el
proceso.
La oferta que no cumpla con acompañar cualquiera de los requisitos
administrativos exigidos en la forma prevista, será sometida a lo establecido en el
criterio de evaluación denominado cumplimiento de requisitos formales.
B) Precalificación Técnica
Antes de evaluar las ofertas, se debe constituir la comisión evaluadora quién
realizará la precalificación técnica analizando la siguiente documentación y
presencia los siguientes antecedentes:
B.1. Que la vivienda se ubica a no más de 40 minutos en transporte público de la
Municipalidad de su comuna. Esta información será acreditada a través del
cálculo de trayecto a través de apps de mapas tales como Google Maps,
Maps.
B.2. Las condiciones de infraestructura cumplen con lo requerido en el punto
3.3 De las bases técnicas
Aquellas ofertas que no cumplan no lo señalado precedentemente serán
declaradas inadmisibles.
4.2. Modalidad de evaluación
El proceso de evaluación será interno y se realizará en una sola etapa.
Se evaluarán las propuestas técnicas presentadas por aquellos oferentes que
hayan cumplido con presentar los antecedentes administrativos en la forma exigida
en estas bases y cumplido con los requisitos de la precalificación técnica.
La oferta presentada para la línea de servicio N°1 será evaluada de forma
independiente.
4.3. Comisión Evaluadora
La evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas, será realizada por una
Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios(as):
1) Jefatura de la División Programática o por el (la) funcionario(a) que designe
mediante memorándum, el cual, deberá ser enviado inmediatamente,
mediante correo electrónico al encargado de la Ley del Lobby del Servicio
Nacional.
2) Jefatura del Área de Integración Social o por el (la) funcionario(a) que
designe mediante memorándum, el cual deberá ser enviado
inmediatamente, mediante correo electrónico al encargado de la Ley del
Lobby del Servicio Nacional.
3) Jefatura de la División de Administración y Finanzas o por el (la)
funcionario(a) que la jefa de la División Territorial designe, mediante
memorándum, el cual deberá ser enviado inmediatamente, mediante correo
electrónico al encargado de la Ley del Lobby del Servicio Nacional.
Un Abogado de la División Jurídica del Servicio Nacional, deberá obrar como
Ministro de Fe.
En cualquier caso, y conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley N°
19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales
que cumplan funciones en el Servicio Nacional.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
1) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se
ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las
Bases Técnicas. En caso que ello no ocurra, deberá proponer rechazar la
propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el acta.
2) Evaluar las Propuestas Técnicas presentadas.
3) Evaluar las Ofertas Económicas.
4) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas,
aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en
esta etapa. Asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 56 del
reglamento de la Ley Nº19.886, SENDA, permite la presentación de
certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al
momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento
del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación. Ambas hipótesis, no deben afectar los principios de estricta
sujeción a las bases, de igualdad de los oferentes, y serán informadas al
resto de los oferentes si correspondiere, a través del portal
www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, el oferente dispondrá de un
plazo de 3 días hábiles, para enviar sus antecedentes respuesta a través del
portal www.mercadopublico.cl.
En caso de ofertas temerarias o peligrosas, la comisión evaluadora deberá
previamente analizar la viabilidad de la oferta, de acuerdo al procedimiento
establecido en el artículo 61 del reglamento de N° 661 del 2024 del Ministerio de
Hacienda.
5) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo
siguiente:
a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
b) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los
requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los
requisitos incumplidos.
c) La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no
se presentarán ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgue
que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses
del Servicio.
d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo
aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier
observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
e) La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para
adoptar la decisión final.
Durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto
con SENDA para los efectos de la misma, a menos que las presentes Bases
señalen alguna excepción.
4.4. Aclaraciones, errores u omisiones y solicitud de certificaciones o
antecedentes
Una vez realizada la apertura de las ofertas, SENDA podrá solicitar a los
oferentes las aclaraciones que sean necesarias para una mejor comprensión de su
oferta, así como que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las
rectificaciones de dichos vicios no les confieran una situación de privilegio respecto
de los demás proponentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud
al resto de los oferentes si correspondiere, a través del portal
www.mercadopublico.cl. Para estos efectos, el oferente dispondrá de un plazo de 3
días hábiles, para enviar su respuesta a través del portal www.mercadopublico.cl.
Además, la comisión evaluadora podrá solicitar a la entidad oferente la
presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido
presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del
plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
En todos los casos señalados, los oferentes tendrán un plazo de 3 días
hábiles, para enviar su respuesta a través del portal www.mercadopublico.cl,
contados desde efectuado el requerimiento por el mismo medio.
4.5. Criterios de evaluación
Sólo se evaluarán las ofertas que hayan dado cumplimiento a las condiciones
administrativas señaladas en el número 4.6 y siguientes, que a su vez cumplan con
los requisitos y especificaciones mínimas exigidas en estas Bases, lo que será
revisado por la comisión evaluadora, de acuerdo al procedimiento de evaluación
que a continuación se detalla:
La evaluación de las ofertas será realizada por la Comisión de Evaluación, la
que analizará los antecedentes y las ofertas presentadas, de acuerdo a los criterios
establecidos a continuación:
El proceso de evaluación será interno y se realizará aplicando en cada una de
ellas una escala de notas de 0 a 7, con dos decimales sin aproximación.
Por último, toda oferta que no se ajuste a los objetivos planteados en estas
bases, deberá ser declarada inadmisible mediante la dictación del correspondiente
acto administrativo.
4.6. Evaluación de la propuesta Técnica
La propuesta técnica se evaluará de acuerdo a los criterios de evaluación y la
pauta de evaluación que se indica a continuación. Para obtener la nota final de la
evaluación técnica se deberán sumar y ponderar las notas obtenidas en la pauta de
evaluación que se indica más adelante, todo ello en base a una escala de notas de
0 a 7. La nota mínima para adjudicar la línea será de 4.0.
En la evaluación de la propuesta técnica se considerarán los siguientes
criterios 4.6.1. Mecanismo de asignación de Puntaje
1. Evaluación del Oferente 30%
1.1 Experiencia en la ejecución de programas o proyectos con población en
exclusión social (50%)
En caso de superponerse temporalmente experiencias, se considerará el
periodo total de aquellas, sin realizar una contabilización separada de ellas.
Se entenderá por población en exclusión social individuos o grupos que
enfrentan múltiples carencias y barreras que restringen su participación plena en la
sociedad en igualdad de condiciones, impidiéndoles acceder a una calidad de vida
digna y a los recursos y oportunidades básicas tales como educación, empleo,
vivienda, protección social.
1.2 Experiencia en gestión de programas de residencias o viviendas para
personas con problemas de salud mental y/o consumo de alcohol y otras drogas.
(50%)
En caso de superponerse temporalmente experiencias, se considerará el
periodo total de aquellas, sin realizar una contabilización separada de ellas.
2. Evaluación del Equipo de Trabajo 40%
2.1 Experiencia del coordinador/a del equipo en la coordinación de programas
sociales (30%)
En caso de superponerse temporalmente experiencias, se considerará el
periodo total de aquellas, sin realizar una contabilización separada de ellas.
2. 2 Experiencia del equipo de intervención directa en programas/proyectos
con población vulnerable, residencias o de integración social (50%)
En caso de superponerse temporalmente experiencias, se considerará el
periodo total de aquellas, sin realizar una contabilización separada de ellas.
En este ítem se considerará la experiencia de las personas que cumplen el rol
de facilitadoras y habilitador/a de compete2.3 Formación en enfoque de género (20%)
ncia.
La formación certificada se acredita a través de un curso, diploma o pos título
de género. En el caso de acreditar un curso, el certificado debe detallar al menos
20 hrs.
3. Trabajo en red (10%)
3.1 Redes para implementar el proyecto (100%)
Se considerarán sólo aquellas cartas de compromiso o documentación que
describa el aporte o tipo de apoyo de manera explícita, los cuales deben apoyar el
proceso tanto de los participantes, desde una lógica de inclusión social, como al
equipo favoreciendo su práctica y quehacer. No se considerarán cartas
provenientes de centros de tratamiento por alcohol y otras drogas.
4. Condiciones de remuneración (20%)
4.1 Remuneraciones (100%)
Para la evaluación de este criterio, se evaluará por cada línea de servicio, y
se considerará por separado cada uno de los siguientes roles del equipo de
trabajo: coordinador/a, facilitador/a de itinerario y asesor/a de competencias.
Para cada rol, se evaluará el promedio de la remuneración bruta mensual
ofertada para los trabajadores que desempeñarán dicha función.
A la oferta que presente el mayor promedio de remuneración bruta para
cada rol, se le asignarán 7 puntos. Las demás ofertas se puntuarán de acuerdo
con la siguiente fórmula:
Una vez calculados los puntajes para cada uno de los tres roles, se
obtendrá el puntaje final del criterio de remuneraciones mediante el promedio
simple (utilizando dos decimales) de los tres puntajes parciales.
Si no se presenta información respecto de uno o más roles, se asignará 0
puntos para el(los) rol(es) omitido(s), afectando proporcionalmente el puntaje total.
Esta información debe ingresarse en el Anexo 4, en conjunto con los
antecedentes solicitados.
4.6.2. Puntaje Técnico
La suma de los puntajes obtenidos de acuerdo a la pauta anterior,
debidamente ponderados según la tabla de evaluación precedente, dará la nota
final de la propuesta técnica. El puntaje técnico obtenido se expresará con dos
decimales sin aproximación.
En todo caso, aquellos oferentes que obtengan una nota inferior a 4.0 en su
oferta técnica no podrán ser adjudicados, y su oferta deberá ser declarada
inadmisible, por no ser conveniente para los intereses del Servicio Nacional.
4.7. Cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de la
oferta (2%)
Se evaluará el cumplimiento por parte del oferente de todos los requisitos
formales en la presentación de la oferta en los plazos establecidos para ello, de
acuerdo a los siguientes criterios:
4.8. Programas de Integridad (2%)
Las entidades deberán acompañar documentos que permitan verificar la
existencia del programa de integridad y su difusión dentro de la empresa u
organización.
