BASES ADMINISTRATIVAS
“CONVENIO DE SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE TARJETAS GIFTCARD, PARA ENTREGA DE AYUDA SOCIAL ORASMI, DE LA DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DEL BIOBIO”
- ORGANISMO DEMANDANTE Y OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
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RAZÓN SOCIAL
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Delegación Presidencial Provincial Biobío
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UNIDAD DE COMPRA
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Delegación Presidencial Provincial Biobío
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R.U.T.
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60.511.084-3
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DIRECCIÓN
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Caupolicán #410
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COMUNA
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Los Ángeles
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La Delegación Presidencial Provincial Biobío, en adelante también, “La Delegación Presidencial”, llama a presentar ofertas mediante Licitación Pública para la contratación de “Convenio de suministro para la adquisición de Tarjetas Giftcard, para la entrega de ayuda social ORASMI”, cuyas características se indican en las bases de esta licitación.
- CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN.
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TIPO DE LICITACIÓN
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Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
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TIPO DE CONVOCATORIA
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Abierta.
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MONEDA
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Peso chileno.
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ETAPAS
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Una etapa
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CARÁCTER Y ETAPAS DEL PROCESO DE APERTURA
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La presente Licitación será de carácter simple, vale decir se podrá adjudicar a un proveedor el servicio licitado y se realizará en una (1) etapa, por lo que en la apertura se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica, ingresadas previamente a través de la plataforma de compras www.mercadopublico.cl, en adelante “el portal”.
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TOMA DE RAZÓN POR CONTRALORÍA
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No requiere toma de razón por la Contraloría.
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PUBLICIDAD DE OFERTAS TÉCNICAS
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Si.
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MODALIDAD DE LA CONTRATACIÓN
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Convenio de suministro.
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DURACION DEL CONTRATO
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La presente contratación comenzará a regir una vez que se encuentren totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta cubrir el presupuesto, lo primero que ocurra.
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SUSCRIPCION DEL CONTRATO
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No se requiere firma de contrato para esta licitación, la orden de compra se tomará como documento de formalización del servicio requerido, junto con todas las cláusulas contenidas en las bases de la presente licitación.
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2.1. Objetivo de las bases.
En las presentes bases se establecen los fines, condiciones y requisitos que deberán ser cumplidos por los oferentes en todas y cada una de las partes que conforman su oferta.
Asimismo, las presentes bases contienen las disposiciones que regirán las relaciones entre la Delegación Presidencial Provincial de Biobío y el proveedor del servicio licitado, así como todas las materias relacionadas con la misma.
La presente Licitación se adjudicará mediante acto administrativo emitido al efecto.
Podrán participar en la licitación, personas jurídicas o naturales, siempre que tengan probada solvencia, todo lo cual se acreditará con la documentación solicitada, relativo a la presentación de las Propuestas.
Los plazos de días señalados en las presentes Bases lo serán de días hábiles, entendiéndose inhábiles los sábados, domingos y festivos, con excepción de aquellos plazos en que la ley y las mismas bases señalen que son de días corridos.
Las empresas proponentes, deberán presentar ofertas por el servicio que se detalla en las Especificaciones Técnicas. La Delegación Presidencial Provincial de Biobío, se reserva el derecho de adjudicar la propuesta al oferente que presente la oferta técnica y económica más conveniente a sus intereses.
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NOMBRE DE LA ADQUISICION
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Convenio de suministro para la adquisición de Tarjetas Giftcard, para la entrega de ayuda social ORASMI.
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DESCRIPCIÓN
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El Departamento Social, de la Delegación Presidencial Provincial del Biobío, llama a licitación pública para la contratación del suministro de tarjetas giftcard, destinadas a satisfacer los requerimientos de las personas que solicitan ayuda social y que se canalizan a través del Fondo ORASMI, a nivel provincial.
Licitación Pública "Convenio de Suministro para la Adquisición de Tarjetas Giftcard, para entrega de ayuda social ORASMI", en las siguientes categorías:
- Supermercado
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FINANCIAMIENTO Y PRESUPUESTO REFENCIAL
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El financiamiento del gasto que genere la presente licitación será con cargo al ítem 11.40.501, "ORASMI" de la Delegación Presidencial Provincial del Biobío”, del presupuesto vigente. Se dispone de un Presupuesto Referencial de $7.000.000.- (Siete millones de pesos), impuestos incluidos, destinados a la presente Licitación Pública.
El presupuesto definido, debe considerar todos los gastos necesarios para la adecuada, oportuna y optima entrega de los productos requeridos.
En ningún caso la Delegación Presidencial, está obligado a pagar la totalidad del presupuesto o su remanente quedando el pago supeditado a los requerimientos del ORASMI y envío de la respectiva orden de compra, durante el periodo que tenga vigencia el convenio respectivo.
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2.2. Definición de términos y conceptos.
Se considerarán como definiciones las establecidas en el Decreto Nº 664 del año 2024 del Ministerio de Hacienda, sobre Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de manera que los términos empleados en las presentes bases se interpretarán conforme lo señala dicha normativa.
En todo caso, cada vez que estas bases hagan alusión a “la Delegación Presidencial”, se entenderá que se trata de la Delegación Presidencial Provincial del Biobío.
De igual modo, a las Personas Naturales o Jurídicas y las Uniones Temporales de Proveedores (UTP) interesadas en participar en este proceso de licitación pública, se mencionarán como “la empresa”, “el oferente”, “el proponente” o “el proveedor”.
2.3. Divergencia entre las Bases y formulario de portal.
Ante cualquier discordancia u omisión que se verifique entre las presentes Bases y el formulario publicado en el Portal www.mercadopublico.cl primará lo señalado en el presente instrumento, el cual se encontrará incorporado en formato PDF en el mismo Portal.
Asimismo, si hubiera alguna discordancia entre la oferta económica ingresada en el Portal con la señalada en el anexo económico, primará este último sobre aquella.
Para efectos de los plazos señalados en las presentes Bases, se entenderán por días hábiles, de lunes a viernes, entendiéndose inhábiles los sábados, domingos y festivos. Exceptuándose aquellos plazos que se contabilizan estrictamente en días corridos según lo que dispongan las leyes y estas mismas bases.
ORDEN DE PRELACIÓN: En caso de discrepancias durante el presente proceso de licitación, se establece el siguiente orden de prelación para su resolución:
1. Las Bases administrativas y técnicas, así como sus anexos. En caso de existir discrepancia entre ambos, primaran las bases administrativas y técnicas por sobre los anexos.
2. Las eventuales consultas formuladas por los proponentes y sus respuestas.
3. La oferta del adjudicatario.
4. La resolución de adjudicación.
5. El Contrato.
6. La Ley N°19.886 y su reglamento, así como toda otra norma vigente.
7. Dictámenes de la Contraloría General de la República.
En el caso de existir errores involuntarios u omisiones en los anexos, y ante cualquier duda en la interpretación del contrato, primará irrestrictamente, como orden de prelación, lo establecido en las Bases Administrativas y Técnicas.
- PUBLICIDAD DEL LLAMADO A LICITACIÓN
El llamado a Licitación Pública será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl y el proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del mismo, según las indicaciones, condiciones de las presentes Bases Administrativas y Técnicas y cronograma de actividades documentos que, con sus modificaciones, aclaraciones y otros, estarán disponibles en el sitio electrónico para los interesados en participar en esta propuesta.
