|
Resolución de Empates |
En el caso que se presenten dos o más ofertas que obtengan la misma puntuación, el mecanismo para resolver los empates sucesivos que se puedan producir en el resultado final de la evaluación, será el siguiente:
-
En primera instancia para desempatar se considerará la propuesta que haya obtenido el mejor puntaje en el criterio: PRECIO
-
De continuar empatados se considerará la propuesta que haya presentado el mejor puntaje en el criterio: PLAZO DE ENTREGA
-
De seguir empatados se considerará la oferta con mejor puntaje en el criterio: EXPERIENCIA DEL OFERENTE
-
De seguir empatados se considerará la oferta con mejor puntaje en el criterio: CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
-
De seguir empatados se considerará la oferta con mejor puntaje en el criterio: GARANTIA
-
Y como último criterio de desempate se considerará la propuesta que haya presentado el mejor puntaje en el Criterio: PACTO DE INTEGRIDAD
Si el empate persiste hasta el final, la Universidad, a través de los Responsables de la evaluación, propondrán al rector o a quien éste haya delegado la facultad, adjudicar la propuesta al proponente que ingresó primero su oferta en www.mercadopublico.cl, constituyendo antecedente suficiente la información proporcionada por el portal web; y si hubieran ofertas que se hayan ingresado en un mismo momento o no pudiere determinarse la fecha del ingreso, será dicha autoridad que resuelva la adjudicación.
|
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la universidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 48 horas corridas, contados desde su notificación al oferente por parte de la Universidad, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
|
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
Otras Clausulas |
• Bases y Documentos que Rigen la Propuesta, según Resolución Adjunta.
• Conocimiento y Aceptación de las Bases, según Resolución Adjunta.
• Obligación de Reserva y Confidencialidad, según Resolución Adjunta.
• Prohibiciones, según Resolución Adjunta.
• Publicidad de las Ofertas Técnicas, según Resolución Adjunta.
• Domicilio, Competencia y Legislación Aplicable, según Resolución Adjunta.
• Situaciones No Previstas, según Resolución Adjunta.
• Confidencialidad, según Resolución Adjunta.
• Causales para declarar Desierta la Licitación, según Resolución Adjunta.
• Llamado a nueva Licitación, según Resolución Adjunta.
• Responsabilidades del Adjudicatario, según Resolución Adjunta.
• Unión Temporal de Proveedores, según Resolución Adjunta.
• Pacto de Integridad, según Resolución Adjunta.
|
|
|
|