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Descripción de servicio a contratar |
El objetivo de la presente licitación, es adjudicar la ejecución del manejo silvicultural efectivo, para una superficie de 111,3 ha; de espinales del tipo forestal Esclerófilo en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, durante el año 2021, de acuerdo al siguiente desglose:
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Rodal
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Sup. - ha.
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Estructura
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Estratificación
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Densidad
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Cobertura copas
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1
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52.3
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Irregular
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biestratificado
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Claros pequeños
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Semi cerrado
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2
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59.0
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Irregular
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biestratificado
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Claros grandes
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abierto
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Total
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111,3
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Se deberá ejecutar el manejo forestal de los espinales (Acacia cavens), de acuerdo a las prescripciones silviculturales, contenidas en Plan de Manejo; para bosque nativo con estructuras de Bosques Irregulares (con Estructura Indefinida).
En cada situación se ejecutara la corta de vástagos y/o ramas en cepas pluri o mono fustales, bajo criterios de intervención por cobertura, densidad, espaciamiento o sanitario, realizando volteo, trozado y traslado y su ordenación por productos en canchas de acopio definida por CONAF; además de la poda de ramas, dejando lo más limpio posible cada fuste o vástago, los desechos deberán ser ordenados de acuerdo a lo establecido en cada plan de manejo, así como la construcción de fajas Corta Combustibles.
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Modalidad de Pago |
El pago del servicio se efectuará siempre contra estados de avance recibido conforme, por parte de CONAF, de acuerdo al siguiente plan de avance, salvo que el proveedor adjudicado desee recibir solo un pago por el 100% de la superficie recibida conforme.
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Plan De Pago Por Avance En Superficie Manejada
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Primer Pago
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30 ha de avance
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Segundo Pago
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30 ha de avance
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Tercer Pago
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51,3 ha de avance
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Total
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111,3 ha de avance
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El oferente adjudicado, solo podrá emitir su factura una vez que se haya elaborado el informe técnico de recepción conforme por parte de CONAF, informe que se enviará al oferente.
El pago se hará contra la aceptación de la factura electrónica por parte de CONAF. El pago se efectuará dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de aceptación de la factura respectiva. En la factura se debe indicar número de la orden de compra en la referencia de ésta para que pueda ingresar al proceso de pago y debe coincidir el N° de hectáreas de servicio ejecutado conforme.
La factura será aceptada por CONAF previo envío de parte del contratista del F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo). De no presentar la documentación señalada precedentemente la factura será rechazada.
Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato.
CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación.
Esta acreditación deberá enviarse a CONAF, cada vez que se facture el servicio, para los efectos de aceptación de la factura electrónica, la que una vez contabilizada quedará a disposición de la Tesorería General de la República para pago.
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Apertura de las ofertas |
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La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo con las fechas establecidas en el sistema. Las ofertas se presentarán en el Anexo 5.- “Formulario Presentación de Oferta Económica en valor neto”.
La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
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Adjudicación |
La adjudicación se realizará sólo entre los oferentes que cuenten con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, y que tengan la habilidad para contratar con el Estado.
En el caso de que la mejor evaluación la obtenga un oferente sin lo solicitado, se procederá a adjudicar al que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente.
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Readjudicación |
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En caso de que el proveedor rechace la adjudicación y/o la orden de compra, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe en la respectiva tabla de evaluación. En este caso, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
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Plazo de Adjudicación |
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Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, ésta se podrá aplazar indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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Metodología de desempate |
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En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, el primer factor de desempate será “Experiencia del oferente” que determinará la adjudicación. En caso de persistir el empate, el segundo factor será el “Plazo de entrega” que determinará la adjudicación. En caso de persistir el empate, será el criterio “Precio” (valor de la oferta) que determinará la adjudicación. En caso de persistir el empate, será la primera oferta ingresada en el sistema www.mercadopublico.cl la que se adjudique la licitación.
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Recepción de antecedentes |
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Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos o económicos. No obstante CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”.
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Consultas a la adjudicación |
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Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 02 días hábiles siguiente a la fecha de adjudicación al correo: claudia.lopez@conaf.cl
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Cláusula de confidencialidad |
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El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer pública cualquier información obtenida y/o entregada.
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Orden de Compra |
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Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva orden de compra. En caso de que la orden de compra no sea aceptada en un plazo de 02 días hábiles, CONAF solicitará su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas de dicha solicitud. El envío de esta orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor facultará a la Corporación para realizar, en un plazo no mayor a 10 días hábiles, el contrato respectivo.
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Aplazamiento del cierre de la Licitación |
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En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
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Modificación de Bases |
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De ser necesario, podrán modificarse las presentes Bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
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Comisión Evaluadora |
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Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por la Jefe (a) del Departamento Finanzas y Administración o a quien designe, la Jefe (a) de la Sección Administración o a quien designe, el Jefe (a) de Departamento de Bosques y Cambio Climático o a quien designe, el Jefe (a) de la Sección Bosque Nativo o quien designe. Como Ministro de Fe y asesor de la comisión, la Jefa (o) de la Unidad de Jurídica o a quién designe. La comisión, luego de su evaluación, emitirá un informe con el análisis de las ofertas evaluadas y su proposición para el Director Regional de CONAF.