- REQUISITOS Y CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS OFERENTES PARA QUE SUS OFERTAS SEAN ACEPTADAS
Sólo serán aceptadas las ofertas que se ajusten estrictamente a lo establecido por las presentes Bases Administrativas y a las Bases Técnicas, cuyas ofertas se formulen dentro del plazo, y que el oferente no tenga conflicto de intereses que pueda comprometer su objetividad e independencia.
Podrán participar en la presente licitación todas las personas naturales o jurídicas, así como las uniones temporales de proveedores (UTP) que sean chilenas o extranjeras, y que no se encuentren afectos a una o más de las inhabilidades contempladas por la Ley.
Los oferentes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de la Unión Temporal de Proveedores.
Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas, debiendo adjuntar todos los documentos solicitados, en soporte electrónico, salvo que se indique lo contrario.
Conforme al artículo 181 del Decreto Nº 664 del año 2024 del Ministerio de Hacienda, sobre Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.
Al momento de ofertar cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
Además, podrán participar en la presente licitación todos aquellos oferentes que no hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 19.886.
Asimismo, el oferente no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.
Lo dispuesto en los dos párrafos precedentes deberá ser acreditado por el oferente mediante la presentación de una declaración jurada según el formato del Anexo N°2 de las presentes bases. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
Asimismo, no podrán ofertar con organismos del Estado, aquellos oferentes que hayan sido condenados por los delitos de cohecho establecido en el Párrafo 2 del Título V del Libro II del Código Penal, lavado de activos establecido en el Título III de la ley N°19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, o financiamiento del terrorismo contemplado en el artículo 8º de la ley N°18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad.
De acuerdo con el Artículo 35 quáter de la Ley 19.886, ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Asimismo, el artículo 33 de la Ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos señala la inhabilitación para contratar con el Estado impide al condenado contratar con cualquiera de sus órganos o servicios reconocidos por la Constitución Política de la República o creados por ley, con cualquiera de los órganos o empresas públicas que conforme a la ley constituyen al Estado y con las empresas o sociedades en las que el Estado participe con al menos la mitad de las acciones que comprenden su capital, de los derechos sociales o de los derechos de administración.
Por último, el oferente no debe haber sido condenado a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad al artículo 10 de la Ley 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica.
Los proponentes deben encontrarse inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público, al momento de presentar su oferta. En todo caso, el proveedor adjudicado debe acreditar su inscripción en el Registro de Proveedores durante toda la vigente del contrato. El no cumplimiento de este requisito dará derecho a la Delegación Presidencial de terminar anticipadamente el contrato sin que el proveedor tenga derecho a indemnización alguna.
El sólo hecho de la presentación de la oferta significa por parte del proponente la aceptación de las presentes bases y antecedentes que la acompañan, sin necesidad de declaración expresa.
La Delegación declarará inadmisible toda oferta que no se ajuste a los requisitos esenciales establecidos en las presentes bases. Dicha declaración podrá, en consecuencia, ser efectuada entre las etapas de apertura de ofertas y la adjudicación inclusive.
Serán inadmisibles las ofertas presentadas por la unión temporal de proveedores que no acompañen o adjunten el acuerdo de participación en los términos establecidos en el artículo 181° del DS Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda que fija el Reglamento De Compras Públicas.
A su vez, serán inadmisibles las ofertas, que no den cumplimiento a la obligación de presentar o adjuntar oportuna e íntegramente los antecedentes requeridos en las bases.
Si el oferente no realiza la visita en terreno señalada precedentemente, dentro del plazo correspondiente, fecha indicada en el título N°5 denominado “Encargado, Etapas y plazos” de las presentes bases, la Delegación rechazará la oferta en el portal de Mercado Público, al momento de la apertura electrónica de las ofertas; comunicando en el mismo acto el motivo del rechazo.
La declaración de inadmisibilidad deberá efectuarse mediante resolución fundada que deberá especificar los requisitos incumplidos.
- ENCARGADO, ETAPAS Y PLAZOS
La Delegación Presidencial Provincial de Biobío indicará como Encargado del Proceso de Licitatorio a algún funcionario de esta Delegación.
Las etapas y plazos del proceso licitatorio aparecen escrituradas en la ficha electrónica de la presente propuesta pública, en el portal www.mercadopublico.cl. No obstante, se establece el siguiente cronograma.
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Etapas y Plazos Obligatorios
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Fecha de publicación
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14/04/2026
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Fecha inicio de preguntas
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14/04/2026
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Fecha final de preguntas
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20/04/2026
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Fecha de publicación respuestas
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22/04/2026
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Plazo de recepción de ofertas
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24/04/2026
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Fecha de Acto de Apertura Electrónica
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24/04/2026
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Fecha de adjudicación
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30/04/2026
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Vigencia del Contrato
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Comenzará a regir una vez que se encuentren totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe y su vigencia se extenderá hasta diciembre de 2026 o hasta cubrir el presupuesto, lo primero que ocurra.
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- MODIFICACIÓN DE LAS BASES
La Delegación Presidencial Provincial de Biobío podrá modificar las presentes Bases y sus Anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta el vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases, y tendrán vigencia desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
- CONTACTOS DURANTE LA LICITACIÓN Y ACLARACIONES.
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el punto 5. “Encargado, Etapas y Plazos” de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información del Portal.
La Delegación Presidencial pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el portal, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el punto 5.
- FORMA DE PRESENTAR LAS OFERTAS
La recepción de las ofertas se efectuará sólo a través del portal www.mercadopublico.cl, en formato digital, dentro del plazo de recepción de las mismas según cronograma de actividades disponible en el sitio electrónico. Cuando haya indisponibilidad técnica del portal ver indicaciones (art. 51 y 115 del Reglamento Ley de Compras Públicas), antecedentes que deberán estar conformado por:
- Antecedentes legales.
Aquellos oferentes inscritos en el Registro de Proveedores www.chileproveedores.cl, deberán indicar en su oferta que los antecedentes legales exigidos en estas bases están acreditados, disponibles y vigentes a la fecha de formulación de la oferta en dicha plataforma, de lo contrario deberán adjuntarlos en su propuesta.
Respecto de los oferentes no inscritos en dicho registro, deberán acompañar los siguientes documentos al momento de ofertar:
a.1. Persona natural:
1) Fotocopia de cédula de identidad.
a.2. Persona jurídica:
1) Fotocopia del Rut de la empresa.
2) Fotocopia de la cédula de identidad del representante legal de la empresa.
3) Escritura de Constitución (o formulario de "Empresa en un Día") y el Certificado de Vigencia de Poder.
4) Documento emitido por el Conservador de Bienes Raices o Registro de Empresas que certifica quién es el represnetante legal actual y sus facultades. De igual forma podrá acompañar, escritura de constitución con el respectivo certificado de vigencia en los casos que no hayan sufrido modificación alguna.
a.3. Unión Temporal de Proveedores: Documento que formaliza la unión conforme a lo establecido en el artículo 181° del DS Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda que fija el Reglamento De Compras Públicas.
b.1 Antecedentes Administrativos
- Anexo ADM N°1: “IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE”, en el cual se deberá declarar el poder suficiente para presentar ofertas, sin perjuicio de la ratificación posterior.
- Anexo ADM N°2: “DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE INHABILIDADES” que se acompaña en referencia a lo dispuesto en el Artículo 4 de la Ley 19.886 y sus modificaciones, y es requisito mínimo para participar en esta propuesta pública.
- Anexo ADM N°3: “PACTO DE INTEGRIDAD”.
- Anexo ADM N°4: “AUTORIZACIÓN PARA RETIRO DE VALORES Y TRANSFERENCIAS”.
