CRITERIOS DE DESEMPATE
Artículo 23°: En caso de que dos o más ofertas empaten, en la obtención del puntaje más alto, se preferirá a aquella oferta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta económica”, si persiste el empate, se irá aplicando de la misma manera y en forma sucesiva respecto del criterio “Experiencia acreditada en mantenciones de centrales térmicas”, “Tarifario de equipos, repuestos, partes, piezas y materiales”, “Herramientas Obligatorias”, “Condiciones de Empleo y Remuneraciones”, “Cumplimiento de Programa de Integridad y Compliance” y “Cumplimiento de los requisitos formales de la oferta”, respectivamente.
Finalmente, de mantenerse la igualdad, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal mercado público considerándose la hora en que aquello se efectúe.
En la eventualidad que ninguna de las ofertas cumpla con las exigencias de las Bases, serán declaradas inadmisibles por Resolución fundada.