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Suscripción y condiciones del contrato |
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, éste se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles desde la aceptación de la Orden de Compra. Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los tres días hábiles siguientes a la adjudicación la documentación necesaria para la confección de éste.
Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl:
1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones;
2) Constancia de la inscripción del extracto y publicación en el diario oficial;
3) Certificado de vigencia de la sociedad;
4) Documento que acredite vigencia personería y facultades de representantes legales.
La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.
El contrato podrá ser modificado de común acuerdo, sólo por razones de carácter operativo y/o funcional, sin contravenir lo establecido en las presentes bases de licitación, ni la calidad de la intervención silvicultural establecida.
Las presentes bases de licitación, sus anexos y la oferta, formarán parte integrante del contrato a suscribir. El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser cedido ni transferido a un tercero bajo ningún título.
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Término anticipado del contrato |
CONAF, podrá poner término anticipado al contrato, cuando concurra alguna de las siguientes causales, las que no son taxativas:
a) El no pago de las multas en el plazo estipulado en las presentes bases de licitación.
b) Provocar por el personal del adjudicatario, y por los de sus contratistas, subcontratistas y trabajadores de éstos, un incendio al interior del predio adjudicado.
c) No facilitar, cuando CONAF así lo solicite, documentos fotocopiados de las imposiciones y comprobante de pago de remuneraciones de la totalidad del personal dependiente del oferente y, en general, cualquier incumplimiento relativo a la ley N°20.123 sobre subcontrataciones.
d) No atender las instrucciones del supervisor CONAF que esté a cargo de la faena.
e) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
f) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.
g) En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.
h) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
i) Las demás que se establezcan en las respectivas bases y contrato de la licitación o en el contrato y la ley N°19.886.-
j) Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del servicio.
k) Mutuo acuerdo de las partes.
l) Si el adjudicatario acumulara más de tres multas en el primer tercio del periodo de faenas.
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Finiquito del contrato |
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Se procederá a elaborar el finiquito del contrato una vez efectuado el informe o acta de cumplimiento por el Jefe de Sección de Bosque Nativo, sobre la base del Informe del Supervisor(a) Forestal de CONAF y con su correspondiente recepción conforme por parte del Jefe del Departamento de Bosques y Cambio Climático o quien lo subrogue. Una vez suscrito el finiquito por las partes, CONAF procederá a restituir al adjudicatario la garantía de fiel cumplimiento de contrato en un plazo de 90 días hábiles, contado desde el término de faena.
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Registros de Terreno |
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Con el fin de mantener un sistema de registro y comunicación efectiva entre la empresa adjudicataria y CONAF, respecto a la gestión de las actividades objeto de la presente licitación, sean ya no conformidades u otras situaciones que eventualmente surgieran en la faena, se establecerá un “Registro de terreno con observaciones, amonestaciones o multas”, cuya notificación deberá ser obligatoriamente recibida por el Supervisor de terreno de la empresa, quien deberá dar recepción conforme a través de la firma del documento.
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Sanciones y multas |
Serán consideradas como infracciones al contrato, y podrán ser sancionadas con multas y/o en la forma que en cada caso se indica, las siguientes situaciones o incumplimientos, los que no son taxativos:
a) Faltas relacionadas con el incumplimiento de los elementos de protección personal (EPP) para los trabajadores, EN ESPECIAL AQUELLOS QUE PREVIENEN CONTAGIOS VIRUS COVID19. Multa 1 UF por cada incumplimiento en uso de Equipamiento de protección personal adecuado.
b) Causar daño o perjuicio de carácter menor según calificación CONAF, en los recursos naturales, bienes e inversiones existentes en el predio. Multa: El valor de reposición o reparación del daño determinado por CONAF.
c) Generar impactos ambientales o incumplimientos identificados, a través de registros de terreno de los supervisores de faena de CONAF, en las siguientes situaciones:
ii) Incumplimiento de prescripciones manejo de los residuos de cualquier naturaleza generados. 1 UF/día según se mantenga la situación detectada.
iii) Incumplimiento de las prescripciones y/o parámetros silviculturales que se deben aplicar en la ejecución de la faena 1 UF/por cada situación detectada.
iv) Manejo inadecuado de sustancias peligrosas. 2 UF/día, mientras se mantenga la situación detectada.
v) Provocar amago o principio de incendio forestal. 25 UF, sin perjuicio de acciones legales y de aplicación del punto 6.6 de estas bases.
vi) Daño al interior de fajas o áreas de protección. 3 UF/árbol o arbusto cortado dentro de una faja de protección u otro tipo de daño detectado, como ejemplo introducción de maquinaria o contaminación de cualquier tipo dentro de la faja o área de protección señalada en del Plan de Manejo.