- Anexo ADM N°9: “PROGRAMA(S) DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE”
b.2 Antecedentes Técnicos
Desglose completo de cumplimiento del bien que se trata la licitación:
- Anexo AT N°6: “PLAZO DE ENTREGA”.
- Anexo AT N°7: “PUNTOS DE CANJE”.
- Anexo AT N°8: “CARACTERISTICAS TARJETAS GIFTCARD”.
b.3 Antecedentes Económicos
- Anexo AE N°5: “OFERTA ECONÓMICA”. El valor indicado en este anexo será considerado para la evaluación del factor económico.
La oferta económica que presentará el oferente será la resultante de un cuidadoso estudio que éste realice de los servicios licitados.
El precio será acorde a las especificaciones técnicas, debiendo contemplar todos los gastos y riesgos necesarios para que se cumpla el objetivo del llamado a propuesta.
Los oferentes que no presenten la totalidad de los anexos, o bien, lo presenten con prescindencia total o parcial de alguno de los elementos exigidos como obligatorios en las presentes Bases, quedarán fuera de este proceso de licitación y por consiguiente su oferta no será objeto de evaluación, declarándose inadmisibles.
- ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADOS
Los antecedentes legales para ser contratados, sólo serán requeridos respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en Mercado Público, Registro Proveedores. No se aplicará, por lo tanto, la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel, salvo lo indicado en los artículos 51° y 115° del Reglamento de Compras Públicas.
Lo señalado en el párrafo anterior tampoco resultará aplicable a la caución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. Cuando sea una garantía física, ésta deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Delegación Presidencial, ubicada en Caupolicán #410, comuna de Los Ángeles, en horarios de lunes a viernes desde las 08:30 a 16:00 horas.
En los casos que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, pero de igual modo deberá ajustarse a la fecha y horario de entrega establecido para las garantías físicas.
Para el caso de garantías electrónicas, estas deben ser remitidas dentro del mismo plazo al correo r
rcrisostomoa@interior.gob.cl con copia a parriagada@interior.gob.cl y partesdppbiobio@interior.gob.cl
- VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes indicado no se pudiera efectuar la adjudicación, esta Unidad Operativa podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si el oferente no aceptara la solicitud de prórroga, su oferta se entenderá desistida.
La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, será rechazada. Si la adjudicación no se ha realizado dentro de los plazos establecidos en las presentes bases, la Delegación Presidencial solicitará a los proponentes la prórroga de sus propuestas y garantías. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta se tendrá por desistida.
- COMISIÓN EVALUADORA
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora que será designada mediante Resolución Exenta antes que cierre el plazo de la licitación y se reciban las ofertas.
Los miembros de la comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad a la normativa vigente al momento de la evaluación.
Durante el periodo de evaluación, los miembros de la comisión evaluadora sólo podrán tener contacto con los oferentes, para efectos de la misma, tales como solicitudes de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que éstas puedan requerir durante la evaluación y aquellas previstas en las presentes bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
Serán funciones de la comisión evaluadora las siguientes:
a) Realizar el proceso de admisibilidad de las ofertas de acuerdo a lo establecido en las bases de licitación
b) Evaluar las ofertas técnicas y económicas de los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas admisibles.
c) Verificar que el o los posibles adjudicatarios, cuenten con poder suficiente para presentar ofertas, o en su defecto solicitar la ratificación de las mismas en conformidad a la Ley.
d) Confeccionar el informe de evaluación de las ofertas de conformidad a lo dispuesto en el artículo 57° del Decreto N°661, del año 2024, Reglamento de Compras Públicas.
e) Proponer la adjudicación al Delegado Presidencial Provincial.
La Delegación, podrá adjudicar ofertas que emanen de quien no tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, siempre que proceda la ratificación posterior, de acuerdo a lo informado en el anexo N° 1 o 1A, según corresponda.
Si durante el proceso de evaluación de ofertas se detectara la no declaración de poderes, la Delegación podrá consultar, mediante Foro Inverso, de tenerlo, lo adjuntará en su respuesta y de no contar con él, deberá indicar si se somete o no al procedimiento de ratificación.
La ratificación de poder para ofertar de quién si cuenta con tal poder, conforme al artículo 58 del Reglamento de la Ley 19.886, se deberá hacer dentro de un plazo de 3 días hábiles, desde la adjudicación en donde la formalidad de tal proceso se indicará oportunamente. Vencido el plazo señalado sin que se haya cumplido con la ratificación, se dará por desistida la oferta, procediendo la Comisión a proponer la adjudicación en el oferente que le siga en puntaje, dejando constancia de ello en el informe de evaluación.
- SOLICITUD DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, esta Unidad Operativa podrá solicitar a los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y que se informe de dicha solicitud, al resto de los oferentes si correspondiere, a través del Sistema de Información. Para ello los oferentes dispondrán de un plazo el que será señalado conjuntamente con la solicitud de información requerida.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación, sin perjuicio que el oferente será evaluado conforme a los criterios establecidos en las presentes bases, la entidad licitante no considerará las respuestas a los antecedentes recibidos una vez vencido el plazo.
No obstante, la posibilidad de rectificar antecedentes a través del Foro Inverso, no dice relación con aquellos anexos o documentos que tengan carácter de evaluables, aplicando el criterio contenido en el dictamen N°18.272, de 2016 de la Contraloría General de la República.
El plazo que tendrán los oferentes que se encuentren bajo estas circunstancias para dar cumplimiento a lo solicitado por la Delegación Presidencial, no podrá ser superior a 48 horas siguientes a la notificación que se le haga, por medio del portal www.mercadopublico.cl, de todo lo cual se dejará constancia en el Acta de Evaluación.
- OFERTAS INADMISIBLES Y SITUACIONES QUE DEJAN FUERA DE BASES
- La no presentación de los anexos administrativos, técnicos y económicos, que acarreará la inadmisibilidad de la oferta en la etapa de apertura.
- Aquellas ofertas que superen el valor señalado en las presentes bases administrativas y técnicas.
- Las ofertas que no cumplan con los requerimientos técnicos mínimos indicados en las bases técnicas.
- Las ofertas cuya validez sea inferior a 60 días.
- Aquellas ofertas que presenten antecedentes que, habiendo sido verificados, sean falsos o alterados.
- Aquellas que las bases indiquen expresamente la inadmisibilidad de la oferta.
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- CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Proceso de evaluación
La comisión evaluadora realizará un análisis de las ofertas técnicas y económicas aceptadas en el portal de www.mercadopublico.cl. Para efectos del anterior análisis, la Delegación se remitirá a los criterios de evaluación definidos en el presente título, denominado “Criterios de Evaluación”.
El proceso de evaluación tendrá el carácter de confidencial durante su realización. La información relativa a la evaluación final de las propuestas y las recomendaciones sobre la adjudicación será de carácter reservada, y no se dará a conocer a los oferentes que presentaron propuestas, ni a otras personas que no hubieren tenido participación oficial en el proceso, sino hasta que se haya notificado la adjudicación del proceso al proveedor o proveedores seleccionados, según corresponda.
Para realizar la evaluación económica, se considerarán los precios totales del servicio, declarados por el oferente, mediante el anexo N°5, denominado “Oferta Económica”, destacando que para adjudicar se tendrá en consideración el presupuesto indicado en las presentes bases de licitación y de ser superior al indicado, se declarará inadmisible la propuesta.
