Licitación ID: 48-74-LE22
Estudio para Anteproyecto Rep. Habitacional
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Estudios de factibilidad 1 Global
Cod: 80101601
Estudio para Anteproyecto con fines de Reparación Habitacional, según especificaciones técnicas adjuntas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Estudio para Anteproyecto Rep. Habitacional
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “Estudio para Anteproyecto con fines de Reparación Habitacional”, con el propósito de contar con un diagnóstico técnico previo, en el contexto de DS 27.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-01-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 11-12-2022 11:31:00
Fecha inicio de preguntas: 11-12-2022 11:46:00
Fecha final de preguntas: 15-12-2022 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-12-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-01-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-01-2023 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 27-02-2023 13:17:48
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1. Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del art. 62 del propio Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la visita a terreno que se indica más adelante, de la entrega de la garantía de seriedad de la oferta y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información.
2.- 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. Estos antecedentes constituyen un requisito obligatorio, por tanto, en caso que no sean presentados al momento de ofertar o de ser presentados se acompañen de forma incompleta serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación en dicha instancia de los documentos solicitados implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. En el caso del literal c), si el documento exigido no se adjunta al momento de ofertar, deberá ser entregado por el oferente adjudicado de acuerdo a lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N° 1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, y el Decreto Ley N°211 de 1973. c) Al momento de ofertar, el oferente podrá adjuntar certificado de Inscripción Vigente o Certificado en trámite del Registro de Consultores MINVU, regulado por el D.S. N° 135, (V. y U), de 1978, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el rubro “Estudios de Proyectos” de 1ª a3ª Categoría. En caso que este documento no se adjunte a la oferta deberá ser entregado por el oferente adjudicado de acuerdo a lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los anexos N° 3 y N° 4 constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada. Mientras que, los documentos solicitados en las letras a.1), b.1), y c), constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, de no haber sido completados correctamente o de requerirse información respecto de éstos, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 10 puntos en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos: a) Completar, firmar y adjuntar Anexo N° 3, Experiencia del Oferente, en el cual se deberá señalar la experiencia en: estudios geológicos de la falla de San Ramón, resiliencia habitacional y en procesos que incluyan conocimientos de remoción en masa. Además de su experiencia en estudios de investigación relacionados con el rubro de lo solicitado. a.1) La información contenida en el citado anexo deberá ser debidamente acreditada, para lo cual el oferente deberá adjuntar documentos de respaldo tales como: certificados emitidos por el mandante, contratos de prestación de servicios, en ambos casos debidamente firmados, de lo contrario no se considerarán, o cualquier otro documento que acredite la experiencia señalada en el anexo. Se excluyen resoluciones de adjudicación u órdenes de compra en un estado distinto a “Aceptada” o “Recepción Conforme”, cuando se trate de órdenes de compra emitidas por el Portal de Mercado Público. a.2) Cualquiera sea el documento, que el oferente presente, deberá indicar el servicio prestado y corresponder al área de experiencia solicitada, además de indicar de manera fehaciente y/o computable el tiempo de duración de los mismos. En caso que de la información entregada no sea posible establecer claramente el tiempo de duración, dicha experiencia no será considerada para la evaluación. Asimismo, en caso que el documento indique “a la fecha”, se considerará hasta la fecha de emitido el certificado, si no indicara fecha, no se considerará la experiencia. a.3) Dichos documentos deberán figurar a nombre del oferente, o en su defecto, a nombre del representante legal de ésta. No se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la empresa. a.4) Solo se evaluará lo señalado en el anexo. a.5) En caso que exista discrepancia entre el tiempo declarado en los documentos de respaldo y el anexo respectivo, se considerará válido aquello que figure en el documento de acreditación de la experiencia. a.6) Solo se considerarán trabajos terminados y no en ejecución. a.7) En el caso de las declaraciones juradas simples o notariales, el oferente deberá indicar, además, los datos de contacto: nombre del contacto, cargo, correo electrónico y/o teléfono de contacto. Se hace presente que solo se contabilizará aquella información que pueda ser verificada a partir de los datos entregados, hasta la fecha indicada para la evaluación, en el cronograma del punto 4 “Etapas y Plazos” de las bases administrativas de licitación. b) Completar, firmar y adjuntar Anexo N° 4 “Tiempo en posesión del título profesional de cada integrante del equipo”. En caso que exista discrepancia entre lo indicado en el anexo y la documentación presentada, se considerará válida aquella que figure en el documento de respaldo. c) Adjuntar título o certificado de título, o copia de éstos, de todos los profesionales solicitados en el punto 10.3.1 letra b) de las bases administrativas, además de la especialización en al menos una de las siguientes áreas: Urbanismo, Desarrollo Urbano, Gestión de Riesgo de Desastres, Geología, para el caso del Coordinador del Estudio, los que deberán ser emitidos por alguna universidad o instituto profesional, acreditado en el estado chileno, y en caso de ser extranjero, autorizado por la entidad pública correspondiente. Se hace presente que, en caso que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o no proporcionen la información solicitada o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos, si corresponde.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al precio total neto del servicio requerido de acuerdo a las bases técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos, sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las bases técnicas definidas y no se consideran reajustes e intereses de ningún tipo. Completar, firmar y adjuntar Anexo N° 5, formulario oferta económica. Los valores ingresados en este anexo deben ser coincidentes con los ingresados al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada. Aquellas ofertas cuyo presupuesto sea mayor al presupuesto máximo disponible para la presente licitación, serán declaradas inadmisibles.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
Documentos persona natural
- Ver punto 6 Antecedentes Legales para ser Contratado
No hay información de requisitos para persona jurídica

