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ANTECEDENTES PREVIOS A OBSERVAR. |
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No podrán participar en esta licitación, personas naturales o empresas que hayan incurrido en uno o más, incumplimiento grave en faenas durante los dos últimos años, esto comprende:
- Cobro de boleta de garantía: Referido al cobro de boletas de garantía asociada a procesos anteriores, durante los últimos dos años, con la Corporación Nacional Forestal.
- Incumplimiento de contrato: Cualquier incumplimiento de contrato que resultó un término anticipado del mismo, según el punto “o)” de la presente base, durante los últimos dos años, con la Corporación Nacional Forestal.
- Multas reiteradas: La presencia de multas repetidas en procesos anteriores, durante los últimos dos años, con la Corporación Nacional Forestal.
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a) Presentación de Ofertas |
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Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl. En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento.
Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público.
Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
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b) Modificación de Bases |
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De ser necesario podrán modificarse las presentes Bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
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c) Aplazamiento del cierre de la Licitación |
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En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse su cierre por 5 días corridos desde la fecha de cierre original.
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d) Apertura de las ofertas |
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La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema. La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
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e) Observaciones a la apertura de las ofertas |
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Los/Las oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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f) Errores u omisiones |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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g) Adjudicación |
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Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
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h) Puntaje mínimo para adjudicar |
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No podrá ser adjudicada, bajo ninguna circunstancia, una oferta que obtenga un puntaje inferior a 50 puntos ponderados en total. Si ninguna oferta obtuviese más de 50 puntos, éstas serán declaradas inadmisibles, procediendo a declarar desierta la licitación.
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i) Re adjudicación |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En este caso, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
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j) Plazo de Adjudicación |
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Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado. Podrá aplazarse ésta, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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k) Metodología de desempate |
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En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, el desempate se efectuará aplicando los criterios de evaluación, en un orden de mayor a menor del porcentaje de ponderación, en el siguiente orden: Experiencia del oferente, Precio. En caso de persistir el empate, será la primera oferta ingresada en el sistema www.mercadopublico.cl la que se adjudique la licitación.
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l) Recepción de antecedentes |
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Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos o económicos. No obstante CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en su puntaje en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”.
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m) Consultas a la adjudicación |
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Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 2 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación al siguiente correo: claudia.lopez@conaf.cl
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n) Cláusula de confidencialidad |
El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer publica cualquier información obtenida y/o entregada.
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o) Comisión Evaluadora |
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Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por Jefe (a) de Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos o a quien designe, Jefe (a) del Departamento Finanzas y Administración o a quien designe, Jefe(a) de la Sección Administración (S) o a quien designe y como Ministro de Fe y asesor de la comisión, el Jefe (a) de la Unidad de Jurídica o a quién designe.
La comisión, luego de su evaluación, emitirá un informe con el análisis de las ofertas evaluadas y su proposición para el Director Regional de CONAF. Los integrantes de la comisión realizarán una declaración jurada sobre su ausencia de conflictos de interés en el proceso licitatorio; esto en virtud del Art. 37 del reglamento de la Ley 19.886 y el Art.62, N°6 de la Ley 18.575
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p) Suscripción del contrato |
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El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF, que será elaborado por la Unidad Jurídica de la Corporación. En cualquier caso, este se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados desde la aceptación de la orden de compra. Este contrato contendrá los términos de la licitación adjudicada.
Para suscribir el contrato el adjudicatario, deberá acompañar las pólizas de seguro indicadas en estas bases, la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo, en tiempo y forma, en caso de proceder y deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores. En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la adjudicación.
Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la aceptación de la orden de compra, la documentación necesaria para la confección de éste. Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl:
1) Copia de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones con vigencia.
2) Constancia de la inscripción del extracto y publicación en el diario oficial y modificaciones, si las hubiere.
3) Certificado de vigencia de la sociedad.
4) Documento que acredite personería y facultades del o los representantes legales con vigencia.
Si el contrato no se suscribe por la no entrega de la documentación señalada, no entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, en forma y dentro de los plazos señalados, o por desistimiento por parte del adjudicado u otra causal, CONAF podrá hacer efectivo el cobro de la garantía de seriedad de la oferta y quedará en libertad de acción para licitar nuevamente o bien re adjudicar la licitación a otro oferente que le siga en puntaje de acuerdo con la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de la licitación.
La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones. Las presentes bases de licitación, sus anexos y la oferta del adjudicado, formarán parte integrante del contrato a suscribir.