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CRITERIOS
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PORCENTAJE
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Plazo de entrega
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30%
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Puntos de canje ofrecidos para el uso de la tarjeta giftcard
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5%
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Evaluación Económica
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60%
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Criterio cumplimiento de Programas de Integridad
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5%
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14.1. Plazo de entrega (30%)
En la evaluación se considera el tiempo de entrega de las tarjetas en días hábiles desde el día siguiente de enviada la orden de compra.
La asignación del puntaje se realizará en función de la siguiente tabla:
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DESCRIPCIÓN
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PUNTAJE
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Plazo inferior o igual a 5 días hábiles
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10
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Plazo de 6 a 10 días hábiles
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5
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Plazo superior a 10 a 15 días hábiles
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0
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En caso de que el proveedor no informe el plazo de entrega o el plazo supere los 15 hábiles la oferta será considerada inadmisible y no podrá ser evaluada.
14.1.1. Puntos de canjes ofrecidos para el uso de la tarjeta giftcard (5%)
Se debe disponer de puntos de canjes en todas las regiones del país, requiriéndose de un mínimo de 3 en la Los Ángeles, ubicados en radio urbano.
En la evaluación se considerará la oferta disponible que ofrezca el proveedor.
La asignación del puntaje se realizará en función de la siguiente tabla:
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DESCRIPCIÓN
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PUNTAJE
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Ofrece puntos de canje en todas las regiones del país, ofreciendo 5 o más puntos en la comuna de Los Ángeles
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10
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Ofrece puntos de canje en todas las regiones del país, ofreciendo 4 puntos en la comuna de Los Ángeles
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5
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Ofrece puntos de canje en todas las regiones del país, ofreciendo 3 puntos en la comuna de Los Ángeles
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0
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En caso de que el proveedor no disponga de puntos de canje en todas las regiones del país, requiriéndose de un mínimo de 3 en la comuna de Los Ángeles la oferta será considerada inadmisible y no podrá ser evaluada.
14.1.3. Oferta económica (60%):
Los proveedores oferentes deberán ingresar el porcentaje de descuentos por monto de orden de compra que están dispuestos a ofrecer. El descuento ofrecido debe ser ingresado en el anexo N° 5 "Oferta Económica" para ello, el proveedor deberá entregar descuento con un mínimo de 1,5% y un máximo de 12% de descuento.
Los valores ingresados deberán tener como máximo 1 decimal, en caso de que el proveedor ingrese más de un decimal, el valor será truncado hasta obtener un descuento con solo un decimal como es solicitado. Es importante mencionar que el valor ingresado no será aproximado.
En caso de que el proveedor no conteste, ingrese un descuento menor o mayor a lo permitido y/o no presente descuento la oferta no será evaluada y declarada inadmisible.
Las ofertas que hayan calificado técnicamente y cumplido con el puntaje mínimo, serán evaluadas económicamente a través de la aplicación de la siguiente fórmula:
(Valor referencial / Oferta que se evalúa ) * 100
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Se denomina valor referencial, al valor más bajo presentado por un oferente. Para efectos de la aplicación de la fórmula precedente, se utilizarán números enteros con dos decimales.
La oferta que se tomara de base, tanto para el valor referencial y valor que se evalúa, corresponderá a la tarjeta gift card de $120.000.- (Ciento veinte mil pesos chilenos). Las tarjetas giftcard de diferente denominación deberán tener el mismo porcentaje (%) de descuento que la principal, guardando estrechamente relación.
14.1.5. Criterio cumplimiento de Programas de Integridad (5%)
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el anexo N°9.
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FACTOR A EVALUAR
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PONDERACIÓN
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PUNTAJE
Este criterio será evaluado de acuerdo a lo expresado en la siguiente tabla de puntajes: Nivel de Cumplimiento Puntos.
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Cumplimiento de Programa de Integridad
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5%
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Cuenta con programa de integridad que son conocidos por su personal, y adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por éstos. 10 puntos
____________________________________
No cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal o cuenta con programa de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal. 0 puntos
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(*) Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:
14.4. Puntaje final
Una vez calculado el puntaje de cada uno de los componentes descritos precedentemente (Plazo de entrega, puntos de canje ofrecidos para el uso de la tarjeta giftcard, evaluación económica y criterio cumplimiento de programas de Integridad, la comisión evaluadora seleccionará la oferta más ventajosa conforme a la siguiente fórmula:
Puntaje final = (Plazo de entrega x 30%) + (Puntos de canje ofrecidos para el uso de la tarjeta giftcard 5%) + (Evaluación económica x 60%) + (Criterio cumplimiento de Programas de Integridad x 5%)
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Para efectos de la aplicación de la fórmula precedente, se utilizarán números enteros con dos decimales.
14.5. Criterio de desestimación de ofertas
Toda vez que alguna de las ofertas evaluadas alcance un puntaje final inferior a 65 puntos, la Delegación podrá desestimar dicha oferta por resolución fundada. Asimismo, podrá desestimar una oferta cuando el oferente presente antecedentes con falta de coincidencia o verosimilitud con el contenido de la oferta en relación a las exigencias de las presentes bases administrativas y técnicas.
14.6. Criterio de resolución de empate
En caso de empate se adjudicará al proponente que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “Condiciones de empleo y remuneración”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el factor técnico “Experiencia del Oferente”. En caso de aún persistir el empate, se seleccionará a aquel oferente que hubiere obtenido mayor puntaje en el criterio económico.
En la última instancia de persistir el empate se adjudicará aquella oferta que se ingresó primero en el portal mercado público.
Esta Delegación Presidencial aceptará la propuesta con mayor puntaje considerando los criterios de evaluación antes señalados. Sin perjuicio de lo anterior, esta Delegación Presidencial se reserva el derecho a declarar desierta la licitación cuando ninguna de las ofertas recepcionadas cumpla con una ponderación mínima al 70% de la evaluación final.
- ACTA DE EVALUACIÓN
La comisión evaluadora confeccionará un documento denominado “Informe Final de la Comisión Evaluadora”, en el que dejará constancia de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presenten ofertas o bien cuando estas no resulten convenientes a los intereses de la Delegación; la asignación de puntajes, las fórmulas de cálculo y sus respectivas observaciones; los resultados de la evaluación económica y administrativa; para posteriormente realizar la propuesta de adjudicación dirigida al Delegado. Además, en este informe la comisión evaluadora declarará que no ha existido conflicto de interés en la evaluación realizada.
- DE LA ADJUDICACIÓN
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las presentes bases, mediante una Resolución Exenta que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Se declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo a lo establecido en la normativa de Compras Públicas y en las presentes bases.
Esta Delegación Presidencial Provincial podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones serán materializadas a través de la dictación de una Resolución fundada.
- FECHA DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación se llevará a cabo en la fecha indicada en el cronograma de las presentas Bases mediante acto administrativo correspondiente. Si por causas no imputables a esta Delegación Presidencial, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los 10 días adicionales al plazo ya establecido.
- DE LA RE ADJUDICACIÓN
En caso que el Proveedor adjudicado se desista de su oferta, no entregue los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firme el contrato, postergue la firma en los plazos que se establecen en las presentes bases, esta Delegación Presidencial Regional podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime declarar desierta la licitación.
19. AUMENTO DEL MONTO ADJUDICADO
Se deja por establecida la posibilidad de aumentar hasta en un 30% el monto del contrato, de acuerdo con las necesidades reales de la Delegación Presidencial Provincial del Biobío, manteniendo las mismas condiciones señaladas en la oferta económica. Este aumento se aprobará en el acto administrativo correspondiente, de acuerdo al artículo 129 y siguientes del Reglamento.
20. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del servicio licitado, la documentación, los antecedentes y en general cualquiera información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del servicio o de cualquier actividad relacionada con éste.