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Ver punto 6 Antecedentes Legales para ser Contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 a) Experiencia del Oferente La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 65%
2 b) Precio u Oferta Económica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 30%
3 c) Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 33.01.133.001
Monto Total Estimado: 1000
Justificación del monto estimado La relación contractual, a que dará origen la presente licitación, corresponde a un contrato de ejecución en el tiempo, cuya entrada en vigencia se contará a partir del día de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y tendrá una durac
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 160 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme Santos
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Andrea Miranda Fernandez
e-mail de responsable de contrato: amirandaf@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-9013321-3321
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del servicio requerido, producto de la responsabilidad de su íntegro cumplimiento.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Serviu Metropolitano
Fecha de vencimiento: 23-11-2023
Monto: 5 %
Descripción: Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente, y en su defecto, en formato físico y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 5 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación, a través del Portal www.mercadopublico.cl. En caso que la garantía se presente formato electrónico deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en el buzón de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales de SERVIU M dispuesto en el primer piso de Arturo Prat 48, en sobre cerrado identificando el ID de la licitación, hasta las 13:00 horas. del día de cierre de la licitación y enviar la copia del documento ingresado Susy Pascua a sfpascuaa@minvu.cl.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación pública ID N°48-74-LE22”. En caso de los vale vista, deberá ser escrita al reverso de ésta o en un documento debidamente firmado por el oferente.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso (se puede consultar al teléfono 2 2901 3338).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
otras clausulas

10.                   Otras Cláusulas

10.1.               Presentación de las Ofertas

Los oferentes, por el solo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

10.2.               Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que cumplan con la entrega de todos los requisitos de admisibilidad establecidos en los puntos 5.2.3 y 5.2.4 de las presentes bases de licitación.

10.3.               Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Vivienda y Equipamiento, mediante Orden de Servicio.

Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas solo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

Los proveedores son responsables de la información que presenten al SERVIU Metropolitano para estos efectos. En caso de falsedad o inexactitud de la información indicada habilita al SERVIU Metropolitano para declarar fuera de bases al proveedor en evaluación y presentar a cobro la garantía de la oferta.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

La aplicación del foro Aclaración de Oferta implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor considerándose todas las líneas de servicio y aplicando la siguiente metodología de evaluación:

10.3.1. Oferta Técnica

La Comisión Evaluadora considerará, para los efectos de su evaluación técnica, considerará dos subcriterios: Experiencia del Oferente (ponderado en 60%) y Tiempo en Posesión del Título Profesional de cada Integrante del Equipo (ponderado en 40%).

a)     Experiencia del Oferente (A):

Se evaluará la experiencia del oferente considerando 4 factores: Estudios geológicos de la falla de San Ramón, Resiliencia Habitacional y en Estudios que incluyan conocimientos en remoción en masas, además de estudios de investigación en el rubro de lo solicitado, debidamente respaldada de acuerdo a lo establecido en el punto 5.2.3 en sus letras a.1) a la a.7) de las Bases Administrativas de licitación. Este tendrá un carácter sumativo.

Se asignará una nota por factor de acuerdo con la siguiente tabla:

Factor

Experiencia

Puntaje

Estudios geológicos de la falla de San Ramón (EG)

Acredita 3 o más estudios en el rubro de lo solicitado.

25 puntos

Acredita 1 o 2 estudios en el rubro de lo solicitado.

15 puntos

No acredita o no informa estudios en lo solicitado.

5 puntos

Estudios en Resiliencia Habitacional (RH)

Acredita 3 o más estudios en el rubro de lo solicitado.

25 puntos

Acredita 1 o 2 estudios en el rubro de lo solicitado.

15 puntos

No acredita o no informa estudios en lo solicitado.

5 puntos

Estudios que incluyan conocimientos en remoción en masas (E

RM)

Acredita 3 o más estudios en el rubro de lo solicitado.

25 puntos

Acredita 1 o 2 estudios en el rubro de lo solicitado.

15 puntos

No acredita o no informa estudios en lo solicitado.

5 puntos

Estudios de Investigación en el rubro de lo solicitado (EI)

Acredita 5 o más estudios de investigación en el rubro de lo solicitado.

25 puntos

Acredita 2 a 4 estudios de investigación en el rubro de lo solicitado.

15 puntos

No acredita o no informa estudios en lo solicitado.

5 puntos

Calculo del puntaje final del presente subcriterio.

A = ∑((EG+RH+ERM+EI)

Donde:

A= Experiencia del Oferente.

= Suma Total.

EG= Estudios geológicos de la falla de San Ramón.

RH= Resiliencia Habitacional.

PRM= Estudios que incluyan conocimientos en remoción en masas.

EI= Estudios de Investigación en el rubro de lo solicitado.

b)     Tiempo en Posesión del Título Profesional de cada Integrante del Equipo. (B):

Se evaluará la experiencia de cada profesional integrante del equipo ofertado, de acuerdo a los años de experiencia en el ejercicio de su profesión, los que serán contados y acreditados desde la fecha que figure en su título profesional hasta la fecha de publicación de la presente licitación (ver punto 5.2.3 letra c), de las bases administrativas).  Los años se contarán como años cumplidos. Este tendrá carácter sumativo.

 

Cada profesional tendrá una nota, que en su conjunto representará el criterio “TIEMPO EN POSESIÓN DEL TÍTULO PROFESIONAL DE CADA INTEGRANTE DEL EQUIPO “que equivale al 40% de la ponderación de Oferta técnica.

El número de profesionales ofertados deberá ser igual a lo solicitado, de lo contrario su oferta quedará fuera de bases.

A las y los oferentes que presenten un número superior de profesionales requeridos, se les gratificará considerando en cada cálculo final el mejor puntaje obtenido entre sus profesionales ofertados, siempre y cuando éstos sean idóneos y competentes para la función requerida. Al respecto, serán estos últimos los que deberán prestar el servicio.

Las y los profesionales que no acrediten su formación profesional y/o que acrediten una formación distinta a la solicitada en el cuadro, o no acredite la especialización solicitada en el caso del coordinador del estudio, será motivo de rechazo de las o los profesionales ofertados y, en esas condiciones, no serán considerados para efectos de la evaluación.

Se deberá considerar en la oferta a los y las siguientes profesionales:

Letra del Cargo

Profesional

Experiencia

Puntaje

CE

1 Coordinador del Estudio/ Geólogo, Arquitecto, Constructor Civil, Ingeniero Constructor o Ingeniero Civil, con especialización en al menos una de las siguientes áreas: Urbanismo, Desarrollo Urbano, Gestión de Riesgo de Desastres, Geología.

