Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Corporación Nacional Forestal
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Fecha de vencimiento:
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01-11-2022
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Monto:
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5
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Descripción:
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1) El oferente que se adjudique esta licitación deberá entregar a la Corporación un documento de Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, valorado en pesos chilenos, equivalente al 5% del valor total del contrato, el cual tendrá por objeto asegurar el fiel, íntegro y oportuno cumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases de esta licitación pública y el respectivo contrato.
2) El monto de la garantía de fiel cumplimiento corresponderá al 5% de valor total del contrato de servicios por 24 meses, incluido el impuesto IVA.
3) Dicha garantía podrá consistir en un instrumento cualquiera que asegure el pago del documento de manera rápida y efectiva, pagadero a la vista, tomado por el oferente adjudicado con carácter de irrevocable y nominativo, a favor de la Corporación Nacional Forestal, con vigencia de a lo menos 90 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato de servicios, que no devengue reajustes ni intereses de ninguna especie que sean de cargo de CONAF.
4) El documento de garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregado en un sobre cerrado dirigido al Sr. Jefe Departamento de Abastecimiento, indicando la siguiente leyenda en su exterior: “Contiene documento de fiel cumplimiento del contrato correspondiente a la adjudicación de la licitación pública ID N° 633-23-LE20”. Además, al reverso deberá señalar el nombre del adjudicado, dirección, teléfono, correo electrónico y nombre de contacto. El sobre conteniendo el documento de fiel cumplimiento, deberá ser entregado en la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en Paseo Bulnes N° 291, Piso 1, Santiago, con anterioridad a la firma del contrato, de preferencia dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación de la licitación.
5) Cobro de la garantía de fiel cumplimiento: En caso de incumplimiento grave del adjudicado para con las obligaciones establecidas tanto en las bases de licitación como en el contrato, la Corporación podrá hacer efectiva esta garantía administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercer para el cumplimiento forzado de lo pactado o para la resolución del contrato, enambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
6) Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones, que el adjudicado incurra en alguna de las causales de término de contrato, previstas en las presentes bases.
En los casos que corresponda, la renovación del contrato deberá ser garantizada mediante la entrega de un nuevo documento de garantía de fiel cumplimiento, emitido en los términos indicados en el presente numeral.
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Glosa:
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“Para garantizar el total cumplimiento de las obligaciones que le corresponden como adjudicatario de la licitación pública ID N° 633-23-LE20, y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario señaladas en el artículo 11 de la Ley N° 19.886, de Compras Públicas”. En caso que la glosa exceda el espacio disponible en el documento, ésta podrá ser escrita en una carta adjunta a éste, dirigida al Sr. Jefe Departamento de Abastecimiento.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La Corporación devolverá esta garantía al oferente, total o parcialmente, si procediere, una vez recibido a su entera satisfacción los servicios materia de esta Licitación Pública, a los 90 días hábiles posteriores al término del contrato. Esta garantía no devengará reajustes, ni intereses de ninguna especie, que sean de cargo de CONAF.
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