El adjudicatario, así como sus consultores y personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con la Delegación Presidencial.
La responsabilidad del respectivo adjudicatario en este ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.
El adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, firmando un acuerdo de confidencialidad, reservándose a esta Delegación Presidencial Provincial el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.
21. GARANTÍAS.
- De Seriedad de la Oferta: No se requiere.
- De Fiel y Oportuno Cumplimiento: No se requiere.
22. REQUISITOS DEL ADJUDICATARIO
Al momento de suscribir el contrato, el adjudicatario deberá:
a. Estar inscrito y encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. En caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores, cada uno de sus miembros deberá cumplir con este requisito. Se hace presente que el contratista deberá mantener vigente su inscripción y encontrarse hábil, durante toda la existencia del contrato.
Se hace presente que el contratista deberá mantener vigente su inscripción y encontrarse hábil, durante toda la existencia del contrato
b. Hacer entrega de un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales vigente, con el fin de determinar si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años. En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, cada uno de sus miembros deberá entregar este documento.
Con todo, se podrá contratar con el proveedor que registre estas deudas, con la condición de que los primeros estados de pago del contrato o la parte que corresponda, sea destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato. Si el contratista incumple esta obligación, dará derecho a la Delegación Presidencial para terminar anticipadamente el contrato.
c. Haber entregado la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en la forma y plazo señalado en las presentes bases de licitación.
d. Hacer entrega del nombre de la contraparte técnica que permita solucionar cualquier inconveniente derivada de la ejecución del servicio, con expresa indicación de su nombre, cédula nacional de identidad y correo electrónico.
23. VIGENCIA Y EJECUCIÓN DEL SERVICIO
La presente contratación comenzará a regir una vez que se encuentren totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta cubrir el presupuesto, lo primero que ocurra.
El contrato de prestación de servicios entrará en vigencia a partir de la notificación de la total tramitación de la resolución que lo aprueba, manteniéndose vigente hasta su completa ejecución.
En el cumplimiento del contrato se aplicará el principio de buena fe, obligando- por consiguiente- no sólo a lo que en éste se expresa, sino que a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la obligación, o que por la ley o la costumbre pertenecen a ella. Deberá cumplirse con equidad y teniendo siempre en vista que el objeto de este contrato administrativo es la satisfacción del interés general.
El contratista deberá cumplir en los términos establecidos, con la máxima diligencia, en estricta concordancia con las bases de licitación, a las instrucciones emanadas por la Delegación Presidencial y a las especificaciones técnicas, salvo por circunstancias que constituyan caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado, que puede determinar una variación en la forma de entregar el servicio. Un hecho constituye caso fortuito o fuerza mayor de acuerdo a lo definido en el artículo 45 del Código Civil Chileno. Las demoras debidas a conflictos de cualquier índole entre el contratista y su personal y/o de sus proveedores o subcontratistas, no se considerarán como causales de fuerza mayor.
Si producto de la ejecución del contrato se originara algún hecho que irrogue cualquier clase de responsabilidad, sea ésta civil, penal, laboral o administrativa, que determine el pago de cualquier clase de indemnización o multa por la actividad del contratista o sus dependientes, la Delegación Presidencial podrá repetir o exigir la devolución de todo lo dado o pagado por estos conceptos, a través de los Tribunales de Justicia.
24. RENOVACIÓN
En cuanto a la renovación del contrato, y conforme a lo establecido en el Artículo 129 del Reglamento de Compras Públicas, éste podrá renovarse adicionalmente por un periodo máximo de 12 (doce meses) o por el mismo monto adjudicado, según lo que ocurra primero.
En caso de prorrogarse la vigencia del contrato, lo que se justifica por la importancia de entregar ayudas sociales en forma rápida y oportuna, por acuerdo de las partes, el contratista deberá renovar la Garantía de fiel cumplimiento del contrato en los mismos términos referidos en las bases administrativas, como también renovar la Unión temporal de Proveedores si correspondiere, todo lo anterior en concordancia con el nuevo plazo de vigencia del contrato.
Al momento de la renovación del contrato, el precio de la orden de compra será reajustado conforme a la variación que experimenta el IPC en el periodo anual anterior a la renovación de la contratación.
En el caso que se prorrogue el contrato, el proveedor deberá ampliar la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato hasta 100 días corridos posteriores a la nueva fecha de término del contrato. Y si el contrato experimentare aumento de precio, deberá asimismo ampliar el monto de la garantía hasta cubrir la diferencia de precio.
Por razones de buen servicio y en observancia del principio de continuidad de la función pública, los servicios podrán prestarse con anterioridad a la total tramitación del acto que lo apruebe, una vez suscrito el respectivo contrato. En este caso la fecha de vigencia del contrato será la de su suscripción.
25. DEL PAGO
El precio de los servicios referidos en las presentes bases será expresado en pesos. Por cada servicio requerido el Departamento Social, a través del Departamento de Administración y Finanzas, emitirá la orden de compra respectiva, luego de lo cual el proveedor podrá presentar la factura correspondiente, esta factura será pagada en un plazo no superior a 30 días.
No existen montos fijos a pagar durante la vigencia del contrato.
La Delegación Presidencial Provincial del Biobío sólo pagará por aquellas tarjetas efectivamente recibidas y activas. Todos aquellos servicios que no se reciban y hayan sido requeridos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, y cualquier otro que hubiere sido ofrecido por el proveedor en su oferta, no serán pagados, sin perjuicio de otras decisiones que puedan adoptarse como el término anticipado del contrato y/o aplicación de multas, entre otros.
Los pagos se realizarán dentro de los 30 días corridos siguientes de recibida la factura con los siguientes documentos adjuntos:
- Factura emitida a nombre de la Delegación Presidencial.
- Orden de compra aceptada.
- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del mes de cobro.
- Conformidad respecto al servicio contratado por parte de la Encargada del Departamento Social.
La factura deberá indicar clara y separadamente su valor, totalizando el valor neto y luego agregando el IVA. Conforme a los nuevos lineamientos del SII, no se aceptarán facturas que no indiquen en su glosa la orden de compra del servicio.
La factura deberá emitirse en formato XML al correo dipresrecepcion@custodium.com, con copia a rcrisostomoa@interior.gob.cl incluyendo:
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NOMBRE: DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE BIOBÍO
ROL ÚNICO TRIBUTARIO: 60.511.084-3
GIRO: ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
DIRECCIÓN: CAUPOLICÁN #410, LOS ÁNGELES
FONO 432367929
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En caso de que la empresa que obtiene la Licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el pago, producto del contrato licitado deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
En este sentido, será obligación del adjudicatario/a entregar de manera inmediata toda la información requerida, respecto a la nómina de trabajadores/as que laboran en el servicio y pago de obligaciones laborales y cotizaciones sociales, en la oportunidad que lo solicite la Delegación Presidencial. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales a que se refiere el inciso anterior deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo.
Cabe hacer presente que la recepción conforme que acompañe la factura será elaborada por la Encargada del Departamento de Administración y Finanzas de la Delegación Presidencial, quien la subrogue o quien se determine en su reemplazo.