El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser cedido ni transferido a un tercero bajo ningún título.
Una vez suscrito el contrato entre las partes, se deberá dar inicio a los trabajos en un plazo máximo de 5 días hábiles.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato asegurará el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en él, las bases y sus anexos y, en especial, de las obligaciones que se indican a continuación:
1) Ejecutar las actividades indicadas en el contrato, de acuerdo a los estándares de las actividades indicados en las bases y oferta técnica adjudicada.
2) Responder por daños y perjuicios que se ocasionen a bienes y/o inversiones existentes en el predio.
3) Incumplir por parte del contratista el pago de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores si los tuviera.
4) Cumplir con la totalidad de lo señalado en las respectivas bases de licitación y en la oferta del proveedor.
El incumplimiento de éstas y otras obligaciones establecidas en el contrato hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía indicada, pena que corresponde a la evaluación anticipada de los perjuicios producidos, sin necesidad de ningún otro trámite judicial ni extrajudicial. No obstante, de que se haya hecho efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y se decida por parte de CONAF, continuar con el mismo proveedor del servicio, éste deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento en los mismos términos iniciales establecidos en las bases.
Toda controversia, divergencia o dificultad que se suscite entre el proveedor y CONAF, respecto del cumplimiento, incumplimiento, interpretación, validez, nulidad o cualquiera otra cuestión o consecuencia relacionada, tanto respecto de alguna cláusula del contrato o de las Bases referidas, que no pueda ser resuelta directamente por las partes, quedará sometida a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia de la comuna y ciudad de Viña del Mar.
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q) Orden de Compra |
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Una vez adjudicada la licitación pública y firmada el contrato con el proveedor adjudicado, se procederá al envío de la respectiva orden de compra en forma mensual, y conformidad del servicio por parte de CONAF.
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r) Término anticipado del contrato |
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CONAF podrá poner término anticipado al contrato, por las causales que se indica a continuación, las que no son de carácter taxativo:
Cualquier incumplimiento a las obligaciones establecidas en las respectivas bases de licitación y al respectivo contrato, facultará a CONAF para dar término anticipado al contrato, de acuerdo al procedimiento que se indica en el ítem siguiente
1) El contrato puede terminar por mutuo acuerdo de las partes involucradas.
2) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.
3) En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviniente del adjudicatario.
4) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
5) Provocar por negligencia del adjudicatario, daños en los predios objeto de este trabajo o a trabajadores de los mismos.
6) Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del servicio.
7) El haberse cursado más de 2 multas por incumplimiento o atraso en la entrega del servicio.
8) No dar inicio a la Faena en el plazo establecido, tanto en estas Bases como en el Contrato.
9) Incumplimiento por parte del extensionista, en más de 2 ocasiones, en la entrega del informe mensual de avance, o su corrección dentro de plazo según las observaciones indicadas por CONAF.
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s) Finiquito del contrato |
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Se procederá a elaborar el finiquito del contrato, previo informe técnico de recepción conforme del servicio ejecutado, elaborado por el Departamento de Conservación de Ecosistemas boscosos y Xerofíticos.
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t) Prórroga de contrato |
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El contrato podrá ser prorrogado en caso que CONAF así lo estime conveniente para el correcto desempeño de sus obligaciones. La prórroga se regirá de acuerdo a los mismos términos establecidos en el contrato original, sin que ello se traduzca en un aumento de los montos adjudicados. De producirse esta prórroga, el adjudicatario deberá reemplazar las garantías de fiel cumplimiento de contrato ampliando su vigencia por el plazo que contemple la prórroga, a menos que se trate de documentos sin fecha de vencimiento estipulado, caso en el cual no será necesario su reemplazo y se mantendrá en custodia por CONAF hasta el plazo señalado en las bases de licitación.
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u) Forma de Pago |
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El pago se efectuará por avances mensuales previa presentación de la boleta o factura correspondiente, a la planificación y reporte de sus actividades en el formato que CONAF determine, y de un informe técnico de las actividades realizadas aprobado por el supervisor.
El informe mensual y la boleta o factura mencionados deberá ser entregada a CONAF hasta el quinto día hábil del mes siguiente a aquel en que se prestaron los servicios.
El pago se efectuará hasta 10 días hábiles posteriores a la recepción conforme de estos documentos.