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Procedimiento de aplicación de las multas |
En caso de que el adjudicatario incurra en uno o más incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF comunicará esta situación, a través de “Registro de Terreno con observaciones, amonestaciones o multas” dirigido al supervisor de terreno por parte de la empresa adjudicada, estando este obligado a recibir dicho documento.
La aplicación de las multas, será informada a través de correo electrónico indicado en la oferta.
El proveedor, tendrá un plazo de 48 horas, desde la recepción del correo, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl con copia a claudio.ilabaca@conaf.cl.
Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, con o sin éstos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880. Si procediere la aplicación de la multa, esta será descontada de la facturación del mes respectivo.
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Obligaciones generales del adjudicatario |
El adjudicatario deberá cumplir con todo rigor, las obligaciones que emanen del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”. Asimismo, cumplir con el protocolo COVID-19 para las faenas forestales en la Reserva Nacional Lago Peñuelas.
1) El adjudicatario responderá por sus hechos y omisiones, por los de sus trabajadores. Asimismo, el adjudicatario asumirá la señalada responsabilidad respecto de todas aquellas personas que ingresen al predio por cuenta de aquél, bajo cualquier título.
2) El adjudicatario deberá realizar las instalaciones de campamento o pernoctación que requiera para sus trabajadores, a su entero costo.
3) El adjudicatario deberá identificar ante CONAF a su representante en terreno, quien debe tener capacidad de resolución y decisión para planificar, programar e informar previa y oportunamente a CONAF, toda clase de novedades que afecten el proceso.
4) En el caso que el adjudicatario contrate los servicios de terceros para la ejecución de las faenas, las obligaciones estipuladas en las presentes bases serán de cumplimiento obligatorio para ellos, lo que no exime de las obligaciones contractuales al adjudicatario. CONAF no contraerá ningún vínculo laboral con los trabajadores que participen en las faenas. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF solicitará al adjudicatario copia de las planillas de pago de las cotizaciones y comprobantes de remuneraciones mensuales que acrediten que éstas se encuentran debidamente pagadas. Así también, podrá solicitar el Libro de Asistencia en la faena.
5) Ante cualquier problema que se suscite con terceros, se deja expresamente establecido que la relación contractual es entre CONAF y el adjudicatario.
6) La vigilancia de las instalaciones que realice el adjudicatario, así como de los bienes y productos que permanezcan en el lugar de la faena, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. En su caso, la nómina del personal de vigilancia debe ser informada oportunamente al propietario del predio y a CONAF
7) En el caso de existir cercos u otra clase de infraestructura y si éstos resultan dañados como consecuencia de las faenas, éstos deberán ser reparados por el adjudicatario.
8) En concordancia con la Ley de Bosques y sus respectiva modificación efectuada por la ley Nº 20.653, se deberá instruir a los trabajadores de la prohibición de hacer fuego y fumar dentro de la Reserva.
9) El adjudicatario deberá cumplir con el procedimiento de seguridad y medioambiente que establece las obligaciones y responsabilidades, que en estas materias debe cumplir toda empresa que provee un servicio al interior de la Reserva y que se encuentran señaladas en el Manual de Implementación de Procedimientos de Seguridad y Medioambiente de Empresas Colaboradoras, documento que será entregado formalmente al adjudicatario al momento de la suscripción del contrato y que será exigible además a todo su personal.
10) Al término de la faena, el adjudicatario deberá entregar el área usada con sus instalaciones libres de todo residuo sólido o líquido que pueda generar un impacto ambiental y entregar el sector en las mismas condiciones en que lo recibió al inicio del contrato.
11) El adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones que emanen del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.
12) Además, el adjudicatario deberá dotar sin costo para los trabajadores, de los elementos de protección necesarios para proteger su integridad física de acuerdo con el tipo de faena, considerando, al menos, los siguientes elementos: quepís, guantes, ropa contra agua, zapatos de seguridad, antiparras, mascarillas, bloqueador solar, entre otros. En el caso de los motosierristas, deben tener experiencia en manejo de bosque, bajo condiciones de seguridad; requieren de equipo EPP completo y zapatos de seguridad caña alta.
13) Todo cambio de personal motosierristas, debe ser informado previamente y autorizado por escrito por CONAF.
14) El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones que impone la Ley 16.744 sobre el Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales, sus Decretos y Reglamentos, además de las Disposiciones Legales vigentes en materia de las actividades a realizar.
15) El adjudicatario velará por la correcta ejecución de los trabajos, de tal forma que se ejecuten sin accidentes, impactos y/o daños a la salud de las personas y al medioambiente.
16) No se permitirá el consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, ni sustancias sicotrópicas, ni cualquier otro tipo de droga, así como tampoco, trabajadores del adjudicatario en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas al interior de la Reserva.
17) Al término del plazo de la faena, el adjudicatario dispondrá de 5 días hábiles para ejecutar todas aquellas actividades relacionadas al abandono de faena. Entre estas actividades se encuentran:
a. Retiro de todo el personal desde el predio.
b. Retiro de las instalaciones y maquinarias utilizadas en la faena
c. Mejoramiento de caminos, cercos y alcantarillas si correspondiese;
d. Eliminación de desechos sólidos y líquidos, etc.