26. MULTAS Y SANCIONES
Si el contratista no cumpliera cabal e integramente con lo ofertado, sea respecto del servicio ofrecido, plazos de respuestas, plazos de entrega, plazo de activación de las tarjetas y demás condiciones contenidas en su oferta técnica, por razones que le fueren imputables a él o a sus trabajadores, la Delegación Presidencial Provincial del Biobío estará facultado para aplicar la siguiente multa:
Se establecerá una multa general para todo tipo de incumplimiento de 0.5 UF por día, por evento, con un tope de 10 días corridos. Esta repartición llevará un registro de los incumplimientos y multas imputables al adjudicatario o a sus trabajadores y procederá a notificar en forma escrita de tal situación al mismo, indicando el porcentaje acumulado de sanción hasta la fecha. Asimismo, indicará los hechos que originan la multa y su monto. Las comunicaciones que se efectúen al adjudicatario en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante carta certificada dirigida a su domicilio, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer dia después de despachada la carta por correo.
El proveedor dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que acrediten fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas. Si el adjudicatario no presenta sus descargos en el plazo señalado, se dictará la pertinente Resolución exenta por parte de este servicio, que aplique la multa.
Si se han presentado descargos oportunamente, se resolverá ya sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente los descargos presentados. De lo resuelto, se notificará al adjudicatario.
En caso de quedar ejecutoriada la multa, el contratista podrá pagarla directamente dentro del plazo de 5 días hábiles desde su notificación. Si asi no lo hiciere, el Departamento de Administración y Finanzas, a su arbitrio y fundadamente, podrá descontar del estado de pago correspondiente, el monto de la multa.
27. MODIFICACIÓN DE CONTRACTUAL
La Delegación Presidencial Provincial Biobío se reserva el derecho a modificar el contrato que se suscriba con el adjudicatario existiendo razones fundadas para ello, lo que deberá quedar consignado en un documento técnico-económico de respaldo. Las modificaciones pueden estar relacionadas con ampliación de servicios, modificación de las condiciones de entrega del mismo, o bien, que se genere un cambio estructural (de las dependencias de la Delegación) que amerite que el servicio prestado deba adecuarse a un nuevo espacio, tanto porque aumenten las oficinas o disminución de las mismas. Como cualquier otra situación que amerite modificación del servicio sin alterar la naturaleza de la prestación y el principio de estricta sujeción a las bases.
28. REAJUSTABILIDAD ORDINARIA
El precio adjudicado se reajustará anualmente en el evento de que la contratación del servicio sobrepase un año en su vigencia, de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC), u otro mecanismo establecido por Ley en su reemplazo. Este incremento, se aplicará a contar del mes siguiente del cumplimiento de la respectiva anualidad, lo cual se contabilizará desde la fecha de inicio del contrato. Aplicando los dictámenes N°s. 10.624, de 2006 y 49.409, de 2012 de Contraloría.
La Directiva N°40 de Chile Compra, subraya lo manifestado por Contraloría General de la República, en sus dictámenes N°s. 43.714, de 2010; 28.728, de 2012; y 246, de 2018, donde se explicita que la Administración posee facultades para establecer cláusulas de reajuste en sus contratos regidos por la ley N°19.886, aduciendo causales de fuerza mayor como la contratación de personal adicional a requerimiento de la Delegación, por la adición de servicios conexos, o bien, porque las condiciones económicas del país lo ameriten como por ejemplo, el aumento considerable del sueldo mínimo, el aumento relevante del IPC o de otros indicadores económicos que tengan un impacto directo en la gestión de la empresa y que de no mediar este reajuste signifique un deterioro en la calidad del servicio, merma en todas o algunas prestaciones o que impliquen el riesgo real de caer en insolvencia.
29. REAJUSTABILIDAD EXTRAORDINARIA
Las cláusulas de reajuste extraordinario de precios se aplicarán cuando acontezcan situaciones anómalas e inesperadas durante la ejecución del contrato, que no se pudieron prever a la época del diseño de las bases, como factores macroeconómicos, catástrofes u otros. Esta cláusula extraordinaria de reajuste de precios se aplicará a solicitud del proveedor(es), cuando este acredite la concurrencia de las situaciones anómalas e inesperadas señaladas anteriormente que hayan influido directamente en los costos del contrato, lo cual estará condicionado a un completo análisis y a la disponibilidad presupuestaria por parte del servicio.
Dicho reajuste podrá ser realizado solo por una vez en un año calendario y se aplicará a contar de la aprobación del reajuste extraordinario por parte del servicio, de acuerdo a la variación positiva que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC) u otro mecanismo establecido por Ley en su reemplazo, por el periodo contabilizado desde la fecha de inicio del contrato hasta su fecha de aprobación.
Para solicitar la reajustabilidad del contrato, se requerirá que la empresa contratante haga su solicitud formal mediante una carta ingresada por la Oficina de Partes de esta Delegación Presidencial, acompañada de un informe completo sobre las razones presupuestarias y financieras que sustentan dicha solicitud.
30. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRACTUAL
Que, respecto a las modificaciones y término anticipado del contrato, estese a lo regulado en Capítulo IX sobre “Contrato de Suministro y Servicio”, Párrafo 5 denominado “Modificaciones y término anticipado”, artículo 129° y siguientes del Reglamento de Compras Públicas, Decreto N°661, del año 2024, del Ministerio de Hacienda.
La comunicación del término anticipado deberá comunicarse mediante aviso por escrito, es decir carta certificada y con una anticipación no inferior a 30 días corridos. La misma notificación indicará la fecha a partir de la cual se entenderá terminado el contrato y el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y obligaciones sociales. Esta notificación no dará derecho al adjudicatario a indemnización alguna.
Asimismo, en caso de resolverse la contratación en forma anticipada por mutuo acuerdo de las partes, no habrá lugar a indemnización alguna por parte del Servicio.
31. SUBCONTRATACIÓN
Se permite la subcontratación, sin perjuicio que la responsabilidad del contrato se mantiene en la empresa adjudicada.
32. PROHIBICIÓN DE CESIÓN
El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la contratación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior es sin perjuicio de que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.
33. ANTICIPO
La Delegación Presidencial no concederá anticipos respecto de este contrato.
34. DE LA FIJACIÓN DE DOMICILIO
Para los efectos de la presente Licitación y suscripción del contrato respectivo, se fija el domicilio en la ciudad de Los Ángeles.
BASES TÉCNICAS
“CONVENIO DE SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE TARJETAS GIFTCARD, PARA ENTREGA DE AYUDA SOCIAL ORASMI, DE LA DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DEL BIOBIO”.
1. OBJETIVO GENERAL
La Delegación Presidencial Provincial del Biobío convoca a una Licitación Pública para contratación del suministro de tarjetas giftcard, para satisfacer los requerimientos de las personas que solicitan ayuda social y que se canalizan a través del Fondo ORASMI, en los términos y condiciones que se expresan:
a) Las presentes Bases Técnicas corresponden a los estándares mínimos establecidos para para la contratación del suministro de tarjetas giftcard, para satisfacer los requerimientos de las personas que solicitan ayuda social y que se canalizan a través del Fondo ORASMI.
b) El proveedor deberá tener cabal conocimiento de las BASES ADMINISTRATIVAS de los productos solicitados.
2. OFERTA REQUERIDA:
El oferente deberá entregar una propuesta que incluya el detalle de todos los productos solicitados con su respectiva pauta de tiempos de entrega y especificaciones técnicas:
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MONTO DE LA GIFTCAR A OCUPAR EN COMERCIO ASOCIADO:
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DESCRIPCIÓN
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$100.000
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Tarjetas giftcard, canjeables en supermercados por alimentos y artículos de higiene personal.
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$120.000
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Tarjetas giftcard, canjeables en supermercados por alimentos y artículos de higiene personal.
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$150.000
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Tarjetas giftcard, canjeables en supermercados por alimentos y artículos de higiene personal.