Se podrá verificar mediante cualquier documento, manual, circular,
memorándum interno, correo electrónico o cualquier otro documento idóneo para
dar cuenta de la implementación y difusión del señalado programa (en idioma
español), se asignará puntaje 7 al oferente que cuente con dicho programa y
acompañe los respectivos verificadores.
En el caso que el servicio sea ejecutado directamente por personas naturales
(Anexo 5B), se evaluará la formación personal en cursos de perfeccionamiento,
diplomados y/o capacitaciones en modalidad presencial y/o E-learning u otros
documentos fidedignos en que conste que se han capacitado en integridad o
compliance, se asignará puntaje 7 a la persona natural que cuente con la señalada
formación y acompañe los verificadores de ello.
Para dar cuenta de la implementación de un programa de integridad deberá
completarse el anexo señalado y además acompañar en formato libre él o los
documentos verificadores.
La falta o no presentación de los referidos anexos, implica declarar la
inadmisibilidad de la respectiva oferta.
4.9. Evaluación de las Ofertas Económicas (5%)
La evaluación se hará respecto de la línea de servicio N° 1, sobre la base de
una escala de 1 a 7, mediante la aplicación de una regla aritmética de tres,
asignando la nota más alta a la propuesta de menor valor, impuestos incluidos, que
sea presentada.
Para la ejecución del servicio que se licita, SENDA ha dispuesto un monto
máximo señalado en el punto N° 1.3 de estas bases; las ofertas económicas que
superen dicho monto serán declaradas inadmisibles. Asimismo, lo serán aquellas
que oferten un valor inferior al 95% del monto allí dispuesto. Para estos efectos el
oferente deberá presentar el Anexo N° 2, contenido en el Acápite III de las
presentes Bases, debidamente llenado.
Las ofertas serán evaluadas económicamente a través de la aplicación de la
siguiente fórmula:
Puntaje económico = OPM * 7/OE
Dónde:
OPM: es el precio menor de todas las ofertas evaluadas
OE: es el precio de la oferta evaluada
7: es el puntaje máximo para el factor
Se deja expresa constancia que, es responsabilidad exclusiva del oferente,
considerar dentro del monto bruto máximo ofertado, los eventuales impuestos a los
que pudiera verse afecto, a la luz de las modificaciones introducidas por la Ley N°
21.420 y todo otro eventual hecho gravado que pudiera estar considerado en virtud
de los servicios licitados.
4.10. Puntaje Final
El oferente que obtenga la más alta calificación que resulte de la suma de las
notas finales obtenidas en la evaluación del cumplimiento de los requisitos
formales, programas de integridad y propuesta técnica, será quien se adjudique la
línea de servicio
La nota final que los oferentes obtengan será ponderada con los siguientes
valores:
a) La evaluación técnica 91%
b) Propuesta económica 5%
c) Cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de la oferta 2%
d) Cumplimiento de programa de integridad 2%
4.11. Mecanismo para dirimir empates
En caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o
más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimir, en el
orden de prelación que a continuación se indica:
1. Primeramente, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere
obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “Evaluación del
oferente”.
2. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá
éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en
el ítem denominado “evaluación del equipo de trabajo”.
3. Sí, no obstante, y luego de aplicar el criterio precedente, se mantuviera el
empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la
más alta calificación en el ítem denominado “Trabajo en Red”.
4. Si persiste la igualdad, se preferirá la propuesta que tenga mayor nota de
evaluación en el ítem “Condiciones de Remuneración”
5. Finalmente, si pese a los mecanismos para dirimir empates aún existiera un
empate entre dos o más oferentes, se resolverá en favor de quien presentó
primero su oferta en el portal de mercado público.
4.12. Rechazo de las Ofertas
SENDA declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los
requisitos establecidos en las presentes Bases.
Declarará desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando
éstas no resulten convenientes para los intereses del SENDA. En cualquiera de
dichos casos la declaración deberá ser por acto administrativo fundado.
|
|
|
|
ADJUDICACIÓN |
|
La adjudicación se realizará dentro de los 10 días hábiles siguientes a la
realización de la evaluación de las ofertas.
Sin perjuicio de lo anterior, el SENDA, a través de acto administrativo
fundado, totalmente tramitado, podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación,
informando de este hecho, sus fundamentos y del nuevo plazo a través del portal
www.mercadopublico.cl.
5.1. Selección del adjudicado y readjudicación
El proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación será
seleccionado. Posteriormente se procederá a su adjudicación mediante acto
administrativo fundado de SENDA, debidamente notificada al adjudicatario y al
resto de los oferentes, a través del sistema de información de compras públicas. en
dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación y el puntaje que hayan
permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los
oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el
Estado, que desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida
suscribir el contrato respectivo, se adjudicará al oferente que, según el Acta Final
de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es
conveniente a los intereses del SENDA, o bien se declarará desierta la licitación,
según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
5.2. Causales para dejar sin efecto la adjudicación
SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto
administrativo, por las siguientes causales:
1) Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas
en el numeral en el punto 6.1 de las presentes Bases.
2) Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos
señalados en el punto 6.2 de las presentes Bases.
3) Si el oferente adjudicado, debiendo entregar la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento del contrato, no la entregase en tiempo y forma, de acuerdo a
lo señalado en el punto 6.3 de las presentes Bases.
4) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA,
desistiera de su oferta.
5) Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro del
plazo establecido en el punto 6.4 de las presentes Bases.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el SENDA
hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicará al Oferente que,
según el Acta de Evaluación Final, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje
final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses del
SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto
administrativo fundado.
|
|
|
|
CONTRATACIÓN |
|
Se elaborará un contrato de prestación de servicios, dentro de los 10 días
hábiles desde la recepción de la documentación necesaria para elaborar el
contrato.
6.1. Inhabilidades para contratar
No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna
de las siguientes inhabilidades:
1) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4°
inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios. Asimismo, no estar afecto a ninguna
de las inhabilidades en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quater
y siguientes de la Ley 19.886.
2) No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y que tampoco
está unido a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del
artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado.
3) No es gerente, administrador, representante o director de sociedades de
personas en las que formen parte tales funcionarios directivos o parientes; ni
de sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que
aquellos o éstos sean accionistas; ni sociedades anónimas abiertas en
aquellos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o más
del capital.
4) No ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley
N°211 de 1973.
5) Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el
artículo 33 de la ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos.
6) La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las penas
establecidas en los artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que indica.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, SENDA
adjudicará la licitación, al oferente que según el Acta de Evaluación Final hubiese
obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es
conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación, según
corresponda, a través de acto administrativo fundado.
6.2. Requisitos para contratar
Los oferentes seleccionados deberán presentar dentro de los 20 días corridos
siguientes a la fecha de la notificación de la resolución que adjudica la presente
propuesta pública, la documentación que a continuación se indica para suscribir el
contrato respectivo.
6.2.1. Todos los oferentes
1) Encontrarse inscrito y hábil en el registro de contratistas y proveedores de la
Dirección de Compras y Contratación Pública.
2) Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Según las indicaciones
contenidas en el punto 6.3 de las presentes Bases.
Con el objeto de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y
previsionales con sus actuales trabajadores y con los contratados en los últimos
dos años, el adjudicatario deberá acompañar un certificado vigente de
Antecedentes Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo y
una declaración jurada según el formato que a continuación se indica:
En el caso que el adjudicatario tenga trabajadores contratados o los haya
tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada
según el formato que a continuación se indica, debiendo seleccionar sólo una de
las opciones especificadas:En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del
contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo
la entidad acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al
cumplirse la mitad del período de ejecución de la contratación. Senda exigirá que la
entidad contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y
planillas, en la oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento de las
obligaciones adeudadas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la
entidad contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato,
pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la entidad referida no podrá
participar.
6.2.2 Documentos para persona natural:
1. Fotocopia del R.U.T.
2. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para
contratar.
6.2.3. Documentos para persona jurídica nacional (incluidas las
empresas individuales de responsabilidad limitada):
En caso de sociedades:
1) Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias
para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y
representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos,
publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de
Bienes Raíces y Comercio que corresponda, y en los casos de Sociedades
constituidas o que se acojan a la Ley N° 20.659 deberán acompañar
certificado de estatuto actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad
competente.
2) Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los
casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659
deberán acompañar certificado vigencia, emitido por la entidad competente.
3) Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad,
emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que
corresponda.
4) Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
5) Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los
representantes legales.
Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el Conservador
de Bienes Raíces y de Comercio en donde se inscribió la sociedad.
En caso de fundaciones o corporaciones:
1) En entidades constituidas conforme al Decreto N° 110, de 1979 del
Ministerio de Justicia: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos
a escritura pública.
2) En entidades constituidas conforme a la Ley N° 20.500 Sobre Asociaciones
y Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea
constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado
suscrito ante ministro de fe, y debidamente autorizados por el Secretario
Municipal respectivo, en los términos establecidos por el artículo 548 del
Código Civil.
3) Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad
jurídica, o certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del
Servicio de Registro Civil e Identificación.
4) Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad
jurídica, cuando corresponda.
5) Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que
caso que existiere y todas las escrituras públicas insertar en ellos, y sus
pertinentes publicaciones en el Diario Oficial; o acta o actas donde se
apruebe la reforma de estatutos, debidamente autorizadas por el Secretario
Municipal respectivo.
6) Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de Registro Civil e
Identificación.
7) Certificado de Directorio emitido por el Servicio de Registro Civil e
Identificación.
C. En todos los casos:
Declaración jurada en la que conste lo siguiente, según el formato de
declaración que a continuación se indica.
Se exceptúan de declarar lo requerido en el número 1 de la declaración
jurada, las Universidades, Corporaciones o Fundaciones.
6.2.4. Documentos para persona jurídica extranjera:
Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos
que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto
en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores
de Chile.
Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile,
acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y
representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y
representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en
el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento
donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y
cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de
agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del
representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante
legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las
presentes bases.
Deberá designar domicilio en Chile.
Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su
existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº
18.046.
6.2.5. Unión temporal de proveedores
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de
Proveedores, deberá presentar la escritura pública donde se materialice el acuerdo
para constituir la Unión Temporal, además, cada uno de sus integrantes deberá
presentar todos los documentos señalados en los puntos anteriores, según sea el
caso.
Asimismo, cada proveedor que integre dicha unión temporal deberá
inscribirse en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato.
En todos los casos, no se exigirá la presentación de los documentos
señalados cuando se encuentren digitalizados y vigentes en el Registro de
Proveedores.
6.3. Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
Una vez notificado al Oferente la adjudicación, éste deberá dentro de 20 días
hábiles, a contar de dicha notificación, presentar una caución o garantía, con una
vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles al plazo de vigencia del contrato,
a objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones
contractuales.
Cada caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut
61.980.170-9, (el nombre podrá abreviarse, pero siempre deberá indicarse el
RUT.); por un monto igual o superior al 5% del valor neto del contrato, que, para
efectos de claridad del proceso, se indicará para cada línea de servicio adjudicada
en la Resolución correspondiente.
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato deberá ser
pagadera a la vista, con carácter de irrevocable.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que,
junto con garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se
garantiza el cumplimiento de obligaciones laborales y sociales; y el pago de multas
a las que pudiera dar origen el incumplimiento del contrato, excluyendo el
sometimiento previo a arbitraje.
La garantía o caución presentada deberá señalar que se encuentra tomada
como “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato” e indicar el número
de ID que identifica a la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
Con todo, tratándose de un vale o depósito a la vista, atendida su naturaleza,
no requerirá expresar la mencionada glosa ni la vigencia.
Si la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato es otorgada en el
extranjero, el emisor del documento respectivo debe estar representado en Chile o
estar reconocido por un banco o institución financiera chilena.
Si el Oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la
forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso
el SENDA hará efectiva la garantía y adjudicará al Oferente que, según el Acta
Final de Evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará
desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
Además, dicha garantía cubrirá el pago de las obligaciones laborales y
sociales con los trabajadores del adjudicatario, de conformidad a lo señalado en el
artículo 11 de la Ley N° 19.886.
SENDA hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de
Contrato, una vez recibido conforme los servicios y cumplido a satisfacción el
contrato.
6.4. Formalización del contrato
El adjudicado deberá remitir a SENDA el contrato firmado, dentro de los 10
días hábiles siguientes a su envío
Si el adjudicado no suscribe el Contrato dentro del plazo ya indicado, SENDA
podrá tener por desistida su oferta, a menos que la no suscripción del contrato se
deba a una causa imputable a SENDA, y adjudicará al Oferente que, según el Acta
Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final o declarará
desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
Se deja expresa constancia que si la adjudicataria registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de
pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones
se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de la ejecución del contrato, con un
máximo de seis meses, para estos efectos en este plazo deberá presentar los
comprobantes de pagos que demuestren fehacientemente el total cumplimiento de
la obligación. El incumplimiento de esta obligación por parte de la entidad
contratada dará derecho a dar por terminado anticipadamente el respectivo
contrato, pudiendo llamar a una nueva licitación en la que la entidad no podrá
participar.
6.5. Aprobación del contrato
El contrato que el SENDA suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado
a través del correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la
fecha de total tramitación de dicho acto administrativo.
Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicado podrá iniciar la ejecución del
servicio licitado, sin esperar la total tramitación del acto que aprueba el
contrato respectivo, previa coordinación con la contraparte técnica.
Con todo, los pagos sólo podrán realizarse una vez que se encuentre
totalmente tramitado el acto que apruebe el contrato.
|
|
|
|
CONTENIDO DEL CONTRATO |
|
7.1. Objeto e interpretación del contrato
El objeto del presente contrato es la implementación y operación de las
Viviendas de Apoyo a la Integración Social (VAIS), destinadas a personas en
proceso de recuperación por consumo problemático de alcohol y otras drogas,
conforme a las especificaciones contenidas en las Bases Técnicas y
Administrativas de la licitación.
El Contratista deberá:
1) Poner a disposición y mantener en funcionamiento viviendas en las comunas
y sectores definidos en las Bases Técnicas.
2) Garantizar condiciones de infraestructura y equipamiento mínimo que
permitan un espacio seguro, habitable y adecuado para la vida en
comunidad.
3) Conformar y mantener un equipo de trabajo multidisciplinario, calificado y
suficiente en horas y funciones, de acuerdo con los perfiles y condiciones
exigidas.
4) Proporcionar acompañamiento técnico y social, orientado al desarrollo de
habilidades de autonomía, reinserción social y sostenibilidad del proceso de
recuperación.
5) Entregar los servicios y bienes necesarios para la adecuada atención de las
personas usuarias, conforme a las condiciones de calidad establecidas en
las Bases.
Formarán parte integrante del contrato las Bases de Licitación, sus
aclaraciones y modificaciones, así como la oferta presentada por el adjudicatario,
todo lo cual se entenderá complementario entre sí. En caso de discrepancia,
prevalecerá el orden señalado en el artículo 1° del Reglamento de la Ley N°
19.886, aprobado mediante Decreto Supremo N° 661 de 2024 del Ministerio de
Hacienda.
El presente contrato se rige por las normas previstas en la Ley N° 19.886 de
Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y
su Reglamento. Conforme a lo dispuesto en el artículo 1° de dicha ley, se aplicarán
supletoriamente las normas de Derecho Público y, en defecto de éstas, las normas
del Derecho Privado. En todo lo no previsto en el presente contrato, éste será
interpretado armónicamente en virtud de las normas jurídicas y antecedentes
indicados en la presente cláusula.
7.2. Plazo de ejecución
El servicio tendrá una duración de treinta 30 meses, esto es, a partir de julio
del 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2028.
En consideración al servicio requerido y definido en estas bases de licitación
pública, las entidades deberán contar, al día de inicio del contrato, con la
implementación y equipamiento adecuado de la Vivienda que permita la entrega del
servicio, así como con la totalidad del recurso humano ofertado y adjudicado.
Para lo anterior, SENDA podrá, desde la suscripción del respectivo contrato,
visitar la vivienda para velar por el cumplimiento de las condiciones del párrafo
anterior.
Todas las notificaciones, que hayan de efectuarse en virtud del contrato que
se celebre entre las partes se realizarán mediante correo electrónico dirigido a la
casilla de correo electrónico indicada por la entidad en el formulario de
presentación de propuesta técnica (Anexo N°1 de las bases administrativas y
técnicas) o documento donde conste la propuesta técnica según sea el caso.
Para todos los efectos, se entenderá notificado al día hábil siguiente desde el
envío del referido correo electrónico.
7.3. Obligaciones del contratista
El contratista deberá cumplir, como mínimo, con las siguientes obligaciones:
I. Ejecución Técnica y Operativa
a) Mantener en funcionamiento continuo la(s) vivienda(s) adjudicada(s),
asegurando las condiciones de infraestructura, equipamiento y
habitabilidad requeridas.
b) Garantizar la disponibilidad del equipo de trabajo comprometido en la
oferta, respetando jornadas, perfiles profesionales y experiencia exigida.
c) Implementar el acompañamiento técnico individual y grupal a las
personas usuarias, en las áreas de salud, autocuidado, inserción social,
laboral y comunitaria.
II. Gestión Administrativa y de Recursos
a) Destinar los recursos exclusivamente al cumplimiento de los fines del
programa.
b) Presentar informes técnicos, administrativos y financieros en la forma y
plazos establecidos por SENDA.
c) Acreditar mensualmente el pago íntegro y oportuno de remuneraciones y
cotizaciones previsionales del personal.
III. Normativa y Supervisión
a) Permitir y facilitar la supervisión, fiscalización y monitoreo de SENDA,
entregando toda la información requerida
b) Cumplir las normas legales y reglamentarias aplicables en materia
laboral, sanitaria, previsional, de probidad y transparencia.
c) Mantener reserva y confidencialidad de los datos de las personas
usuarias y de la información obtenida en la ejecución del programa.
IV. Continuidad y Calidad del Servicio
a) Garantizar la continuidad del servicio durante toda la vigencia del
contrato.
b) Aplicar protocolos de seguridad y planes de contingencia frente a
situaciones críticas que afecten a las personas usuarias o al
funcionamiento de la vivienda.
7.4. Obligaciones de SENDA
SENDA se obliga a:
I. Supervisión y Coordinación
a) Designar un Administrador del Contrato, responsable de coordinar,
supervisar y monitorear la ejecución de los servicios.
b) Proporcionar al Contratista lineamientos técnicos y metodológicos
necesarios para la adecuada implementación del programa.
II. Apoyo y Asesoría Técnica
a) Realizar asesorías técnicas periódicas y visitas de supervisión en las
viviendas adjudicadas, con el fin de apoyar la correcta implementación
del modelo VAIS.
b) Emitir observaciones, recomendaciones y orientaciones que contribuyan
a la mejora continua del servicio.
III. Gestión Financiera
a) Efectuar los pagos pactados en los plazos y condiciones establecidos en
el contrato, previa revisión y aprobación de los informes
correspondientes.
IV. Garantía de Buen Servicio
a) Resolver, dentro de sus competencias, consultas o requerimientos
administrativos y técnicos presentados por el Contratista.
7.5. Del pago y de los informes
A. Del pago
El monto adjudicado será pagado en 30 cuotas mensuales iguales,
distribuidas en 6 pagos año 2026 y 12 pagos para año 2027 y 2028,
correspondientes al precio mensual del servicio contratado. Cada cuota mensual
cubrirá la totalidad de los gastos incurridos, incluidos impuestos y cualquier otro
costo asociado a la correcta operación del servicio.