Previo a cada pago, el prestador de servicios deberá acreditar ante CONAF, mediante documentación consistente en liquidaciones de pago de remuneraciones u honorarios, pago de impuestos ante el SII, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de los trabajadores dependientes de él que han ejecutado labores en los servicios materia de esta licitación, cuando corresponda, documentos que deberán ser entregados a más tardar el día 15 de diciembre del año en curso.
Excepcionalmente por necesidades de cierre contable cada término de año calendario, la Corporación podrá indicar un plazo máximo de entrega del último informe de gestión del año y de la boleta o factura según corresponda. Esta fecha será fijada por la Corporación y no deberá exceder el quinto día hábil del mes de diciembre del año en curso.
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v) Seguros: |
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El extensionista adjudicado, persona natural o jurídica, deberá contratar a su propio costo una póliza de seguro con cobertura de accidentes personales, con adicional de gastos hospitalarios y muerte accidental e invalidez accidental, que deberá mantenerse vigente hasta por lo menos un mes posterior a la ejecución del contrato.
Asimismo, deberá contratar a su costo un seguro obligatorio de accidentes personales (SOAP), este seguro exigido y regulado por la Ley N° 18.490, el cual debe ser contratado por todo propietario de un vehículo motorizado.
Ambas copias de pólizas de seguro deberán adjuntarse a la copia del contrato que quedará en poder de CONAF. Además, en el caso del seguro de vida, al momento de su entrega el adjudicatario deberá acreditar el pago total de la prima o adjuntar el pago mensual al informe mensual.
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w) Sanciones y multas |
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Serán consideradas como infracciones al contrato, y podrán ser sancionadas con multas y/o en la forma en que cada caso se indica, las siguientes situaciones o incumplimientos:
1) Atrasos en el inicio del servicio, según lo comprometido en el Plan de Trabajo, salvo modificaciones acordadas con CONAF. Multa 1 UF/día
2) Causar daño o perjuicio de carácter menor según calificación de CONAF, en los recursos naturales, bienes e inversiones existentes en el predio. Multa 3 UF.
3) Provocar incendio forestal. 25 UF, sin perjuicio de acciones legales que lleve a cabo CONAF.
Las multas aplicadas y confirmadas serán de carácter acumulable y se descontarán en la facturación mensual del servicio más próximo. El proveedor estará obligado a efectuar el descuento en la factura por el concepto de multa, CONAF informará el valor que corresponda a el proveedor.
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x) Procedimiento de aplicación de las multas |
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Verificada la conducta constitutiva de infracción que diera lugar a la aplicación de una multa, CONAF, notificará al proveedor adjudicado de ello, mediante carta remitida por correo electrónico y/o por carta certificada al domicilio señalado en el contrato, informándole de la aplicación de dicha multa y los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito al Director Regional, a la casilla oficina. partes.valparaiso@conaf.cl, con copia a marco.soto@conaf.cl, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos o estos no fuesen acogidos por CONAF se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante, caso contrario, si CONAF acoge favorablemente los descargos, no se procederá a aplicar la multa.
Si procediere la aplicación de la multa, esta deberá ser descontada de la correspondiente factura.
Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
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y) Obligaciones generales del adjudicatario |
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1) En el caso que el adjudicatario contrate los servicios de terceros para la ejecución del contrato, las obligaciones estipuladas en las presentes bases serán de cumplimiento obligatorio para ellos, lo que no exime de las obligaciones contractuales al adjudicatario. CONAF no contraerá ningún vínculo laboral con los trabajadores que participen en las faenas. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá solicitar al adjudicatario copia de las planillas de pago de las cotizaciones y comprobantes de remuneraciones mensuales que acrediten que éstas se encuentran debidamente pagadas.
2) Ante cualquier problema que se suscite con terceros, se deja expresamente establecido que la relación contractual es entre CONAF y el adjudicatario.
3) El adjudicatario velará por la correcta ejecución de los trabajos, de tal forma que se ejecuten sin accidentes, impactos y/o daños a la salud de las personas y al medioambiente.
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Z1.-Trabajadores dependientes del adjudicado |
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Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio, serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto al empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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Z2.-Implementación de seguridad |
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El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo, deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados, y proveerles de los elementos de protección personal necesarios para la ejecución del servicio.
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11. OTRAS DISPOSICIONES |
1) Ley de Subcontratación:
El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena.
