Licitación ID: 731-35-LE25
TALLERES DE ACOMP. A EQUIP EN PRO DE TRASFORMACIÓN
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE MENORES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Asesorías en diseño organizacional 1 Unidad
Cod: 80101506
TALLERES DE ACOMPAÑAMIENTO A EQUIPOS EN PROCESO DE TRANSFORMACION  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
TALLERES DE ACOMP. A EQUIP EN PRO DE TRASFORMACIÓN
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contratación del diseño, ejecución y evaluación de los talleres de acompañamiento a equipos en proceso de transformación 2025, destinado a funcionarios y funcionarias de SENAME pertenecientes a las direcciones regionales y centros de administración directa de la macrozona centro, quienes durante este año enfrentan el proceso de cierre institucional y traspaso a SENARJ.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Ministerio de Justicia - Sename
R.U.T.:
61.008.000-6
Dirección:
facturas.abastecimientodn@sename.cl
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11-07-2025 18:30:00
Fecha de Publicación: 01-07-2025 17:52:00
Fecha inicio de preguntas: 01-07-2025 18:01:00
Fecha final de preguntas: 03-07-2025 18:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-07-2025 18:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-07-2025 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-07-2025 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 31-07-2025 16:08:12
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formato N° 1 - Identificación del Oferente
2.- Formato N° 2 Declaración de Aceptación de Bases, Condiciones de la Propuesta y Pacto de Integridad.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°2 Guion Metodológico
 
2.- Anexo N°3 Currículum Vitae
 
3.- ANEXO N°1 BASES TÉCNICAS
 
Documentos Económicos
1.- Formato N° 3 Oferta económica.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Equipo docente Según pauta de evaluación 23%
2 Desarrollo del curso Según pauta de evaluación y subcriterios 21%
3 Pertinencia de la propuesta de acuerdo a las EETT Según pauta en evaluación y subcriterios 28%
4 Precio “Análisis de Mínimo Costo”, donde se considerará la relación entre cada oferta y la de menor costo 28%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Certificado de Presupuesto
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Duración de Contrato Contrato de Ejecución en el Tiempo
Tiempo del Contrato 2 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: SERVICIO NACIONAL DE MENORES
e-mail de responsable de pago: trasferencia@sename.cl
Nombre de responsable de contrato: CAROLINA FIERRO TUREUNA
e-mail de responsable de contrato: cfierro@sename.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-3984140-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La empresa prestadora del servicio no podrá en caso alguno, subcontratar la actividad principal o esencial del objeto del contrato, de manera que permanecerá radicada en ella la representación y responsabilidad directa de la totalidad del servicio.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO NACIONAL DE MENORES
Fecha de vencimiento: 29-12-2025
Monto: 5 %
Descripción: En el caso de UTP, estos instrumentos no necesariamente deben ser otorgados por el apoderado de las UTP, sino que pueden ser aportados por cualquiera de los integrantes de la misma o incluso un tercero ajeno a ellas, debiendo siempre ser a la vista, irrevocable, y a nombre del Servicio. También se aceptarán garantías tomadas por terceros respecto del resto de los oferentes que no sean UTP, siempre y cuando cumplan con lo estipulado en el artículo 31 del reglamento de la Ley N° 19.886. Garantía de oportuno y fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato, pago de multas, y de pago de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante y multas: El contratista, al momento de firmar el contrato, deberá entregar en las dependencias de Tesorería de la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Menores, una Póliza de Seguro, Boleta de Garantía Bancaria, Certificado de Fianza, o cualquier otro documento, pagaderos a la vista e irrevocables, a nombre del Servicio Nacional de Menores por el 5% del precio final neto ofertado, con una vigencia no inferior al plazo de la prestación del servicio, más 90 días corridos desde el término del contrato, a fin de garantizar el fiel, oportuno y total cumplimiento de las obligaciones contraídas mediante el contrato respectivo, pago de multas cursadas, y el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes. En el evento que dicho documento deba llevar una glosa, ella deberá contener lo siguiente: “Garantía de oportuno y fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato, pago de multas, y de pago de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante en la TALLERES DE ACOMPAÑAMIENTO A EQUIPOS EN PROCESO DE TRANSFORMACION”, o en su defecto el ID de la presente licitación. En el evento que dicho documento corresponda a una póliza de seguro, esta deberá ser pagadera a primer requerimiento, sin liquidador, y a la vista. Además, siendo una póliza o certificado de fianza, se deberá dejar establecido expresamente el monto en pesos, independientemente que sea tomada en UF. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá ser recepcionada por la Tesorería de la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Menores, a más tardar, al momento de suscribirse el contrato. Dicha garantía deberá ser remitida al Departamento Jurídico a fin de que este realice un examen de legalidad respecto de su respectiva emisión teniendo a la vista lo requerido en las bases administrativas. Comprobado que cumple con los requisitos de emisión establecidos en las bases de licitación, el Departamento Jurídico remitirá el documento a custodia a la Unidad de Tesorería de la Dirección Nacional de Servicio Nacional de Menores. En caso que el adjudicatario no entregue la garantía antes mencionada, a lo menos, al momento de la firma del contrato, se entenderá que se desiste de la oferta, procediéndose a readjudicar a la siguiente oferta mejor evaluada o a rechazar todo el resto de las ofertas, según el Servicio Nacional de Menores lo estime conveniente. El Servicio Nacional de Menores hará efectiva la garantía, en los siguientes casos:  Cuando se haya decretado, por Resolución Exenta, el término anticipado del contrato por incumplimiento del contratista.  Cuando los estados de pago no son suficientes para solventar el valor de las multas aplicadas mediante Resolución Exenta. En dicho evento, se deberá cobrar solo hasta el monto de la multa, haciéndose devolución del excedente al contratista, en la medida que haya entregado una nueva garantía de fiel cumplimiento, en los mismos términos que el presente numeral regula.  Si se decretara la Resolución de liquidación firme y ejecutoriada, en procedimiento concursal de liquidación o se disolviere la sociedad, respecto del contratista. Salvo que se de aplicación a lo dispuesto en el numeral 13.2 letra c), de las presentes bases. En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer previamente la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza.
Glosa: Garantía de oportuno y fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato, pago de multas, y de pago de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante en la TALLERES DE ACOMPAÑAMIENTO A EQUIPOS EN PROCESO DE TRANSFORMACION
Forma y oportunidad de restitución: Este documento de garantía será devuelto una vez vencido su plazo de vigencia y bajo solicitud del contratista a la contraparte técnica, sin perjuicio de lo señalado en el punto 13.6. de estas Bases, y que el servicio cuente a lo menos, con la liquidación del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, el SENAME podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje. El SENAME procederá a readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación. En cuyo caso, se procederá a ejecutar el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, cuando corresponda. Si existiese el retiro de alguno de los integrantes de una UTP, la misma deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo señalado recientemente, y otras características objeto de evaluación de la oferta, esta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Resolución de Empates