SENDA no entregará recursos adicionales a los aquí estipulados, por lo que el
monto ofertado deberá considerar la totalidad de los costos necesarios para la
ejecución del servicio, incluyendo el pago de IVA.
El monto mensual podrá ser objeto de reajuste, exclusivamente mediante acto
administrativo fundado, dictado por SENDA en diciembre de 2026 y 2027, el cual
comenzará a regir a contar del mes de enero de 2027 y 2028 respectivamente. El
reajuste será determinado considerando el índice de actualización del presupuesto
del Sector Público y, en especial, la disponibilidad presupuestaria conforme a la
Ley de Presupuestos del respectivo año.
La aplicación del reajuste no requerirá modificación del contrato, y será
debidamente notificado a la entidad ejecutora una vez totalmente tramitada la
respectiva resolución.
B. De los informes
Existirá un formato específico de informe que deberá ser completado sin
alterar su contenido.
Dichos informes deberán ser entregados en formato electrónico mediante
Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el link
https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual, a más tardar el 3er día hábil del mes
siguiente dirigidos al encargado/a de Integración social de la Dirección regional
respectiva, quien deberá evaluar el contenido de los mismos en un plazo máximo
de 10 días hábiles.
Aprobado el informe, se dará lugar a la recepción conforme de los bienes y/o
servicios adquiridos por el encargado/a de Integración social de la Dirección
regional respectiva, procediendo al pago.
Las facturas deberán ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o SENDA, RUT Nº
61.980.170-9, dirección calle Agustinas N° 1235, piso 9, Santiago o en la forma que
el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, instruya a futuro. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol no enviará facturas que no se encuentren
debidamente extendidas, que presenten enmiendas o estén incompletas,
procediéndose a la devolución de la misma, reclamando en contra del contenido de
la factura dentro del plazo de 8 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley
Nº 19.983.
El pago se realizará directamente a la cuenta corriente bancaria o cuenta vista
señalada por el prestador con anterioridad a la emisión de la orden de compra.
7.6. Modificación del contrato
Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el SENDA estima necesario
realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, las que por su magnitud
representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario; podrá proponer a éste
las modificaciones, las que podrán incluir las prestaciones, plazos y en
consecuencia el monto total del contrato, no pudiendo exceder este último el 30%
del originalmente propuesto.
La modificación señalada deberá ser aprobada mediante la suscripción del
contrato respectivo, sancionado a través del correspondiente acto administrativo
totalmente tramitado.
El reajuste de precio indicado en el punto 1.3 de las Bases Administrativas, no
significará una modificación del contrato, sino que será aprobado mediante
Resolución Exenta y comunicada al prestador, comenzando a regir en el mes de
enero de 2027 y 2028 respectivamente.
La cuantía de dicho reajuste será fijada en la época indicada previamente,
teniendo como factores referenciales el factor actualización del presupuesto del
Sector Público anual y, especialmente, la disponibilidad presupuestaria de acuerdo
a la Ley de Presupuesto del Sector Público del año correspondiente.
7.7. Propiedad Intelectual
Los documentos de orientaciones técnicas, el sistema de registros VAIS, así
como los documentos emanados desde el área de Integración Social, no podrán
ser difundidos o reproducidos, en cualquier forma o medio, total o parcialmente.
Es posible y se permite la adaptación de ciertos documentos por parte de los
equipos ejecutores, siempre y cuando contribuyan al proceso de las personas
usuarias. La modificación de estos documentos, como pueden ser el
consentimiento informado, plan de inserción y autonomía, debe ser consentido y
aprobado por parte de los y las encargadas de Integración social de las direcciones
regionales o quien subrogue, a través de correo electrónico.
7.8. Consentimiento informado
El consentimiento informado se comprende como un proceso dialógico entre
la persona usuaria y el equipo VAIS, que se desarrolla de forma permanente
durante toda su permanencia en VAIS y que releva el derecho de la persona a
decidir sobre trayectoria y proceso de inserción y autonomía disponiendo de toda la
información requerida para una toma de decisión autónoma y consciente.
Para efectos de ingreso a la VAIS, el proceso de consentimiento se
materializa a través de la firma de un documento donde la persona señala su
voluntad para consentir su ingreso al programa, por lo que el contenido de este
documento debe ser claro, entendible y no extenso. El documento debe incluir:
1) Breve descripción del programa
2) Breve metodología de acompañamiento (asesorías semanales para coconstruir y avanzar en el plan de inserción y autonomía)
3) Aludir explícitamente a la voluntariedad de la persona para acceder a VAIS
4) Declarar su derecho a confidencialidad, informando sobre límites de la
confidencialidad (informes a Tribunales o el intersector) cuando así
corresponda
5) Debe señalar que su permanencia en VAIS no tiene costo para la persona
usuaria.
Para la aplicación del consentimiento informado se debe procurar escribir la
fecha y firma de la persona responsable como del participante, entregando copia a
cada persona usuaria y resguardando el original en la carpeta del usuario.
El formato de consentimiento informado, que debe ser el instrumento de
trabajo de cara a los y las participantes, pudiendo ser adaptado por el contratante
previo envío de propuesta y autorización por correo electrónico por parte del
encargado/a de integración social de la Dirección regional.
No obstante, cualquier modificación debe cautelar el espíritu original del
consentimiento como un instrumento que resguarda la voluntariedad de la persona
para acceder al programa por sobre la asignación de cargas adicionales y/o reglas
autoritarias que desproporcionan el sentido del programa que es la autonomía
progresiva.
7.9. Carpetas técnicas de personas usuarias y su resguardo
Sobre las carpetas técnicas de participantes el oferente está mandatado a
mantener actualizada las carpetas técnicas que son el instrumento en el cual se
registra la trayectoria de acompañamiento de una persona y de su proceso en
VAIS.
Las carpetas técnicas deben contener:
1) Antecedentes vinculados a la postulación (ficha de postulación, y otros
antecedentes que complementen la información)
2) Consentimiento informado
3) Detección de necesidades o evaluación de integración social
4) Plan de inserción y autonomía con plazos para su ejecución
5) Evaluaciones y actualización del plan de inserción y autonomía
6) Recibos de aporte del 10%
7) Documentos que resulten de la aplicación de instrumentos o metodologías
de trabajo
8) Documentos de gestión de redes, diligencias y/o beneficios recibidos, entre
otros.
9) Las carpetas deben tener la identificación actualizada de la persona usuaria;
nombre completo, número y tipo de documento de identificación: cédula de
identidad, pasaporte, u otro; sexo, fecha de nacimiento, domicilio, teléfonos
de contacto y/o correo electrónico, ocupación y sistema de salud al que
pertenece. Así mismo, en los casos de personas TRANS, se debe
considerar la normativa vigente, en que todos los registros utilizados en la
atención, deben contemplar en primer lugar el nombre legal de la persona
(consignado en el carnet de identidad o documento de identificación) y en
segundo lugar el nombre social con que la persona se identifica.
10)Además, debe contener decisiones adoptadas por la persona respecto del
acompañamiento técnico, tales como solicitud de egreso, altas
administrativas y requerimientos vinculados a sus convicciones religiosas,
étnicas o culturales, en su caso, junto con lo anterior, debe incluir los
Informes de derivación a otro programa, Informes a Tribunales u otras
instituciones.
En el caso de participar niños y niñas de manera permanente, también
deben existir carpetas enlazadas a su adulto referente. Estas deben procurar la
identificación actualizada del niño/a (con los mismos estándares que para las
personas adultas). Su contenido debe resguardar información sobre la relación
directa y regular, gestión de redes intersectoriales, y cualquier otra información
relevante para el/ella y el equipo.
Al igual que las carpetas de las personas adultas, su contenido es sensible y
debe mantener condiciones de confidencialidad, no obstante, a su adulto
responsable se le debe proporcionar la información manteniéndolo actualizado en
todo momento.
B. Resguardo de las carpetas técnicas
El contratista se encargará del resguardo de las carpetas técnicas, las que
deben considerar el acceso restringido y la seguridad de las mismas.
En caso de cambio de contratista para la ejecución de VAIS, las carpetas de
participantes que se encuentren activos, deberán ser traspasadas al nuevo
ejecutor, para ello deberán solicitar el consentimiento escrito y firmado de la
persona participante, como también un documento escrito de recepción de la
información por parte del nuevo contratista.
En caso de finalización del contrato, las carpetas técnicas de participantes
egresados deben ser resguardadas por un periodo de 5 años, debiendo mantener
toda la información protegida y en un lugar seguro con acceso restringido. La
entidad deberá generar los mecanismos para la entrega de información en caso de
que las personas participantes la soliciten, y/o SENDA o solicitudes de tribunales,
una vez finalizado el contrato.
7.10. Exclusividad en el uso de la Vivienda
Por otra parte, la vivienda y su respectiva infraestructura y equipamiento será
de uso exclusivo para el programa VAIS, por tanto, no podrán residir en ella
personas usuarias que no formen parte de los cupos autorizados por SENDA y
registrados en el SISTEMA informático VAIS; como tampoco podrán funcionar en
las instalaciones (vivienda y terreno), otros proyectos o equipos que no formen
parte de la propuesta técnica. Asegurando un verdadero sentido de casa, evitando
la institucionalización de la experiencia y permitiendo un mejor uso del dispositivo
De verificarse un incumplimiento a la exclusividad del destino de la
infraestructura, se dará lugar al término anticipado del contrato de acuerdo a la letra
p del “III” contenido en el numeral 7.17. relativo al término anticipado parcial o total
del contrato.
7.11. Sistema de Asesoría
La licitación será objeto de asesorías, supervisión y evaluación periódica por
parte del Servicio Nacional.
El sistema de asesoría será de responsabilidad de SENDA y el contratista
deberá disponer y asegurar que todo el equipo participe de las diferentes instancias
de asesoría técnica pudiendo ser lideradas principalmente por el área de
integración social de la Dirección regional como por las contrapartes del nivel
central de SENDA.