Para ilustración del oferente, se señalan a continuación los documentos que deberá exhibir el contratista en régimen de subcontratación, los que podrán ser revisados por CONAF durante la vigencia del contrato. Además, se debe dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 21.389, sobre Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. CONAF supervisará dicho cumplimiento al inicio y/o durante la ejecución del contrato.
El proveedor deberá obligatoriamente, al momento de iniciar los servicios asociados a cada orden de compra enviada, exhibir los siguientes documentos:
1. Listado del personal que va a realizar el trabajo.
2. Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
3. Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
4. Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
5. Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
6. Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
7. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).
8. Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
9. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
10. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley. Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
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2) Pacto de integridad: |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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3) Cláusula prevención de delitos de colusión, corrupción, asociación ilícita y otros: |
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En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.
Asimismo, y en el marco de la aplicación de la Ley 20.393, se adjunta al presente Anexo N°3 Declaración Jurada sobre Sistema de Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos Funcionarios, para firma de los oferentes y su incorporación como Anexo a su propuesta en la Licitación.
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4) Principio de igualdad y no discriminación arbitraria: |
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La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.
Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.
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I. DESCRIPCION PROGRAMA TÉCNICO EXTENSIÓN FORESTAL |
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A.- Objetivo General.
El objeto de la licitación es disponer de los servicios de un Ingeniero Forestal Titulado, para desarrollar actividades de presentación de Planes de Manejo y de extensión silvicultural en la región de Valparaíso, en el marco de los programas que ejecuta el Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos, que administra y ejecuta CONAF, con énfasis en la recuperación de bosques afectados por el fuego y la generación de empleo.
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Descripción del servicio requerido. |
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Las actividades consideradas corresponden al manejo de bosque nativo, preventivo y sanitario, forestación, y recuperación de bosques afectados por incendios forestales o el cambio climático, priorizando: la recuperación de bosque nativo, forestación con especies nativas en zonas de conservación y protección de suelos, humedales, cabeceras de cuenca y cuerpos de agua.
El énfasis esta sobre predios pertenecientes a pequeños y medianos propietarios(as), fomentando el desarrollo rural por medio de la captación y capacitación de mano de obra y empleo, apoyando la recuperación económica desde el sector Forestal.
Para esto, entre otras actividades, se otorgará asistencia técnica para captación de predios para desarrollar, Ingreso de planes de planes de manejo para Plantaciones y Bosques Nativos en CONAF, que permitan la ejecución y recuperación de las áreas afectadas desde el punto de vista productivo, ambiental, social y económico.
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C.- Descripción De Beneficios A Entregar A Cada Propietario/A |
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Apoyo del proyecto, mediante asistencia técnica para la elaboración de planes de manejo de bosque nativo; asistencia técnica y ejecución de dichos planes durante el presente año de acuerdo a la siguiente tabla de actividades a ejecutar por el extensionista.
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II.- OBJETIVOS DEL PROGRAMA |
- ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DEL PROGRAMA
Para cada uno de los objetivos de la licitación, el extensionista deberá llevar a cabo las actividades que a continuación se detallan.
Cabe destacar que las actividades a ejecutar están definidas en las bases administrativas y componen la oferta económica de la presente licitación, por lo que las descripciones siguientes son generales y no necesariamente corresponde a la totalidad de actividades a ejecutar.
Cuadro Descripción de Actividades Específicas de Extensionistas.
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Actividad
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Descripción
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Medios de Verificación y control
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Visitas prediales
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Captación de predios y bosques, susceptibles de incorporar a los programas y proyectos de fomento de CONAF
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Formato entregado por CONAF.
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Elaboración Planes de Manejo
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Planes de manejo ingresados para ejecutar intervenciones bajo el marco legal vigente
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Copia del comprobante de ingreso en CONAF.
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Marcación bosque nativo
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marcación demostrativa del rodal asociado a manejo del predio y transferencia al propietario y operadores de los alcances del manejo del bosque nativo
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Formato entregado por CONAF.
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Asistencia Técnica
Ejecución planes de manejo
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Visita predial para facilitar y verificar avances según plan de manejo en marcha. Refuerzo prescripciones técnicas y seguimiento – cuantificación y comercialización de los productos obtenidos.
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Formato entregado por CONAF.
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Aviso de inicio
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Estudio técnico en formato dispuesto para este fin en web CONAF, en el marco de la Ley 20.283 y los procedimientos regionales establecidos.
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Copia del comprobante de ingreso en CONAF.