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Trabajadores dependientes del adjudicado |
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Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio, serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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Implementación de seguridad |
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El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo, deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.
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Otras disposiciones |
Ley Subcontratación: El proveedor adjudicado podrá subcontratar la faena, y para los efectos deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena. Para ilustración del oferente, se señalan a continuación los documentos que deberá exhibir el contratista en régimen de subcontratación, los que podrán ser revisados por CONAF durante la vigencia del contrato.
El proveedor deberá obligatoriamente, al momento de la entrega del terreno y/o suscripción del contrato exhibir los siguientes documentos:
1. Listado del personal que va a realizar el trabajo.
2. Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
3. Carta Gantt de actividad a realizar.
4. Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
5. Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
6. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).
7. Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
8. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
9. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. El proveedor deberá entregar los antecedentes laborales y previsionales de los trabajadores que participen directamente en el servicio. Se deberán acompañar específicamente los comprobantes de pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social que correspondan, de todos los trabajadores que forman parte del equipo de trabajo. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación. Esta documentación será solicitada para el pago de la factura correspondiente.
Para la presentación de antecedentes previsionales, deberá adjuntar “Certificado de Cotizaciones Previsionales Pagadas”. No se aceptarán certificado de cotizaciones declaradas.
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BASES TÉCNICAS |
1.- ASPECTOS GENERALES DEL SERVICIO A EJECUTAR
Se deberá ejecutar el manejo forestal de los bosques adscritos al Programa, de acuerdo a las prescripciones silviculturales, contenidas en los Planes de manejo para Bosques nativo; bajo estructura de Bosques Irregulares (con Estructura Indefinida), durante el año 2021.
En cada situación se ejecutara la corta de vástagos y/o ramas en cepas pluri o mono fustales, bajo criterios de intervención por cobertura, densidad, espaciamiento o sanitario, realizando volteo, trozado y traslado y ordenación por productos en cancha de acopio definida por CONAF; además la poda de ramas, dejando lo más limpio posible cada fuste o vástago, los desechos deberán ser ordenados de acuerdo a lo establecido en cada plan de manejo.
El criterio prioritario será siempre dejar el espaciamiento necesario y la cobertura de copa establecida en el plan de manejo aprobado, para el estrato dominante, procurando que el bosque siga cumpliendo su función ambiental de regulación del ciclo hidrológico y protección del suelo, cuyos objetivos persiguen el mejoramiento de los bosques existentes para su contribución a la mitigación y/o adaptación al cambio climático sus efectos.
Las faenas podrán realizarse en días corridos, excepcionalmente y previo acuerdo con la CONAF, se podrá suspender las faenas en días cercanos a una festividad importante que interrumpa el tránsito y que imposibilite el traslado de personas o frente a un eventual accidente durante la ejecución de faenas. Horario de trabajo: Las faenas se podrán realizar, según haya informado el oferente en su postulación, de 08:00 a 18:00 horas.
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2. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS |
Con la finalidad de avanzar en orden de importancia y prioridad en el manejo silvicultural, se definen en el Cuadro N° 2: actividades mínimas, a ejecutar:
Cuadro N° 2: Actividades mínimas a desarrollar.
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1
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Corta para bosque nativo irregulares o con estructura indefinida: consiste en ejecutar la corta (clareo y raleo) de vástagos en cepas plurifustales, eventualmente, de árboles monofustales, bajo criterios de intervención por cobertura, densidad, espaciamiento o por criterio sanitario, realizando la poda de ramas bajas, dejando lo más limpio posible cada fuste o vástago sin dañar la corteza, hasta una altura variable que dependerá del tamaño de cada individuo. Con el propósito de mejorar el acceso, disminuir la biomasa y la evapotranspiración dejando el ecosistema mejor preparado ante el cambio climático.
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2
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Manejo de los desechos ordenados y dispuestos en pilas o fajas discontinuas, homogéneamente distribuidas en la superficie del rodal. Nunca bajo la copa de árboles. -En caso de presencia de cárcavas, se deberá favorecer la ubicación de desechos en las cabeceras de las cárcavas y en zonas aledañas a ellas. En cárcavas de gran magnitud, se deberá priorizar el depósito de desechos dentro de éstas, para disminuir el efecto de agentes erosivos.- Las fajas de desechos deberán estar orientadas en curvas de nivel, con una altura no superior a 1 metro y un ancho máximo de 2 metros. -En las orillas de caminos, las fajas o pilas de desechos deben quedar ordenados distantes a 6 m medidos desde la orilla del camino hacia el interior del bosque.