10 años o más.

17 puntos

Entre 5 años y 9 años.

13 puntos

Menos de 5 años, no acredita o no informa.

10 puntos

A

1 arquitecto

con experiencia en Urbanismo

10 años o más.

17 puntos

Entre 5 años y 9 años.

13 puntos

Menos de 5 años, no acredita o no informa.

10 puntos

B

1 Geólogo

10 años o más.

17 puntos

Entre 5 años y 9 años.

13 puntos

Menos de 5 años, no acredita o no informa.

10puntos

C

1 Geógrafo

5 años o más

17 puntos

Entre 2 años y 4 años

13 puntos

Menos de 2 años, no acredita o no informa

10 puntos

D

1 Ingeniero Civil/Arquitecto/Ingeniero Constructor

5 años o más

17 puntos

Entre 2 años y 4 años

40 puntos

Menos de 2 años, no acredita o no informa

10 puntos

E

1 Profesional del área social

5 años o más

15 puntos

Entre 2 años y 4 años

12 puntos

Menos de 2 años, no acredita o no informa

10 puntos

Cálculo del Puntaje.

A2 = ∑((CE+A+B+C+D+E)

Donde:

B= Tiempo en posesión de los títulos profesionales de cada integrante del equipo.

CE= Coordinador del Estudio.

A= Arquitecto Urbanista.

B= Geólogo.

C= Geógrafo.

D= Ingeniero Civil/Arquitecto/Ingeniero Constructor.

E= Profesional del área social.

10.3.1.1. Cálculo de Puntaje Oferta Técnica

POT= (A * 0.60 + B * 0.40)

Donde:

POT: Puntaje Oferta Técnica.

: Suma Total.

A: Experiencia del Oferente

B: Tiempo en Posesión del Título Profesional de cada Integrante del Equipo.

Recordar que el puntaje de POT equivale al 65% de la Nota Final.

10.3.2. Evaluación Económica

a)  Precio: (POE)

Se evaluará considerando la siguiente fórmula:

Puntaje Oferta Económica: (Oferta menor valor/Oferta en evaluación) * 100

Donde:

Oferta menor valor: Es la oferta que corresponde a la de menor valor de todas las ofertas recibidas.

Oferta en evaluación: Es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

Al puntaje obtenido se le aplicará un producto P3 que equivale al 0,30 de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (30%) para obtener el Puntaje Total Oferta Económica.

P3: Peso porcentual 0,30.

((Oferta menor valor/Oferta en evaluación) * 100) * P3)

10.3.3. Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (CRFO):

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 70 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 10 puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar, o en la instancia posterior, establecida en el párrafo quinto del punto 10.3 de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales

Al puntaje obtenido se le aplicará un producto P4 que equivale al 0,05 de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (5%) para obtener el Puntaje Total Ponderado.

(Nota Obtenida * P4)

10.3.4. Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para determinar el puntaje total ponderado (PTP), se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases, para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = ∑(POT * 0, 65) + (POE * 0, 30) + (CRFO* 0, 05) = (Total Final)

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Oferta Técnica.

ü POE: Puntaje Oferta Económica.

ü CRFO: Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en subcriterio Experiencia del Oferente” (Según la Nota 1 de aquel cuadro). Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en el subcriterio “Tiempo en Posesión del Título Profesional de cada Integrante del Equipo” (Según la Nota 2 de aquel cuadro). Finalmente si persistiera el empate se adjudicará a la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en criterio “Oferta Económica” y en última instancia a quien haya ingresado primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.

Con todo, en caso de persistir el empate, se adjudicará la licitación al proveedor que resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallando: los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, proponiendo adjudicar a aquellas ofertas que resulten con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.               Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.5.               Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, el puntaje obtenido en la evaluación sea menor a 61 puntos o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más cuando no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.   Del Contrato

10.6.1.            Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, los que deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y re adjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado o no haber regularizado en forma oportuna su estado de inhabilidad en el registro recién mencionado, no haber acreditado la inscripción vigente en el Registro de Consultores del MINVU, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.

10.6.2.            Documentos Integrantes del Contrato

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

10.6.3.            Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

10.6.4.            Domicilio y Jurisdicción

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

10.7.               Responsabilidad del Oferente Adjudicado

10.7.1.            De las obligaciones laborales y previsionales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quien para estos efectos, conforme establece el artículo 183 C, del Código del Trabajo, podrá ejercer los derechos de información, en virtud del cual SERVIU Metropolitano podrá pedir informes al proveedor sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores; así como también podrá ejercer el derecho legal de retención, mediante el cual SERVIU Metropolitano estará facultado para retener los pagos que deba efectuar al proveedor, en caso que éste no haya dado cumplimiento íntegro a sus obligaciones laborales y previsionales. Incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

En caso que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor adjudicado acreditar al SERVIU Metropolitano mediante el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 y F30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

La Asesoría, en su calidad de empleador, será responsable exclusiva del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

Durante el transcurso del contrato, SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de verificar en terreno que la salud de los profesionales contratados por la Asesoría sea compatible con el cargo a ejecutar. En caso de detectarse alguna incompatibilidad, la empresa de fiscalización deberá tomar las medidas necesarias y pertinentes que aseguren el normal y total desarrollo de la fiscalización técnica. Si la empresa de fiscalización no realiza ninguna acción habiendo SERVIU Metropolitano encontrado e informado la incompatibilidad de algún profesional dentro de un plazo máximo de 5 días corridos, SERVIU Metropolitano exigirá el inmediato reemplazo del profesional, que deberá regirse por las presentes bases de licitación.

La Asesoría también responderá por los daños o perjuicios ocasionados a terceros por su gestión. Si por dichos daños o perjuicios cualquiera persona pretende ejercer acción contra del SERVIU Metropolitano, éste podrá repetir en contra de la Asesoría por las cantidades que en definitiva sea obligado a pagar, más gastos legales y administrativos.

