Equipamiento en Comodato
El proveedor adjudicado, deberá entregar en comodato, sin costo para “EL HOSPITAL”, los equipos, implementos y accesorios necesarios para el uso de “LOS INSUMOS”.
La cantidad de equipos en comodato a proporcionar corresponde, al menos para el ítem N° 1, la entrega en calidad de comodato, de al menos 375 canister, con sus correspondientes placas a muro o colgadores metálicos, compatibles con insumo ofertado. Para el ítem N° 2, la entrega en calidad de comodato, de al menos 40 canister. (3 Carros para 4 canister, (Pabellón); 10 Carros para 2 canister (7 Pabellón + 3 Angiografía); 8 Canister a la pared y Soporte canister, (Endoscopía), compatibles con insumo ofertado.
No obstante, la cantidad de equipamiento indicada podrá aumentar con posterioridad y durante la vigencia del contrato, sin que ello signifique un costo adicional.
“EL HOSPITAL”, utilizará el equipamiento entregado en comodato exclusivamente al interior de sus instalaciones.
El equipamiento en comodato deberá ser entregado en dependencias de “EL HOSPITAL” previa coordinación entre el proveedor adjudicado y profesional de Abastecimiento, participando además en este acto, un funcionario de la Unidad de Inventario de la División de Finanzas, un funcionario de la Sección Mantención Eléctrica, en caso de requerirse y las jefaturas o funcionarios responsables del área clínica usuaria de los equipos.
En el momento de la entrega, se elaborará un “Acta de Recepción” del equipamiento, donde conste la fecha de entrega, nombre del equipo, marca, serie, modelo y lugar de destinación de éstos. En caso de equipamiento que requiera instalación de especialista técnicos, deberá coordinarse la respectiva instalación en las Unidades Requirentes. Se deberá entregar una copia del “Acta de Recepción”, guía de despacho, contrato y resolución aprobatoria de éste, a la Sección Mantención Eléctrica y Unidad de Inventario de la División de Finanzas para el registro correspondiente.
El transporte de los equipos, tanto de dependencias del proveedor hacia “EL HOSPITAL”, como así también a las dependencias del mismo, serán de cargo exclusivo del proveedor adjudicado.
El proveedor adjudicado deberá garantizar que el equipamiento cumpla con las condiciones de seguridad y funcionalidad que permitan su utilización sin riesgo para el usuario, de acuerdo con la reglamentación nacional vigente.
El proveedor deberá contratar seguros para los equipos, instrumental, accesorios u otros de su propiedad. En el caso de que no los contrate, será de su responsabilidad los daños que pudiesen sufrir éstos, liberando a “EL HOSPITAL” de toda responsabilidad, siempre que no sea atribuible al mal uso, descuido o intervención de terceros.
Finalizado el respectivo contrato, y en caso de ejercer su derecho a restitución del equipamiento, expirará el comodato, debiendo el proveedor retirar los equipos dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha efectiva de término del contrato, cualquiera sea la causal de su término, siempre cuando no se mantengan existencia de los insumos en dependencias del Hospital que requieran de dicho equipo para su uso. Posterior a dicha fecha, “EL HOSPITAL”, no será responsable por los daños o perjuicios que por cualquier causa pudiere afectar a los equipos en comodato.
Mantención del Equipo
Realizada la instalación del equipamiento y quedando operativo, el proveedor deberá efectuar sin costo para “EL HOSPITAL” la reposición o el recambio de accesorios que sean necesarios reemplazar, con el objeto de asegurar su correcto funcionamiento.
Déjese establecido, que los costos de las mantenciones anteriormente señaladas, como de los accesorios a reemplazar, son de exclusiva responsabilidad del proveedor.
Capacitación
El proveedor adjudicado, deberá realizar capacitaciones periódicas, durante la vigencia del contrato, para el personal de “EL HOSPITAL”, de acuerdo con sus necesidades.