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IMPORTANTE: El proveedor deberá adjuntar nómina de comercio asociado, el que será parte de los antecedentes a evaluar.
Las tarjetas giftcard deben estar habilitadas para la adquisición de los siguientes productos:
- Supermercado: habilitadas para adquisición de mercadería, frutas, verduras, útiles de higiene personal (excluye bebidas alcohólicas, tabaco, vestuario, electrodomésticos, cuotas de deudas y avances en efectivo).
3. CARACTERISTICAS DE LAS TARJETAS
- Las tarjetas giftcard serán solicitadas nominativas, es decir, deberán encontrarse debidamente rotuladas a nombre de la persona beneficiaria, cuyo listado se remitirá una vez emitida la respectiva orden de compra.
- Se debe disponer de puntos de canjes en todas las regiones del país, requiriéndose de un mínimo de 3 en la comuna de Los Ángeles, ubicados en radio urbano.
- La totalidad de las tarjetas deberán tener una validez mínima de 365 días desde la fecha de emisión.
- Deben permitir realizar compras parciales hasta completar su cupo.
- Sin restricción de beneficios relativos a descuentos, ofertas u otros que otorguen los puntos de canje respectivos.
4. DISEÑO Y FORMATO DE LAS TARJETAS
Las tarjetas deberán diseñarse y contener la siguiente información:
- Plástico resistente
- Debe contar con un número de serie único.
- Indicar el monto cargado, en caso de que el DAS asi lo solicite.
- Indicar número de atención al cliente (en caso de consulta de saldo, vigencia y términos y condiciones)
5. ASIGNACIÓN, ACTIVACIÓN Y REGISTRO DE TARJETAS
La encargada de compras y adquisiciones, una vez adjudicado el proceso, remitirá de manera inmediata, previa coordinación con el oferente adjudicado, el listado con la información de los beneficiarios/as, con la solicitud de un mínimo de 5 tarjetas giftcard.
Una vez entregadas las tarjetas, el proveedor adjudicado deberá requerir la activación de estas de manera inmediata al comercio asociado, las cuales deberán quedar activas en un plazo máximo de 2 dias hábiles por parte de la tienda comercial.
Continuando con lo anterior, al ser un tercero quien deberá activar las tarjetas, sólo en el caso de no recibir respuesta o bien, que la activación de estas no se produjera en los plazos estipulados, deberá ser informado oportunamente por la empresa intermediaria a la encargada de compras y adquisiciones de la Delegación Presidencial Provincial del Biobio, en un plazo máximo de 24 horas desde ocurrido el retraso de la activación, en caso contrario, se podrán ejecutar las multas indicadas en las bases administrativas. Por otra parte, será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener el registro actualizado de las tarjetas, en el cual se reflejen tanto los movimientos realizados, asi como también los cambios, reposiciones o cualquier gestión que se haya generado con cada tarjeta. Esta información deberá ser provista a la contraparte técnica, cada vez que sea requerido, con el objeto de llevar el control de gasto del instrumento.
Las tarjetas, deben ser entregadas en Dependencias de la Delegación Presidencial Provincial del Biobío, ubicado en calle Calle Caupolicán N°410, comuna de Los Ángeles, de lunes a viernes entre las 9 y las 17.00 hrs.
6. INDISPONIBILIDAD EN EL USO DE LA TARJETA
Respecto a la disponibilidad en el uso de la tarjeta Giftcard en todas sus categorias, será obligación del proveedor seleccionado generar las diferentes gestiones para mantener el acceso expedito para la compra de lo solicitado. Ante cualquier evento informado por parte de la contraparte, en el que se detecten dificultades o bloqueos en el uso del beneficio, el proveedor deberá dar respuesta en un plazo máximo de 2 días hábiles desde informado él o los acontecimientos, de lo contrario, podrán ser aplicadas las multas dispuestas en las respectivas bases Administrativas.
7. EXTRAVÍOS O DETERIORO DE LA TARJETA
Respecto al extravio o deterioro de la tarjeta, el proveedor tendrá la obligación de generar la reposición o cambio de la tarjeta, en un plazo máximo de 5 dias hábiles desde generado el requerimiento por parte de la contraparte técnica. El nuevo "plástico" deberá contener la misma información de la tarjeta estropeada o perdida y el costo deberá ser asumido por el proveedor, en caso contrario serán aplicadas las multas establecidas por las respectivas bases Administrativas.
En caso de fallas de alguna tarjeta, ésta deberá ser reemplazada por el contratista en un plazo no superior a 72 horas hábiles desde la notificación por parte de la Delegación Presidencial. A su vez, deberán contar con servicio de post venta para realizar bloqueo en casos de robo o pérdida.
8. CONSIDERACIONES GENERALES
Las tarjetas no podrán ser canjeables por dinero. De modo tal que, el contratista deberá procurar operativamente restringir su uso, solo para los fines que se detallan en las presentes bases técnicas.
Asimismo, la Delegación Presidencial Provincial del Biobío podrá requerir informes con el detalle de compra de alguna tarjeta (a partir del código o folio de ésta), teniendo un plazo máximo para su entrega de 5 días hábiles contados desde la notificación del requerimiento.
9. EMISIÓN DE ORDENES DE COMPRA
La Emisión de las órdenes de compra se realizará según requerimientos del Departamento Social al Departamento de Administración y Finanzas por el producto adjudicado y serán enviadas a través del portal www.mercadopublico.cl
10. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del servicio licitado, la documentación, los antecedentes y en general cualquiera información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del servicio o de cualquier actividad relacionada con éste.
El adjudicatario, así como sus consultores y personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con la Delegación Presidencial.
La responsabilidad del respectivo adjudicatario en este ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.
El adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, firmando un acuerdo de confidencialidad, reservándose a esta Delegación Presidencial Provincial el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.
ANEXOS
ANEXO Nº 1: IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE LICITACIÓN ID _________________
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Nombre/ Razón Social
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Run/ Rut
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Domicilio
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Representante Legal
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Contacto en Licitación
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Teléfonos
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E-mail
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MARQUE CON UNA “X”:
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ADJUNTA PODER SUFICIENTE PARA PRESENTAR OFERTAS
(artículo 4 Reglamento Ley N° 19.886)
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SI
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NO
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Firma representante legal/Apoderado común/ persona natural
Timbre
Nombre: ________________
RUT: ________________
Fecha:________________________________________________
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ANEXO Nº 2: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE LICITACION ID________
El firmante, en su calidad de oferente, representante legal del oferente o apoderado, de la licitación privada ID____________ declara bajo juramento que:
- Que, no tiene entre sus socios a una o más personas que sean funcionarios directivos de la Delegación Presidencial Provincial de Biobío, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del título 56 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
- Que, no es gerente, administrador, representante o director de una sociedad de personas de las que formen parte los funcionarios directivos y personas mencionadas en el punto anterior, ni de una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquellos o estas sean accionistas, ni de una sociedad anónima abierta en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital
- Que, no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, con dos años de anterioridad a este proceso licitatorio.
4. (indicar Si/No) registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
- Que no se encuentre sujeto a las inhabilidades establecidas en el título 8 número 2 y título 10 de la ley 20.393 Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho.
- Que, el oferente acepta las condiciones, deberes y obligaciones indicadas en las bases de licitación y sus anexos.
Si la Delegación Presidencial Provincial de Biobío detectare falta de consistencia o inexactitud en la presente declaración, ello será causal de inadmisibilidad de la oferta, sin perjuicio del derecho de la Delegación de ejercer las acciones legales que fueren procedentes.