10.7.2.            Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 7 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

 

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

10.8.               De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra al proveedor seleccionado, de la cual se descontará mensualmente, cada periodo en que se haya prestado conforme el servicio requerido. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por el proveedor.

10.9.               Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de la orden de compra respectiva. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

El servicio objeto de la presente licitación se pagará mediante Estados de pago mensuales, debidamente visados por el Encargado del respectivo contrato y/o por el Jefe Equipo Control de Gestión de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento Andrea Miranda Fernandez.

Si al último estado de pago mensual se encontrara pendiente la recepción conforme por parte del Encargado del contrato del informe final del estudio, se hará una retención al pago equivalente al 5% del monto total del contrato, la cual será devuelta al proveedor una vez recibido satisfactoriamente el informe señalado.

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella, RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45, comuna de Santiago, giro: ADMINISTRACIÓN PÚBLICA; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

a)    Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda. En caso de que, el proveedor no tenga a su cargo trabajadores regidos por el Código del Trabajo deberá presentar una declaración simple que señale que no cuenta con trabajadores a su cargo.

b)   Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

c)    Acta recepción conforme del servicio prestado emitida por el área que administra el contrato.

Queda estrictamente prohibido para el proveedor emitir la Factura o Boleta de Honorarios, sin que antes SERVIU Metropolitano cuente con todos los antecedentes indicados anteriormente (a excepción de la Factura Cedible). En caso de no contar con dichos antecedentes, la Factura o Boleta de Honorarios será rechazada por SERVIU Metropolitano, dentro de los 8 días corridos a su emisión.

La documentación indicada anteriormente, podrá ser entregada en soporte físico o en formato electrónico. Para formato electrónico debe ser enviado en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. Para formato físico, la documentación debe ser entregada en la Sección Control de Egresos una vez requerida, y los demás antecedentes requeridos para el pago serán entregados en el Departamento de Obras de Pavimentación, teniendo en cuenta el horario de atención de público, entre las 09:00 hrs., y las 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, toda la documentación que se ha solicitado para tales efectos.

SERVIU Metropolitano realizará los pagos, a través de transferencia electrónica de fondos, en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Si esta opción no se encontrare disponible, por indisponibilidad del sistema, SERVIU Metropolitano en caso excepcional emitirá cheque nominativo al proveedor.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o Boleta de Honorarios.

10.10.             Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor, las cuales en su conjunto no podrán superar el 5% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.

  1. Multa de 1 UF por cada día de atraso en la entrega del informe de etapa y subsanación, con un tope de 20 UF, luego de las cuales SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.

  1. Multa de 1 UF por cada incumplimiento detectado respecto de lo establecido en el punto 10.14 de las presentes bases administrativas de licitación.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Encargado del contrato informará mediante correo electrónico al Jefe de Equipo Control de Gestión de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento Andrea Miranda Fernández, quien notificará al proveedor por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos mediante carta dirigida al jefe del Departamento de Obras, ingresada por oficina de partes del Servicio y por correo electrónico, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente, correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa. El proveedor contratado tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la notificación, para pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso. Transcurrido dicho plazo, SERVIU Metropolitano estará autorizado para descontarla de los estados de pagos, en caso de que los hubiere; de lo contrario, y en última instancia, la hará efectiva con cargo a las garantías respectivas.

10.11.             Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y, en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sugestión a las bases y de igualdad de los oferentes, así como podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.12.             Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)     Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)         En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considerará incumplimiento grave:

b.1)          No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las presentes bases administrativas.

b.2)          No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.

b.3)          No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.

b.4)          Acumular multas que, en su conjunto, superen el 5% del monto total del contrato.

b.5)          Acumular multas por atraso de 20 UF.

c)     Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

d)     En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

e)     Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f)      Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

g)     Si al hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario no presenta una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 7 días hábiles siguientes a aquel en que se hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

h)     Si del análisis y estudio de los informes se desprende que la Asesoría no satisface las necesidades requeridas, no es idónea o no cautela los intereses fiscales en forma oportuna y adecuada, el SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de terminar anticipadamente el contrato haciendo efectiva a su favor la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin perjuicio de las sanciones administrativas que resulten aplicables conforme a lo dispuesto en el Art. 43 del D.S. N° 135, de 1978, que aprobó el Reglamento del Registro Nacional de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

i)      En caso de presentar cualquier documentación, certificación o información falsa o negligentemente tardía o inexacta, ya sea en sus ofertas, antecedentes, nóminas, informes u otros que se relacionen con los servicios a contratar, se aplicará cobro de garantía de fiel cumplimiento.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.13.             Confidencialidad y Seguridad de la Información

a)     Los proveedores que presten servicios al SERVIU Metropolitano y que se encuentren físicamente en sus dependencias, deberán conocer y cumplir con la Política de Seguridad de la Información disponible en la Página Web del SERVIU Metropolitano (www.serviurm.cl).

b)     El proveedor que tiene acceso a información del SERVIU Metropolitano deberá considerar que dicha información siempre tendrá el carácter de confidencialidad, y no podrá ser difundida, a excepción que existan cláusulas específicas en el contrato.

c)     El proveedor que tenga acceso a la información confidencial durante la prestación del contrato, contenida en los sistemas computacionales, documentada o impresa, deberá entender que dicha información es estrictamente confidencial y sin que ello le confiera derecho alguno de posesión, titularidad o copia de ésta.

d)     Las empresas contratistas y subcontratistas que ejecuten trabajos en las distintas dependencias de SERVIU Metropolitano no podrán acceder a las distintas áreas del Servicio sin previa autorización de su contraparte técnica (Fiscalización Técnica de Obras, Comisión Técnica, Administrador del Contrato o Unidad correspondiente), y solo podrán realizar el trabajo encomendado en el área asignada, sin acceder a información, equipos y bienes allí disponibles.