En caso de empate en el resultado final de la evaluación, se contempla como criterio para resolverlo el siguiente:

a)    En caso de empate de dos o más propuestas en la más alta calificación final, el primer criterio para desempatar será el oferente que haya obtenido el mejor puntaje en la categoría de evaluación “Precio”.

b)    En la eventualidad de existir un segundo empate se resolverá por el proveedor que haya obtenido mejor puntaje el criterio “Pertinencia de la propuesta”.

c)    Si aplicados los dos criterios anteriores, persiste la igualdad, se preferirá aquella propuesta haya obtenido mejor puntaje en el criterio “Equipo docente”.

d)    Si aplicados los dos criterios anteriores, persiste la igualdad, se preferirá aquella propuesta haya obtenido mejor puntaje en el criterio “Desarrollo del curso”.

e)    Si continuara el empate luego de aplicado cada uno de los criterios de desempates señalados precedentemente, la Comisión Evaluadora deberá seleccionar aquella oferta que fue ingresada primero, según lo indicado en el historial de la presente licitación en el portal de mercado público.

 

La Comisión de Evaluación propondrá al Director/a Nacional o quien la subrogue, a más tardar, dentro de los diez (10) días corridos contados desde la recepción de los antecedentes del proceso licitatorio, las ofertas que técnicamente sean las más convenientes y adecuadas para el Servicio, quien tomará la decisión final de adjudicación y ordenará la celebración del contrato correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, el SENAME se reserva el derecho de ampliar hasta por dos días hábiles más el plazo para que la Comisión de Evaluación emita su informe.

A la Comisión de Evaluación le corresponderá proponer la adjudicación respecto de cualquiera de las ofertas presentadas, solo en la medida de que haya obtenido el mayor puntaje - aun cuando no sea la de más bajo costo – y siempre que cumpla con las Bases y se adecue a los intereses de la Institución; o de declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases; y desierta cuando no se presentaran ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses; en todos los casos, por resolución fundada.