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3
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Fajas Corta Combustible: FCC-Manejo de vegetación de una franja de 6 metros de ancho a cada lado del camino u otros sector que presenten riesgo de incendio como viviendas, galpones o huellas de alto tráfico; manteniendo una densidad inferior de vástagos de acuerdo a lo establecido en el plan de manejo - privilegiando la diversidad de especies. Siendo un bosque cuyo origen es de monte bajo, dejar sólo el vástago mayor en cada cepa que cumpla con la densidad indicada, con poda superior a lo establecido en el resto del rodal y remoción completa de todos los residuos.
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4
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Áreas Buffer de especies en Categoría de Conservación: se debe observar con especial atención, las prescripciones técnicas descritas en el Plan de Manejo.
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La ejecución de dicho manejo en la superficie citada estará sujeta a un rango de tolerancia de 5% máximo permitido por predio de inejecución, si y sólo si, ocurren los siguientes hallazgos al interior de los rodales de bosque nativo afectos al manejo:
Árboles perchas para la avifauna nativa.
Refugios y/o madrigueras de fauna.
Superficie del piso del bosque con evidentes signos de erosión.
Curso de agua y su faja de protección no identificado como limitante en el plan de manejo.
Hallazgo de especies vegetales en categoría de amenaza para su conservación.
Otras situaciones no descritas en esta lista y que sean necesarias para efectuar de mejor forma el cumplimiento a medidas de protección ambiental y forestal contenidas en la Resolución aprobatoria, del Plan de Manejo citado que rige esta faena.
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Para todos los efectos, los presentes hallazgos podrán ser notificados por: |
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Para todos los efectos, los presentes hallazgos podrán ser notificados por:
CONAF al Jefe de faena y anotados en el respectivo Libro de Faenas.
Por el Jefe de faenas a CONAF, en este caso CONAF debe manifestar su expresa aprobación o denegación a la situación presentada por el jefe de faenas, para su aplicación o no, y ser registrado en el Libro de Faenas.
De ocurrir cualquiera de los hallazgos, y aplicada la inejecución ordenada o autorizada por CONAF y dentro de los rangos de tolerancia permitido (máximo 5%), no serán descontados de los pagos al contratista. Sobre ese máximo se descontará lo no ejecutado.
De acuerdo a lo requerido, el servicio incluye obligatoriamente el trozado en diferentes dimensiones de acuerdo a los productos definidos por CONAF, su traslado y ordenación por producto en cancha de acopio, dispuesta para estos efectos.
Con la finalidad de definir un orden de importancia y prioridad de producción, CONAF, requiere se generen los siguientes productos:
Cuadro N° 3.- Tipo de productos a obtener
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CALIDAD
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CARACTERÍSTICAS DE TROZAS de ESPINO
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DIÁMETRO MÍNIMO (cm)
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LARGO
(mts)
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1
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Troza para uso aserrable, de largo variable de 1 m y más, con rectitud de estándar relativo,
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15
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1mt y más.
Mayor Largo posible
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2
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Trozas rectas o curvatura leve -para trabajar en tornería.
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15
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0,30
a
0,99
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3
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Troza pequeña para dendroenergía o madera combustible (Leña- Carbón) de largo mayores a 30 cms, no recta, con curvaturas pronunciadas o tortuosas,
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Mayor a 5 cms
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03 y mas
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Cuadro N° 4: Tratamiento Silvicultural
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Unidad de Manejo Forestal:
EL RODAL
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Conversión de monte bajo a monte medio: Se disminuirá el número de vástagos en cada cepa, buscando que los vástagos residuales aumenten su crecimiento y se fortalezcan, de modo de proyectar la fisonomía del bosque desde monte bajo a monte medio. La intervención pretende mejorar las condiciones de resiliencia del bosque residual en su rol multifuncional y a largo plazo la producción de piezas de madera de mayor valor.
Debido a la fuerte intervención que ha experimentado el bosque se ha producido un aumento del número de vástagos por cepa, lo que ha aumentado la fitomasa del conjunto, pero ha afectado la forma de los individuos, de manera que se espera mejorar su rectitud y su sanidad a causa de este tipo de intervención.
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En anexo N° 6 se adjunta plano del área a intervenir y sus rodales.
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A.- ZONAS DE EXCLUSIÓN DE INTERVENCIÓN: |
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EL ADJUDICATARIO DEBERÁ OBSERVAR EN LA EJECUCIÓN DE LAS FAENAS LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES TÉCNICAS:
A.- ZONAS DE EXCLUSIÓN DE INTERVENCIÓN:
CURSOS DE AGUA TEMPORARIOS O PERMANENTES: Las fajas o franjas de protección alrededor de los cursos de agua temporales o permanentes identificados en el Plan de manejo, estas fajas están constituidas por 10 metros a cada lado del borde del cauce del curso de agua, medidos en distancia horizontal y perpendicular a eje o línea de borde del cauce. Salvo que el plan de manejo señale una medida distinta.