El proveedor deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución de los servicios. El proveedor deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

e)     La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

f)      Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.14.            De los Profesionales

En el caso de que el adjudicatario solicite cambiar un profesional ofertado en las exigencias del cuadro del punto N° 10.3.1 letra b) de las Bases Administrativas, deberá solicitarlo al Encargado del contrato para su aprobación, mediante una carta fundada, explicando las razones de la solicitud. El profesional propuesto deberá cumplir con los mismos requisitos que el profesional ofertado. La carta deberá enviarse con un plazo de 5 días hábiles previos al cambio del profesional. El Encargado determinará su aprobación mediante correo electrónico.

SERVIU Metropolitano podrá solicitar al adjudicatario el cambio de uno o más de sus profesionales, en caso que el Encargado del contrato dé cuenta, mediante informe fundado, de dos o más incumplimientos a las obligaciones que establece el contrato; cuando el o los profesionales no acaten algún requerimiento o instrucción de la contraparte de SERVIU Metropolitano; o bien, en caso que los productos presentados por éstos no fueren satisfactorios, en los términos que exigen las presentes bases y la normativa vigente .

Para este proceso de cambio de profesional, el proveedor tendrá un plazo de 7 días hábiles, contados desde la notificación del Encargado del contrato, debiendo el o los nuevos profesionales cumplir con los mismos requisitos solicitados en las presentes bases de licitación.

El mismo plazo aplica en caso de que se requiera sustituir un profesional en situaciones determinadas como temporada de vacaciones, licencias médicas o alguna otra justificada, el profesional sustituto deberá acreditar el cumplimiento de los mismos requisitos exigidos en las presentes bases y pertenecer al mismo rango y nivel del profesional sustituido.

El incumplimiento de lo anterior dará origen al cobro de la multa señalada en el punto 10.10 Multas, de las Bases Administrativas, siempre que no exista una previa autorización del Encargado del contrato.

10.15.   Renovación y prórroga del contrato

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del reglamento de la Ley de Compras, y cuando las necesidades institucionales así lo requieran, el contrato de servicio de asesoría para la inspección técnica de obras de conservación infraestructura sanitaria, región metropolitana, podrá ser renovado o prorrogado de común acuerdo por las partes, según sea el caso, por una única vez y sin que ello implique pagos adicionales, en los siguientes casos:

a)    Cuando existan razones debidamente fundadas que justifiquen la renovación o prórroga del contrato, exista un informe técnico del Encargado del contrato, que lo justifique y estas sean expresadas en el acto administrativo correspondiente.

En estos casos, SERVIU Metropolitano podrá optar por la renovación del contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. En el caso de que SERVIU Metropolitano, de forma previa al término de la vigencia del contrato, opte por hacer efectiva la cláusula de renovación, deberá contar con el consentimiento del proveedor, el cual podrá ser manifestado por cualquier medio escrito. El plazo de renovación no podrá de exceder del plazo de duración del contrato primitivo.

Asimismo, SERVIU Metropolitano de común acuerdo con el proveedor, podrán prorrogar el contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. La prórroga deberá hacerse efectiva antes del término de la vigencia del contrato.

Bases Técnicas

Bases Técnicas

  1. PRESENTACIÓN

Gran parte del parque habitacional se encuentra expuesto a diversas amenazas como: sismos, tsunamis, erupciones volcánicas, incendios, aluviones, lluvias altiplánicas, inundaciones, etc. Además, cuando estas amenazas impactan en viviendas que presentan un importante grado de vulnerabilidad física como condición preexistente, ya sea asociado a un deterioro sostenido o la falta de elementos que permitan resistir o absorber el impacto, el nivel de daño se ve incrementado, especialmente en sectores cuyos residentes no cuentan con recursos para una adecuada mantención y mejoramiento de las viviendas o que no han sido alcanzados por políticas públicas relacionadas, lo que finalmente, una vez que ocurre un evento destructivo, redunda en la pérdida de habitabilidad de las viviendas, así como la necesidad de reparar o reconstruirlas con todos los costos directos e indirectos asociados, tanto para el Estado, como para las familias afectadas.

Para hacer frente a esta situación y de manera preventiva, es necesario realizar estudios previos que entreguen diagnósticos técnicos constructivos que propongan intervenciones a nivel de la vivienda, predio y/o su entorno.

Las intervenciones propuestas podrán ser todos aquellos mejoramientos a nivel de vivienda, predio o entorno, que contribuyan a disminuir la vulnerabilidad desde el punto de vista de la seguridad y salud de los residentes, como, por ejemplo: cambio de techumbre, seguridad estructural, protección contra incendios, recambios de la instalación eléctrica, muros de contención, muretes para aluviones, mejoramiento del acceso a la vivienda (como vías de evacuación) entre otros.  Se espera que se realice una intervención integral pudiendo abordar una o más problemáticas.  La intervención posterior podrá realizarse en el contexto de los diferentes programas de Minvu, ya sea para mejoramiento de viviendas como su entorno y para zonas urbanas como rurales. 

  1. DEFINICIONES

Amenaza: Fenómeno de origen natural, biológico o antrópico, que puede ocasionar pérdidas, daños o trastornos a las personas, infraestructura, servicios, modos de vida o medio ambiente. (Politica Nacional para la Reducción de Riesgos de Desastres o PNRRD).

Diagnóstico Técnico Constructivo: Procedimiento evaluativo que se aplica a las viviendas, condominios y equipamientos comunitarios que postulan al Programa DS.27/2016, realizado por un profesional competente conforme a lo establecido en el Artículo 17 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, con el fin de conocer detalladamente el estado de conservación en el que se encuentran dichos inmuebles y definir las obras prioritarias de intervención a realizarse en ellos (DS.27/2016).

Diagnóstico Técnico Constructivo Previo: Se entenderá como tal al Diagnóstico Técnico Constructivo que se realiza de forma previa a la asignación de subsidios habitacionales para ejecutar estudios técnicos y legales de terrenos, evaluaciones técnicas de viviendas, trámites asociados a regularización o saneamiento de bienes inmuebles, preparación y postulación de proyectos técnicos u otros servicios o actividades de asistencia técnica que permitan el desarrollo de los productos que el Programa de Asistencia Técnica contempla (R.E. N°2.033/ 2022).