 

El informe final de la comisión evaluadora, según lo dispone el Reglamento de Compras Públicas, en su artículo 57, deberá referirse a las siguientes materias:

 

1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.

3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.

4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.


Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El contratista estará obligado a cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales a favor de los trabajadores del servicio y que se desempeñen bajo su dependencia, así como con las medidas necesarias para proteger la vida y salud de los mismos, de conformidad con la normativa legal y reglamentaria vigente.

 

El adjudicatario será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada, que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de sus trabajadores en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato.

 

El contratista deberá tener en consideración, lo dispuesto en el artículo 4 inciso segundo, de la Ley N° 19.886, en orden, a que en el caso que registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pagos producto del contrato licitado, deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiéndose acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran pagadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con todo dicho plazo no podrá exceder de los 6 meses contados desde la aprobación del contrato.

 

El Servicio Nacional de Menores, exigirá que se realicen dichos pagos, debiendo el contratista entregar los respectivos comprobantes, planillas o documentos que demuestren el cumplimiento de la totalidad de la obligación. El incumplimiento de lo señalado precedentemente por parte de la contratista, dará derecho a poner término al contrato de acuerdo a lo establecido en el punto 13.2. de las presentes bases.

 

El Servicio Nacional de Menores, cuando así lo solicite, tendrá derecho a ser informado por el contratista, sobre el monto y estado del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste correspondan respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas, en el caso en que los hubiere, con sus trabajadores.

 

Tal obligación del contratista, así como del subcontratista, si lo hubiera, debe ser acreditada mediante certificados emitidos por la respectiva Dirección del Trabajo
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

a)    Respecto de las propuestas Técnica y Económica.

La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven los errores u omisiones formales, dentro del plazo fatal de dos días hábiles, contados desde que la Comisión Evaluadora tenga en su poder los antecedentes respectivos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Dicha solicitud se realizará a través del foro inverso del portal www.mercadopublico.cl

 

Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.

b)   Respecto de los documentos requeridos en el acápite 8.1

El SENAME podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Para subsanar estas omisiones se otorgará un plazo fatal de presentación por parte del/los oferente/s de 48 horas, contados desde que la Comisión Evaluadora tenga en su poder los antecedentes respectivos, lo que se notificará a través de la página www.mercadopublico.cl, tal como lo dispone el artículo 9 del Decreto 661, que aprueba el reglamento de la Ley de Compras, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de la licitación. Se consideran que alteran el tratamiento igualitario a todos los oferentes y/o que vulneran aspectos esenciales de toda la licitación, la omisión o presentación errónea de todos aquellos antecedentes necesarios para la correcta individualización del proponente, para contratar válidamente con aquél, en cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias que rigen al Servicio, y que sirvan para acreditar su idoneidad financiera.

Con todo, la Comisión Evaluadora tendrá las más amplias facultades para verificar la idoneidad, respecto de aquellas propuestas en las cuales se determine que uno o más de los documentos acompañados, no den fe de su contenido, pudiendo acudir a los medios que estime pertinente para corroborarlos.

En caso que determine de falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos acompañados junto con la/las propuesta/s, la Comisión Evaluadora podrá desestimar la oferta del proponente, dejando constancia en su informe las circunstancias que llevaron a determinar su descalificación y los medios por los cuales se corroboró la falta de idoneidad, veracidad o autenticidad de/l o los documentos cuestionados.

Pacto de integridad

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 del Decreto N°661, los oferentes deberán demostrar mediante la documentación requerida durante el proceso de evaluación la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Este punto, constituye un criterio de evaluación,

 Por otro lado, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la licitación, aceptan expresamente el pacto de integridad propuesto por Sename.

En ese entendido, el adjudicatario se obliga a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas este pacto de integridad, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, aceptan suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

                I.         Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el proveedor adjudicado se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

              II.        No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con la ejecución del presente contrato, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en la ejecución del mismo, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

             III.        No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

             IV.        Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para el

proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

               V.        Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en la ejecución del contrato.

Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Programa de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en las presentes bases de licitación.

El proveedor adjudicado, manifiesta conocer las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato, y se comprometen a respetarlas.

Asimismo, reconocen y declaran que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, asegurando la posibilidad de cumplirla en las condiciones y oportunidad ofertadas.

El proveedor adjudicado, se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes, subcontratistas y, en general, todas las personas con que aquél se relacione, directa o indirectamente, en virtud o como efecto del contrato. Por tanto, se harán plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.