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Informes de avance
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Extensionistas podrá emitir un informe de avance en el cumplimiento de objetivos y planificación propuesta por CONAF.
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De acuerdo al formato entregado por CONAF.
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Reuniones de fortalecimiento y capacitación de profesionales
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Asistencia obligatoria a actividades de capacitación programadas por CONAF para el extensionista. El número de jornadas será predeterminado por CONAF
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De acuerdo al formato entregado por CONAF.
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Reuniones de coordinación y seguimiento
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Reuniones de seguimiento y coordinación entre el extensionista y personal de CONAF, para verificar el cumplimiento y ajuste de su Plan de Trabajo y actividades con otros organismos público-privados
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De acuerdo al formato entregado por CONAF.
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III.- SUPERVISIÓN Y CONTROL |
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El Jefe del Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos designará un supervisor que tendrá a su cargo la coordinación y control del trabajo en todas sus fases. Dado lo anterior, se entiende que el trabajo se considera concluido y conforme con sus resultados, una vez documentada su aprobación.
En un plazo no superior a 10 días corridos posterior a la firma del contrato, el/la Extensionista deberá:
- Concordar con personal técnico de CONAF un Plan de Trabajo mensual de las actividades a ejecutar. En este contexto será posible establecer los requisitos que permitan dar por cumplida cada actividad programada.
- Esta planificación podrá ser modificada por el Encargado o Supervisor(a) designado(a) por CONAF, en conjunto con el/la Extensionista. Para ello se deberá realizar –a lo menos– una reunión mensual con el Encargado o Supervisor(a)
- En este sentido, se debe considerar que la cantidad de actividades establecidas en el Plan de Trabajo mensual podrían eventualmente reemplazarse, entre si, por razones de buen servicio. En todo caso, el valor a pagar por esta(s) actividad(es) reemplazada(s) debe quedar cubierto por el(los) valor(es) de la(s) actividad(es) de remplazo.
- Para solicitar el pago de sus honorarios deberá presentar un informe mensual indicando todas las actividades del periodo con sus respectivos respaldos, lo que será sometido a revisión y aprobación por el supervisor designado por CONAF. Los contenidos de este informe deben ser definidos por CONAF. La aprobación del mismo estará sujeta a la verificación del cumplimiento de las actividades.
En caso de rechazos de los estudios técnicos, se entiende que el extensionista se compromete a realizar la corrección a su entero costo. En caso de que éste no tenga solución, se remplazará por otro estudio de similares características.
Para solicitar el pago de sus honorarios el profesional extensionista deberá presentar:
1.- Un informe mensual indicando todas las actividades del periodo y adjuntando los respectivos medios de verificación según lo indicado en las bases, lo que será sometido a revisión y aprobación por el supervisor designado por CONAF.
2.- Boleta de Honorarios o Factura correspondiente.
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Procedimiento de pago de los servicios prestados |
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El pago se efectuará dentro de 30 días corridos posteriores a la recepción de la totalidad de estos documentos aprobados. El monto del pago se determinará de acuerdo con las actividades del Informe Mensual valoradas en él, efectivamente realizadas y calificadas como satisfactorias en los informes referidos.El Informe mensual que emita el/la extensionista, podrá ser aprobado con observaciones, las cuales deberán ser corregidas en el plazo que CONAF indique. El no cumplimiento en más de 2 ocasiones de esta exigencia, podrá ser considerado como causal para poner término anticipado al contrato, sin desmedro de otras medidas que se contemplen en estas bases técnicas y administrativas.
CONAF, se reserva el derecho de supervisar la gestión del/la Extensionista pudiendo, en todo momento, efectuar los controles que estime necesarios para comprobar la calidad del trabajo en ejecución, la observancia de las instrucciones y el cumplimiento de las actividades.
El/la Extensionista deberá otorgar todas las facilidades que el caso requiera para permitir y facilitar estas labores de supervisión y control, debiendo además efectuar, a su entero costo, las correcciones indicadas por CONAF.
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IV.- INFORMES |
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Los informes, mensuales y finales deberán contener la información y formato que determine la pauta que entregará CONAF a la firma del contrato. La fecha de ingreso límite de la documentación será dentro de los primeros 5 días hábiles del mes siguiente. El informe final y un resumen ejecutivo de éste, se entregará a la Oficina Regional de CONAF, según los términos y plazo exigido por CONAF.
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