Eventos Destructivos de Origen Antrópico: Emergencias o desastres que se manifiestan a partir de la acción del propio hombre y sus interrelaciones, muchas veces en función de su desarrollo, o a veces originadas intencionalmente. Son eventos adversos de origen humano (antrópico) los incendios, los accidentes de tránsito, aéreo, marítimos, etc., las explosiones, los derrames, la contaminación ambiental, etc. (PNRRD).

Eventos Destructivos de Origen Natural: Son aquellos derivados de la manifestación de amenazas generadas por fenómenos naturales sobre un sistema vulnerable. Se enmarcan en dos grandes ámbitos, las de tipo geológico - terremotos, erupciones volcánicas, tsunamis - y las de tipo hidrometeorológico - sequía, temporales, aluviones, nevadas, sin embargo, algunas de ellas pueden relacionarse, al confluir dos o más en un mismo momento, o pueden ser gatilladas por ambas, como lo son los deslizamientos y la erosión.  (PNRRD).

Resiliencia: Da cuenta de un proceso dinámico asociado a la capacidad de un sistema y de sus componentes, tales como población, infraestructura, servicios, medios de vida o medio ambiente entre otros, para anticipar, resistir, absorber, adaptar y recuperarse de los efectos de un evento, de manera integral, oportuna y eficaz, incluso garantizando la preservación, restauración o mejora de sus estructuras y funciones básicas.  (PNRRD).

Vulnerabilidad: Aquellas condiciones determinadas por factores o procesos físicos, sociales, institucionales, económicos o ambientales que aumentan la susceptibilidad de una persona, una comunidad, los bienes, infraestructuras o servicios o los sistemas, a los efectos de las amenazas.  (PNRRD).

A partir de las definiciones anteriores, en específico para esta iniciativa, entenderemos como Resiliencia habitacional la capacidad de la edificación con destino habitacional y/o su entorno para anticipar, resistir, absorber, adaptarse y recuperarse de los efectos de un evento destructivo de manera integral, oportuna y eficaz.

  1. MARCO NORMATIVO

Para llevar a cabo esta iniciativa, se deberá considerar lo resuelto en los siguientes instrumentos normativos:

-      DFL 458 que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC).

-      Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones mediante el Decreto N° 47, (V. y U). de 1992.

-      D.S. N° 27, de 2016 (Minvu), Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios.

-      DS 255 Programa De Protección Del Patrimonio Familiar.

-      R.E. N°1.237, de 2019 (Minvu), Procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras a programa de mejoramiento de viviendas y barrios.

-      R.E. N°2.033, de 2021 (Minvu), Distribuye recursos destinados a financiar servicios de asistencia técnica previos, año 2022.

-      Programa Quiero Mi Barrio

-      Programa de Habitabilidad Rural reglamentado por el D.S. N° 10 (V. y U.), 2015.

-      Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda regulado por el D.S. N° 49 (V. y U.), 2011.

  1. OBJETIVOS DEL ESTUDIO

4.1       Objetivo general

Detallar el estado de conservación en el que se encuentran las viviendas y su entorno y definir las obras prioritarias de intervención a realizar, a modo de anteproyecto que permita postular los proyectos a algún programa habitacional y urbano.

4.2         Objetivos específicos

-      Realizar un levantamiento detallado del estado de las viviendas y su entorno según corresponda. De acuerdo con el levantamiento de información, se entregará un diagnóstico que debe estar conforme con las amenazas que enfrenta el sector y considerar la vulnerabilidad de las viviendas y sus habitantes.

-      Plantear intervenciones en etapas si es necesario, corto, mediano y largo plazo.

-      Entregar un presupuesto estimativo de los costos asociados, lo cual permitirá identificar los programas más adecuados para llevar a cabo los mejoramientos.

  1. ANTECEDENTES DEL ESTUDIO

5.1.       DEFINICIÓN DE LA PROBLEMÁTICA

El crecimiento urbano que ha experimentado la ciudad de Santiago, principalmente ligado al desarrollo inmobiliario ha presionado por la ocupación de las zonas del piedemonte, las cuales se caracterizan por ser áreas de riesgos. Por otro lado, la alta urbanización ha impermeabilizado el suelo, eliminado el sustrato vegetal y bloqueado la capacidad natural de escurrimiento de las aguas. Todos estos factores y su relación facilitan el desarrollo de desastres.

El Barrio Olga Leiva 3 se localiza sobre un área de riesgo por flujo de detritos y en la zona de influencia de la falla de San Ramón, a esto se agregan factores relacionados al cambio climático como inundaciones por precipitaciones en corto periodo de tiempo, con temperaturas altas, intercalados con periodos de sequía, etc. Ante un evento relacionado a estas amenazas, la población, viviendas y obras de infraestructura podrían ser gravemente impactadas.

Las viviendas del Barrio Olga Leiva 3, son de tipo social, de 2 pisos, más una mansarda, si bien fueron construidas siguiendo la normativa urbanística, cuentan con deficiencias asociadas a los materiales de construcción, que con el tiempo comienzan a deteriorarse. Estas viviendas no cuentan con la aislación térmica necesaria para soportar las bajas temperaturas invernales, además sus habitantes no tienen los recursos para lograr calefaccionar la vivienda lo que deprime la economía familiar convirtiéndose en un factor de vulnerabilidad denominada “Pobreza Energética”. Frente a un episodio de precipitaciones intensas las viviendas podrían verse afectadas por filtraciones, dado la materialidad de las viviendas.

Por otro lado, la materialidad de las viviendas, principalmente del segundo piso y mansarda, más el sistema de agrupamiento, podría potenciar un posible incendio estructural.

Con objeto de evaluar el estado actual de conservación de las viviendas y de su entorno, su vulnerabilidad frente a las amenazas y la existencia de elementos que aporten a la resiliencia, se propone realizar un diagnóstico técnico, que permita analizar criterios de intervención en viviendas y espacios públicos, para proponer alternativas estructurales resilientes frente al riesgo, que incorporen la mirada de la planificación, mejoramiento de viviendas y construcción de obras.