Durante el primer trimestre de cada año, la Dirección Regional elaborará un
plan anual de asesoría, el cual será presentado y acordado a través de la firma de
quien coordina la VAIS, este Plan, debe recoger desafíos técnicos, proceso de
mejoras y elementos que contribuyan al desarrollo del quehacer tanto del ejecutor
como del equipo VAIS de cara a las trayectorias de los y las participantes. La
elaboración de dicho plan, será un eje estructurante del sistema de asesoría anual,
proyectando el desarrollo de temas entre el equipo VAIS e Integración social de la
Dirección regional.
Las asesorías técnicas serán mensuales y principalmente presenciales, en las
dependencias de la VAIS, previa coordinación entre el equipo de Integración social
de la Dirección regional, de igual manera, existirán instancias de asesoría y
acompañamiento técnico virtual, en donde es indispensable la participación del
equipo VAIS.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA podrá generar visitas técnicas a la VAIS
sin previa coordinación con el equipo.
Las asesorías técnicas y acompañamiento técnico, en algunas oportunidades
se puede traducir en jornadas o capacitaciones que tienen por objetivo fortalecer
las competencias del equipo y propender a la mejora continua de la VAIS. Para
ello, es necesario que todo el equipo se comprometa a asistir, en la eventualidad
de generar instancias como éstas.
7.12. Sistema de Monitoreo
El contratista debe contribuir a la promoción de una cultura de evaluación y
mejora continua de la calidad de los servicios, resguardando la participación del
equipo profesional en instancias de asesoría y capacitación, favoreciendo la
integración en el programa de metodologías de evaluación de procesos y
resultados VAIS.
En ese marco, se sitúa el Sistema de Monitoreo de Resultados, mecanismo
de recolección y análisis de la información proveniente del Sistema informático
VAIS que los equipos profesionales deben conocer y utilizar de manera periódica,
con la finalidad de obtener indicadores de resultados que apoyen la toma de
decisiones orientadas a la mejora continua de la calidad.
Cada VAIS deberá realizar un monitoreo de sus resultados, que incluye
variables tales como tiempos de espera, tiempo óptimo, motivo de egreso, mejoras
en habitabilidad, y una propuesta de mejoramiento y/o mantenimiento de
indicadores, en formato establecido por SENDA de acuerdo al documento de
Monitoreo de Indicadores, el que será entregado por las respectivas Direcciones
Regionales. El adjudicatario deberá velar por que cada VAIS correspondiente a la o
las líneas adjudicadas, remita el Sistema de Monitoreo de Resultados a la
respectiva oficina regional de SENDA, en los siguientes plazos:
1) Al 30 de enero de 2027, que dé cuenta de la información desde la fecha de
suscripción del contrato al 31 de diciembre de 2026.
2) Al 30 de julio de 2027, que dé cuenta de la información del periodo 1 de
enero al 30 de junio de 2027
3) Al 30 de enero de 2028, que dé cuenta de la información del periodo 1 de
julio al 31 de diciembre de 2027.
4) Al 30 de julio de 2028, que dé cuenta de la información del periodo 1 de
enero al 30 de junio de 2028.
5) Al 20 de diciembre de 2028, que dé cuenta de la información del periodo 1
de julio al 10 de diciembre de 2028.
El monitoreo de VAIS no sólo se garantiza desde el contratista y por medio
de un sistema de Monitoreo de Resultados, sino que se podrá dar en cada asesoría
técnica realizada por el encargado/ de Integración Social o quien subrogue en las
visitas presenciales a la Vivienda. En estas actividades, el funcionario/a de SENDA,
podrá revisar e inspeccionar la VAIS y sus instalaciones con el fin de garantizar las
condiciones originales del contrato, en este sentido y al detectarse hallazgos que
dan cuenta de incumplimientos a las condiciones estipuladas por estas bases para
la ejecución de La Vivienda, serán comunicadas a la unidad de cumplimiento de
contrato de la División de Jurídica para su supervisión.
7.13. Supervisión y evaluación de los servicios
El Servicio Nacional podrá realizar supervisiones de carácter general,
aleatorias, y mediante visitas sin previo aviso a las VAIS, cada vez que lo estime
pertinente, con el objeto de asegurar la calidad de los servicios prestados a las
personas usuarias. En estas supervisiones generales podrá este Servicio realizar
supervisiones técnicas, administrativas o de cualquier tipo. Donde se podrá
considerar entrevistas a participantes previo consentimiento y autorización por
parte de la persona usuaria y donde quede explicitado el motivo y objetivo de la
entrevista, conocer su percepción del servicio recibido.
7.13.1. Supervisión de cumplimiento de contratos
Esta supervisión tendrá como objetivo velar la adecuada ejecución de los
servicios contratados, cautelando un correcto manejo o utilización de los recursos
entregados, a fin de proveer a los y las participantes VAIS un servicio de calidad.
La mencionada supervisión y control se efectuará con la periodicidad
determinada por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, sin perjuicio de lo cual, podrán igualmente realizar
visitas extraordinarias, a los centros ejecutores en convenio.
7.13.2. Supervisión y Evaluación Técnica
El Servicio Nacional asesorará, supervisará y evaluará en forma periódica el
funcionamiento y operación de los servicios licitados.
Las entidades deberán proporcionar las facilidades de acceso a los registros,
informes y datos que le sean requeridos por el Servicio Nacional para la Prevención
y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, para su evaluación, asesoría y
supervisión. La programación de estas visitas será acordada entre los
responsables de la asesoría y evaluación de los equipos, y los equipos de las
entidades prestadoras, indicándose quiénes asistirán a las reuniones técnicas y los
objetivos de las distintas visitas programadas. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán
realizar visitas, no programadas, sin aviso previo.
SENDA, a objeto de velar por el correcto funcionamiento de los servicios
contratados, podrá realizar modificaciones en los sistemas de registros o introducir
otras mejoras o adecuaciones tecnológicas que permitan cautelar la adecuada
ejecución de VAIS. Estas modificaciones, mejoras o adecuaciones serán
informadas a las entidades ejecutoras, las que deberán implementarlas de forma
adecuada, veraz, eficiente y oportuna.
7.13.3. Aplicación anual de la Pauta de indicadores de calidad
Con el fin de asegurar la mejora continua, SENDA dispondrá de manera
anual, de la Pauta de indicadores de calidad, bajo la operacionalización de un
procedimiento para la recogida y el levantamiento de datos, in situ a cada una de
las viviendas.
La aplicación de la Pauta está a cargo de los profesionales de Integración
social de las direcciones regionales y tiene como objeto conocer el desempeño del
programa en relación a las distintas dimensiones constitutivas de la calidad, para lo
cual, es fundamental que la entidad y el equipo disponga de un tiempo adecuado
para aplicar y evaluar las dimensiones de calidad.
Los resultados de la aplicación de la Pauta serán entregados a la entidad y al
equipo ejecutor. Estos resultados deben ser considerados en el marco de un
proceso de mejora continua, por lo que se espera que la entidad se comprometa a
mejorar dimensiones de calidad que presentan brechas.
7.13.4. Evaluación de desempeño a integrantes del equipo VAIS
Se implementará una evaluación particular a los y las integrantes de los
equipos VAIS una vez al año. La evaluación, la realizará el/la encargada de
Integración Social y tiene por objetivo, valorar, a través de una rúbrica
estandarizada, el desempeño de las funciones y roles de cada integrante en
función de 3 dimensiones: aspectos técnicos, aptitudes laborales y habilidades
personales, cada una de ellas con una serie de indicadores.
Los resultados de la evaluación deben ser compartidos con el contratante y
equipo para motivar el trabajo reconociendo fortalezas y espacios de mejoras.
No obstante, si un integrante del equipo es evaluado con un porcentaje menor
o igual a 49% de desempeño, será necesario iniciar un plan de situaciones críticas
con el fin de mejorar el desempeño de la persona en el cargo.
7.14. Planes de Situaciones críticas y reclamos
Ante la existencia de situaciones complejas y/o críticas, que persisten en el
tiempo o revisten gravedad, se requerirá de una estrategia de abordaje y resolución
de mayor constancia que un proceso normal de Asesoría técnica, debiendo
implementarse un “Plan de situaciones críticas”.
Para su ejecución el contratista deberá disponer de las medidas conducentes
para facilitar las acciones de asesoría, evaluación y/o supervisión del programa,
manteniendo la documentación e información que dé cuenta de las actividades y
etapas de ejecución del programa.
SENDA deberá monitorear el cumplimiento del plan de situaciones críticas y
determinar el avance del equipo en relación a los objetivos propuestos y dar
retroalimentación al equipo y/o ejecutor.
De persistir los motivos que originaron el Plan de situaciones críticas y/o el
contratista, no dispone de medidas para facilitar, implementar y ejecutar el Plan,
SENDA podrá analizar dicha situación y solicitar el término anticipado del contrato,
ante el incumplimiento del programa desde la perspectiva de la calidad.
Si durante 12 meses se presentarán más de 1 plan de situaciones críticas,
Senda podrá solicitar el término anticipado del contrato, de acuerdo a la letra q) del
numeral III, del punto 7.17.
Así mismo, los reclamos realizados a través de canales formales como OIRS,
correos electrónicos u otros, también serán objeto de revisión y SENDA podrá
aplicar los mecanismos anteriormente señalados u otros que estime pertinente, en
virtud de responder al contenido de éstos, esclarecer las situaciones planteadas y
asegurar la calidad del servicio y experiencia usuaria.
No obstante, la VAIS debe facilitar el esclarecimiento del motivo del reclamo,
disponiendo de todos los medios y facultades, pudiendo exigirse entrevistas con
personas usuarias, revisión de documentación, aplicación de instrumentos de
satisfacción usuaria, entre otros.
De acogerse y estimar la denuncia o el reclamo, la VAIS deberá implementar
las acciones señaladas por SENDA con el fin de resolver la situación planteada. La
negación o la obstaculización de la propuesta para superar el problema por parte
de la entidad, será objeto de análisis de SENDA permitiendo oficiar a la institución.