BUFFER ESPECIES EN CATEGORIA DE CONSERVACIÓN. Se dejará sin intervenir un área de 20 m de radio aledaña a la especie en categoría con el objetivo de no dañarla ni alterar su hábitat, para evitar un cambio en el ambiente de uno o más individuos de una especie vegetal que puede llevar a su muerte o a que se vea imposibilitado de reproducirse. Es decir, minimizar cualquier factor que se altere y cuyo resultado de la alteración en un plazo indeterminado pueda causar la muerte de los individuos protegidos o que pueda causar la interrupción de su ciclo reproductivo.
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B.- CRITERIOS PARA TRATAMIENTO SILVICULTURAL EN BOSQUE NATIVO MEDITERRANEO. |
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Actividad silvicultural
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Especificación del Criterio
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Corta para bosques irregulares
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Conjunto de actividades silviculturales aplicables a bosques que se desean manejar con estructura de tipo irregular, siendo en la actualidad bosques de estructura irregular (pie a pie o en bosquetes regulares) o de estructuras indefinida (no estructurados).
Esta corta comprende las intervenciones que se deban ejecutar en toda o parte de la distribución diamétrica del bosque, requerida para equilibrar la estructura irregular, mejorar la calidad del bosque y ubicarlo en las condiciones óptimas de crecimiento sostenible. Contempla limpias para favorecer el establecimiento de la regeneración natural, clareos, raleos, cortas de liberación, cortas de mejoramiento, cortas sanitarias y podas.
En general los rodales con bosques muy densos y ralos se encuentran con una estructura de Monte bajo, que se puede atribuir a incendios, explotaciones pasadas sin criterios silviculturales, sobrepastoreo y déficit hídrico, encontrándose hoy con una fisonomía de renoval en la mayoría de los casos y con exceso de vástagos en su cepa. Debido a que estos bosques tienen escasa regeneración de semilla de ejemplares arbóreos, que no alcanzaría a constituir una fase de regeneración propiamente tal.
El tratamiento de conversión de la estructura de Monte bajo a Monte medio contribuirá a dar mayor vigor y aumentar el crecimiento de los vástagos y copas que queden en cada cepa luego de reducir la competencia.
Esta actividad de corta de vástagos se realizará en todas las especies y en cada caso (cepa a cepa) se analizará cuales deberán ser cortados y cuales permanecerán como vástagos residuales.
Adicionalmente, es importante mencionar que las cortas afectarán en parte la cobertura de copas, en aquellos casos de rodales con bosques ralos, la cobertura debiese disminuir parcialmente considerando la extracción de copas bajo un estrato superior. De acuerdo a lo señalado en el Reglamento de Suelos Aguas y Humedales la cobertura residual no debe ser inferior al 20 % en general. Y al 50% en cursos de agua excepcionalmente intervenidos. No obstante no es permitido al interior de esta zona, la construcción de estructuras, vías de saca y el depósito de desechos de cosecha.
Así se establecieron los siguientes criterios genéricos para la intervención:
1. Bajar la densidad de vástagos, según indique en Plan de Manejo.
2. Los criterios generales de selección de vástagos o fustes residuales, en orden de importancia:
I. Calidad: La selección los vástagos residuales se realizará priorizando los de mayor diámetro, forma recta y hábito de crecimiento vertical.
II. Espaciamiento: Adecuada distribución espacial de acuerdo a las condiciones particulares de cada cepa;
III. Sombra o Cobertura: Se busca una cobertura levemente menor a lo existente privilegiando corta de ramas que se encuentren bajo un dosel superior;
IV. No regresión: Impedir el retroceso de los límites del bosque;
V. Calidad sanitaria: Seleccionar vástagos sanos y extraer ramas y vástagos afectados por plagas y enfermedades.
3. Criterios para seleccionar vástagos a extraer:
- Árboles muertos: Se eliminan árboles muertos que revistan riego de caída sobre personas que transiten por el sector. No obstante se mantendrán algunos individuos secos como refugio de fauna.
- Vástagos en formación: Se cortarán para favorecer a los de mayor diámetro que quedarán en la cepa, EXCEPTO si se requiere dejar uno o más vástagos para mantener la cobertura necesaria.
4. Las cepas que se encuentren en bordes de claros o caminos deberán intervenirse hacia su interior, dejando hacia el exterior las ramas que estén distantes del suelo para no disminuir la cobertura, pero podando aquellas cercanas al suelo para evitar la continuidad vertical del combustible. Si las ramas que están hacia el claro o camino son rastreras deberán eliminarse. Hacia el interior de esas cepas de borde se aplican los mismos criterios ya descritos.
5. Se evitará la corta de aquellas especies menos frecuentes en cada rodal, para garantizar una mayor diversidad de biológica.
- Corte y volteo de vástagos y ramas:
Corte el volteo de vástagos y podas de ramas: Los cortes de vástagos o podas de ramas, deben ser limpios, parejos, sin causar daño a las cepas u otros vástagos residuales, sin “bisagras” idealmente a ras de piso en bisel o lo más cerca posible del suelo.
Arboles Monte Alto Monofustales: Estos se mantendrán en pie, sólo se aplicará poda, salvo que estén evidentemente muertos o constituyan un riesgo de caída.