5.2.       IDENTIFICACIÓN DE LA ZONA DE ESTUDIO

La zona de estudio corresponde a la copropiedad 3 de la Población Olga Leiva, conformada por 66 viviendas. Esta población se ubica en la comuna de Peñalolén, geográficamente se emplaza sobre el piedemonte de la Cordillera de Los Andes y al borde norte de la Quebrada Lo Hermida.

La copropiedad Olga Leiva 3 es parte de 4 sectores que se encuentran separados en tres desniveles distinto. Una característica relevante de este sector es que se encuentra muy aislado del resto de los barrios de la comuna, por lo que funciona como un barrio independiente, posee solo un acceso a la calle, y otro peatonal hacia el resto de la quebrada, cerrado con una reja que cierra toda posibilidad de vínculo tanto espacial que repercute en lo social.

5.3.       IDENTIFICACIÓN DE LAS AMENAZAS DEL SECTOR

Las principales amenazas del sector en estudio corresponden a remociones en masa, principalmente flujos de detritos y amenaza sísmica debida a la Falla de San Ramón.

La zona se emplaza en el límite norte del cono de deyección de la Quebrada de Macul y junto al cauce de la quebrada Lo Hermida. Las cuencas que alimentan de material sedimentario a las quebradas de Lo Hermida y Macul presentan características que facilitan el desarrollo de procesos de remoción en masa, como son las pendientes pronunciadas, tipo de suelos inestables y vegetación degradada. A esto se debe agregar el impacto de la expansión urbana de Santiago sobre el piedemonte y sobre las áreas de riesgo, con la consecuente exposición de sus habitantes a riesgos socio-naturales.

Respecto al riesgo sísmico por la presencia de la línea de falla de San Ramón ubicada a aproximadamente 430 metros al oriente del sector, se estima que un potencial sismo dejaría graves pérdidas en infraestructura, en viviendas y en población, ya que gran parte transcurre por zonas densamente pobladas, y con gran cantidad de infraestructura urbana critica.

El mayor peligro es el buffer que se forma entre la línea de falla y 300 metros hacia ambos lados. Existen estudios que indican que pueden producirse deslizamientos de material en los 5 km más cercanos a una falla (Serey, 2020), y a medida que se aleja de la línea de falla el peligro decrece.

Por otro lado, las precipitaciones intensas en corto período de tiempo originan inundaciones en las vías de circulación, durante estos eventos las viviendas con techumbre en mal estado sufren filtraciones e inundaciones al interior.

5.4.       DEFINICIÓN DE VULNERABILIDADES DE OLGA LEIVA 3 Y SU ENTORNO

La vulnerabilidad de las viviendas del sector Olga Leiva 3, está dada principalmente por la materialidad de las viviendas y las condiciones socio económicas de su población.

Los materiales de construcción originales presentan deficiencias en cuanto a la aislación térmica y acústica, agravado por el descuadre de ventanas y puertas. El mal estado de aislación origina que las viviendas sean demasiado frías en invierno y muy calurosas en verano. Esta condición hace a las viviendas especialmente vulnerables frente a condiciones meteorológicas de intenso frío o calor.

A lo anterior se debe agregar la inexistencia de un tratamiento de aislación del piso y paredes del primer nivel, lo que intensifica la vulnerabilidad de las viviendas frente a posibles inundaciones y flujos de detritos.

Respecto a la amenaza de lluvias intensas, la vulnerabilidad de las viviendas se relaciona con la calidad de materiales utilizados en sus techos, los cuales podrían filtrar el agua, esto sumado a las pobres condiciones de aislamiento originaría focos húmedos que derivarían en la putrefacción de los materiales, con el consecuente impacto en la salud de las personas.

Por otro lado, la vulnerabilidad de las viviendas se intensifica frente a la posibilidad de un incendio estructural, ya que el sistema de agrupamiento y la materialidad de las viviendas, favorecen su desarrollo y propagación, especialmente en verano, donde se sabe que las condiciones son extremadamente calurosas. A lo anterior se sugiere revisar las instalaciones eléctricas con objeto de disminuir el riesgo por incendio.

De acuerdo con lo anterior es necesario proponer medidas de intervención para disminuir la vulnerabilidad de las viviendas, proteger la salud, integridad y seguridad de sus habitantes.

5.5.       Descripción de las Viviendas

El condominio Olga Leiva 3 corresponde a viviendas de tipo social, data del año 2010, y está compuesto por 66 viviendas que se organizan en:

-     3 bloques o trenes de 9 viviendas pareadas (27)

-     2 bloques o trenes de 7 viviendas pareadas (14)

-     2 bloques o trenes de 6 viviendas pareadas (12)

-   1 bloque o tren de 5 viviendas pareadas (5)

-   1 bloque o tren de 4 viviendas pareadas (4)

-   2 pares de viviendas pareadas (4)

Las viviendas son de 2 pisos más mansarda. El primer piso es de albañilería confinada, el segundo piso y mansarda son de madera. La estructura general de las viviendas no presenta daños ni signos de fatiga o sobrecarga. (se adjuntan fotografías).

Los entrepisos son de madera con placa terciada como terminación, en buen estado de conservación. La techumbre es de envigados de madera y cubierta de zinc acanalado. (se adjuntan fotografías).

Las viviendas se encuentran en las siguientes condiciones:

•              La materialidad de las viviendas cuenta con poca aislación termina, principalmente en el primer piso, construida de ladrillo sin ningún tratamiento, ni revestimiento, lo que perjudica fuertemente la habitabilidad de este nivel.

•              Las viviendas presentan ventanas de aluminio con vidrio simple, lo que incide directamente en una baja climatización al interior de las viviendas. La mayoría de las ventanas se encuentran descuadradas, dejando espacio a filtraciones de agua y temperatura, lo cual incide en la aislación térmica. Esta situación implica que sus habitantes deban destinar gran parte de sus ingresos para calefaccionar sus viviendas durante el invierno, lo que impacta negativamente en la economía familiar.

•              Las puertas del primer piso se encuentran con baja aislación térmica, especialmente la puerta que da al patio.

           Entre los pisos no existe aislación térmica ni acústica.