7.15. Sobre el equipo de trabajo
El contratista debe cautelar y garantizar que los recursos humanos
contratados tengan la formación, especialización y perfil idóneo para trabajar con la
población destinataria. La selección del equipo debe considerar competencias
específicas para acompañar en aspectos, tales como comorbilidad psiquiátrica,
delito, experiencias de violencia de género, entre otras, y acorde a lo previsto en
las presentes bases de licitación.
En consideración del alto impacto del equipo y su disposición en los procesos
y resultados de VAIS, se espera que el contratista promueva prácticas laborales
vinculadas a tipo de contrato, remuneraciones, capacitaciones, entre otras, que
favorezcan la estabilidad y mantención del recurso humano especializado
disponible.
Se considera, además, obligatoria la implementación de un programa de
cuidado de equipo, que dé cuenta de estrategias a nivel individual, de equipo y
organizacional, así como también, la planificación y ejecución de un programa de
formación que integre procesos de actualización técnica y desarrollo de
competencias en los equipos.
El contratista debe garantizar la interdisciplinariedad y el trabajo integral,
evitando la fragmentación del acompañamiento del plan de inserción y autonomía,
a través de la mantención de instancias de reunión de casos que permitan la
discusión y análisis de las trayectorias de los y las participantes, y la transferencia
de enfoques y conocimientos entre los distintos integrantes, fortaleciendo la acción
conjunta de manera coherente. El equipo además debe contar con una
organización interna operativa, que permita una adecuada delimitación de
funciones, favoreciendo la planificación conjunta y el abordaje integrado de los
casos.
Se debe procurar en la organización interna del equipo, que los profesionales,
y técnicos cuenten con horas destinadas a la coordinación, de acuerdo a las
necesidades de las personas usuarias y en virtud de su Plan de Inserción y
Autonomía, con otros actores relevantes de la red (red de salud de atención
primaria, programas sociales, programas de la mujer, chile crece contigo u otros).
La reunión de equipo estará destinada a la revisión los siguientes temas
técnicos: evaluación de necesidades de integración social, elaboración del plan de
inserción y autonomía, desarrollo del plan de inserción y autonomía (evaluación y
actualización, de ser necesario), necesidades de gestión de redes,
acompañamiento en procesos y/o diligencias, monitoreo de resultados, proyección
de egreso y egreso.
El prestador deberá velar porque el equipo cuente con suficiente tiempo de
reunión para la revisión periódica de los aspectos técnicos antes señalados,
evitando que las situaciones de contingencia y los temas de gestión operativa
obstaculicen los procesos de desarrollo del programa.
A. Disponibilidad del equipo ofertado
Conforme a lo establecido en estas bases, el prestador deberá contar durante
toda la ejecución del programa con el equipo profesional técnico ofrecido en el
proceso de concurso y por el cual obtuvo la calificación aplicada.
El adjudicatario deberá resguardar durante todo el periodo de vigencia del
contrato la continuidad de las condiciones del equipo profesional y/o técnico
ofertado, considerando:
a) La mantención de horas profesionales,
b) Las condiciones contractuales comprometidas en la propuesta,
c) Las características de formación
d) Experiencia del recurso humano.
Será responsabilidad del oferente cumplir con el recurso humano propuesto
en el proceso de concurso, asegurando su disponibilidad para brindar el servicio
contratado desde la misma fecha de suscripción del contrato.
En el transcurso entre la adjudicación y la firma del convenio, el adjudicado
deberá presentar, como requisito para contratar, el anexo N°11. Disponibilidad del
equipo ofertado, que es la nómina de los profesionales y/ o técnicos que ejecutarán
las tareas encomendadas desde el primer día de inicio de los servicios. En aquellos
casos que un miembro del equipo postulante, ante razones debidamente
justificadas, no iniciará o formará parte del recurso humano luego de la
adjudicación, el proponente deberá señalar dicha circunstancia en el mencionado
anexo, junto a las razones que acontecen a la no presentación de ese recurso
humano. Este documento debe ser enviado al nivel central, en un plazo máximo de
5 días hábiles después de la notificación mediante correo electrónico de la
adjudicación.
En caso de darse cumplimiento tardío, se dará lugar a la causal de
amonestación establecida en la letra A, del punto 7.17. de las Bases Técnicas.
B. Del cambio del equipo de trabajo
En aquellos casos que, por razones debidamente justificadas un miembro del
equipo sea reemplazado, el proponente deberá señalar dicha circunstancia en el
anexo N° 8A “Formulario de comunicación de vacancia”, tal como se expresa en el
punto 4.4 y 4.5 del apartado de Bases Técnicas.
C. Cumplimiento de las horas asignadas al equipo de trabajo
Con el objeto de verificar el cumplimiento de las horas asignadas en la
propuesta técnica presentada por el prestador, el contratista deberá llevar un
registro de ellas.
El registro diario de asistencia de los miembros del equipo será el instrumento
idóneo para acreditar el cumplimiento semanal de horas, sea un libro de asistencia
o un registro digital de horas. Sin perjuicio de lo anterior, el prestador podrá
determinar otro instrumento o mecanismo que corresponda a un registro formal que
se aplique en tiempo real, donde se consigne el número de horas semanales, y su
correspondiente verificador, pudiendo ser electrónico o material, y sin perjuicio de
la relación contractual entre la entidad y el recurso humano respectivo. En este
sentido, no se aceptarán como medio de verificación aquellos registros o
instrumentos que no den cuenta de las horas realizadas semanales en tiempo real.
Los medios de verificación del cumplimiento de horas de los profesionales,
cualquiera sea el elegido por el prestador, debe encontrarse actualizado en las
dependencias de la vivienda al momento de la supervisión o visita de SENDA.
D. Sobre prácticas laborales
En caso que el adjudicatario se interese por generar espacios para el
desarrollo de prácticas laborales en VAIS, será necesario que previamente, se
solicite a través de correo electrónico la intención al encargado (a) regional de
integración social, explicando el objetivo, las tareas, funciones en el programa y el
tiempo de permanencia de la práctica profesional. Esta solicitud deberá ser
aceptada o rechazada dentro de 5 días hábiles y comunicada por correo
electrónico. Es posible que en el marco de la aceptación o rechazo por parte del
encargado (a) regional de integración social a la solicitud, se le pida modificar la
propuesta, esto siempre de común acuerdo.
En caso de ser aceptadas las prácticas profesionales, los y las estudiantes
que participarán en VAIS deberán presentar el certificado de maltrato relevante y el
certificado de inhabilidades para trabajar con menores de edad. Ambos
documentos deben ser remitidos por correo electrónico a la o el encargado de
Integración social de la región. El contratante deberá aplicar un consentimiento
informado al o la estudiante con el fin de asegurar la confidencialidad de los datos,
además de cautelar el respeto al proceso de cada participante VAIS.
Con todo, las prácticas profesionales serán restringidas al trabajo del
estudiante en relación directa con el equipo y no así con los y las participantes. En
ningún caso, los estudiantes en práctica podrán realizar funciones propias de los 3
cargos de profesionales y no profesionales del equipo VAIS.
Si el interés de la Entidad es establecer acciones de colaboración con la
academia o entidades afines en la generación de estudios, investigaciones estás
deberán ser presentadas con anterioridad al encargado (a) regional de integración
social, por correo electrónico exponiendo el propósito del estudio, el objetivo
general y específicos, los aspectos metodológicos y la temporalidad. Esta podrá ser
aprobada o rechazada por SENDA, al igual que puede solicitarse ajustes o
correcciones para su realización, siempre de común acuerdo.
7.16. Sistema de registro
Para efectos de la reportabilidad del programa, SENDA pondrá a disposición
de los equipos, el Sistema VAIS, plataforma informática en línea que almacena
información sobre las personas postulantes y participantes del programa (adultos y
niños/as), sus trayectorias, asesorías técnicas y condiciones de egreso.
El sistema informático, junto con permitir a los integrantes del equipo VAIS el
ingreso de la información, posibilita la descarga de reportes específicos con el fin
de analizar y monitorear resultados.
El contratante deberá resguardar la organización del registro y análisis de la
información que estará a cargo del coordinador, coordinadora de VAIS. Para ello,
debe asegurar que cada profesional tenga su perfil de acceso y clave actualizada,
las que son de uso estrictamente personal e intransferibles.
A. Claves de acceso
Para la generación de claves de acceso, en el caso de participantes nuevos,
está se tendrá que solicitar al encargado/a de Integración Social de la Dirección
regional o quien lo subrogue, mediante correo electrónico quien remitirá la
información al administrador del Sistema informático del nivel central de SENDA.
Para ello, deberá proporcionar los siguientes datos:
Nombre del/la nuevo/a profesional o técnico/a con clave a sistema
Rut de nuevo profesional o técnico/a con clave a sistema
Mail personal de nuevo/a profesional o técnico/a con clave a sistema
En caso de que un integrante del equipo deje de cumplir funciones en VAIS,
está información deberá ser transmitida al encargado/a de Integración Social de la
Dirección regional o quien lo subrogue, en un plazo de 5 días hábiles, mediante
correo electrónico, quien remitirá la información al administrador del Sistema
informático del nivel central de SENDA para dar de baja su perfil de acceso a la
plataforma.
Así mismo, el contratante y equipo deben velar por el ingreso de datos de
manera regular, siendo fundamental el registro oportuno de la información, dado
que las intervenciones mensuales tienen como objetivo contar con una información
completa y homogénea del acompañamiento técnico de las personas usuarias, así
como la estimación de las coberturas de VAIS.
B. Cierres mensuales del sistema VAIS
El sistema tiene plazos mensuales para que los equipos ingresen la
información respectiva del mes. Esto responde a la necesidad de ir consolidando
datos y generar monitoreo de las coberturas y otros aspectos relevantes para la
gestión de la información de VAIS.