La poda de ramas: el corte deben ser limpios, sin bisagras, ni muñones sobresalientes, debe ser a ras de corteza pero sin dañar los vástagos residuales, en general se deberá considerar lo señalado en el plan de manejo.
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C.- MEDIDAS DE SILVICULTURA PREVENTIVA Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES |
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Se realizarán cortas llamadas “Fajas Corta Combustible” (FCC) que consisten en el manejo de unas fajas de terreno adyacente a caminos existentes u otras zonas que puedan presentar riesgo y/o peligro de incendio como viviendas o galpones, donde se debe disminuir la continuidad horizontal y vertical de la vegetación según corresponda, dejando el suelo con algunos vástagos y especies herbáceas de menor altura para evitar la erosión, todo con el objeto de retardar la propagación del fuego. En caminos aledaños a los rodales a intervenir u otras infraestructuras prediales, se deben realizar las siguientes acciones para ejecutar FAJAS CORTA COMBUSTIBLE:
Despejar de vegetación una franja de 6 metros de ancho a cada lado del camino existente o proyectado y sectores de alto riesgo y/o peligro de incendio; manteniendo una densidad de acuerdo a lo establecido en el plan de manejo, privilegiando la diversidad de especies.
Siendo un bosque cuyo origen principal es de monte bajo, dejar sólo el vástago mayor en cada cepa que cumpla con la densidad indicada, con una altura de poda variable que dependerá de la altura de cada ejemplar.
Remoción completa de todos los residuos de dicha zona. Los desechos de esta faja deben ser totalmente retirados, idealmente chipeados o tratados con igual criterios de desechos generados bajo bosque.
Se sugiere eliminar especies exóticas que contribuyan a la propagación del fuego.
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D.- CONSIDERACIONES ESPECIALES PARA ESPINALES. |
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La Reserva Nacional Lago Peñuelas es un área silvestre protegida por el Estado que se ha visto seriamente afectada por la sequía, a lo anterior se han sumado sucesivos incendios forestales que han deteriorado tanto la vegetación nativa como las plantaciones de especies exóticas.
En el marco del Programa de Reactivación Económica se elabora un plan de manejo de bosque nativo con el propósito de manejar espinales que permita adaptar de mejor forma los árboles al cambio climático, dejar el bosque mejor preparado ante un eventual incendio y generar empleo a través de la contratación de mano de obra local.
El principal factor limitante en las áreas de espinales a manejar es la sequía que impide la regeneración natural, genera un envejecimiento del bosque y debilitamiento de los individuos, no obstante ello, el objetivo general del manejo es la optimización de las funciones ambientales, sociales y productivas del bosque.
Se pretende vigorizar los rodales concentrando su crecimiento en menos individuos de mejor calidad, a través de clareos, raleos y podas de vástagos dentro de las cepas que permitan el crecimiento de los individuos seleccionados, levantar las copas y mejorar la capacidad de resiliencia del bosque. En general se mantendrá el número de cepas, salvo las que se encuentren muy dañadas por la sequía y se reducirá el número de vástagos.
El método de corta para bosques irregulares considera la condición de monte bajo de gran parte de los individuos, por ello se seleccionarán algunos vástagos residuales y se cortarán los no seleccionados, esperando así, llevar las masas al estado de bosque mixto de estructura irregular.
El tratamiento a aplicar es un clareo y raleo dentro de la cepa:
se disminuirá el número de vástagos,
se extraerán los no seleccionados y para el caso de las cepas que tengan un sólo vástago se aplicará poda, cuando tengan dos o tres vástagos se extraerá uno, las cepas que tengan más de tres vástagos se mantendrán con dos o tres vástagos residuales.
Esto permitirá extraer alrededor de un 30% del área basal dependiendo de lo señalado en el respectivo plan de manejo.
Se mantendrá un área buffer de 10 m a cada lado de los cursos de agua temporarios que existan, de acuerdo a lo señalado en el respectivo plan de manejo.
La selección y marcación de los individuos residuales dependerá de los siguientes criterios:
Diámetro, se priorizarán como árboles futuros los individuos de mayor diámetro.
Forma, se mantendrán los vástagos con forma recta y hábito de crecimiento vertical.
Sanitario: Se ralearán o podarán preferentemente los vástagos o ramas con problemas sanitarios.
Cobertura de copas: Se busca una cobertura levemente menor a lo existente privilegiando corta de ramas que se encuentren bajo un dosel superior.
Diversidad biológica: No intervenir especies poco representadas.
Considerando la extrema sequía que está afectando la zona se espera que el manejo vigorice las cepas y que tenga un efecto positivo en la cobertura, es decir, que aun cuando en un principio se disminuya con el raleo, el efecto posterior sea que los vástagos residuales mejoren la calidad de la cobertura de copas.
Se aplicará corta en individuos evidentemente muertos que revistan riego de caída sobre personas que transiten por el sector. No obstante se mantendrán algunos individuos secos como refugio de fauna. Esto permitirá dar espacio para el desarrollo de los demás individuos del rodal.