•              En el tercer nivel presenta un área poco habitable en términos espaciales y de ventilación. Algunas viviendas han sido modificadas, abriendo ventanas del tercer piso y levantando la techumbre para aumentar la altura de pisos a cielo en la mansarda, con objeto de ganar espacio y ventilar, ya que en verano se concentra mucho calor.

           No existen problemas eléctricos (25Amp), ni sanitarios, tanto en agua potable como en descargas de alcantarillado. El tablero eléctrico tiene circuito enchufes 16amp e iluminación de 10amp, con diferencial de 25amp como automático general.

5.6.       Espacio Público y Entorno

•              La quebrada principal “Lo Hermida”, se encuentra bien encajonada, delimitada, protegida y con un área de seguridad de 50 metros. Sin embargo, el canal presenta acumulación de escombros y basura, que, al tratarse de un condominio, la municipalidad no puede encargarse de su limpieza y deben ser los propietarios quienes se encarguen. Los vecinos del condominio se organizan una vez al año para realizar una limpieza.

           Los pasajes se encuentran en muy mal estado.  Se observa pavimento deficiente, muchos hoyos, algunas zonas bajas y acumulación de agua y barro, lo que perjudica el desplazamiento en caso de emergencia.

           Los accesos a las viviendas están en mal estado, lo que impide el libre desplazamiento de personas en situación de discapacidad.

5.7.       Posibles propuestas de Mejoramiento

•              Realización de limpiezas constantes del canal y reposición de las rejas de seguridad laterales, para impedir el acceso de personas que puedan arrojar basura y escombros.

           Mejoramiento de pavimentos exteriores y pasajes no principales.

           Se recomienda remodelar el tercer nivel para permitir habitar correctamente el espacio interior. Incorporar ventanas para lograr una ventilación cruzada y mejorar la aislación térmica en la cubierta del tercer piso. Levantando la techumbre de la mansarda podría originarse un tercer e incluso cuarto dormitorio (altura actual menor 1,6m).

           Mejoramiento de la techumbre considerando cargas para paneles solares térmicos y/o fotovoltaicos, para futuros proyectos.

           Mejoramiento de la envolvente térmica, a través de aislación exterior de las paredes, posiblemente por fuera de la vivienda con el fin de no reducir el espacio habitable interior.

•          Se recomienda cambiar las ventanas por marcos de PVC y vidrio termo panel, cambio de puertas y celosías de ventilación. Lo anterior mejoraría considerablemente la aislación térmica.

           Colocar una terminación de cielo en piso 1 y 2, para mejorar condiciones de habitabilidad y de aislación térmica-acústica.

  1. REQUERIMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DEL ESTUDIO

6.1.     Equipo de trabajo

El consultor deberá realizar la prestación del estudio con un equipo que esté conformado por al menos cinco (06) profesionales incluido el coordinador del estudio.

El coordinador del estudio deberá contar con alguno de los siguientes títulos profesionales otorgados por alguna universidad del Estado o reconocido por este: Geólogo, Arquitecto, Constructor Civil, Ingeniero Constructor o Ingeniero Civil, con especialización en al menos una de las siguientes áreas: Urbanismo, Desarrollo Urbano, Gestión de Riesgo de Desastres, Geología.

El equipo deberá contar con al menos los siguientes profesionales:

- Arquitecto con experiencia en urbanismo, deseable con 10 años de experiencia en el ejercicio de su profesión.

- Geólogo, deseable con 10 años de experiencia en el ejercicio de su profesión.

- Geógrafo, deseable con 5 años de experiencia en el ejercicio de su profesión.

- Profesional del área de la construcción (Ingeniero civil, ingeniero constructor, arquitecto, constructor civil), deseable con 5 años de experiencia en el ejercicio de su profesión.

- Profesional del área Social, deseable con 5 años de experiencia en el ejercicio de su profesión.

6.2.     Experiencia del Oferente

- Experiencia comprobada en estudios geológicos de la falla de San Ramón.

- Experiencia en Resiliencia habitacional.

- Conocimiento en procesos de remoción en masa.

6.3.     Actividades y Productos Esperados

6.3.1.  Entrega de Informes:

-      Informe N°1: Informe de diagnóstico con resultados del levantamiento realizado a las viviendas y su entorno con detalle de su estado.

-      Informe N°2 Estimación del nivel de vulnerabilidad de acuerdo con el estado de las viviendas y entorno. Propuestas de mejoramiento o intervenciones a realizar en las viviendas y/o entorno.

-      Informe final:  Informe detallado de las intervenciones propuestas a corto, mediano y largo plazo, Entrega de presupuesto estimado de los costos asociado para cada una de las alternativas, lo cual permitirá identificar los programas más adecuados para llevar a cabo los mejoramientos, y resumen final.

6.3.2.  Reunión inicial de coordinación para revisar metodología del estudio (primera semana)

Una vez adjudicada la licitación, se deberá agendar una reunión de coordinación entre la consultora, el equipo regional y el equipo del nivel central, con el propósito de revisar metodología, carta Gantt, formato de fichas a utilizar en función de la problemática a abordar, entre otros.

6.3.3.   Levantamiento de información en terreno

Para levantar la información de las viviendas y su entorno consideradas en el estudio, se deberá completar ficha/s técnicas, que serán proporcionadas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (la División Técnica del Ministerio de Vivienda y Urbanismo), a la propuesta ganadora.

6.3.4.   Reuniones intermedias para revisar avances.

Se deberán realizar al menos 3 reuniones para informar estado de avance de la consultoría, incluida la reunión inicial.

6.3.5.   Informe Final

Deberá incluir una sistematización de la información técnica levantada mediante la aplicación de fichas individuales (en caso de viviendas) y/o informes detallados de la situación existente (en caso del entorno), una descripción de la solución técnica-constructiva propuesta con su respectivas especificaciones y valorización estimada, ya sea con soluciones tipo o individuales, según corresponda, a modo de anteproyecto de intervención como antecedente base para el desarrollo de un proyecto definitivo que permita realizar una postulación a subsidio.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.