Los cierres mensuales del sistema VAIS serán el 3 día hábil del mes
siguiente a las 12:00 del mediodía. El cierre mensual imposibilita el ingreso de
información posterior a la fecha del mes reportado, por lo que el oferente debe
velar por el respeto irrestricto a los cierres mensuales.
En caso de identificar participantes (adultos e infantes que residen de manera
permanente) que no estén siendo registrados, o presentando omisiones en el
registro de personas postulantes, ingresados/as o egresados/as, esto será objeto
de multas. También será objeto de multas la ausencia total de intervenciones en el marco de la ficha plan de inserción y autonomía de participantes activos en VAIS
(adultos e infancias). Finalmente, el no ingreso oportuno de la información será
objeto de amonestaciones.
7.17. Efectos derivados del incumplimiento del contrato
En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas en estas bases de
licitación, en el contrato, u otro instrumento vinculante para la ejecución del servicio
contratado, el Servicio Nacional podrá aplicar medidas a la entidad, en los términos
que a continuación se indican:
I. Amonestaciones:
Por amonestación debe entenderse la advertencia que se realiza al
contratista, en virtud de la cual se le representa un hecho reñido con la fiel
ejecución del contrato, y donde se le insta a la enmienda de la conducta,
conminándolo con la advertencia de una sanción mayor en el evento de reincidir o
incurrir nuevamente en otra conducta o hecho susceptible de ser amonestado.
El Servicio Nacional podrá amonestar por escrito al contratista en el evento de
producirse alguno de los siguientes hechos:
a) Dar cumplimiento tardío, con un máximo de 5 días hábiles desde el
vencimiento de los plazos, a lo establecido en el 4.3 de las Bases Técnicas
sobre “Disponibilidad desde el inicio de los servicios” de las presentes
Bases.
b) Falta de coincidencia entre la información registrada en el Sistema
informático de registro establecido en el punto 7.16, y los datos del usuario,
particularmente respecto al Nombre, Rut, Sexo y Fecha de nacimiento.
c) Haber incurrido en una causal de multa en que SENDA, de conformidad a lo
establecido en el apartado “disposiciones específicas para el caso de
multas” de las presentes bases, determine aplicar una amonestación, por los
motivos que ahí se expresan.
d) Haberse constatado incumplimiento en 1 ocasión a lo establecido en
cualquiera de los puntos 3.4, 3.3, 5.1, 5.2, 5.3, 5.4, 5.5, 5.6, 5.7, 5.8, 6.1, 6.4
de las Bases técnicas.
II. Multas
El Servicio Nacional podrá aplicar multas al contratista, relacionadas con
incumplimientos por parte de éste, aplicables en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de las obligaciones contractuales contenidas en el N° 7.3 de
las bases técnicas relacionadas con la ejecución técnico de los servicios requeridos: 10 Unidades de Fomento por cada incumplimiento constatado
que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo
de Drogas y Alcohol verifique la infracción. Lo anterior se aplicará sin
perjuicio de las sanciones específicas establecidas para obligaciones
determinadas, las cuales igualmente se regirán por lo dispuesto en el
presente numeral de multas.
b) Actuación o práctica que interfiera en el adecuado desarrollo del proceso
terapéutico o la entrega del servicio no responde a lo técnicamente
requerido. 20 unidades de Fomento por cada incumplimiento constatado que
el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol verifique la infracción. Si del análisis se concluye que los
servicios, fueron cobrados injustificadamente a SENDA en beneficio de la
entidad, la Entidad deberá reintegrar el total del monto pagado de acuerdo a
lo establecido en el procedimiento de reintegro.
c) Falta de congruencia entre la información registrada en el sistema
informático y en lo contrastado en las supervisiones y evaluaciones de los
servicios, siempre que esta sea relevante en términos de su reiteración y/o
magnitud y que de ella no derive un pago injustificado. Se entiende que es
relevante cuando existe una diferencia de más de 2 prestaciones mensuales
respecto a 5 meses de acompañamiento, durante un periodo revisado de
máximo 3 meses calendario seguidos o no, sin importar el número de
usuarios revisados. Se aplicará una multa de 10 UF por cada vez que este
servicio advierta la infracción. Si la diferencia fuera menor a lo señalado
anteriormente, el incumplimiento será trabajado técnicamente con el centro
VAIS.
d) No dar cumplimiento al procedimiento de modificaciones en el Recurso
Humano, establecido en el 4.4 y 4.5 de las Bases Técnicas de licitación en
los términos que a continuación se señalan:
I. No dar cumplimiento a la obligación de informar la Vacancia temporal y/
o definitiva. 10 unidades de Fomento por cada cargo profesional en que
se verifique esta circunstancia.Se aumentará la multa en 10 UF por
cada 10 días hábiles de no comunicación, con un tope de 120 UF,
momento desde el cual será abordado conforme a la letra a) del III de
las presentes bases técnicas, sobre término anticipado.
II. No dar cumplimiento a la obligación de comunicar un nuevo miembro
del equipo, 10 unidades de Fomento por cada cargo profesional en que
se verifique esta circunstancia.Se aumentará la multa en 10 UF por
cada 10 días hábiles de no comunicación, con un tope de 120 UF,
momento desde el cual será abordado conforme a la letra a) del III de
las presentes bases técnicas, sobre término anticipado.
III. Misma multa se aplicará en los casos en que el miembro del equipo
sea rechazado por la Dirección regional correspondiente, y el prestador
no cumpla con el nuevo plazo otorgado.
e) No dar cumplimiento al número de horas de personal ofertado: 10 UF por
cada cargo en que se verifique esta circunstancia. Se aumentará la multa en
10 UF por cada mes de incumplimiento con un tope de 180 UF en total
momento desde el cual será abordado conforme a la letra a) del III de las
presentes bases técnicas, sobre término anticipado.
f) No dar cumplimiento a la entrega de información solicitada por SENDA en el
marco de un procedimiento sancionatorio, de acuerdo a lo siguiente: 5 UF
por cada vez que se verifique esta circunstancia en un proceso de
amonestación, 10 UF en un proceso de multas y 20 UF en un proceso de
término anticipado de contrato. Con todo, SENDA podrá insistir nuevamente
en la entrega de la información.
g) Haber incurrido dos o más veces, durante la ejecución del contrato, en la
misma conducta de las establecidas como objeto de amonestación: 10
Unidades de Fomento por cada vez que se verifique esta circunstancia.
Con todo, el monto máximo de las multas aplicadas no podrá exceder del
30% del monto total del contrato. En caso de llegar al monto antes indicado,
SENDA podrá poner término anticipado al contrato, de acuerdo a la letra f) del III de
las presentes bases técnicas, sobre término anticipado.
III. Término anticipado parcial o total del contrato
El Servicio Nacional podrá poner término total o parcial al contrato, por acto
administrativo fundado, en el evento que acaeciere alguna de las siguientes
circunstancias:
a) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las obligaciones
contraídas por el contratista configurándose cuando pongan en riesgo el
oportuno otorgamiento del acompañamiento, en términos tales que uno o
más usuarios, no reciban el acompañamiento convenido.
b) Actuación o prácticas, debidamente calificadas, que interfieran gravemente
el desarrollo del proceso terapéutico, pudiendo afectar derechos o garantías
de los usuarios y/o involucrar a los usuarios en actividades que no se
enmarquen dentro del acompañamiento (reportando o no beneficio
económico al prestador)
c) Si el contratista que al momento de contratar registraba saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos dos años y
no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos
producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho
pago en la oportunidad establecida en el contrato.
d) Efectuar cobros improcedentes a uno o más usuarios del programa
e) No presentar nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato,
según corresponda.
f) En el evento que las multas aplicadas a la entidad por SENDA, fueren
iguales al 30% del monto total del contrato, según lo establecido en el
párrafo final del numeral II referido a multas, en las presentes Bases
Administrativas.
g) Falta de veracidad de la información presentada por la entidad durante el
proceso de licitación, en particular, aquella que fue especialmente
considerada en el proceso de evaluación de propuestas.
h) Si se dictare respecto del contratista, resolución de liquidación en un
Procedimiento Concursal de Liquidación y Renegociación, o si éste cayere
en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones
entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento
del contrato.
i) Falta de disponibilidad presupuestaria para cubrir el pago de las
prestaciones contratadas
j) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
k) Si el contratista se tratase de una sociedad, cuando ésta se disolviere.
l) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
m) Caso fortuito o fuerza mayor, comprendiéndose dentro de ellas razones de
ley o de autoridad que hagan imperativo terminarlo.
n) En el evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo del
artículo 33 de la ley N°21595, de Delitos Económicos, así como también en
el caso que al proveedor se le imponga la pena de inhabilitación para
contratar con el Estado prevista en los artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393.
o) No dar cumplimiento al punto 7.10 de las bases administrativas sobre el uso
exclusivo de la vivienda.
p) Si durante 12 meses se presentarán más de 1 plan de situaciones críticas.
IV. Procedimiento de aplicación de sanciones
Disposiciones generales:
Si analizados los antecedentes se determina la aplicación de alguna de las
sanciones señaladas precedentemente, sea amonestación, multas, reintegro y/o
término anticipado, el Jefe(a) de la División Programática de SENDA le comunicará
al contratista, mediante oficio, los hechos que originan la multa y su monto.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este
procedimiento, se realizarán mediante correo electrónico dirigido a la casilla de
correo electrónico indicada por la entidad en el formulario de presentación de
propuesta técnica o documento donde conste la propuesta técnica según sea el
caso. Se entenderá notificado al día hábil siguiente desde el envío del referido
correo electrónico.
Será obligación del prestador indicar en su propuesta técnica un correo
electrónico válido para efectos de realizar las notificaciones como también dar
aviso oportuno de las modificaciones de los referidos correos de contacto. En caso
que el prestador no cumpla con mantener actualizada dicha información, se
entenderá por notificado de los actos administrativos correspondientes, al tercer día
de despachado el correo electrónico a la última casilla que haya sido informada.