El ejecutor de las faenas deberá prestar especial atención a las actividades del Plan de manejo que dicen relación con la protección y prevención de incendios forestales; así como las medidas de protección ambiental y del bosque, respectivamente.
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3. SUPERVISIÓN TÉCNICA PERMANENTE DE CONAF Y RESOLUCIÓN DE ASPECTOS TÉCNICOS |
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CONAF mantendrá supervisión permanente de las faenas, contando con una contraparte técnica en terreno para resolver cualquier situación especial o que no esté contemplada en las bases, siendo sus ingenieros extensionistas y supervisores, quienes se turnarán para efectuar la supervisión permanente y necesaria. Aspectos como, huellas de acceso, fajas de penetración, caminos-cortafuegos, fajas cortacombustibles, acopio de productos bajo el bosque, ordenación de desechos o cualquier otro aspecto de carácter ambiental o forestal será resuelto por lo ingenieros supervisores de CONAF, con la debida coordinación con el propietario, cuando corresponda.
Los ingenieros supervisores de CONAF, tendrán la potestad de paralizar la faena frente a cualquier situación anómala detectada, entendiéndose como tal incumplimiento al punto 7. Obligaciones generales del adjudicatario, o a los aspectos técnicos específicos de las bases o del plan de manejo.
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4. CALENDARIO Y AVANCE DE LAS INTERVENCIONES. |
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El avance podrá tener más de un frente de trabajo, a condición que se respete el sentido de avance acordado y que una misma cuadrilla no inicie faenas en un sector sin haber finalizado totalmente la intervención en el sector anterior.
El adjudicatario deberá programar el rendimiento de la faena de manera que el avance de las actividades en los diferentes rodales sea ordenado, no pudiendo dejar sectores rezagados sin intervenir- los que no serán recepcionados conforme para los efectos del pago.
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5. NORMATIVA FAENAS FORESTALES |
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Medidas de protección COVID-19: En consideración a la pandemia que actualmente se encuentra en nuestro país, COVID-19, el oferente deberá velar por el estricto cumplimiento de todas las medidas de seguridad y sanidad determinadas por el Ministerio de Salud (MINSAL) durante la ejecución de faenas así como el “Protocolo COVID-19”, desarrollado por CONAF. Anexo 7.
El adjudicatario, sus contratistas, subcontratistas y todos los trabajadores que formen parte de la faena, deberán cumplir las siguientes normas:
INGRESO Y PERMANENCIA EN LOS PREDIOS: Todas las personas que hagan ingreso al predio y cada vez que lo hagan deberán registrarse en el libro de faenas debe indicar: Nombre, destino y/o motivo de la visita y si por algún motivo ingresa fuera de horario estará obligado a dar aviso al propietario del predio y supervisor de CONAF.
Transitar sólo por caminos establecidos, conducir con cuidado y no exceder los 30 Km/hra - para evitar atropellos o perturbación de flora y fauna.
En el caso que sea necesario que trabajadores deban pernoctar el interior del predio, esto debe ser autorizado por el propietario con la debida antelación para realizar las coordinaciones necesarias del caso.
Está prohibido realizar cualquier actividad que no tenga relación directa con el trabajo que se esté ejecutando, actividades tales como:
Cacería, pesca, extracción de gusanos de tebo, extracción de tierra de hojas, trekking, etc.
No cortar ni extraer flora de ningún tipo (plantas, flores, semillas, ramas, tierra de hojas, etc).
No molestar o perturbar la fauna del lugar, más allá de lo que implica la ejecución de faenas
Ingresar a cualquier cuerpo de agua.
Ingresar con animales domésticos, a excepción de perros lazarillos correctamente identificados.
Utilizar o derramar productos tóxicos y/o contaminantes.
Botar basura, esta debe ser retirada para ser depositada fuera del predio.
Durante su permanencia en la faena está totalmente prohibido generara o utilizar cualquier fuente calórica, que pudiere generar un incendio forestal.
Solo se podrá usar alguna fuente calórica en lugares seguros previa autorización del propietario del predio.
Se prohíbe ingresar con personas que no tengan relación directa con la faena y que no estén en los listados de trabajadores oficiales de la faena, como por ejemplo familia, hijos, amigos, etc.
Toda persona que trabaje que preste un servicio o faena en particular, estará obligado a utilizar sus implementos de protección personal (EPP), si alguna persona es sorprendida sin su implementación se emitirá la observación correspondiente al encargado de la Faena.
No se podrá ingresar, ni portar onda, armas de fuego, rifles de aire comprimido ni ningún implemento o artefacto que vaya en contra de la protección de los bienes naturales, si ocurriese el caso, la persona podrá ser expulsada sin posibilidades de un nuevo ingreso.
En consecuencia, toda situación detectada y que sea considerada irregular debe ser informada oportunamente a quien corresponda con la finalidad de que se tomen las medidas correspondientes, y de este modo evitar su reiteración.
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