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Firma representante legal/Apoderado común/ persona natural
Timbre
Nombre: ________________
RUT: ________________
Fecha:________________________________________________
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Nota: En el caso que la oferta presentada, sea bajo la figura de unión temporal de proveedores (UTP), cada integrante de la unión, deberá firmar el presente anexo.
ANEXO Nº 3: PACTO DE INTEGRIDAD LICITACIÓN ID__________
NOMBRE DEL OFERENTE:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación privada, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Firma representante legal/Apoderado común/ persona natural
Timbre
Nombre: ________________
RUT: ________________
Fecha:________________________________________________
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Nota: En el caso que la oferta presentada, sea bajo la figura de unión temporal de proveedores (UTP), cada integrante de la unión deberá firmar el presente anexo.
ANEXO N° 4: AUTORIZACIÓN PARA RETIRO DE VALORES/ EFECTUAR PAGOS Y TRANSFERENCIAS, LICITACIÓN ID_________________
Por la presente el suscrito:
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Empresa
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Nombre del Titular
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Rut Empresa
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Rut del Titular
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Autorizo a las personas que a continuación se indican para solicitar retiro de la Unidad de Gestión de Recursos de los siguientes documentos y valores: (debe marcar los que correspondan).
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Listados
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Cheque
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Pólizas
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Boletas de Garantía
Bancaria
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Vale Vista
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Otro
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Datos de la persona que retira:
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Nombre
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Cédula de Identidad
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Firma
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Solicito que el pago de boletas o facturas de las prestaciones realizadas a la Delegación sea realizado a través de un depósito en:
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Banco
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N° de cuenta
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Tipo de cuenta
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Rut titular cuenta bancaria
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LA DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE BIOBÍO SOLO REALIZARA PAGOS EN CUENTAS BANCARIAS CUYO RUT SEA IDÉNTICO AL DE LA ORDEN DE COMPRA, POR RAZONES DE LIMITACIONES PARA REALIZAR TRANSFERENCIAS BANCARIAS, NO ES POSIBLE QUE EL PROVEEDOR COMUNIQUE UNA CUENTA DE AHORRO PARA QUE SE REALICE EL PAGO DEL BIEN O SERVICIO CONTRATADO.
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Firma representante legal/Apoderado común/ persona natural
Timbre
Nombre: ________________
RUT: ________________
Fecha:________________________________________________
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ANEXO Nº5: OFERTA ECONÓMICA ID _________
NOMBRE DEL OFERENTE:
En el siguiente cuadro el oferente deberá indicar el valor de las tarjetas giftcard según el siguiente detalle:
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MONTO DE LA GIFTCAR A OCUPAR EN COMERCIO ASOCIADO:
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DESCRIPCIÓN
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VALOR UNITARIA
IVA INCLUIDO *
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$100.000
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Tarjetas giftcard, canjeables en supermercados por alimentos y artículos de higiene personal.
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$120.000
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Tarjetas giftcard, canjeables en supermercados por alimentos y artículos de higiene personal.
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$150.000
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Tarjetas giftcard, canjeables en supermercados por alimentos y artículos de higiene personal.
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*El traslado debe ir incluido en el valor final ofertado.
Firma representante legal y timbre
Nombre:
RUT:
Fecha:
ANEXO N°6: PLAZO DE ENTREGA ID________________
En el siguiente recuadro, el oferente deberá declarar el plazo de entrega de las tarjetas giftcard, las cuales deben ser enviadas a la Delegación Presidencial Provincial de Biobío, ubicada en Caupolicán N°410, comuna de Los Ángeles.
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PLAZO DE ENTREGA
(El plazo indicado se considerará como día hábil, entendiéndose por aquel de lunes a viernes, excluyendo sábados, domingos y festivos)
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Firma representante legal/Apoderado común/ persona natural
Timbre
Nombre: ________________
RUT: ________________
Fecha:________________________________________________
ANEXO N°7: PUNTOS DE CANJE LICITACIÓN ID____________
En el siguiente recuadro, el oferente deberá declarar los puntos de canje disponibles en la Los Ángeles, Provincia de Biobío.
Será obligación del proveedor acompañar documento en formato PDF con la enumeración de los puntos de canje ubicados a lo largo del país.
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LUGAR
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COMUNA
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NOMBRE DEL PUNTO DE CANJE
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DIRECCIÓN
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Los Ángeles
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Los Ángeles
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Los Ángeles
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Los Ángeles
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*El proveedor deberá incorporar todos los puntos de canje en la comuna de Los Ángeles, pudiendo agregar filas en el extremo inferior del cuadro.
Firma representante legal/Apoderado común/ persona natural
Timbre
Nombre: ________________
RUT: ________________
Fecha:________________________________________________
ANEXO N° 8: CARACTERISTICAS TARJETAS GIFTCARD LICITACION ID______________
LICITACIÓN ID N° , “CONVENIO DE SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE TARJETAS GIFT CARD PARA LA ENTREGA DE AYUDA SOCIAL ORASMI, DE LA DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DEL BIOBÍO”.
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CARACTERISTICA
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SI / NO
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Tarjeta física.
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Tarjeta nominativa.
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Duración mínima 365 días desde la emisión.
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Permite realizar compras parciales hasta completar su cupo.
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Sin restricciones de beneficios a descuentos, ofertas u otros que otorguen los puntos de canje respectivos.
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Plástico resistente
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Número de serie único
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Contacto de atención al cliente del punto de canje.
(En caso de consulta de saldo, vigencia y término y condiciones)
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Contacto de la contraparte del proveedor que oferta
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PRODUCTOS HABILITADA PARA ADQUIRIR
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SI / NO
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Mercadería
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Frutas
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Verduras
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Útiles de higiene personal
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PRODUCTOS EXCLUIDOS PARA ADQUIRIR
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SI / NO
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Bebidas alcohólicas
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Tabaco
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Vestuario
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Electrodomésticos
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Cuotas de deudas
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Avances en efectivo
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Firma representante legal/Apoderado común/ persona natural
Timbre
Nombre: ________________
RUT: ________________
Fecha:________________________________________________
ANEXO N°9
PROGRAMA(S) DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE LICITACION ID___________
Yo, ………………………….., cédula de identidad N°…………………., con domicilio en ………………….., en representación de la empresa ……………., RUT N°……………………, declaro que [se cuenta / no cuenta] con programa (s) de integridad que sean conocidos por el personal que desempeña funciones en ella:
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Detalle
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Marcar alternativa
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Cuenta con programa (s) de integridad y compliance que sean conocidos por el personal
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No cuenta con programa (s) de integridad y compliance que sean conocidos por el personal
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Si cuenta con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal, individualizar el (los) programa (s) de integridad y compliance según corresponda, y señalar respecto de cada uno de éstos los medios de verificación que adjunta para acreditar que son conocidos por el personal:
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Nombre del Programa de Integridad y compliance y fecha de éste
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Medio (s) de verificación acompañado(s) para acreditar que el Programa de Integridad y compliance es conocido por el personal
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Nota: Los oferentes que señalen que cuentan con programas de integridad y compliance conocidos por el personal deberán individualizar el nombre del Programa correspondiente y fecha de emisión y deberán acompañar medio (s) de verificación que acredite que éstos son conocidos por el personal, en caso contrario tendrá 0 puntos en este criterio. En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el representante de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica. Suscribe en señal de conformidad en la ciudad de XXXXXXXX el día XX del mes XXXXX del año 2025.
__________________________________________
NOMBRE Y FIRMA
REPRESENTANTE LEGAL
Fecha