Con todo, en caso de ser imposible realizar la notificación vía correo
electrónico, Senda podrá efectuar dicha diligencia a través de carta certificada al
domicilio proporcionado por el contratista. Las notificaciones por carta certificada se
entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina
de Correos que corresponda.
Una vez notificado, el contratista podrá efectuar sus descargos ante el
Servicio Nacional, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten
la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren fehacientemente
que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la o las sanciones
correspondientes o que desvirtúen los antecedentes esgrimidos por este Servicio
Nacional
El plazo para efectuar sus descargos varía de acuerdo a cada sanción, de
acuerdo a lo siguiente:
Si analizados los antecedentes se determina la aplicación de alguna de las
sanciones señaladas precedentemente, sea amonestación, multas, reintegro y/o
término anticipado, el Jefe(a) de la División Programática de SENDA le comunicará
al contratista, mediante oficio, los hechos que originan la multa y su monto.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este
procedimiento, se realizarán mediante correo electrónico dirigido a la casilla de
correo electrónico indicada por la entidad en el formulario de presentación de
propuesta técnica o documento donde conste la propuesta técnica según sea el
caso. Se entenderá notificado al día hábil siguiente desde el envío del referido
correo electrónico.
Será obligación del prestador indicar en su propuesta técnica un correo
electrónico válido para efectos de realizar las notificaciones como también dar
aviso oportuno de las modificaciones de los referidos correos de contacto. En caso
que el prestador no cumpla con mantener actualizada dicha información, se
entenderá por notificado de los actos administrativos correspondientes, al tercer día
de despachado el correo electrónico a la última casilla que haya sido informada.
Con todo, en caso de ser imposible realizar la notificación vía correo
electrónico, Senda podrá efectuar dicha diligencia a través de carta certificada al
domicilio proporcionado por el contratista. Las notificaciones por carta certificada se
entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina
de Correos que corresponda.
Una vez notificado, el contratista podrá efectuar sus descargos ante el
Servicio Nacional, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten
la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren fehacientemente
que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la o las sanciones
correspondientes o que desvirtúen los antecedentes esgrimidos por este Servicio
Nacional
El plazo para efectuar sus descargos varía de acuerdo a cada sanción, de
acuerdo a lo siguiente:
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán
por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las
sanciones que correspondan, (amonestación, multas, reintegro, término anticipado
total o parcial), dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional y
en la que se establecerá cuando correspondiere, el monto de la multa y/o reintegro
en pesos chilenos y se cobrará de inmediato la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento de contratos para el caso de los términos anticipados.
Con todo, la entidad podrá renunciar a su derecho a presentar descargos y
proceder directamente al pago, para lo cual se deberá considerar el valor de la U.F.
correspondiente al 01 de enero del año en que se dictó el oficio.
Si el contratista ha presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del
Servicio Nacional dispondrá de veinte días hábiles, contados desde la recepción de
los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o
parcialmente, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional.
De lo resuelto, se notificará al contratista por correo electrónico.
De conformidad a lo establecido en el artículo N° 59, de la Ley N° 19.880, el
contratista podrá presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio,
dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que
se recurre. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo
indicado, la multa quedará firme, sin perjuicio de la pertinencia del recurso
extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo cuerpo legal.
Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, el contratista podrá pagar
voluntariamente en un plazo de 30 días corridos desde notificada la resolución. No
obstante, si el proveedor no paga directamente la multa, SENDA estará facultado
para deducirla, a su arbitrio, del valor de cualquiera de los pagos que SENDA le
corresponda efectuar respecto de cualquiera de sus contrataciones de análoga
naturaleza, o satisfacer el monto de aquélla haciendo efectiva la garantía de fiel y
oportuno cumplimiento de contrato, lo que deberá informar al prestador mediante
oficio.
Con todo, la presentación del Recurso de Reposición por parte del contratista
no suspenderá el procedimiento de Cobro de la Garantía de fiel cumplimiento del
contrato. En caso de haberse hecho efectiva el cobro de la Garantía de fiel
cumplimiento de contrato y acogerse total o parcialmente el Recurso de Reposición
presentado por el contratista, SENDA hará devolución de la diferencia a quién
corresponda.
Para todos los efectos, el valor de la multa se deberá calcular de acuerdo al
valor de la UF que indica el Banco Central de Chile, al 01 de enero del año en que
dictó el oficio que comunicó los hechos que originaron la multa.
En caso de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, el contratista
deberá entregar una nueva de garantía, dentro de los 30 días hábiles siguientes,
contados desde la notificación del oficio que informa el cobro al prestador. La no
presentación de la nueva garantía será causal de término anticipado del contrato.
La aplicación de alguna de estas multas no impide que el Servicio Nacional
pueda poner término anticipado al contrato si se configuran las causales previstas
en el numeral precedente.
Disposiciones específicas para el caso de las multas:
Para el caso de las multas, si el contratista presenta medidas destinadas a
implementar mecanismos para detectar, evitar y gestionar incumplimientos futuros,
SENDA podrá por una sola vez, y siempre que la sanción no sea mayor de 80 UF,
no disponer la respectiva multa, y aplicar la amonestación de la letra c) del punto I,
referido a amonestaciones de las presentes bases Administrativas.
Asimismo, si el contratista presenta medidas destinadas a implementar
mecanismos para detectar, evitar y gestionar incumplimientos futuros, Senda
rebajará, por una sola vez, en un 50%, el valor de la multa cursada, siempre que el
valor de la misma no sobrepase a 160 UF.
Dicho lo anterior, explicamos que para sustituir la multa a amonestación o
rebajar en un 50% su monto, se deben cumplir con los siguientes requisitos
copulativos:
1) Se puede aplicar una sola vez por contrato
2) Que el prestador haya presentado el Anexo N°8A y 8B en tiempo y forma (si
correspondiere) o que no haya existido perjuicio en el acompañamiento de
los usuarios
3) Que no exista la obligación por parte del prestador de realizar un reintegro
debido a un pago injustificado.
Disposiciones específicas para el caso de los términos anticipados del contrato:
En todos aquellos casos en que el término anticipado de contrato se disponga
por causa imputable al proveedor, el Servicio Nacional hará efectiva la garantía de
fiel cumplimiento del contrato.
Con todo, en aquellos casos en que el término anticipado del convenio se
produzca por alguna de la causal prevista en las letras a) y c), el Jefe Superior del
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, antes de dictar y notificar el acto administrativo que disponga el término
anticipado del contrato, podrá -atendida la gravedad de las circunstancias
acontecidas- ordenar mediante resolución, la suspensión de los servicios que la
entidad se encuentra otorgando, caso en que este Servicio Nacional sólo deberá
pagar por los servicios que efectivamente se hayan alcanzado a prestar hasta esa
fecha.
El contratista, cuyo contrato termine anticipadamente, deberá realizar las
prestaciones adecuadas a las necesidades de las personas en acompañamiento
hasta la fecha decretada de término del mismo, además de realizar la derivación
asistida, de cada caso, a la VAIS que continuará la atención, acompañando un
Informe actualizado que dé cuenta del diagnóstico, plan de intervención, estado de
avance de los objetivos terapéuticos, esquema farmacológico, si corresponde, y de
todos aquellos datos relevantes para el éxito de la continuidad del proceso de
acompañamiento.
En el caso de que se produzca la suspensión de los servicios ordenada por el
Servicio Nacional en el marco de lo indicado en este número de las bases de
Administrativas, la obligación dispuesta en el párrafo anterior deberá realizarse
desde la fecha de la indicada suspensión.
Respecto del registro de las prestaciones, el contratista cuyo contrato se
termine anticipadamente deberá evaluar el tipo de egreso de cada una de las
personas usuarias, como alta terapéutica o derivación a otro centro, con o sin
convenio según corresponda y realizar el registro correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, si la causal de término concurriese respecto de
una o más líneas de servicio, pero no a la totalidad de las líneas contratadas,
SENDA pondrá término parcial al contrato, respecto de aquellas líneas en que se
ha materializado el incumplimiento, continuando la ejecución del contrato respecto
de las líneas no terminadas anticipadamente. En este evento, SENDA hará efectiva
la garantía de fiel y oportuno cumplimiento en el porcentaje que corresponda y
restituirá el saldo si los hubiere, debiendo el contratista entregar una nueva
garantía, en los mismos términos señalados en el número 6.3 de las presentes
bases, en el plazo de 30 días corridos desde la notificación de la resolución que
disponga el término parcial, o que resuelva el recurso de reposición, si
correspondiese. Con todo, no se cursarán pagos, hasta la entrega de una nueva
garantía. La no presentación de la nueva garantía será causal de término
anticipado del contrato.
7.20. Prohibición de Cesión del contrato
Bajo ninguna circunstancia podrá el adjudicatario ceder parcial o totalmente a
un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación pública.
En atención a la naturaleza de las funciones contratadas, el proveedor
tampoco podrá concertar con terceros la subcontratación del contrato.
7.21. Excepciones
Si durante la vigencia del contrato se presentaren eventos de caso fortuito o
fuerza mayor que impidan al contratista dar cumplimiento oportuno o integro de sus
obligaciones, este podrá dentro de las 48 horas siguientes a cesado el hecho en
cuestión, comunicar por escrito a la contraparte técnica de SENDA dicha
circunstancia, explicitando el evento de caso fortuito o fuerza mayor invocado y la
forma en que ha provocado el incumplimiento, lo cual, en caso de ser aceptado,
permitirá acordar con la contraparte técnica un nuevo plazo de entrega de
cualquiera de los informes señalados en el punto número 7.5 de las bases técnicas,
eximiéndose de la aplicación de las sanciones que pudiesen corresponder.
Transcurrido el plazo de 48 horas antes indicado, no se aceptará justificación
por parte del contratista, dándose inicio a los procedimientos de aplicación de la
sanción correspondiente.
|
|
|
|